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    • Lo que dice la Ley Los tribunales de Las Palmas, Madrid y Badajoz ratifican así que la DGT no ha cumplido con ninguno de los dos cometidos obligatorios en este tipo de expediente sancionador, ya que la Orden ITC/155/2020, de 7 febrero, que regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, asegura textualmente que a los radares “que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomadas en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación".     Ni uno ni otro método de prueba, por tanto, ha sido acreditado por la DGT en estas tres multas de velocidad por radar móvil recurridas por Dvuelta, entidad que considera asimismo que es un procedimiento habitual y común de Tráfico, que se repite a lo largo del tiempo.     Por ello, desde la asociación animan a recurrir este tipo de sanciones por radares móviles, considerando ya que “millones de multas por exceso de velocidad incurren en esta irregularidad” en toda España.                 Hasta 7 tribunales anulan multas ya emtidas por la DGT y el Ayuntamiento de Madrid a través de radares móviles.             El Ayuntamiento de Madrid, también condenado De hecho, aunque la DGT puede ser la administración más afectada por esta norma incumplida en los expedientes de radar, no es la única que ha sido condenada.     Tal y como asegura también Dvuelta, el Ayuntamiento de Madrid ha recibido el mismo tipo de sentencia en contra hasta en cuatro ocasiones, debiendo igualmente anular todas estas multas mal impuestas y notificadas.     En su caso han sido los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº 6, Nº 27, Nº 16 y Nº21 de Madrid los que han emitido ya sentencias en contra del Ayuntamiento de la capital por este mismo motivo.     Dvuelta considera que todas estas sentencias, como las que van en contra de la DGT, “coinciden en sus fundamentos de Derecho en este hecho irregular”, dando la razón a su entidad en todos los recursos presentados.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/fallo-continuo-dgt-en-controles-radar-por-se-anulan-ya-multas-en-toda-espana_302972_102.html
    • 27 de noviembre de 2024         El fallo continuo de la DGT en los controles de radar por el que se anulan ya multas en toda España     Un grave error en el procedimiento habitual de las sanciones de los radares móviles condena a la DGT por distintos tribunales a anular multas por exceso de velocidad.   De recurrirse, miles podrían ser ilegales.   El Ayuntamiento de Madrid, condenado por el mismo fallo.                                 El fallo continuo de la DGT en los controles de radar por el que se anulan ya multas en toda España             Ya son exactamente tres los tribunales españoles que han condenado a la DGT a anular multas por exceso de velocidad detectadas por sus radares móviles debido a un grave fallo continuado en el procedimiento sancionador.     A pesar de que Dvuelta, la entidad de defensa de los conductores, lleva meses denunciando esta práctica, desde Tráfico no parecen tener intención de corregir un fallo que puede terminar por anular miles de denuncias consideradas ilegales.     Las sentencias provienen además de distintas provincias y de diferentes tribunales, confirmando este procedimiento como irregular.     En concreto, los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº2 de Badajoz, Nº10 de Madrid y Nº6 de Las Palmas han sido los últimos en emitir estos dictámenes en contra de la DGT, anulando distintas multas impuestas por sus radares móviles, evitando la pérdida de puntos del carnet de conducir de los infractores y condenando también al organismo a pagar las costas judiciales.     Pero, ¿por qué exactamente?         Ni operador de radar, ni dos imágenes en los expedientes de multas Los tribunales consideran ya probado que la DGT incurre de nuevo en estas sanciones en la “no acreditación de la obligada presencia de un operador de radar, preceptivo cuando se trata de un radar móvil o estático, es decir, de todos excepto de los denominados radares fijos, que son los que se sitúan dentro de una cabina en pórticos o en postes junto a la carretera”, tal y como ha informado Dvuelta.               La DGT, condenada por procedimiento irregular en las multas de muchos radares móviles en España.               El problema, según las sentencias publicadas desde el departamento jurídico de la asociación, radica en que la ley obliga a acreditar en sus expedientes la presencia de operadores autorizados para el manejo de este tipo de radares móviles, siempre y cuando en las denuncias no se emita la toma de dos imágenes diferentes en momentos consecutivos que son obligatorias para el procedimiento sancionador de estos cinemómetros.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/fallo-continuo-dgt-en-controles-radar-por-se-anulan-ya-multas-en-toda-espana_302972_102.html  
    • Los requisitos para conductores extranjeros Solamente los permisos de conducir de países que pertenecen a la Unión Europea y al Espacio Económico Europeo     (Liechtenstein, Noruega e Islandia), son válidos en la península ibérica.     Si eres de otro país, necesitarás tramitar un permiso internacional antes de llegar.       Para los extranjeros, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil que sea válido en España para poder conducir.     Es decir, se requiere la Carta Verde o el Certificado Internacional de Seguro de Responsabilidad Civil.     De otra manera, serás acreedor a una multa y a la revocación del permiso.     La edad mínima es de 18 años, pero si vas a alquilar un coche, se necesitan mínimo 21 años y un carnet válido, aunque varias empresas también piden una antigüedad mínima.     Y si eres parte de la UE, puedes canjear tu permiso por uno equivalente español, o si va a caducar mientras estás en España, se debe renovar ahí mismo.               Para canjear un carnet de conducir extranjero hay que visitar la Jefatura de Tráfico más cercana.             Trámites para canjear el carnet En el último caso mencionado, se debe visitar la Jefatura de Tráfico más cercana para iniciar el proceso de canje, a la que deberás acudir con la documentación completa, como el permiso de conducir extranjero, tu pasaporte y una fototipia reciente, además de pagar la tasa por el cambio.     En algunos casos, puede ser necesario un examen médico.     Una vez completado todo el proceso, recibirás el nuevo carnet de conducir español, y eso es todo.     Siguiendo estas normas y cumpliendo los requisitos, conducir en España puede ser una experiencia emocionante y muy placentera para disfrutar del viaje.     Recuerda siempre conducir con seguridad.       FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/requisitos-basicos-conducir-en-espana-normas-tramites-esenciales_302976_102.html
    • 27 de noviembre de 2024         Requisitos básicos para conducir en España: Normas y trámites esenciales     Como todos sabemos, a la hora de viajar a otro país es importante tener en cuenta las reglas de circulación y tránsito que imperan para evitar cualquier inconveniente.   También en España.                                   Requisitos básicos para conducir en España, Normas y trámites esenciales             Conocer las normas básicas de tráfico y los requisitos para conductores extranjeros antes de emprender la aventura en España es un tema que siempre debe estar en el top de las prioridades.     En este contexto, el canje de carnet de conducir debe ser una prioridad para todos estos usuarios.         Normas básicas de conducción Lo principal, lo sencillo, lo importante.     Como en la mayoría de los países de la Unión Europea, en España también se conduce del lado derecho de la carretera, siendo obligatorio el uso del cinturón de seguridad para todos los ocupantes del vehículo.     Los límites de velocidad cambian según el tipo de camino.     Por ejemplo, en autovías y autopistas es de manera genérica de 120 km/h; mientras que en carreteras convencionales es de 90 km/h.     En las zonas urbanas, el límite no debe exceder los 30 km/h.     Aunque pueda parecer algo obvio a estas alturas, hay que recordar que el uso del teléfono móvil está prohibido, a menos que se use un sistema manos libres, por ejemplo los speakers.     Así como también hay que tener muy en cuenta que el límite de alcohol en la sangre es de 0,5 g/l, por lo que se recomienda no beber absolutamente nada antes de conducir.                 Conducir en España es una tarea de lo más placentera.       FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/requisitos-basicos-conducir-en-espana-normas-tramites-esenciales_302976_102.html  
    • Aunque también hay que reconocer que en los últimos años los distintos ayuntamientos han sido grandes impulsores de la colocación de nuevos radares.     Bajo el mantra de que es por nuestra seguridad, se han asegurado unos ingresos “extra” por las multas que registran que antes no tenían y que en pocos meses les permiten costear su instalación. Incluso algunos han ido más allá subcontratando a empresas externas para que los pongan en funcionamiento, aún perdiendo parte de los ingresos por las multas.     Un buen ejemplo de una de las ciudades que se ha puesto firme en materia de radares es Barcelona, que el pasado año puso en funcionamiento 17 radares fijos repartidos por toda su área metropolitana.     Este conjunto tiene como peculiaridad que están acompañados por un cartel informativo que indica la velocidad a la que se ha pasad o por ellos, como podemos ver en el vídeo de TikTok, pero este luminoso está colocado una vez sobrepasado el cinemómetro, por lo que si en la pantalla aparece la velocidad en rojo lo más seguro es que te hayan multado.                 Radar pedagógico en Francia, similar a los nuestros             Pongamos ahora el foco en nuestro radar viral.     En concreto este se encuentra situado en la calle Entença, como decíamos antes cerca de dos colegios, y se ha convertido en uno de los más lucrativo para el Ayuntamiento de Barcelona.     En concreto el pasado año fue capaz de acumular 12.526 multas, lo que haciendo una cuenta rápida habrían supuesto para las arcas del consistorio nada menos que 569.616 euros.     Está claro que ya está más que amortizado ¿no?     La peculiaridad que tiene este radar es que se encuentra en una vía que está limitada a 30 km/h y ya sabemos que muchos conductores dicho límite les parece demasiado bajo para circular por le ciudad.     Teniendo en cuenta esto, y dando por hecho que ya no se le considera como nuevo en el que se reglamenta un margen del 3 km/h sino que se la aplican 5 km/h, está empezando a multar a todos aquellos que pasen por allí a más de 36 km/h o más.       Teniendo en cuenta el límite de la calle Entença, aquellos que pasen hasta 50 km/h se les sancionará solo con 100 euros, subiendo paulatinamente hasta un máximo de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet cuando lo hagan por encima de los 81 km/h.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/ya-es-nuevo-radar-mas-temido-espana-pone-100-multas-dia-partir-solo-35-km-h_302982_102.html
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