Jump to content

herodes

Miembros
  • Mensajes

    8567
  • Ingresó

  • Última visita

Todo lo publicado por herodes

  1. El artículo 9 del Reglamento General de Circulación actualmente en vigor que te he puesto antes lo dice bien claro: 1. El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas que tenga autorizadas. No le des más vueltas, sólo puedes transportar el número de plazas autorizadas que tenga el vehículo, ya que todos los pasajeros tienen que ir debidamente sujetos por el cinturón de seguridad o dispositivos homologados (sillitas). Te dejo el link de dicho reglamento por si le quieres echar un vistazo. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html Y para ver si se despejan tus dudas definitivamente te dejo la antigua redacción del artículo 9: Artículo 9. Del transporte de personas. 1. El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de plazas autorizadas para el mismo que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en placas colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, el peso máximo autorizado para el vehículo. 2. A efectos de cómput* del número de personas transportadas: No se contará cada menor de dos años que vaya al cuidado de un adulto, distinto del conductor, si no ocupa plaza. En los turismos, cada menor de más de dos años y menos de doce se comput*rá como media plaza, sin que el número máximo de plazas así comput*do pueda exceder del que corresponda al 50% del total, excluida la del conductor. En los automóviles autorizados para transporte escolar y de menores se estará a lo establecido en la legislación específica sobre la materia. Y el link en el que se indica que dicha legislación estuvo en vigor hasta el 23 de enero de 2004. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-rd13-1992.t1.html Y un ejemplo práctico sacado de un foro de policía: http://www.foropolicia.es/foros/negativa-de-un-taxista-de-llevar-familia-t43411.html Y si vuelves a dudar te mando al Tío la Vara por incrédulo.
  2. Pero si yo no soy, es el fundador del hilo, electrotelco, el que ha puesto las normas y luego nos mete caña por incumplirlas, al final habrá que abrir un hilo nuevo con normas menos "estrictas" y vara a diestro y siniestro para los criticones. :dl: :dl: :dl:
  3. Ximo eres un ansioso, no te tocaba todavía, ya que las normas dicen que tiene que haber 3 fotos publicadas después de la que has puesto tú para poder poner otra, así que avisado estás, a la próxima te envío al Tío la Vara. :dl: Cada usuario sube una foto y solo puede volver a publicar fotografía cuando haya un minimo de tres fotografías distintas tras su última fotografía publicada anteriomente.
  4. Efectivamente esos 6000K es la temperatura de color de la bombilla, no tiene nada que ver con la temperatura de funcionamiento, las de origen son de 4300K que dan una luz algo amarillenta, las de 5000K son más parecidas a la luz del día y las de 6000K dan una luz más blanca y por tanto más fría, lo que reduce los contrastes cuando llueve, para mí las más equilibradas son las de 5000K, yo las llevo y van muy bien, pero hay quien prefiere la estética de la luz más blanca aún a costa de perder algo de eficacia.
  5. Anteriormente los menores comput*ban media plaza, como alguno habéis señalado, pero con la legislación actual solamente es posible ocupar una plaza por cinturón, así que sean menores o mayores, solamente pueden ir cinco personas en el coche. Te dejo el contenido del artículo 9 del Reglamento General de Circulación en el que se hace referencia al transporte de personas: Artículo 9 Del transporte de personas 1. El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas que tenga autorizadas, que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en placas colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, la masa máxima autorizada para el vehículo. En 2006 se modificó este tema por el R.D. 965/2006: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd965-2006.html
  6. Yo la veo perfecta de todo, muy proporcionada y además muy guapa.
  7. Las fotos son del 12 de septiembre de este año, ten en cuenta que la imágenes de google son de cuando pasó por allí el coche que graba las imágenes, por lo que puede hacer tiempo que las tomó. Por cierto, me ha gustado la foto de Leanne. Os dejo otra tomada desde la ciudadela.
  8. Ahí os dejo la foto del puente con los Saxos en Dinant, como había comentado esta mañana con la ciudadela arriba.
  9. Los de Mitsubishi lo tuvieron claro con el Pajero y lo rebautizaron como Montero y menos mal que aquí no se comercializan el Nissan Moco ni el Mazda Laput*.
  10. Comienza intercambiando las bombillas de sitio y así compruebas si es la lámpara o el balastro, según lo que falle tras el cambio.
  11. Tiene buena pinta, a ver cuando podemos leer una prueba técnica para ver su potencial.
  12. En ese puente que has puesto en la foto estuve yo hace un par de semanas y está lleno de saxos en ambas aceras, se trata de la ciudad de Dinant en Bélgica y tiene una ciudadela en lo alto de la montaña bastante chula, a ver si me queda tiempo esta tarde y pongo alguna foto del lugar. En cuanto a ti, te estás ganando una ensalá de guantás en mitad de la tabla del pecho que vas a perder la orientación espacio-tiempo, te van a tener que poner vasodilatadores p'a que te llegue el riego a la cabeza, alcucero, cataguisaos, brincapozos.... :vava: :vava:
  13. Al próximo que ponga pegas sin haberse leído la definición de la palabra que dice que no sirve, le mando al Tío la Vara a medirle las costillas. :dl: :dl: :dl: cohete. (Del cat. coet). 1. m. Fuego de artificio que consta de un canuto resistente cargado de pólvora y adherido al extremo de una varilla ligera. Encendida la mecha que va en la parte inferior del canuto, la reacción que producen los gases expulsados le imprime un rápido movimiento hacia la altura donde estalla con fuerte estampido. 2. m. Artefacto que se mueve en el espacio por propulsión a chorro y que se puede emplear como arma de guerra o como instrumento de investigación científica. Por tanto la rubia está subida en un cohete, aunque también se le llame misil.
  14. Cuidado con lo que aconsejáis, el denunciarlo por robo teniendo firmado un contrato de compraventa haría incurrir al denunciante en un presunto delito de denuncia falsa del artículo 456 del Código Penal, cuyo texto cito abajo. De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos Artículo 456 1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imput*ren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imput*ción se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados: 1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imput*ra un delito grave. 2.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imput*ra un delito menos grave. 3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imput*ra una falta. Y en cuanto al tema de darlo de baja definitiva, tienes que tener el certificado de haberlo entregado a un desguace, por lo que ninguna de las opciones que has puesto es factible.
  15. Yo iría a Tráfico y notificaría la transferencia llevando el contrato de compraventa, no creo que te pongan pegas si les explicas lo que ha pasado.
  16. Por si acaso mejor aclararlo y así no hay dudas. Pero supongo que la rubia echando un "cohete" no servirá, ¿no? y ahora que lo pienso, no puedo ponerla porque no me toca.
  17. En general a los que sacan pegas a las fotos que ponemos, con el que si vale, que si no, entonces lo mejor es poner la aclaración académica para evitar malentendidos. En cuanto al tema ya me pondré mañana con él y si no con poner a una rubia echando un "cohete", asunto arreglado, aunque pensándolo mejor.... lo mismo me banean si la pongo.
  18. Hay que estar al loro con tanto tocapelotas que hay por este hilo, así queda zanjado el asunto de un plumazo y evitamos que tenga que intervenir el Tío la Vara.
  19. El problema es que no suelen admitir fotos eróticas en ese servidor y las borran, deberías subirlas directamente al servidor del foro.