LA JUSTICIA ME DA LA RAZÓN, se podría titular este texto.
Todo esto se remonta a agosto de 2004 cuando estreno un Audi A3 1.6 FSI matrícula
6441CYX adquirido en EUROMOTOR LEONÉS S.A. concesionario oficial AUDI en León.
Desde un principio noté unas extrañas vibraciones en el motor que hacían tiritar
a todo el coche, llevo el coche al taller AUDI, EUROMOTOR de ahora en adelante, y tras
varias intervenciones, su técnicamente culto jefe de taller de EUROMOTOR, y digo
técnicamente porque despilfarraba una cantidad de técnicismos en nuestras discusiones para
intentar convencerme de que lo que tenía mi coche no era ningún fallo, que todo estaba bien
y que esas vibraciones no repercutirían en nada a mi coche, que no se las creía ni él.
El tiempo me dió la razón, pues pocos meses después la caja de cambios empezó a rascar
los piñones ella sóla devido a esas oscilaciones tan bruscas en el motor como se ha podido
demostrar y como él mismo reconoció días más tarde.
Ante la negativa a cambiarme la caja de cambios y la imposiblidad de quitar las vibraciones
decido contratar un abogado y un perito para interponer una demanda en el juzgado
contra EUROMOTOR LEONES S.A. por incumplimiento de contrato y pedir así,
la resolución del mismo y la devolución del precio pagado.
Después de tanto esperar, no solo el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 5
de León tras celebrarse el JUICIO ORDINARIO Nº 591/06 me da la razón,
SENTENCIA 00222/2006, sino que, después del recurso de apelación que interpuso
EUROMOTOR, 97/2007 civil, La SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
DE LEON me ha vuelto a dar la razón en su SENTENCIA Nº 202/07 .
Tengo que remarcar que el recurso de apelación que EUROMOTOR presentó, iba
enfocado a que yo habría disfrutado del coche los tres años que lo tuve de forma gratuita
con la consiguiente depreciación del mismo, a todo esto responde el tribunal de esta forma
"La tardanza de una reparación de connformidad con el objeto del contrato, así como
la utilización por el usuario durante 60.000 Km, disfrutando de forma gratuita de un coche
con la consiguiente depreciación del vehículo, tal como alega el recurrente, no se le puede
imput*r al comprador, precisamente la Ley regula las garantías de la venta de coches para
que con prontitud y en los plazos previstos se resuelva los problemas y posibles deficiencias
de los objetos vendidos y evitar con dilatacciones más o menos provocadas se pretenda eludir
los períodos de la garantía".
EUROMOTOR LEONÉS S.A. me ha tenido que pagar el precio total que valió el coche
cuando lo compré, después de tres años de uso, no disfrute, y 55.000 Km. aprox. y como
era de esperar han sido condenados en costas. Vamos que les ha salido caro el no haber
negociado a tiempo.
Y con todo esto os vengo a decir que no os echeís para atrás a la hora de hacer valer
vuestros derechos, y que lo denuncieis, uno tiene que hacer muchos esfuerzos para
comprar un coche, como para que se rían de nosotros las marcas y los concesionarios
de coches.
Aquí os dejo datos importantes para que los tengais en cuenta, como el modelo,
matrícula del coche y números de sentencias, porque sería injusto que se lo vendieran
a otra persona después de lo que yo he pasado. Ojalá se lo coman con patatas.
Saludos.