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Estornino

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Todo lo publicado por Estornino

  1. Yo creo que con los datos que das deberías preguntarle a este: Por cierto, la inyección no tiene nada que ver con los taqués. (Sin acritud) S2
  2. Bienvenido!!!. Precioso el Coupé y su color. Pon también algunas fotos del interior cuando puedas. S2
  3. Bueno, esta tarde por fin parece que voy centrando un poco el tema. Hemos estado haciendo pruebas y hemos obtenido las siguientes conclusiones: -No es un problema de purgado ni tampoco hidráulico. -La presión y el vacío del servofreno funcionan perfectamente. YA TENEMOS CLARO QUE SE TRATA DE UN PROBLEMA DEL ABS. (En principio yo pensaba que estaba bien, pero parece que no). Me explico: Hoy el coche ha tenido una tarde "tonta", quiero decir que ha empezado a bajar el pedal de freno con más frecuencia de lo que lo venía haciendo hasta ahora. El chequeo del ABS en el momento de arrancar funciona correctamente y la luz del ABS se apaga y no da señal ninguna de avería. Me han "enchufado" el coche con el Vag y no tiene ninguna avería de ABS memorizada. Bueno si, una antigua del Airbag, que no viene al caso. A continuación he probado a hacer una frenada a fondo a unos 80 Km/h y en principio parecía que todo OK, sin embargo en un momento dado sonó a derrape y "quemó" goma, por lo que para no dejar las ruedas cuadradas nos fuimos con el a una carretera de servicio de las obras de la autopista que es toda de gravilla para hacer pruebas. En estas circunstancias habré realizado unas 15 ó 20 frenadas para probar el ABS. Lo normal es que al "clavar" el pedal notes una pequeña vibración y puedas controlar la dirección, sin que las ruedas lleguen a derrapar hasta que el coche se detiene. Y así ha sido en muchas de las ocasiones, es decir que el ABS parecía funcionar bien en algunas de las frenadas, pero en otras a mitad de frenada la rueda delantera izquierda se quedaba bloqueada. Por decir algo, empezábamos la frenada a unos 80-90 Km/h, y el ABS entraba en acción correctamente hasta reducir la velocidad hasta 40 Km/h y el resto de la frenada hasta 0, pues la rueda delantera izquierda se bloquea y va derrapando. No siempre, pues en otras ocasiones la función del ABS es correcta desde 90 Km/h hasta 0. En resumen, tengo un problema de ABS. ALGO ES ALGO, al menos creo que ya se de dónde vienen los tiros. A ver si esta semana me comprueban en un taller de un amigo mío la resistencia de los captadores de ABS, para comprobar que sea el captador el que está mal. No se si será cosa de captador o de una electroválvula del bloque de ABS que está mal, eso es lo que tengo que averiguar ahora, pero al menos ya sabemos por dónde empezar. Ojalá que sea el principio del fin de este dichoso problema. De todas formas cualquier opinión, ayuda o sugerencia sigue siendo muy bienvenida, pues todo ayuda, y mucho Un saludo a todos
  4. Ojalá :cfsd1: S2 Es de esos que lleva el dichoso acumulador de presión y una bomba en lugar de servofreno No, no lleva nada. Eso lo llevaban los primeros. Tampoco lleva repartidor atrás. Todo se maneja desde el módulo de ABS. S2
  5. Si, tienes razón en lo que dices, en realidad hablaba como generalidad. Hay una cosa que si que me ha parecido espectacular últimamente que fue la subida de Santo Emiliano y la de El Fito en zonas rápidas, en eso si que tienes razón, pero echo mucho de menos las "paellas" de los rallyes. Un saludo
  6. hombre...no creo que haya mucha diferencia entre caerse ahí...o que fuese un descampado...el impacto contra el suelo sería brutal de todas todas..... pero si que llama la atención...si..... Eso es cierto, pero y digo yo...... He oído por la tele que hay una determinada velocidad, creo que sobre los 300 Km/h a partir de la cual el avión tiene que irse al aire aunque sea con un fallo puesto que ya no puede detenerse en lo que queda de pista y se estrellaría igualmente. Bueno y ¿Por qué no hacen la pista del aeropuerto con "escapatoria", es decir que la hagan otros 5 ó 6 kilómetros más larga, para que el avión pueda volver a pararse, algo así como las "zonas de frenado" que hay en las carreteras de los puertos de montaña, pero en plan gigante... Digo yo que sería más barato que los miles de millones que va a costar un sólo accidente, y en todo caso con 1 vida que se salvase ya estaría más que justificado. S2
  7. No se, pero hoy viendo la carrera de F1 de Valencia, a poco más de la mitad apagué la tele y me fui a hacer otra cosa.... me estaba aburriendo. Antes tenía mucha afición, iba a los rallyes, veía F1, me gustaban los GP de Motos. Ahora no me gusta nada!!!!. Recuerdo con anhelo los tiempos de Bassas, Chus Puras, Bardolet, los Sierra Coswhort, los M3, los Deltonas... etc etc, aquello era espectáculo en estado puro, cada curva del trazado era un verdadero espectáculo. Y no digamos en la época de los 124 y los R5 Maxi turbo, que aunque era muy pequeñito aún me acuerdo... En cambio a los que he ido en los últimos años.... una decepción... ni ruido, ni espectáculo, si es que van por raíles... si, hacen mejores tiempos.. pero !!ya no molan nada de nada!!. Y la F1?? Aquellos lances entre Prost, Senna, los años en que Schumacher empezaba con Benetton-Ford, los adelantamientos continuos, el espectáculo, los MOTORES TURBO de 1200 Cv, la ausencia de controles electrónicos.. ¿Y ahora que??? Un aburrimiento, total. Lo normal es que gane el que sale el primero... y ya se ve Fernando Alonso, ¿De qué vale ser buen piloto? .. Si no hay máquina... nada, ya no hay adelantamientos. Y las motos?? Más de lo mismo. ¿Os acordáis de Michael Doohan y Kevin Schwantz en 500 cc???. Eso si que era pilotar, no había controles de tracción, sólo fuerza bruta en manos del piloto. Ahora todo es electrónico y descafeinado!!!. Como los coches nuevos.... cualquier día acabarán conduciendo sólos y ya no nos necesitarán.... Definitivamente, me estoy haciendo mayor. Un saludo
  8. Hola, el sujeto pasivo de este impuesto y por tanto obligado el pago es quien figure como titular el día 1 de Enero. Art. 96 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Un saludo
  9. DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. Artículo 379. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. 1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. 2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro. Artículo 380. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. 1. El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años. 2. A los efectos del presente precepto se reput*rá manifiestamente temeraria la conducción en la que concurrieren las circunstancias previstas en el apartado primero y en el inciso segundo del apartado segundo del artículo anterior. Artículo 381. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. 1. Será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años el que, con manifiesto desprecio por la vida de los demás, realizare la conducta descrita en el artículo anterior. 2. Cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo previsto en el párrafo anterior. 3. El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en el presente precepto se considerará instrumento del delito a los efectos del artículo 127 de este Código. Artículo 382. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado. Artículo 383. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Artículo 384. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. Este párrafo entra en vigor el 1 de mayo de 2008 según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. Artículo 385. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas: 1. Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio. 2. No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.
  10. ¿Y a qué taller lo llevo? Aquí donde yo vivo ya no quedan talleres que no lo hayan visto y nadie sabe darme una solución, salvo seguir cambiando cosas. Y ya me lo han purgado con máquinas también. :clap1:
  11. El tema de los rodamientos es peliagudo. Y lo es porque a veces resulta complicado determinar cual de ellos es el que falla. Puede parecer que el ruido es delante a la izquierda y resulta que el que estaba "tocado" era el trasero derecho. Lo mejor es subir el coche en un elevador o bien con un gato, rueda por rueda y girarla a mano lo más rápido posible hasta detectar cual es la que "silba". También hay que comprobar si la propia rueda tiene holgura, lo cual se puede hacer "a mano" tratando de moverla un poco cuando está en el aire, sobre el gato. S2
  12. Sobre la seguridad del MD-80, creo que basta con señalar que es el 2º avión más seguro del mundo, aunque no sirva de consuelo a nadie. http://www.airdisaster.com/statistics/ Un saludo
  13. :laugh: :ranting2: SABIAS PALABRAS!! PD: Voy a ver si consigo esa serie que mencionas.
  14. No se que juegan. Ahora se han pasado 3 pueblos por encima. Orange te lo da también en prepago por 69€ !!Están locos estos Romanos Vodafonianos!! http://tiendamovil.orange.es/ver_movil.asp...193360.60593200 S2
  15. La bomba es nueva. Marca Lucas, la misma que de origen. Además al ver que seguía fallando probé después con una de desguace para comprobar que la bomba nueva no venía mal y seguía haciéndolo. Ahora le he vuelto a poner la bomba nueva. Fugas estoy seguro de que no hay. Llevo así desde Enero. Yo creo que es un Poltergeist,........ :laugh: :laugh: Los coches son de hierro y que yo sepa el tuyo es marca Audi no marca Polters..de esos Repite conmigo. A los Audis no le pasan cosas raras. Por lo menos a los todo hierro como los nuestros Sigo en mis 13. El circuito de frenos es una cosa relativamente sencilla. Si cASI todo es nuevo y no hay aire ¿QUE TE QUEDA POR CAMBIAR? anula el abs pero no elctricamente sino hidraulicamente (poner los tubos como si no tuviera ABS y desconecta la centralita del ABS) Creo que no te quedaba nada mas por cambiar De todos modos lo primero lo que te decia Coche limpio (no me refeiero a lavado sino a bajos y vano motor interior ruedas etc) Una semanita y busca sudores o fugas Si no es la bomba que esta picada deberias ver algo por algun sitio Si esta en las ruedas lo veras en forma de tierra pegajosa (polvo + liquido de frenos) alrededor de un bombin, por ej. Por cierto, si presionas el pedal de freno muy muy muy despacio con el coche en marcha que hace? se va al fondo? si es asi y no fuga liquido o bomba o cuerpo del ABS Suelo lavarlo a menudo por los bajos. El motor y el vano también están impecables. Estoy seguro de que no hay fugas de líquido, no gotea por ninguna parte y además en 8 meses me hubiera dado cuenta si hubiese bajado el nivel. Llevo con este tema desde Diciempre del año pasado. Da igual si pisas el pedal rápido, muy despacio, en caliente, en frío, subiendo o bajando. No he conseguido identificar ninguna pauta, simplemente lo hace cuando le parece. Si pisas muyyyyyyyyy despacio y lentamente y en esos momentos va bien (como casi siempre) pues frena poco a poco. Incluso en parado con el motor en marcha o apagado, ya puedes tener el pie sobre el freno 20 minutos (Lo he hecho mientras leía un libro), que el pedal no baja nada. La bomba de freno insisto es nueva y también probé con una de desguace para descartar que la bomba nueva hubiera venido defectuosa. A ver si alguien sabe cómo se puede hacer el tema del ABS, porque si de la bomba salen 2 tubos y del grupo del ABS 4, no tengo ni idea de cómo se puede desconectar "hidráulicamente". Y a ver eso de "purgar en cruz" si es aplicable. Por cierto ayer me confirmaron con el Elsawin oficial de un cocncesionario que no les consta ninguna alerta ni avería semejante en sus registros informáticos interconectados de toda España, así que "vaya tela" que me ha tocado cortar. :laugh: :ranting2: Gracias a todos por las aportaciones
  16. Cuidado con el tema de los neumáticos que ahora lo ponen como defecto grave. Eso significa que el vehículo queda inhabilitado para circular salvo para desplazarse al taller y regresar a la ITV (Al menos en teoría) y además ahora apuntan también los kilómetros que tiene el coche. Quiero decir que en caso de un percance podrías tener algunos problemas así que mejor haz el cambio rápido y regresa a la ITV volando. Un saludo
  17. Lo que no llega es el mensaje de confirmación al e-mail :thumbsup:
  18. Estornino

    Gangas Carrefour

    Cupones del club Carrefour para obtener suculentos descuentos en los Hipermercados de esta conocida Cadena. Tal vez a alguno le interese alguna de estas cosas a buen precio. S2