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gasolini

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Mensajes publicados por gasolini

  1. gracias por tu aporte yakutake :thumbsup:

     

     

     

    LISTADO ACTUALIZADO

     

    Pioneer

    108

    DVR-109 (Firm 1.58)

    110 Firmware 1.39

    111D Firmware 1.23-1.29

    111DBK

    112D firmware 1.09 (dicen que a partir del 1.06 puede funcionar)

    112DBK

    112L

    112BK Firmware 112L

    115 and 115D

    116D

    116DBK

    DVR-A09XLB Firmware1.59

    212D Firmware 1.21

    216D

     

    Lite On

    DH20A3S

    SHOW-1633S Firmware BS0Y

    DH20A3H with Speedpatched Firmware!

    LH-20A1S

    SOHW-1693S

    LiteOn iHAS124

    LiteOn iHAS324B (sata)

     

    LG

    4167B

    LG BLU RAY+DVR DVDGGC H20L ( firm 1.03)

     

    Sony

    DW-D26A Use Lite On BitSetting Util

    DW-D56A Use Lite On BitSetting Util

    DW-Q30A Use Lite On BitSetting Util Firmware YYS7

    DRU-700A

    Sony DRU-860S

    Sony Optiarc AD-7170A

    SONY OPTIARC DVD RW AD-5630A (con MAC + toast)

    MATSHITA

    uj-868

    BD-MLT UJ230AS ata

    BD-CMB UJ-120

     

    NEC

    3540A Firmware 1.04

    ND-6850A

     

    A Open

    DUW 1616L-31

     

    Plextor-- ojo, dicen que no siempre graba correctamente

    716A

    PX-608CU (no booktype-setting)

    PX-880SA (1.23 Firmware+en avanzado cambiar bittsetting con imgburn)

     

    Asus

    Asus DRW-1814BL

    ASUS DRW-1814BLT

    2014L1T

    2014S1T (100% Guarantee for burning DX CD's!)

    20B1ST (100% success rate with DX CD's at 16 speed using Verbatim full printables)

     

    HP

    HP CDDVDW TS-LS33N (DVD+/-RW and CD-RW SuperMulti Double-Layer combination drive - 12.7mm form factor - Includes bezel and bracket )

     

    un saludo

  2. Donde vas a montar la bola?? en el conce??

     

    no, en un norauto que es donde más barata la hemos encontrado (en el conce nos dijeron que alrededor de unos 1500 € :o :gun2::o)

    si fuera en el conce no tendría problemas para codificar digo yo.

     

    Que codificación te haqn metido a tí?

     

    intenta averiguarlo, si no a ver si alguien nos alumbra que codificación se mete para dar de alta el dichoso enganche de remolque.

     

     

     

    un saludo

  3. Vamos por buen camino , al parecer solo es cuestión de dar de alta en el coche a a la centralita del enganche. La semana que viene lo voy ha hacer, ya os contaré.

    Por cierto alguien sabe que Vag com comprar, he estado viendo varios en ebay, Sabe alguien que versión etc...???? A6 3,0 TDI 233cv 2007 :az: :az: :az:

     

     

     

    cómo se da de alta la centralita?

     

    el lunes me la ponen a mí y me gusta ir por delante.

     

    un saludo

  4. Sabeis si hay alguna version con radares para el Navi Plus del A3? :drooling:

     

    CREo que es de la que estamos hablando haber si bmwdaffy nos cuenta que tal va. Yo todabia no he salido con el coche. un saludo

     

    yo no lo he probado todavía pero a primera vista sin pasar por donde los tiene marcados ya te puedo decir que hay muy pocos , nosé si serán sólo los fijos los que hay en la autopista los que salen, por lo menos en mi zona.

     

    un saludo

  5. aquí os dejo una perla cultivada, es un tocho pero os puede venir bien esta información que me pasaron hace un poco.

     

    saludos.

     

    Asunto: Código armonizado B96 para remolques

     

     

    El "B96": un código armonizado desconocido

     

     

    La Directiva 2006/126/CE, publicada en el Diario Oficial de la

    Unión Europea el 30 de diciembre de 2006, señala como uno de sus

    primordiales objetivos profundizar en su afán armonizador de las normas

    sobre el permiso de conducción. En aras de una mayor claridad, ha

    procedido a refundir las distintas modificaciones de la Directiva

    91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el Permiso de

    Conducción, que a su vez fue incorporada a nuestro derecho interno a

    través del vigente Reglamento General de Conductores.

     

    El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba

    el Reglamento General de Conductores, por un lado desarrolla algunos

    artículos de la Ley de Tráfico 339/1990 y por ot ro transpone a la

    normativa española la Directiva 2006/126/CE, de 20 de diciembre, en una

    manifiesta voluntad de asumir con celeridad los principios que la

    inspiran.

     

    Entre otras novedades de la citada Directiva y, por lo tanto,

    del Reglamento de Conductores está la posibilidad de autorizar con el

    permiso de la clase B la conducción de conjuntos de vehículos que

    excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de una

    prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser

    sustituida por la superación de una formación específica, en los

    términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.

    (Anexo V de la Directiva 2006/126/CE).

     

    Lo anterior a la entrada en vigor del nuevo reglamento

     

    Hasta ahora, el permiso de la clase B permitía conducir dos

    tipos de conjuntos de vehículos en los que el tractor es un automóvil

    de Masa Máxima Admisible (MMA) igual e inferior a 3500 kg. y cuyo

    número de asientos, incluido el del conductor, no excediera de nueve:

     

    * Los que llevan acoplado un remolque de MMA no superior a 750

    kg, con lo que la MMA del conjunto podía llegar a alcanzar los 4250 kg.

    (automóvil con MMA de 3500 kg + remolque de 750 kg. de MMA).

    * Los que llevan acoplado un remolque de más de 750 kg de MMA

    siempre que:

     

    - la MMA del conjunto no exceda de 3500 kg. y

    - la MMA del remolque no exceda de la masa en

    vacío del vehículo tractor.

     

    Así, se producía la paradoja de que uno de estos conjuntos de

    vehículos cuya MMA fuese superior a 3500 kg. pero no excediese de 4250

    kg pudiese conducirse solo con el B si el remolque era ligero pero no

    fuera necesario obtener un nuevo permiso, el B+E, si el remolque

    acoplado no era ligero.

     

    Lo nuevo que actualmente está vigente

     

    Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de

    Conductores, el 8 de diciembre de 2009, se viene a solucionar, en

    parte, este problema, puesto que uno de los principales cambios en el

    permiso B es que autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados

    compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el

    permiso de la clase B y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg., siempre

    que la MMA del conjunto no exceda de 4250 kg.

     

    Voy a poner unos casos prácticos a modo de resumen:

     

    Con el Permiso de conducción B

     

    ¿Qué tipo de remolque puedo conducir con el permiso de

    conducción de la clase B?

     

    Con el permiso de la clase B puedo conducir los siguientes

    vehículos:

     

    Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg

    que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho

    pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar

    enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750

    kg.

     

    Conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y

    un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el

    caso de que el conjunto así formado NO exceda de 3.500 kg

    Ejemplos

    Furgoneta de MMA 3500 kg + remolque de MMA 750 Kg. = B

     

     

    Coche de MMA 2200 kg + caravana o remolque de MMA 1300 kg.

    (Conjunto MMA 3500 kg) = B

     

     

    Con el Código armonizado B-96

     

    ¿Cuando será necesario realizar las pruebas de aptitud para

    obtener el código armonizado B-96?

     

    Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo

    tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un

    remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la

    masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg,

     

    Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de

    la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a

    750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg,

    será necesario superar una prueba de control de aptitudes y

    comportamientos.

     

    Ejemplos

     

    Vehículo todo-terreno de MMA 2950 kg + remolque de MMA 1300

    kgs

    (MMA del conjunto 4250 kg) = B-96

     

    Coche de MMA 2250 kg + remolque o caravana de MMA 1450 kgs

    (MMA del conjunto 3700 Kg) = B-96

     

     

    

    

    Con el Permiso B+E

     

    El permiso de conducción de la clase B+E autoriza para

    conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo

    tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un

    remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3500 kg. sin perjuicio

    de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan

    para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho

    años cumplidos

     

    Los titulares de permisos de conducción de la clase B+E,

    obtenidos con anterioridad, a la entrada en vigor del RD 818/2009, y

    que después de esta fecha pretendan arrastrar remolques de más de 3500

    kg de MMA (autorizados conforme al Reglamento anterior), deberán

    obtener el permiso que corresponda siempre que la MMA del remolque

    supere los 3500 kg.

     

    Ejemplos

     

    Vehículo de MMA 2.320 kgs + remolque de MMA 2.000 kgs

    (conjunto 4.320 kgs.) = B+E

     

    Vehículo de MMA 3.200 kgs + remolque de MMA 1.500 kgs

    (conjunto 4.700 kgs.) = B+E

     

     

     

     

     

    Con el permiso C1+E

    Conjunto de vehículos compuesto por un vehículo que autoriza

    el "B" y un remolque o semirremolque cuya MMA exceda de 3500 kg.,

    siempre que la MMA del conjunto no exceda de 12000 kg.

     

    Ejemplos

     

    Vehículo de MMA 3500 kg + semirremolque de 4000 kg

    ( Conjunto 7500 kg) = C1+E

     

     

     

    Maniobras a realizar para la obtención del Código Armonizado

    "96"

     

    Para la obtención del código armonizado B-96 será necesario

    superar las siguientes pruebas de control de aptitudes y

    comportamientos:

     

    En circuito cerrado:

     

    * Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar

    en línea, utilizando las marcas hacia delante y hacia atrás, en llano o

    en pendiente ascendente o descendente.

     

     

     

    * Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.

     

     

     

     

     

     * En circulación en vías abiertas al tráfico en general

    deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración,

    marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril,

    frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y

    desacoplamiento del remolque y estacionamiento.

     

    Es decir, aunque para manejar uno de estos conjuntos de

    vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí que es

    obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo.

    Hay que tener en cuenta que la conducción de un vehículo que arrastra

    un remolque puede ser muy distinta dependiendo de si es ligero o tiene

    más de 750 kg. de MMA. Aparte de que la mayor capacidad de carga de los

    segundos puede afectar tanto a las reacciones del conjunto como a su

    estabilidad, no puede obviarse el hecho de que los remolques ligeros no

    están obligados a llevar freno de servicio, pero los que superan los

    750 kg. de MMA sí, y que en la mayor parte de los casos ese freno va a

    ser de inercia. Esto puede ser suficiente para obligar al aspirante a

    conducir uno de estos conjuntos de vehículos a superar las pruebas que

    se establecen reglamentariamente.

     

    Sin embargo, es necesario recalcar que el permiso sigue siendo

    el da la Clase B , ampliado para la conducción de estos vehículos, eso

    sí, mediante una anotación en el propio permiso de conducir ( Código

    comunitario armonizado 96, anexo I del R. G. de Conductores; Directiva

    Comunitaria 2006/126 Anexo I). No existe el mal llamado permiso de

    conducir B96.

     

    Otros puntos importantes a tener en cuenta:

     

    Tara: masa del vehículo o remolque en vacío

     

    MMA masa máxima autorizada. Es el peso máximo de un vehículo o

    remolque incluyendo tara más carga. Ejemplo: Tara 230 kgs, MMA 750 kgs,

    carga máxima 520 kgs.

     

    En los remolques la homologación es la MMA.

     

    Se puede bajar las MMA tanto del remolque como del vehículo

    para ajustarse a las MMA del conjunto. Ejemplo: Vehículo de MMA 2.250

    kgs y remolque de MMA 1.300 kgs., se puede bajar la MMA del vehículo a

    2.200 kgs para que el conjunto vehículo + remolque tenga una MMA de

    3.500 kgs. Esto lo hace el interesado en la ITV.

     

    ( Haz clic en el enlace )

    Masas Máximas Permitidas

    MMR s/f c/f 750/1.400 (ejemplo) Es el peso máximo remolcable

    por un vehículo sin freno (750 kgs s/f) y con freno (1.400 kgs c/f).

    Estas masas corresponden a la MMA del remolque. Esta indicación aparece

    en la Tarjeta de Inspección técnica del vehículo.

     

    Remolques hasta 750 kgs de MMA Categoría O1:

     

    -Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.

     

    -Seguro: suplemento en el seguro del vehículo. Se debe

    notificar a la compañía en la cual tenemos asegurado el coche que, si

    no está incluido el arrastre del remolque, nos haga una ampliación del

    mismo, donde también quede asegurado el remolque y el enganche.

     

    -No necesitan pasar la ITV.

     

    -Freno de estacionamiento por palanca manual.

     

    -Enganche secundario tipo "cadena" que impida que la barra

    toque el suelo.

     

    -Rueda tipo "jockey".

     

    -Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del

    vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa

    tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos

    turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.

     

    * Para arrastrar remolque sin freno (la mitad de la tara del

    tractor + 75 kg), no excediendo en ningún caso de 750 kg.

     

    Remolques de más de 750 kgs. de MMA Categoría O2:

     

    -Necesitan estar matriculados. Matrícula roja.

     

    -Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.

     

    -Permiso de circulación.

     

    -Seguro independiente del vehículo.

     

    -Necesitan pasar la ITV.

     

    --Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del

    vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa

    tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos

    turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.

     

    * Para arrastrar remolque con freno de inercia: la MMA del

    vehículo tractor(1,5 veces la MMA si el vehículo a motor es todo

    terreno), no excediendo en ningún caso de 3500 kg.

     

    un saludo

  6. la palabra clave para buscar en bitorrent es flitspalen, si buscas con eso llegas seguro.

     

    gracias.

     

    lástima que no lo haya hecho un español, hay muy pocos radares.

     

    lo suyo sería comprar una licencia entre muchos y así con cuatro pesetas podríamos tener los españoles al completo, móviles y fijos.

     

    lo malo es que dicen que sólo se puede instalar en un sólo pc.:crying_anim:

     

    un saludo

  7.  

     

    por favor, repito por enésima vez.

    ESTE HILO NO ES PARA NEGOCIOS

    sólo para información.

     

    un saludo

     

     

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