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NachoTT

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Todo lo publicado por NachoTT

  1. NachoTT

    TURBO VS ATMOSFERICO

    Por cierto y al hilo de esto.....q pasaria si....uno se hace, digamos, con un 350Z de los nuevos, V6, 3.5, 300 cvs y le monta un turbo (desconozco si se puede)? Si el bastidor soporta eso, q supongo q si, tendrias un coche con mas preestaciones que un 911 por la mitad de precio no? Otra cosa seria la homologacion de algo asi, pero.....te quedaria un bonito pepino.
  2. NachoTT

    ASTON MARTIN DBS

    jod** vaya circulos que frecuentais....
  3. Definitivamente, ese es Ghostt, si
  4. Te está bien...a donde irías por la Avda del Aeropuerto....y encima con prisa... :cry2: Pues al curro capullin , que algunos trabajamos para ganarnos el pan, no como otros q se pasan el dia viendo Q7´s y brasileñas
  5. NachoTT

    coche de empresa

    No, tu no tienes nada que alegar, haz lo q te de la gana. Si lo metes al 50% muy bien, si lo metes al 100% tendras que responder en caso de inspeccion. Lo que te puede pasar en ese caso es que te obliguen a pagar ese 50% que has deducido incorrectamente. Te aplicaran el interes legal correspondiente desde la fecha de compra hasta ese momento, pero si no hay mala fe, no creo q te multen. Hombre la verdad....siendo un videoclub, dificil que cuele
  6. Medio millon de euros de coste que amortizaran en 15 dias, por supuesto. cab***es! Yo trabajo 1 mes al año para pagar multas, y de verdad q solo voy rapido donde puedo y sin hacer barbaridades. Una multa por ir a 80 en el tunel de beiramar, con limite a 50. Vamos, no me jodas, ese limite es ridiculo. Otra por ir a 82 (82!!!!) en la recta del aeropuerto, que tiene limite a 60, tocate los h****s, 300 laureles cada una. Ala, a tomar por el c**o. Grandisimas imprudencias ambas, Don Pepe.
  7. NachoTT

    MITSU EVO

    Eso no es de una pelicula de Jackie Chan???? Podria ser... no se pero mola la escena. No se que es, si peli o verdad Si si q es de esa peli, ademas conducia una tia con pinta de no haber roto nunca un plato.
  8. Por cierto, q algun moderador corrija el titulo del post y ponga automovil con V :cry1:
  9. Siiip... aprovechar bien estos 2 meses de veranito, porque luego ya no es lo mismo!! :clap1: Parece mentira que aun no sepais interpretar a nuestro querido Moderator Fantasma....lo dice por el sol, para disfrutarlo sin capota....supongo que como le habeis dicho que cambie a un roadster.....
  10. Por experiencia, hay que contratar siempre este tipo de servicios con empresas con infaestructura propia. En este caso, teneis Telefonica y la compañia de cable que opere en vuestra provincia. Esto ultimo es altamente recomendable, pues el servicio es bueno y mas barato, al menos aqui en Galicia. En mi caso, a nivel particular uso el cable ® y en la empresa telefonica. En el caso de la empresa, al tener el mantenimiento de la centralita con telefonica te dicen: hombre, si cambias de operador, cuando se estropee la centralita, en vez de venir a arreglarla a las dos horas, venimos a las 48 que dice el contrato como periodo maximo....asi que no podria cambiar de operador ni aunque me regalasen las llamadas, pq ninguno tiene infraestructura para darte manetnimeinto de lineas y centralita, y evidentemente, la empresa no puede estar incomunicada por una averia 48 horas. Por otra parte, en estos asuntos, es facilisimo darse de alta....pero para darte de baja tiene que ser ingeniero. La mejor opcion: notificar la baja por fax (asegurarse de que pase bien), no hacer ni caso si te empiezan a pedir papeles e historias, y si te facturan sin hacer caso a la baja, devolver el recibo.
  11. Yo estoy esperando....a conseguir una invitacion para ir. Por alguna razon, este año este año la gente no tiene
  12. Se nota que no has subido al Teide Ghostt...o q si si subiste no te enteraste.
  13. NachoTT

    coche de empresa

    Lo q dice la Ley esta claro. Pero hecha la ley, hecha la trampa . La clave es este punto y todo lo que se pueda amparar en el. Esta claro que alguien que trabaje en una empresa y sea administrativo no puede tener coche de empresa deduciendo el 100% del IVA. Tambien esta claro que un comercial si. Pero, y los directivos, gerentes, consejeros-delegados, y demas cargos? Es facil entender que dentro de sus funciones esta la representacion de la empresa en cualquier ambito, algo que a su vez se puede considerar una actividad comercial de la empresa. Aqui es donde esta la clave de este asunto, por lo que, repito, los inspectores en estos casos no suelen meterse. Evidentemente, si en la empresa hay un jefe de ventas, un D.Comercial, etc etc, no tendras problema, aunque no sea el el q utilice el coche, pq siempre lo ampararas ahi.
  14. NachoTT

    coche de empresa

    Pagas en efectivo? y como justificas el gasto en la empresa? Pides un justificante? De cualquier manera, si lo haces asi, procura no echar gasolina los fines de semana con un coche a nombre de la empresa, pq para el inspector de turno, eso es sinonimo de que utilizas el coche para fines ludico-festivos y no para trabajar.
  15. NachoTT

    coche de empresa

    Exacto. Y en Asturias igual. Y de hecho, tras una inspección tuve que corregir el IVA del vehículo al 50% y devolver el que habia considerado como soportado. Y lo mismo para otros tres coches de renting (comerciales) que utilizan tambien el coche para uso privado, porque es un salario en especie y, por tanto, la empresa no puede deducir el 100% del iva del renting. No se cómo será en otros sitios, pero en la última inspección empezaron a revisar todas las facturas, por este orden: * Vehículos * Restaurantes * Hoteles en meses sospechosos (julio, agosto, semana santa, ...) * Facturas de Carrefour y centros comerciales (en este caso había facturas de comida de perro, que es guardia de la finca donde está la empresa y no pude deducir este IVA, es decir lo tuve que devolver en la liquidación. Que no estás de acuerdo? Pues recurres, y le jodes los OBJETIVOS al subinspector, y ya sabes lo que viene dentro de unos meses: otra inspección. Triste, pero realidad vivida) Felices los que os administra una delegación que tenga los objetivos cumplidos y no tenga mucha presión de inspección. Desde luego, en Asturias las cosas son muy muy diferentes. Cuando poneis te puedes deducir el 100% tranquilamente....En fin, hasta que se te acabe la tranquilidad... Pues de verdad q aqui en Galicia (y ya son muchos años en estos temas) nunca se han metido en esto demasiado...si es cierto que en una inspeccion te preguntan y tal...pero...vamos, q es muy facil escaparse y no se meten mucho...es que en realidad eso es bastante indemostrable, si se hacen bien las cosas. Un ejemplo para lo del gasoil. Si se paga con tarjeta, la tarjeta se identifica con un numero (no con la matricula) y ademas hay muchos vehiculos en la empresa, camiones, etc, cada dos-tres meses se cambian las tarjetas de chofer/vendedor/gerente o lo q sea, de forma que tengas varias durante el mismo año. En una inspeccion, dale al inspector las facturas de gasoil y q desenrede la madeja, veras que pronto de cansa. Por otra parte, el tema de dietas, exentas, esta perfectamente tipificado, tanto en importes maximos como en su justificacion. Es cuestion de tener un papelito que las amapre, firmado por el q produce el gasto. Hasta un determinado importe, para comidas y demas ni siquiera hace falta tener factura. Pero hay que declarlas como dietas exentas, de lo contrario si serian retribuciones en especie, y ahi si que te van a jod** con el tema del IVA. En fin, q esta claro que si te quieren jod**, te joden, lo q hay que hacer es ponerselo lo mas dificil posible, pero ponerles buena cara. Ahora, en el caso de los coches de empresa...no se, no tienen mucho sitio para pillarte si se hace bien....normalmente van a cosas mas graves y claras, como las ventas al contado, facturas y abonos de proveedores, existencias, etc.
  16. NachoTT

    coche de empresa

    Yo de ti no me preocuparia mucho por eso. Lo de la inspeccion, salvo que haya algo que cante mucho...no quiere decir que no este bien, sino q cante....nosotros x ej, antes teniamos inspecciones todos los años por el IVA, ya que al exportar nos devolvian mucho...y mientras inspeccionan no corre el plazo para que paguen Ahora, al hacer la declaracion mes a mes ya no hay ese problema (devuelven lo mismo, pero poco a poco) y se acabaron las inspecciones. Dudo mucho q el q la empresa compre un coche motive una inspeccion. Y claro, desde el punto de vista particular tuyo, te ahorras el IVA, eso esta claro, yo lo q queria decir es que, desde el punto de vista de la empresa, ni gana ni pierde nunca con eso.
  17. Por fin tio, enhorabuena
  18. NachoTT

    coche de empresa

    A ver, pq te veo un poco confuso: Tu no vas a pagar IVA cuando lo vendas, VAS A INGRESAR IVA. Vas a pagar IVA ahora al comprarlo (me refeiro a tu empresa). Sobre que pagaras? pues sobre el valor base de la factura de compra. Y sobre que vas a ingresarlo? pues sobre el valor base de la factura de venta. Cuando lo vendas, tu decides si el precio que acuerdes con quien te lo compre es IVA incluido o no. Pero de la misma manera que lo compras a traves de la empresa, lo vendes a traves de ella. Que te quede claro que el COCHE ES DE LA EMPRESA, NO ES TUYO, por lo que es la empresa la q lo vendera, no tu. En cualquiera de los dos casos, la empresa declarara el IVA en su declaracion a hacienda, a ver, te pongo un ejemplo: Para la compra: Imaginate que la empresa no ha ingresado ni pagado ningun IVA mas en su actividad, e imaginate que el coche cuesta de base 1.000 + IVA = 1.160 € La declaracion sera: IVA repercutido (ingresado): Base: 0 - Cuota: 0 IVA soportado (pagado): Base: 1.000 - Cuota: 160 Resultado: 0-160 = -160 (hacienda te devolvera 160) Para la venta: Imaginate que lo vendes por 500 + IVA = 580 €. Una vez mas, la empresa no ha ingresado ni pagado IVA en su actividad ordinaria durante el periodo. La declaracion sera: IVA repercutido (ingresado): Base: 500 - Cuota: 80 IVA soportado (pagado): Base: 0 - Cuota: 0 Resultado: 80-0 = 80 (la empresa le paga a hacienda 80) Parece que has ganado dinero con el IVA? pues no. En el primer caso pagas 160 y hacienda te devuelve 160, en el segundo caso ingresas 80 y le pagas a hacienda 80. Resultado del IVA para la empresa = 0. Resultado del IVA recuadado por el vehiculo para hacienda = 0 y seguira siendo asi hasta que lo adquiera una persona no juridica, q pagara un IVA que no podra deducir.
  19. yo estaba viendo en partido y cuando enfocaban a peña del Barça decia "cual sera NachoTT" B)
  20. El platano cuesta mas aqui que en Madrid 1,15 eu/kg ¿ explicame porque? Hombre, no se... será para equilibrar todo lo que os ahorrais en tabaco, gasolina y alcohol!!! Ah eso si....alli echas gasolina con gusto....hace siglos que no se ven esos precios en la peninsula. Y en el tabaco tambien se ahorra, aunque no tanto como antes.
  21. Ni te cuento Entre distribuidores unicos suministradores exclusivos impuestos especiales... AIEM=impuesto revolucionario aduanas transportes comerciales comisionistas etc WELCOME TO BANANA REPUBLIC Un contenedor de 40 pies cuesta entorno 1600 euros para 30000 kg la repercusion por kg es entorno de 20 cts de euro/kg pues aqui la cesta de la compra esta casi un 60% mas cara. Un contenedor de carne brasileña o argentina que hace escala el barco primero aqui ¿por que cuesta un 40%? Viva la economia de mercado.... y la libre competencia El platano cuesta mas aqui que en Madrid 1,15 eu/kg ¿ explicame porque? LA EXPLICACION.... VAMOS A PEGAR SABLAZOS A "LOS GUIRIS" Y LOS ESPAÑOLES CON SU m**** DE SUELDO QUE SE JO*** En el tema carnico que es mi sector, es aun mas grave e inexplicable. Para un contenedor de carne procedente de sudamerica pagas de aranceles una de estas dos cosas: Un 20% s/el importe ad valorem (esto es, coste + transporte) si es con cuota Hilton un 12,80% s/el importe ad valorem + 3,034 €/kg si es con cuota Gatt Logicamente, la mercancia con cuota Hilton es mas cara en origen, por lo que siempre terminas haciendo numeros sobre lo que compensa mas. El caso es que, si pensais que un contenedor cuesta, digamos, 50.000 euros, el 20% en el mejor de los casos, es una pasta. Pues bien, todo este tocho para decir que en Canarias estan exentos de estos aranceles. Pagan cero. Pero tu vas a comer este tipo de carne en un restaurante alli, y vale mas caro que en la peninsula. Como se entiende? Pues no lo se, jamas he conseguido comprenderlo.
  22. Rafa no me jodas..... :clap1: Las radios Concert son una verguenza. El sistema de audio es mas o menos decente, pero las radios? en un coche de mas de 5 millones? venga hombre, son una put* basura. A las preguntas yo mismo te respondo, pues llevo una Alpine, aunque no es ese modelo (es la del cursor estilo raton) 1 - La iluminacion se ajusta entre varios tonos, y aunque se puede ir ajustando hasta conseguir el que tu quieres, ya hay uno prefabricado q ajusta perfectamente a los colores del cuadro y demas. 2 - La tapa no cierra si no sacas el frontal de la radio.
  23. NachoTT

    coche de empresa

    No está tan claro. Para deducir (no desgravar) el 100% del IVA tienes que demostrar que el 100% del uso del vehículo se destina a la empresa. Y eso es muuuuy dificil.... Yo, de hecho, no desgravé el 100% y no fue precisamente por falta de ganas... No tienes nada que demostrar. Tu deduces el 100% y listo. Tendras que demostrarlo en caso de inspeccion y en caso de que ese inspector de meta ahi, algo que no ocurre a menudo. Llegados a este punto, simplemente hay que decir que ese vehiculo se usa para labores comerciales (p.ej. es el coche del director comercial, del gerente, o algo asi) y listo. Lo digo por experiencia, en mi trabajo es algo muy comun y nunca ha habido ningun problema. El ultimo un BMW 330 CD. Se compro hace un par de años, a nombre de la empresa, y encima, financiado por Leasing, con lo que el IVA se paga en cada cuota y se deduce mes a mes, y hasta la fecha ningun problema. En alguna inspeccion, hace años, recuerdo que han preguntado, pero nada mas. Respecto a si el coche es importado, funciona exactamente igual. O se paga el IVA en Alemania (o donde sea) al comprar el coche, o se paga aqui al transferirlo. En cualquiera de los dos casos, la empresa lo deducira en su declaracion, solo cambia la casilla en la que lo hara (regimen general o adquisicion intracomunitaria).
  24. Bueno pues....ya tenemos la Liga en el papo....que no por esperada es menos deseada. Ademas, la suerte quiso que fuese en mi ciudad, por lo que lo pude ver en directo Ahora a por la Champions!!! Visca Barça!
  25. NachoTT

    coche de empresa

    La respuesta es muy sencilla: Si la empresa es tuya, no tienes ningun problema. Es mas, seria del genero tonto no comprarlo a traves de ella. Que historia es esa del cristal de chapa? De eso nada, tu compras el coche como te de la gana, como un particular mas, solo que la factura y la documentacion estara a nombre de la empresa. Por eso te preguntaba si la empresa era tuya, si no lo fuera, podrias quedarte sin coche si luego tienes problema con ella y te dice que el coche es suyo (aunque siempre hay maneras de cubrirse las espaldas) Ten en cuenta que, al venderlo, la empresa tendra que emitir una factura con IVA, se lo venda a un particular o a otra empresa. ASI es, para nada existe eso de cristal de chapa, como dices , mi jefe se compro el 530d como coche de empresa, mi tio se compro su a4 como coche de empresa, ahorras el IVA, pero a la hora de vender tienes que pagarlo si lo vendes a un particular, o creo que era asin. No, no es asi. A ver, el IVA para una empresa no produce gasto, solo es gasto para el consumidor final, por eso se llama impuesto indirecto, se va trasladando por toda la cadena productiva hasta el consumidor final. En este caso, el IVA la empresa lo paga al comprar el coche. La factura del concesionario va con IVA, da igual que sea para una empresa que para un individuo. Lo q sucede es que en la declaracion a hacienda (ya sea mensual o trimestral), la empresa deduce ese IVA, ya que el balance entre el IVA repercutido (ingresado) y el IVA soportado (pagado) tiene que ser igual a cero. Asi, si la empresa ha pagado mas IVA del que ha ingresado, hecienda devuelve la diferencia, y si es al reves, la empresa le paga a hacienda la diferencia. Cuendo la empresa quiera vender el coche, es lo mismo, aunque al reves. La empresa emitira una factura con IVA (da igual si es a otra empresa o a un particular), lo ingresara y lo deducira en la declaración. En realidad es bastante sencillo, aunque asi explicado parezca un lio. Espero que se me haya entendido :cry2: