Esto es interesante:
LLANTAS:
Según el M.R.I. si al cambiar las llantas de un vehículo, debido a las nuevas dimensiones de
estas, se varía el ancho de vía en un margen superior a lo admitido reglamentariamente ±3cm,
estaríamos ante una reforma de importancia Nº11 por montar ruedas de especificaciones distintas a
las originales.
¿Entiendo que en cambio no es necesario homologar un cambio de 16" a 19", por ejemplo, mientras no se varíe el ancho de vía?