Si son tan amables quisiera que me contestasen a una duda que tengo con respecto al nuevo Plan de Proyecto de Ley de Circulación 2014, en su texto pone algo parecido a "En un accidente que suceda en cotos de caza, el conductor será el responsable del atropello de los animales, no los dueños de los animales." y la duda es ¿se consideran cotos de caza, las carreteras nacionales y comarcales en las cuales circulamos? y ¿autopistas y autovías?, porque considero que en ninguno de estos casos puede ser responsable el conductor de un vehículo y si que el coto debe tener su seguro. Otra cosa es ir conduciendo por el monte dentro del coto de caza. Espero vuestra respuesta y muchísimas gracias.