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Quiero hacer una consulta relacionada con este tema:

 

- He visto que hay empresas que te venden coches nuevos mas baratos pero tiene que estar el coche a nombre de ellos durante 6 meses. En el instante de la compra te hacen un contrato compra-venta y tu tienes el coche desde el primer dia, pero sin "legalizar" los papeles en Trafico hasta los 6 meses. Creo que juegan con el porcentaje del IVA (ellos se lo desgravan, y tu te ahorras un % de ese IVA y ellos ganan el otro %, mas o menos)

 

- Pregunta: Unos amigos tienen una empresa, ¿si yo compro el coche a nombre de su empresa, me puedo ahorrar el IVA? y, ¿ tengo que esperar 6 meses para pasarlo a mi nombre??? ¿Por qué lo de los 6 meses?

... y ¿sabriais entonces que impuestos tendria que pagar??

 

Gracias anticipadas a todos.


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Quiero hacer una consulta relacionada con este tema:

 

- He visto que hay empresas que te venden coches nuevos mas baratos pero tiene que estar el coche a nombre de ellos durante 6 meses. En el instante de la compra te hacen un contrato compra-venta y tu tienes el coche desde el primer dia, pero sin "legalizar" los papeles en Trafico hasta los 6 meses. Creo que juegan con el porcentaje del IVA (ellos se lo desgravan, y tu te ahorras un % de ese IVA y ellos ganan el otro %, mas o menos)

 

- Pregunta: Unos amigos tienen una empresa, ¿si yo compro el coche a nombre de su empresa, me puedo ahorrar el IVA? y, ¿ tengo que esperar 6 meses para pasarlo a mi nombre??? ¿Por qué lo de los 6 meses?

... y ¿sabriais entonces que impuestos tendria que pagar??

 

Gracias anticipadas a todos.

 

:thumbsup: eso es defraudar, no se como lo hacen pero seguro que es para desgravar el IVA, si el coche es de empresa solo paga la mitad o esta exento de IVA si es de uso empresarial, lo pondran a nombre de una sociedad fantasma y si quiebra lo pueden embargar y te quedas sin coche porque no constas en ningan lado , solo podras ir contra la sociedad fantasma.

Editado por Churro26
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Huy, perdona, ley mal lo de la sociedad fantasma era a cuenta de esas empresas que se dedican a vender coche baratos desgravando, no lei que era de tus amigos...

 

...sigues defraudando y con el mismo riesgo del embargo a la empresa.

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Yo lo veo de la siguiente forma:

 

Si tienes una empresa tu puedes comprarte un coche justificando que es para usarlo para la empresa, igual que un ordenador, o la luz de la oficina... de forma que pagas el IVA igual que el resto de mortales, lo que pasa es que como empresa, en el caso de los coches, este IVA es deducible, esto es, por asi decirlo, te lo devuelven a lo largo de esos 6 meses. Una vez transcurrido ese tiempo ellos te lo venden como de 2ª mano pagando el impuesto de transmisiones patrimoniales y ya tienes tu coche.

 

El problema es el que comenta Churro26, pq si quiebra la empresa dueña del coche, es un bien embargable de la misma, osea q lo mas probable es que te quedes sin coche...

 

Lo de hacerlo con tus amigos puede tener implicaciones fiscales para ellos, eso ellos te dirán...

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Yo lo veo de la siguiente forma:

 

Si tienes una empresa tu puedes comprarte un coche justificando que es para usarlo para la empresa, igual que un ordenador, o la luz de la oficina... de forma que pagas el IVA igual que el resto de mortales, lo que pasa es que como empresa, en el caso de los coches, este IVA es deducible, esto es, por asi decirlo, te lo devuelven a lo largo de esos 6 meses. Una vez transcurrido ese tiempo ellos te lo venden como de 2ª mano pagando el impuesto de transmisiones patrimoniales y ya tienes tu coche.

 

Es una pena que la agencia tributaria no lo vea igual que tú. En concreto de la deducibilidad del IVA en automóviles, en el ART.95 de la Ley de IVA:

 

No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, las cuotas soportadas por laadquisición, importación, arrendamiento o cesión de uso por otro título de los bienes de inversión que se empleen en todo o en parte en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional podrán deducirse de acuerdo con las siguientes reglas: (…)

2ª Cuando se trate de vehículos automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores y motocicletas, se presumirán afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 50%

 

También dice que hay presunción de afectación total 100% en los siguientes vehículos utilizados en las siguientes actividades:

 

- En la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.

- En la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.

- En los desplazamientos de los representantes o agentes comerciales.

- Los utilizados por los fabricantes en la realización de pruebas, ensayos demostraciones o en la promoción de ventas.

- Los vehículos mixtos utilizados en los transportes de mercancías.

 

Por lo que en los reglamentos hace y deshacen a voluntad fijando este tipo de criterios, como ves en el IVA queda bastante claro por donde van los tiros en cuanto al 50%. Esto no quiere decir que no se puede demostrar el 100% de la afectabilidad del vehículo.

 

Por otro lado en el Impuesto de Sociedades los tiros van por la deducibilidadde los gastos del elemento conforme la disponibilidad laboral y personal, pero que si se demuestra la afectación total, tragará con todos los gastos.

 

Sé que alguien dirá... ah! pues yo me compro el coche a nombre de la empresa y digo que es para visitar clientes y labores comerciales, a ver quién me dice que no.

El NO te lo dirá la agencia tributaria, ya que sólo por ser turismo y no mixto se desgrava el 50% y si quieres desgravar el 100% eres tú el que debes demostrar que el coche está completamente afectado a la actividad.

 

El truco de los 6 meses y el descuento radica en:

 

La empresa que te vende el vehículo los compra a algún concesionario de la Union Europea, lo puede traer como nuevo y se ahora el IVA si lo matricula a su nombre y lo pone en la categoría de los llamados vehículos de km0 que son los vehículos excedentes que los concesionarios automatriculan, con una condición para eximirse del impuesto de matriculación casi en su totalidad y es que deben estar bajo su nombre 6 meses.

Sinceramente siempre me han olido cuerno quemado todas estas operaciones. Y muchas no las he entendido, bien porque en caso de inspección se les cae el pelo o bien porque en caso de cualquier problema externo a la propia operación la afecta enormemente.

Dile que te explique exactamente que piensa hacer... ¿El coche es nuevo? ¿Tú pagas IVA? ¿Impuesto de matriculación? ¿La empresa que lo tiene a su nombre a qué se dedica como actividad económica? etc.

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Por lo que en los reglamentos hace y deshacen a voluntad fijando este tipo de criterios, como ves en el IVA queda bastante claro por donde van los tiros en cuanto al 50%. Esto no quiere decir que no se puede demostrar el 100% de la afectabilidad del vehículo.

 

Por otro lado en el Impuesto de Sociedades los tiros van por la deducibilidadde los gastos del elemento conforme la disponibilidad laboral y personal, pero que si se demuestra la afectación total, tragará con todos los gastos.

 

Sé que alguien dirá... ah! pues yo me compro el coche a nombre de la empresa y digo que es para visitar clientes y labores comerciales, a ver quién me dice que no.

El NO te lo dirá la agencia tributaria, ya que sólo por ser turismo y no mixto se desgrava el 50% y si quieres desgravar el 100% eres tú el que debes demostrar que el coche está completamente afectado a la actividad.

 

Yo soy incapaz de esmerarme tanto (odio el derecho tributario y lo aprobe raspadin), si quiere desgravar el 100% que ponga los rotulos de la empresa de su amigo :lol2: que entonces se considera afectado pero como que no :laugh: lo que si se es que cuando se embarga una empresa va todo para adelante yo no me arriesgaria si mi amigo no es de fiar y su empresa no esta bien saneada.

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Por el problema de que quiebre la empresa, no hay problema.

 

Esas empresas que os he comentado, aunque tienen el coche a su nombre durante 6 meses, desde el mismo instante hacen contigo un contrato privado de compra-venta del vehiculo, indicando que tu eres el nuevo propietario y que ya está pagado en su totalidad.

 

Lo único, que no lo puedes formalizar hasta pasados 6 meses.

 

Asi en caso de embargo o desaparicion, tu ya puedes justificar que el vehiculo es tuyo.

 

Incluyo ellos, pues en caso de multas...ellos pueden decir que tienen un contrato firmado y el coche es tuyo.

 

Eso mismo sería lo que me habia planteado yo en caso de que llegase a un acuerdo con los amigos estos. Lo que no se entonces, es si interesa pasar el coche luego a mi nombre a los 6 meses o pasado el 1er año (pues entonces seguro que el Impuesto de Trasmisiones es inferior)

 

¿Alquien sabeis algo mas del tema???

 

Gracias anticipadas

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Quiero hacer una consulta relacionada con este tema:

 

- He visto que hay empresas que te venden coches nuevos mas baratos pero tiene que estar el coche a nombre de ellos durante 6 meses. En el instante de la compra te hacen un contrato compra-venta y tu tienes el coche desde el primer dia, pero sin "legalizar" los papeles en Trafico hasta los 6 meses. Creo que juegan con el porcentaje del IVA (ellos se lo desgravan, y tu te ahorras un % de ese IVA y ellos ganan el otro %, mas o menos)

 

- Pregunta: Unos amigos tienen una empresa, ¿si yo compro el coche a nombre de su empresa, me puedo ahorrar el IVA? y, ¿ tengo que esperar 6 meses para pasarlo a mi nombre??? ¿Por qué lo de los 6 meses?

... y ¿sabriais entonces que impuestos tendria que pagar??

 

Gracias anticipadas a todos.

 

Yo no lo veo como una situacion ilegal, sino "alegal". La definición de coche nuevo es: "todo aquel que tiene más de 6 meses Y más de 6 mil kilometros". La empresa que compra el coche en su nombre se autorepercute el IVA (ojo, no lo defrauda, sinó que indirectamente recupera una parte) y transcurridos los 6 meses de rigor que marca la ley, te lo revende a ti como "usado", por lo tanto unicamente sujeto a tributación sobre el margen beneficiario. Muchos de los mal llamados "Km0" no són otra cosa que coches a los que se les ha hecho esta trampilla.

Para mi, es más de fiar un coche de esta procedencia que un "Km0" de origen dudoso, el cual es posible que tenga seis meses, pero en este tiempo puede haber recorrido 50 mil kilométros en Alemania, cosa que tu nunca llegarás a saber porque con absoluta probabilidad te lo entregarán afeitado.

 

BERNAT

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