NeverMinds Publicado 18 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 18 de Marzo del 2008 El conductor absuelto por conducir a 260 Km/h reclama al Estado 313.454 euros. Alega que sin el carné de conducir sufrió la situación de lucro cesante en el kilometraje en su trabajo, la imposibilidad del permiso de caza y coto, y el daño moral al aparecer su fotografía en la prensa. El conductor especificó en la reclamación que durante los trece meses que estuvo sin el carné de conducir sufrió la situación de lucro cesante en el kilometraje en su trabajo; la imposibilidad del permiso de caza y coto; y el daño moral al aparecer su fotografía en la prensa. El letrado ovetense José Carlos Botas, interpuso una "reclamación de responsabilidad patrimonial" a la Administración de Justicia por la retirada del carné de forma cautelar durante trece meses. La responsabilidad patrimonial es la forma de reclamar una indemnización a la Administración. Constantino G., natural de Villayón y residente en Ribadeo (Lugo), de 42 años, negó en su momento el hecho de ir a 260 "porque el coche, un Audi A-8, tiene un limitador de velocidad de 250 kilómetros por hora". Mientras que la sentencia mantiene como hechos probados que Constantino G. S. circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía autonómica A-231 (León-Burgos). Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad", no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal. Fuente. Responder
AudifanArnau Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Eso es muy fuerte, y lo del limitador una escusa de oro. Si tiene limitador "no puede" ir a esa velocidad, por lo que la camara puede estar defectuosa o mal calibrada :ranting2: Responder
tuporaky Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 juer como se las ingenian los abogados :ranting2: Responder
xpp Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 dios.....!!! que cab*** ya sea a 250 o 260 yo lo veo intolerable! retirada definitiva de carnet! Responder
el nano Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Como dicen por ahí, el que no llora no mama Es una salvajada ir a esa velocidad, pero es otra salvajada meterle un delito a una persona por eso (siempre que no ponga en peligro a nadie) Responder
chotakus Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Como dicen por ahí, el que no llora no mama Es una salvajada ir a esa velocidad, pero es otra salvajada meterle un delito a una persona por eso (siempre que no ponga en peligro a nadie) Yo pienso que a esa velocidad pones en peligro indirectamente a todo el que vaya por la misma vía que tú. Sea en el mismo sentido o en sentido contrario. Responder
EZFD Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Esto del delito por conducir rápido es una especie de "intento de homicidio" o qué??? jod**, yo no conozco a nadie que se corra por "intento de echar un polvo" ni que le paguen por "intento de ir a trabajar". Responder
RomuloTDI Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Otro ricachon como el tio del A8 que mato al chaval que iva en vici y le reclamo a sus padres las facturas de reparacion de su flamante A8, mientras los padres solo les quedaba el consuelo de ir a visitar a su hijo al cementerio, este tipo de gente me pone del higado, tienen pasta y se creen que tienen todos los derechos. Responder
Churro26 Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Como dicen por ahí, el que no llora no mama Es una salvajada ir a esa velocidad, pero es otra salvajada meterle un delito a una persona por eso (siempre que no ponga en peligro a nadie) Yo pienso que a esa velocidad pones en peligro indirectamente a todo el que vaya por la misma vía que tú. Sea en el mismo sentido o en sentido contrario. Iba solo, no sabes lo peligrosos que son los delitos de peligro abstracto que es como se denominan ese tipo de delitos para las libertades personales, te dire que se utilizaban en la epoca nazi y yo estoy totalmente en contra de su uso, le han absuelto porque lo juzgaron por la antigua ley (mucho mejor) en la que se demostro que no puso a nadie en peligro y no hubo causacion de resultado. Responder
Churro26 Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Con lo anterior de delitos de peligro abstracto me refiero a la nueva redacción del codigo penal, la anterior se basa en peligro concreto y es la buena, para las personas y para la sociedad. Responder
allblack Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 la culpa es de la administración por tener al notas 13 meses sin carnet y sin sentencia firme. Sea o no culpable, si alguien paga, al final, será juan pueblo. Responder
Churro26 Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 (editado) la culpa es de la administración por tener al notas 13 meses sin carnet y sin sentencia firme. Sea o no culpable, si alguien paga, al final, será juan pueblo. Tranquilos, no se lo pagan ni de palo, eso son inventos del abogado para sacarse unas pelas ni que los jueces fueran tan gil***ollas jajjaajja, ni que fuera que no dejasen a Alonso conducir el R28, jajajaja, me gustaria ver al abogado decirle que se puede hacer esto se ponen todo serios y cuentan estas cosas y te dicen que es dificil pero se puede ganar (ni ellos se lo creen). Editado 19 de Marzo del 2008 por Churro26 Responder
REAL Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Como dicen por ahí, el que no llora no mama Es una salvajada ir a esa velocidad, pero es otra salvajada meterle un delito a una persona por eso (siempre que no ponga en peligro a nadie) Yo pienso que a esa velocidad pones en peligro indirectamente a todo el que vaya por la misma vía que tú. Sea en el mismo sentido o en sentido contrario. entonces en Alemania todos a la cárcel? Responder
maauuu Publicado 19 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 19 de Marzo del 2008 Eso es muy fuerte, y lo del limitador una escusa de oro. Si tiene limitador "no puede" ir a esa velocidad, por lo que la camara puede estar defectuosa o mal calibrada Aunque este "limitado"...... esa velocidad depende de muchas cosas..... viento, si era bajada................................. Asi esta ESPAÑA .....; si me pillan a mi (no creo que el mio pille esa velocidad ) me mandan directo al calabozo... y si encima reclamo lo que este tio reclama.......... me meten el doble. A ver si aun hay suerte y le pasa lo mismo que al del Audi que atropello al chaval de la bici, y lo meten al trullo y a pagar el doble.. Un saludo. Responder
Danicrx Publicado 20 de Marzo del 2008 Denunciar Publicado 20 de Marzo del 2008 La única comparación que le veo con el caso del chaval de la bici, es que el coche en cuestión es un A8 :crying_anim: Responder
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