NENE00TT Publicado 8 de Junio del 2004 Denunciar Compartir Publicado 8 de Junio del 2004 Alguien sabe si llevando la PDA encendida en el coche nos pueden multar??? Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Chino Mandarin Publicado 8 de Junio del 2004 Denunciar Compartir Publicado 8 de Junio del 2004 Pues deduzco que no si está siendo utilizada como GPS: http://www.mir.es/derecho/rd/rd142803.htm Texto sacado del enlace precedente: "Artículo 18. Otras obligaciones del conductor. 1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado). Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso de monitores que estén a la vista del conductor y cuya utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones o para la visión en vehículos con cámara de maniobras traseras, así como el dispositivo GPS." Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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