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Publicado (editado)

El otro día un compañero taxista me comentó que la DGT tiene planeado no dejar margen de velocidad en los radares. Esto quiere decir que uno de 50 salta a los 50 y los de 120 a los 120 privandonos de ese maravilloso margen de velocidad que tanto nos gusta... ¿Alguien ha escuchado algo? Ya puestos, ¿alguien tiene las tablas actuales por ahí?

Editado por -Ezequiel-

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pues entonces esperemos que las homologaciones de los radares y los plazos de revision se ajusten, porque ese margen en principio era +-10% de error del velocimetro del coche y +-10% de error del radar (eso daba los famosos 140kmh en autovia)

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Pues no sé, es todo muy relativo y yo no me la juego mucho con los márgenes. Quiero decir que un radar d 120 lo paso a 130 según mi marcador pero no a 140 por si las moscas.

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Entonces los cuentakilometros tendran que salir verificados por VEIASA de fabrica, al igual que los tacografos, porque si no como sabemos si nuestros 120km/h seran reales

 

Y ya puestos, en la ITV deberían comprobar el error en los velocímetros, en lugar de andar mirando pijadas... :thumbsup:

 

Saludos

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Cuando lei lo de "Rumor sobre cambio de política en los radares" pensé que la DGT en un acto de cordura, había eliminado los radares más inútiles con un claro fin sacapasta, por unos paneles informativos que indiquen tramos de peligrosidad de la vía.

 

Ya veo que no. :claugh:

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Yo sigo pensando que eso es un globo sonda de la dgt. Como lo de los 6000 euros por llevar un detector de radares. Aun asi son expertos en sorprendernos para mal, asi que habra que ponerse en lo peor.

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No puede ser, ya que los marcadores de nuestros coches no son exactos.

Es más, tu no puedes calzar tu coche a 120 clavados, siempre vas a 119 o 121 o 122.

En el Mercedes Clase B de mi mujer puedes poner en grande entre los dos relojes la velocidad y ahí fijas el tempomat, pero cuando bajas o cuando subes aun ajustado a 120 km/h, este varia un poco.

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No puede ser, ya que los marcadores de nuestros coches no son exactos.

Es más, tu no puedes calzar tu coche a 120 clavados, siempre vas a 119 o 121 o 122.

En el Mercedes Clase B de mi mujer puedes poner en grande entre los dos relojes la velocidad y ahí fijas el tempomat, pero cuando bajas o cuando subes aun ajustado a 120 km/h, este varia un poco.

No te preocupes... cuando menos te lo esperes empezarán una campaña ( a un coste disparatado, claro... ) aconsejando que ajustes el tempomat a 5 km/h por debajo del límite. :unsure:

 

P.D.: Hay días que me faltarían manos --> :cfsd1:

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Hoy hablando de este tema me han asegurado que los de 100km/h. los tienen puestos a 112km/h.o sease que los han bajado 5km/h. creo que es verdad ya que paso cerca de mi pueblo que hay uno fijo y hasta ahora paso a 110 y de momento no tengo ningun regalodel Pere.S2

Publicado (editado)
Yo sigo pensando que eso es un globo sonda de la dgt. Como lo de los 6000 euros por llevar un detector de radares. Aun asi son expertos en sorprendernos para mal, asi que habra que ponerse en lo peor.

 

 

Xan: Te aseguro que lo de los 6000€ va en serio, y además el que responde es el que conduce el coche, aunque no sea de su propiedad y lo de desguazar o achatarrar el coche por impago de multas también. Yo por mi trabajo estoy muy al tanto de los proyectos de Ley y te aseguro que es para flipar pero es cierto:

 

PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA

EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE

TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A

MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, APROBADO POR

EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, DE 2

DE MARZO, EN MATERIA SANCIONADORA

 

CAPÍTULO PRIMERO

Infracciones y sanciones

Artículo 65. Cuadro general de infracciones

 

5. Son infracciones muy graves, cuando no sean

constitutivas de delito, las siguientes conductas:

 

g) Conducir vehículos que tengan instalados

mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la

vigilancia del tráfico, así como utilizar o llevar instalado

sistemas de detección de radar.

 

c) La infracción recogida en el artículo 65.5.g) se

sancionará con multa de 6.000 euros y la suspensión

del permiso de conducción por un período de tres

meses.

 

Artículo 84. Inmovilización del vehículo.

1. Se procederá a la inmovilización provisional

del vehículo en los casos en que:

 

m) Cometida una infracción se compruebe que el

denunciado no ha abonado dos o más sanciones por

infracciones graves o muy graves firmes en vía administrativa.

 

5. Cuando, inmovilizado el vehículo, el denunciado

persista en su negativa a abonar las multas pendientes

y resulte problemática su permanencia en el mismo

lugar, se acordará la retirada, depósito y tratamiento

residual del vehículo, en su caso, en las mismas condiciones

y efectos establecidos en los artículos 85 y 86.

 

:ranting2:

Editado por Estornino
  • 3 semanas más tarde...
Publicado

Pos hay algo de cierto.

Se sancionará la velocidad superada a partir de 1 klmt/h, es decir, 120, saltará a 121, 100 saltará a 101...

Sobre lo de los velocímetros, todos ellos, tienen un error negativo, es decir, ninguno marca de más, así que la dgt juega con esto...

Pos nada, como hasta ahora, coche sospechoso, pórtico o la mínima duda, a 120 de aguja...

De todas formas, las sanciones desde 121 hasta 141 serán irrisorias (interpretación sarcástica claro), de 60 a 90€ creo que se hará, apartir de ahí, subidón subidón... :laugh:

Publicado
Pos hay algo de cierto.

Se sancionará la velocidad superada a partir de 1 klmt/h, es decir, 120, saltará a 121, 100 saltará a 101...

Sobre lo de los velocímetros, todos ellos, tienen un error negativo, es decir, ninguno marca de más, así que la dgt juega con esto...

Pos nada, como hasta ahora, coche sospechoso, pórtico o la mínima duda, a 120 de aguja...

De todas formas, las sanciones desde 121 hasta 141 serán irrisorias (interpretación sarcástica claro), de 60 a 90€ creo que se hará, apartir de ahí, subidón subidón... :unsure:

Pues creo que voy a vender el S2 y me voy a comprar un Picanto

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