Jump to content

Publicaciones recomendadas

Publicado

Pues eso... :ranting2: estoy un poco de mala ...... Hace 2 dias recibí en mi antigua dirección una notificación de Hacienda.

No tengo acceso al correo que me envian allí porque los propietarios actuales, la tienen como casa de veraneo.

Para no liaros mucho decir que correos devolvió la notificación y yo encargué a mi asesor que la solicitara en hacienda.

Me acaba de llamar y me dice que estan preparando un escrito para lllevarlo a Tráfico para que me entregen el expediente, ya que se trata de una denuncia en vía de ejecución que asciende a 900 euros :ranting2:

Realmente no se de que puede ser , porque aunque viajo bastante , es muy complicado que yo exceda los límites de velocidad hasta el punto de una denuncia de tanto dinero.

 

Además tampoco he recibido en ningún momento una notificación de denuncia.

Ahora mismo no se que hacer pero estoy un poco ..no, muy j****o ,ya que supongo que esa denuncia, por el montante supongo que debe ser algo extremadamente grave y deben ser un porrón de puntos.

Bueno pues ya me he desahogado. Mañana cuando vea cual es el motivo de la denuncia os lo contaré.


  • Respuestas 37
  • Created
  • Last Reply

Top Posters In This Topic

Publicado

Además tampoco he recibido en ningún momento una notificación de denuncia.

 

Es obligatorio tener en el permiso de conducir la direccion de tu casa.

Comentas que donde la mandaron, era donde vivias,( me ha parecido), y si no te localizan, aparece la notificacion en el boletin oficial de tu provincia, y es como si te dieses por enterado.

 

900 es mucho dinero.

¿Puede ser por mas de una denuncia?. :ranting2:

Ya diras lo que sea.

Publicado
Además tampoco he recibido en ningún momento una notificación de denuncia.

 

Es obligatorio tener en el permiso de conducir la direccion de tu casa.

Comentas que donde la mandaron, era donde vivias,( me ha parecido), y si no te localizan, aparece la notificacion en el boletin oficial de tu provincia, y es como si te dieses por enterado.

 

900 es mucho dinero.

¿Puede ser por mas de una denuncia?. :ranting2:

Ya diras lo que sea.

Hombre como poder ser... pero tengo 39 años dos niños pequeños,el carnet de conducir desde los 18 me muevo en moto y coche indistintamente y en este tiempo es la primera vez que me multan, y no es una forma de hablar. Me extrañaría que en ahora me hubiesen empapelado mas de una vez.

Publicado
Es más que probable que sea un error... :conf:

 

Comprueba los trámites y de qué se trata. Te mando un MP.

Gracias por la información. Ya he conseguido averiguar algo.

Se trata de una denuncia de 10/03/2008, afecta Real Decreto Legislativo 339/90 en su artículo 072.3. He estado buscando páginas legales para ver de que se trata pero no llego a ninguna conclusión.

Si algun abogado caritativo la conoce y me informa le estaría muy agradecido.Si no es así mañana lo averiguaré en tráfico.

Publicado

´Lo único que podría cuadrarme, es un vehículo que vendí hace unos años, creo que ya no lo tienen y no me extrañaría que lo hubiesen abandonado en la vía pública.Aunque por otro lado estoy practicamente convencido de que hasta que no me mostró el trámite de gestoria para el cambio de titularidad no le entregué las llaves. No se....

Publicado

Bueno pues ya se de que se trata. Conducción manifiestamente temeraria habiendome saltado tres semaforos <_< . en un pueblo de Granada donde no he estado.

Ahora veremos si puedo hacer algo porque ya viene la notificación de embargo por hacienda y creo que ya se me han pasado todas las oportunidades de reclamar

Publicado
Bueno pues ya se de que se trata. Conducción manifiestamente temeraria habiendome saltado tres semaforos :ranting2: . en un pueblo de Granada donde no he estado.

Ahora veremos si puedo hacer algo porque ya viene la notificación de embargo por hacienda y creo que ya se me han pasado todas las oportunidades de reclamar

 

INDIGNANTE :drooling::thumbsup:

 

En fin, ya me imginaba que era un error.

 

Ya sabes que en lo que pueda ayudarte, por aquí estoy...

Publicado

OSTRAS VAYA PASADA!!! Si es que dentro de poco nos vendrá a buscar la policia a casa para meternos en la carcel por algo que no hemos hecho...la verdad es que hay errores por los que la administración deberia de pagar daños y perjuicios..

Publicado (editado)

yo siempre lo he pensado,aqui en españa,de presuncion de inocencia nada de nada,presuncion de culpabilidad y si eres inocente te exculparan,pero hasta que se demuestre lo contrario somos culpables :drooling:

 

asi nos va....

 

suerte y que no sea nada con esta genxxza :ranting2:

Editado por fermoa4
Publicado

bueno pues parece que voy a poder demostrar que no estaba allí ese día, ya que resulta que para esas fechas tengo partes médicos de baja en los que se especifica la necesidad de reposo absoluto y la imposiblidad de conducir.

Espero que aportando dichos partes se olviden de la denuncia, aunque eso sí, primero me embargan por hacienda y después si puedo demostrar que se trata de un error me devuelven el dinero . :drooling:

Publicado

Pide si se puede conjelar ese tramite hasta que se aclare todo, igual por via judicial se pude, y si no pagala volutariamente, no es bueno que aparezca un embargo en el historial de la cueta de una persona, eso cuenta en el censo de morosos y ya sabes lo que pasa despues con los bancos.

 

Suerte.

Publicado
Es más que probable que sea un error... :laugh:

 

Comprueba los trámites y de qué se trata. Te mando un MP.

Gracias por la información. Ya he conseguido averiguar algo.

Se trata de una denuncia de 10/03/2008, afecta Real Decreto Legislativo 339/90 en su artículo 072.3. He estado buscando páginas legales para ver de que se trata pero no llego a ninguna conclusión.

Si algun abogado caritativo la conoce y me informa le estaría muy agradecido.Si no es así mañana lo averiguaré en tráfico.

 

 

Artículo 72.3 El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i.

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.