Joxiko Publicado 13 de Marzo del 2009 Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2009 Pues eso, el otro día conduciendo de noche me encontré con un badén de repente y no me dió tiempo a frenar, lo salté a unos 50-60 Km./h, resultado: Carter de mi querido A6 roto. Me han comentado que esto puede ser denunciable y que ha salido una ley con las dimensiones que tienen que tener éstos. Si a alguien le ha pasado o tiene conocimientos de las dimensiones qeu deben tenr estos, agradecería que me ayudara. Saludos, Responder
lagarto Publicado 14 de Marzo del 2009 Denunciar Publicado 14 de Marzo del 2009 Pues eso, el otro día conduciendo de noche me encontré con un badén de repente y no me dió tiempo a frenar, lo salté a unos 50-60 Km./h, resultado: Carter de mi querido A6 roto. Me han comentado que esto puede ser denunciable y que ha salido una ley con las dimensiones que tienen que tener éstos. Si a alguien le ha pasado o tiene conocimientos de las dimensiones qeu deben tenr estos, agradecería que me ayudara. Saludos, Que yo sepa ya salio la normativa, pero los ayuntamientos ni put* caso. Habla con tu seguro. http://www.elmundo.es/elmundomotor/2008/10...1225361643.html Responder
lomoi Publicado 2 de Abril del 2009 Denunciar Publicado 2 de Abril del 2009 joe, ayer precisamente pasé por un par de ellos en un poblacho, k madre mía, vaya altura para parar, meter primera y salir despacito.... lo mismo medían casi 15cm de alto.... Digo yo k con un poco de subida será suficiente y la rampa larga para no hacer daños a los coches Responder
kerubin Publicado 23 de Abril del 2009 Denunciar Publicado 23 de Abril del 2009 Hola! Es cierto que hay una reglamentación sobre el angulo de ataque, altura y demás aspectos de los "guardias durmientes", pero luego, cada ayuntamiento hace lo que considera oportuno. Habla con tu seguro a ver si ellos pueden ver como reclamar al ayuntamiento... Pero es David contra Goliat (aunque creo que tienes toda la razón del mundo). Un saludo. Responder
danuki Publicado 1 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 1 de Marzo del 2010 Se que el tema esta obsoleto... pero se puede denunciar o algo al ayuntamiento? Estudio en Villanueva de la Cañada (Madrid) y es INCREIBLE la cantidad de badenes que hay... y no pequeños eh? Los TT, Z4 etc rozan un poquito, asique figuraros... y es que en cada calle, por pequeña que sea hay un par de ellos... Yo tengo un A6 4B y me da lastima, xq todo el dia botando el coche (Y eso que los paso a 3km/h xD) ya me direis, un saludoo Responder
mavimad Publicado 3 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 3 de Marzo del 2010 Se que el tema esta obsoleto... pero se puede denunciar o algo al ayuntamiento? Estudio en Villanueva de la Cañada (Madrid) y es INCREIBLE la cantidad de badenes que hay... y no pequeños eh? Los TT, Z4 etc rozan un poquito, asique figuraros... y es que en cada calle, por pequeña que sea hay un par de ellos... Yo tengo un A6 4B y me da lastima, xq todo el dia botando el coche (Y eso que los paso a 3km/h xD) ya me direis, un saludoo Para nada está obsoleto. Mas bien son las distintas administraciones las que parecen que lo quieren dar por cerrado. Nadie dice nada, nadie hace nada. Y asi, en los Ayuntamientos se lavan las manos, ya se sabe: no oir, no ver, no hablar. Es que me indigna el tema Estaría bien saber a ciencia cierta qué es lo que se puede hacer... Responder
CFC-DSG Publicado 3 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 3 de Marzo del 2010 Hola chicos! Solamente quiero decir, que yo soy jefe de obra y hago muy a menudo en las nuevas travesias urbanas o en urbanizaciones los reductores de velocidad. Lo que se aplican ahora despues de muchas quejas de ciudadanos, el Ministerio de Fomento sacó una nueva normativa de reductores de velocidad, de los cuales estan reflejados en Instrucción Técnica de Reductores de Velocidad. Aqui os dejo la normativa y el enlace para todos aquellos que quieran visitarlo. El perfil longitudinal del Reductores de Velocidad trapezoidal comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio. Sus dimensiones serán: Altura: 10 cm ± 1 cm. Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta un mínimo de 2,5 m). Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de «zona 30», un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h). En los casos en que la intensidad de autobuses sea elevada se estudiará la posibilidad de construir pasos sobreelevados combinados o «almohadas» (pendientes distintas para vehículos ligeros y vehículos pesados). El enlace es este: http://www.carreteros.org/normativa/traves...apartados/3.htm Un saludo a todos Responder
mavimad Publicado 3 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 3 de Marzo del 2010 Muchas gracias CFC-DSG Y los que ya están construidos incumpliendo esas normas? Se deberían retirar y hacerlos nuevos??? Esa es mi duda... Responder
CFC-DSG Publicado 3 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 3 de Marzo del 2010 Buenas Respecto a lo que me preguntas de lo que ya estan puestos, pues si. Todas las comunidades autonomas tienen la obligacion de cambiar esos reductores de velocidad a las nuevas normativas, ya que estan publicadas en el BOE. Al menos por el comunicado que tengo, que me llegó a mi empresa, tenemos que regirnos a esa normativa. Para todos aquellos que no lo cumplan, pueden ser sancionados y denunciados ya que no cumplen con ello. Espero de haberte sacado de dudas. Responder
gasolini Publicado 4 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 4 de Marzo del 2010 este caso parece claro: 1.-se ajustan a la legalidad? 2.-está correctamente señalizado? un buen abogado sabrá si puede llegar a buen puerto la denuncia al responder a esas dos preguntas. un saludo Responder
mavimad Publicado 4 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 4 de Marzo del 2010 Buenas Respecto a lo que me preguntas de lo que ya estan puestos, pues si. Todas las comunidades autonomas tienen la obligacion de cambiar esos reductores de velocidad a las nuevas normativas, ya que estan publicadas en el BOE. Al menos por el comunicado que tengo, que me llegó a mi empresa, tenemos que regirnos a esa normativa. Para todos aquellos que no lo cumplan, pueden ser sancionados y denunciados ya que no cumplen con ello. Espero de haberte sacado de dudas. Responder
DavidBEST Publicado 4 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 4 de Marzo del 2010 Yo quisiera preguntar acerca de los badenes que son semi-cilíndricos de hormigón. Esos no cumplen, por supuesto, con la geometría que nos especificas, por lo que quería saber si la ley también los contempla o si, por el contrario, son ilegales. Muchas gracias. Un saludo! Responder
CFC-DSG Publicado 4 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 4 de Marzo del 2010 Yo quisiera preguntar acerca de los badenes que son semi-cilíndricos de hormigón. Esos no cumplen, por supuesto, con la geometría que nos especificas, por lo que quería saber si la ley también los contempla o si, por el contrario, son ilegales. Muchas gracias. Un saludo! Buenas. Si entras en el link que puse, en el apartado de 3.3.2.2 de Reductor tipo Lomo de Asno, veras las medidas correspondientes. Se que antes como tu bien dices, se hacian de hormigón que eran mas estrechos y mas altos, eso en teoría se fueron modificando a medida que se reforzaban el firme. Me explico, los refuerzos de firmes se trata de poner o restaurar el pavimento asfaltico cuando se presentan grietas o malformaciones del propio asfalto. Puede que en algunas ciudades o poblaciones existan, pero no es tan grave como los reductores de velocidad de tipo trapezoidal. Un saludo Responder
CFC-DSG Publicado 4 de Marzo del 2010 Denunciar Publicado 4 de Marzo del 2010 Tambien tengo que decir que, aparte de que si son legales o no, que si son mas bruscos o no, habria que mirar o al menos cumplir con la normativa de Instrucciones de Carreteras I.C.6.1, es decir, que antes de llegar a un reductor de velocidad que esté completamente señalizado 50 metros antes de llegar, que se pondria dos señalizaciones de la reducción de velocidad en 30km/h (depende del tipo de via circulatoria) y la advertencia de presencia de baden. Sea cual sea el tipo de reductor de velicidad tiene que estar señalizada, de los cuales si no cumplen con ello, se puede pedir daños y prejuicios a la Administración que corresponda. Un saludo Responder
Daviliko Publicado 7 de Abril del 2010 Denunciar Publicado 7 de Abril del 2010 +1 por la info! Responder
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