Malt Publicado 7 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 7 de Julio del 2009 Voy a cambiar de trabajo, y no tengo muy claro como calcular lo que me corresponde (la baja es voluntaria) Me voy el día 20 de julio, y he dado el aviso ayer 6 de julio. Me quedan 7 días laborables de vacaciones sin disfrutar. Voy a disfrutara 5 para poderme ir el 20 de julio y no el 27 como me correspondería por convenio. Mi pregunta es si a la hora de los calculos tienen que considerar que he trabajado hasta el 27 de julio ya que la vacaciones son retribuidas o por el contrario sólo me van ha considerar hasta el día 20 de julio. Un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Nes37 Publicado 7 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 7 de Julio del 2009 Si las vacaciones son retribuidas entonces estás de alta en la SS hasta el día 27 (es decir es como si estuvieses trabajando), por lo cual te van a pagar hasta el 27. Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Enderx33 Publicado 7 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 7 de Julio del 2009 Hola, Pues depende de cómo sea tu empresa, es decir, en una multinacional sin problema pero en una Pyme pues son más gañanes en general. A mi en una Pyme en mis comienzos me pagaban hasta el día 20 por ejemplo y ya está, pagándome las vacaciones, no querían arriesgarse a que tuviese un accidente y asumir 'algo'. En una multinacional pues te vas de vacaciones el día 20 y te dicen que te pases en 15 días a recoger el cheque y firmar el finiquito. Háblalo abiertamente con RRHH y llegad a un acuerdo, porque si no atas tú los cabos lo más seguro es que te la metan doblada. Recuerda que te tienen que dar la parte proporcional de paga extra, las vacaciones sin disfrutar y los números de días por año trabajado que hayáis pactado por antigüedad (no creo que te vayas sin nada, verdad? A no ser que lleves poco) s2 Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Malt Publicado 7 de Julio del 2009 Autor Denunciar Compartir Publicado 7 de Julio del 2009 (editado) Gracias nes37 y Enderx33, Lo que sucede es que firmo con la otra empresa el día 20 de junio, con lo cual no puedo estar de alta en las dos empresas a la vez, supongo que pierdo esos días de vacaciones. Enderx33 me voy porque quiero, así que creo que no tengo derecho a ninguna indenización (llevaba 7 años en la empresa y era indefinido). La empresa es una pyme, por eso estoy procurando informame para como bien dices no me la metan doblada. Un saludo Editado 7 de Julio del 2009 por Malt Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
RomuloTDI Publicado 7 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 7 de Julio del 2009 Yo creo que donde mejor te pueden asesorar es: En una asesoria. En un sindicato. O en un abogado laboralista. Pasate por uno de los tres (si estas afiliado a algun sindicato preguntales si tienen abogado yte sale gratis, o casi) y que te digan. Aunque yo creo que si te vas voluntariamente NO tienes derecho a nada, pero bueno, mi criterio no tiene una base suficientemente firme para que me hagas caso. En tod caso mucha suerte. Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Enderx33 Publicado 8 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 8 de Julio del 2009 Gracias nes37 y Enderx33, Lo que sucede es que firmo con la otra empresa el día 20 de junio, con lo cual no puedo estar de alta en las dos empresas a la vez, supongo que pierdo esos días de vacaciones. Enderx33 me voy porque quiero, así que creo que no tengo derecho a ninguna indenización (llevaba 7 años en la empresa y era indefinido). La empresa es una pyme, por eso estoy procurando informame para como bien dices no me la metan doblada. Un saludo Los días de vacaciones si no los has disfrutado te los tienen que pagar, así que: -O te vas el día 13 sin que te paguen las vacas. -Te vas el día 19 y que te paguen los 7 días más la parte proporcional que generas (unos 2,5 días de vacas por mes trabajado, calcula con una regla de tres y listo) -El finiquito incluye entonces: Los días de vacas sin disfrutar + La parte proporcional de paga extra (de verano o de invierno depende cómo pague tu empresa la extra) de lo que va de año + los días trabajados del mes de julio) Yo lo que suelo hacer cuando cambio de trabajo es coger 1 semana de vacas, digamos que es muy saludable para desconectar de lo de siempre y llegar a lo nuevo con ganas. S2 Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
delicathesen Publicado 9 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 9 de Julio del 2009 Si si, las grandes empresas no son gañanes no, sólo te meten unos EREs de c*** y te vas a la put* calle cada dos por tres, o te prejubilan con 50 años (aunque no quieras..), no pagan las horas extras.. etc etc.. Pero vamos, mucho mejor que esos demonios de las Pymes, sin duda... Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Malt Publicado 10 de Julio del 2009 Autor Denunciar Compartir Publicado 10 de Julio del 2009 (editado) Gracias por vuestras respuestas. La situación es que avise el día 6 de julio, segun mi convenio colectivo necesito avisar con 15 días laborables de antelación, o sea que hasta el 27 de julio no podría ir. Me voy el 20 de julio por que a la otra empresa tiene mucha prisa porque trabajar con ellos. Tengo 7 días laborables de vacaciones, con lo cual quito 5 días por avisar con 5 días laborables de antelacion menos. Mi pregunta es a la hora de hacer el finiquito me tienen que considerar en los calculos de días que me corresponden hasta el dia 27 de julio o me tienen que considerar hasta el 20 de julio. Un saludo. PD. paso de una empresa de 10 empleados a una de 18.000, a ver como va Editado 10 de Julio del 2009 por Malt Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
PlaTTa Akoya Publicado 10 de Julio del 2009 Denunciar Compartir Publicado 10 de Julio del 2009 y los números de días por año trabajado que hayáis pactado por antigüedad (no creo que te vayas sin nada, verdad? A no ser que lleves poco) No te olvides que por lo que ha contado el compañero, esto es una baja voluntaria, asi que esto no tiene mucho sentido a menos que lo incorpore su Convenio Colectivo en una mejora pero mucho me extraña. Los días que llamas "antigüedad" son en caso de despido y eso es otra cosa. Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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