amagoiap Publicado 17 de Diciembre del 2009 Denunciar Publicado 17 de Diciembre del 2009 (editado) Aporto esta noticia que acabo de ver, para que le echeis un vistacillo! De vez en cuando el cliente tiene la razón: "El coche no paga en garantía Una sentencia obliga a un concesionario ovetense a devolver a un cliente más de mil euros del importe de una avería Un desacuerdo por la reparación en un taller ovetense de un automóvil que estaba en garantía acabó en una disput* judicial. Una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Oviedo acaba de dar la razón a un ciudadano que demandó a un concesionario de coches de la ciudad que le había cobrado una reparación del vehículo cuando aún estaba en período de garantía. El Juzgado de primera instancia número 2 de Oviedo ya había dado la razón al demandante en una sentencia dictada el pasado mes de julio. El ciudadano afectado compró un vehículo nuevo en el concesionario y contrató un producto denominado «servicio de garantía plus», por el que la cobertura legal del vehículo se ampliaba hasta un periodo de sesenta meses. En el curso de este tiempo, el comprador del coche tuvo una avería, en este caso una rotura interna del llamado «volante motor bimasa», y acudió a los talleres del concesionario de coches para reparárselo. Los problemas surgieron cuando fue a recoger el coche y le exigieron, para retirarlo, que pagase una factura por un importe de 1.193 euros, que abonó para poder llevarse su coche reparado. El comprador del coche, convencido de que se habían vulnerado sus derechos, contrató los servicios de un abogado. Llevó su denuncia José Miguel Cabello González, del despacho de abogados Manzano y Asociados. El ciudadano ganó el litigio en primera instancia y también el recurso ante la Audiencia Provincial de Oviedo, por lo que el concesionario de coches ha tenido que reintegrarle los 1.193 euros de la factura de la reparación. La empresa demandada alegó dos razones para haberle pasado la factura al cliente, pero ninguno de los dos argumentos convencieron a los jueces. En primer lugar, la empresa sostuvo que carecía de legitimación pasiva, porque el contrato en litigio se había celebrado entre el demandante y la compañía de la firma del coche, y en segundo lugar expuso que el contrato de ampliación de la garantía era para reparar o sustituir piezas que impidieran el correcto funcionamiento del vehículo, y que quedaban excluidos del acuerdo las reparaciones ocasionadas por el desgaste debido al uso normal del vehículo. Ninguno de los dos argumentos sirvieron a los jueces. El primero fue desechado porque el propio contrato especificaba que si se producía alguna avería en el vehículo, el propietario debía llevarlo a reparar a cualquiera de los talleres de la red oficial de la marca, que es exactamente lo que hizo. El segundo argumento, el relativo a la avería por desgaste, tampoco fue admitido. La sentencia dictada por la Audiencia Provincial recoge que «los peritos de ambas partes están conformes en que el problema consistió en una rotura interna del volante de bimasa». La sentencia también especifica que no es al propietario del coche a quien corresponde «demostrar que la avería no obedece a ese desgaste». Además, el perito de la compañía admitió que la pieza «podría romperse sin previo desgaste y que para determinar si se debía a un defecto de material habría que ir a un análisis microscópico que no consta que se haya realizado». La Audiencia Provincial desestimó el recurso presentado por la compañía de coches y dio la razón al ciudadano, extremo celebrado por su representante legal: «Creo que es interesante para los consumidores dadas las malas prácticas que a veces utilizan los concesionarios», explicó ayer en declaraciones a LA NUEVA ESPAÑA. Datos La compra. Un ciudadano compró un vehículo en un concesionario de Oviedo y firmó un contrato para ampliar a 60 meses la garantía. El problema. En este tiempo el vehículo sufrió una avería, y llevó el coche a un taller de la red oficial de la marca para repararlo. La factura. El taller le facturó 1.193 euros por la avería y alegó que la garantía suscrita no cubría la reparación. La reclamación. El cliente denunció a la compañía y el Juzgado de primera instancia número 2 de Oviedo le dio la razón. El concesionario recurrió y la Audiencia Provincial de Oviedo volvió a dar la razón al comprador." Fuente:http://www.lne.es/oviedo/2009/12/10/coche-paga-garantia/845629.html :P Editado 17 de Diciembre del 2009 por amagoiap
Portugues Publicado 17 de Diciembre del 2009 Denunciar Publicado 17 de Diciembre del 2009 Pues me alegro por el!!.De vez en cuandones bueno que le den un toque a los talleres que se exceden en sus limitaciones... Un saludo.Portugues.
amagoiap Publicado 18 de Diciembre del 2009 Autor Denunciar Publicado 18 de Diciembre del 2009 Pues me alegro por el!!.De vez en cuandones bueno que le den un toque a los talleres que se exceden en sus limitaciones... Un saludo.Portugues. Sí, porque son muy dados a recurrir al desgaste para no cubrir las reparaciones que estan dentro de la garantia! Lo que mas me ha gustado de la sentencia, es que puntualiza en que no es el cliente quien ha de demostrar el desgaste o ausencia de él, porque esto tambien es muy habitual cuando te encuentras con un problema parecido.Te dicen que es desgaste sin ninguna consideración y ha de ser el cliente el que ponga en marcha tosdos los medios...y dinero, para pelear por sus derechos. Sentencias asi, animan a exigir cuando te pisotean tus derechos, ademas sienta jurisprudencia!
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