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Publicado (editado)
Sin embargo si ruedas con exceso de velocidad(o velocidad inadecuada que no es otra que sobrepasar la velocidad recomendada por las señales de tráfico que para algo están) te matas TU y el que se te ponga delante... :laugh:

 

Velocidad excesiva es aquella superior a la permitida (más de 50 Km/h en poblado, más de 120 Km/h o más 80 Km/h en una zona señalizada como velocidad máxima 80 Km/h).

 

Velocidad inadecuada es aquélla que, aun siendo igual o inferior a la permitida, es superior a la que las condiciones de la vía permiten (por ejemplo pasar de 90 Km/h una curva cerrada en una carretera comarcal o ir a 120 Km/h en una autopista nevada y sin visibilidad).

Editado por Kastor

Publicado
Sin embargo si ruedas con exceso de velocidad(o velocidad inadecuada que no es otra que sobrepasar la velocidad recomendada por las señales de tráfico que para algo están) te matas TU y el que se te ponga delante... :innocent:

 

Velocidad excesiva es aquella superior a la permitida (más de 50 Km/h en poblado, más de 120 Km/h o más 80 Km/h en una zona señalizada como velocidad máxima 80 Km/h).

 

Velocidad inadecuada es aquélla que, aun siendo igual o inferior a la permitida, es superior a la que las condiciones de la vía permiten (por ejemplo pasar de 90 Km/h una curva cerrada en una carretera comarcal o ir a 120 Km/h en una autopista nevada y sin visibilidad).

 

 

Amplío:

 

 

El artículo 45 del RGC es copia literal del artículo 19.1 de la Ley de Seguridad Vial y en ellos se establece la obligación del conductor, por una parte, de respetar los límites de velocidad establecidos y, por otra, la obligación de adecuar la velocidad del vehículo para poder detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse, teniendo en cuenta las propias condiciones físicas y psíquicas del conductor, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y cuantas circunstancias concurran en cada momento.

 

Estos artículos se hacen eco de dos conceptos distintos de velocidad, por una parte la velocidad excesiva, como aquella que se produce cuando se rebasan los limites de velocidad establecidos, cuando se rebasa la velocidad legal, y, por otra, el de velocidad inadecuada, cuando se circula a una determinada velocidad, sea mayor o menor, sea excesiva o no, sin tener en cuenta determinadas circunstancias que pueden hacer peligrosa la conducción.

 

La velocidad excesiva responde a un dato antecedente objetivo, a una determinada velocidad máxima a la que está prohibido circular y que ha sido fijada de forma genérica para un determinado tipo de vía, para una determinada clase de vehículo en función de sus características técnicas o clase de trasporte al que se dedique o para un determinado tipo de conductores en función de sus características personales o bien que ha sido fijada de forma específica para un determinado lugar mediante la señalización correspondiente.

 

La velocidad inadecuada no responde a ningún criterio antecedente ni existe ningún procedimiento para ser medida. Solo podría definirse por contraposición a lo que pueda entenderse por “velocidad adecuada” o por “velocidad segura”, pero este concepto presenta la misma indeterminación que aquella. No existe una definición, al menos legal, de lo que pueda considerarse velocidad adecuada o inadecuada y, además, no se si sería posible definirla, dado que para calificar una determinada velocidad de circulación como inadecuada solo se podría hacer teniendo en consideración todas y cada una de las circunstancias que puedan estar presentes y puedan concurrir en cada momento y en cada tramo de vía.

 

En cualquier caso, el conductor podrá ser siempre, o al menos casi siempre, consciente que circula con un exceso de velocidad, para ello solo tendría que mirar el velocímetro de su vehículo y comprobar si dicha velocidad está dentro de los límites fijados para el vehículo, para la vía o para él mismo. Para ser consciente que circula a velocidad inadecuada, en cambio, tendría que tener en consideración tal número de factores, condiciones y parámetros en cada momento y en cada tramo de vía, que necesitaría estar dotado de unas condiciones y unas facultades fuera del alcance de la inmensa mayoría de los conductores, a salvo, claro está, en aquellas circunstancias extremas en la que la velocidad sea claramente inadecuada para las condiciones existentes, por ejemplo, circular a 100 km/h por una vía en la que existan placas de hielo.

 

En la mayoría de las ocasiones no será fácil ser consciente y percatarse de que la velocidad a la que se circula, en atención de las circunstancias concretas, es claramente inadecuada y por tanto peligrosa. Es difícil ser consciente y tener en cuenta en todo momento las propias condiciones físicas y psíquicas; ser conscientes y tener en cuenta además las características y estado de la vía en cada tramo concreto por el que se circule; ser consciente y tener en cuenta en todo momento además las características del vehículo, su estado y la de la carga; las condiciones ambientales y meteorológicas y de circulación o cualquier otra circunstancia que pueda concurrir, todas ellas de forma conjunta y al mismo tiempo y, además, estar en disposición de adoptar y adecuar la velocidad del vehículo a unos parámetros indeterminados para poder detenerlo dentro de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pudiera presentarse.

 

Existe una tendencia a determinar como causa de los accidentes bien la velocidad excesiva, bien la velocidad inadecuada, en este último caso sin conocer qué es velocidad inadecuada, ni que velocidad habría sido la adecuada para que no se hubiera producido el accidente.

 

En el proceso de investigación de accidentes de tráfico, en la mayoría de las ocasiones, será posible determinar la velocidad a la que circulaban los vehículos implicados en el accidente, bien a través de las huellas y vestigios que hayan quedado en la vía, bien a través de las deformaciones de los vehículos o bien a través de la trayectoria seguidas con posterioridad al impacto o teniendo en cuenta todas esas fases del accidente. Los resultados de la investigación nos permitirá conocer la velocidad concreta de cada vehículo y podremos saber si se han rebasados los limites legales de velocidad de la vía, del vehículo o del conductor, pero difícilmente se podrá calificar como adecuada o inadecuada en atención de las circunstancias presentes debido, además de a la falta de concreción del concepto de adecuación o inadecuación, a que las circunstancias son cambiantes y, por tanto, serán difícilmente reproducibles en el momento en el que se realice la investigación, salvo, como se ha mencionado, en los casos extremos en los que el accidente hubiera estado cantado para la generalidad de los conductores.

 

El tráfico y la conducción de vehículos a motor y ciclomotores es una actividad peligrosa en sí misma, en la que siempre existe la posibilidad, mas o menos cercana, de que se produzca un accidente y con él un resultado lesivo o dañoso. La velocidad será un factor que siempre estará presente en los accidentes de tráfico, sin velocidad y sin una determinada trayectoria de los vehículos implicados no habrá accidente. En unas ocasiones la velocidad se hará patente como causa, en otras será un agravante de los resultados dañosos y en todas las ocasiones será condición para que exista la posibilidad del accidente.

 

 

:thumbsup:

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No estaría de más cuando fusiles algo de Google que por lo menos cites la fuente.

 

Ya que no lo haces tú, ya lo hago yo:

 

http://fboiso.blogspot.com/2009/05/velocid...inadecuada.html

 

:thumbsup:

 

 

No era mi intención dar a entender que el texto era mio...no es mi estilo...:lol2: creo que te estás tomando el tema de forma un tanto personal...y creo que no existe intención por mi parte de polemizar.

 

De todas formas...te diré que la Wikipedia también es conocida por todos... :ph34r:

Editado por Mar77
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Normal que se lo tome de forma personal... parece que en esta década la limpieza de cocos por parte del gobierno ha surtido tanto efecto, que a pesar de que ellos lo hacen por recaudar, la gran mentira de que la velocidad mata ha arraigado tanto en las mentes de quienes conducen sin pisar el acelerador que salen cruzados por todas partes, defendiendo la causa (espejismo) con la que el gobierno encubre la verdadera razón de tanto control.

 

No señores, por mucho que digan... y yo no corro, nadie se va a matar por pegarsela a 140 en lugar de a 120... se mata igual (nuestros coches están hechos para no salvar a nadie en un impacto real a una velocidad superior a 80 km/h).

 

Más educación vial y menos radar, eso es lo que hacía falta en este pais.

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Creo que ya es marear la perdiz...uno mea para arriba y otro para abajo...y sera un circulo vicioso...

 

somos mayorcitos unos mas otros menos sabemos lo que hacemos y somos responsables y yo sigo diciendo que es el mismo delincuente el que circula a 130 que a 160 ya que la diferencia son 100 euritos que a uno le duelen mas o le duelen menos....

 

Saludossssssss

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Creo que ya es marear la perdiz...uno mea para arriba y otro para abajo...y sera un circulo vicioso...

 

somos mayorcitos unos mas otros menos sabemos lo que hacemos y somos responsables y yo sigo diciendo que es el mismo delincuente el que circula a 130 que a 160 ya que la diferencia son 100 euritos que a uno le duelen mas o le duelen menos....

 

Saludossssssss

Totalmente de acuerdo y... soy delincuente

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Sin embargo si ruedas con exceso de velocidad(o velocidad inadecuada que no es otra que sobrepasar la velocidad recomendada por las señales de tráfico que para algo están) te matas TU y el que se te ponga delante... :unsure:

 

Velocidad excesiva es aquella superior a la permitida (más de 50 Km/h en poblado, más de 120 Km/h o más 80 Km/h en una zona señalizada como velocidad máxima 80 Km/h).

 

Velocidad inadecuada es aquélla que, aun siendo igual o inferior a la permitida, es superior a la que las condiciones de la vía permiten (por ejemplo pasar de 90 Km/h una curva cerrada en una carretera comarcal o ir a 120 Km/h en una autopista nevada y sin visibilidad).

 

 

Amplío:

 

 

El artículo 45 del RGC es copia literal del artículo 19.1 de la Ley de Seguridad Vial y en ellos se establece la obligación del conductor, por una parte, de respetar los límites de velocidad establecidos (creados en 1960) y, por otra, la obligación de adecuar la velocidad del vehículo para poder detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse, teniendo en cuenta las propias condiciones físicas y psíquicas del conductor, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y cuantas circunstancias concurran en cada momento.(Sigo pensando que mi coche, bajo las mismas circunstáncias y al doble de velocidad frena en la mitad de tiempo y distancia que un 2cv de 1974 aunque el conductor sea el mismo)

 

Estos artículos se hacen eco de dos conceptos distintos de velocidad, por una parte la velocidad excesiva, como aquella que se produce cuando se rebasan los limites de velocidad establecidos :drooling: , cuando se rebasa la velocidad legal, y, por otra, el de velocidad inadecuada, cuando se circula a una determinada velocidad, sea mayor o menor, sea excesiva o no, sin tener en cuenta determinadas circunstancias que pueden hacer peligrosa la conducción. :drooling:

 

La velocidad excesiva responde a un dato antecedente objetivo, a una determinada velocidad máxima a la que está prohibido circular(HAbra que preguntarse porqué esa es la velocidad máxima y que tiene que ver esa cifra con los radares, las multas y algunas comisiones....) y que ha sido fijada de forma genérica para un determinado tipo de vía, para una determinada clase de vehículo en función de sus características técnicas o clase de trasporte al que se dedique o para un determinado tipo de conductores en función de sus características personales o bien que ha sido fijada de forma específica para un determinado lugar mediante la señalización correspondiente.(Señal de vel. max a 60 recta de 1,5 km, con dos carriles en un sentido, sin incorporaciones a ningun lado de la vía arcén de mas de 1,5m Carretera de la Bauma de TErrassa a Manresa, si es coherente sí , lo curioso es el radar que hay camuflado tras un muro pasado el puente)

 

La velocidad inadecuada no responde a ningún criterio antecedente ni existe ningún procedimiento para ser medida. Solo podría definirse por contraposición a lo que pueda entenderse por “velocidad adecuada” o por “velocidad segura”, pero este concepto presenta la misma indeterminación que aquella. No existe una definición, al menos legal, de lo que pueda considerarse velocidad adecuada o inadecuada y, además, no se si sería posible definirla, dado que para calificar una determinada velocidad de circulación como inadecuada solo se podría hacer teniendo en consideración todas y cada una de las circunstancias que puedan estar presentes y puedan concurrir en cada momento y en cada tramo de vía. (En alemania, en las famosas autobahn sin limite, lo que cuenta es la EDUCACIÓN, detalle que en España no entra dentro del examen de conducir, ni en ningún examen)

 

En cualquier caso, el conductor podrá ser siempre, o al menos casi siempre, consciente que circula con un exceso de velocidad, para ello solo tendría que mirar el velocímetro de su vehículo (apartando la vista de la carretera) y comprobar si dicha velocidad está dentro de los límites fijados para el vehículo (yo no sé cual es el límite del mío, el del 2 cv quizá lo imagine, pero en el momento que sepa donde está el limite de mi coche, es que me habré dado una leche), para la vía o para él mismo. Para ser consciente que circula a velocidad inadecuada, en cambio, tendría que tener en consideración tal número de factores, condiciones y parámetros en cada momento y en cada tramo de vía, que necesitaría estar dotado de unas condiciones y unas facultades fuera del alcance de la inmensa mayoría de los conductores, a salvo, claro está, en aquellas circunstancias extremas en la que la velocidad sea claramente inadecuada para las condiciones existentes, por ejemplo, circular a 100 km/h por una vía en la que existan placas de hielo.

 

En la mayoría de las ocasiones no será fácil ser consciente y percatarse de que la velocidad a la que se circula, en atención de las circunstancias concretas, es claramente inadecuada y por tanto peligrosa. Es difícil ser consciente y tener en cuenta en todo momento las propias condiciones físicas y psíquicas; ser conscientes y tener en cuenta además las características y estado de la vía en cada tramo concreto por el que se circule; ser consciente y tener en cuenta en todo momento además las características del vehículo, su estado y la de la carga; las condiciones ambientales y meteorológicas y de circulación o cualquier otra circunstancia que pueda concurrir, todas ellas de forma conjunta y al mismo tiempo y, además, estar en disposición de adoptar y adecuar la velocidad del vehículo a unos parámetros indeterminados para poder detenerlo dentro de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pudiera presentarse.

 

Existe una tendencia a determinar como causa de los accidentes bien la velocidad excesiva, bien la velocidad inadecuada, en este último caso sin conocer qué es velocidad inadecuada, ni que velocidad habría sido la adecuada para que no se hubiera producido el accidente.

 

En el proceso de investigación de accidentes de tráfico, en la mayoría de las ocasiones, será posible determinar la velocidad a la que circulaban los vehículos implicados en el accidente, bien a través de las huellas y vestigios que hayan quedado en la vía, bien a través de las deformaciones de los vehículos o bien a través de la trayectoria seguidas con posterioridad al impacto o teniendo en cuenta todas esas fases del accidente. Los resultados de la investigación nos permitirá conocer la velocidad concreta de cada vehículo y podremos saber si se han rebasados los limites legales de velocidad de la vía, del vehículo o del conductor, pero difícilmente se podrá calificar como adecuada o inadecuada en atención de las circunstancias presentes debido, además de a la falta de concreción del concepto de adecuación o inadecuación, a que las circunstancias son cambiantes y, por tanto, serán difícilmente reproducibles en el momento en el que se realice la investigación, salvo, como se ha mencionado, en los casos extremos en los que el accidente hubiera estado cantado para la generalidad de los conductores.

 

El tráfico y la conducción de vehículos a motor y ciclomotores es una actividad peligrosa en sí misma, en la que siempre existe la posibilidad, mas o menos cercana, de que se produzca un accidente y con él un resultado lesivo o dañoso. La velocidad será un factor que siempre estará presente en los accidentes de tráfico, sin velocidad y sin una determinada trayectoria de los vehículos implicados no habrá accidente. En unas ocasiones la velocidad se hará patente como causa, en otras será un agravante de los resultados dañosos y en todas las ocasiones será condición para que exista la posibilidad del accidente.

 

Eso de la velocidad adecuada es porque hay multitud de puntos negros, carreteras mal hechas, señales incoherentes, asfalto degradado, restos de líquidos y sólidos en la calzada, lineas de la calzada deslizantes (es que soy motero tambien), y es la manera de ellos lavarse las manos por hacer mal su trabajo, por pedir presupuestos astronómicos para hacer una carretera y construirla por una tercera parte con materiales que no superarian ningun control de calidad para guardarse el resto del dinero. Seamos realistas y no echemos tanto la culpa a la velocidad excesiva, quizá más al chafardeo, a la mala educación, al me quedo en el carril izquierdo porque me sale del nabo y que se joda el de atras, al a ver si está muerto el del accidente (obviamente, frenando en seco sin mirar que llevas detras o a quien), o buscando el radar movil o el fijo, o los dos.... eso sí provoca accidentes.

 

respecto al compañero de la caravana, no puedo estar más de acuerdo contigo, pero si tu ibas a 80, a lo mejor el flipao de atras iba a 120 y se despistó (mal por su parte, debería haber estado atento), yo tambien tengo una caravana, y un allroad, me parece un coche segurísimo y cojonudo, pero si un flipao, o despistao, o gil***ollas se me empotra detrás en la caravana, me haría dar vueltas de campana igual aunque lleve un land rover, solo porque la Caravana arrastrará de mi como si fuera una pelotita agarrada a una cuerda.

 

:drooling:

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