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Target evo, stinger ventura, bel 615sti 915r 966r 975r...todos son practicamente iguales y usan la misma antena

Todos muy fiables respecto a los radares

unos traen un detector laser, otros 2, pero que no sirven de nada pq cuando lo detectan ya te han cazado. Para los laser lo único efectivo son los jammers (distorsionadores del laser)


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Con la ley en la mano sólo te ponen 90€ por llevarlo.....

El problema creo que viene con la nueva ley que entra en vigor este verano, no?

 

Todavíano he podido leermela, pero tengo entendido que al empezar ya con los puntos, se trataría de una infracción grave, así que 6 puntos fuera, y por primera vez podrían confiscarte el aparato...

 

No estoy seguro.. haber si alguien puede profundizar sobre los nuevos cambios sobre este tema de la ley..

  • 3 semanas más tarde...
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TourisT, perdona por tardar tanto en contestar. Perdonad también por el ladrillazo jurídico, pero igual a alguien le interesa....

 

El tema de los antirádares no está claro. La redacción del artículo 18.3 del Reglamento General de Circulación es confusa:

 

"Se prohíbe que en los vehículos se INSTALEN mecanismos o sistemas, se LLEVEN instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la UTILIZACIÓN de mecanismos de detección de radar"

 

Como puede observarse, el artículo establece una prohibición genérica pero al referirse concretamente a los antiradar sólo prohíbe su UTILIZACIÓN y no dice nada de su INSTALACIÓN o de LLEVARLO desconectado..... Que cada uno saque sus conclusiones..... Mi opinión es que si te pillan con un antiradar, aunque vaya desconectado, de entrada te meten el paquete y luego recurre y convence al Juez (a la Administración no la convences ni de coña) de que tienes razón.

 

En cuanto a la multa, sería de hasta 91 euros por infracción leve (Artículo 65.3 y 67 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). El problema es que también se pueda llegar a considerar como una conducta temeraria o, al menos, un medio para llevarla a cabo y te metan una sanción por infracción muy grave (artículo 3.2 del Reglamento), en cuyo caso la sanción puede ir de 302 a 602 euros + retirada de carnet hasta 3 meses.

 

Aparte de todo lo anterior, y aquí viene el tema más espinoso, si tienes la mala suerte de tener un accidente por exceso de velocidad, el hecho de llevar antiradar puede ser considerado en vía penal como un agravante o como una circunstancia determinate de la existencia de temeridad o dolo por parte del conductor..... y eso es muy grave.

 

Supongo que algunos de los que hayáis leido hasta aquí podréis estar cabreados conmigo :ph34r: , pero ojo que yo no tengo la culpa...... :angry:;) no matéis al mensajero.... y perdonad por meter miedo pero creo que esto puede ser útil.

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Meter miedo es precisamente lo que has hecho, pero la realidad es otra:

Si te pasas por el foro de radares de forocoches.com (mayor comunidad de usuarios de detectores), donde multitud de gente cuenta sus casos reales (no teóricos) de encuentros con GC, no existe nadie al que hayan multado por llevarlos, y si algunos casos en los que por llevarlos pero sin conectar (lógico guardarlo si lo que llevas es un detector portatil y te paran...) no les han multado.

 

si tu conoces algún caso real de alguno de los casos que teorizas te ruego que lo expongas.

 

Un saludo

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Gracias TourisT.

 

No conozco ningún caso "real" ni sé qué se dice en forocoches así que lo miraré ya que es posible que en este momento la situación real sea otra que la legal, que es la que es, sin perjuicio de que de momento la propia GC haga la vista gorda o simplemente tenga una duda interpretativa que, te aseguro, no tardará en resolver a su favor.

 

Yo he pensado mucho en este tema porque alguna vez he estado a punto de poner un antiradar. Si finalmente lo hago, valoraré los riesgos jurídicos (como hago cuando habitualmente rebaso los límites de velocidad) independientemente de lo que digan en forocoches que, con todos los respetos, no son ni la ley ni de los tribunales.

 

Finalmente, y sin ánimo de que suene ofensivo, muchos abogados estamos acostumbrados a que nos digan que metemos miedo (yo mismo lo anticipé), que no somos prácticos, etc.... cuando en realidad lo único que hacemos es advertir, lo más objetivamente posible, de las implicaciones legales de las cosas, aunque a veces esas implicaciones no gusten. Por eso dije antes "no matéis al mensajero...."

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