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El tema no es tan sencillo:

1º Hasta el 1,20 en sangre la sanción es una multa administrativa y puntos.

2º En caso de fallecimiento, un seguro a terceros siempre indemniza (lo sé por algún conocido), otra cosa es la cantidad, depende del seguro.

3º La responsabilidad criminal de Ortega Cano quedaría subsimida por la indemnización y punto.

 

El problema: que superaba el 1,20; en concreto la tasa me parece que era de 1,26 en sangre (equivalente a 6 copas de wisky)... Qué supone ésto? Pues con la nueva modificación del código penal no solamente le correspondería a él indemnizar a la víctima, sino que también conlleva una pena de cárcel por homicidio imprudente... vamos que puede llegar a torear ratones en la cárcel.

 

No creo yo que se declare insolvente, ya que su patrimonio es bastante grande (la mitad de la finca hierbabuena es una parte). Y tampoco irá a la cárcel, porque seguramente le caiga una pena inferior a dos años, por lo que la pena se comnutaría por no tener antecedentes penales.


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El caso es que la familia del fallecido sea indemnizada y que todo esto se acabe pronto para ello.

Si el ortega cano tiene dos dedos de frente, ya que pasta tiene, intentaria acordar una indemnizacion sin ir a juicio, pero me imagino que del juicio no le libra nadie. Espero.

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