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Hola quisiera preguntar a los entendidos sobre este tema. Solo es curiosidad .

En mi caso tengo pagada la mitad de años y de capital pendiente unos 40000.

 

Que pasaría si dejara de pagar y se pusiera en subasta.?

 

Actualmente en venta estaría sobre los 90000,

 

 

Gracias a dios es solo curiosidad.


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Si dejas de pagar, te intentaran embargar, CC, sueldo y demás, si no da para cubrir la deuda, subastarían tu casa, suponiendo q alguien se la queden en 90. El banco se quedaria con los 40 mas los gastos y el resto te lo daría, dado que es tuyo

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Entendido no soy, pero no creo equivocarme si te digo que con esos números, si dejaras de pagar, te quedabas sin vivienda y todavía deberías dinero, pues entre que se llega al embargo, alzamiento y todo lo demás, los intereses y gastos de reclamación de la deuda te han comido.

 

Mejor procura no dejar de pagar.

Publicado (editado)

Yo tampoco soy ningun entendido en la materia pero creo que a partir del tercer mes pueden ejecutar la hipoteca, el banco pedira el juez el deshaucio y en unos meses (cuando se ejecute el deshaucio) tu te quedaras sin casa y con la deduda a pagar.

 

Si quieres eliminar la hipoteca creo que lo que puedes hacer es vender la casa y zanjar la hipoteca con el banco, pero eso creo que te viene en las claussulas de la hipoteca, revisalas).

 

Creo que para entrar una vivienda en subasta el banco debe de ejecutar la hipoteca, deshauciarte y entonces si que subasta la casa, y lo que quede por pagar lo tendrias que pagar tu (quieras o no quieras, puedas o no puedas).

 

A ver si alguien mas puesto en el tema te puede dar la respuesta exacta, yo hablo de oidas.

Editado por RomuloTDI
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Si dejas de pagar, te intentaran embargar, CC, sueldo y demás, si no da para cubrir la deuda, subastarían tu casa, suponiendo q alguien se la queden en 90. El banco se quedaria con los 40 mas los gastos y el resto te lo daría, dado que es tuyo

 

 

 

Gracias, son los pasos q pienso.

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Entendido no soy, pero no creo equivocarme si te digo que con esos números, si dejaras de pagar, te quedabas sin vivienda y todavía deberías dinero, pues entre que se llega al embargo, alzamiento y todo lo demás, los intereses y gastos de reclamación de la deuda te han comido.

 

Mejor procura no dejar de pagar.

 

 

Ahí esta mi curiosidad, saber si los gastos superarían a la subasta.

Los bancos se suelen quedar el piso por la mitad de su valor. Si tu debes 150.000 €. ellos se lo quedan en 75000. Y les sigues debiendo 75000 + intereses variables demoras y demás.

 

 

Por muy mal q fueran las cosas, seguro q aun les debería dinero, con esos importes?

 

 

S2

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Yo no se como valoran los pisos usados los bancos, pero ten por seguro que ellos no van a pderder jamas, eso si, tu tendras que pagar, sea mucho o poco, pero seguroq ue algo tendras que pagar.

 

Los bancos son asi, lo quieren todo, tu dinero y tu casa, no aceptan lo de la dacion en pago, ellos, si no pagas, te cojen la casa, y, despues, cuando puedas pagar, te cojen la nomina, mientras tanto venden tu excasa y recuperan, con creces, el dinero que les debias, y despues ganan mas cuando tu les pagas la deuda pendiente.

 

Es decir, ganan dos veces.

 

A ver si algun dia a mi tambien me pagan dos veces la nomina en el trabajo jajajajajaja.

 

s2.

Editado por RomuloTDI
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Yo tampoco soy ningun entendido en la materia pero creo que a partir del tercer mes pueden ejecutar la hipoteca, el banco pedira el juez el deshaucio y en unos meses (cuando se ejecute el deshaucio) tu te quedaras sin casa y con la deduda a pagar.

 

Si quieres eliminar la hipoteca creo que lo que puedes hacer es vender la casa y zanjar la hipoteca con el banco, pero eso creo que te viene en las claussulas de la hipoteca, revisalas).

 

Creo que para entrar una vivienda en subasta el banco debe de ejecutar la hipoteca, deshauciarte y entonces si que subasta la casa, y lo que quede por pagar lo tendrias que pagar tu (quieras o no quieras, puedas o no puedas).

 

A ver si alguien mas puesto en el tema te puede dar la respuesta exacta, yo hablo de oidas.

 

 

 

Si el tema es así. La curiosidad esta en saber, cuanto la deuda es menor, q el precio por el q se va a subastar la vivienda

casa

 

S2

Publicado (editado)

Mi consejo es, si ves que en un tiempo razonable en el futuro no vas apoder pagar, es decir, si ves que de aqui a 6 meses o un año no vas a poder pagar (pero saberlo de forma fehaciente) pues optar por:

 

1. Vender la casa (si la hipoteca te lo permite. No olvides que la casa, realmente sigue siendo del banco).

2. Pegarle fuego a la casa para que, al menos el banco, no pueda disfutarla.

 

Yo optaria por la primera :roll1: :roll1:

 

Otra opcion es alquilar la casa, por que asi, segun la ley, no se puede llevar a fin la ejecucion hipotecaria y el lanzamiento de la vivienda, es decir, que no podrian, por ley, hecharte de tu casa.

 

s2.

Editado por RomuloTDI
Publicado

En la escritura de constitución de hipoteca, aparecen ciertos valores donde habla de "intereses de demora por un máximo de X", "costas y gastos por un máximo de X" y "intereses ordinarios por un máximo de X" (hace años que no hago escrituras de préstamo hipotecario, perdón si me he colado en algún concepto)... la suma de todos, más el capital inicial, es lo que se denomina "total responsabilidad", es decir, en caso de que dejes de pagar y te zumben de lo lindo, eso es lo máximo que te pueden chupar la sangre.

 

Ahora pongamos un ejemplo, práctico, para que se entienda mejor:

 

Hemos dicho que pediste X, pero la casa vale 90.000, y te quedan 40.000 por pagar... digamos que pediste 90.000 para simplificar, si no te importa.

 

Has ido pagando más o menos, según la variación del EURIBOR + ? diferencial que te pusieron en su momendo y llega el momento de no poder pagar... pues inicialmente el banco a los 10 días más o menos, te pega un toque inocentemente por si es un olvido... si regularizas tu situación, no pasa nada, sino, te citan para hablar con el director (les caen muchas ostias de arriba por tener morosos) y desde el día 1 que dejas de pagar, se te aplica la penalización por demora, es decir, primero la reclamación de la posición (que vienen a ser unos 20 o 30 euros) y luego a EURIBOR + ? diferencial que te pusieron + 6% u 8% u 9%... de este palo van, pero de momento, no es demasiado grave, el capital es poco, es solo una cuota. Así negociando y buscando soluciones pasan de 3 a 7 meses (depende de lo negro que lo vean los del banco, porque lo que no quieren es un piso ni por todo el oro del mundo) y entonces ya, cuando ven que no te pueden cobrar de ninguna de las maneras, ya has ido acumulando unas cuantas cuotas con sus correspondientes intereses de demora, te presentan una demanda de ejecución de garantía hipotecaria, es decir, el banco resuelve el préstamo y te pide todo lo que le debes de golpe, es decir, en tu caso 40.000 euros, y te notifica, ya sea mediante burofax o a través del propio juzgado donde presentó la demanda, para que primeramente normalices la situación y en caso de que no seas capaz de poner al día todo lo acumulado durante los meses, para que le pagues los 40.000 más los intereses de demora, costas y gastos, bla bla bla todo junto, sino, insta el juez a que les de permiso para que saquen tu casa a subasta.

 

Hago otro punto, porque estoy soltando muchos conceptos de golpe y porrazo y quiero que se entiendan las etapas, actualmente los jueces vienen a fijar la fecha de subasta a los 6 meses (es decir, más de un año sin pagar llevas ya) con lo cual se siguen acumulando intereses de demora, pero ahora no solamente de las 6 o 7 cuotas que llevas sin pagar, sino del total que te reclaman, es decir, de los 40.000, más los intereses ordinarios correspondientes, más los intereses de demora correspondientes, más las costas y gastos correspondientes. El banco saca a subasta tu vivienda por lo que tú le debes... y como ya sabemos hoy día que todo dios pasa de comprarse un piso, pues lo normal es que la subasta quede desierta, y sea el banco quien se adjudique tu casa por el 60% de valor de tasación (valor de tasación también contemplado en la escritura, ojito con esto, no os penseis que es el valor actual en el mercado... en caso de que sea muy inferior y quieras reclamar, te tocará pasar por el juzgado) y si con eso salda la deuda, pues te quedas en la put* calle sin casa, si sobra dinero, te lo devuelve (ya lo dudo, quedándose el bien a un 60% de un valor de tasación que hizo un tasador que trabajaba para el banco, pero bueno, de todo se puede ver) y si no cubre la deuda, sigues manteniendo una deuda con el banco, de X - lo que ya han cobrado.

 

Una vez que estas en la put* calle, y como no se han quedado a gusto con esto, es cuando pasan a embargarte nómina, pensión, cuentas bancarias, coches, etc. para que ya que estás en la put* calle, pagues el alquiler que no te queda otra que pagar con más comodidad.

 

Dudas, que aclaro... lo mejor, es no dejar de pagar nunca, pero si dejas de pagar porque no puedes, empieza a pasar propiedades, cuentas, etc. a nombre de otra persona que no tenga nada que ver con la hipoteca, si no quieres ver como te quitan una por una todas y cada una de las cosas que tanto sudor y trabajo te han costado conseguir... y solo por tener un año malo (ahora eso, antes eran 3 meses...).

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Mi consejo es, si ves que en un tiempo razonable en el futuro no vas apoder pagar, es decir, si ves que de aqui a 6 meses o un año no vas a poder pagar (pero saberlo de forma fehaciente) pues optar por:

 

1. Vender la casa (si la hipoteca te lo permite. No olvides que la casa, realmente sigue siendo del banco).

2. Pegarle fuego a la casa para que, al menos el banco, no pueda disfutarla.

 

Yo optaria por la primera :roll1: :roll1:

 

Otra opcion es alquilar la casa, por que asi, segun la ley, no se puede llevar a fin la ejecucion hipotecaria y el lanzamiento de la vivienda, es decir, que no podrian, por ley, hecharte de tu casa.

 

s2.

 

 

 

La verdad es q gracias a dios mi importe es muy pequeño y no contemplo el embargo.

 

Mi importe mensual es equivalente a un alquiler bajo.

 

Por supuesto los pasos a seguir antes de q ocurriera una desgracia son los q tu comentas.

 

 

Antes miraría de malvenderlo y aunque dificil por los tiempos q corren, si lo consiguiera, la deuda quedaría saldada y con algún veneficio.

 

Y anteriormente mirariaria de renegociar los pagos con el banco.

 

Y por supuesto antes de q ocurra esto me daría de baja de autónomos. Solo con los gastos entre autónomos , gestores, seguros de responsabilidad civil , e impuestos.

 

En un solo año de suprimir esos gastos, pagaría con cresces la hipoteca, de casi 2 años.

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Mi consejo es, si ves que en un tiempo razonable en el futuro no vas apoder pagar, es decir, si ves que de aqui a 6 meses o un año no vas a poder pagar (pero saberlo de forma fehaciente) pues optar por:

 

1. Vender la casa (si la hipoteca te lo permite. No olvides que la casa, realmente sigue siendo del banco).

2. Pegarle fuego a la casa para que, al menos el banco, no pueda disfutarla.

 

Yo optaria por la primera :roll1: :roll1:

 

Otra opcion es alquilar la casa, por que asi, segun la ley, no se puede llevar a fin la ejecucion hipotecaria y el lanzamiento de la vivienda, es decir, que no podrian, por ley, hecharte de tu casa.

 

s2.

 

Cuidadito con eso, si haces un alquiler "ficticio" y te pillan, a ti y al que te lo haga, muy al lorito con las consecuencias... porque es un fraude de ley.

 

Además, haciendolo bien, según la L.A.U. máximo de 5 años tras la ejecución hipotecaria... así que tampoco es mano de santo.

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En la escritura de constitución de hipoteca, aparecen ciertos valores donde habla de "intereses de demora por un máximo de X", "costas y gastos por un máximo de X" y "intereses ordinarios por un máximo de X" (hace años que no hago escrituras de préstamo hipotecario, perdón si me he colado en algún concepto)... la suma de todos, más el capital inicial, es lo que se denomina "total responsabilidad", es decir, en caso de que dejes de pagar y te zumben de lo lindo, eso es lo máximo que te pueden chupar la sangre.

 

Ahora pongamos un ejemplo, práctico, para que se entienda mejor:

 

Hemos dicho que pediste X, pero la casa vale 90.000, y te quedan 40.000 por pagar... digamos que pediste 90.000 para simplificar, si no te importa.

 

Has ido pagando más o menos, según la variación del EURIBOR + ? diferencial que te pusieron en su momendo y llega el momento de no poder pagar... pues inicialmente el banco a los 10 días más o menos, te pega un toque inocentemente por si es un olvido... si regularizas tu situación, no pasa nada, sino, te citan para hablar con el director (les caen muchas ostias de arriba por tener morosos) y desde el día 1 que dejas de pagar, se te aplica la penalización por demora, es decir, primero la reclamación de la posición (que vienen a ser unos 20 o 30 euros) y luego a EURIBOR + ? diferencial que te pusieron + 6% u 8% u 9%... de este palo van, pero de momento, no es demasiado grave, el capital es poco, es solo una cuota. Así negociando y buscando soluciones pasan de 3 a 7 meses (depende de lo negro que lo vean los del banco, porque lo que no quieren es un piso ni por todo el oro del mundo) y entonces ya, cuando ven que no te pueden cobrar de ninguna de las maneras, ya has ido acumulando unas cuantas cuotas con sus correspondientes intereses de demora, te presentan una demanda de ejecución de garantía hipotecaria, es decir, el banco resuelve el préstamo y te pide todo lo que le debes de golpe, es decir, en tu caso 40.000 euros, y te notifica, ya sea mediante burofax o a través del propio juzgado donde presentó la demanda, para que primeramente normalices la situación y en caso de que no seas capaz de poner al día todo lo acumulado durante los meses, para que le pagues los 40.000 más los intereses de demora, costas y gastos, bla bla bla todo junto, sino, insta el juez a que les de permiso para que saquen tu casa a subasta.

 

Hago otro punto, porque estoy soltando muchos conceptos de golpe y porrazo y quiero que se entiendan las etapas, actualmente los jueces vienen a fijar la fecha de subasta a los 6 meses (es decir, más de un año sin pagar llevas ya) con lo cual se siguen acumulando intereses de demora, pero ahora no solamente de las 6 o 7 cuotas que llevas sin pagar, sino del total que te reclaman, es decir, de los 40.000, más los intereses ordinarios correspondientes, más los intereses de demora correspondientes, más las costas y gastos correspondientes. El banco saca a subasta tu vivienda por lo que tú le debes... y como ya sabemos hoy día que todo dios pasa de comprarse un piso, pues lo normal es que la subasta quede desierta, y sea el banco quien se adjudique tu casa por el 60% de valor de tasación (valor de tasación también contemplado en la escritura, ojito con esto, no os penseis que es el valor actual en el mercado... en caso de que sea muy inferior y quieras reclamar, te tocará pasar por el juzgado) y si con eso salda la deuda, pues te quedas en la put* calle sin casa, si sobra dinero, te lo devuelve (ya lo dudo, quedándose el bien a un 60% de un valor de tasación que hizo un tasador que trabajaba para el banco, pero bueno, de todo se puede ver) y si no cubre la deuda, sigues manteniendo una deuda con el banco, de X - lo que ya han cobrado.

 

Una vez que estas en la put* calle, y como no se han quedado a gusto con esto, es cuando pasan a embargarte nómina, pensión, cuentas bancarias, coches, etc. para que ya que estás en la put* calle, pagues el alquiler que no te queda otra que pagar con más comodidad.

 

Dudas, que aclaro... lo mejor, es no dejar de pagar nunca, pero si dejas de pagar porque no puedes, empieza a pasar propiedades, cuentas, etc. a nombre de otra persona que no tenga nada que ver con la hipoteca, si no quieres ver como te quitan una por una todas y cada una de las cosas que tanto sudor y trabajo te han costado conseguir... y solo por tener un año malo (ahora eso, antes eran 3 meses...).

 

 

 

Si la cosa es clara. Lo hultimo de todo es dejar de pagar las cotas.

 

Pero en caso de q la tasacion y precio de subasta fuera superior a la deuda, q pasaria?.

 

S2

Publicado

Como normalmente quedan desiertas las subastas, se adjudican el bien por un 60% de su valor, con esto tienes que cubrir el capital pendiente de amortización, los intereses de demora de 1 año aproximadamente (o el total contemplado en la escritura), intereses ordinarios de un año (o el total contemplado en la escritura) y las costas y gastos que estipulen (o el total contemplado en la escritura)... que no es poco... pero si aún así, sobra dinero, ese dinero es tuyo y te lo dan a ti.

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