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Proyecto de fin de obra, tras veinte años, 6.000 euros de multa


Bully

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...Por no disponer del proyecto de fin de obra sobre una nave construida hace veinte años.

 

La historia fue que el encargado de dicho proyecto falleció en un accidente de tráfico y se dieron por terminadas todas las obras y papeleo concernientes a tal nave.

 

Sin embargo hace un mes se detectó una anomalía, la cual es que no consta el proyecto de fin de obra, que tras hablar con un arquitecto y demás relacionado con el tema lo dejan solucionado sin pagar excesivamente el trabajo que conlleva, pero la put... administración me quiere sablear 6.000 euros de multa por constar la nave como sólamente solar.

 

Y yo pregunto, ¿no pueden haber detectado anteriormente la anomalía puesto que se paga mes tras mes luz, agua, etc, etc, etc?

 

¿Qué puedo hacer amigos, dónde me he de dirigir para que no me roben ese dinero?

 

¿Así pretenden que creemos empleo, se tenga un trabajo y prospere el país?

 

En el momento que se pueda vender lo que tengo les dan por ... a todos estos hipócritas de tres al cuarto.

 

Perdonarme pero estoy como estamos una gran mayoría en una situación inquietante por quienes la han generado y ahora me vienen con esta.

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Buenas! Te pido disculpas por el ladrillo de antemano.

 

Aunque no se seguro si se ajusta a tu problema y a falta de algunos detalles,voy a contarte mi experiencia basada en un caso similar,averiguaciones,actos posteriores ante la administracion y demas parafernalia,por si te puede servir de algun tipo de ayuda.

Vivienda con x metros construidos,parcela (todo ello en terreno clasificado como urbano) y registrados ante escritura publica(notario y registro de la propiedad)el ayuntamiento legalizo muchas cuando se hizo el POU (hace 25 años y se actualiza y modifica segun crece y necesidades),se hace una ampliacion de esta con x metros mas,casi doblando la superficie construida,sin ningun tipo de licencia ni nada que se le parezca.Pasa el tiempo y en las fotos cartograficas que saca el catastro o sigpac cada x años para su actualizacion,queda reflejada dicha construccion y por lo tanto el impuesto IBI se actualiza a la nueva superficie,ya que el ayuntamiento lo comprueba mediante el catastro.No se actualiza la escritura ( esto no importa si no se va a vender,se puede hacer en cualquier momento).Pasan los años y el ayuntamiento correspondiente se da cuenta,e intenta sancionar por construccion ilegal con posible derribo de lo construido.

El resultado es el siguiente si se cumplen algunos requisitos:

Al haber pasado mas de 4 años,(en algunas comunidades autonomas es de 5 años)la sancion a preescrito por lo tanto es nula.Hay que aportar pruebas de que estaba ya finalizada la obra y despues ha pasado el tiempo estipulado,esto fue sencillo,solicitando las cartografias de años anteriores al catastro o sacandolas de su web se puede comparar y demostrar.

No se puede dar de alta los servicios basicos si no se tiene el fin de obra o celula de habitabilidad.En este caso se tiene, y las fechas de contrato se pueden aportar como prueba de que hay construccion terminada y en uso mediante consumos.

Si el ayuntamiento a cobrado IBI como construccion y no como solar,el ayuntamiento la admite,se tiene otra prueba.

En definitiva,no se puede sancionar,(sancion preescrita).

El ayuntamiento tiene varias opciones,que quede fuera del POU (plan de ordenacion urbana),no se puede derribar pero queda como construccion ilegal fuera del plan,esto solo es malo en caso de expropiacion o venta,puede legalizarla,(solo puede cobrar la tasa minima de obra mayor) y se acabo el problema.

No se si ahora mismo me olvido de algo..

Un saludo y espero que se solucione a tu favor.

Editado por rapi
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