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Oculta mi matrícula, por favor


Skath

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He visto un artículo en motorpasión sobre ocultar las matrículas en las fotos que hacemos a nuestros coches, me ha parecido interesante.

 

Copio y pego:

A la hora de publicar fotos en Internet o en otros medios, todos tenemos una especie de tabú: el número de matrícula de los coches. Algunos equiparan su respuesta a la de difundir imágenes de un menor de edad en TV (algo que no es legal).

En algunas fotos que hemos publicado nos han pedido que tapemos las matrículas. Si el coche no es de esa persona, incluso solemos hacerlo por si a su dueño le pareciese mal. Por mi parte, no me importa y obviamente respeto la decisión de cada uno.

Sin embargo, tengo que decir que no lo comparto del todo. Creo que hay bastante paranoia injustificada respecto a esto. Especialmente cuando no se asocia una matrícula a una persona, simplemente se publica una foto de la calle. ¿Por qué entonces esta aversión a publicar matrículas?

Relacionar una persona con un coche

Si publicamos la matrícula de un coche y decimos a quién pertenece, podemos crear un problema deprivacidad. Esa persona puede no desear que se sepa cuál es su coche, por ejemplo si falta al trabajo, le es infuel a su mujer o cualquier otra historiera que os queráis inventar.

En esto estoy de acuerdo, sin embargo la mayoría de nosotros no somos personajes con suficiente relevancia pública como para que esto sea un problema. Tu jefe y tu mujer ya saben qué coche tienes, y el resto de los usuarios de Internet tienen cosas mejores que hacer que ir comprobando matrículas y después diciendo que las han visto, ¿me equivoco?

Podría ser un problema si tenemos enemigos. De nuevo, si los tenemos probablemente ya conozcan nuestra matrícula, a menos que sean “enemigos de Internet” (esto suena a reportaje alarmista de TV). A pesar de lo calentitos que son algunos hilos de discusión en blogs o en foros, no creo que fuese a llegar la sangre al río.

Relacionar un coche con una matrícula

Esto no tiene ningún peligro para mi. ¿Qué problema hay con que aparezca la matrícula de tu coche en Internet?

¿Miedo a que te lo roben? Creo que los ladrones no roban matrículas, roban coches. Si aparcas un Lamborghini Gallardo en la calle, lo que llama la atención a los ladrones es el coche, no la matrícula.

¿Privacidad? La obsesión de algunos. Google Street View es una opción de Google Maps que muestra fotografías reales de las calles, desde hace pocos días también en España. Algunos han econtrado la foto de su coche con la matrícula legible, o se han encontrado a ellos mismos.

El caso es que me sorprende que pidan que Google emborrone la matrícula. Repito, lo respeto, pero me sorprende. La información que aporta es que ese coche estaba un día aparcado en esa calle. Una información que pudieron ver todas las personas que pasaron ese día por esa calle. Por coherencia, me imagino que esas personas deberían tapar su matrícula todos los días.

Ni tanto ni tan calvo

En definitiva, publicar una foto de un coche en la calle, con su matrícula, no es ilegal en absoluto, y puede que en Internet no lo vea más gente que en la calle.

Que alguien le haga algo a nuestro coche por ser nuestro es altamente improbable a menos que nos vayamos buscando enemigos por el mundo adelante.

Por último, para quién piense lo contrario o tenga motivos especiales, tampoco tenemos que intentar cabrearlos. Si no les gusta, tampoco cuesta nada tapar la matrícula.

Fuente:

http://www.motorpasion.com/otros/oculta-mi-matricula-por-favor

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En referencia al tema, un servidor ha consultado con la AEPD en su dia (a tenor de otro asunto, pero relacionado con este) y esto fue lo que me contestaron:

 

[...] el art. 3ª) de la Ley Organica de protección de datos de carácter personal (LOPD) concreta el concepto de datos de carácter personal como “cualquier información concerniente a persona físicas identificadas o identificables” []...

 

[... ] Por su parte, en el articulo 5.1. f del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Organica 15/1999 de 13 de Diciembre de protección de datos de caractyer personal (RDLOPD) define los datos de carácter personal como “cualquier información numérica, alfabetica, grafica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas o identificables”. [...]

 

[...] “Ello exige, en primer lugar, analizar si los datos de la placa de matricula de un vehiculo han de ser considerados como datos de carácter personal, a tenor de los dispuesto en la Ley Organica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccion de datos de Carácter Personal.

 

En este sentido, el articulo 2.1 de la Ley Organica dispone establece que “La presente Ley Organica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, qaue los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores publico y privbado”.

 

Por suparte, el articulo 3 a) de dicha Ley añade que se entenderá por datos de carácter personal “cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables”. En este mismo sentido se pronuncia el articulo 2 a) de la Directiva 95/46/CE del Parlamento y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la Protecciond e Datos de las Personas Fisicas en los que respecta al tratamiento de datos profesionales y a la libre circulación de estos datos, que dispone “toda información sobre una persona física identificada o identificable (el <<interesado>>); se considerara identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un numero de identificación o uno o varios elementos específicos, caracteristicos de su idenidad física, fisiológica, psiquita, económica, cultural o social”. [...]

 

[...] En consecuencia, el tratamiento de los datos correspondientes a las placas de matricula de los vehículos se encontrara sometido a lo dispuesto en la Ley Organica 15/1999 en caso de que se considere a los datos contenidos en dichas placas datos de carácter personal, para lo que seria preciso que dichos datos pudieran permitir la identificación de un individuo sin que ello exija plazos o esfuerzos desproporcionados.

 

El articulo 5 h) del Texto articulado de ls Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, de 2 de marzo, establece que “se atribuyen al Ministerio del Interior las siguientes competencias en el ámbito de esta Ley, sin perjuicio de las que tengan asumidas las Comunidaddes Autonomas en sus propios Estatutos (…) los registyros de vehículos, de conductores e infractores, de profesionales de la enseñalnza de la conducción, de centros de formación de conductores, de los centros de reconocimiento para conductores de vehículos a motor y de manipulación de placas de matricula, en la forma que el reglamento se determine”. [...]

 

[...] En consecuencia, el citado precepto reconoce la subsistencia del Registro de Vahiculos, creado por el articulo 244 del Codigo de la Circulacion, aprobado por Decreto 25 de septiembre de 1934, habilitando expresamente al desarrollo reglamentario del Texto Refundido para establecer el régimen del citado Registro.

 

Dicho desarrollo se produjo a través de la aprobación del Reglamento General de Vehiculos, en virtud del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, cuyo articulo segundo establece en su párrafo primero que “la Je3fatura Central de Trafico llevara un Registro de todos los vehículos matriculados, que adoptara para su funcionamiento medios informaticosy en el que figuraran, al menos, los datos que deben ser consignados obligatoriamente en el permiso o licencia de circulación, asi como cuantas vicisitudes sufran posteriormente aquellos o su totalidad”.

 

En cuanto a su finalidad, el párrafo segundo del precepto previene que “estará encaminado preferentemente a la identificación del titular del vehiculo, al conocimiento de las características técnicas del mismo y de su aptitud para circular, a la comprovacion de las inspecciones realizdas, de tener concdrtado el seguro obligatorio de automóviles y del cumplimiento de otras obligaciones legales, a la constatación del Parque de Vehiculos uy su distribución, y a otros fines estadísticos”.

 

Por ultimo, y en lo ateniente a la publicidad de sus datos, el aprrafo tercero del citado articulo 2 añade que “el Registro de Vehiculos (…) será publico para los interesados y terceros que tengan interés ligitimo y directo, mediante simples notas informativas o certificaciones”. En consecuencia, se establece el carácter publico del Registro, bastando para la consulta de sus datos la alegación de la existencia de un interés legitimo y directo en la consulta.

 

De lo que se ha venido indicando cabe desprender que la identificación del titular de los vehículos cuya matricula sea conocida únicamente exigirá la consulta del Registro de Vehiculos, cuya finalidad esencial es la identificación del titular, para lo cual únicamente será necesario la invocación del interés legitimo del solicitante.

 

En consecuencia, cabe considerar que la identificación del titular del vehiculo no exige esfuerzos o plazos desproporcionados, por lo que el tratamiento del dato de la matricula habrá de ser considerado como tratamiento de un dato de carácter persona”. [...]

 

 

En sintesis, que el hecho de que una matricula salga en Internet puede llevar a que el dueño del vehiculo pueda ser identificado y por ende, podria chocar contra su derecho a la intimidad.

 

Muchas veces colgamos las matriculas sin mayor intencion de daño, eso esta claro, pero no olvidemos que en la red entra mucha gente, gente a ayudar y otros a jod**, y esos datos, aunque sean de uno mismo, pueden acarrear problemas al dueño del vehiculo.

 

Asi pues, es importante borrarlas.

 

Perdon por las faltas de ortografia en el texto, pero lo copie a uña de caballo.

Editado por RomuloTDI
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Me parece perfecto el texto, pero yo no lo hago por eso, sino porque algún ladrón pudiera copiar mi matricula y andar con un coche robado por Asturias, barcelona, galicia, .... sin yo saberlo aquí en ciudad real y pudiéndome llegar multas. Así que minimizar esa situación será mucho mejor. Prefiero que de 100 ladrones mi matricula vean el coche sólo 1.

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