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Hola a todos:

Hoy, 8 de Abril de 2014, ha salido publicado en el BOE, la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Entre las modificaciones, los Detectores de Radar pasarán a estar prohibidos, sancionados con 200 Euros de multa y 3 Puntos. Los inhibidores permanecen con la misma sanción de 6.000 Euros y 6 Puntos, tanto en instalación y utilización como en simplemente en llevarlos en el vehículo.

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Entrará en vigor dentro de 1 mes.

 


Publicado (editado)

"Mecanismos que no pueden confundirse con los sistemas que tienen como fin exclusivamente informar de la ubicación de los mismos".

 

¿Y un detector de radar qué es más que un mecanismo que tiene como fin informar de la ubicación de los mismos?

 

Menuda chapuza de norma contradictoria en sí misma. Todo para que nos matemos a recurrir en base a la falta de concreción de la norma y calzarnos los recargos...

 

En fin.

Editado por Merino.
Publicado

15 Novedades:

La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial tendrá algunas novedades relevantes. Entre otras destacamos las siguientes:

1. Aumenta de 500 a 1000€ la sanción por conducir borracho. Con una tasa el doble de lo permitida.

2. Multa por la presencia de drogas en el organismo. Se suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción.

3. Los agentes podrán multar sin parar coche.

4. Incremento de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para presentar recurso.

5. Los peatones también tendrán pruebas de alcohol y drogas para peatones si cometen una infracción.

6. El casco para ciclistas menores de 16 años será obligatorio en ciudad.

7. Los niños no podrán ir en los asientos delanteros. Sólo si miden más de 1,35 metros, siempre y cuando todos los asientos traseros no estén ocupados. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad de los padres.

8. Nueva velocidad máxima de 130 km/h. El código de circulación regulará dónde y cuándo se podrá circular más rápido.

9. Nueva velocidad de 20 km/h, para algunas calles con un carril.

10. Anti radares: Sólo serán legales los avisadores. No los detectores ni inhibidores. La multa será de 200€ y pérdida de 3 puntos.

11. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.

12. Se protege a los propietarios de cotos de caza. El conductor será el responsable si atropella a un animal de especies cinegéticas (de caza).

13. Prohibición de traslado de vehículos peligrosos o que no cumplan las normas en España a otros países.

14. Será obligatorio matricular en España los vehículos de extranjeros residentes.

15. Prioridad para las grúas para dar de auxilio, tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias.

 

Saludos

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Enviado desde mi iPhone 5s con Tapatalk HD

este me ha pullado ya dos veces una a 56km/ h. En una recta de mas de 1km sin semaforos en una zona industrial. Afan recaudatorio? Yo diría

q si

 

 

Enviado desde mi iPhone 5s con Tapatalk HD

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Muchas gracias por la info.

Algunas cosas de la nueva ley las veo un pelin injustas... pero viendo los descalabros cuando pongo las noticias,ya nada me sorprende.

Un saludo a todos.

Publicado

 

 

Y por atropellar una moto de los guardias civiles ?

Pues depende si conoces a la alcaldesa o no......

La GC depende del Ministerio del Interior, no de un Alcalde.

 

 

Hasta ahí llego.

 

A lo mejor fue mucho suponer, pero dí por hecho que el comentario original iba en tono irónico por el "atropello" de esperanza aguirre a la moto de los guardas de tráfico, no soy de Madrid y no sé su nombre exacto pero sé que son como municipales y dependen del ayuntamiento. Y mi comentario era porque tras el incidente la sr aguirre llamó a la sr botella, cosa que supongo que ni tú ni yo estaremos en disposición de hacer.

Publicado

"Se protege a los propietarios de cotos de caza. El conductor será el responsable si atropella a un animal de especies cinegéticas (de caza)"

Pero esto es de risa...O sea que si un coto está mal acondicionado, sin vallas por ejemplo, yo atropello a un jabalí y aún encima tengo que pagarle la muerte al propietario. Tiene coj****.

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