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Limite de renta para darse de alta como autonomo


RomuloTDI

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Hola chicos.

 

Una consulta.

 

Cuale s el limite actual para darse de alta como autono??

 

Quiero decir, tenia entendido que el limite minimo era de 3000 euros, pero no se si la normativa ha cambiado.

 

A ver si me podeis dar sluz sobre el tema.

 

Un saludo.

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Sigo sin entender. De todos modos el tema de autónomos es una galimatías importante ya que se mezcla la AEAT, la Seguridad Social, una laguna legislativa y sentencias contradictorias así que...

 

A grandes rasgos si trabajas por cuenta propia para emitir una factura (y en teoría no puedes cobrar de otra forma ningún trabajo) la AEAT te exige que estés dado de alta como autónomo, sea de 10 o de 10.000€, aparte de haber presentado el 036/037 que es gratis.

 

Por otro lado la seguridad social dice que estás obligado a darte de alta como autónomo si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo (sin establecer límites). Y forma habitual se considera que des una clase de taekwondo de una hora a la semana, o dedique 60 horas a la semana a limpiar coches.

 

Ya aquí empieza la feria...hay gente que (tras ser sancionada y abonar la multa correspondiente) ha llevado a juicio a la SS porque no han llegado a tener ingresos superiores al SMI y por tanto consideran que no estaban obligados a darse de alta como autónomos y...lo han ganado. Otros que han conseguido que actividades esporádicas pero consideradas como habituales por la SS sean revocadas.

 

A la AEAT lo que le interesa es que pagues impuestos (el 036/037 y las declaraciones correspondientes) y respecto al alta de autónomos te remite a la SS, la cual dependiendo de a qué delegación le preguntes te dirán que si no llegas al SMI no pasa nada, y otras te dirán que sí tienes que darte de alta. Como te digo ante un juzgado probablemente lo ganes, pero siempre previo pago de la sanción y meterte en juicio.

 

Aparte está el tema de la subcontratación, si no te das de alta y te subcontratan la empresa podría exigirte la documentación y si no la presentas podría negarse a pagarte (y no les cuentes que te la estás jugando para que si te llaman irás a juicio).

 

Complicado...

 

De todos modos con la cuota bonificada esa de ahora de 50€ tampoco me complicaría mucho la cabeza...

Editado por zx81
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Como te he comentado por MP lo mejor es llamar a la AEAT y a la Seg. Social que te sacarán de dudas.

 

Por regla general creo que si llamas 5 veces no te darán la misma respuesta, pero por lo menos (y para el tema que necesitas) te servirá de guía para ver por dónde pueden ir los tiros.

 

Si fuera para ejercer por cuenta propia ahora esta claro que no vale la pena jugársela y como dice zx81 ahora está bonificado a 50€ durante un tiempo...

 

Saludos

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Como te he comentado por MP lo mejor es llamar a la AEAT y a la Seg. Social que te sacarán de dudas.

 

 

Es perder el tiempo, no hay que olvidar nunca que el que te va a coger el teléfono no tiene necesidad alguna de saber ni de qué habla porque tiene su silla asegurada y por tanto la calidad de sus consejos no tiene por qué ser ni siquiera aceptable, hay algunos que saben algo, pero es como la lotería, para que te toquen hay que rezar mucho. Como anécdota tengo presentadas más de 45 incidencias en la Seguridad Social desde Enero por un tema informático que les hemos ido demostrando una y otra vez que no funciona, son todas por lo mismo pero como no hacen ni puñetero caso poníamos una cada dos o tres días, de vez en cuando llamaba alguien preguntando por ello, decían que es imposible (eso el que sabía de lo que le estábamos hablando, que no eran todos), se lo demuestras, te llama otro más listo que dice que es informático, dice que eso no es problema suyo y que es de la Delegación, a la cual llamas y te dicen que no saben de qué les hablas, y que eso es de informática, y vuelta a empezar. Tras meses de silencio (dejamos de enviar quejas en Marzo porque ya nos aburríamos) nos envían un comunicado diciendo que han perdido el expediente y que por tanto lo dan por cerrado, que si seguimos con problemas que lo volvamos a abrir. Y guardo otra de recuerdo en la que me envían por escrito (esta vez la AEAT) un documento que dice que como la incidencia detectada no son capaces de arreglarla dan el tema por cerrado, pero así, con un par.

 

Otra cosa es hacer una consulta vinculante, pero no hablamos de eso.

 

Lo mejor es curarse en salud y hacerlo todo correcto, si uno va a trabajar por cuenta propia debe ser autónomo, no entro en que luego cuadren o no las cuentas, el día que saquen un reglamento concreto en el que AEAT y Seguridad Social digan que ganando menos del SMI no es necesario darse de alta como autónomo pues adelante, pero hoy que yo sepa eso no existe y por tanto te arriesgas a que por ganar 1000€ te tengas que dejar 4000€ en abogados.

 

Saludos

Editado por zx81
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Por otro lado la seguridad social dice que estás obligado a darte de alta como autónomo si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo (sin establecer límites). Y forma habitual se considera que des una clase de taekwondo de una hora a la semana, o dedique 60 horas a la semana a limpiar coches.

 

 

 

Quizs la cuestion clave sea esta.

 

Es decir, yo puedo ir a desbrozar una finca para un vecino, pero si no le cobro, entonces no hay delito ni falta, no?, ya que no me estoy lucrando.

 

La cuestion es, como puede demostrar la parte denunciante que una persona se esta lucrando con una actividad donde no hay facturas ni justificantes de pago ni nada??.

 

Quiero decir, en el ejemplo anterior, si yo voy a la finca de pepito a desbrozarsela pero el pago se hace en B, como puede alguien demostrar que yo me estoy lucrando economicamente de esa actividad??

 

Quizas ahi esta la cuestion y la clave que igual es la que da respuesta a lo que necesito saber (dandole vueltas a la tortilla a la pregunta del titutlo claro).

 

s2.

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A veces, en negro no pasa nada, ni nadie se entera, el tema es que currando puedas tener un accidente, dios no lo quiera, y venga ambulancia, policia, o bomberos, a menos que al que le estes haciendo el trabajo sea muy amigo, puede que diga que te contrato para quitarse de problemas, y ahi es cuando empezaran los tuyos, no es de mal fario, pero siempre hay que pensar en lo mas malo que te pueda pasar, asi sopesas mejor los pros y los contras, un saludo y suerte

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Por otro lado la seguridad social dice que estás obligado a darte de alta como autónomo si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo (sin establecer límites). Y forma habitual se considera que des una clase de taekwondo de una hora a la semana, o dedique 60 horas a la semana a limpiar coches.

 

 

 

Quizs la cuestion clave sea esta.

 

Es decir, yo puedo ir a desbrozar una finca para un vecino, pero si no le cobro, entonces no hay delito ni falta, no?, ya que no me estoy lucrando.

 

La cuestion es, como puede demostrar la parte denunciante que una persona se esta lucrando con una actividad donde no hay facturas ni justificantes de pago ni nada??.

 

Quiero decir, en el ejemplo anterior, si yo voy a la finca de pepito a desbrozarsela pero el pago se hace en B, como puede alguien demostrar que yo me estoy lucrando economicamente de esa actividad??

 

Quizas ahi esta la cuestion y la clave que igual es la que da respuesta a lo que necesito saber (dandole vueltas a la tortilla a la pregunta del titutlo claro).

 

s2.

 

 

En ese caso el importe es irrelevante, pero no te plantees cómo lo van a demostrar, sino que dado que lo estás haciendo, tienes que saber que te expones a tener problemas por cualquier causa, y si los tienes, será por decisión tuya. Si me hablas de cobrar en B y trabajar sin contrato tienes el pack completo, si quieres facturar sin darte de alta como autónomo y siempre que la factura sea baja todavía podrías intentar colarlo, pero sigues en una situación complicada.

 

Sobre cómo se puede demostrar que te estás lucrando es un concepto un poco difuso, lógicamente si haces el trabajo, nadie te denuncia por ello, te da 50 pavos y te los gastas cenando complicado será que tengas problemas, depende de los importes y de lo que hagas pero al final estás cometiendo una irregularidad y esa es la base de que sencillamente te estás buscando problemas potenciales conscientemente. Añado además que por raro que te resulte la AEAT no tiene que demostrar nada, basta con que lo suponga para que ya te veas metido en un fregado legal, esto no es un juicio donde el inspector tenga que presentar pruebas claras de que has cometido algo, por desbrozar la finca del vecino es complicado que te inspeccionen, pero...

 

Saludos

Editado por zx81
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