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Anulan una multa por incompetencia del Jefe provincial de Tráfico.


Ocio

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11/03/2016

 

Un juzgado de Madrid ha anulado una sanción de 500 euros y 6 puntos impuesta en casco urbano por ‘incompetencia del Jefe provincial de Tráfico de Córdoba’.

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El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid ha anulado una multa de 500 euros y 6 puntos impuesta por Tráfico a un conductor que había conducido en sentido contrario en el casco urbano de Hinojosa del Duque.

Tras el recurso presentado por la Asociación Europea de Automovilistas (AEA), la sentencia determina como motivo de la anulación de la multa por “incompetencia del Jefe provincial de Tráfico de Córdoba para sancionar” dicha infracción.

 

El texto de la sentencia recuerda que la competencia para imponer multas en vías urbanas corresponde al Alcalde de cada localidad, “los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable”. Los Jefes provinciales de Tráfico sólo “asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no puede ser ejercida por éstos”.

 

Además, en el expediente administrativo de la multa impuesta en el casco urbano de Hinojosa del Duque, “no se encuentra (…) que la delegación o encomienda de gestión, o cualquier otra figura que permita que la competencia en este caso, que corresponde al Sr. Alcalde de la citada localidad, haya sido transferida, (…) con lo cual la incompetencia de ésta es clara, y por tanto procede la estimación de la demanda”.

 

La sentencia también condena a Tráfico hasta un máximo de 300 euros en costas. Una sentencia que, según AEA, podría extenderse a “decenas de miles de casos. Una de cada cuatro infracciones sería nula por haberse impuesto por un órgano incompetente”, recuerdan desde la asociación.

 

 

FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/anulan-multa-incompetencia-jefe-provincial-trafico

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