mezenller Publicado 25 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Hola a todos, Pues este sábado voy a ver el TT que tengo reservado, pero ayer el vendedor (dueño de un taller mecánico) me dice que no hace falta contrato y que con la factura que me emite es suficiente. Además me dice que no tiene claro si me puede desglosar el IVA o no. Me ha olido a chamusquina y antes de cancelar la operación quería preguntaros si esta práctica es normal y no hay riesgo de encontrarme ningún imprevisto a posteriori (tema del IVA y demás) El vendedor según el anuncio corre con los gastos de cambio de nombre y garantía de 12 meses. Muchas gracias anticipadas por vuestra respuesta Responder
korny1976 Publicado 25 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Yo creo q si no hay contrato no hay garantia me huele mal Responder
mezenller Publicado 25 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Sí, Kormy, yo pienso del mismo modo, voy a comentarle que sin contrato anulo la compra. Lo otro que me preocupa es la factura, ¿habrá algún problema posterior en caso de que me emita la factura sin IVA desglosado?, ¿me tocaría pagar algo a mí, sea ese IVA o ITP? El vendedor me dice que me da el teléfono de la gestoría y que allí me lo explican todo, pero no me fío. Gracias de nuevo Responder
fgmolina Publicado 25 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 El contrato es necesario siempre para posteriores reclamaciones, si bien el contrato oral se tiene por celebrado siempre, yo lo preparaba yo mismo y lo llevaba, la compra del coche no es la compra de una chaqueta. Tienes mucho modelos en google. Por otro lado el desglose del IVA se puede siempre y cuando ese coche haya tenido siempre propietario profesional, en cuanto haya pertenecido a un particular olvidate, ni IVA ni degrabación ni nada. Por eso mismo en la factura debe venir desglosado, en caso contrario no puedes desgrabarlo. Mal asunto el tema del contrato. Yo no me fiaba Responder
mezenller Publicado 25 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Gracias fgmolina, no tengo intención de desgravarme ese IVA, lo que no quiero es tener sorpresas posteriores en forma de que Hacienda me reclame nada, puedo estar tranquilo en ese sentido? Si soluciono el tema del contrato todo estaría en orden? Gracias de nuevo. Responder
fgmolina Publicado 25 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Si va a ser venta entre particulares contrato si o si, para los famosos vicios ocultos. Al final el contrato protege a quien compra y a quien vende. Con Hacienda tu como comprador vas a pagar la tasa de trasferencia que es el 4% del valor del coche, que corre a tu cuenta. Esto si compras a particular. Si el vendedor es sociedad o autonomo, se paga una tasa en función de la Comunidad Autonoma, en torno a 120 - 150 euros. Lo curioso es que el contrato protege más al vendedor pero bueno, hay gente para todo. Responder
mezenller Publicado 25 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Gracias de nuevo, Él me dice que no es particular, que es compraventa y tiene CIF Responder
txemad Publicado 25 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 (editado) Me da que este mas que compra-venta es un pirata que gitanea con coches de segunda mano que le entran en el taller, te va a vender el coche directamente del anterior propietario a tu nombre sin pasar por el en ningun momento, por eso no te hace contrato de compra-venta (a ver como lo firma el anterior propietario) ni te puede hacer factura (no te puede facturar la venta de un coche que no es suyo). Ojito con la garantia, que puede que no te sirva para nada, y si te la da que no sea con reparacion en su taller exclusivamente, te tendra que dar una poliza de seguro, no simplemente su palabra que por mi se la podria meter... por ahi mismo. Editado 25 de Junio del 2016 por txemad Responder
mezenller Publicado 25 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 25 de Junio del 2016 Gracias Txemad, En este caso he comprobado que según el permiso de circulación el coche está a su nombre (cotejado con su DNI), en caso contrario ni me habría planteado la compra. Muchas gracias por la respuesta. Responder
jesus20329 Publicado 26 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 A ver creo que estáis liando un poco las cosas, si ka compra es entre particulares, es obligatorio realizar un contrato de compraventa y luego para realizar el cambio de nombre, el comprador debe liquidar ante el organismo correspondiente de cada Comunidad Autónoma el pago del impuesto, aquí en Valencia hace ya unos años que paso del 4% al 8%. Si la compra la realizas a una empresa (compra - venta, o cualquier taller relacionado con el ramo de la automoción y en cuya licencia de actividad este recogida la venta), NO SE HACE CONTRATO DE COMPRAVENTA, el documento que lo sustituye es la propia factura, por supuesto que el iva va desglosado, como en todas las facturas legales con los datos de la empresa (normalmente en el membrete ), y del comprador y sellada con el sello de la empresa, el pago de ese iva te dispensa del pago anterior al que he hecho referencia. Espero haberos ayudado, si necesitáis alguna aclaración más estaré encantado. Responder
mezenller Publicado 26 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 Muchas gracias por la respuesta, Jesús. Efectivamente me dice que es autónomo y tiene su CIF y demás. Con respecto a la factura me dice que no sabe si me la puede hacer con IVA desglosado o no, al haber pertenecido a un particular (primer propietario, el segundo un concesionario Ford y el tercero él). El coche ahora mismo, según Carfax aparece a título particular. A mí desgravarme el IVA me da igual al ser particular, si lo pregunto es para cerciorarme de que después no me Va a tocar pagar nada. He leído bastante en internet y mientras más leo menos claras tengo las cosas. Mil gracias por las respuestas. Responder
Grial Publicado 26 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 A ver, complementando la respuesta del compañero jesus20329, hay algunos detalles que intentaré clarificar. Cualquier compraventa, por si misma, ES un contrato; el tema está en si se pone por escrito o no, a efectos de prueba de cualquier punto, o incluso frente a terceros. Cuando es entre particulares, se suele hacer por escrito, detallando las condiciones del producto y del pago, además de que cuando se va a tráfico a pagar el impuesto de transmisiones, al menos en mi comunidad solicitan copia del contrato. Muchas veces, como comenta Jesús, cuando el vendedor es empresa, no se hace por escrito, y solamente se emite la factura. En cualquier caso, personalmente SIEMPRE recomendaré que exista un contrato. Respecto al tema de factura e impuestos, te cuento. Si el vendedor es un profesional, tiene que emitir factura que incluya IVA y esté bien desglosado: él tiene que cargar, cobrarte, y después declarar e ingresar ese IVA, de forma que además de este IVA, tú NO vas a pagar ningún impuesto más. En cambio, cuando el vendedor es particular, NO hay IVA (el propio contrato, o un documento a parte, actuará como recibo de pago), pero en tal caso, el comprador SÍ deberá pagar Impuesto de Transmisiones. Como resumen, en tu caso, si él no te hace factura con IVA desglosado, corres el riesgo de tener que pagar tú Impuesto de Transmisiones cuando vayas a hacer el cambio de nombre. Lo que me da en este caso, es que igual el tipo le compró el coche a un particular, no lo cambió de nombre, y ahora quiere venderlo sin declararlo. No sé, me huele algo mal, el tema. Otra cosa es que él actúe como intermediario, vendiéndote el coche que aún esté a nombre del propietario, y en tal caso formalmente la compra se la harías al propietario, no al compraventa... Si no lo has hecho, antes de firmar ni pagar nada, pide en Tráfico un certificado de la situación de ese coche, y asegúrate que está a nombre del vendedor, que no tiene cargas, etc... Si hay algo raro, después los problemas se te pueden multiplicar. Espero haberte ayudado, y perdón por el tocho, jajaja !! Saludos ! Responder
mezenller Publicado 26 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 ¡De tocho nada, Grial!, ¡Todo lo contrario, muchas gracias por la respuesta! El coche según el permiso de circulación está a su nombre. En el informe de Carfax aparece como que está libre de cargas financieras y administrativas y demás. Lo que no me cuadra es que está matriculado como persona física y de uso particular. ¿Me puede emitir una factura de ese modo aún siendo autónomo, teniendo CIF y demás?, ¿No debería estar a nombre de empresa o eso es lo mismo? Por lo que veo y según me ha contado Jesús (al cual agradezco enormemente su ayuda), si el IVA no aparece bien clarito en la factura sí que puedo tener problemas, y que lo del contrato siendo importante no es imprescindible, ¿no? Esto aparece en Carfax 22/07/2008 Vehículo matriculado en *******, España Expedida matrícula tipo Ordinaria Vehículo particular Matriculado a persona jurídica Domiciliado en *******, España Coche no financiado 15/07/2010 Nuevo propietario registrado Coche no financiado 04/10/2013 ******** Vehículo inspeccionado en España Inspección favorable 30/09/2015 Baja temporal en España por cambio de titularidad 07/10/2015 ******** Vehículo inspeccionado en España Inspección favorable 13/10/2015 Baja temporal en España por cambio de titularidad Nuevo propietario registrado. Vehículo comprado como privado Matriculado a persona física Domiciliado en ************, España Copropietarios no registrados 06/2016 Vehículo en circulación en España Responder
Grial Publicado 26 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 Cuando hablas de que tiene CIF, ¿te refieres a CIF con letra, o NIF como un DNI? Parece una perogrullada, pero es importante. Espero no liarme con conceptos demasiado técnicos. Si es CIF con letra, es decir, es una sociedad, evidentemente el coche tiene que estar a nombre de esa sociedad (SL, SA, SCP, etc...), y la factura tiene que llevar IVA, sí o sí. Si es NIF tipo DNI, y está a nombre de esa persona física con un nombre y dos apellidos, técnicamente pueden darse varias situaciones, porque un autónomo individual no deja de ser una persona física: - Si su actividad es la compraventa de coches, SÍ o SÍ el coche corresponde a su actividad, y tiene que emitir factura con IVA. - Si su actividad fuera, por ejemplo, de comercial, que necesita coche, ese coche está afecto a su actividad (se desgrava los gastos, etc...), de forma que si lo vende, la factura SÍ tiene que llevar IVA. - Si su actividad fuera cualquier otra, y/o tuviera varios coches, uno/s para trabajo y otro/s particulares, si vende un coche particular no afecto a su actividad, técnicamente NO debería llevar IVA. (Aunque te diré que hacienda, por defecto, entenderá que debe llevar IVA y puede inspeccionarle para confirmarlo). Entiendo que no es el caso, pero he querido ponerlo para que vieras las distintas opciones. Respecto al contrato, correcto: imprescindible, no; muy recomendable, sí. Saludos, Responder
mezenller Publicado 26 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 El vendedor me dijo que se dedica a la maquinaria de cantera y que tiene una compraventa con varios coches "por afición" (palabras textuales), que es autónomo y la sociedad/empresa/loquesea corresponde a su nombre y apellidos. No sé si eso aclara algo o no. Mil gracias de nuevo, Grial, no sabes cuánto me estás ayudando! No quiero meter la pata en algo tan ilusionante! Responder
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