mezenller Publicado 26 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 Grial, en el último de los casos que expones (cualquier otra actividad y/o varios coches) al no poner él IVA en la factura entiendo que me tocaría pagar a mí ITP, no? Responder
Grial Publicado 26 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 26 de Junio del 2016 (editado) El vendedor me dijo que se dedica a la maquinaria de cantera y que tiene una compraventa con varios coches "por afición" (palabras textuales), que es autónomo y la sociedad/empresa/loquesea corresponde a su nombre y apellidos. No sé si eso aclara algo o no. Mil gracias de nuevo, Grial, no sabes cuánto me estás ayudando! No quiero meter la pata en algo tan ilusionante! Grial, en el último de los casos que expones (cualquier otra actividad y/o varios coches) al no poner él IVA en la factura entiendo que me tocaría pagar a mí ITP, no? Sí, la cosa se va aclarando... Es un autónomo persona física, con una actividad económica distinta a la compraventa de coches, por lo que dices. Con estos datos, sí parece el tercer caso que te comentaba: además de su propia actividad, es propietario de algunos coches y los va vendiendo; si te dice que es por hobby, imagino que no estará dado de alta de la actividad de compraventa, por lo que formalmente no hace negocio comprando y vendiendo coches, de forma que no tendría por qué cargar ni reflejar IVA en la factura. A los efectos que nos importan ahora, es como si fuera un particular que te vende su coche, y respondiendo a tu segunda pregunta. efectivamente, no pagarías IVA, pero sí que te tocaría pagar ITP. Dicho esto, resaltar que este tipo está circulando en el límite, en el filo de la legalidad. Una cosa es que un día tenga un coche y lo venda como particular, no pasa nada, pero si lo hace "por sistema" (por mucho hobby que sea), y habiendo "cierta" proximidad entre vender maquinaria y vender vehículos, hacienda se le puede echar encima, por estar haciendo negocio sin declararlo. Por esta razón, si finalmente se lo compras y no hay factura con IVA, aún más te recomiendo que haya contrato, que además incluya una cláusula del tipo "el vendedor manifiesta expresamente que el vehículo es de su uso totalmente particular, y no se halla afecto a ninguna actividad económica"; te tocará pagar ITP, sí, pero te cubres las espaldas si algún día van a por él. Edito: si finalmente lo hacéis al revés, con factura con IVA desglosado, para ti mucho mejor: te evitas el ITP, y en el peor de los casos, el marrón con hacienda por hacer mal las cosas, lo tendrá él. Me alegro de poder ayudarte !! Saludosss Editado 26 de Junio del 2016 por Grial Responder
mezenller Publicado 27 de Junio del 2016 Autor Denunciar Publicado 27 de Junio del 2016 Bueno, acabo de hablar con el vendedor, me sigue insistiendo en que aún no sabe si me puede desglosar el IVA o no, y me cuenta algo sobre los dos tipos de IVA, el general y el REBU (?). De todas formas yo me he plantado, le he dicho que si no hay IVA desglosado cancelamos la operación. Me dice también que está dado de alta como compra-venta y que no me preocupe por nada, que él lo paga todo y que no le importa hacer el contrato de compraventa. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda! Responder
fgmolina Publicado 27 de Junio del 2016 Denunciar Publicado 27 de Junio del 2016 Pues si no te lo vas a desgrabar te da un poco igual Responder
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