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¿Qué multa te pueden poner si caminas mal por la carretera?.


Ocio

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18/08/2016

 

 

 

En pleno verano y con fiestas populares cada fin de semana, volver andando sin cumplir las normas puede hacer un agujero en tu cartera.

 

 

 

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En verano nuestra vida social se multiplica; salimos y quedamos más con amigos y familiares porque el abanico de planes se dispara: desde excursiones y viajes a comidas y cenas con los amigos sin olvidar las cañas en una terraza después del trabajo… o las fiestas de las localidades más cercanas. El calendario estival va dibujando la hoja de ruta en función de qué núcleos celebren sus festividades tradicionales. Donde muchos ven un motivo de celebración, otros señalan un peligro: unidos en su mayor parte por carreteras secundarias, la mezcla de alcohol, drogas y verbena puede ser fatales. También para el bolsillo cuando decides olvidarte del coche e ir andando… incorrectamente. Concretamente, 80 euros. Lo sabemos por propia experiencia.

Cuando el calor aprieta en la ciudad, son muchos los que diseñan un plan de escape. La playa gana enteros en pleno verano, pero los pueblos donde hemos crecido verano a verano siguen siendo la primera opción para muchos. Y si algo prolifera en estos rincones son las fiestas populares y las noches de verbena; eso sí, hay inconvenientes que no cambian con el paso del tiempo:

 

trasladarse de una localidad a otra. No nos vamos a engañar, en esas noches de fiesta las copas están presentes así que el coche es una opción que muchos descartamos a no ser que alguien se presente voluntario para ‘sacrificar’ su noche en beneficio del resto del grupo. Cuando esto no pasa y la verbena toca sus últimos acordes, es hora de encontrar la fórmula para emprender el viaje de vuelta.

 

 

 

A ciertas horas, cualquier solución nos parece perfecta: caminar los pocos kilómetros que separan un pueblo de otro, también. Si las condiciones no son las idóneas para ponerse al volante, ¿por qué no pasear para despejarse y rememorar lo vivido? Eso sí, tenemos que tener en cuenta que hay una serie de normas que hay que cumplir si no queremos que la noche nos haga un agujero de 80 euros en la cartera (o 40 por pronto pago). Circular por la izquierda o llevar elementos que nos hagan visibles a una distancia de 150 metros son un par de pautas que los peatones debemos tener presentes… y cumplir.

 

 

 

 

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Atento, peatón: por la izquierda y bien señalizados

Con el Real Decreto 1428/2003 (21 de noviembre) se aprobó el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. Es en el Capítulo IV del Título III donde encontramos ‘Otras normas de circulación’ que regula el transcurrir de los peatones por la carretera.

 

El Artículo 122 señala en su primer apartado que “fuera de poblado, en todas las vías objeto de la ley y en tramos de poblado incluidos en el desarrollo de una carretera que no disponga de espacio especialmente reservado para peatones, como norma general, la circulación de éstos se hará por la izquierda (artículo 49.2 del texto articulado)”. Ir por la derecha con la esperanza de que algún conocido se apiade de ti y te recoja no es una buena idea, sobre todo si no existen “circunstancias que justifiquen la circulación por la derecha por razones de mayor seguridad”, como apunta el segundo apartado.

 

En el escenario que nos movemos, no conviene pasar por alto el Artículo 123 que regula la ‘Circulación nocturna’: “Fuera del poblado, entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, todo peatón, cuando circule por la calzada o el arcén, deberá ir provisto de un elemento luminoso o retrorreflectante homologado”. Además, éste debe ser “visible a una distancia mínima de 150 metros para los conductores que se le aproximen” y no ir previsto de estos elementos también supone una multa de 80 euros.

 

 

 

Otras sanciones para los peatones

Existen otras sanciones que pueden recaer sobre los peatones cuando éstos infringen las normas: cruzar la calle fuera de los pasos de cebra también puede costar 80 euros, la misma cantidad se aplica si caminan por autovía o autopistas mientras que el castigo económico por cruzar con el semáforo en rojo puede ser de 200 euros. Finalmente, conviene recordar que los peatones están obligados a someterse a controles de alcoholemia o drogas en el organismo si se ven implicados en un accidente o han cometido una infracción. Las noches de verbena pueden llegar a ser inolvidables… sobre todo para tu bolsillo si infringes las normas.

 

 

 

 

 

FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/multa-peatones-circular-carretera-noche-izquierda

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