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Cómo recurrir una multa que te han puesto en el extranjero.


Ocio

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01/09/2016

 

 

 

Si este verano has viajado al extranjero y has conducido un coche, no estás exento de que en unas semanas te llegue una multa. Te contamos cómo recurrirla.
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Los viajes al extranjero son muy apetitosos. Conocer nuevos países y nuevas costumbres. En muchas ocasiones nos planteamos viajar desde España con el coche; en otras, alquilamos el vehículo en el lugar de destino. Sea como fuere, conducir en un país diferente al nuestro requiere siempre de un breve periodo de adaptación ya que las normas de circulación suelen diferir en algo a las españolas. Pero aun así no estamos exentos de llevarnos una sorpresa semanas después de volver a casa. Nos tenemos que quitar de la cabeza la creencia de que las multas que nos han puesto en un país extranjero no nos van a llegar nunca, porque sí que llegan.

Hablar por el móvil mientras conduces, exceder el límite de velocidad… pueden haber sido motivos más que suficientes para que meses después de nuestra visita a algún país vecino nos llegue una multa a casa. Y si eso ocurre, ¿pueden hacernos responsables de la misma? ¿Podemos recurrir la multa?

 

 

 

Las multas cometidas en el extranjero sí llegan

El hecho de poder imput*r responsabilidad por las multas cometidas en el extranjero es fruto de una normativa impulsada por la Unión Europea (Directiva 2011/82/UE), que ha permitido que todos los países de la Unión Europea -excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca- intercambien sus datos y, a través de la matrícula del coche, localizar al conductor o propietario del vehículo con el que se ha cometido la infracción y comunicarle por escrito la sanción.

 

 

 

Sí es cierto que, antes de la entrada en vigor de esta directiva, los europeos que cometían una infracción en nuestro país, y a la inversa, generalmente quedaban impunes y solo se veían obligados a pagar la multa si los pillaban ‘in fraganti’ y los paraban. Ahora, el organismo público encargado del tema (en España es la DGT) puede solicitar los datos del vehículo y de su titular o arrendatario. Eso sí, deberán acreditar que ha cometido una infracción, para enviarle por escrito la notificación, y que, en caso de infracción, se va a aplicar la legislación vigente en cada país, tanto en cuanto a multas, procedimientos, etc…

 

 

 

Eso sí, según explica AEA, sólo podremos recibir multas de otros gobiernos europeos y viceversa por ocho infracciones: exceso de velocidad, por no utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no llevar casco, circular por un carril bus prohibido o utilizar el teléfono móvil al volante. No podremos ser multados, por ejemplo, por aparcar mal el coche en cualquier otro país europeo, una posibilidad puede que tenga los días contados, porque la DGT también ha incorporado en el proyecto de real decreto la posibilidad de que «mediante acuerdos bilaterales suscritos con los citados estados, podrá ampliarse la relación de infracciones a las que se aplicará, en su caso, el intercambio de información.

 

 

 

Haz caso a la multa de tráfico

Gracias a la nueva normativa, los países miembros de la Unión Europea podrán identificar al infractor. Es por eso por lo que nos llegaría la correspondiente multa, a la que conviene hacer caso y no romperla o dejarla metida en un cajón olvidada solo por el hecho de que está sellada en otro país.

 

 

Tanto es así que, incluso, podremos recurrir una multa cometida en otro país. Desde Pyramid Consulting nos recomiendan que, cuando vayamos a iniciar esos trámites, nos pongamos en manos de profesionales, que conozcan los plazos y requisitos exigibles en cada uno de los países, y nos ahorren el tener que ahondar en terreno farragoso.

 

 

 

Qué hacer cuando has recibido la multa de tráfico

En el momento en que recibas la multa de tráfico que te han puesto conduciendo en el extranjero, nos explica CEA, puedes actuar de varias maneras:

 

 

-Identificar al conductor: si el vehículo pertenece a una persona jurídica.

 

-Pagar la multa: hacer uso de los medios de pago que prevé el documento con los descuentos previstos en el mismo.

 

-Presentar un recurso: hay que señalar que en este caso los motivos de recursos en muchos casos suelen ser muy reducidos.

 

-No pagar la multa.

 

 

 

Qué ocurre si no pago la multa o no presentamos un recurso

La presentación de un recurso la tendrá que ver el órgano judicial del país donde cometimos la infracción que podrá estimar o desestimar las alegaciones presentadas.

 

-Si se estiman las alegaciones el procedimiento se sobresee.

 

-Si se desestima el recurso, el país sancionador podrá solicitar la ejecución de la sanción en España. Se aplicará para ello la Ley 23/2014 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. En España tramitará y ejecutará el Juzgado de lo Penal del lugar de residencia del infractor. El mismo procedimiento se aplicará para aquellas multas que no se paguen.

 

 

 

Consejos para evitar multas en el extranjero

Ser precavido y conocer de antemano las normas de circulación del país extranjero por el que vamos a circular con el coche es toda una garantía de que las autoridades competentes no nos pondrán una multa. Así que ten en cuenta estos consejos para evitarque, meses después de viajar al extranjero, nos llegue a nuestro domicilio una carta con una desagradable sorpresa.

 

 

1. Infórmate de la normativa de circulación vigente del país que vayas a visitar. Conocer las limitaciones urbanas e interurbanas permitirá que los conductores no caigan en la trampa frecuente de la velocidad.

 

2. Conoce las costumbres de conducción del ípas que visitas. Aunque los Códigos de Circulación tengan la misión de velar por la seguridad vial, existen muchas formas diferentes de hacerlo. Ante multitud de normas, también hay una amplia variedad de restricciones que se diferencian de un país y otro. Nosotros en caso de viajar fuera, tendremos que empaparnos de estas costumbres para no tener riesgos y librarnos de multas o sustos. Un buen ejemplo de ello lo vemos en Francia, donde no se suelen utilizar los intermitentes para cambiar de carril y se circula a más velocidad que en España.

 

3. No te olvides del GPS si vas a conducir en el extranjero. Los navegadores resultarán fundamentales para controlar las carreteras de un país completamente desconocido, ofreciendo mayor seguridad y también menos distracciones que nos puedan llevar a multas, por intentar estar demasiado pendiente de carteles o de llegar al destino.

 

 

 

 

 

FUENTE: http://www.autopista.es/trucos-y-consejos/todos-los-trucos-y-consejos/articulo/multas-trafico-pais-extranjero-recurrirlas

 

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Al hilo de lo anterior y aunque no está comprendido en esa legislación pero es totalmente aplicable, un comentario añadido que, personalmente, considero de importancia: Los viajes a Italia.

 

En muchos paises, España entre ellos, el acceso en automóvil al centro de algunas ciudades suele estar reservado solo para vehículos autorizados (vecinos, acceso a hoteles, etc.). Si te metes sin darte cuenta, te hacen una bonita foto y, amablemente, te avisan en tu domicilio que tienes una multa.

 

En Italia, la mayoría de sus ciudades aplican esta limitación, con el agravante para el conductor extranjero que va pendiente del GPS o de que no le den un raspón en el pandemonium del tráfico de por allí, de que los carteles de aviso son, a menudo, difíciles de advertir (bueno, también aquí). Tampoco te puedes fijar en las cámaras, porque no las hay a la entrada, sino en las vías de salida, y te cojen de espalda, o sea, a traición.

 

Si vas en tu coche particular no suelen multarte, salvo que lo hagan en el acto y, además, es buena costumbre, si reservamos nosotros mismos con el hotel, preguntarles antes de llegar, para que ellos avisen a la policía, anoten tu matrícula y no te multen. En Milan, debes llevar el coche a unos parking acordados, que también tienen unas tarifas acordadas ... "para turistas", sobre 30 €/día (repito, esa es mi experiencia). En otras ciudades no se como estará la cosa respecto a estos parking acordados, pero he estado en varias y lo que he hecho siempre es preguntar antes al hotel si están dentro de ese area e instrucciones de actuación. Ellos mismos me han sugerido su propio parking, o me han indicado alguno cercano (porque aparcar en la calle es extaordinariamente difícil y desaconsejado .... ¡por si acaso!).

 

El problema serio es si alquilas un coche allí. En ese caso, debes dar a la empresa de alquiler tu número de tarjeta y, aunque casi nadie suele leerlo, al firmar el contrato aceptas que dicha empresa de tus datos a la policía en casos de este tenor, y por gestionar cada caso, te cobra la empresa una comisión. En resumen: Si te pones a circular y entras y sales varias veces de esa zona ZTL (Zona Traffico Limitato), en cada ocasión te caerá una multa, más la comisión de gestión de la empresa de alquiler, que te cargarán directamente a tu tarjeta.

 

Y tened en cuenta que el plazo de caducidad de la actuación de la Administración allí es de 1 año.

 

Slds.

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