Ocio Publicado 21 de Septiembre del 2016 Denunciar Publicado 21 de Septiembre del 2016 21/09/2016 La Policía Municipal de Madrid ya no podrá multar a los conductores sin pararles, gracias a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Ayuntamiento de Madrid modificó en 2010 la Ordenanza de Movilidad de la ciudad para adaptarla a la nueva Ley de Seguridad Vial. Pero la ordenanza no se limitó a adaptarse a esta ley, sino que la amplió, algo para lo que el Ayuntamiento carece de cobertura legal. Desde entonces, los agentes de tráfico han tenido potestad para multar ‘a discreción’, esto es, sin parar a los infractores y notificarles la sanción, en caso de que el momento de producirse la infracción el agente estuviera regulando el tráfico o careciera de medios para perseguir al vehículo. Tras un recurso presentado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) que ha sido estimado, los agentes de la Policía Municipal madrileña estarán obligados a notificar las multas en el acto, independientemente de que dispongan o no de los medios para hacerlo. El TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) argumenta que la posibilidad de que los agentes multen como lo han estado haciendo desde 2010 no se contempla en la Ley de Seguridad Vial, por lo que no queda más remedio que anularla. La ordenanza de 2010 dejaba a los conductores en una situación de indefensión, puesto que quedaban privados de conocer el motivo de la sanción en el momento, y ello dificultaba la obtención de pruebas para demostrar su inocencia. A lo que se sumaba el lapso de meses que transcurría desde el registro de la infracción y su notificación a domicilio, que suponía que en muchos casos los conductores no pudieran recordar si efectivamente circulaban por la vía en la que fueron multados. La Ley de Seguridad Vial establece que las denuncias deberán notificarse en el acto al denunciado, si bien es cierto que contempla una serie de excepciones. Si el agente observa que la detención del vehículo puede originar riesgos para la circulación estará exento de obligarle a detenerse, aunque deberá detallar el motivo de esta decisión. Otras excepciones son que el conductor no esté presente y el vehículo esté mal estacionado, o que los agentes hayan tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes. Según AEA, el 80 por ciento de las multas que se han impuesto desde 2010 han sido ‘a discreción’, lo que hace un total de 600.000. Ahora, la decisión del TSJM, que tendrá carácter retroactivo, obligará al consistorio a devolver el importe de todas esas sanciones. FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/policia-municipal-madrid-tendra-multar-acto Responder
txemad Publicado 21 de Septiembre del 2016 Denunciar Publicado 21 de Septiembre del 2016 Eso de que van a devolver no se lo cree nadie, van a devolver hos-tias.... y van a seguir multando igual, porque siempre "va a afectar a la circulacion". Y lo peor no es ya la Policia Municipal, son los Agentes de "Inmovilidad" esos que tenemos, que se creen los amos del pueblo en el ejercito de Pancho Villa. Esta demostrado que en Madrid, cruce en que se ponen atasco que montan, se podian ir a tomar... Responder
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