Jump to content

puedo recuperar la señal de la compra de un coche si al final.........


Ocio

Publicaciones recomendadas

19/10/2016

 

 

 

 

Dudas: ¿puedo recuperar la señal de la compra de un coche si al final no lo compro?

 

 

 

 

"Por circunstancias de la vida, en ocasiones tenemos que dar marcha atrás en muchas decisiones. En este caso, si damos una señal para comprar un coche, ¿podré recuperar el dinero si finalmente decido no comprarlo?"
article-recuperar-dinero-senal-compra-co
Nuestro experto responde: Jaime Barea, director de la Asesoría Jurídica de Ganvam

 

 

 

Depende de qué tipo de reserva hayas formalizado con el vendedor. Aquí es importante tener en cuenta que existen dos tipos de señales -o arras- cuando el comprador es un consumidor: confirmatorias o penitenciales, y que el concesionario o compraventa puede utilizar ambas. A pesar de lo llamativo de sus nombres, son sencillas de reconocer, sobre todo cuando se ven en el documento por escrito que justifica la entrega de la señal.

La confirmatoria es la señal que se entrega como anticipo del precio pactado. Si pasado el plazo establecido como periodo de validez de la señal o incluso antes del vencimiento, decides no formalizar el pago del coche, se entiende que renuncias a la compra y el vendedor podrá quedarse con la señal para resarcirse de los posibles gastos ocasionados (gastos de gestoría, transferencias…) o bien puede considerar que la venta está hecha y exigirte que entregues el resto del precio y te lleves el vehículo.

 

 

 

La penitencial supone perder directamente la señal en caso de desistir de la compra. En este caso es importante saber que si en el plazo pactado es el vendedor el que no puede entregarte el coche por el motivo que sea, deberá devolverte el doble de la cantidad que pagaste como señal. Recuerda que para que la señal tenga este carácter debe aparecer así expresamente en el documento (“en el caso de que la parte vendedora decida resolver esta venta, deberá devolver la señal doblada…”), pues de lo contrario se entenderá que es una señal confirmatoria.

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE: http://www.autopista.es/preguntas-dudas/articulo/recuperar-dinero-senal-compra-coche-si-no-compro

 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

  • 1 año más tarde...

23/05/2018

 

 

 

Dudas: ¿cuál es el plazo máximo de entrega por la compra de un coche?

 

 

 

Si el vendedor no cumple el plazo acordado en el contrato, tendrá que devolver el doble del precio pagado por retraso injustificado en la entrega del coche.
 
 
 
article-plazo-maximo-entrega-coche-nuevo
 
 
 
 
 

Muchos no lo saben pero existe un plazo máximo legal en la entrega de un coche. Los vendedores de vehículos tienen que entregar el automóvil a sus clientes en un plazo máximo de 30 días naturales tras la firma del contrato, según recuerda la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos (Ganvam).

 

 

En el caso de que este plazo máximo no se cumpla por causa injustificada, el vendedor tendrá que pagar el doble del precio del contrato. Eso sí, tal y como se recoge en la normativa vigente, este plazo máximo de 30 días es sólo para vehículos que no se van a destinar a actividades empresariales. No obstante, este límite puede variar en el caso de que el comprador y el vendedor lleguen a un acuerdo, pactando un plazo diferente.

 

 

Plazos de entrega de coches nuevos

Por su parte, Ganvam destaca que en la venta de un vehículo nuevo los plazos de entrega están condicionados por el fabricante, por lo que se puede acordar un periodo más amplio y establecer bajo qué circunstancias se puede alterar esas condiciones.     

 

 

Cuando el vendedor no cumpla con el plazo acordado, el comprador podrá reclamar un plazo adicional, pero si éste último tampoco se respeta, el consumidor estará en su derecho de anular el contrato.

 

 

En definitiva, si el vendedor incumple el plazo de entrega pactado o el plazo legal de 30 días puede anularse el contrato, por lo que tendrá que devolver el precio pagado. Además, en caso de retraso injustificado deberá devolver el doble.

 

 

Por su parte, el comprador podrá reclamar daños y perjuicios si el plazo excede a la fecha acordada con el vendedor.

 

 

 

 

FUENTE:  http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/plazo-maximo-entrega-coche-nuevo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Habria que ver en que casos especificos esto puede llegar a ser "demandable"...pues al final siempre estan cubiertos por unas cosas o por otras...Un ejemplo practico seria el siguiente:

Compras un coche que no tienen en stock y te dicen que estara matriculado en 3 semanas. Pasan las 3 semanas y el coche aun no esta ni en España...Te dicen que tardara un par de semanas mas. Al paso de esas 2 semanas el coche llega y tardan otra semana en matricularlo y revisarlo...y el coche llega con un arañazo en una puerta y tienen que pintarla.

Total...que algo que ibas a tener en 3 semanas al final lo tienes en 6. ¿Como haces para que te paguen por la espera extra? Ningun comercial te va a firmar un contrato en el que ponga claramente que el coche te lo entregaran en 3 semanas (21 dias) desde la fecha de la firma de contrato y pago del coche. Se cubriran diciendo que no es problema suyo, que es cosa de "fabrica", que ha habido una huelga de transportes...
Al final nos regala unas alfombrillas extra y le tenemos que dar las gracias...jejeje...

He vendido coches muchos años y jamas se le ha dado a un cliente ni un euro (O pesetas de las de entonces) por un retraso...

Una vez un cliente que necesitaba el coche para hacer publicidad de PlayStation me compro un coche negro porque era el color que exigia PlayStation ya que le daban una parte importante del dinero del coche por rotularlo y me equivoque en el codigo de color. En puesto del 28U que era el negro le puse 29U que era azul marino...
Cuando llego el coche estaba en un almacen y se lo enseñe al comprador...Al estar oscuro no se veia el color (Yo pensaba que era negro). Lo matriculamos y al entregarlo a pleno sol quedo claro que no era negro....que era azul marino...
Pues mi empresa se cubrio diciendo que en ningun lugar del contrato ponia que el coche tuviera que ser negro...que ponia un codigo de color y que el cliente habia firmado el contrato...y ahi quedo todo.
 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.