Ocio Publicado 30 de Marzo del 2017 Denunciar Publicado 30 de Marzo del 2017 30/03/2017 Una sentencia ha abierto la puerta a que se anulen las multas impuestas por infracciones relacionadas con el SER si no se aporta una fotografía o imagen. De nuevo tenemos ante nosotros una sentencia que podría sentar precedentes. Se trata de una multa impuesta por una infracción relacionada con el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Un juez estimó que la ausencia de fotografía hace insuficiente las pruebas, lo que se traduce en la nulidad de la resolución. De esta manera, el Juzgado 22 de lo Contencioso Administrativo de Madrid ha abierto una puerta a que, a partir de ahora, se anulen las multas impuestas por el SER si no se aporta una fotografía o imagen, dado que la denuncia emitida por un controlador carece de suficiente valor probatorio al no ser un agente de la autoridad. Así consta en una sentencia en la que se estima el recurso presentado por un ciudadano al que se le multó con 90 euros por supuestamente “estacionar con distintivo en lugar habilitado para el estacionamiento con limitación horaria, rebasando el tiempo máximo”. Los abogados alegaban falta de pruebas, más en concreto, reclamaban una fotografía de la infracción. El expediente tan solo constaba del boletín de la denuncia no elaborado por una agente de la autoridad, sino por una empleada controladora del servicio SER, con lo que “no goza de la presunción legal de veracidad”. Invocaba al artículo 44 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, que disponía que al expediente administrativo debía incorporarse “una imagen del vehículo, ya sea fotografía, grabación digital u otros medios tecnológicos, que permitan avalar la denuncia formulada”. Recurrir multas de aparcamiento El despacho de abogados Pyramid Consulting que llevó este caso, ha destacado que “las multas de la zona SER son un auténtico quebradero de cabeza para los conductores”, ya que “aparcar en el centro de la ciudad se ha convertido en un problema”. “El coste del estacionamiento es elevado y el tiempo muy limitado”. A esto hay que sumar la persecución que sufren los conductores con las multas de los controladores. Por ello, este despacho quiere recordar a los conductores que estas multas son completamente recurribles, indicando que “a menudo por desconocimiento, por evitar problemas o por acogerse al descuento por pronto pago, la gente tiende a pagarlas”. FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/sentencia-anula-multa-aparcamiento-foto Responder
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