Ocio Publicado 19 de Julio del 2017 Denunciar Publicado 19 de Julio del 2017 19/07/2017 Antes de que finalice el año entrará en vigor la segunda fase de la nueva ley que afecta al uso de las sillas infantiles. Repasamos los aspectos fundamentales. . . Actualmente conviven dos normativas que regulan el uso de las sillas infantiles (SRI): la ECE 44/04, la más antigua, y la R-129, denominada i-Size, que entró en vigor desde 2013. Esta última ha ido implementándose en fases. La primera, operativa desde verano de 2013, afecta a los SRI que se utilizan desde el nacimiento del pequeño hasta que éste alcanza los 105 cm de estatura (serían el equivalente a los actuales grupos 0, 0+ y 1 de la ECE R44 pero solo aquellos que se instalan con Isofix). La segunda fase, cuya entrada en vigor está prevista antes de que finalice 2017, tendrá impacto sobre las sillas para niños de más de 1 metro de altura (serían los actuales grupos 2 y 3 en la ECE R44). La tercera fase, cuya fecha de entrada en vigor está aún por determinar, afectaría a los SRI integrales sin Isofix. Lo que ya está en vigor Como te decíamos, desde julio de 2013 la primera parte de la normativa R-129 (i-Size) está en vigor. Incluye los dispositivos de retención integral con Isofix que pueden utilizar los niños desde el nacimiento hasta 105 centímetros de altura. Todos deben instalarse con Isofix en combinación con un tercer punto de anclaje para evitar la rotación de la silla. Los portabebés para niños de hasta 15 meses y 13 kilos son la única excepción, ya que se pueden montar con cinturón de seguridad de tres puntos siempre y cuando las guías para montar el cinturón estén visibles. Además, estos sistemas i-Size tienen unas dimensiones que garantizan su compatibilidad con todos los coches con homologación i-Size; ojo, porque los fabricantes de vehículos deben cambian la homologación del sistema Isofix por el de i-Size. Si no lo hacen, tendrás que comprobar que la silla es compatible (como sucede actualmente con el Isofix). Además, la normativa establece que habrá sillas que no tendrán homologación universal para su instalación en los asientos i-Size de un vehículo –porque, por ejemplo, tengan otras dimensiones o utilicen un tercer puntos de anclaje distinto-. En eses caso deberán pasar unas pruebas de homologación específicas para cada vehículo. Lo que estará en vigor antes de que finalice el año La segunda fase de la normativa i-Size hace referencia a dispositivos de retención no integrales en los que el niño va sujeto con el cinturón de seguridad del vehículo, utilizables desde que el pequeño mide 1 m de altura. Afecta a dos categorías de sillas: por un lado, los elevadores i-Size con respaldo y opcionalmente con Isofix -en caso de llevarlo debe ser escamoteable, es decir, debe esconderse totalmente en la estructura de la silla- para niños de hasta 135 centímetros de altura. Por otro, los elevadores no integrales para vehículos específicos que pueden ser usados por niños de más de 135 cm de estatura. Principales novedades de la norma i-Size - Los SRI ya no se clasifican en función de grupos e intervalos de peso: ahora se organizan por la estatura y peso del niño, como la ropa. - Los estándares de seguridad son más estrictos: se añade una prueba de coche lateral y los dummies o maniquíes utilizados incorporan nuevos criterios de lesiones más avanzados. - Se garantiza que todos los asientos homologados con i-Size orientados en sentido contrario a la marcha puedan ser utilizados, al menos, hasta que el niño cumpla los 15 meses. - Se establecen unas dimensiones máximas del asiento infantil y unas dimensiones mínimas de las plazas de los coches: la homologación “talla-i”. De esta forma, la compatibilidad será absoluta entre el coche y los SRI. ¿Cómo me afecta la norma? En la práctica, con la entrada en vigor de la nueva normativa si tienes una silla homologada ECE 44/04 la podrás seguir utilizando como hasta ahora hasta que se indique lo contrario. También podrás elegir comprar un SRI con la homologación antigua o con la nueva. Desde AUTOPISTA te recomendamos que, si vas a adquirir una silla sea i-Size, ya que ofrecen mayor protección al niño. Otro punto caliente de la normativa son los elevadores sin respaldo. Desde el 9 de febrero de 2017 sólo pueden homologarse como Grupo 3 y bajo la normativa ECE R44/04. Además,deben incluir una etiqueta que indique claramente que no se pueden utilizar para niños por con una estura inferior a 125 cm. Por lo tanto, aún puedes comprar y usar un elevador homologado con anterioridad a febrero de 2017, del grupo 2/3, y usarlo desde los 15 kg y sin estatura mínima. No obstante, desde AUTOPISTA te sugerimos que no utilices un elevador si el niño no llega a los 135 cm de altura y que intentes, en la medida de lo posible, que éste tenga respaldo hasta que el niño llegue a los 150 cm. FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/sillas-infantiles-normativa-isize-2017 Responder
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