Ocio Publicado 21 de Febrero del 2018 Denunciar Compartir Publicado 21 de Febrero del 2018 20/02/2018 ¿Quién no se ha tomado un jarabe para el resfriado, unas pastillas contra la alergia o unas píldoras contra el dolor de cabeza y después se ha puesto al volante? Pues cuidado porque muchos de esos medicamentos que estamos habituados a tomar ante el menor síntoma son incompatibles con la conducción y, en algunos casos, podrían dar positivo en un control antidrogas de Tráfico. Es este uno de los motivos por lo que hay que leerse bien los prospectos de las medicinas que ingerimos y no solo por conocer sus efectos secundarios sino también sus incompatibilidades. Recordamos que, en España, el 17 % de los sometidos a un control antidrogas dan positivo, y el 2 % lo hace tras haber ingerido medicamentos y no por el consumo voluntario de sustancias ilegales. Y, ojo, que el positivo puede ser por anfetaminas, metilanfetaminas, metadona, opiáceos, fenciclidina, barbitúricos, canabinoides y benzoadiacepinas. Medicamentos y conducción, incompatibilidades En las cajas de los medicamentos se suelen incluir muchos símbolos. Uno de ellos muestra la incompatibilidad de conducir mientras se esté tomando. Los fármacos que peor relaciones tienen con el volante son los relajantes musculares (provocan sueño), antigripales (sueño), analgésicos (sueño, euforia y mareo), antihistamínicos (sueño, visión borrosa, ansiedad e insomnio), antidepresivos (sueño, mareo o hipotensión) y ansiolíticos (sueño y falta de coordinación motora). Pero no son los únicos, aunque sean menos habituales también están contraindicados los antiepilépticos, antiparkinsonianos, preparados oftalmológicos y los destinados a la diabetes, según refleja Autopista. Además, tampoco es recomendable conducir si se mezclan varios medicamentos ni se deben mezclar con alcohol aunque sea en pequeñas cantidades pues multiplican sus efectos. A continuación detallamos la lista de principios activos y medicinas que los incluyen que puede conllevar un positivo en una prueba de drogas (aunque algunos de ellos solo se detectarían en la orina): Ibuprofeno Bromfeniramina (Ilvico) Bupropion (Zyntabac, Elontril) Clorpromazina (Largactil) Clomipramina (Anafranil) Dextrometorfano (Romilar) Difenhidramina (Bisolvon antitusivo compositum y otros) Doxilamina (Cariban, Dormidina y otros) Naproxeno Prometazina (Actithiol antihistamínico, Fenergan expectorante) Quetiapina (Seroquel) Ofloxacino (Surnox) Ranitidina Sertralina Tioridazina Trazodona (Deprax) Venlafaxina Verapamil Medicamentos y conducción, lo que dice la ley La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su artículo 14.1, dice claramente que los no puede haber tolerancia con el consumo de drogas y la conducción. Así, dispone que no se puede circular “con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determinen. Tampoco puede hacerlo el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, siempre que esté en condiciones de utilizar el vehículo”. Se entiende que el conductor podría conducir en caso de haber tomado alguna medicina, aunque solo si es parte de un tratamiento médico, si dispone de la receta de dicho medicamento y, sobre todo, si no se ha establecido lo contrario en dicha receta. El problema con el que nos encontramos es el de la automedicación y el acceso libre a determinados medicamentos en nuestro país, que tomamos sin control médico y que podrían jugarnos una mala pasada en un control. Medicamentos y conducción, consecuencia a un positivo En caso de que nos ‘pillen’ solo nos libraríamos de la multa si portamos la receta. En caso contrario se juzgaría si esta medicina afecta a nuestra capacidad para conducir. Si estiman que no, el resultado sería una sanción de 1.000 euros y 6 puntos del carné. Si por el contrario entienden que sí nos afecta podría conllevar una pena de entre 3 y 6 meses de cárcel, entre 6 y 12 meses de trabajos para la comunidad y la retirada del carnet entre 1 y 4 años. FUENTE: http://www.cosasdecoches.com/si-conduces-estos-medicamentos-dan-positivo-en-un-control-antidroga/ Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Ocio Publicado 18 de Abril del 2018 Autor Denunciar Compartir Publicado 18 de Abril del 2018 18/04/2018 Los medicamentos para la alergia que pueden ser peligrosos al volante En época de alergias, no todos los medicamentos valen si quieres ponerte al volante de tu coche. Echa un vistazo a las incompatibilidades de medicarte a la hora de conducir. El tiempo parece cambiar y nos acercamos, por fin, a una primavera de verdad, con sus ventajas… e inconvenientes. Para muchos, es una época en la que empiezan a “florecer” las alergias. Tos, estornudos, ojos llorosos, malestar… ¿y qué hacemos para contrarrestar estos efectos? Tomamos ciertos medicamentos. Pero mucho ojo: no todos los medicamentos son compatibles con la conducción. Muchos de ellos crean efectos todavía más negativos en nuestras facultades al volante del vehículo. Y no sólo eso, sino que pueden dar falsos positivos en los test antidroga de la DGT. Repasamos todo esto en detalle. Los medicamentos anti alergias que dan sueño al volante Nos adentramos en época de alergias, o al menos en las que éstas atacan de forma más virulenta. El frío parece cosa ya del pasado en España y muchos conductores pueden empezar a sufrir el ataque de las alergias. Y con ello, empezamos a tomar medicamentos para paliar los síntomas, pero que a su vez pueden afectar a nuestra capacidad de conducción, ya que muchos de ellos producen sueño en el conductor. De hecho, la mayoría de estos medicamentos suelen producir este efecto, por lo que resulta importante consultar siempre al médico, leer bien el prospecto y que nunca te automediques. ¿Dan o no dan sueño al volante los medicamentos antialérgicos? En detalle, aquí. ¿Qué medicamentos pueden afectar a la conducción? Algunos medicamentos no son compatibles con la conducción. Incluso algunos que no precisan de receta médica, éstos pueden llegar a disminuir tu capacidad de conducción de forma segura. Para ello, es imprescindible que te informes de aquellos medicamentos que pueden producir efectos adversos como éstos: visión borrosa, sensación de vértigo, somnolencia, desvanecimientos, mareos, falta de coordinación… El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la DGT elaboraron un documento de consenso sobre medicamentos y conducción, de cara a sensibilizar a los profesionales sanitarios y a la población sobre los efectos negativos que puedan acarrear ciertos medicamentos a la hora de ponerse al volante. Tener la información necesaria al respecto es clave para evitar incidentes indeseados con el coche. Los medicamentos que más puede afectar a la capacidad de conducir de una persona son aquellos para tratar los trastornos del sueño, depresión, ansiedad, epilepsia, migrañas, gripe, catarro, alergias… Los efectos de cada tipo de medicamento que tomas y otros consejos, en detalle aquí. Los medicamentos que pueden dar falsos positivos Dicho todo esto, cabe recordar el factor de ciertos medicamentos si nos vamos a poner al volante: muchos de ellos pueden dar falsos positivos en los controles antidroga. Ciertos medicamentos (¡como el ibuprofeno!) pueden provocar una reacción en tus facultades para conducir y dar una cifra indeseada en los aparatos de la Guardia Civil de Tráfico cuando te van a hacer la prueba. Según los últimos datos, el 17 por ciento de los conductores dan positivo por alguna sustancia, y de este número, el 2 por ciento es por consumo de medicamentos. El consumo de dichos medicamentos pueden dar falsos positivos en anfetaminas, metilanfetaminas, metadona, opiáceos, fenciclidina, barbitúricos, canabinoides y benzoadiacepinas. Así que mucho ojo Según un informe de AEA, aquí puedes consultar qué medicamentos pueden dar falsos positivos. FUENTE: http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/medicamentos-alergia-peligrosos-volante Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Ocio Publicado 17 de Noviembre del 2018 Autor Denunciar Compartir Publicado 17 de Noviembre del 2018 04 Nov 2018 Estos son los medicamentos que pueden dar falsos positivos en un control antidrogas Ojo, porque un resfriado puede salirte mucho más caro de lo que piensas... Sin duda, el invierno es un época del año en la que la mayoría de nosotros acabamos tirando del botiquín por algún catarro imprevisto. Pero ojo con lo que tomas, ya que existen numerosos medicamentos que pueden dar falsos positivos al volante en un control antidrogas. Por ello es muy importante que en todo momento prestes atención a la composición de las medicinas que estás tomando y sus posibles efectos secundarios: alguno de ellos puede ser incompatible con la conducción por motivos de seguridad (somnolencia, pérdida de facultades sensoriales o de atención, etc.) o incluso legales (dar positivo en un control antidrogas). Entre los medicamentos más reñidos con la conducción se encuentran los fármacos usados en diabetes, relajantes musculares, antiepilépticos, antiparkinsonianos, antidepresivos, antihistamínicos, ansiolíticos, analgésicos y antigripales. Hay que tener precaución, ya que existen numerosos casos en los que, aunque no se hayan consumido drogas como tal, el conductor puede dar positivo si está tomando determinados medicamentos de prescripción habitual: su estructura, parecida a los estupefacientes que detecta el aparato utilizando en los controles, pueden provocar falsos positivos en los controles antidrogas. Aunque los medicamentos incompatibles con la conducción incluyen en sus cajas un pictograma que así lo indica, es importante conocer los medicamentos que pueden dar falsos positivos en un control antidrogas (algunos sólo mediante pruebas de orina). En el caso de que algún conductor esté medicándose con alguno de ellos puede dar falsos positivos a anfetaminas, metilanfetaminas, metadona, opiáceos, fenciclidina, barbitúricos, canabinoides y benzodiacepinas. Medicamentos que pueden producir falsos positivos en controles antidroga - Bromfeniramina (Ilvico) - Bupropion (Zyntabac, Elontril) - Clorpromazina (Largactil) - Clomipramina (Anafranil) - Dextrometorfano (Romilar) - Difenhidramina (Bisolvon antitusivo compositum y otros) - Doxilamina (Cariban, Dormidina y otros) - Ibuprofeno - Naproxeno - Prometazina (Actithiol antihistamínico, Fenergan expectorante) - Quetiapina (Seroquel) - Ofloxacino (Surnox) - Ranitidina - Sertralina - Tioridazina - Trazodona (Deprax) - Venlafaxina - Verapamil ¿Entonces, se puede conducir medicado? Actualmente, la Ley de Seguridad Vial recoge “la tolerancia cero” en materia de drogas. Aquí están excluidas las sustancias con prescripción facultativa y finalidad terapéutica, siempre y cuando no afecten a las facultades del conductor para usar el vehículo. Por este motivo, el consumo habitual de ciertas drogas y medicamentos -aunque estén prescritos legalmente- puede impedir la renovación del permiso de conducir si compromete la aptitud para conducir y pone en peligro la vida del conductor o del resto de usuarios de la vía. Otro problema puede venir de la automedicación. En el caso de dar positivo por una medicación no prescrita por el médico, deberá valorarse si está afecta a la conducción. En este sentido, y según apunta AEA, la ley diferencia entre la sanción administrativa (que castiga la mera presencia de drogas en el organismo del conductor) y la penal (que tipifica la influencia de las drogas en la conducción). De este modo, conducir con presencia de drogas en el organismo (excepto las substancias que se utilicen bajo prescripción facultativa, con una finalidad terapéutica y sin afectar a las condiciones para utilizar el vehículo) está sancionado con una multa de 1.000 € y 6 puntos. Por otro lado, conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas implica penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 360 a 144.000 € o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada del carné de un año y un día a 4 años. FUENTE: https://www.topgear.es/noticias/no-solo-ruedas/medicamentos-que-pueden-dar-falsos-positivos-control-322793 Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Ocio Publicado 10 de Junio del 2019 Autor Denunciar Compartir Publicado 10 de Junio del 2019 10/06/2019 ¿Da el ibuprofeno positivo en la conducción? Los medicamentos y sus consecuencias Con el ibuprofeno y el paracetamol de máxima actualidad, ¿cómo afectan también a la conducción todos los medicamentos populares? Atentos, porque muchos no solo alteran tu capacidad; también pueden dar positivo (o falsos positivos) en controles de Tráfico. Medicamentos y conducción es un binomio que no siempre se lleva demasiado bien. Las personas alérgicas, por ejemplo, lo saben perfectamente en esta época del año, pero otros muchos medicamentos populares tienen consecuencias al volante y no todo el mundo las conoce. Aprovechamos hoy que el ibuprofeno y el paracetamol de 1 gramo están de máxima actualidad, una vez que el Sistema Español de Verificación de Medicamentos (SEVEM) los ha incorporado a los que requieren desde ahora receta médica para su prescripción, para repasar qué efectos tienes los más populares en la conducción, cuáles pueden dar positivo (o falsos positivos) en los controles de Tráfico y qué dice la ley. Recuerda también que, hasta el 9 de junio, la DGT está intensificando en carretera los controles de alcoholemia y drogas. Obviamente, todos los medicamentos tienen ventajas y desventajas. Solo hace falta leer los prospectos para comprobarlo, con largas listas de indicaciones y contraindicaciones. Son sustancias químicas y, como tales, llegan a ser vitales al prevenir y curar enfermedades, bacterias o infecciones, pero también pueden llegar a considerarse en algunos casos incluso como “drogas legales”, incompatibles con la conducción. Ese peaje a pagar ante la necesidad de tomar un determinado medicamento, incluso lo cuantifica la Guardia Civil de Tráfico en sus estudios: hasta el 17 por ciento de los conductores que se somete a un control anti-droga en carretera da positivo en alguna sustancia. Cómo afecta cada medicamento a la conducción Para saber qué tipo de medicamento tiene qué efecto concreto en la conducción, repasamos lo primero los tipos más habituales que hay en el mercado en función de su principio activo y su funcionalidad. Recordamos antes que, desde 2007, todos los medicamentos que afectan a la conducción incluyen un pictograma de advertencia en su prospecto. Relajantes, antigripales, antidepresivos, analgésicos, antihistamínicos… Atentos a sus efectos. Obviamente, recalcamos que evites con ellos consumir alcohol durante el tratamiento, ya que muchos de estos fármacos aumentan en combinación sus efectos secundarios y los alteran. Analgésicos: Sirven para tratar sobre todo dolores y sus contraindicaciones alertan de sueño, euforia y mareo. Antihistamínicos: Para tratar resfriados, tos y bronquios, pero pueden alterar el sueño, producir visión borrosa, ansiedad e insomnio. También los Antitusígenos generan más sueño de lo normal Ansiolíticos/hipnóticos: Habituales para tratar insomnios y estados nerviosos, alteran también el sueño e incluso en ocasiones la coordinación. Antidepresivos: También muy habituales, alteran el sueño, pueden generar mareos, hipotensión, visión borrosa y fatiga. Psico-estimulantes: también para tratar problemas como insomnios y nervios, llegan a generar euforia y temblores. Vasodilatadores/antidepresivos: Indicados sobre todo para problemas de circulación y tensión, hay que conocer que pueden generar mareos e hipotensión. Los medicamentos y sus consecuencias en la conducción Qué medicamentos pueden afectar en los test anti-droga Conocidos los principales medicamentos y sus efectos en la conducción, es hora de comprobar también, aptitudes más o menos debilitadas al margen, cuáles de ellos pueden dar falsos positivos por droga en un control de la Guardia Civil en carretera. Todas las sustancias que indicamos debajo de estas líneas son susceptibles de dar falsos positivos por anfetaminas, metilanfetaminas, metadona, opiáceos, fenciclidina, barbitúricos, canabinoides y benzoadiacepinas, según un informe elaborado por la asociación AEA (Automovilistas Europeos Asociados). Eso sí, hay que especificar que la mayoría se detecta en análisis de orina. A continuación, la lista: Ibuprofeno Bromfeniramina (Ilvico) Bupropion (Zyntabac, Elontril) Clorpromazina (Largactil) Clomipramina (Anafranil) Dextrometorfano (Romilar) Difenhidramina (Bisolvon antitusivo compositum y otros) Doxilamina (Cariban, Dormidina y otros) Naproxeno Prometazina (Actithiol antihistamínico, Fenergan expectorante) Quetiapina (Seroquel) Ofloxacino (Surnox) Ranitidina Sertralina Tioridazina Trazodona (Deprax) Venlafaxina Verapamil Lo que dice la Ley y cómo justificarlo Lo primero que hay que destacar es que la Ley de Seguridad Vial es muy clara y apuesta a la tolerancia cero en cuestión de drogas. Así lo recoge textualmente el código, diferenciando al mismo tiempo entre sanción administrativa (es la que penaliza la presencia de drogas en el organismo) con la sanción penal (tipificada ya por la influencia de esas drogas en la conducción). La Guardia Civil intensifica los controles anti droga en carretera Así, el artículo 14.1 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación a Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto legislativo 6/2015 de 30 de octubre, dispone que: «1. No puede circular por las vías objeto de esta ley el conductor de cualquier vehículo con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determinen. Tampoco puede hacerlo el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción establecida en el artículo 10». Esta misma ley típica en su artículo 77-c como infracción muy grave, el «conducir con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas». El artículo 80.2, b) sanciona esta infracción con «multa de 1.000 euros» y lleva aparejada la pérdida de seis puntos en el permiso de conducir (Anexo II de la Ley). Llegados a este último apartado, ¿qué puedes hacer si en un control has dado positivo por un medicamento? La única manera rápida de poder justificarlo sería disponer de una receta médica que justifique en concreto el tratamiento… siempre y cuando ese fármaco no indique claramente su incompatibilidad con la conducción. También podrías solicitar un segundo análisis ya de sangre para contrastar la sustancia en caso de que se deba a un falso positivo. Pero debes tener claro que, sin informe y receta médica, la autoridad podría también valorar si el consumo de ese medicamento demostrado como “legal” afecta a la conducción, en cuyo caso la multa podría alcanzar los mencionados 1.000 euros y 6 puntos de carné. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/da-el-ibuprofeno-positivo-en-la-conduccion-los-medicamentos-y-sus-consecuencias Responder Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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