Ocio Publicado 7 de Marzo del 2018 Denunciar Publicado 7 de Marzo del 2018 07/03/2018 Todo dependerá de si la notificación te la dieron en mano en el momento de la infracción o la multa te llega a casa. Unas llegan antes que otras, pero casi todas llegan. Cuando un conductor comete una infracción de tráfico, la sanción y la multa económica impuesta debe notificarse al propietario del vehículo. La notificación de una multa puede hacerse de dos formas: en mano o por correo. Sea de una forma u otra, una vez recibida la notificación, comenzarán a contar los plazos para pagar la multa. Si en el momento de la infracción el conductor fue parado, informado y recibió la notificación de la multa en mano, el plazo para pagar la sanción empieza a contar desde ese mismo momento. Eso sí, la multa llegará al domicilio en una segunda notificación, pero el plazo importante es el primero porque, además, queda registrado quién era el conductor que cometió la infracción de tráfico. Pero, si la infracción cometida tiene que ver con exceso de velocidad y ha sido captada por un radar, la notificación de la multa será enviada por correo al domicilio del propietario del vehículo. Si el propietario no fuese el infractor, tendría que identificar al conductor que la cometió para que sea él quien reciba la notificación de la multa. Cuándo y cómo se envían las notificaciones Para notificar una denuncia, las administraciones tienen que utilizar la dirección electrónica vial, si la hubiere y, si no, se enviaría por correo certificado o la entrega directa a través del personal del organismo. Si la entrega no pudiese realizarse, también se podría hacer una notificación a través de la publicación edictal. La Ley plantea unos plazos en los que la Administración tiene que actuar en relación con el expediente y, que si no lo hace, se producirá la prescripción. Así, las infracciones de tráfico se notifican en un periodo de entre tres meses y un año, dando prioridad a las infracciones muy graves. Puede haber una demora en el envío de la multa de hasta seis meses como máximo. Cuando es un radar fijo el que capta la infracción, la notificación de la multa por exceso de velocidad suele recibirse entre una y tres semanas. En el caso de los radares móviles, el plazo de la notificación suele ser mayor. Cómo recurrir una multa de velocidad El plazo para recurrir la multa por radar es de 20 días naturales (incluyendo domingos y festivos) desde la notificación de la sanción. En cualquier caso viene indicado en el reverso de la multa. No olvides que si recurres una multa queda anulado el descuento del 50 por ciento por pronto pago. De ahí que muchos conductores, si la multa no es muy elevada, decidan pagarla y beneficiarse del pronto pago. Repasa todos los datos personales que aparecen en la multa -DNI, nombre, apellidos- y también los del coche -marca, modelo y matrícula-, porque cualquier error de forma puede invalidarla. La fotografía debe ser nítida, sin flash para que no haya destellos, debe identificarse el vehículo perfectamente y no puede aparecer otro coche. Si no se cumple uno de estos requisitos, se podría anular por error de forma. Si el conductor no fue parado en el momento de poner la multa por radar, la DGT debe enviar una solicitud para identificar al conductor. Si no lo hacen, presuponen que es el titular del vehículo el que ha cometido la infracción, y este hecho puede servir para solicitar una anulación por “atribución arbitraria de responsabilidad”. El conductor tiene un mes de plazo para presentar un nuevo recurso ante el Ministerio del Interior. En este recurso de reposición, que es como se denomina, el conductor tiene derecho a que le envíen determinadas pruebas para demostrar que esa multa es ilegal. Se puede solicitar, por ejemplo, la ubicación exacta del radar, características, margen de error, certificado de homologación del radar y de la cabina donde está instalado, informe de la última revisión que le realizaron, número del equipo y vehículo o lugar en el que iba instalado (si es móvil y estaba situado fuera de la calzada, se podrá recurrir). FUENTE: http://www.autopista.es/radares-dgt/articulo/cuanto-tarda-llegar-multa-trafico-como-recurrir Responder
Ocio Publicado 13 de Marzo del 2018 Autor Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2018 13/03/2018 La DGT estrenará todos sus nuevos radares para multar en Semana Santa Los nuevos radares Velolaser de la DGT, casi indetectables mientras se conduce, comenzarán a funcionar en Semana Santa. El dispositivo especial de Semana Santa, que se extenderá desde el miércoles 28 de marzo hasta el lunes 2 de abril, contará con nuevos dispositivos encargados de controlar la velocidad a la que se circula en las carreteras españolas. Ahora, además de los dispositivos fijos y móviles con los que ya trabajaba la DGT y los helicópteros Pegasus, habrá que tener cuidado con los 60 nuevos radares Velolaser de tamaño reducido. Nos referimos a la última adquisición de la DGT, que con un lote de 60 unidades han pasado a engrosar la lista de dispositivos de control que ya tiene a su disposición la Guardia Civil. En este caso, se trata de los llamados radares Velolaser, que destacan por su polivalencia y reducido tamaño, ya que sobre un trípode apenas miden 50 centímetros de alto y pueden ser colocados sobre el guardarraíl o una moto. El tamaño, como puedes ver en estas imágenes del Facebook de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, es muy pequeño. Además de ser difíciles de ver por su pequeño tamaño, hay que tener en cuenta que la patrulla de la Guardia Civil no estará junto al radar, ya que ésta recibirá los datos en una tableta y parará a los infractores más adelante, por lo que cada multa será imput*ble al conductor real. Se acabó achacar la circulación a un tercero y quitar puntos a quien lleva años sin conducir. Nuevos radares de la DGT, dónde estarán situados La teoría dice que estos nuevos radares, que en su mayoría ya han pasado el examen de metrología, se situarán preferentemente en los puntos negros de nuestras carreteras, especialmente en las convencionales, donde se producen la mayor parte de los accidentes graves o muy graves. Además, como decíamos, su situación será totalmente imprevisible, ya que pueden funcionar tanto de día como de noche, así como ser montado en otros vehículos (tanto coches como motos) y en los propios guardarraíles. Por último, hay que tener en cuenta que los inhibidores y detectores de radar (ya de por sí prohibidos) tampoco funcionarán con estos nuevos radares, ya que la tecnología láser no permite que estos dispositivos detecten el radar y, por tanto, el conductor pueda librarse de la multa frenando poco antes del lugar vigilado. FUENTE: http://www.autopista.es/radares-dgt/articulo/estrenara-nuevos-velolaser-mas-radares-semana-santa-2018 Responder
Ocio Publicado 13 de Marzo del 2018 Autor Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2018 Radares Velolaser, estreno en Semana Santa La DGT estrenará sus nuevos radares Velolaser, casi indetectables, en la operación especial de Semana Santa. FUENTE: http://www.autopista.es/galerias/radar-velolaser-estreno-operacion-especial-semana-santa-imagenes . . . . Responder
Ocio Publicado 13 de Marzo del 2018 Autor Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2018 . . Radares Velolaser, estreno en Semana Santa . . Responder
Ocio Publicado 13 de Marzo del 2018 Autor Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2018 . . . Radares Velolaser, estreno en Semana Santa . Responder
Tineo Publicado 13 de Marzo del 2018 Denunciar Publicado 13 de Marzo del 2018 hace 1 minuto, Ocio dijo: . . Radares Velolaser, estreno en Semana Santa . . Jaja, Para la foto lo han puesto antes del 80... Responder
Kakahuete Publicado 15 de Marzo del 2018 Denunciar Publicado 15 de Marzo del 2018 Una pena de país este, francamente :-( No hay dinero para lo necesario, pero sí para aparatos como este o similares con la única intención de recaudar y no revertir los ingresos en nada relacionado con la vialidad etc. En fin... Españistan nunca mejor dicho. Ojo no justifico los excesos de velocidad pero esto desde luego no ayuda. Responder
Ocio Publicado 8 de Mayo del 2018 Autor Denunciar Publicado 8 de Mayo del 2018 08/05/2018 Recursos de multas: 10 claves para recurrir con éxito Solo una mínima parte de las multas se recurren aunque solo por la errónea aplicación de los márgenes de radares, un 10% son incorrectas. Te contamos qué argumentos valen para recurrir. Recurrir una multa no es sencillo, la última reforma del Reglamento Sancionador ya se encargó de ello. Pocas opciones para recurrir y un descuento por “pronto pago” del 50 por ciento hace que muchos automovilistas opten por pagar y olvidarse. Pero otros, una pequeña minoría, acuden a los tribunales y cerca de un 40 por ciento ganan los recursos ya sea de forma parcial o total. Pero, ¿qué argumentos valen para recurrir una multa de tráfico? 1. El margen de error No aplicarse correctamente el margen del radar es el motivo más habitual por el que los tribunales están anulando denuncias de los diferentes organismos de tráfico, tanto por parte de la DGT como de Transit de Cataluña y de Trafiko del País Vasco. El margen debe aplicarse sobre la velocidad que consta en la fotografía. 2. La velocidad de la vía No consta la velocidad específica de la vía en el expediente. Esto ocurre, sobre todo, cuando recibimos una multa en un tramo de vía con un límite de velocidad inferior al genérico. 3. Homologación del radar La falta del certificado de la cabina del radar que toma la medición es otro de los motivos por el que podremos ganar el recurso de una multa de velocidad. 4. La fotografía no es panorámica A veces, la fotografía que consta en el expediente de la denuncia no es panorámica, por lo tanto, no se puede acreditar que no sea otro vehículo el que ha hecho saltar el radar. 5. Varios coches en la foto Si en la fotografía de la denuncia aparece más de un vehículo (ya no hay muchas así), podremos recurrir con muchas posibilidades de éxito al no poder acreditarse si ha sido el otro vehículo el que ha hecho saltar el radar. 6. Notificación incorrecta En algunos casos, si la notificación de la denuncia es incorrecta podemos reclamar. Tanto por la entrega en una dirección errónea como por la forma en la que se realiza. Esto es algo que no solo ocurre en las multas de velocidad sino también en otros tipos de sanciones. 7. La infracción ha prescrito La prescripción de la infracción es otro de los motivos para reclamar una multa. En las de velocidad, catalogadas como graves o muy graves, es de seis meses desde que se cometió. 8. 20 días Tanto si recurres como si decides abonar la multa con la reducción del 50 por ciento por «pronto pago», dispones de 20 días. El plazo en todos los casos cuenta a partir del día siguiente a la recepción. 9. Sanción firme En el caso de las sanciones con retirada de puntos, estos no te los quitan hasta que la sanción no es firme. Para saber cuántos tienes, puedes hacerlo en www.dgt.es o en https://www.infopuntos.com. 10. Acude a una empresa especializada En todo caso, si tienes dudas sobre si recurrir o no una multa, lo mejor es que acudas a empresas especializadas en ello que puedan asesorarte. FUENTE: http://www.autopista.es/radares-dgt/articulo/como-recurrir-multas-exito-dgt-trafico-argumentos-claves-2018 Responder
Ocio Publicado 8 de Mayo del 2018 Autor Denunciar Publicado 8 de Mayo del 2018 . Cuánto tiempo tarda en llegar una multa de tráfico y cómo recurrir . Responder
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