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Coches y motos sin etiqueta de la DGT: no podrán circular por Madrid


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Cataluña podría ser la primera comunidad en prohibir el acceso

a los etiqueta B a las ZBE

 

 

 

 

 

 

 

Así lo anunció David Mascort, conseller de Acción Climática del Govern de la Generalitat, que ha marcado el 1 de enero de 2026

como la fecha a partir de la cual los coches con etiqueta B no podrán circular

por ninguna de las Zonas de Bajas Emisiones

de localidades catalanas que tengan

más de 50.000 habitantes.

 

 

Eso sí, sólo será cuando esté activo un protocolo anticontaminación.

 

 

La restricción total para los coches con etiqueta B se producirá dos años después, en concreto el 3 de enero de 2028

(no se aplica los dos días anteriores por coincidir con un fin de semana).

 

 

En este caso ya se les multará si acceden a una ZBE y no se tendrá en cuenta, como en el caso anterior, los protocolos

anticontaminación.

 
 

Una vez hecho este anuncio por parte de la Generalitat ahora le toca mover pieza a los ayuntamientos que deberán incluirlas

dentro de sus diferentes reglamentos.

 

 

En Cataluña ya hay en funcionamiento Zonas de Bajas Emisiones en nueve localidades (Barcelona, Badalona, El Prat de Llobregat,

Gavà, Sant Boi de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Cugat del Vallès, Terrassa y Viladecans)

que ahora deberán incluir en sus normativas esta nueva condición

anunciada por el conseller.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/ya-se-conoce-primera-comunidad-en-se-prohibira-circular-coches-con-etiqueta_297252_102.html

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31 de julio de 2024

 

 

 

 

 

 

Miles de conductores se libran de multas de las Zonas

de Bajas Emisiones por ausencia de esta señal

 

 

La mala señalización por parte de los ayuntamientos ha servido a muchos

conductores para librarse de las multas de las

Zonas de Bajas Emisiones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Miles de conductores se libran de multas de las Zonas de Bajas Emisiones

por ausencia de esta señal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Últimamente las Zonas de Bajas Emisiones están muy de actualidad.

 

 

Hace poco os contábamos que la justicia había anulado varias que se habían regulado en

localidades de Cataluña, algo que puede convertirse en una

corriente por todo el país.

 

 

Pero también conocemos que otros muchos conductores se están librando de las multas por

entrar en estas áreas delimitadas gracias a esta

pequeña argucia.

 

 

En concreto una de las ciudades a las que más se le están acumulando los litigios en diferentes instancias

es al Ayuntamiento de Madrid, según nos cuentan

desde DVuelta.

 

 

La capital fue de las pioneras en implantar estas Zonas de Bajas Emisiones bajo el mandato de Manuela Carmena,

pero ni con ella ni con el actual alcalde José Luis Martínez-Almeida

la identificación ha quedado aplicada de una

forma correcta.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Esta señal marca el acceso a una Zona de Bajas Emisiones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Porque como aparece en el Real Decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones, siempre debe aparecer en el

comienzo de estas áreas la señal con círculo rojo en la que en su interior aparece

un coche con unos puntos negros a su lado derecho

y que fue incluida en el Reglamento General de

Circulación hace unos años.

 
 

Teniendo en cuenta este aspecto, muchos jueces de Madrid están anulando las multas interpuestas a diversos

conductores por circular por las citadas Zonas de Bajas Emisiones.

 

 

En concreto, según nos comentan desde DVuelta ya han sido los juzgados número 6,29,30,31 y 32 los que han

revocado las sanciones porque “no se podía acreditar que los denunciados

hubieran incurrido en una infracción, haciendo prevalecer

la presunción de inocencia”.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/miles-conductores-se-libran-multas-zonas-bajas-emisiones-por-ausencia-esta-senal_297376_102.html
 

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Al Ayuntamiento de Madrid le están revocando muchas multas de las ZBE

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué pasará próximamente con las Zonas de Bajas Emisiones?

Pues respecto a lo que tiene que ver con la señalización estamos seguro de que con la cantidad de

dinero que se recauda a través de las multas por entrar indebidamente en las

Zonas de Bajas Emisiones de Madrid no tardará el consistorio

de la capital en instalar las señales que faltan para

no seguir perdiendo sentencias.

 

 

Aunque estos trabajos tampoco suelen ser rápidos.

 

 

Mientras en el resto de España los diferentes ayuntamientos se están tomando con mucha

calma su implantación.

 

 

Obligatorias en todas las localidades de más de 50.000 habitantes del territorio nacional, según datos

que nos han proporcionado desde el RACE solo 30 de las 149 localidades

han activado ya la regulación de la

Zona de Bajas Emisiones.

 

 

 

 

 

 

 

 

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En Cataluña están anulando Zonas de Bajas Emisiones

 

 

 

 

 

 

 

 

Por otro lado, está el caso de Cataluña. Mientras el Gobierno de la Generalitat están empezando

a dar pasos para hacerlas todavía más restrictivas impidiendo el acceso

a los coches con etiqueta B, el Tribunal Superior de Justicia de la

comunidad autónoma (TSJC) han anulado las ZBE de las

Rondas de Barcelona afectando a las ciudades de

Cornellá de Llobregat, Esplugues de Llobregat

y Sant Adriá de Besós.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/miles-conductores-se-libran-multas-zonas-bajas-emisiones-por-ausencia-esta-senal_297376_102.html

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4 ago. 2024

 

 

 

 

 

Si vives en Madrid deberíais saberlo, así tienes

que moverte para evitar las nuevas multas por ZBE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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El 1 de julio de 2024 entraron en vigor las nuevas restricciones

de movilidad en la Comunidad de Madrid.

 

Así es como deberás moverte para evitar multas.

 

 

 

 

 

El pasado 1 de julio de 2024 entraron en vigor las nuevas restricciones de movilidad en la Comunidad de Madrid, de tal manera

que el 30 de junio finalizó el período de aviso para aquellos vehículos

que no cuentan con un distintivo ambiental. 

 

 

 

 

La Comunidad de Madrid ya está multando en las ZBE  

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son un área de especial protección de las carreteras de la capital madrileña, en las que se

“prohíbe el acceso y la circulación a todos los vehículos que figuran con clasificación

ambiental A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico”,

tal y como informa el Ayuntamiento de Madrid

 

 

En este sentido, las ZBE forman parte del proyecto Madrid 360, una iniciativa que se recoge en la Ordenanza de Movilidad Sostenible,

la cual entró en vigor el pasado 13 de septiembre de 2021.

 

 

Asimismo, dicha ordenanza engloba un total de 21 distritos de la ciudad, sobre los cuales se han ido aplicando diversas restricciones. 

 

 

Como decimos, se han aplicado restricciones de acceso y circulación, con el fin de limitar el acceso a dichos vehículos que, digamos,

no son sostenibles en materia de emisiones de carbono.

 

 

Madrid 360 incluye dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP): Distrito Centro y Plaza Elíptica. 

 

 

Asimismo, cabe resaltar que, desde 2021, ha habido una gran variedad de fases y cambios de normativas.

 

 

 

Vamos a explicar cada una de ellas: 

  • 1 de enero de 2022. Queda prohibido el acceso y circulación por vías urbanas del interior de la M-30, excluyendo

la propia M-30, a vehículos con clasificación ambiental A (sin etiqueta). 

 

 

  • 1 de enero de 2023. Los coches sin distintivo no pueden circular por la M-30 ni su interior. 

 

 

  • 1 de enero de 2024. Los coches sin etiqueta no podrán acceder ni circular por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. 

 

 

  • 1 de enero de 2025. Únicamente podrán acceder a la ZBE de Madrid los vehículos (sin distintivo) adaptados para personas con movilidad

reducida, coches históricos y los vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas. 

 

 

 

 

Aunque no lo hayamos mencionado en el listado, el 1 de julio de 2024 es también una fecha clave.

 

 

A partir de entonces, el Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a emitir multas por valor de 200 euros a todos aquellos coches sin distintivo

que circulen tanto por la M-30 como por la M-40.

 

 

 

 

 

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/vives-madrid-deberiais-saberlo-tienes-moverte-evitar-nuevas-multas-zbe-1396557
 

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¿Qué coches no pueden entrar en la Comunidad de Madrid? 

Como decíamos, a partir del 1 de julio de 2024, los vehículos que no tengan distintivo ambiental de la DGT, es decir, los gasolina

matriculados antes de enero del 2000, y los diésel anteriores a 2006, así como todos

aquellos que no estén empadronados en la capital

o dados de alta en el Impuesto de

Vehículos de Tracción

Mecánica (IVTM). 

 

 

En realidad, esta normativa entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024, pero por aquel entonces no se emitían multas.

 

 

Es decir, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio únicamente se han recibido cartas informativas a modo de aviso. 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cómo circular por Madrid tras las restricciones del 1 de julio de 2024 

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Como decimos, ahora el Ayuntamiento de Madrid pasará a multar a aquellos coches que no tengan distintivo ambiental.

 

 

Estos podrán atravesar Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite

de la M-40, las cuales quedan exentas de restricciones

 

 

De esta manera, los vehículos con distintivo Cero emisiones y ECO, no tendrán ningún tipo de problema a la hora de

circular y aparcar en la capital.

 

 

En este sentido, serán los vehículos con Etiqueta C y B los más afectados

 

 

En cuanto a los primeros, es decir, los de Etiqueta C , está permitida su entrada en Madrid ZBE y en la ZBEDEP

de Plaza Elíptica sin ningún tipo de restricción.

 

 

Sin embargo, las restricciones comienzan en la ZBEDEP Distrito Centro.

 

 

 

Sólo podrán entrar si:

  • Estar registrado en el padrón del Distrito Centro y tener el vehículo registrado en la ciudad de Madrid.

 

 

  • Contar con una invitación de un residente (y, por ende, registrado en el padrón) del Distrito Centro.

 

 

  • Ser una empresa o trabajador autónomo con actividades en un local u oficina en el Distrito Centro o ser invitado por alguno de ellos.

 

 

  • Ser un vehículo destinado al transporte de personas con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

residentes en el Distrito Centro.

 

 

  • Disponer de una plaza de garaje particular o ser cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para

 

 

  • Ser un taxi o VTC con un servicio contratado previamente con origen o destino en el Distrito Centro.

 

 

  • Contar con una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.

 

 

  • Ser un vehículo destinado a la práctica de conducción de una autoescuela en el Distrito Centro.

 

 

  • Tener una cita en un taller de reparación de vehículos en el Distrito Centro.

 

 

  • Ser un vehículo necesario para realizar ocupaciones y actos en la vía pública, autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.

 

 

  • Ser un vehículo utilizado por abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio exclusivamente para ese servicio.

 

 

  • Ser un vehículo para dejar o recoger estudiantes de educación infantil, primaria y secundaria cuando sea necesario.

 

 

  • Trabajar en un establecimiento del Distrito Centro en horario nocturno (de 00:00 a 06:00 horas).

 

 

  • Ser un vehículo de empresas o profesionales que prestan servicios o entregan y recogen suministros: se permite la entrada

de 7:00 a 15:00 horas. Los turismos, ciclomotores y motocicletas están excluidos de esta condición.

 

 

  • Aparcar en un parking de uso público.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/vives-madrid-deberiais-saberlo-tienes-moverte-evitar-nuevas-multas-zbe-1396557

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En lo que se refiere a los vehículos con Etiqueta B, a la hora de entrar en la Madrid ZBE y en ZBEDEP Plaza Elíptica,

no tienen ninguna restricción.

 

 

 

De nuevo, las sanciones comienzan en la ZBEDEP de Distrito Centro. Podrán entrar si:

  • Estar registrado en el padrón del Distrito Centro y tener el vehículo registrado en Madrid.

 

 

  • Ser una empresa o autónomo que opere en un local u oficina en el Distrito Centro o que haya sido invitado por ellos.

 

 

  • Ser un vehículo utilizado para transportar personas con tarjeta de estacionamiento para movilidad reducida.

 

 

  • Poseer una plaza de garaje particular o ser cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para residentes en el Distrito Centro.

 

 

  • Ser un taxi o vehículo de transporte con conductor (VTC) con un servicio previamente contratado con origen o destino en el Distrito Centro.

 

 

  • Utilizar un vehículo para dejar o recoger estudiantes de educación infantil, primaria o secundaria cuando sea necesario.

 

 

  • Ser un vehículo de empresas o profesionales que presten servicios o realicen entregas y recogidas de suministros, con acceso permitido

de 7:00 a 15:00 horas. Esta condición excluye a turismos, ciclomotores y motocicletas.

 

 

  • Aparcar en un estacionamiento de uso público.

 

 

  • Vehículos con una masa máxima autorizada (MMA) entre 3.500 y 18.000 kilos: podrán ingresar de 07:00 a 13:00 horas hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

 

 

Así que, ya sabes. Recuerda que deberás evitar la M-30 así como la M-40, y circular por el exterior

de la M-40, por la M-45 y la M-50 si no quieres ser multado

 

 

con una sanción de 200 euros (100 con pronto pago). En caso de que necesites más información, te dejamos

un enlace al plan completo de Madrid 360.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/vives-madrid-deberiais-saberlo-tienes-moverte-evitar-nuevas-multas-zbe-1396557

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  • 3 semanas más tarde...

23 de agosto de 2024

 

 

 

 

Estos son todos los nuevos coches que no podrán circular

tampoco ya por Madrid desde enero de 2025

 

 

En julio el Ayuntamiento de Madrid comenzó a multar a los coches más contaminantes

por circular y acceder a la capital.

 

Sin embargo, las restricciones entrarán a partir de enero en una segunda fase, y más vehículos

tendrán prohibiciones.

 

Más de 450 cámaras vigilarán.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Estos son todos los nuevos coches que no podrán circular tampoco

ya por Madrid desde enero de 2025

 

 

 

 

 

 

Se acerca la fecha y, en poco más de cuatro meses, más vehículos sufrirán las restricciones impuestas

por Madrid y tendrán prohibido circular por todo el término municipal

de la capital de España. Ya no hay vuelta atrás.

 

 

 

 

Los vehículos residentes sin etiqueta tampoco podrán

circular ya por Madrid 

Si el pasado día 1 de julio concluía el período de aviso comenzando el Ayuntamiento de Madrid a sancionar la circulación de todos

los vehículos más contaminantes, es decir, de los que no cuentan con derecho a etiqueta de la DGT al estar

clasificados como A, a partir ahora del 1 de enero de 2025 estas restricciones se ampliarán

también a estos mismos vehículos, pero ya incluso a los que estén empadronados

en Madrid o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción

Mecánica (ITVM), que hasta ahora

estaban exentos.

 
 

Con esta nueva fase, Madrid ya multará en todo su término municipal por tanto a cualquier vehículo sin etiqueta, es decir, a los diésel matriculados

antes del año 2006 y a los de gasolina previos

al año 2000.

 

 

Se trata así de todos los vehículos turismo con clasificación ambienta A y del grupo 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno).

 

 

Pero las prohibiciones además no quedarán solo ahí.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Todos los coches sin etiqueta no podrán circular ya por Madrid.

Las restricciones se amplían también para residentes

y empadronados.

 

 

 

 

 

 

 

Y es que desde el 1 de enero de 2025 también prohibirá Madrid los accesos y circulación de los camiones, furgonetas,

motocicletas y ciclomotores de categoría A, que tampoco han tenido

hasta el momento restricciones.

 

 

El próximo día 31 de diciembre de 2024 será el último en el que todos estos vehículos puedan circular por Madrid.

 
 
 
 

Prohibido circular de la M-40 hacia dentro de Madrid

Tal y como te hemos ido contando desde que entraron las primeras restricciones en vigor en julio, y que desde 2025 se ampliarán

también a los residentes, la norma considera textualmente que ninguno

de los vehículos sin derecho de acceso puede entrar

a la ciudad o cruzar los límites de su término

municipal.

 

 

Es decir, ninguno podrá circular de la M-40 hacia dentro, pero sí podrán hacerlo por la misma M-40 o por las radiales M-45 y M-50

para garantizar la movilidad y la conectividad viaria en el camino

de atravesar la ciudad hacia otros destinos.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-todos-nuevos-coches-no-podran-circular-tampoco-ya-por-madrid-enero-2025_298481_102.html
 

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Si durante el primer período de aviso que se inicio en enero de 2024 el Ayuntamiento de Madrid ya aseguró que había enviado en 6 meses

un total de 358.661 cartas informativas advirtiendo de futuras multas por incumplir la normativa de accesos

y circulación por la capital, el propio delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y

Movilidad de Madrid, Borja Carabante, confirmaba en julio que, con la

entrada en vigor de las sanciones a todos los coches sin etiqueta

no residentes, el Consistorio estaba gestionando hasta

unas 1.400 multas diarias”, que esperaban ir

reduciendo progresivamente con los meses

para finalmente denunciar a un 30 por

ciento de este total de

manera habitual.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La M-40 es la que marca el límite. De esta vía hacia dentro no se podrá

circular sin derecho de acceso.

 

 

 

 

 

 

 

Más de 450 cámaras ya ponen multas de 200 euros

Para ello, Madrid ya ha activado toda una red de cámaras ya activas que controlan todos los accesos

y la circulación, con un total de más de

450 dispositivos.

 

 

En concreto, el control automatizado incluye hoy un total de 257 cámaras instaladas en todo el perímetro

interior de la M-30 y en la propia vía de circunvalación, junto a otras 207

cámaras que controlan la zona exterior de la M-30 y hasta

los límites de la M-40, hasta donde hemos dicho

que llegan las restricciones.

 

 

A todo ello hay que sumar un total de al menos 37 semáforos foto-rojo que también tienen ya la capacidad de, no solo

sancionar por saltarse un semáforo en rojo, sino además por circular

por Madrid hoy sin etiqueta medioambiental

de la DGT.

 

 

Recordamos por último que la sanción estipulada ya por no respetar estas normas de circulación y acceso a Madrid

es de 200 euros, tal y como fija ya la Ley de Tráfico al considerarse

una infracción grave.

 

 

Atentos por tanto todos los vehículos clasificados como A y sin etiqueta, porque desde enero de 2025 también

tendrán multas los residentes

y empadronados.

 

 

Se acaban las excepciones.  

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-todos-nuevos-coches-no-podran-circular-tampoco-ya-por-madrid-enero-2025_298481_102.html

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