Ocio Publicado 20 Noviembre Autor Denunciar Publicado 20 Noviembre Primera sentencia tras el recurso del Ayuntamiento de Madrid Automovilistas Europeos Asociados asegura que es la primera sentencia de este tipo que se produce ya con el recurso del Ayuntamiento de Madrid a la anulación de sus Zonas de Bajas Emisiones, abriendo la vía a más devoluciones de sanciones a pesar de que el propio Consistorio ya anunció el pasado mes de septiembre que “no devolvería el dinero de las multas de las ZBE de Madrid aunque lo tumbe el Supremo”. El presidente de AEA, Mario Arnaldo, asegura ahora que “esta sentencia constituye un importante precedente judicial por cuanto de forma muy bien fundamentada se anula una sanción impuesta en base a una ordenanza que es contraria a la Constitución o a la ley y frustra la utilización abusiva de los recursos de casación ante el Tribunal Supremo por parte de la Administración, como estrategia dilatoria para seguir recaudando multas de dudosa legalidad, que luego no devuelve”. AEA recomienda recurrir todas las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en las Zonas de Bajas Emisiones. El Ayuntamiento de Madrid, incompetente para multar infracciones en la A-42 La misma sentencia, como hemos anticipado, considera que el Ayuntamiento de Madrid es incompetente para sancionar infracciones en la A-42, confirmando que “la zona de bajas emisiones en Plaza Elíptica está mal señalizada, es una carretera nacional de titularidad estatal donde el ayuntamiento ni tiene competencias para su mantenimiento ni para sancionar, y el conductor no tiene posibilidad de dar la vuelta o retroceder, por lo que la propia vía te conduce a atravesar la zona de bajas emisiones”. Tras conocer todos estos nuevos detalles judiciales, AEA vuelve a recomendar a todos los automovilistas afectados a que recurran todas las multas impuestas en las ZBE de la capital y agoten todas las posibilidades de defensa contra sanciones que considera de más que “dudosa legalidad”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/ni-recursos-madrid-frenan-anulacion-multas-17-millones-sanciones-pueden-devolverse_302642_102.html Responder
Ocio Publicado 23 Noviembre Autor Denunciar Publicado 23 Noviembre 22 de noviembre de 2024 Otra gran ciudad aprueba su ZBE obligatoria y prohibirá también circular a los coches con etiqueta B Ya se ha aprobado en San Sebastián la normativa de su Zona de Bajas Emisiones, que limitará también próximamente el acceso a coches con etiqueta B . Otra gran ciudad aprueba su ZBE obligatoria y prohibirá también circular a los coches con etiqueta B San Sebastián era de las pocas ciudades grandes que todavía no tenía aprobado una regulación para su Zona de Bajas Emisiones. Pero, en el último Pleno municipal se aprobó definitivamente su ordenanza, completando de esta manera el último paso a realizar antes de que pueda entregar en vigor. Para eso, ya solo quedaría que sea publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG), algo que sucederá en pocos días. En ese momento ya se podrá afirmar que ha entrado en vigor, pero como en muchas otras localidades se otorgará un periodo de adaptación a toda la ciudadanía en el que no se multará. También servirá para que los conductores que no tengan acceso por la normativa aprendan a pedir autorizaciones desde la págin a web habilitada o desde las oficinas dedicadas a la ZBE. San Sebastián ya tiene lista su Zona de Bajas Emisiones En concreto se ha anunciado desde el Ayuntamiento de San Sebastián que las cámaras de control colocadas en los accesos de las áreas restringidas empezarán a operar en enero de 2025. Durante los dos primeros meses, enero y febrero, se aplicará el periodo de gracia, en el cual solo se notificará a los conductores de su infracción, pero no conllevará una multa. Pero a partir de marzo ya comenzarán las sanciones a quien no cumpla la normativa. En ese tercer mes de 2025 comienza la que se ha denominado fase inicial de la Zona de Bajas Emisiones de San Sebastián y que extenderá hasta el 2027. En ella, se prohibirá el acceso a esta área a todos aquellos vehículos que no tengan distintivo ambiental, ya saben en el caso de los turismos son los gasolina anteriores a 31 de diciembre del 2020 que no cumplan Euro3 y los diésel cuya matriculación fue antes del 31 de diciembre de 2005 y que no homologuen la Euro4. La idea es que, a partir del 1 de enero de 2028, cuando comienza la segunda fase, se extenderá esta limitación a los coches con etiqueta B . FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/otra-gran-ciudad-aprueba-su-zbe-obligatoria-prohibira-tambien-circular-coches-con-etiqueta_302824_102.html Responder
Ocio Publicado 23 Noviembre Autor Denunciar Publicado 23 Noviembre A partir de 2028 los coches etiqueta B no podrán circular por la ZBE de San Sebastián Como suelen suceder en todas las Zonas de Bajas Emisiones siempre se contemplan una serie de excepciones. En el caso de la capital guipuzcoana se permite el acceso a aquellos vehículos sin etiqueta de personas empadronadas en la ZBE, de los declarados para personas de movilidad reducida o de actividades económicas, los históricos y los taxis o VTC. Aunque hay que señalar que este último gremio no podrá acceder con este requisito tras comenzar la segunda fase. El área delimitada por el Ayuntamiento de San Sebastián lo puedes ver en el mapa adjunto a esta noticia, abarcando una superficie total de 1,2 kilómetros cuadrados. Fue elegido porque según indicó el consistorio “es la zona de la ciudad con mayor concentración de tráfico de vehículos y teniendo en cuenta que la distancia más larga supone 20 minutos andando a pie”. Por si te quedas con duda de alguna calle en concreto en este enlace puedes consultar todas las que quedan dentro. Área Zonas de Bajas Emisiones de San Sebastián Con el fin de ofrecer la máxima información a todos los ciudadanos, el Ayuntamiento ha habilitado una oficina física en la Plaza Arroka, que estará abierta de lunes a viernas. También se pone a disposición la asistencia telefónica (943 48 10 00) y una página web dedicada. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/otra-gran-ciudad-aprueba-su-zbe-obligatoria-prohibira-tambien-circular-coches-con-etiqueta_302824_102.html Responder
Ocio Publicado 26 Noviembre Autor Denunciar Publicado 26 Noviembre 25 de noviembre de 2024 Estos son todos los coches que no podrán circular ya por Madrid en solo un mes, en 2025 A partir del 1 de enero de 2025 la normativa sube un escalón más en sus restricciones, afectando a miles de vehículos. Estos son todos los coches que no podrán circular ya por Madrid en solo un mes, en 2025 La ordenanza municipal aprobada el 13 de septiembre de 2021 para la regularización de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid llega en apenas un mes a su último punto de restricciones. A la vuelta de la esquina, pues para el 2025 ya quedan pocos días, muchos vehículos ya no podrán circular libremente por todo el territorio de la capital española. Y aunque, como en los anteriores puntos, se activará un periodo de preaviso en el que no se multará y que durará unos meses, la preocupación ha aumentado en muchos conductores. Según algunos medios, esta nueva medida afectará a unos 15.000 vehículos que circulan diariamente por la capital y que en caso de seguir circulando por su Zona de Bajas Emisiones podrán sufrir sanciones económicas. Hay que recordar que la multa en cuestión está catalogada como grave siendo de 200 euros (la mitad pagando con pronto pago) y que no conlleva la retirada de puntos del carnet de conducir. La Zona de Bajas Emisiones de Madrid será más restrictiva en 2025 Los cambios que llegan el 1 de enero Se podría decir que la Zonas de Bajas Emisiones de Madrid se separa varias zonas que es importante conocer. Por un lado, se encuentra toda el área de la capital, en el que cual ya no se permitía la entrada de vehículos sin distintivo desde el 1 de enero de este 2024. A esto se suman los espacios de Especial Protección (ZBEDEP) tanto en el Centro como en Plaza Elíptica, que son mucho más restrictivos en su reglamento dejándolos prácticamente para etiquetas Eco y 0 emisiones. Mientras tanto, como ya te hemos ido contando en Autopista, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaraba nulos determinados preceptos legales de la Ordenanza de Movilidad Sostenible sobre la que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones de la capital. Pese a ello, el Ayuntamiento todavía tienen potestad para seguir multando a todos aquellos vehículos que no cumplan con la norma, aunque desde la oposición, se ha pedido a los magistrados una ejecución provisional del fallo, con el fin de no afectar a miles de conductores ya y en los próximos meses. Aunque la Justicia ha fallado en contra de la ZBE de Madrid, todavía siguen multando FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-todos-coches-no-podran-circular-ya-por-madrid-en-solo-mes-en-2025_302890_102.html Responder
Ocio Publicado 26 Noviembre Autor Denunciar Publicado 26 Noviembre Pero, dado que el Ayuntamiento ha recurrido la sentencia, todavía les permite seguir poniendo multas a los conductores y teniendo en cuenta los ritmos que lleva la justicia en nuestro país, permitirá al consistorio madrileño ganar un tiempo que podría llegar hasta los cuatro años. Teniendo en cuenta todos estos aspectos, vamos a repasar qué vehículos ya no tendrán permitido el acceso libre a partir del próximo 1 de enero de 2025: Residentes: hasta ahora todos aquellos vehículos sin distintivo que estaban empadronados en la capital a fecha el 1 de enero de 2022 y paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid estaban exentos, pero a partir de ahora también serán multados si entran en las ZBE. Vehículos de movilidad reducida: en este punto la normativa es un poco ambigua por parte del Ayuntamiento, pero lo que entendemos es que a partir del 2025 será más complicado conseguir el permiso mediante el alta en el Sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE para aquellos que no tengan distintivo. Por último, no se permitirá tampoco el acceso a todos aquellos vehículos que no tengan distintivo incluyendo aquí los camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores. ¿Conseguirá el Ayuntamiento de Madrid eludir a la justicia? Las excepciones para 2025 Aún aumentando un poco más las restricciones para el 2025, desde la ordenanza municipal todavía se contemplan una serie de excepciones para aquellos vehículos que no tienen distintivo, pero es posible que no duren mucho tiempo. Son las siguientes: Como comentaba antes, el Ayuntamiento todavía permitirá el acceso a algunos de estos vehículos de personas de movilidad reducida, siempre que se den de alta en la web y exhiban la respectiva TEPMR. Otra de las excepciones contempladas es para los vehículos que se han declarado como históricos dentro del Registro de Vehículos de la DGT y que cumplan con el último reglamento publicado. Los últimos que quedan incluido son los de emergencias, como podrían ser los de extinción de incendios. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-todos-coches-no-podran-circular-ya-por-madrid-en-solo-mes-en-2025_302890_102.html Responder
Ocio Publicado 28 Noviembre Autor Denunciar Publicado 28 Noviembre 27 de noviembre de 2024 El truco al que se aferran ya muchos conductores para poder circular por Zonas de Bajas Emisiones Protegidos ya desde la propia DGT y muchos ayuntamientos, un tipo de vehículo casi desahuciado se ha convertido en la solución para poder seguir circulando por Zonas de Bajas Emisiones. En Madrid se multiplican. El truco al que se aferran ya muchos conductores para poder circular por Zonas de Bajas Emisiones Con la aprobación del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, en vigor desde el pasado día 1 de octubre, el Gobierno abrió la veda. Sí, esta nueva normativa se venía ya reclamando durante años desde el sector, ya que el anterior Real Decreto que lo regulaba databa de 1995, y efectivamente ha significado un gran paso para estos automóviles al simplificar sus procesos de tramitación, abaratarlos, clasificarlos mejor y eximirles, por ejemplo, de pasar la ITV a los más antiguos de 60 años. Sin embargo, un nuevo epígrafe ha terminado por convertirse casi en un salvoconducto para muchos conductores: la opción de libre circulación por las Zonas de Bajas Emisiones. Así, a pesar de no contar con etiqueta medioambiental, estos vehículos regulados ya como históricos, puede tener el acceso permitido a las nuevas Zonas de Bajas Emisiones, que como sabrás van a ser ya obligatorias en 2025 en más de 150 ciudades españolas. Aunque son los ayuntamientos quienes regularán finalmente estas áreas, la DGT ya ha pedido a todos los organismos urbanos que “establezcan fórmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulación a aquellos propietarios que hacen uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos”. El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos está suponiendo un gran impulso para la matriculación de estos automóviles. Se multiplica en Madrid el número de vehículos históricos Algunas ciudades, como por ejemplo Madrid, ya aplican esta normativa, permitiendo su circulación, a pesar de no poder eso sí estacionarse o aparcar dentro de estas áreas. Además, su ayuntamiento bonifica al 100% el impuesto de circulación de estos coches históricos, que terminan hasta por salir más baratos al cabo del año. Pues bien, esta doble ventaja para los vehículos históricos, la de simplificar y abaratar sus trámites para catalogarlos así y la de permitir su acceso a las Zonas de Bajas Emisiones, está suponiendo un verdadero impulso para estos automóviles que, si se contabilizaban en 5.441 en 2023 en toda la Comunidad de Madrid, en apenas un mes los datos de la DGT aseguran que se han sumado al menos ya casi otras 200 matriculaciones más. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/truco-se-aferran-ya-muchos-conductores-poder-circular-por-zonas-bajas-emisiones_303003_102.html Responder
Ocio Publicado 28 Noviembre Autor Denunciar Publicado 28 Noviembre Podrán entrar a las Zonas de Bajas Emisiones... Hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2025 Madrid prohibirá ya circular por todo su término municipal a todos los coches ya sin etiqueta medioambiental, estén o no empadronados en la ciudad, con las únicas excepciones de los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, los de emergencias y los mencionados históricos. Los vehículos históricos podrán entrar a Zona de Bajas Emisiones, pero un máximo de 96 días al año. Por aquí empieza a entenderse ya este boom que está experimentando este tipo de vehículo y más que lo hará: la propia DGT ha calculado que, de los 47.000 catalogados así actualmente, se pasará a 120.000 vehículos históricos cuando concluya 2024 gracias a esta nueva regulación. ... Pero solo 96 días al año Eso sí, para que no se aplique el dicho de “hecha la ley, hecha la trampa” y que este tipo de automóvil antiguo termine paradójicamente siendo usados para salvar precisamente las restricciones medioambientales, el Gobierno introdujo en el nuevo Real Decreto que regulaba el reglamento el nuevo concepto de “vehículos de uso ocasional o esporádico”. Este matiz es ahora muy importante, ya que solo permitirá a estos vehículos históricos poder circular por estas Zonas de Bajas Emisiones durante un máximo de 96 días al año, es decir, si contemplásemos siempre su uso, al mes solo podrían utilizarse un máximo de 8 días, lo que supondría dos veces por semana. Además, la DGT quiere obligar también a que sus conductores firmen una declaración responsable al solicitar una clasificación de vehículo histórico, comprometiéndose a no usarlos más de estos 96 días al año. En caso contrario, y si las autoridades o cámaras que regulan las ZBE detectan que un vehículo clasificado como histórico excede ese plazo, Tráfico podría incluso retirar y suspender la clasificación del vehículo como histórico, al margen de imponer las sanciones correspondientes. Hasta 120.000 vehículos estarán exentos en un año de pasar la ITV, según las previsiones de Vehículos Históricos. Hasta ahora los estudios de la Federación Española de Vehículos Antiguos, la FEVA, aseguran que el 61% de los vehículos históricos en España circula menos de 20 días al año. Pero claro, con estas novedades ya hay quien está aprovechando las nuevas ventajas de uso. Lógicamente. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/truco-se-aferran-ya-muchos-conductores-poder-circular-por-zonas-bajas-emisiones_303003_102.html Responder
Ocio Publicado 29 Noviembre Autor Denunciar Publicado 29 Noviembre 28 de noviembre de 2024 El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente a través de radares móviles Hasta cuatro tribunales distintos han condenado al Ayuntamiento de Madrid a anular multas impuestas por radares móviles al demostrar que incumplen reiteradamente el procedimiento sancionador. Miles de sanciones podrían así recurrirse al ser ilegales. El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente a través de radares móviles Toma buena nota, porque no han sido ya ni uno, ni dos. Nada menos que cuatro tribunales distintos han emitido en las últimas semanas sentencias en contra del Ayuntamiento de Madrid ante recursos planteados por la entidad de defensa de los conductores Dvuelta al considerar que incumple la normativa concerniente al uso y aplicación de los radares móviles en España. En concreto, han sido ya los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº 6, Nº 27, Nº 16 y Nº21 de Madrid los que han emitido ya estos dictámenes en contra del Ayuntamiento de la capital por un mismo motivo que Dvuelta lleva años denunciando: errores continuados en las pruebas adjuntadas para justificar multas impuestas por exceso de velocidad por radares móviles. La anulación de estas primeras multas ha terminado también por evitar la pérdida de puntos del carnet de conducir de los infractores, condenando al mismo tiempo al Ayuntamiento de Madrid a pagar las costas judiciales. Pero, ¿cuál es exactamente el error en el que incurren continuamente las autoridades municipales de la capital? Los radares no acreditan la presencia de un operador, ni las multas emiten las dos fotos obligatorias Los cuatro diferentes tribunales de Madrid coinciden en sus sentencias al considerar que el Ayuntamiento, en estas sanciones de exceso de velocidad, “no acredita la obligada presencia de un operador de radar, preceptivo cuando se trata de un radar móvil o estático, es decir, de todos excepto de los denominados radares fijos, que son los que se sitúan dentro de una cabina en pórticos o en postes junto a la carretera”, asegura Dvuelta. El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente con sus radares móviles. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/ayuntamiento-madrid-condenado-por-multar-irregularmente-traves-radares-moviles_303032_102.html Responder
Ocio Publicado 29 Noviembre Autor Denunciar Publicado 29 Noviembre Desde el departamento jurídico de la asociación nos explican que la ley obliga ya en España a acreditar en sus expedientes la presencia de operadores autorizados para el manejo de este tipo de radares móviles, siempre y cuando en las denuncias no se incluya la toma de dos imágenes diferentes en momentos consecutivos que son obligatorias para el procedimiento sancionador de estos cinemómetros. Y, obviamente, estas dos fotografías tampoco se incluyen en las denuncias a los infractores. Es exactamente la Orden ITC/155/2020, de 7 febrero, de control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, la que confirma en su texto que a los radares “que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomadas en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación". La DGT también ha sido condenada por cometer los mismos errores en los procedimientos sancionadores por radares móviles que el Ayuntamiento de Madrid. La DGT, también condenada a anular multas por el mismo error continuado A pesar de que el Ayuntamiento de Madrid es la administración de momento más condenada por este motivo, no es la única. De hecho, la DGT también ha recibido en las últimas semanas hasta tres sentencias firmes en su contra por este mismo motivo, dictaminadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº2 de Badajoz, Nº10 de Madrid y Nº6 de Las Palmas. Dvuelta denuncia ahora que este procedimiento irregular en la imposición de multas por radares móviles es “habitual y común” en España, repitiéndose a lo largo del tiempo. Todas estas sentencias “coinciden en sus fundamentos de Derecho en este mismo hecho irregular”, dando la razón a su entidad en todos los recursos. Así, desde la asociación animan a recurrir este tipo de sanciones, confirmando que “millones de multas por exceso de velocidad incurren en esta irregularidad” en toda España y pueden ser anuladas. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/ayuntamiento-madrid-condenado-por-multar-irregularmente-traves-radares-moviles_303032_102.html Responder
Ocio Publicado 30 Noviembre Autor Denunciar Publicado 30 Noviembre 29 de noviembre de 2024 El Gobierno y la DGT no imponen las restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones: son municipales Se acerca 2025 y más de 150 ciudades de toda España contarán próximamente con Zonas de Bajas Emisiones obligatorias. Una ley nacional las exige, pero las restricciones finales dependen de cada ayuntamiento, que decide qué vehículos pueden tener o no acceso a estas áreas. El Gobierno y la DGT no imponen las restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones, son municipales El impacto sobre la movilidad de las Zonas de Bajas Emisiones ya es importante, pero va a ser enorme. Llega 2025 y se va poco a poco agotando el plazo para que todas las ciudades de más de 50.000 habitantes, así como los territorios insulares y las poblaciones de más de 20.000 habitantes con incumplimientos en materia de calidad del aire, definan y aprueben definitivamente sus áreas protegidas obligatorias con restricciones medioambientales. Y, si crees que las prohibiciones son dura, aún solo estamos vislumbrando las primeras. De hecho, solo el 22 por ciento de estas ciudades, es decir, apenas 33, ya tiene activas hoy y en marcha sus nuevas Zonas de Bajas Emisiones. Y en la mayoría de ellas ya hemos podido conocer cómo, además de prohibir los accesos a los coches sin etiqueta medioambiental, los más antiguos, también comienza a restringirse la circulación de los vehículos con etiquetas B y C de la DGT, los más numerosos. Madrid, Barcelona, Bilbao, Málaga, San Sebastián, Valladolid, Getafe, Palma de Mallorca… Los casos aumentan cada mes. Consciente de esta realidad, ¿de qué depende que mi vehículo pueda entrar o no en la ZBE de mi ciudad? Si tengo etiqueta C de la DGT, pongamos como ejemplo, ¿quién es el responsable de prohibirme acceder a perímetros protegidos medioambientalmente? Vayamos por partes, porque el tema sin duda tiene mucha miga y hay mucha desinformación al respecto. Hay, desafortunadamente aquí, para todos. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética regula qué ciudades deben contar con Zonas de Bajas Emisiones. Europa no impone Zonas de Bajas Emisiones, no hay obligación Justificadas estas Zonas de Bajas Emisiones originariamente en base a directivas europeas que, supuestamente, obligaban a nuestro país a activar estas Zonas de Bajas Emisiones, en la última XXII edición del Encuentro Ciudadano con la Movilidad, un evento organizado por el RAC Vasco Navarro y que contaba con la colaboración de Pons Mobility, Arag y Caser Seguros, el abogado Francisco Lopez Lera fue tajante desmintiendo esta justificación de Gobierno y ayuntamientos al asegurar que, desde una perspectiva jurídica, “es erróneo y falso justificar la implantación de las ZBE, y en los formatos que proponen los Ayuntamientos, en base a una supuesta imposición por parte de Europa ya que la directiva europea establece una serie de recomendaciones y principios pero no imposiciones”. El experto jurídico confirmaba que “la norma o directriz europea recoge que es necesario elaborar planes de calidad del aire, donde hagan falta verdaderamente (en base a supuestos y circunstancias reales demostrables). Si no es necesario no deben establecerse teniendo en cuenta que afecta a sectores y genera desigualdades”. Asimismo, matizaba que esta directiva europea incluye términos como “los municipios podrán” que no significa lo mismo que “deberán o tendrán la obligación de…”. Los Ayuntamientos son quienes imponen las restricciones exactas a los vehículos que consideran. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/gobierno-dgt-no-imponen-restricciones-en-zonas-bajas-emisiones-son-municipales_303061_102.html Responder
Ocio Publicado 30 Noviembre Autor Denunciar Publicado 30 Noviembre Los Ayuntamientos deciden las restricciones y los vehículos que las sufrirán Hasta aquí, fácil de comprender. Sin embargo, el Gobierno sí decidió incluir estas nuevas Zonas de Bajas Emisiones en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, como parte de la negociación con la Unión Europea para recibir importantes fondos de recuperación. Sirviendo así de base normativa, el Ejecutivo ponía una serie de condiciones mínimas para delimitar estas áreas, pero dejaba ya en manos de los ayuntamientos su implantación como medida para mejorar la calidad del aire en los núcleos urbanos. Esta ley, por tanto, establece finalmente que son “los ayuntamientos de las ciudades afectadas los que deben diseñar, crear, delimitar y establecer qué coches pueden o no acceder a las nuevas Zonas de Bajas Emisiones, pudiendo establecer medidas de carácter continuo o temporal como restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos”, pudiendo utilizar para ello la clasificación de éstos por su nivel de emisiones, es decir, según su etiqueta o distintivo medioambiental de la DGT. Esta es la señal R-120 aprobada por la DGT para delimitar las Zonas de Bajas Emisiones. La DGT aprobó la nueva señal que delimita las Zonas de Bajas Emisiones Otras medidas contempladas por el Gobierno en esta ley son el fomento del uso del transporte público y colectivo, así como la mayor proliferación e instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos y para otro tipo de energías sostenibles y limpias como el hidrógeno. Eso sí, lo que también establecía el Real Decreto del Ejecutivo era “la necesidad de señalizar previamente y debidamente las áreas ZBE en cada una de las ciudades afectadas”, aprobando la propia DGT una instrucción con una nueva señal común, la R-120, y considerando como infracción grave no cumplir sus directrices. Así que las restricciones finales están llegando impuestas por cada ayuntamiento, y con la sensación final de que hay siempre un trasfondo económico y recaudatorio. De hecho, en su intervención, el experto jurídico Francisco Lopez Lera considera que “los políticos necesitan recaudar y no van a descuadrar las cuentas por estas premisas. En un supuesto de que se hiciera o incluso en el supuesto de que desapareciesen los vehículos o se redujese el parque de forma significativa, se buscaría otra forma de recaudación que, seguramente, pasaría por una subida en el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles)”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/gobierno-dgt-no-imponen-restricciones-en-zonas-bajas-emisiones-son-municipales_303061_102.html Responder
Ocio Publicado 3 Diciembre Autor Denunciar Publicado 3 Diciembre 2 de diciembre de 2024 ¡Todas las multas de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid tienen que anularse! Casi 2 millones… El Ayuntamiento de Madrid puede sufrir uno de los mayores varapalos judiciales que se recuerdan en España en cuestiones de multas. Según AEA, ninguna de las casi 2 millones de denuncias por incumplir los accesos a sus Zonas de Bajas Emisiones cumple los requisitos judiciales. Ya hay sentencias que lo confirman. ¡Todas las multas de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid tienen que anularse! Casi 2 millones… Increíble, pero cierto. Justo en la semana en la que conocemos que millones de multas impuestas por radares móviles de la DGT y del Ayuntamiento de Madrid pueden ser ilegales por no mostrar en el procedimiento ni dos fotografías obligatorias de la infracción, ni la presencia de un operador de radar que también puede ser necesario, nuevas sentencias ponen esta vez en entredicho otras dos millones de multas en Madrid, ahora por acceder sin etiqueta a las Zonas de Bajas Emisiones de la capital. Esta vez es la asociación Automovilistas Europeos Asociados, AEA, quien denuncia expresamente que en concreto “ninguno de los 1.997.414 expedientes sancionadores incoados por el consistorio madrileño desde septiembre de 2021 hasta julio de 2024, por valor de más de 370 millones de euros, por acceder a Madrid ZBE sin autorización, cumple con el requisito de que en la foto aparezca alguna señal de limitación”, por lo que desde esta asociación defensora de los derechos de los conductores aconsejan recurrir todas las multas. Así, directamente. Una sentencia anula una multa en la ZBE de Madrid por no mostrar la foto de la señal de limitación Este último gran varapalo judicial llega tras una nueva sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Nº33 de Madrid, que recoge expresamente “que en la fotografía que aporta el consistorio madrileño como única prueba de cargo para acreditar la infracción no consta señal de limitación alguna”. Al considerar este tribunal que esa prueba es fundamental y obligatoria, no hay duda que puede sentar jurisprudencia como precedente. Casi 2 millones de multas por acceder a Zonas de Bajas Emisiones de Madrid son ilegales y pueden anularse. AEA, por tanto, tras ganar este nuevo recurso que pone en entredicho de nuevo la legalidad de las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en sus Zonas de Bajas Emisiones, ahora pide que sean anuladas todas sus multas por acceder sin autorización y devuelto el dinero a los conductores que hayan sido sancionados. Y para ello, obviamente, pide que todos los ciudadanos afectados recurren ya de inmediato este tipo de multas ante la Justicia. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-multas-zonas-bajas-emisiones-madrid-tienen-anularse-casi-2-millones_303158_102.html Responder
Ocio Publicado 3 Diciembre Autor Denunciar Publicado 3 Diciembre Casi 2 millones de multas pueden ser recurridas y anuladas en Madrid AEA asegura que ninguna de las casi 2 millones de sanciones ya impuestas por este motivo cumple con este requisito judicial, no presentando nunca el Ayuntamiento de Madrid ninguna foto como prueba donde aparezca la señal de limitación expresa en los accesos a sus ZBE. Hay que recordad que hasta 492 cámaras controlan ya por todo el término municipal de Madrid los accesos a estas zonas con restricciones de circulación. La asociación de defensa del automovilista confirma que este caso enjuiciado se inició tras una denuncia formulada con una cámara ubicada en el punto kilométrico 24,700 de la popular carretera de circunvalación M-30 el pasado día 21 de febrero por “acceder a Madrid ZBE sin autorización”. La multa, como todas las de este tipo, fue de 200 euros al ser considerada infracción grave. Ahora, obviamente, ha sido anulada por el tribunal mencionado. Ninguna de las cámaras que multan a los coches que accedensin autorización a las ZBE de Madrid muestra señal de limitación: todas pueden ser ilegales. La sentencia exactamente asegura que el Ayuntamiento de Madrid aporta un boletín de denuncia “al que -según se recoge en el fundamento de derecho tercero de la resolución judicial- se une una fotografía en la que efectivamente se observan varios vehículos circulando por una carretera, siendo ésta la única prueba de cargo que se incluye en el expediente y no consta señal de limitación alguna”. “En consecuencia”, concluye la sentencia, “no queda probada la comisión de la infracción imput*da, lo que conlleva la estimación del recurso y anulación del acto recurrido, con las consecuencias legales inherentes a esta declaración”. Para Mario Arnaldo, presidente de AEA, “esta sentencia constituye un nuevo e importante precedente judicial en la que mediante un fundamentado razonamiento jurídico recuerda, con base a una reiterada doctrina del Tribunal Constitucional, que el derecho a la presunción de inocencia comporta que la sanción esté basada en actos o medios probatorios de cargo o incriminadores de la conducta reprochada, que la carga de la prueba corresponde a quién acusa, sin que nadie esté obligado a probar su propia inocencia y también que la insuficiencia en el resultado de las pruebas practicadas debe traducirse en un pronunciamiento absolutorio.” FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-multas-zonas-bajas-emisiones-madrid-tienen-anularse-casi-2-millones_303158_102.html Responder
Ocio Publicado 6 Diciembre Autor Denunciar Publicado 6 Diciembre 5 de diciembre de 2024 Este es el listado de las 424 cámaras que controlan y multan en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid El Ayuntamiento de Madrid ha realizado un dispositivo sin precedentes para instalar un gran número de cámaras en el perímetro de la ciudad. Aquí están situadas. Este es el listado de las 424 cámaras que controlan y multan en la Zonas Bajas Emisiones de Madrid Como bien saben los madrileños, así como todas esas personas que frecuentan con asiduidad las calles de la capital, desde el pasado 1 de enero se amplió el radio de la Zona de Bajas Emisiones a toda el área metropolitana. Por ello, desde el Ayuntamiento instalaron un dispositivo sin precedentes para poder controlar a todos los vehículos que entraran en el perímetro. Y es que si pensamos en Madrid como ciudad lo hacemos con una gran extensión a controlar. En concreto, se estima que su superficie es de 604 kilómetros cuadrados, con numerosas calles, carreteras y autovías por las que se puede acceder a ella en los cuatro puntos cardinales. Una misión complicada, pero que parece que está siendo bien controlada por las autoridades. El Ayuntamiento de Madrid ha instalado más de 400 cámaras para controlar la ZBE FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/este-es-listado-424-camaras-controlan-multan-en-zona-bajas-emisiones-madrid_303332_102.html Responder
Ocio Publicado 6 Diciembre Autor Denunciar Publicado 6 Diciembre El total de cámaras para controlar este acceso a la Zona de Bajas Emisiones ha ascendido por encima de las 400 y según han publicado en la web de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), su ubicación es la siguiente: 1 – A2 PK4.750 ENT C1 2 – A2 PK4.750 ENT C2 3 – A3 PK5.000L ENT C1 4 – A42 PK2.700 ENT C1 5 – A42 PK2.700 ENT C2 6 – A4 PK5.300 ENT C1 7 – A4 PK5.300 ENT C2 8 – A5 Glorieta San Vicente C1 9 – A5 Glorieta San Vicente C2 10 – A5 PK3.400 ENT C1 11 – A5 PK3.400 ENT C2 12 – A6 PK5.300D ENT C1 13 – A6 PK5.300D ENT C2 14 – Avenida Alfonso XII 43 15 – Avenida Alfonso XII 44 16 – Avenida Alfonso XIII – frente n7 17 – Avenida Alfonso XIII 113 18 – Avenida América – A2PK4.000 ENT C1 19 – Avenida América – A2PK4.000 ENT C2 20 – Avenida América Vía Servicio – A2PK4.000 ENT 21 – Avenida Andalucía-Virgen de las Cruces C1 22 – Avenida Andalucía-Virgen de las Cruces C2 23 – Avenida Asturias – Paseo Dirección C1 24 – Avenida Asturias – Paseo Dirección C2 25 – Avenida Asturias 66 C1 26 – Avenida Asturias 66 C2 27 – Avenida Betanzos 69 28 – Avenida Bonn – junto n23 29 – Avenida Brasilia – junto n31 30 – Avenida Brasilia 11 31 – Avenida Brasilia 33 32 – Avenida Burgos – frente n38 33 – Avenida Burgos 8 34 – Avenida Burgos 9 35 – Avenida Ciudad de Barcelona 115 36 – Avenida Ciudad de Barcelona 138 37 – Avenida Mediterráneo 33 C1 38 – Avenida Mediterráneo 33 C2 39 – Avenida Mediterráneo 39 40 – Avenida Menéndez Pelayo 65 C1 41 – Avenida Menéndez Pelayo 65 C2 42 – Avenida Pio XII – entrada túnel 43 – Avenida Pio XII – frente n98 44 – Avenida Pio XII 100 45 – Avenida Pio XII 46 46 – Avenida Pio XII 77 47 – Avenida Planetario 45 48 – Avenida Ramón y Cajal 62 C1 49 – Avenida Ramón y Cajal 62 C2 50 – Avenida Ramón y Cajal 81 C1 51 – Avenida Ramón y Cajal 81 C2 52 – Avenida Seneca – frente n14 53 – Avenida Valladolid 65 54 – Avenida Valladolid 83 55 – Calle Alberto Aguilera 30 56 – Calle Alberto Alcocer 43 C1 57 – Calle Alberto Alcocer 43 C2 58 – Calle Alberto Alcocer 44 C1 59 – Calle Alberto Alcocer 44 C2 60 – Calle Alcalá – Roberto Domingo C1 61 – Calle Alcalá – Roberto Domingo C2 62 – Calle Alcalá 104 63 – Calle Alcalá 161 64 – Calle Alcalá 239 – Roberto Domingo 65 – Calle Alcalde Sainz de Baranda C1 66 – Calle Alcalde Sainz de Baranda C2 67 – Calle Bravo Murillo 200 68 – Calle Bravo Murillo 217 69 – Calle Brescia – junto n19 70 – Calle Carlos y Guillermo Fdez. 5 71 – Calle César Manrique 11 72 – Calle Costa Rica 17 C1 73 – Calle Costa Rica 17 C2 74 – Calle Doctor Esquerdo 111 C1 75 – Calle Doctor Esquerdo 111 C2 76 – Calle Doctor Esquerdo 132 C1 77 – Calle Doctor Esquerdo 132 C2 78 – Calle Doctor Esquerdo 161 C1 79 – Calle Doctor Esquerdo 161 C2 80 – Calle Doctor Esquerdo 62 C1 81 – Calle Doctor Esquerdo 62 C2 82 – Calle Doctor Juan José López Ibor 31 83 – Calle Doctor Ramón Castroviejo 25 84 – Calle Doctor Ramón Castroviejo 77 85 – Calle Doctor Ramón Castroviejo 97 86 – Calle Embajadores – Puerto Béjar 87 – Calle Embajadores 151 88 – Calle Embajadores 160 89 – Calle Embajadores 181 90 – Calle Embajadores 187 91 – Calle Estrella Polar 19 C1 92 – Calle Estrella Polar 19 C2 93 – Calle Federico Salmón 34 94 – Calle Ferraz 30 95 – Calle Finisterre 31 96 – Calle Francisco Silvela 67 C1 97 – Calle Francisco Silvela 67 C2 98 – Calle Gandía – Avenida de la Paz C1 99 – Calle Gandía – Avenida de la Paz C2 100 – Calle Ginzo de Limia 43 101 – Calle Luis Mitjans 43 102 – Calle Maestro Arbós 33 C1 103 – Calle Maestro Arbós 33 C2 104 – Calle Manuel Aleixandre 2 105 – Calle Manzanares 35 106 – Calle Mateo Inurria 26 107 – Calle Mateo Inurria 27 108 – Calle Mauricio Legendre – Verjas 109 – Calle Méndez Álvaro 44 C1 110 – Calle Méndez Álvaro 44 C2 111 – Calle Méndez Álvaro 51 C1 112 – Calle Méndez Álvaro 51 C2 113 – Calle Méndez Álvaro 80 C1 114 – Calle Méndez Álvaro 80 C2 115 – Calle Monforte de Lemos 193 116 – Calle Monforte de Lemos 85 C1 117 – Calle Monforte de Lemos 85 C2 118 – Calle O’Donnell 12 119 – Calle O’Donnell 25 120 – Calle O’Donnell 65 C1 121 – Calle O’Donnell 65 C2 122 – Calle Ofelia Nieto 20 123 – Calle Ofelia Nieto 23 124 – Calle Pedro Rico 213 125 – Calle Pez Volador – frente n32 126 – Calle Princesa 19 127 – Calle Princesa 20 128 – Calle Príncipe de Vergara 135 C1 129 – Calle Príncipe de Vergara 135 C2 130 – Calle Príncipe de Vergara 136 C1 131 – Calle Príncipe de Vergara 136 C2 132 – Calle Puerto de Béjar 2 133 – Calle Puerto Serrano 2 134 – Calle Raimundo F Villaverde 44 C1 135 – Calle Raimundo F Villaverde 44 C2 136 – Calle Raimundo F Villaverde 47 C1 137 – Calle Raimundo F Villaverde 47 C2 138 – Calle Retama 7 139 – Calle Roberto Domingo 3 140 – Calle San Pol de Mar 2 141 – Calle Santa Engracia 46 C1 142 – Calle Santa Engracia 46 C2 143 – Calle Segovia 73 C1 144 – Calle Segovia 73 C2 145 – Calle Serrano 127 C1 146 – Calle Serrano 127 C2 147 – Calle Sirio 64 148 – Calle Sor Ángela de la Cruz 13 C1 149 – Calle Sor Ángela de la Cruz 13 C2 150 – Calle Sor Ángela de la Cruz 16 151 – Calle Titan – Calle Méndez Álvaro 152 – Calle Toledo 142 153 – Calle Toledo 171 154 – Calle Triquet 8 155 – Calle Valle de Mena 365 156 – Calle Velázquez 70 C1 157 – Calle Velázquez 70 C2 158 – Camino de Ganapanes sn 159 – Cuesta San Vicente – frente n8 C1 160 – Cuesta San Vicente – frente n8 C2 161 – Cuesta Sagrado Corazón 2 C1 162 – Cuesta Sagrado Corazón 2 C2 163 – Carretera Dehesa de la Villa sn C1 164 – Carretera Dehesa de la Villa sn C2 165 – Entrada Paseo Ruperto Chapi 166 – Entrada Paseo Senda del Rey 167 – M30 PK21.800C INT C1 168 – M30 PK21.800C INT C2 169 – M30 PK25.800C INT C1 170 – M30 PK25.800C INT C2 171 – M30 PK29.600C INT C1 172 – M30 PK29.600C INT C2 173 – M30 PK0.500C INT C1 174 – M30 PK0.500C INT C2 175 – M30 PK0.500C INT C3 176 – M30 PK0.600C EXT C1 177 – M30 PK0.600C EXT C2 178 – M30 PK0.600C EXT C3 179 – M30 PK11.400C EXT C1 180 – M30 PK11.400C EXT C2 181 – M30 PK11.500L INT C1 182 – M30 PK11.500L INT C2 183 – M30 PK13.200C EXT C1 184 – M30 PK13.200C EXT C2 185 – M30 PK13.200C EXT C3 186 – M30 PK19.400C EXT C1 187 – M30 PK19.400C EXT C2 188 – M30 PK2.400L EXT C1 189 – M30 PK2.400L EXT C2 190 – M30 PK2.400L INT C1 191 – M30 PK2.400L INT C2 192 – M30 PK22.400C EXT C1 193 – M30 PK22.400C EXT C2 194 – M30 PK22.400C EXT C3 195 – M30 PK24.700C EXT C1 196 – M30 PK24.700C EXT C2 197 – M30 PK24.700C EXT C3 198 – M30 PK28.700C EXT C1 199 – M30 PK28.700C EXT C2 200 – M30 PK3.300L INT C1 201 – M30 PK3.300L INT C2 202 – M30 PK3.500L EXT C1 203 – M30 PK3.500L EXT C2 204 – M30 PK4.100L INT C1 205 – M30 PK4.100L INT C2 206 – M30 PK5.600L EXT C1 207 – M30 PK5.600L EXT C2 208 – M30 PK6.700L EXT C1 209 – M30 PK6.700L EXT C2 210 – M30 PK6.800L INT C1 211 – M30 PK6.800L INT C2 212 – M30 PK8.000L EXT C1 213 – M30 PK8.000L EXT C2 214 – M30 PK8.000L EXT C3 215 – M30 PK9.200L INT C1 216 – M30 PK9.200L INT C2 217 – M30 PK9.600L EXT C1 218 – M30 PK9.600L EXT C2 219 – Marqués de Vadillo 220 – Marqués de Vadillo 221 – Paseo Acacias 65 222 – Paseo Castellana 105 C1 223 – Paseo Castellana 105 C2 224 – Paseo Castellana 167 C1 225 – Paseo Castellana 167 C2 226 – Paseo Castellana 259 C1 227 – Paseo Castellana 259 C2 228 – Paseo Castellana 259 VS 229 – Paseo Cerezos – Avenida. Ramon Cajal 230 – Paseo Chopera 75 231 – Paseo Delicias 145 C1 232 – Paseo Delicias 145 C2 233 – Paseo Delicias 34 C1 234 – Paseo Delicias 34 C2 235 – Paseo Francisco de Sales 33 C1 236 – Paseo Francisco de Sales 33 C2 237 – Paseo Francisco de Sales 40 C1 238 – Paseo Francisco de Sales 40 C2 239 – Paseo Imperial 89 240 – Paseo Melancólicos – junto n32 C1 241 – Paseo Melancólicos – junto n32 C2 242 – Paseo Molino – frente n1 C1 243 – Paseo Molino – frente n1 C2 244 – Paseo Pintor de Rosales 64 245 – Paseo Recoletos 20 C1 246 – Paseo Recoletos 20 C2 247 – Paseo Recoletos 31 248 – Paseo Santa María de la Cabeza 85 C1 249 – Paseo Santa María de la Cabeza 85 C2 250 – Paseo Virgen del Puerto 4 251 – Paseo Virgen Puerto – P. Segovia 252 – Paseo Yeserías – junto Glorieta. Pirámides 253 – Puente San Isidro – Ermita Santo 254 – Ronda de Valencia 7 255 – Ronda de Valencia 8 C1 256 – Ronda de Valencia 8 C2 257 – Salida M30 túnel Pio XII 258 – AV LOGROÑO ESQ JOAQUIN IBARRA 259 – FCO PI Y MARGALL ESQ ANA AUST 260 – CAMINO DE LOS VINATEROS 47 261 – C. BARRIAL – FDO L. CARRETER 262 – AV POBLADOS-EST. ALUCHE F 56 263 – AV ANDALUCIA ESQ ALCOCER 264 – AV ANDALUCIA METRO S.CRISTOBAL 265 – AV C. HERRERA ORIA ESQ LA MASO 266 – AV VENTISQUERO CONDESA 42 267 – FTE CARRANTONA ESQ HAC.PAVONES 268 – VIA LUSITANA – PL ELIPTICA 269 – AV ILUSTRACION ESQ BETANZOS 270 – ALCALA – SAN ROMUALDO 271 – M. CORBERA – RICARDO ORTIZ 272 – AV CARDENAL HERRERA ORIA 83 273 – HNOS. GARCIA NOBLEJAS 123 274 – ASCAO – EMILIO FERRARI 275 – CARAB. ARAVACA – VILLAVICIOSA 276 – AV PESETA – CTRA BARRIO FORTUNA 277 – GRAL RICARDOS – QUINCE MAYO 278 – A3PK5.000 ENT C1A3 279 – PK5.000 ENT C2 280 – A42PK5.750 ENT C1 281 – A42PK5.750 ENT C2 282 – M607PK12.875 ENT C1 283 – AV NICETO ALCALA ZAMORA 22 C1 284 – AV NICETO ALCALA ZAMORA 22 C2 285 – AV NICETO ALCALA ZAMORA 6 C1 286 – AV NICETO ALCALA ZAMORA 6 C2 287 – C ESTACION DE HORTALEZA 13 C1 288 – 11 AV DE FUERZAS ARMADAS 8 289 – 12 AV FCO PI Y MARGALL 81 C1 290 – 13 AV FCO PI Y MARGALL 81 C2 291 – 14 C ARTURO SORIA 284 292 – 15 C ARTURO SORIA 287 293 – 16 C ARTURO SORIA 287 294 – 17 AV SAN LUIS 23 295 – 18 AV SAN LUIS 78 296 – 19 C GREGORIO SANCHEZ HERRAEZ 5 297 – 20 C ACONCAGUA 1 298 – 21 C GREGORIO SANCHEZ HERRAEZ 10 299 – 22 GRAN VIA DE HORTALEZA 74 300 – 23 GRAN VIA DE HORTALEZA 57 301 – 24 AV CONSEJO DE EUROPA 2 C1 302 – AV CONSEJO DE EUROPA 2 C2 303 – C SILVANO 165 304 – AV DE LOS ANDES 31 C1 305 – AV DE LOS ANDES 31 C2 306 – CRTA CANILLAS 15 307 – CRTA CANILLAS 40 308 – C DE SILVANO 72 309 – C DE SILVANO 71 310 – AV MACHUPICHU 34 311 – AV MACHUPICHU 37 312 – AV LOGROÑO 102 C1 313 – AV LOGROÑO 102 C2 314 – AV LOGROÑO 287 315 – AV DEL PARTENON 10 316 – C ARRASTARIA 16 C1 317 – C ARRASTARIA 16 C2 318 – C ARCAUTE 25 319 – AV LOGROÑO 45 320 – C ALCALA 629 321 – AV 25 DE SEPTIEMBRE 1 322 – AV 25 DE SEPTIEMBRE 6 323 – LUIS ARAGONES-APARC CIVITAS C1 323 – LUIS ARAGONES-APARC CIVITAS C2 324 – AV DE ARCENTALES 37 325 – AV CANILLEJAS A VICALVARO 173 326 – AV DE ARCENTALES 37 ACERA PAR 327 – AV CANILLEJAS VICALVARO 82 C1 328 – AV CANILLEJAS VICALVARO 82 C2 329 – AV CANILLEJAS VICALVARO 151 330 – AV CANILLEJAS V – VICALVARADA 331 – C DE RIVAS 2 332 – C DE RIVAS 27 333 – C MINERVA 81 334 – C MINERVA 38 335 – C VILLABLANCA 60 336 – C VILLABLANCA 79 337 – C FUENTE CARRANTONA 44 C1 338 – C FUENTE CARRANTONA 44 C2 339 – C FUENTE CARRANTONA 61 340 – C FRANCISCO LARGO CABALLERO 2 341 – C FRANCISCO LARGO CABALLERO 1 342 – CMNO DE LOS VINATEROS 46 343 – CMNO DE LOS VINATEROS 53 344 – AV DR GARCIA TAPIA 200 C1 345 – AV DR GARCIA TAPIA 200 C2 346 – AV DR GARCIA TAPIA 139 C1 347 – AV DR GARCIA TAPIA 139 C2 348 – C REAL DE ARGANDA 65 C1 349 – C REAL DE ARGANDA 65 C2 350 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 33 C1 351 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 33 C2 352 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 52 C1 353 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 52 C2 354 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 52 C3 355 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 41 C1 356 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 41 C2 357 – AV ENSANCHE DE VALLECAS 41 C3 358 – C REAL DE ARGANDA 72 C1 359 – C REAL DE ARGANDA 72 C2 360 – C FUENTE CARRANTONA 2 361 – AV DE LA ALBUFERA 393 362 – AV P NERUDA B PALENCIA IMP C1 363 – AV P NERUDA B PALENCIA IMP C2 364 – AV DE LA ALBUFERA 306 365 – CRTA VILLAVERDE A VALLECAS 284 366 – C GONZALEZ DAVILA 9 367 – BLV JOSE PRAT 12 C1 368 – BLV JOSE PRAT 12 C2 369 – BLV JOSE PRAT 11 C1 370 – BLV JOSE PRAT 11 C2 371 – CRTA VILLAVERDE A VALLECAS 253 372 – AV DE LA ALBUFERA 78 373 – AV DE LA ALBUFERA 71 374 – AV BUENOS AIRES 39 375 – AV BUENOS AIRES 46 376 – C DE SIERRA TOLEDANA 14 377 – C DE SIERRA TOLEDANA 15 378 – AV DE ENTREVIAS 80 ACERA IMPAR 379 – AV DE ENTREVIAS 80 380 – AV DE LOS ROSALES 35 381 – AV DE LOS ROSALES 38 382 – AV ANDALUCIA 71 C1 383 – AV ANDALUCIA 71 C2 384 – C DE LA RESINA 20 385 – AV REAL DE PINTO 115 386 – AV DE ANDALUCIA 19 C1 387 – AV DE ANDALUCIA 19 C2 388 – AV DE ANDALUCIA 50 C1 389 – AV DE ANDALUCIA 50 C2 390 – AV D ANDALUCIA 50 ACERA IMP C1 391 – AV D ANDALUCIA 50 ACERA IMP C2 392 – AV DE CORDOBA 16 393 – AV DE CORDOBA 17 394 – C ANTONIO LOPEZ 43 395 – C ANTONIO LOPEZ 42 396 – AV DE LOS POBLADOS 146 397 – AV DE LOS POBLADOS 169 398 – C SAN JENARO 4 ACERA IMPARES 399 – C SAN JENARO 2 400 – AV CARABANCHEL ALTO 51 C1 401 – AV CARABANCHEL ALTO 51 C2 402 – CRTA BARRIO DE LA FORTUNA 33 403 – C VIA LUSITANA M-40 INT C1 404 – C VIA LUSITANA M-40 INT C2 405 – C GENERAL RICARDOS 74 C1 406 – C GENERAL RICARDOS 74 C2 407 – C GENERAL RICARDOS 83 C1 408 – C GENERAL RICARDOS 83 C2 409 – C VIA LUSITANA 68 410 – C VIA LUSITANA 68 ACERA IMPAR 411 – AV DE OPORTO 53 412 – C DE LA OCA 52 413 – C DE LA OCA 43 414 – AV DE LOS POBLADOS 66 C1 415 – AV DE LOS POBLADOS 66 C2 416 – AV DE LOS POBLADOS 43 C1 417 – AV DE LOS POBLADOS 43 C2 418 – C EUGENIA DE MONTIJO – D BOSCO 419 – C EUGENIA DE MONTIJO 87 420 – A5 PK9.400 ENT C1 421 – A5 PK9.400 ENT C2 422 – CRTA M502 CON ARENAS S PEDRO 423 – CRTA BOADILLA DEL MONTE 75 424 – C VIA CARPETANA 55 FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/este-es-listado-424-camaras-controlan-multan-en-zona-bajas-emisiones-madrid_303332_102.html Responder
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