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Publicado

24 de marzo de 2025

 

 

 

 

¿Te puede poner multas la DGT por conducir con abrigo?

 

 

Seguro que has escuchado alguna vez que la DGT te puede poner multas 

por conducir con abrigo, pero, ¿es cierto? 

 

Te lo explicamos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Te pueden poner multas por conducir con abrigo

 

 

 

 

 

 

 

Cuando llega el frío y las bajas temperaturas, abrigarse es una necesidad. 

 

 

Pero, ¿es posible recibir una multa por conducir con abrigo

 

 

Aunque pueda parecer exagerado, la normativa de tráfico sí contempla sanciones en casos donde la vestimenta afecte 

a a conducción.

 

 

Para evitar sorpresas desagradables, en este artículo explicamos qué dice la normativa, los riesgos de conducir con abrigo 

y cómo evitar una sanción.

 
 
 
 

¿Qué dice la normativa sobre conducir con abrigo?

No existe una ley que prohíba expresamente conducir con abrigo. 

 

 

Sin embargo, el Reglamento General de Circulación establece que el conductor debe tener plena libertad de movimientos

para manejar el vehículo de forma segura.

 
 

En particular, el artículo 18.1 indica que el conductor deberá mantener la libertad de movimientos para poder garantizar su seguridad,

la del resto de ocupantes del vehículo y la de otros 

usuarios de la vía.

 
 

Esto significa que, si un agente de tráfico considera que el abrigo que llevas puesto dificulta tu conducción, puede sancionarte 

por conducción negligente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La DGT puede multar si considera que la vestimenta

impide la libertad de movimientos

del conductor.

 

 

 

 

 

 

 

Riesgos de conducir con abrigo

Llevar prendas voluminosas o incómodas mientras conduces puede generar varios 

inconvenientes, entre ellos:

 
 
 

Limitación en los movimientos

Un abrigo muy grueso puede dificultar acciones básicas como girar el volante, cambiar de marcha o pisar los pedales 

con precisión, aumentando el riesgo de cometer errores 

en la conducción.

 

 

 

Dificultad para usar el cinturón de seguridad

Si el abrigo impide que el cinturón quede bien ajustado al cuerpo, su eficacia se verá reducida. 

 

 

En caso de accidente, podrías sufrir el efecto submarino y provocar lesiones más graves por la falta de sujeción.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/te-puede-poner-multas-dgt-por-conducir-con-abrigo_306841_102.html
 


Publicado

 

 

 

 

 

 

Disminución de la visibilidad

Los abrigos con capuchas grandes, cuellos elevados o bufandas gruesas pueden limitar el movimiento del cuello y dificultar la visión

periférica, lo que afecta la seguridad en cambios

de carril y maniobras.

 
 
 

Fatiga y molestias durante la conducción

Un abrigo voluminoso puede resultar incómodo tras un largo tiempo al volante, provocando distracciones y fatiga. 

 

 

La incomodidad acumulada puede afectar la capacidad de reacción.

 

 

 

Multas y sanciones por conducir con abrigo

Si un agente de tráfico considera que tu abrigo te impide moverte con libertad, ver bien la carretera o accionar los mandos correctamente,

puede sancionarte con una multa de hasta 200 euros, 

sin retirada de puntos del carnet.

 

 

Si bien estas multas no son comunes, pueden aplicarse en situaciones donde el abrigo haya contribuido a una conducción insegura.

 

 

 

 

 

 

 

 

pueden-o-no-pueden-multarme-por-llevar-a

 

Las multas por conducir con abrigo no son nada habituales

y es difícil que un agente de tráfico decida 

sancionar por ello.

 

 

 

 

 

 

 

 

Consejos para evitar multas por conducir con abrigo

Para evitar sanciones y mejorar tu seguridad al volante, sigue estas recomendaciones:

 

 

  • Elige ropa cómoda y ajustada, que no limite tus movimientos ni dificulte la visión.

 

  • Si el abrigo es voluminoso, quítatelo antes de conducir y colócalo en el asiento trasero.

 

  • Asegúrate de que el cinturón de seguridad queda bien ajustado y sin holguras causadas por la ropa.

 

 

  • Si necesitas abrigarte, usa ropa térmica o chalecos finos, que no interfieran con la conducción.

 

 

 

 

 

Conducir con abrigo no está prohibido, pero sí puede ser sancionable si afecta a la seguridad en la conducción. 

 

 

Para evitar multas innecesarias y riesgos en carretera, es recomendable elegir ropa cómoda y ajustada, retirarse el abrigo antes

de conducir y asegurarse de que el cinturón queda 

correctamente colocado.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/te-puede-poner-multas-dgt-por-conducir-con-abrigo_306841_102.html

Publicado

25 de marzo de 2025

 

 

 

 

 

Las nuevas señales de tráfico que puedes ver ya en las 

carreteras en 2025 y su significado

 

 

Te ponemos al día de cuáles son las nuevas señales de tráfico que la DGT ha introducido 

en 2025 y que ya puedes ver en las carreteras. 

 

¿Las conocías?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Estas son las nuevas señales de tráfico que 

puedes ver ya en las carreteras

y su significado

 

 

 

 

 

 

 

 

La actualización del Reglamento General de Circulación introdujo como novedad la implementación de hasta 130 nuevas señales 

de tráfico y la retirada y modificación de otras

 

 

Durante el pasado año, la DGT cambió algunas de estas señales, algunas de ellas por criterios de igualdad, según justificó en su 

día el propio director general de Tráfico,

Pere Navarro. 

 

  

Ahora, en 2025, llegan nuevas señales de tráfico a nuestras carreteras

 

 

La DGT ha anunciado que esta nueva señalización irá apareciendo paulatinamente y sustituyendo a la antigua.

 

 

Hasta 16 señales se van a modernizar en un proceso que lleva haciéndose desde el año 2023, cuando el Ministerio del Interior publicó este catálogo 

de señales de tráfico y su significado.

 
 

En el RACE han querido recordarnos cuáles son estas nuevas señales de tráfico que nos vamos a ir encontrando en 2025.

 
 
 
 

Las nuevas señales de tráfico de la DGT en 2025

La DGT ha querido modernizar algunas señales de tráfico para hacerlas más intuitivas y fáciles de entender para toda la población,

tanto para mayores como para menores.

 

 

Las imágenes ahora son más claras e incluyen un mensaje más sencillo. Estos son algunos de los ejemplos más claros:

 
 

P-21a: Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, como una escuela, una zona de juegos, etc. 

 

 

A diferencia de la imagen original, ahora es la niña la que lleva al niño de la mano. Se actualiza por cuestiones de género y busca potenciar 

la igualdad entre mujeres y hombres.

 

 

 

 

 

 

 

 

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P21a Peligro posibilidad paso frecuentado niños escuelas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Señal de tramo con visibilidad reducida

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

P-8: Esta señal avisa sobre un paso a nivel sin barrera

 

 

Sustituye al antiguo pictograma de una locomotora de vapor por un moderno tren eléctrico.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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P8 Proximidad paso a nivel

 

 

 

 

 

 

 

 

R-111: Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas. El diseño representa de una forma más 

actualizada a los tractores que se pueden ver hoy día

por los campos.

 

 

R-407b: Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición 

a los demás usuarios de la vía

de utilizarla. 

 

 

Representa a un ciclomotor sin pedales y la DGT la ha creado para evitar confundir este vehículo con una bicicleta.

 
 
 
 

Estas son las señales de la DGT que se añadieron en 2023

Más allá de las señales de tráfico de la DGT que se actualizan a lo largo de 2025, otras señales de la DGT ya se han ido

cambiando poco a poco desde el año 2023:

 

 

P-1e Tramo con accesos directos.

Peligro por la proximidad de un tramo en el que existen varios accesos directos a la vía, debiendo ceder el paso los usuarios de dichos accesos directos.

 

 

P-20c Paso para peatones y ciclistas

Peligro por la proximidad de un paso para peatones adosado o compartido con un paso para ciclistas.

 

 

 

 

 

 

 

 

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P 20c Paso peatones ciclistas 1807330200 188096605 1200x1082

 

 

 

 

 

 

 

P-24a Paso de animales en libertad (jabalíes)

Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción

muy significativa de jabalíes.

 

 

P-35 Trenzado. 

Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de 

cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias 

y aumentando por ello el riesgo de que se

produzcan colisiones.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html

Publicado

 

 

 

 

 

 

 

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P35 peligro trenzado carriles

 

 

 

 

 

 

 

 

R-2 Detención obligatoria o stop.

Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes

de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen 

por la vía a la que se aproxime.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Nueva señal de Stop

 

 

 

 

 

 

 

R-118 Entrada prohibida a vehículos de movilidad personal

Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal. (Es una señal nueva y afecta a todos los VMP y no solo a los patinetes).

 

 

R-120 Entrada prohibida a vehículos en función de distintivo ambiental 

u otros criterios ambientales que se establezcan.

 

 

S-1c Carretera 2+1

Indica el principio de una carretera 2+1, es decir, aquella que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación 

en ambos sentidos.

 

 

S-14 (a-f) Paso inferior o superior para peatones, con o sin rampa y con o sin rampa para ciclos.

Indica la situación de un paso superior o inferior para peatones acondicionado con rampa,

con rail o con rampa para ciclos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html

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Paso inferior o superior para peatones

 

 

 

 

 

 

S-47 Zona de coexistencia. 

Indica una zona de circulación que está destinada en primer lugar a los peatones y en la que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: 

la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h; la circulación está compartida entre vehículos, ciclistas y peatones; 

los peatones tienen prioridad, pueden usar toda la zona de circulación y por tanto no se señalizan

pasos peatonales; los ciclos y, en su caso, los VMP pueden circular en ambos sentidos, 

salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los vehículos pueden 

estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por 

marcas; los juegos y los deportes no

están autorizados.

 

 

S-51 b Carril reservado para vehículos con alta ocupación

Indica uno o varioscarriles destinados exclusivamente a la circulación de vehículos con alta ocupación.

 

 

En la imagen figurará el número de personas a partir de las cuales se considera alta ocupación, lo que será determinado por el órgano gestor competente 

en cada caso.

 

 

 

 

 

 

 

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Carril reservado para vehículos de alta ocupación

 

 

 

 

 

 

 

S-63b Bifurcación en calzadas de tres carriles.

Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación en el carril central 

con cambio de dirección de los cuatro carriles resultantes, dos hacia 

la izquierda y dos hacia la derecha.

 

 

S-70 Confluencia de un carril

Indica, en una calzada con un carril (S-70), dos (S-71) o más carriles (S-72) de circulación, que se producirá la confluencia de 

uno o más carriles por el lado izquierdo o derecho.

 

 

S-105 (a-f). Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburante

incluidos los de GLP (S-105 c), de recarga eléctrica (S-105e) o de varios de ellos (S-105b, S-105d o S-105f).

 

 

S-892 Vigilancia por medios automáticos.

Indica la vigilancia mediante medios de captación y denuncia automáticos, del cumplimiento de lo establecido por la señal

vertical a la que acompaña.

 

 

S-991g Control de velocidad mediante medios aéreos

Indica la posible existencia en el tramo de controles de velocidad mediante medios aéreos, como helicóptero o dron

 

 

En caso de que dichos controles tengan como objeto un tipo de vehículo en concreto, la señal podrá incluir únicamente

el pictograma correspondiente a dicho vehículo.

 

 

 

 

 

 

 

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Control de velocidad mediante medios aéreos

 

 

 

 

 

 

 

S-992 Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos. Indica, en un tramo de carretera convencional o una carretera multicarril (S-992a)

o dentro de un túnel (S-992b) o en autopista o autovía (S-992c) dónde se dan frecuentemente

colisiones por alcance y el número de marcas viales de galón 

que debe dejar un vehículo entre él 

y el que le precede.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html

Publicado

26 de marzo de 2025

 

 

 

 

Esta es la multa por intentar escapar de un control de

alcoholemia de la DGT y huir

 

 

Recientemente un conductor ha sido sancionado por abandonar su coche al

percatarse de la presencia de un control de alcoholemia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Esta es la multa por intentar escapar de un control 

de alcoholemia de la DGT y huir

 

 

 

 

 

 

 

El alcohol y la conducción están muy de actualidad en los últimos meses.

 

 

Como os hemos venido informando, el Gobierno ya ha comenzado a dar los pasos oportunos para reducir la tasa

máxima al volante para todos los

conductores por igual. 

 

 

La medida propuesta por el Grupo Socialista ya fue sometida a la votación del Congreso con 177 a favor, 32 en contra

y 135 abstenciones.

 

 

En concreto habrá varios artículos que se verán modificados próximamente

 

 

El primero de ellos es el 76, en el que se tipificará como infracción grave el “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos

por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre,

hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado

o 0,5 gramos por litro en sangre.” 

 

 

Esta calificación ascenderá a muy grave, según el articulo 77, en los casos de detectar “tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos

por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia

en el organismo de drogas”.

 

 

 

 

 

 

 

 

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La DGT se va a poner muy seria con el alcohol: 

el Congreso ya votó a favor de bajar 

la tasa al volante

 

 

 

 

 

 

 

A esto tenemos que sumar otro cambio en el articulo 80 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que señalará

que “las infracciones previstas en el artículo 77c) cuando la tasa de alcohol exceda 

de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o 1 gramos por litro 

en sangre, y d) serán sancionadas con

multa de 1.000 euros”.

 
 

Y aunque muchas asociaciones están pidiendo que la norma llegue al 0,0 en todos los casos, desde la DGT quieren cubrirse las espaldas ante

posibles reclamaciones por los márgenes de los aparatos de medición

que podrían provocar revocaciones 

ante la justicia.

 

 

 

 

 

 

 

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Varias asociaciones piden que la tasa se 

establezca en 0,0

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-multa-por-intentar-escapar-control-alcoholemia-dgt-huir_307909_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

¿Y de cuánto es la multa por escapar de un control 

de alcoholemia?

Lo que está claro es que a los conductores que todavía a día de hoy siguen bebiendo y luego utilizan su coche se les va a

poner más complicado eludir sus responsabilidades

ante la justicia

 

 

Quizás muchos de ellos pensarán hacer como nuestro protagonista, que tras divisar un control de alcoholemia de la policía local

decidió salir huyendo del lugar, dejando incluso su vehículo 

totalmente abandonado.

 

 

Así lo han publicado en el diario Levante, en donde se indica que una persona intento eludir un control policial, abandonando su 

turismo y echando a correr mientras ignoraba los requerimientos

de los agentes para que se detuviera. 

 

 

En concreto, esta situación se dio a finales del pasado mes de septiembre, de madrugada, cuando los agentes habían montado un

dispositivo en la Calle Gandía de Alzira.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Al ver un control, un conductor en Alzira salió corriendo

dejando su coche abandonado

 

 

 

 

 

 

 

Según cuenta el medio, los agentes locales se sorprendieron al constatar que los ocupantes del vehículo salían corriendo 

y dejaban el coche abandonado al comprobar que había un dispositivo,

aunque finalmente se le

pudo identificar.

 

 

Los policías tramitaron los expedientes sancionadores dado que la desobediencia o resistencia a la autoridad, cuando no son

constitutivas de delito, están tipificadas como una infracción 

grave de la Ley sobre Protección y

Seguridad Ciudadana.

 

 

 

Ahora vuelve a ser noticia porque la junta de gobierno ha resuelto el expediente formulado, imponiendo una sanción de 602 euros

al implicado, sin que este realizara ningún 

tipo de alegación al fallo.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-multa-por-intentar-escapar-control-alcoholemia-dgt-huir_307909_102.html

Publicado

27 de marzo de 2025

 

 

 

 

¡Alerta! 

La nueva multa de la DGT que llega en 9 meses y 

que recibiremos casi todos los conductores

 

 

A falta de 9 meses para que entre en vigor una nueva normativa de la DGT que nos obligará 

a contar con un nuevo elemento en el coche, solo 1 de cada 10 conductores 

conoce realmente cuál es el único dispositivo que será legal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Alerta, la nueva multa de la DGT que llega 

en 9 meses y que recibiremos 

casi todos los conductores

 

 

 

 

 

 

La noticia es muy preocupante y, o reaccionamos ya, o muy pronto, a inicios de 2026, la mayoría de conductores españoles

nos expondremos a una nueva sanción 

por parte de la DGT

 

 

No hay más… y no será porque no hemos tenido tiempo para conocer la normativa, la verdad. 

 

 

Si en ocasiones criticamos las actuaciones del máximo organismo de Tráfico, en esta ocasión la responsabilidad caerá única 

y exclusivamente en los propietarios

de vehículos.

 

 

Y es que, desde 2021, un nuevo Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, regula los servicios de auxilio en las vías públicas

introduciendo un nuevo dispositivo obligatorio para la preseñalización

de peligro y emergencias en carretera en sustitución

de los tradicionales triángulos.

 

 

Vale, esto seguro que te va sonando ya, pero tras una moratoria que será casi de 5 años, el próximo 1 de enero de 2026 será efectiva 

ya esta regulación y la mayoría de conductores sigue desconociendo

cómo les afectará, a pesar de los continuos

anuncios efectuados por la DGT.

 
 
 
 

Casi la mitad de los conductores sabe que las luces V-16 son obligatorias 

desde enero

Y es que, según desvela hoy un estudio realizado por la plataforma de investigación de mercados Appinio, hasta el 48 por ciento de los 

conductores españoles desconoce que estos nuevos dispositivos V-16 son obligatorios a partir del 1 de enero

de 2026 y, lo que es incluso más preocupante aún, solo el 12,4 por ciento, es decir, apenas poco

más de 1 de cada 10, no sabe tampoco que las únicas balizas de emergencia

que serán legales en solo 9 meses son las conectadas,

no el resto que se han ido repartiendo y comprando 

durante los años iniciales tras la publicación

del Real Decreto.

 

 

 

 

 

 

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La luz V-16 conectada con la DGT será obligatoria

a partir del 1 de enero de 2026 y debes

llevarla en tu coche siempre.

 

 

 

 

 

 

 

 

A falta por tanto de apenas 9 meses para que todos los vehículos matriculados en España tengan que portar en su interior, obligatoriamente, 

una luz V-16 conectada en sustitución de los tradicionales triángulos de emergencias para,

en caso de incidentes en las vías, hacer visibles la posición 

para los demás usuarios, esta noticia es realmente

preocupante y genera un gran desconocimiento

entre la sociedad.

Publicado

 

 

 

 

Solo serán legales las balizas V-16 conectadas y homologadas

por la DGT

Las únicas balizas V-16 que serán obligatorias y legales son todas aquellas por tanto que incluyan ya la tecnología IoT, 

dotadas de conectividad para permitir que la señalización 

no sea únicamente visual, sino que también

informe de manera virtual. 

 

 

Estos dispositivos homologados se encargarán de enviar de manera inmediata y en tiempo real notificaciones al centro de 

control de tráfico de la DGT, automáticamente y de forma

anónima indicando la localización 

exacta del vehículo.

 

 

El objetivo es que esta información se comparta al mismo tiempo con todos los usuarios de las vías a través de la Plataforma

DGT 3.0 y del Punto de

Acceso Nacional.

 

 

Estos datos evidencian una preocupante falta de información entre los conductores.

 

 

Es fundamental que las autoridades refuercen las campañas informativas sobre la obligatoriedad de las luces V-16 conectadas. 

 

 

Además, recomendamos a los conductores anticiparse y adquirir su baliza homologada cuanto antes para evitar problemas de disponibilidad

a finales de año”, ha asegurado Alejandro González, CMO de Netun Solutions, 

la compañía líder en señalización luminosa de vehículos en 

caso de incidente en carretera y creadora 

de las luces de emergencia 

conectadas Help Flash.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Las luces V-16 son mucho más seguras que los triángulos

de emergencia a los que se 

sustituyen desde 2026.

 

 

 

 

 

 

 

 

Desde esta compañía especializada advierten además que es fundamental confirmar, antes de adquirir ninguna

luz V-16 conectada, que esté homologada 

por la DGT.

 

 

En la propia página web del organismo dependiente del Ministerio del Interior puedes encontrar ya toda esta

información pública y disponible.

 

 

 

 

La DGT multará con 80 € por no llevar

las luces V-16

Recordamos además que no cumplir con toda esta nueva normativa acarreará a partir del 1 de enero de 2026 una multa

económica que será de 80 euros, la misma que supone

hoy no contar con los triángulos

de emergencia. 

 

 

Pero además la DGT también puede denunciarte si no empleas esta baliza correctamente en situaciones de emergencia

no señalizando adecuadamente la posición de tu vehículo

si sufres en carretera una avería o

accidente de tráfico.

 

 

Más allá eso sí de no ser objeto de multas por parte de la DGT, llevar una luz V-16 conectada en el vehículo es una acción que 

permite mejorar notablemente la seguridad en las

carreteras y puede salvar vidas

 

 

Son muchas las ventajas que tiene la baliza ante el triángulo de emergencia, pudiéndose fundamentalmente colocar desde dentro

del habitáculo y sin necesidad siquiera de quitarse el

cinturón de seguridad.

 

 

¡Ya sabéis!

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-nueva-multa-dgt-llega-en-9-meses-recibiremos-casi-todos-conductores_307968_102.html

Publicado

27 de marzo de 2025

 

 

 

 

Europa apuesta ya por la conducción acompañada de coches

y camiones a partir de los 17 años

 

 

La conducción acompañada está un poco más cerca.

 

La UE acaba de alcanzar un acuerdo para permitir a los jóvenes de 17 años conducir

coches y camiones acompañados de un adulto 

con experiencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Europa apuesta por la conducción acompañada

de coches y camiones a partir

de los 17 años

 

 

 

 

 

 

 

La conducción acompañada puede hacerse realidad muy pronto tras el acuerdo alcanzado esta semana entre el Consejo

de la Unión Europea y el Parlamento Europeo. 

 

 

Según informa Europa Press, este acuerdo provisional deberá ahora ser refrendado por los representantes de los Estados

miembros de la UE y el Parlamento Europeo. 

 

 

Ambas instituciones lo adoptarán formalmente tras una revisión jurídico-lingüística y posteriormente, y una vez publicado en

el Boletín Oficial de la UE, los 27 países tendrán un plazo de cuatro 

años para transponer la nueva directiva a sus

respectivas legislaciones.

 

 

 

 

Conducción acompañada a partir de los 17 años

La nueva directiva incluye ya un plan para que los Estados miembros que quieran desarrollarlo puedan expedir permisos de 

conducir a menores de 17 años siempre que vayan acompañados 

por un adulto experimentado

 

 

Además, se dará la opción a los Estados miembros de reducir a 17 años la edad para mínima sacarse el carnet de camión,

en este caso, para circular solo por territorio nacional e, 

igualmente, acompañados de un conductor 

con experiencia.

 
 

Con esta medida, la UE quiere abordar la escasez de conductores en sectores profesionales, a la vez que mejora la seguridad 

en las carreteras. 

 

 

La directiva prevé también ajustes para facilitar a los ciudadanos la obtención del permiso de conducción de turismos cuando

residan en un Estado miembro distinto del 

de su nacionalidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

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En España, Pere Navarro ha avisado

que no habrá conductores de

camiones de 17 años

 

 

 

 

 

 

 

Pere Navarro: “No tenemos ninguna prisa”

El director general de Tráfico, Pere Navarro, se ha referido ya a este plan y ha asegurado que “es más importante

hacerlo bien que hacerlo rápido”.

 

 

En una entrevista de Rac1 recogida por Europa Press, Pere Navarro ha afirmado que “No tenemos ninguna prisa”.

 

 

El máximo responsable de Tráfico ha optado por el modelo francés de conducción acompañada, en el que los 

conductores aprueban un permiso teórico y realizan un mínimo

de prácticas a los 17 y a los 18 se someten 

a una pequeña prueba

de comprobación.

 
 

También ha señalado que el plan de la Unión ha sido impulsado principalmente por la falta de conductores profesionales

en el norte de Europa, una necesidad que, a su juicio, 

no tiene España

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/europa-apuesta-por-conduccion-acompanada-coches-camiones-partir-17-anos_307965_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

 

De hecho, ha señalado que si bien el permiso de conducir a los 17 y la implantación de un carnet digital europeo se tendrán 

que aplicar antes de 2030, la reducción de la edad mínima para sacarse 

el carnet de camión es una medida opcional,

la cual ha rechazado.

 

 

En España no tendremos conductores de camiones de 17 años, por mucho que sea conducción acompañada. 

 

 

Es un tema de los países nórdicos, pero como es voluntario, aquí ya les hemos dicho que no estamos de acuerdo”,

ha sostenido Navarro.

 

 

 

 

 

 

 

 

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La UE ha aprobado un carnet de conducir

digital europeo en 2030, también

en formato físico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Carnet digital europeo en 2030

La Unión Europea también ha acordado las bases para lanzar un carnet de conducir digital europeo en 2030 que 

sea reconocido en toda la Unión

 

 

Éste, que contará con una versión física, será reconocido en todos los Estados miembros de la UE y será válido para 

conducir turismos y motocicletas durante 15 años a partir de la fecha de expedición

excepto cuando el permiso de conducción se utilice como

documento de identidad, en ese caso se

expedirá para 10 años.

 

 

Para los nuevos conductores se establece un periodo de prueba de al menos dos años, en los que estarán sujetos a 

normas y sanciones más estrictas por conducir bajo los efectos 

del alcohol y sin utilizar cinturones de seguridad

o sistemas de retención infantil.

 

 

Respecto a conducir tras consumir alcohol, el texto anima a los Estados miembros a fijar una 'tolerancia cero' y prohibir

el consumo de alcohol a todos los conductores

más allá de los niveles permitidos

en la actualidad.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/europa-apuesta-por-conduccion-acompanada-coches-camiones-partir-17-anos_307965_102.html

Publicado

27-03-2025

 

 

 

 

Te podrán quitar el carnet de conducir en toda la UE

 

 

La nueva Directiva que prepara la UE contempla una importante novedad sobre la retirada del carnet

de conducir en los estados de la Unión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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El pasado martes la Comisión y el Parlamento Europeo llegaban a un acuerdo para modificar la Directiva sobre Permisos

de Conducir con importantes novedades

 

 

Por ejemplo, el hecho de que quienes quieran obtener el carnet de conducir tengan que aprender a usar el teléfono móvil

de forma segura, conocer los puntos ciegos y los sistemas de asistencia 

a la conducción, entre otros requisitos. 

 

 

Pero otra de las importantes novedades será que te puedan quitar el carnet de conducir de tu país en cualquier otro estado.

 

 

En la actualidad, si un conductor pierde su carnet de conducir tras una infracción de tráfico en un país de la Unión Europea 

distinto al que lo expidió, la sanción solo se aplica, en la mayoría de los casos, 

en el país donde se cometió la infracción, pero no en el 

país de origen del permiso ni en el resto

de los miembros.

 

 

Pues bien, según el acuerdo alcanzado el martes, la suspensión o restricción del permiso o licencia de conducir se trasladará

al país de la UE que expidió el permiso de conducir 

para que la sanción se aplique

allí también. 

 

 

Es más, esa suspensión será válida en todos los países de la UE.

 

 

Es decir, ante determinados delitos, te pueden retirar el permiso sin importar el país en que residas.  

 

 

 

 

 

 

 

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La nueva normativa, que todavía está pendiente de aprobación, tanto por el Consejo como por el Parlamento, contempla que los países

de la UE interesados tendrán que informarse mutuamente, sin demoras indebidas,

sobre las decisiones sobre inhabilitaciones para conducir

relacionadas con las infracciones de

tráfico más graves. 

 

 

Las consideradas en la mayoría de los países como conducción temeraria.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/conductor/quitar-carnet-conducir/759137.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

 

 

 

Se centra en tres tipos de infracciones. 

 

 

Las relacionadas con la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la participación en un accidente de tráfico mortal 

o la conducción con exceso de velocidad demasiado elevado, 

por ejemplo, superando en 50 km/h

el límite permitido.

 

 

En España la casi totalidad de estas infracciones se consideran delito.

 

 

 

 

20 días para comunicar la retirada de carnet

En la nueva normativa se establece, conforme al acuerdo al que han llegado Comisión y Parlamento, que los países tendrán 

que informar a los conductores afectados sobre la decisión sobre 

su sanción de retirada del carnet y sobre el procedimiento

que pueden utilizar para realizar el recurso

en un plazo de 20 días hábiles.

 

 

El ponente del Parlamento Europeo, Matteo Ricci, ha afirmado que la Directiva supone un «paso crucial para garantizar una

mayor seguridad vial

 

 

Al introducir criterios más claros y oportunos para la suspensión de la licencia de conducir por infracciones graves, esta medida

protege no solo a los conductores responsables,

sino a toda la comunidad.

 

 

Un sistema de control y sanción más eficaz evitará accidentes y salvará vidas».

 

 

El acuerdo contempla que la Comisión se vea obligada a evaluar cinco años después de la entrada en vigor de esta Directiva,

si ampliar el conjunto de infracciones de conducción que dan lugar a la aplicación 

de una sanción en toda la UE e introducir plazos más estrictos para

el intercambio de información entre los países de la UE

para mejorar la aplicación de las

nuevas normas.

 

 

En la actualidad el intercambio fronterizo de información que contempla la Ley de Seguridad Vial en su artículo 98, y que hace que

la multa llegue a domicilio aunque la hayas cometido

en otro estado, incluye determinadas

infracciones.

 

 

Las relacionadas con el alcohol y las drogas y con la velocidad, pero también con sanciones por no llevar el cinturón de seguridad, 

saltarse en rojo el semáforo o la señal de stop, utilizar el teléfono

móvil o el impago del peaje

de la autopista.  

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/conductor/quitar-carnet-conducir/759137.html

Publicado

29 mar. 2025

 

 

 

 

 

Esto es lo que debes hacer si se lleva tu coche la grúa

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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¿Qué hacer si se lleva tu coche la grúa?

 

En el caso de que esto ocurra, y tu coche acabe en un depósito municipal, 

es fundamental que sepas actuar rápido para que la 'broma' no te salga muy cara. 

 

Aquí tienes unos consejos que te ayudarán.

 
 
 
 
 

Vas a recoger tu coche y, de pronto, descubres que no está.

 

 

Lo normal es dar una vuelta, mirar el nombre de las calles, hacer memoria por si el subconsciente te ha traicionado y resulta que no lo dejaste donde debías... 

 

 

Entonces, te convences tú mismo de que no está ahí por alguna razón que escapa a tu control.

 

 

¿Te lo han robado? 

 

 

¿O simplemente se ha llevado tu coche la grúa?

 

 

Aunque te parezca mentira, este es uno de los comienzos más habituales en historias como esta.

 

 

Por tanto, lo primero que debes hacer es cerciorarte de que lo tienes que rescatar de las fauces del depósito municipal 

en cuestión y actuar de forma tan rápida 

como certera.

 

 

¿Cómo saberlo? Aquí tienes una serie de consejos para salir airoso de la situación.

 

 

Pegatinas. En algunas ciudades y centros comerciales (donde tendrás que encontrar la mejor manera de aparcar), quien retira

tu coche por estacionar indebidamente al menos se toma la 

molestia de informarte sobre lo sucedido mediante 

un adhesivo en el suelo. 

 

 

Búscalo.

 

 

Llamada. Si no tienes ninguna pista, es conveniente que seas tú el que llame por teléfono.

 

 

Para cuando te pase -si llega el caso-, conviene que te informes en tu ayuntamiento o en el del municipio

que frecuentes. 

 

 

A veces te remiten a una página web determinada. 

 

 

Lo malo es que, al tratarse de un servicio municipal, la grúa actuará de manera distinta en cada lugar. Incluso,

¡hay pueblos y urbes idílicos en los que nadie retira

los vehículos mal aparcados!

 

 

 

 

 

 

 

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Foto: Ayuntamiento de Madrid.

 

 

 

 

 

 

 

Depósitos. Tras esa primera gestión, y si has tenido la mala suerte de que se lleve tu coche la grúa, los servicios 

municipales te confirmarán si en efecto tienen tu coche y

en qué depósito municipal está, para que no

te pegues el paseo para nada. 

 

 

¡Ah! Y no hagas como esta mujer, que no deja que se lleve su coche la grúa.

 

 

Importe. En los casos en los que se ha llevado el coche la grúa, lo que en realidad te cobran es el desplazamiento

hasta el depósito y el estacionamiento

por horas.

 

 

Así que, aunque seas de letras, es fácil que saques tus propias conclusiones: no lo dejes para mañana.

 

 

Uno de nuestros lectores tuvo que recoger su coche en un depósito de Madrid la misma tarde en que lo echó

de menos y le costó un total 

de 151,25 euros.

 

 

El precio de la grúa municipal suele variar...

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/practicos/lo-que-debes-hacer-si-se-lleva-grua-tu-coche-200574
 

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