Ocio Publicado 25 Marzo Autor Denunciar Publicado 25 Marzo 24 de marzo de 2025 ¿Te puede poner multas la DGT por conducir con abrigo? Seguro que has escuchado alguna vez que la DGT te puede poner multas por conducir con abrigo, pero, ¿es cierto? Te lo explicamos. Te pueden poner multas por conducir con abrigo Cuando llega el frío y las bajas temperaturas, abrigarse es una necesidad. Pero, ¿es posible recibir una multa por conducir con abrigo? Aunque pueda parecer exagerado, la normativa de tráfico sí contempla sanciones en casos donde la vestimenta afecte a a conducción. Para evitar sorpresas desagradables, en este artículo explicamos qué dice la normativa, los riesgos de conducir con abrigo y cómo evitar una sanción. ¿Qué dice la normativa sobre conducir con abrigo? No existe una ley que prohíba expresamente conducir con abrigo. Sin embargo, el Reglamento General de Circulación establece que el conductor debe tener plena libertad de movimientos para manejar el vehículo de forma segura. En particular, el artículo 18.1 indica que el conductor deberá mantener la libertad de movimientos para poder garantizar su seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de otros usuarios de la vía. Esto significa que, si un agente de tráfico considera que el abrigo que llevas puesto dificulta tu conducción, puede sancionarte por conducción negligente. La DGT puede multar si considera que la vestimenta impide la libertad de movimientos del conductor. Riesgos de conducir con abrigo Llevar prendas voluminosas o incómodas mientras conduces puede generar varios inconvenientes, entre ellos: Limitación en los movimientos Un abrigo muy grueso puede dificultar acciones básicas como girar el volante, cambiar de marcha o pisar los pedales con precisión, aumentando el riesgo de cometer errores en la conducción. Dificultad para usar el cinturón de seguridad Si el abrigo impide que el cinturón quede bien ajustado al cuerpo, su eficacia se verá reducida. En caso de accidente, podrías sufrir el efecto submarino y provocar lesiones más graves por la falta de sujeción. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/te-puede-poner-multas-dgt-por-conducir-con-abrigo_306841_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Marzo Autor Denunciar Publicado 25 Marzo Disminución de la visibilidad Los abrigos con capuchas grandes, cuellos elevados o bufandas gruesas pueden limitar el movimiento del cuello y dificultar la visión periférica, lo que afecta la seguridad en cambios de carril y maniobras. Fatiga y molestias durante la conducción Un abrigo voluminoso puede resultar incómodo tras un largo tiempo al volante, provocando distracciones y fatiga. La incomodidad acumulada puede afectar la capacidad de reacción. Multas y sanciones por conducir con abrigo Si un agente de tráfico considera que tu abrigo te impide moverte con libertad, ver bien la carretera o accionar los mandos correctamente, puede sancionarte con una multa de hasta 200 euros, sin retirada de puntos del carnet. Si bien estas multas no son comunes, pueden aplicarse en situaciones donde el abrigo haya contribuido a una conducción insegura. Las multas por conducir con abrigo no son nada habituales y es difícil que un agente de tráfico decida sancionar por ello. Consejos para evitar multas por conducir con abrigo Para evitar sanciones y mejorar tu seguridad al volante, sigue estas recomendaciones: Elige ropa cómoda y ajustada, que no limite tus movimientos ni dificulte la visión. Si el abrigo es voluminoso, quítatelo antes de conducir y colócalo en el asiento trasero. Asegúrate de que el cinturón de seguridad queda bien ajustado y sin holguras causadas por la ropa. Usa calefacción o asientos calefactables para mantenerte cómodo sin necesidad de prendas gruesas. Si necesitas abrigarte, usa ropa térmica o chalecos finos, que no interfieran con la conducción. Conducir con abrigo no está prohibido, pero sí puede ser sancionable si afecta a la seguridad en la conducción. Para evitar multas innecesarias y riesgos en carretera, es recomendable elegir ropa cómoda y ajustada, retirarse el abrigo antes de conducir y asegurarse de que el cinturón queda correctamente colocado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/te-puede-poner-multas-dgt-por-conducir-con-abrigo_306841_102.html Responder
Ocio Publicado Miércoles a las 06:44 Autor Denunciar Publicado Miércoles a las 06:44 25 de marzo de 2025 Las nuevas señales de tráfico que puedes ver ya en las carreteras en 2025 y su significado Te ponemos al día de cuáles son las nuevas señales de tráfico que la DGT ha introducido en 2025 y que ya puedes ver en las carreteras. ¿Las conocías? Estas son las nuevas señales de tráfico que puedes ver ya en las carreteras y su significado La actualización del Reglamento General de Circulación introdujo como novedad la implementación de hasta 130 nuevas señales de tráfico y la retirada y modificación de otras. Durante el pasado año, la DGT cambió algunas de estas señales, algunas de ellas por criterios de igualdad, según justificó en su día el propio director general de Tráfico, Pere Navarro. Ahora, en 2025, llegan nuevas señales de tráfico a nuestras carreteras. La DGT ha anunciado que esta nueva señalización irá apareciendo paulatinamente y sustituyendo a la antigua. Hasta 16 señales se van a modernizar en un proceso que lleva haciéndose desde el año 2023, cuando el Ministerio del Interior publicó este catálogo de señales de tráfico y su significado. En el RACE han querido recordarnos cuáles son estas nuevas señales de tráfico que nos vamos a ir encontrando en 2025. Las nuevas señales de tráfico de la DGT en 2025 La DGT ha querido modernizar algunas señales de tráfico para hacerlas más intuitivas y fáciles de entender para toda la población, tanto para mayores como para menores. Las imágenes ahora son más claras e incluyen un mensaje más sencillo. Estos son algunos de los ejemplos más claros: P-21a: Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, como una escuela, una zona de juegos, etc. A diferencia de la imagen original, ahora es la niña la que lleva al niño de la mano. Se actualiza por cuestiones de género y busca potenciar la igualdad entre mujeres y hombres. P21a Peligro posibilidad paso frecuentado niños escuelas Señal de tramo con visibilidad reducida FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html Responder
Ocio Publicado Miércoles a las 06:44 Autor Denunciar Publicado Miércoles a las 06:44 P-8: Esta señal avisa sobre un paso a nivel sin barrera. Sustituye al antiguo pictograma de una locomotora de vapor por un moderno tren eléctrico. P8 Proximidad paso a nivel R-111: Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas. El diseño representa de una forma más actualizada a los tractores que se pueden ver hoy día por los campos. R-407b: Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla. Representa a un ciclomotor sin pedales y la DGT la ha creado para evitar confundir este vehículo con una bicicleta. Estas son las señales de la DGT que se añadieron en 2023 Más allá de las señales de tráfico de la DGT que se actualizan a lo largo de 2025, otras señales de la DGT ya se han ido cambiando poco a poco desde el año 2023: P-1e Tramo con accesos directos. Peligro por la proximidad de un tramo en el que existen varios accesos directos a la vía, debiendo ceder el paso los usuarios de dichos accesos directos. P-20c Paso para peatones y ciclistas. Peligro por la proximidad de un paso para peatones adosado o compartido con un paso para ciclistas. P 20c Paso peatones ciclistas 1807330200 188096605 1200x1082 P-24a Paso de animales en libertad (jabalíes). Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes. P-35 Trenzado. Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html Responder
Ocio Publicado Miércoles a las 06:46 Autor Denunciar Publicado Miércoles a las 06:46 P35 peligro trenzado carriles R-2 Detención obligatoria o stop. Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime. Nueva señal de Stop R-118 Entrada prohibida a vehículos de movilidad personal. Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal. (Es una señal nueva y afecta a todos los VMP y no solo a los patinetes). R-120 Entrada prohibida a vehículos en función de distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. S-1c Carretera 2+1. Indica el principio de una carretera 2+1, es decir, aquella que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos. S-14 (a-f) Paso inferior o superior para peatones, con o sin rampa y con o sin rampa para ciclos. Indica la situación de un paso superior o inferior para peatones acondicionado con rampa, con rail o con rampa para ciclos. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html Responder
Ocio Publicado Miércoles a las 06:46 Autor Denunciar Publicado Miércoles a las 06:46 Paso inferior o superior para peatones S-47 Zona de coexistencia. Indica una zona de circulación que está destinada en primer lugar a los peatones y en la que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h; la circulación está compartida entre vehículos, ciclistas y peatones; los peatones tienen prioridad, pueden usar toda la zona de circulación y por tanto no se señalizan pasos peatonales; los ciclos y, en su caso, los VMP pueden circular en ambos sentidos, salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marcas; los juegos y los deportes no están autorizados. S-51 b Carril reservado para vehículos con alta ocupación. Indica uno o varioscarriles destinados exclusivamente a la circulación de vehículos con alta ocupación. En la imagen figurará el número de personas a partir de las cuales se considera alta ocupación, lo que será determinado por el órgano gestor competente en cada caso. Carril reservado para vehículos de alta ocupación S-63b Bifurcación en calzadas de tres carriles. Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación en el carril central con cambio de dirección de los cuatro carriles resultantes, dos hacia la izquierda y dos hacia la derecha. S-70 Confluencia de un carril. Indica, en una calzada con un carril (S-70), dos (S-71) o más carriles (S-72) de circulación, que se producirá la confluencia de uno o más carriles por el lado izquierdo o derecho. S-105 (a-f). Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburante, incluidos los de GLP (S-105 c), de recarga eléctrica (S-105e) o de varios de ellos (S-105b, S-105d o S-105f). S-892 Vigilancia por medios automáticos. Indica la vigilancia mediante medios de captación y denuncia automáticos, del cumplimiento de lo establecido por la señal vertical a la que acompaña. S-991g Control de velocidad mediante medios aéreos. Indica la posible existencia en el tramo de controles de velocidad mediante medios aéreos, como helicóptero o dron. En caso de que dichos controles tengan como objeto un tipo de vehículo en concreto, la señal podrá incluir únicamente el pictograma correspondiente a dicho vehículo. Control de velocidad mediante medios aéreos S-992 Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos. Indica, en un tramo de carretera convencional o una carretera multicarril (S-992a) o dentro de un túnel (S-992b) o en autopista o autovía (S-992c) dónde se dan frecuentemente colisiones por alcance y el número de marcas viales de galón que debe dejar un vehículo entre él y el que le precede. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-dgt-puedes-ver-ya-carreteras-2025-significado_307838_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 06:57 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 06:57 26 de marzo de 2025 Esta es la multa por intentar escapar de un control de alcoholemia de la DGT y huir Recientemente un conductor ha sido sancionado por abandonar su coche al percatarse de la presencia de un control de alcoholemia. Esta es la multa por intentar escapar de un control de alcoholemia de la DGT y huir El alcohol y la conducción están muy de actualidad en los últimos meses. Como os hemos venido informando, el Gobierno ya ha comenzado a dar los pasos oportunos para reducir la tasa máxima al volante para todos los conductores por igual. La medida propuesta por el Grupo Socialista ya fue sometida a la votación del Congreso con 177 a favor, 32 en contra y 135 abstenciones. En concreto habrá varios artículos que se verán modificados próximamente. El primero de ellos es el 76, en el que se tipificará como infracción grave el “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.” Esta calificación ascenderá a muy grave, según el articulo 77, en los casos de detectar “tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas”. La DGT se va a poner muy seria con el alcohol: el Congreso ya votó a favor de bajar la tasa al volante A esto tenemos que sumar otro cambio en el articulo 80 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que señalará que “las infracciones previstas en el artículo 77c) cuando la tasa de alcohol exceda de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o 1 gramos por litro en sangre, y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros”. Y aunque muchas asociaciones están pidiendo que la norma llegue al 0,0 en todos los casos, desde la DGT quieren cubrirse las espaldas ante posibles reclamaciones por los márgenes de los aparatos de medición que podrían provocar revocaciones ante la justicia. Varias asociaciones piden que la tasa se establezca en 0,0 FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-multa-por-intentar-escapar-control-alcoholemia-dgt-huir_307909_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 06:57 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 06:57 ¿Y de cuánto es la multa por escapar de un control de alcoholemia? Lo que está claro es que a los conductores que todavía a día de hoy siguen bebiendo y luego utilizan su coche se les va a poner más complicado eludir sus responsabilidades ante la justicia. Quizás muchos de ellos pensarán hacer como nuestro protagonista, que tras divisar un control de alcoholemia de la policía local decidió salir huyendo del lugar, dejando incluso su vehículo totalmente abandonado. Así lo han publicado en el diario Levante, en donde se indica que una persona intento eludir un control policial, abandonando su turismo y echando a correr mientras ignoraba los requerimientos de los agentes para que se detuviera. En concreto, esta situación se dio a finales del pasado mes de septiembre, de madrugada, cuando los agentes habían montado un dispositivo en la Calle Gandía de Alzira. Al ver un control, un conductor en Alzira salió corriendo dejando su coche abandonado Según cuenta el medio, los agentes locales se sorprendieron al constatar que los ocupantes del vehículo salían corriendo y dejaban el coche abandonado al comprobar que había un dispositivo, aunque finalmente se le pudo identificar. Los policías tramitaron los expedientes sancionadores dado que la desobediencia o resistencia a la autoridad, cuando no son constitutivas de delito, están tipificadas como una infracción grave de la Ley sobre Protección y Seguridad Ciudadana. Ahora vuelve a ser noticia porque la junta de gobierno ha resuelto el expediente formulado, imponiendo una sanción de 602 euros al implicado, sin que este realizara ningún tipo de alegación al fallo. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-multa-por-intentar-escapar-control-alcoholemia-dgt-huir_307909_102.html Responder
Ocio Publicado Viernes a las 06:46 Autor Denunciar Publicado Viernes a las 06:46 27 de marzo de 2025 ¡Alerta! La nueva multa de la DGT que llega en 9 meses y que recibiremos casi todos los conductores A falta de 9 meses para que entre en vigor una nueva normativa de la DGT que nos obligará a contar con un nuevo elemento en el coche, solo 1 de cada 10 conductores conoce realmente cuál es el único dispositivo que será legal. Alerta, la nueva multa de la DGT que llega en 9 meses y que recibiremos casi todos los conductores La noticia es muy preocupante y, o reaccionamos ya, o muy pronto, a inicios de 2026, la mayoría de conductores españoles nos expondremos a una nueva sanción por parte de la DGT. No hay más… y no será porque no hemos tenido tiempo para conocer la normativa, la verdad. Si en ocasiones criticamos las actuaciones del máximo organismo de Tráfico, en esta ocasión la responsabilidad caerá única y exclusivamente en los propietarios de vehículos. Y es que, desde 2021, un nuevo Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, regula los servicios de auxilio en las vías públicas, introduciendo un nuevo dispositivo obligatorio para la preseñalización de peligro y emergencias en carretera en sustitución de los tradicionales triángulos. Vale, esto seguro que te va sonando ya, pero tras una moratoria que será casi de 5 años, el próximo 1 de enero de 2026 será efectiva ya esta regulación y la mayoría de conductores sigue desconociendo cómo les afectará, a pesar de los continuos anuncios efectuados por la DGT. Casi la mitad de los conductores sabe que las luces V-16 son obligatorias desde enero Y es que, según desvela hoy un estudio realizado por la plataforma de investigación de mercados Appinio, hasta el 48 por ciento de los conductores españoles desconoce que estos nuevos dispositivos V-16 son obligatorios a partir del 1 de enero de 2026 y, lo que es incluso más preocupante aún, solo el 12,4 por ciento, es decir, apenas poco más de 1 de cada 10, no sabe tampoco que las únicas balizas de emergencia que serán legales en solo 9 meses son las conectadas, no el resto que se han ido repartiendo y comprando durante los años iniciales tras la publicación del Real Decreto. La luz V-16 conectada con la DGT será obligatoria a partir del 1 de enero de 2026 y debes llevarla en tu coche siempre. A falta por tanto de apenas 9 meses para que todos los vehículos matriculados en España tengan que portar en su interior, obligatoriamente, una luz V-16 conectada en sustitución de los tradicionales triángulos de emergencias para, en caso de incidentes en las vías, hacer visibles la posición para los demás usuarios, esta noticia es realmente preocupante y genera un gran desconocimiento entre la sociedad. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-nueva-multa-dgt-llega-en-9-meses-recibiremos-casi-todos-conductores_307968_102.html Responder
Ocio Publicado Viernes a las 06:46 Autor Denunciar Publicado Viernes a las 06:46 Solo serán legales las balizas V-16 conectadas y homologadas por la DGT Las únicas balizas V-16 que serán obligatorias y legales son todas aquellas por tanto que incluyan ya la tecnología IoT, dotadas de conectividad para permitir que la señalización no sea únicamente visual, sino que también informe de manera virtual. Estos dispositivos homologados se encargarán de enviar de manera inmediata y en tiempo real notificaciones al centro de control de tráfico de la DGT, automáticamente y de forma anónima indicando la localización exacta del vehículo. El objetivo es que esta información se comparta al mismo tiempo con todos los usuarios de las vías a través de la Plataforma DGT 3.0 y del Punto de Acceso Nacional. “Estos datos evidencian una preocupante falta de información entre los conductores. Es fundamental que las autoridades refuercen las campañas informativas sobre la obligatoriedad de las luces V-16 conectadas. Además, recomendamos a los conductores anticiparse y adquirir su baliza homologada cuanto antes para evitar problemas de disponibilidad a finales de año”, ha asegurado Alejandro González, CMO de Netun Solutions, la compañía líder en señalización luminosa de vehículos en caso de incidente en carretera y creadora de las luces de emergencia conectadas Help Flash. Las luces V-16 son mucho más seguras que los triángulos de emergencia a los que se sustituyen desde 2026. Desde esta compañía especializada advierten además que es fundamental confirmar, antes de adquirir ninguna luz V-16 conectada, que esté homologada por la DGT. En la propia página web del organismo dependiente del Ministerio del Interior puedes encontrar ya toda esta información pública y disponible. La DGT multará con 80 € por no llevar las luces V-16 Recordamos además que no cumplir con toda esta nueva normativa acarreará a partir del 1 de enero de 2026 una multa económica que será de 80 euros, la misma que supone hoy no contar con los triángulos de emergencia. Pero además la DGT también puede denunciarte si no empleas esta baliza correctamente en situaciones de emergencia, no señalizando adecuadamente la posición de tu vehículo si sufres en carretera una avería o accidente de tráfico. Más allá eso sí de no ser objeto de multas por parte de la DGT, llevar una luz V-16 conectada en el vehículo es una acción que permite mejorar notablemente la seguridad en las carreteras y puede salvar vidas. Son muchas las ventajas que tiene la baliza ante el triángulo de emergencia, pudiéndose fundamentalmente colocar desde dentro del habitáculo y sin necesidad siquiera de quitarse el cinturón de seguridad. ¡Ya sabéis! FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-nueva-multa-dgt-llega-en-9-meses-recibiremos-casi-todos-conductores_307968_102.html Responder
Ocio Publicado Viernes a las 07:06 Autor Denunciar Publicado Viernes a las 07:06 27 de marzo de 2025 Europa apuesta ya por la conducción acompañada de coches y camiones a partir de los 17 años La conducción acompañada está un poco más cerca. La UE acaba de alcanzar un acuerdo para permitir a los jóvenes de 17 años conducir coches y camiones acompañados de un adulto con experiencia. Europa apuesta por la conducción acompañada de coches y camiones a partir de los 17 años La conducción acompañada puede hacerse realidad muy pronto tras el acuerdo alcanzado esta semana entre el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo. Según informa Europa Press, este acuerdo provisional deberá ahora ser refrendado por los representantes de los Estados miembros de la UE y el Parlamento Europeo. Ambas instituciones lo adoptarán formalmente tras una revisión jurídico-lingüística y posteriormente, y una vez publicado en el Boletín Oficial de la UE, los 27 países tendrán un plazo de cuatro años para transponer la nueva directiva a sus respectivas legislaciones. Conducción acompañada a partir de los 17 años La nueva directiva incluye ya un plan para que los Estados miembros que quieran desarrollarlo puedan expedir permisos de conducir a menores de 17 años siempre que vayan acompañados por un adulto experimentado. Además, se dará la opción a los Estados miembros de reducir a 17 años la edad para mínima sacarse el carnet de camión, en este caso, para circular solo por territorio nacional e, igualmente, acompañados de un conductor con experiencia. Con esta medida, la UE quiere abordar la escasez de conductores en sectores profesionales, a la vez que mejora la seguridad en las carreteras. La directiva prevé también ajustes para facilitar a los ciudadanos la obtención del permiso de conducción de turismos cuando residan en un Estado miembro distinto del de su nacionalidad. En España, Pere Navarro ha avisado que no habrá conductores de camiones de 17 años Pere Navarro: “No tenemos ninguna prisa” El director general de Tráfico, Pere Navarro, se ha referido ya a este plan y ha asegurado que “es más importante hacerlo bien que hacerlo rápido”. En una entrevista de Rac1 recogida por Europa Press, Pere Navarro ha afirmado que “No tenemos ninguna prisa”. El máximo responsable de Tráfico ha optado por el modelo francés de conducción acompañada, en el que los conductores aprueban un permiso teórico y realizan un mínimo de prácticas a los 17 y a los 18 se someten a una pequeña prueba de comprobación. También ha señalado que el plan de la Unión ha sido impulsado principalmente por la falta de conductores profesionales en el norte de Europa, una necesidad que, a su juicio, no tiene España. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/europa-apuesta-por-conduccion-acompanada-coches-camiones-partir-17-anos_307965_102.html Responder
Ocio Publicado Viernes a las 07:06 Autor Denunciar Publicado Viernes a las 07:06 De hecho, ha señalado que si bien el permiso de conducir a los 17 y la implantación de un carnet digital europeo se tendrán que aplicar antes de 2030, la reducción de la edad mínima para sacarse el carnet de camión es una medida opcional, la cual ha rechazado. “En España no tendremos conductores de camiones de 17 años, por mucho que sea conducción acompañada. Es un tema de los países nórdicos, pero como es voluntario, aquí ya les hemos dicho que no estamos de acuerdo”, ha sostenido Navarro. La UE ha aprobado un carnet de conducir digital europeo en 2030, también en formato físico Carnet digital europeo en 2030 La Unión Europea también ha acordado las bases para lanzar un carnet de conducir digital europeo en 2030 que sea reconocido en toda la Unión. Éste, que contará con una versión física, será reconocido en todos los Estados miembros de la UE y será válido para conducir turismos y motocicletas durante 15 años a partir de la fecha de expedición, excepto cuando el permiso de conducción se utilice como documento de identidad, en ese caso se expedirá para 10 años. Para los nuevos conductores se establece un periodo de prueba de al menos dos años, en los que estarán sujetos a normas y sanciones más estrictas por conducir bajo los efectos del alcohol y sin utilizar cinturones de seguridad o sistemas de retención infantil. Respecto a conducir tras consumir alcohol, el texto anima a los Estados miembros a fijar una 'tolerancia cero' y prohibir el consumo de alcohol a todos los conductores, más allá de los niveles permitidos en la actualidad. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/europa-apuesta-por-conduccion-acompanada-coches-camiones-partir-17-anos_307965_102.html Responder
Ocio Publicado hace 1 hora Autor Denunciar Publicado hace 1 hora 27-03-2025 Te podrán quitar el carnet de conducir en toda la UE La nueva Directiva que prepara la UE contempla una importante novedad sobre la retirada del carnet de conducir en los estados de la Unión. El pasado martes la Comisión y el Parlamento Europeo llegaban a un acuerdo para modificar la Directiva sobre Permisos de Conducir con importantes novedades. Por ejemplo, el hecho de que quienes quieran obtener el carnet de conducir tengan que aprender a usar el teléfono móvil de forma segura, conocer los puntos ciegos y los sistemas de asistencia a la conducción, entre otros requisitos. Pero otra de las importantes novedades será que te puedan quitar el carnet de conducir de tu país en cualquier otro estado. En la actualidad, si un conductor pierde su carnet de conducir tras una infracción de tráfico en un país de la Unión Europea distinto al que lo expidió, la sanción solo se aplica, en la mayoría de los casos, en el país donde se cometió la infracción, pero no en el país de origen del permiso ni en el resto de los miembros. Pues bien, según el acuerdo alcanzado el martes, la suspensión o restricción del permiso o licencia de conducir se trasladará al país de la UE que expidió el permiso de conducir para que la sanción se aplique allí también. Es más, esa suspensión será válida en todos los países de la UE. Es decir, ante determinados delitos, te pueden retirar el permiso sin importar el país en que residas. La nueva normativa, que todavía está pendiente de aprobación, tanto por el Consejo como por el Parlamento, contempla que los países de la UE interesados tendrán que informarse mutuamente, sin demoras indebidas, sobre las decisiones sobre inhabilitaciones para conducir relacionadas con las infracciones de tráfico más graves. Las consideradas en la mayoría de los países como conducción temeraria. FUENTE: https://www.autofacil.es/conductor/quitar-carnet-conducir/759137.html Responder
Ocio Publicado hace 1 hora Autor Denunciar Publicado hace 1 hora Se centra en tres tipos de infracciones. Las relacionadas con la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la participación en un accidente de tráfico mortal o la conducción con exceso de velocidad demasiado elevado, por ejemplo, superando en 50 km/h el límite permitido. En España la casi totalidad de estas infracciones se consideran delito. 20 días para comunicar la retirada de carnet En la nueva normativa se establece, conforme al acuerdo al que han llegado Comisión y Parlamento, que los países tendrán que informar a los conductores afectados sobre la decisión sobre su sanción de retirada del carnet y sobre el procedimiento que pueden utilizar para realizar el recurso en un plazo de 20 días hábiles. El ponente del Parlamento Europeo, Matteo Ricci, ha afirmado que la Directiva supone un «paso crucial para garantizar una mayor seguridad vial. Al introducir criterios más claros y oportunos para la suspensión de la licencia de conducir por infracciones graves, esta medida protege no solo a los conductores responsables, sino a toda la comunidad. Un sistema de control y sanción más eficaz evitará accidentes y salvará vidas». El acuerdo contempla que la Comisión se vea obligada a evaluar cinco años después de la entrada en vigor de esta Directiva, si ampliar el conjunto de infracciones de conducción que dan lugar a la aplicación de una sanción en toda la UE e introducir plazos más estrictos para el intercambio de información entre los países de la UE para mejorar la aplicación de las nuevas normas. En la actualidad el intercambio fronterizo de información que contempla la Ley de Seguridad Vial en su artículo 98, y que hace que la multa llegue a domicilio aunque la hayas cometido en otro estado, incluye determinadas infracciones. Las relacionadas con el alcohol y las drogas y con la velocidad, pero también con sanciones por no llevar el cinturón de seguridad, saltarse en rojo el semáforo o la señal de stop, utilizar el teléfono móvil o el impago del peaje de la autopista. FUENTE: https://www.autofacil.es/conductor/quitar-carnet-conducir/759137.html Responder
Ocio Publicado hace 1 hora Autor Denunciar Publicado hace 1 hora 29 mar. 2025 Esto es lo que debes hacer si se lleva tu coche la grúa ¿Qué hacer si se lleva tu coche la grúa? En el caso de que esto ocurra, y tu coche acabe en un depósito municipal, es fundamental que sepas actuar rápido para que la 'broma' no te salga muy cara. Aquí tienes unos consejos que te ayudarán. Vas a recoger tu coche y, de pronto, descubres que no está. Lo normal es dar una vuelta, mirar el nombre de las calles, hacer memoria por si el subconsciente te ha traicionado y resulta que no lo dejaste donde debías... Entonces, te convences tú mismo de que no está ahí por alguna razón que escapa a tu control. ¿Te lo han robado? ¿O simplemente se ha llevado tu coche la grúa? Aunque te parezca mentira, este es uno de los comienzos más habituales en historias como esta. Por tanto, lo primero que debes hacer es cerciorarte de que lo tienes que rescatar de las fauces del depósito municipal en cuestión y actuar de forma tan rápida como certera. ¿Cómo saberlo? Aquí tienes una serie de consejos para salir airoso de la situación. Pegatinas. En algunas ciudades y centros comerciales (donde tendrás que encontrar la mejor manera de aparcar), quien retira tu coche por estacionar indebidamente al menos se toma la molestia de informarte sobre lo sucedido mediante un adhesivo en el suelo. Búscalo. Llamada. Si no tienes ninguna pista, es conveniente que seas tú el que llame por teléfono. Para cuando te pase -si llega el caso-, conviene que te informes en tu ayuntamiento o en el del municipio que frecuentes. A veces te remiten a una página web determinada. Lo malo es que, al tratarse de un servicio municipal, la grúa actuará de manera distinta en cada lugar. Incluso, ¡hay pueblos y urbes idílicos en los que nadie retira los vehículos mal aparcados! Foto: Ayuntamiento de Madrid. Depósitos. Tras esa primera gestión, y si has tenido la mala suerte de que se lleve tu coche la grúa, los servicios municipales te confirmarán si en efecto tienen tu coche y en qué depósito municipal está, para que no te pegues el paseo para nada. ¡Ah! Y no hagas como esta mujer, que no deja que se lleve su coche la grúa. Importe. En los casos en los que se ha llevado el coche la grúa, lo que en realidad te cobran es el desplazamiento hasta el depósito y el estacionamiento por horas. Así que, aunque seas de letras, es fácil que saques tus propias conclusiones: no lo dejes para mañana. Uno de nuestros lectores tuvo que recoger su coche en un depósito de Madrid la misma tarde en que lo echó de menos y le costó un total de 151,25 euros. El precio de la grúa municipal suele variar... FUENTE: https://www.autobild.es/practicos/lo-que-debes-hacer-si-se-lleva-grua-tu-coche-200574 Responder
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