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10 de octubre de 2023

 

 

Estos son los nuevos coches y SUV de la Guardia Civil que vas a ver ya en las carreteras

 

La Guardia Civil ha ampliado su flota de vehículos con dos nuevos modelos electrificados. ¡Atentos!

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Estos son los nuevos coches y SUV de la Guardia Civil que vas a ver ya en las carreteras

 

 

 

Estos dos modelos se incorporarán a las unidades de todas sus Comandancias en España. Esta vez, el instituto armado español ha adquirido un SUV y una furgoneta, lo que acabará suponiendo un total de seis millones de euros para el Estado.

 

 

 

Vehículos

Se trata un montante total de 148 vehículos, que la GC los recibió en la ciudad madrileña de Alcalá de Henares. Sin embargo, la distribución no fue uniforme. Estaba presente el director general de la Guardia Civil, Leonardo Marcos.

 
 
 

¿De qué vehículos se trata?

Se trata de estos dos modelos:

 
  • La Guardia Civil ha incorporado un total de 89 unidades del SUV Mitsubishi Eclipse Cross PHEV. Este híbrido enchufable cuenta con un motor de gasolina de 2.4 litros y 98 CV, a lo que añade dos motores eléctricos, uno delantero de 82 CV y otro de 95 CV. En total eroga 188 CV. Lleva consigo una batería de 13,8 kWh que proporciona una autonomía eléctrica de 45 kilómetros, llegando hasta los 55 en entornos urbanos, contando así con la pegatina ‘0’ de la DGT. Estos coches están equipados con elementos específicos para las patrullas de la GC, contando con extras como botiquines, conos de señalización, extintores, herramientas de rescate, linternas , megáfonos y sistemas de señalización acústica y luminosa. Su coste ha estado cerca de los cuatro millones de euros.

 

  • A su vez se ha añado al Parque Móvil de la Guardia Civil, el PGC, 59 unidades de la furgoneta Citroën Berlingo. Se trata de una compacta EV con un motor que eroga 136 CV y llega a los 260 Nm de par máximo. Su batería de iones de litio de 50 kWh ofrece una autonomía de 280 km según cifras WLTP. Su coste ha llegado hasta cerca de los dos millones de euros.

 

 

 

El gasto total concreto ha sido de 5.895.000 euros.

 

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Importante acuerdo firmado por la Guardia Civil y la DGT, que estrenarán todos estos coches

 

 

 

¿De dónde sale el dinero?

La Guardia Civil ha informado que esta inversión ha sido financiada gracias a los fondos del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, MRR, integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-nuevos-coches-suv-guardia-civil-vas-ver-ya-en-carreteras_284044_102.html

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10 de octubre de 2023

 

 

 

El grave problema que están generando ya en España los coches okupa y el aviso de la DGT

 

A pesar de la instrucción lanzada por la DGT hace ya un año para actuar con los denominados vehículos okupa, el abandono de coches en las calles o en zonas privadas se ha convertido en un problema en muchas ciudades de España.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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El grave problema que están generando ya en España los coches okupa y el aviso de la DGT

 

 

 

Cada año se abandonan en las vías públicas 50.000 vehículos y se calcula que otros 20.000 están abandonados en parkings privados, de hospitales, aeropuertos, hoteles…

 

 

Y precisamente, para vigilar y perseguir a los ya conocidos como vehículos okupa, hace un año la DGT publicó una nueva instrucción gracias a la cual cuenta ya con el permiso oficial para poder trasladar los vehículos abandonados en recintos privados al correspondiente centro autorizado de tratamiento de vehículos (CATS) para su desguace, descontaminación y destrucción.

 

 

Antes de esto, los propietarios afectados por la presencia en su parking privado de un vehículo okupa tenían que acudir a la vía civil-judicial para que se pudiera retirar el automóvil y volver a utilizar la plaza de aparcamiento.

 

 

Pero en muchas ocasiones, hasta la retirada de dicho automóvil podían pasar incluso meses.

 
 

Pero, lejos de desaparecer el problema, en algunas ciudades los coches abandonados siguen proliferando.

 

 

En Vigo, por ejemplo, según informa el Diario Atlántico, cada año la Policía Local de Vigo detecta una media de más de 600 coches que no se han movido en más de un mes.

 

 

De todos ellos, un 5% acaban siendo declarados residuos sólidos y se destruyen después de no haber sido posible la localización de los propietarios o de que estos hayan eludido los continuos requerimientos.

 
 
 

El grave problema que están generando ya en España los coches okupa y el aviso de la DGT

 

Los coches okupa son un problema para las comunidades de vecinos

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/grave-problema-estan-generando-ya-en-espana-coches-okupa-aviso-dgt_284027_102.html

 

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Esta es la multa por el abandono de coches en la calle o espacios privados

La multa por abandonar un coche en la calle es de entre 751 euros a 1.500 euros, que pueden elevarse a 3.000 euros más.

 

 

Sin embargo, esto no disuade a todos los propietarios y obliga a los responsables de los espacios privados, pese a la última directriz de la DGT, a presentar una serie de documentación ante la jefatura provincial para que pueda tomar cartas en el asunto retirando dichos coches, que pueden suponer un riesgo.

 

 

 La falta de matrícula o incluso que el coche, pese a no circular, sea movido de sitio una vez marcado por la Policía Local, complica aún más su traslado y, cuando se alarga el abandono, comienzan los problemas

 

 

Si se encuentra en una calle, pueden llegar a producirse incendios al ser usados como refugio.

 

 

Mientras que en un parking o un garaje privado, el problema se asemeja al de la okupación de viviendas.

 
 
 

Un problema para las comunidades de propietarios

Para las comunidades de propietarios, los coches abandonados son un problema.

 

 

Según explica Samuel Soto, gerente de Samuel Gestión Fincas, al Diario Atlántico,

la Policía Local al ser un lugar privado no puede acceder, algo que no ocurriría si estuviera en la vía pública, y lo que queda es tratar de que el propietario se haga cargo”.

 

 

La instrucción de Tráfico explica a las comunidades de propietarios cómo actuar.

 

 

En primer lugar, debe recibir pruebas por parte de los afectados (los vecinos de un edificio residencial o las empresas privadas) de que efectivamente hay un vehículo ocupando ilegalmente una de las plazas de aparcamiento.

 

 

A continuación, la DGT se pondrá en contacto con el propietario de dicho vehículo, según los datos de titularidad registrados en Tráfico.

 

 

Una vez realizada esta comunicación, el dueño de dicho vehículo tiene el plazo de un mes para proceder a la retirada de dicho automóvil.

 

 

En caso de no responder a la DGT y de no retirar el vehículo, se procederá en ese caso a la retirada del mismo y a su traslado a un centro CAT o desguace.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/grave-problema-estan-generando-ya-en-espana-coches-okupa-aviso-dgt_284027_102.html

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10 de octubre de 2023

 

 

 

Estas son las infracciones que elimina ya la DGT y por las que no te podrán multar

 

La DGT ha realizado cambios significativos en lo que considera motivos de sanción, algo que se convierte ya en una buena noticia para los conductores.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Estas son las infracciones que elimina ya la DGT y por las que no te podrán multar

 

 

 

Había ciertas infracciones antes por las que podías ser multado, pero que a partir de ahora no.

 

 

La DGT ha implementado cambios a lo largo de este año con el objetivo de hacer que los conductores cumplan con la normativa vial.

 

 

Con ello se pretende reducir el número de accidentes y de fallecidos en las carreteras españolas.

 

 

 

Avances

A pesar de que en algún caso se han comenzado a sancionar las multas para aquellos que infringen las normas de tráfico, también ha habido avances tecnológicos y sociales que han dejado de suponer multas por ciertas conductas.

 

 

 

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La aplicación móvil MiDGT permite poder prescindir de llevar los documentos del coche encima.

 

 

 

Ya no hay multas

A continuación os vamos a dejar los casos en los que la Dirección general de Tráfico ya no está autorizada para multar:

 
         
  • No llevar el carnet físico: La aplicación móvil de MiDGT ya permite acceder a los datos del conductor, quitando por tanto la necesidad de llevar encima el carnet de conducir.       

 

 

  • No llevar el DNI: La Guardia Civil ya es capaz de acceder a la información necesaria sin la obligación de tener el documento físico a mano.

 

 

  • Documentación del seguro del vehículo: Desde 2008, no es necesario llevar la documentación física relacionada con el seguro del coche, ya que los agentes de Tráfico pueden verificar esta información de manera electrónica.

 

 

  • Gafas de repuesto: Antes era obligatorio llevar gafas de repuesto en el coche, pero desde 1997 ya no lo es a menos que en el carnet de un conductor especifique lo contrario.

 

 

  • Luces de repuesto: Las luces de repuesto eran obligatorias antiguamente. Esto ha sido retirado debido a la dificultad y al riesgo que tiene reemplazar una bombilla en un faro moderno. La normativa se ha ido adaptando a la evolución tecnológica en el sector automotriz.

 

 

Estos cambios están hechos con el objetivo de mejorar y facilitar la experiencia de conducción, a la vez que se promueve un uso más seguro de las carreteras que suponga menos accidentes y sobre todo, menos decesos en España.

 
 

La Dirección General de Tráfico ya no puede multar estas infracciones que antes estaban sujetas a sanción, lo que es un respiro para los conductores que podrán estar más tranquilos a la hora de conducir, en cuanto a lo que llevar encima.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-son-infracciones-elimina-ya-dgt-por-no-te-podran-multar_284010_102.html

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11 de octubre de 2023

 

 

 

Así son los nuevos coches de policía con cámaras para multar en marcha por todo esto

 

No hay nada que se les resista.

Gracias a una cámara, estos nuevos coches de policía pueden multar por casi cualquier infracción sin necesidad de que los agentes se bajen del coche.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Así son los nuevos coches de policía con cámaras para multar en marcha por todo esto

 

 

 

Son el terror de los conductores en muchas ciudades de España.

 

 

Se llaman Multacar porque son verdaderas máquinas de poner multas.

 

 

La llegada de las Zonas de Bajas Emisiones han disparado su trabajo, pero estos coches de policía pueden multar por otras muchas infracciones.

 

 

Van equipados con una serie de cámaras en el techo, capaces de leer las matrículas de los coches sobre la marcha y sin que el agente se tenga que bajar del coche para cursar la denuncia correspondiente.

 
 
 

Los Multacar pueden multar por todas estas infracciones

Según informa el Diario de León, el ayuntamiento de esta ciudad acaba de introducir ya estos nuevos coches con cámaras para multar en marcha por todas estas infracciones.

 
 

El ayuntamiento de León justifica la entrada en funcionamiento de los Multacar para controlar a los coches mal aparcados en una zona de carga y descarga.

 

 

En estos espacios, como cuenta el Diario de León, los repartidores y usuarios deberán registrarse en una aplicación móvil para controlar que no superan el tiempo máximo de estancia, que ahora se fija en 15 minutos de acuerdo a la normativa, y que se estudia ampliarlo a media hora dentro del nuevo texto de regulación.

 

 

Si lo hacen, deberán enfrentarse a los 80 euros dentro de las infracciones leves, aunque pueden llegar a los 200 euros en función de los condicionantes.

 

 

 

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Los Multacar pueden detectar todo tipo de infracciones sobre la marcha

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/son-nuevos-coches-policia-con-camaras-multar-en-marcha-por-todo-esto_284105_102.html
 

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Pero los Multacar también pueden detectar infracciones de todo tipo, además de coches mal aparcados, como aquellos estacionados en zona de estacionamiento regulado sin el tiquet o con el mismo caducado, con la ITV caducada, sin el seguro al día o con algún tipo de embargo, entre otros.

 

 

 

Así funcionan los Multacar

Los Multacar cuentan con un sistema de cámaras para lectura de matrículas que se colocan sobre el techo del vehículo

“sin necesidad de instalación ni de utilización de ningún tipo de herramientas.

 

 

El consistorio de León no ha detallado cuántas cámaras se adquirirán y que

el suministro se realizará a demanda en base a lo que se establecerá en el futuro análisis de los requerimientos para el control y gestión de carga y descarga”.

 
 

Esta cámara de multar se acompaña de otros equipos tecnológicos:

un ordenador, proyector, tablet, teléfono móvil, monitor de imagen, servidor y un centro de control.

 

 

Las cámaras en el techo pueden grabar todo lo que ocurre en un ángulo de 360 grados.

 

 

Tan pronto como descubren una infracción, el sistema recoge la matrícula del coche infractor, envía la información a una tablet en el interior del coche y se procede directamente a la tramitación de la multa.

 

 

El encargo del Ayuntamiento de León, según informa el Diario de León, se presenta con un presupuesto de 200.000 euros.

 

 

Pero el proyecto global suma otros 199.650 euros para la

“contratación del suministro de un conjunto de señalización vertical con bluetooht integrado para la implementación de un módulo gestor de cargas y descargas dentro de la app Telpark”.

 

 

La contratación se hace de manera directa con este empresa, perteneciente al socio privado de la ORA, para que añada un módulo dentro de la aplicación que ya funciona a modo de parquímetro.

 
 

El contrato se adjudicará en las próximas semanas de manera que los Multacar estén ya en funcionamiento en León como muy tarde el 31 de diciembre de 2023.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/son-nuevos-coches-policia-con-camaras-multar-en-marcha-por-todo-esto_284105_102.html

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11 de octubre de 2023

 

 

 

Alerta de la DGT: estos vehículos son los que ya preocupan a Tráfico por sus excesos de velocidad

 

Este tipo de vehículos ya están preocupando a la DGT por sus continuos excesos de velocidad en las carreteras españolas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Alerta de la DGT:

estos vehículos son los que ya preocupan a Tráfico por sus excesos de velocidad

 

 

 

Se trata de los motoristas, que han tenido un aumento de denuncias por exceso de velocidad en la segunda campaña especial de 2023.

 

 

Durante esta se han registrado un total de 14.533 de multas a motoristas, de las cuales el 41% se debía a superar la velocidad permitida.

 

 

 

A recalcar

Es importante destacar, que tal y como afirma la Dirección General de Tráfico en un comunicado, de las 252 sanciones impuestas, 251 fueron en carreteras convencionales, las cuales son especialmente peligrosas para este tipo de vehículo al poder tener la velocidad consecuencias mortales en los pilotos.

 
 
 

Mejora

Sin embargo, se ha observado una disminución en comparación con el año 2022 en el número de motoristas denunciados por conducir bajos los efectos del alcohol y de drogas.

 

 

Se han contabilizado un total de 27 casos, y 12 más por conducta temeraria o negligente.

 
 
 

Seguridad

En cuanto a la seguridad de los motoristas, es preocupante el aumento de la siniestralidad este año ya que hasta el 3 de octubre se han reportado 226 víctimas mortales en accidentes, lo que representa un aumento de 19 casos en comparación a 2022.

 
 

La DGT ha hecho, a través de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, una campaña especial de vigilancia y control durante el fin de semana del 9 y el 10 de setiembre, enfocada en carreteras frecuentadas por motoristas.

 

 

Durante dicha operación se llevaron a cabo 617 denuncias entre las 14.533 motos estudiadas.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-dgt-estos-vehiculos-son-ya-preocupan-trafico-por-sus-excesos-velocidad_284069_102.html
 

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Controles

Del total, 10.906 controles se realizaron en carreteras convencionales, las más peligrosas para motoristas debido a que el 77% de los decesos de motoristas se producen en estas vías.

 
 

La infracción más común es la del exceso de velocidad, con un total de 252 denuncias, lo que representa más del doble en comparación con el 2022.

 

 

Es importante mencionar que todas las sanciones menos una se hicieron en carreteras secundarias, donde la velocidad puede suponer la vida o la muerte.

 

 

 

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El verdadero peligro es el hecho de que los motoristas paran el impacto por un accidente con su propio cuerpo

 

 

 

Otras razones

Además de por esta razón, ha habido 69 sanciones por la falta de ITV en vigor, 59 por el uso de silenciadores, 22 por la falta de seguro obligatorio y 21 por la falta de documentación del conductor.

 

 

El aumento de la siniestralidad entre motoristas es motivo de preocupación y enfatiza la importancia de cumplir con las normas de tráfico y de conducir de manera segura en todo momento.

 

 

Hasta el 3 de octubre, 209 motoristas han muerto en accidentes de tráfico, lo que subraya la necesidad de seguir tomando medidas de cara a mejorar la seguridad de este colectivo en las carreteras.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-dgt-estos-vehiculos-son-ya-preocupan-trafico-por-sus-excesos-velocidad_284069_102.html

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11/10/2023

 

 

 

La DGT no te deja realizar el cambio de nombre o titularidad a un coche en estos 5 casos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Antes de comprar un coche de segunda mano, asegúrate de que nada te va a impedir ponerlo a tu nombre.

 

 

Y es que hay 5 situaciones que te impedirán cambiar la titularidad del vehículo.

 
 

Si vas a comprar un coche de segunda mano, recuerda que el vehículo debe cumplir unos requisitos para que puedas realizar el cambio de nombre o de titularidad en la DGT.

 

 

Se trata de 5 situaciones que pueden impedirte poner el coche a tu nombre.

 

 

La Dirección General de Tráfico (DGT) te permite comprobar que el coche que vas a comprar puede transferirse de una sencilla manera: solicitando el informe reducido del vehículo, que es gratuito (si quieres saber, paso a paso, cómo conseguirlo, accede a esta noticia en la que te lo explicamos a través de este enlace).

 

 

El informe reducido te ofrece información sobre la fecha de la primera matriculación en España del vehículo y si hay alguna incidencia que impedirían su transferencia o por la que no puede circular.

 

 

Si en el informe reducido está todo correcto te aparecerá una señal verde, que te indicará que sí podrás cambiar de titularidad ese vehículo.

 

 

Sin embargo, si existe algún motivo por el que el coche no puede ser transferido, aparecerá una señal roja.

 
 

Eso sí, para saber cuál es la razón que te impedirá realizar el cambio de nombre o titularidad tendrás que pedir el informe detallado el vehículo, que tiene un coste de 8,67 euros.

 

 

En este informe también podrás ver información como la vigencia de la inspección técnica (IVT) o datos técnicos como las reparaciones y revisiones que se han llevado a cabo en los talleres adscritos al libro digital de mantenimiento (libro taller) de la DGT.

 
 
 

Requisitos para cambiar el nombre o titularidad

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Los requisitos necesarios para poder cambiar de titularidad o nombre un coche son los siguientes:

 

 

  • El vehículo debe estar en situación de alta administrativa: si estuviera en situación de baja temporal, el titular del vehículo (vendedor) tendrá que darlo de alta antes de realizar la transferencia. 

 

 

  • El Impuesto de Circulación del año anterior tiene que estar pagado.

 

 

  • Multas impagadas: Las sanciones que no hayan sido abonadas pueden impedir que se realice la transferencia de un coche, siempre y cuando estas estén relacionadas con la documentación del vehículo, seguro obligatorio, revisiones periódicas del vehículo (ITV) y su estado de conservación. Además, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su artículo 107 indica que: «el titular de un vehículo no podrá efectuar ningún trámite relativo al mismo cuando figuren como impagadas en el historial del vehículo cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves».

 

 

  • Que tenga una reserva de dominio: Si el vehículo tiene una reserva de dominio inscrita en el Registro de Bienes Muebles (salvo consentimiento expreso de la financiera o subrogación por parte del comprador), no podrá ser transferido. La reserva de dominio es una cláusula que incluyen muchos contratos de financiación de compraventa de coches, por la cual la titularidad del vehículo será de la entidad financiera hasta que se haya completado el pago del coche y, hasta entonces, no lo podrás vender.

 

 

  • El vehículo debe estar libre de embargos y precintos, o tiene que existir un documento firmado por el comprador en el que confirma que es conocedor de la situación de embargo o precinto del vehículo.

 

 

 

Recuerda que para poder realizar el cambio de titularidad o nombre de un vehículo debes justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621, según corresponda).

 

 

En este paso hay que aportar toda la documentación necesaria (que te explicamos detalladamente en esta información), y el importe a pagar dependerá del precio del vehículo, ya que, en función de la Comunidad Autónoma donde se haga, es un porcentaje del precio de venta, ya sea un 4 % o un 6 %.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/legal/cambio-nombre-titularidad-coche-dgt-requisitos/661703.html

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11/10/2023         /          Con agentes y 216 cámaras instaladas en las carreteras

 

 

 

La DGT vigila de forma especial las distracciones al volante durante el puente del Pilar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Durante el puente del Pilar, la DGT va poner especial atención a las distracciones al volante, puesto que en el 31 % de los siniestros con víctimas que se produjeron en 2022 estuvieron presentes.

 
 

Hasta el domingo 15 de octubre, coincidiendo con la finalización del puente del Pilar, la Dirección General de Tráfico (DGT) está realizando una campaña de vigilancia centrada en las distracciones al volante.

 

 

Un operativo que se desarrolla a nivel europeo a través de la asociación RoadPol (European Roads Policing Network).

 

 

Y es que, según datos de la DGT, las distracciones al volante estuvieron presentes en el 31 % de los siniestros de tráfico que se produjeron en 2022.

 

 

De esta forma, ocupan el primer lugar entre aquellos aspectos que se repiten de forma habitual en los accidentes.

 

 

Con esta campaña, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y todas las policías municipales que se sumen a ella, están vigilando tanto las vías interurbanas como las urbanas.

 

 

Además, también utilizan medios técnicos como las 216 cámaras que hay colocadas en las carreteras a través de las cuales se puede comprobar si el conductor está utilizando el móvil mientras conduce, por ejemplo.

 
 

La Federación Nacional ASPAYM colabora con la DGT en esta campaña llevando a voluntarios con lesión medular, que acompañarán a los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en sus controles en carretera.

 

 

El objetivo de concienciar con su presencia de las consecuencias y secuelas irreversibles que puede tener una pequeña distracción al volante.

 
 
 

Un 10 % de los conductores usa el móvil

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España participa en el Proyecto Baseline, un programa europeo de seguridad vial en el que también están otros estados de la Unión Europea y que ha puesto especial atención en las distracciones al volante, sobre todo por el uso del móvil.

 

 

Según Álvaro Gómez, director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial,

“los resultados de este Proyecto confirman lo que los datos de los siniestros nos dicen desde hace tiempo y es que las distracciones son el primer factor concurrente de siniestros mortales«.

 

 

«Pero, además, las observaciones directas llevadas a cabo nos muestran que aproximadamente el 10 % de los conductores españoles utiliza dispositivos móviles al volante, lo cual nos indica que existe un elevado potencial de reducción de la siniestralidad.

 

 

Con esta motivación, la última reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en vigor desde marzo de 2022, incrementó de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil», asegura Gómez.

 
 
 

Operación especial de la DGT para el puente del Pilar

Durante el puente del Pilar, la DGT prevé 7.450.000 desplazamientos por carretera y, por ello, ha puesto en marcha una operación especial.

 

 

En concreto, desde el miércoles 11 de octubre a las 15.00 horas, se lleva a cabo un operativo formado por agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, personal de los Centros de Gestión de Tráfico y encargado del mantenimiento de equipos y de la instalación de medidas en carretera, además de los servicios de emergencias.

 

 

Entre los medios materiales, la DGT dispone de 780 radares fijos de control de velocidad, de los cuales 92 son de tramo, 545 radares móviles que pueden ir en los vehículos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, 245 cámaras y 15 furgonetas camufladas para control del uso de móvil y cinturón de seguridad.

 

 

Además, también cuenta con helicópteros y drones para la vigilancia desde el aire; y con vehículos y motos camuflados.

 
 

Los mayores atascos, según Tráfico, está previsto que se produzcan el miércoles entre las 16 y las 22 horas; el jueves, entre las 9 y las 14 horas; y el domingo, entre las 16 y las 23 horas.

 

 

Aunque como el viernes 13 de octubre no es festivo tampoco se descarta tráfico intenso el jueves y el viernes por la tarde y el sábado por la mañana.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/dgt-vigila-distracciones-puente-pilar/662077.html
 

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Obras en la autovía A-4

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Debido a las obras en el kilómetro 120 de la autovía A-4 en la que se reduce la circulación de vehículos a un carril por sentido, Tráfico ha diseñado itinerarios alternativos para evitar la zona afectada, que están señalizados usando los paneles de mensaje variable ubicados en la autovía afectada y en las autovías alternativas a esta.

 

 

Los itinerarios alternativos son los siguientes:

 
 
  • De la Zona Centro (Comunidad de Madrid), se propone ir por la Autovía de Extremadura A-5 hasta Mérida, para luego coger la A-66 hacia Sevilla.

 

 

  • De la Zona Centro (Comunidad de Madrid) también se puede ir hacia Andalucía por la A-42 (Toledo), CM- 42 (autovía de los Viñedos) hasta Madridejos para posteriormente coger, pasada la zona de obras, la autovía A-4 dirección Córdoba-Sevilla.

 

 

 

Recomendaciones de cara al otoño

Por último, la Dirección General de Tráfico (DGT) da los siguientes consejos relacionados con la conducción en otoño, teniendo en cuenta las peculiaridades de esta estación meteorológica:

 

  • Antes de iniciar el viaje, es recomendable poner a punto el coche para el otoño con una revisión.

 

 

  • Durante el viaje, si surgiesen condiciones climatológicas desfavorables, disminuye la velocidad y aumenta la distancia de seguridad. En trayectos largos, es mejor pararse en un área de descanso y esperar a que las condiciones mejoren.

 

 

  • En caso de niebla, lluvia o de noche, enciende las luces de cruce (y las antiniebla en su caso) respetando siempre la regla esencial de “ver bien y ser visto”. Aumenta también la distancia de seguridad.

 

 

  • Infórmate de la posibilidad de que se produzcan condiciones meteorológicas adversas en carretera a través de la Agencia Estatal de Meteorología, y planifica el viaje por la ruta más segura para evitar imprevistos mediante las cuentas de la red social X, @informacionDGT y @DGTes, de los boletines informativos en radio y televisión, en el teléfono 011, y utiliza los itinerarios alternativos propuestos en caso necesario.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/dgt-vigila-distracciones-puente-pilar/662077.html

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16 de octubre de 2023

 

 

 

La nueva ley que puede suponer ya multas de la DGT de hasta 10.000 € por una acción habitual

 

La nueva Ley de Protección de los derechos y el bienestar de los animales castiga severamente acciones comunes como dejar a las mascotas en los coches.

Te contamos cómo cambia la normativa y cómo puede afectarte.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La nueva ley que puede suponer ya multas de hasta 10.000 € por una acción habitual

 

 

 

El aviso lo da hoy la Fundación RACE: dejar a una mascota sola en el coche puede suponer a partir de ahora multas de hasta 10.000 euros.

 

 

Conviene conocerlo y estar informado, porque la nueva Ley de Protección de los derechos y el bienestar de los animales, que entró en vigor el pasado día 29 de septiembre, no es ninguna broma y trae cambios normativos de consideración respecto al cuidado de los animales domésticos.

 

 

A partir de ahora, por tanto, cualquier comportamiento que ponga en peligro la salud de un animal supondrá una infracción según la nueva ley, con multas económicas de consideración.

 

 

Y es que la nueva norma no solo busca prevenir el maltrato o abandono de los animales, sino que, como indica el RACE,

fija las condiciones mínimas en las que los animales deben vivir, aborda la educación de sus dueños y establece prohibiciones y obligaciones respecto a la forma en la que estos pueden ser trasladados”.

 
 
 

Sanciones de hasta 10.000 € por dejar animales encerrados en los coches

Entrando ya en el mundo del automóvil, el que nos ocupa, la nueva ley establece por primera vez importantes sanciones de hasta 10.000 euros para quienes dejen a un animal encerrado en un coche, además de exigir determinadas condiciones a los vehículos para el transporte de mascotas.

 
 

Según advierte la Fundación RACE, ahora los vehículos “deben contar con un sistema de climatización y ventilación a efectos de mantener a los animales dentro de su rango de confort (art.59)”,

lo que por lo tanto, con la norma en la mano, dejaría fuera de la posibilidad de transportar mascotas a los coches antiguos sin aire acondicionado.

 

 

 

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La nueva Ley de Protección y bienestar animal cataloga como importantes sanciones no cuidar la salud de las mascotas.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-ley-puede-suponer-ya-multas-dgt-hasta-10000-por-accion-habitual_284317_102.html
 

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Respecto a lo que dicta la ley sobre el cuidado de animales, el Reglamento General de Circulación establece ya normas generales respecto al transporte de mascotas, destacando en su artículo 18.1 que el conductor

“deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.

 

 

La DGT asegura también que, aunque hay ciertos detalles del traslado de animales en los coches que no están suficientemente especificados en las leyes, aunque confirma que se regulará en próximas modificaciones del reglamento, desde Tráfico sí consideran por ejemplo que aunque no esté expresamente prohibido que un animal viaje en el asiento delantero, sí puede suponer una infracción si se considera que distrae o molesta al conductor.

 
 

Dentro de las novedades aprobadas en la última ley de bienestar animal, el artículo 24 considera que las mascotas no tienen que ser

“dejadas solas dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”.

 

 

Y en su artículo 60.2 se expresa directamente

“cuando los animales de compañía deban permanecer en vehículos estacionados, se adoptarán las medidas pertinentes para que la aireación y la temperatura sean las adecuadas”.

 

 

 

Diferencias entre infracciones leves, graves o muy graves

Dentro de la nueva normativa se especifican tres tipos de sanciones (leves, graves y muy graves), con distintas multas en función a su catalogación.

 

 

A continuación te mostramos qué dice cada una:

 

 

  • Infracción leve: cuando, por acción u omisión, el conductor no cumpla con las obligaciones marcadas por la ley, sin que ello provoque “daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal”. La sanción puede ir desde un apercibimiento a una multa de entre 500 y 10.000 euros.

 

 

  • Infracción grave: cuando, por acción u omisión, el incumplimiento de la norma implique “daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les cause la muerte o secuelas graves”. Aquí se incluiría mantener, de forma permanente, a un animal dentro de un vehículo (al igual que en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos o patios”. Entre 10.001 y 50.000 euros.

 

 

  • Infracción muy grave: cuando la inobservancia de la ley ocasione la muerte del animal, la sanción puede oscilar entre 50.001 y 200.000 euros.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-ley-puede-suponer-ya-multas-dgt-hasta-10000-por-accion-habitual_284317_102.html

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16 de octubre de 2023

 

 

 

A 150 km/h en autopistas y autovías, el nuevo límite de velocidad superior que puede entrar en vigor

 

Este límite de 150 km/h se está implementando ya en algunos países de Europa, a pesar de que en España la DGT aboga por reducir la velocidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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A 150 km/h en autopistas y autovías, el nuevo límite de velocidad superior que puede entrar en vigor

 

 

 

Se trata de un pensamiento europeo en el que algunos países están considerando llevar la contraria al ente español, aumentando los límites en autopistas y autovías de alta velocidad.

 

 

Como bien sabemos en España el límite máximo es de 120 km/h, pero esto podría acabar cambiando.

 

 

 

Anteriormente

Hasta hace no mucho, se permitía el aumento hasta los 130 km/h, aunque finalmente fue una acción revertida con el fin de asegurar aún más nuestras carreteras.

 

 

Sin embargo, los decesos en las carreteras en España siguen siendo muchos, por lo que queda bastante claro que hay algo que falla.

 
 
 

Resto de Europa

Sin embargo, en el resto de Europa, cogiendo como ejemplo a la República Checa e Italia, el límite ya es de 130 km/h, y aún así se están planteando elevar aún más el límite hasta 150 km/h.

 
 
  • En el primero de ellos, en la República Checa, ya se ha aprobado la medida en el Congreso para imponer esta nueva limitación en tramos concretos, aunque se empezará a llevar a cabo en 2026.

 

 

  • En el segundo, en Italia, la propuesta fue presentada en primavera por el Ministro de Infraestructuras y Transportes y, al igual que en el caso checo, se aplicaría en tramos de autopistas.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/150-km-h-en-autopistas-autovias-nuevo-limite-velocidad-superior-puede-entrar-en-vigor_284315_102.html
 

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La justificación respecto a esto es que las velocidades no se ajustan a la potencia con la que cuentan los vehículos modernos, a lo que hay que sumar la seguridad con la que cuentan con sistemas como el frenado de emergencia, el sistema de mantenimiento de carril o el limitador de velocidad.

 

 

El ejemplo está en Alemania, donde hay algunas vías conocidas como autobahn en las que ni si quiera hay límites de velocidad para que la gente pueda disfrutar de sus coches yendo más rápido de lo permitido habitualmente, especialmente aquellos que cuentan con coches preparados para ello.

 

 

 

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En Alemania, uno de los países más punteros en cuanto a la movilidad en coche, hay lugares sin limitaciones de velocidad

 

 

 

Único caso en España en el que sí se puede circular a 150 km/h

Hay pocos conductores que lo conozcan, pero hay una excepción en nuestro país que permite a determinados conductores y en unas circunstancias concretas, rebasar por 30 km/h el límite máximo de 120 km/h.

 

 

Se trata de aquellos vehículos que se encuentran en fase de pruebas o experimentación y que cuentan con un permiso especial que se lo concede el Estado al fabricante, a los importadores, a los laboratorios oficiales, etc., para vehículos que aún no cuentan con la matrícula ordinaria definitiva.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/150-km-h-en-autopistas-autovias-nuevo-limite-velocidad-superior-puede-entrar-en-vigor_284315_102.html

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