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Publicado

27 de julio de 2020

 

 

 

Los 10 importantes cambios que anuncia la DGT con la nueva normalidad: toma nota

 

 

La DGT anuncia en su revista digital los 10 importantes cambios que quieren imponer con la nueva normalidad. Toma nota, porque te van a influir.

 

 

 

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La DGT lleva tiempo lanzando algunos globos sondas en los que se contemplan algunos cambios y tendencias que esperan aplicar muy pronto. De momento no hay ningún tipo de modificación en el Reglamento General de Circulación, pero la publicación de un artículo en su revista digital deja bien a las claras cuáles son los 10 importantes cambios que la DGT quiere traer con la nueva normalidad.

 

 

La ciudad en el punto de mira

El artículo de la DGT, que puedes leer aquí, lista 10 puntos sobre los que esperan que verse la nueva movilidad, aprovechando algunos cambios de costumbres que ha podido traer la crisis sanitaria que estamos pasando y otros que ya se habían planteado hace tiempo.

 

Y, sin duda, el tráfico rodado en ciudad es uno de los objetivos en los que la DGT ha puesto el punto de mira. En primer lugar, uno de los planes más ambiciosos de Pere Navarro y del que ya ha avisado en repetidas ocasiones: reducción de la velocidad en la mayoría de calles.

 

 

El director de la DGT no dudó en alabar a Madrid cuando el Ayuntamiento impuso un límite de 30 km/h en todas las calles de un carril por sentido. En este caso, la DGT pone el ejemplo de Pontevedra, donde esta medida se implantó ya hace 20 años, con resultados evidentes: nueve años seguidos sin víctimas de tráfico y el 80 por ciento de los niños entre 6 y 12 años caminan solos al colegio.

 
 
 
 
 
Las bicicletas y los peatones serán los grandes beneficiados con los cambios de la DGT
 

 

Las bicicletas y los peatones serán los grandes beneficiados con los cambios de la DGT

 

 

Otra de las intenciones de la DGT es que se amplíen el número de calles residenciales, donde el límite de velocidad es de 20 km/h, los peatones y ciclistas tienen prioridad, el tráfico está restringido a los residentes y apenas se permite el paso de vehículos para las labores de carga y descarga. Según el artículo, esto ayudaría a pacificar el tráfico.

 

 

En el mismo sentido, el organismo resume en otros tres puntos las tendencias que se han seguido durante los meses de confinamiento. Las limitaciones de movimientos han obligado a las ciudades a reordenar el tráfico, dar mayor presencia al peatón y reducir la velocidad de sus calles para protegerlos, al tiempo que el uso de la bicicleta se ha disparado, una ola que la DGT no quiere dejar pasar, pues más bicicletas consideran que es sinónimo de una vida más saludable y menores índices de contaminación.

 

 

Una nueva forma de moverse

Si las ciudades son el gran objetivo de la DGT, las nuevas formas de movilidad y la modernización de las que ya conocemos son clave para reducir emisiones, atascos y llevar una vida más saludable.

 

 

En este marco, el transporte público es clave, por lo que la DGT lo defiende pues la viabilidad del mismo depende del uso que le den los ciudadanos, que asustados por la pandemia han reducido sensiblemente sus trayectos en este medio de transporte. Si dichos usuarios no regresan a este sistema, lo normal es que gran parte de los viajes se trasladen a otros canales que pueden empeorar la circulación.

 

 

Y para que los pasajeros no tengan miedo, la DGT aboga por aplanar las horas punta, flexibilizando la hora de entrada al trabajo y la presencia en el mismo, aprovechando el teletrabajo, lo que reduciría los atascos y las aglomeraciones en el transporte público. 

 

 

 

Los desplazamientos intermodales son claves para una movilidad más eficiente

 

Los desplazamientos intermodales son claves para una movilidad más eficiente

 

 

Y para acompañar al transporte público, la DGT apuesta por los desplazamientos intermodales. Nunca hemos tenido tantas posibilidades y facilidades para movernos por las ciudades.

 

 

Y todas al alcance de la mano con un teléfono móvil. Herramientas eficientes y poco contaminantes como servicios públicos y privados de bicicletas, patinetes o coches compartidos.

 

 

En cuanto a los vehículos utilizados, el organismo apuesta por una reconversión del parque automovilístico a vehículos más eficientes y menos contaminantes, primando la energía eléctrica sobre los motores movidos por combustibles fósiles.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/10-importantes-cambios-anuncia-dgt-con-nueva-normalidad-toma-nota_160063_102.html


Publicado

28 de julio de 2020

 

 

Estas multas de tráfico te pueden costar 200 euros (y no son de velocidad…)

 

 

El exceso de velocidad es una de las multas más frecuentes, pero hay muchas otras, sancionables con 200 euros, que también se suelen dar en nuestras carreteras. Te detallamos todas estas sanciones.

 

 

 

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Con el verano el número de desplazamientos en carretera aumenta de forma destacada. En 2020 además se da la circunstancia que un buen número de conductores va a volver a coger el coche después del tiempo que no lo han usado durante el tiempo que ha estado vigente el estado de alarma en España. Por este motivo, resulta conveniente tener en cuenta una serie de multas muy frecuentes, que no están relacionadas con la velocidad, sancionables con hasta 200 euros y, en algunos casos, con pérdida de puntos en el carné de conducir.

 

 

De la mano de OcasionPlus.com, recopilamos las multas más frecuentes que se suelen dar en verano y añadimos un nuevo tipo de multa (la de no llevar mascarilla en el coche cuando proceda) que se añade al listado de posibles sanciones que debes tener en cuenta a la hora de coger tu vehículo.

 

 

 

 

NO LLEVAR MASCARILLA EN EL COCHE CUANDO PROCEDA: HASTA 100 EUROS

Con las nuevas normas de movilidad impuestas tras la nueva normalidad tras la finalización del estado de alarma por el Covid-19, se ha establecido una multa de hasta 100 euros a aquellos que no lleven la mascarilla puesta en el coche cuando proceda. ¿Y cuándo la deben llevar? Sólo es obligatoria cuando los ocupantes del vehículo no viven en el mismo domicilio.

 

 

 
 
 

DISTANCIA DE SEGURIDAD INADECUADA: 200 EUROS Y 4 PUNTOS

No guardar la distancia de seguridad con el vehículo que circula por delante de nosotros puede ser sancionable con 200 euros de multa. Esta sanción también conlleva la pérdida de hasta cuatro puntos en el carné de conducir.

 

 

 

QUEDARSE SIN GASOLINA EN EL DEPÓSITO: HASTA 200 EUROS

La normativa considera un acto de “conducción negligente” el quedarse sin gasolina mientras se circula. En la interpretación del Reglamento de Circulación se puede sancionar este hecho con 200 euros.

 

 

 

CONDUCIR SIN CAMISETA, EN CHANCLAS, DESCALZO, CON EL CODO POR FUERA…

Las sanciones en estos casos pueden llegar a los 200 euros. A las acciones de conducir sin camiseta, en chanclas, descalzo o con el codo por fuera de la ventanilla también se une la posibilidad de beber y comer mientras se conduce. Todas estas actividades pueden suponer una distracción, además de no favorecer las condiciones seguras “para que los conductores mantengan en todo momento las condiciones para controlar su vehículo”, según el artículo 177 del código de circulación. Una vez más, incide la interpretación que pueda hacer el agente.

 

 

 

TIRAR UNA COLILLA POR LA VENTANA: 200 EUROS Y 4 PUNTOS

Nunca podríamos estar más de acuerdo con una multa de tráfico. En nuestra opinión personal, tirar una colilla por la ventana con el consiguiente riesgo de provocar un incendio se sanciona con 200 euros y 4 puntos del carné, una sanción que se debería sancionar de forma más dura, según nuestro punto de vista.

 

 

 

NO CIRCULAR POR LA DERECHA: HASTA 200 EUROS

El código de circulación establece que el carril adecuado y óptimo para circular será el derecho, utilizando los demás carriles (el del medio o el de la izquierda del todo) para adelantar. No circular del modo que estable el código, es decir, permanecer durante muchos kilómetros en el carril central o en el izquierdo, se sanciona con una multa de 200 euros.

 

 

 

USO DEL TELÉFONO MÓVIL AL VOLANTE: 200 EUROS Y TRES PUNTOS DEL CARNÉ

Está comprobado que el uso del móvil, para llamar o recibir mensajes o para mandar un *********, es extremadamente peligroso. Las leyes de tráfico al respecto sancionan esta acción con 200 euros y la pérdida de tres puntos. Del mismo modo, si un conductor circula con auriculares puestos, la Ley de Seguridad Vial también lo sanciona con 200 euros y la pérdida de tres puntos.

 

 

 

NO LLEVAR EL CARNÉ DE CONDUCIR CONSIGO: HASTA 10 EUROS

No llevar el carné de conducir consigo mismo está tipificado como una infracción leve de 10 euros.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-multas-trafico-te-pueden-costar-200-euros-y-no-son-velocidad_160129_102.html

Publicado

30 de julio de 2020

 

 

 

Los casos en los que circular con exceso de velocidad te pueden llevar a la cárcel

 

 

 

El exceso de velocidad está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, pero también pueden llegar a ser delito.

 

 

 

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Pese a que la siniestralidad se ha reducido con respecto a otros veranos, los excesos de velocidad están siendo una de las infracciones más detectadas en las carreteras españolas. Durante la última campaña de vigilancia y control de la velocidad realizada por la Dirección General de Tráfico, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron 2.544 puntos de control de velocidad y controlaron a 550.267 vehículos, 164.853 vehículos más que en la campaña del año anterior. Del total de vehículos controlados, 28.969 conductores resultaron infractores, y denunciados por exceso de velocidad.

 

 

 

Según explica la Dirección General de Tráfico, ver las autovías más vacías que otros años puede provocar una falsa sensación de seguridad que anime a los conductores a pisar más el acelerador. Pero circular a una velocidad por encima de la permitida puede acabar provocando un accidente con graves consecuencias.

 

 

 

Los excesos de velocidad están considerados como infracciones graves o muy graves y por lo tanto están castigados con multas que pueden ir de los 100 hasta los 600 euros, según sea el exceso cometido. Pero en algunos casos incluyen pena de prisión y privación del permiso de conducir.

 

 

Cuándo se considera delito el exceso de velocidad

El artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

 

 

 

Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido. Por último y según los baremos de la DGT, ya se considera el exceso de velocidad una infracción muy grave cuando supera en 50 km/h los límites máximos establecidos.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/casos-en-circular-con-exceso-velocidad-te-pueden-llevar-carcel_160235_102.html

Publicado

31 de julio de 2020

 

 

 

La Guardia Civil te recuerda la importancia del protocolo PAS en carretera

 

 

El protocolo PAS puede salvar vidas en carretera. Para recordar su importancia, la Guardia Civil nos recuerda en qué consiste.

 

 

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El protocolo PAS puede salvar vidas. Tan sencillo como eso. Esto ha llevado a que la Guardia Civil publique en redes sociales un tweet en el que recuerda y explica en qué consiste esta forma de actuar. No lo olvides, si eres testigo de un accidente: protege, avisa, socorre.

 

 

Es tan sencillo que, al igual que otros internautas que han contestado a la Guardia Civil, el protocolo PAS debería enseñarse en las escuelas, ya que puede ser la diferencia entre que una víctima de un accidente de tráfico salga con vida. Los pasos que debes dar, lo explica el cuerpo con una imagen en su tweet.

 

 

 

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  • Proteger: Lo primero que hay que hacer en un accidente es salvarnos a nosotros mismos. Nada podemos ayudar si propiciamos un atropello. Aparca el coche lo mejor posible, sal del coche con el chaleco puesto y nunca te acerques a un coche en llamas o que transporta mercancías peligrosas. Utiliza tus propios triángulos para señalizar el accidente y alertar a otros conductores.

 

  • Avisar: Una vez que tienes señalizado el accidente, llama al 112 y trata de dar la información más detallada posible, como el punto kilométrico, las poblaciones cercanas, la carretera o si hay algún local (gasolinera, restaurantes…) que pueda servir de referencia. Una vez especificada tu situación, explica a los servicios de emergencia cómo se encuentran las víctimas y cuál es su situación.

 

  • Socorrer: Tratar de ayudar a una víctima es muy peligroso. Por norma general, no muevas a los pasajeros heridos y no les des de beber o comer, ya que no sabemos qué lesiones pueden tener. A cambio, trata de tranquilizar a las víctimas estando a su lado y hablando con ellos. Practica primeros auxilios sólo si es imprescindible y los conoces.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/guardia-civil-te-recuerda-importancia-protocolo-pas-en-carretera_160290_102.html

Publicado

3 de agosto de 2020

 

 

 

La DGT avisa: esto puede ocurrirte si te niegas a pasar un control de alcohol y drogas

 

 

Conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas conlleva un grave peligro para ti y para el resto de usuarios de la vía. Negarte a pasar un control ante las autoridades puede traerte consecuencias penales.

 

 

 

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Todos conocemos la “muletilla” de al volante cero alcohol y cero drogas, y no por repetirla con frecuencia debe pasarse por alto. Ya no es solo por la posible multa que te pueda caer si te pillar conduciendo bajo los efectos del alcohol o de alguna sustancia ilegal, también por tu seguridad y por la de los que te rodean en la carretera.

 

 

Si las autoridades te realizan un control de alcoholemia y/o un control anti drogas y das positivo, las multas pueden ser fuertes e incluso podrías incurrir al Código Penal, con posibles penas de cárcel. Pero ojo, porque negarte a pasar dicho test termina en esto último: el propio Código Penal, en su artículo 383, nos recuerda que negarse a someterse a uno de estos controles se considera delito, con penas de prisión de entre 6 meses y un año, así como la sustracción del permiso de conducir de 1 a 4 años.

 

 

 

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¿Cómo se realizan los controles de alcohol y de drogas?

Debes recordar algo importante: no solo los conductores de vehículos y de motocicletas están obligados a pasar un control si así se lo solicitan las autoridades o si están involucrados en un accidente. Ciclistas y peatones, en esta última circunstancia, también pueden verse obligados a un test de alcoholemia o anti drogas si han causado un accidente de tráfico. Es decir: si se niegan también a hacerlo, las penas son las mismas según el Código Penal en España.

 

 
 
 

Frecuentemente, los agentes realizan primero la prueba de alcoholemia. Esta se realiza soplando, midiendo la cantidad de alcohol en miligramos por litro en aire espirado. En el caso de dar un primer positivo, se realiza una segunda muestra con un espacio de tiempo de 10 minutos entre ambos test. En caso de volver a dar positivo, se inmovilizaría el vehículo y se impondría la multa correspondiente.

 

 

 

La DGT estudia nuevas multas contra el uso del móvil, el alcohol y las drogas

 

Negarse a un control de alcoholemia o drogas puede conllevar una infracción penal.

 

 

La prueba anti drogas se realiza tomando una muestra de saliva. Como en el anterior test, se toma una segunda muestra en caso de que la primera dé positiva por consumo reciente de sustancias ilegales. Esta segunda se envía a laboratorio para su análisis y confirmación del positivo. De la misma forma, el conductor no podría reemprender la marcha con su vehículo.

 

 

El conductor o persona implicada puede solicitar un análisis de sangre, a modo de contraste, en un centro hospitalario o en un centro de salud. En el caso de que esta prueba vuelva a dar positivo, dicho resultado se unirá al informe del agente de la Guardia Civil para tramitar el correspondiente expediente, teniendo además que pagar los gastos correspondientes a la prueba el implicado.

 

 

 
La tecnología de la DGT que hará 800.000 controles de drogas al año

 

Controles anti droga a pie de carretera.

 

 

Multas por dar positivo en las pruebas de alcohol y drogas

Para los test de alcoholemia, se empezará a multar a partir de los 0,25 mg por litro en aire espirado o de 0,5 gramos por litro en sangre (0,15 y 0,3, respectivamente, para conductores profesionales y noveles con menos de dos años de carné). Las multas serán de 500 euros y 4 puntos menos en el carné por dar un resultado de 0,26-0,50 mg por litro de aire espirado. Entre 0,50 y 0,60, la sanción asciende a 1.000 euros y 6 puntos menos en el carné.

 

 

De sobrepasar este último umbral, o 1,2 gramos por litro en sangre, o también de dar positivo en un control anti drogas, ya estaríamos hablando de una infracción penal, con posibilidad de pasar de 3 a 6 meses en la prisión, de recibir una multa de 6 a 12 meses o pasar de 31 a 90 días realizando trabajos en beneficio de la comunidad. Y siempre, con la pérdida del carné de conducir entre 1 y 4 años.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-esto-puede-ocurrirte-si-te-niegas-pasar-control-alcohol-drogas_160391_102.html

Publicado

5 de agosto de 2020

 

 

La Guardia Civil avisa: esta acción habitual en el coche puede costarte 100 € de multa y la vida

 

 

La DGT recoge la sanción y cada año te lo recordamos: llevar los pies en el salpicadero del coche en viajes no solo es motivo de multa… si no que debes concienciarte de que puedes jugarte la vida.

 

 

 

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Verano, calor, viajes largos en carretera y una práctica se repite cada año: ver circular en coches a ocupantes con los pies subidos en el salpicadero y con otras posturas incorrectas, como sacando el brazo por la ventana o tumbados. Como somos así de pesados, cada año también nosotros te lo repetimos: NUNCA, JÁMAS lo hagas. ¿Por qué?

 

 

Lo de menos, sin duda, es que con este tipo de acciones habituales te arriesgas en carretera a una sanción de 100 euros: la multa poco importa cuando en realidad lo que te juegas es la vida. Y cada año tenemos muchos ejemplos de importantes lesiones e incluso fallecimientos en accidentes de tráfico debido a este mal y peligroso hábito.

 

 

 

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La propia Guardia Civil ha querido recordarlo en redes sociales de cara a esta Operación Especial de Verano, y la DGT periódicamente también lo advierte. Como ejemplo siempre dispuesto a remover conciencias tenemos un tuit, ya bastante antiguo, de una enfermera del SUMMA 112 que, como puedes ver por debajo, hizo pública una radiografía real de las consecuencias de llevar los pies en el salpicadero en caso de accidente.

 

 
 
 

Debido a esta postura, claramente incorrecta y no recomendada, ni los airbags ni el cinturón de seguridad protegen del modo para el que se han desarrollado, generando en primer lugar el llamado “efecto submarino” por el que te deslizarías por debajo en caso de accidente, como también muestra el tuit de la Guardia Civil. Además, los propios airbags terminan impactando contra zonas no previstas, generando lesiones muy graves y desplazamientos en las piernas, con consecuencias tales como lesiones medulares o cerebrales.

 

 

 

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En este sentido, otro médico de urgencias también compartió en Twitter otra imagen real de las consecuencias de llevar las piernas sobre el salpicadero y tener un accidente de coche: luxación grave de rodilla con compromiso vascular.

 

 

 

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Pero, si ver estas imágenes reales todavía no llega a impactar del todo, también el RACE y Goodyear advirtieron hace meses con un vídeo sobre las consecuencias de viajar en una postura incorrecta y tener un accidente a únicamente 56 km/h de velocidad.

 

 

Además de avisar de que tumbarte en los asientos traseros o viajar sin cinturón es muy peligroso, el estudio reflejaba que viajar con los pies en el salpicadero puede llevar a que la columna vertebral sufra lesiones muy graves e incluso a provocar un impacto durísimo de la cabeza contra las piernas, como puedes ver en el vídeo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/guardia-civil-avisa-accion-habitual-coche-puede-costar-100-multa-vida_160479_102.html

Publicado

4 de agosto de 2020

 

 

Este es el nuevo sistema de la DGT para saber si tienes multas… y para pagarlas

 

 

Además de la sede electrónica y del TEU, la DGT activa un nuevo sistema para consultar multas y pagarlas, y ofrecer muchos más servicios. Se trata de la app miDGT.

 

 

 

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Seguro que has oído hablar ya de la nueva aplicación de la DGT. Nosotros ya te hemos contado en varias ocasiones su puesta en marcha, y también ha sido fuente de polémica por la denuncia interpuesta contra ella acusada por contar con algunas funciones ilegales. Sin embargo, hoy te hablamos de muchos de los nuevos servicios que incorpora este nuevo sistema de digitalización en Tráfico.

 

 

Y es que, además de a través de la sede electrónica de la DGT y del Tablón Edictal Único (TEU) del BOE, ahora puedes consultar también en esta nueva aplicación, disponible ya para descargar en teléfonos móviles, si tienes alguna multa pendiente por pagar. Además, por supuesto, podrás directamente abonarla a través del sistema las sanciones. Pero, ¿cómo se accede a estas funciones?

 

 

 

Descárgate ya la app miDGT para consultar multas y pagarlas

 

 

 

Antes de descargar la app es importante que sepas que debes estar dado de alta en el sistema cl@ve, la plataforma de identificación segura para realizar trámites electrónicos de la Administración General del Estado. O bien contar con certificado digital o DNI electrónico. Luego ya sí, puedes descargarte la app, identificarte con tu usuario y así ya todos los accesos se efectúan comprobando la huella o patrón de seguridad registrado ya en el dispositivo.

 

 

Una vez ya dentro del sistema, la app miDGT cuenta con un apartado, “Avisos y alertas”, donde podrás consultar toda la información pendiente relacionada con la DGT: entre ellas, las multas que te han puesto y no has abonado todavía. A través ya de este mismo mecanismo, podrás pagar directamente la sanción.

 

 

Pero esta nueva aplicación de la DGT ofrece también otras muchas funcionalidades interesantes. En otro apartado “Ver mi carnet”, encontrarás ya la imagen virtual de tu permiso de conducir, que nace con el objetivo de que a corto plazo pueda sustituir al carné físico y llevarlo siempre contigo en tu móvil.

 

 

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Además, en el apartado “Mis vehículos” encontrarás también toda la información que dispone la DGT sobre tus coches o motos, siempre que estén registrados a tu nombre. Junto a la tarjeta medioambiental que corresponde a cada uno, comprobarás también que está incluido el permiso de circulación, la ficha técnica, número de bastidor, estado actual de la ITV o seguro vigente, con fecha de inicio y fin de la cobertura, entre otra información relevante.

 

 

Con esta aplicación, por último, también podrás consultar tu saldo de puntos, así como acceder y actualizar datos de contacto y domicilio registrados en la DGT. La solicitud de cita previa en oficinas o la petición del Informe del Vehículo son otras funcionalidades que se van poco a poco incorporando.  

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/este-es-nuevo-sistema-dgt-saber-si-tienes-multas-pagarlas_160438_102.html

Publicado

6 de agosto de 2020

 

 

 

Cuatro coches circulan casi 2 km en sentido contrario y alegan que fue un error del GPS

 

 

Ni uno ni dos: hasta cuatro conductores han sido identificados en Galicia por conducir en sentido contrario y realizar un giro prohibido. Ahora se enfrentan a una denuncia por conducción temeraria.

 

 

 

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¿Verdad o excusa? En todo caso, se trataría de una conducta inadmisible y capaz de poner en grave riesgo a todos los usuarios de la vía. Cuatro conductores, todos vecinos de Santiago de Compostela y de la misma familia además, han sido denunciados por la Guardia Civil de A Coruña por circular con sus 4 coches durante casi 2 kilómetros en sentido contrario, a pesar de que, según las fuentes, la carretera estaba perfectamente señalizada y todos los carriles delimitados.

 

 

Los hechos sucedieron en la AC-12, a la altura de Perillo, en A Coruña, cuando, tras realizar además un giro prohibido delante prácticamente de las dependencias de la Guardia Civil de Tráfico, cuatro vehículos circularon en dirección Madrid durante casi 2 kilómetros, del 5,800 al 7,400.

 

 

Advertida ya del suceso, otra patrulla de la Guardia Civil salió a interceptar el vehículo y una más llegó a parar la circulación un poco más adelante en la misma carretera para evitar accidentes trágicos ya que se acercaban además a un cruce.  Al ser detenidos por los agentes de seguridad, los infractores alegaron que un error en la marcación del GPS del primer coche, aconsejando esa ruta, les había llevado a todos a cometer la imprudencia.    

 

 

Identificados, todos han sido denunciados ya por conducción temeraria por la Guardia Civil, y, tras dar negativo en las pruebas de alcohol y drogas, se enfrentan ahora a una fuerte sanción económica y a la retirada de hasta 6 puntos del carné de conducir.

 

 

La Guardia Civil, aprovechando este suceso, ha querido dejar claro que, aunque realmente sea el navegador quien indique una ruta no apropiada “la responsabilidad de su uso recae siempre en el conductor”. Para ello, aconsejan no manipular los GPS con los vehículos en circulación y comprobar siempre antes si las indicaciones que dan son correctas o no.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/cuatro-coches-circulan-casi-2-km-en-sentido-contrario-alegan-fue-error-gps_160521_102.html

Publicado

7 de agosto de 2020

 

 

 

La DGT avisa: hasta 500 € de multa si no llevas todo esto obligatorio en tu coche

 

 

Además del kit de seguridad, hay otros 5 elementos que debes llevar siempre en tu coche o son motivo de sanción. Las multas oscilan entre los 10 y los 500 euros.

 

 

 

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Agosto, mes de vacaciones y de viajes a la playa, al pueblo o a la montaña. Incluso en tiempos del coronavirus, y de rebrotes, la movilidad se ha incrementado notablemente en las últimas semanas. Por eso, y tras haber estado varios meses con el confinamiento y el estado de alarma, es importante que recuerdes qué debes llevar en el coche obligatoriamente si no quieres exponerte a una multa. Y recuerda que ya está activada la Operación Especial de Verano, con numerosos controles en carretera.

 

 

Por todo ello, la DGT nos ha recordado estos días qué elementos debes llevar sí o sí en el coche, porque son obligatorios. El llamado “kit seguridad” es el primero y el más importante si tienes la desgracia de sufrir un percance en carretera o un accidente. Pero no es lo único que debes siempre llevar en tu habitáculo junto a las maletas, la nevera, la sombrilla, la silla de la playa o los juguetes de los niños. Repasamos todo lo que debes llevar, elemento por elemento.

 

Triángulos de emergencia

Seguro que éste sí lo sabes. Los triángulos de emergencia sirven para señalizar cualquier percance en carretera. Debes siempre colocarlos, uno por delante y otro por detrás, para advertir al resto de usuarios de una emergencia. No llevarlos en el coche supone una sanción de 200 euros. Pero llevarlos dañados, incompletos o sin estar homologados, también acarrea la misma multa. Comprueba su estado primero antes de viajar.

 

 

.Los triángulos de emergencia son obligatorios en el coche

 

Los triángulos de emergencia son obligatorios en el coche

 

 

Chaleco reflectante

El segundo elemento del llamado “kit de seguridad” es, obviamente, el chaleco reflectante de alta visibilidad. En caso de avería o accidente, es obligatorio que bajes siempre del coche con él puesto o, de lo contrario, también te arriesgas a la misma multa que con los triángulos: 200 euros. La normativa indica que debes llevarlo además a mano para poder cogerlo siempre sin salir del coche. Su mal estado también es motivo de la misma sanción.

 

Rueda de repuesto

Otro elemento imprescindible siempre en el coche, y por el que pocas veces reparamos, es la rueda de repuesto. Siempre y cuando, claro, tu coche la equipe de serie, y no disponga de kit antipinchazos, en cuyo caso la obligatoriedad es la misma para este elemento homologado. No puedes circular sin este elemento de sustitución, cuya sanción asciende también a 200 euros. Es importante también que de vez en cuando compruebes su presión, para no llevarte una sorpresa en caso de necesidad.

 

Carné de conducir

Aunque la DGT ya ha lanzado una aplicación, “miDGT”, que permitirá llevar el carné en el móvil, de momento la normativa vigente todavía indica que estás obligado a llevar siempre en tu coche el carné de conducir físico. La sanción, como con toda la documentación obligatoria, puede oscilar entre los 10 y los 500 euros.

 

 

Permiso de circulación

Misma sanción que el carné de conducir se aplica al permiso de circulación, otro de los documentos que debes siempre por obligación llevar en el coche. Comprueba antes de emprender un viaje que los llevas todos en la guantera.

 

 

Es obligatorio que circules con la tarjeta de la ITV en el coche y con la pegatina

 

Es obligatorio que circules con la tarjeta de la ITV en el coche y con la pegatina

 

Tarjeta de la ITV

Otro documento que se rige por la misma normativa. Es necesario que tengas la ITV en regla y que lo puedas demostrar con la tarjeta. Además debes saber que es una de las prioridades que vigila la Guardia Civil en carretera, incluso montando controles exclusivamente para su comprobación en cada coche. No te arriesgues a una multa de hasta 500 euros.

 

 

Y circula con la pegatina de la ITV

Pero además de contar con la tarjeta que justifique que has superado correctamente la ITV con tu coche, es obligatorio también que lleves la pegatina en el parabrisas, en la parte visible de la zona derecha superior. Así lo indica la propia normativa de Tráfico. Ahora sí, ya puedes emprender con todo el viaje con tranquilidad.

 
Publicado

7 de agosto de 2020

 

 

 

Multa de hasta 4.000 € por organizar así el maletero: ¿cómo hay que cargarlo?

 

 

En época de vacaciones, o incluso en el día a día al realizar compras, muchos conductores no prestan especial cuidado a cómo cargan el maletero. Hacerlo mal tiene multa de hasta 4.000 euros.

 

 

 

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Llevar mal organizado el maletero, llevar suelto algún bulto en este mismo, en la bandeja o en los asientos traseros, o utilizar incorrectamente los elementos portaequipajes del techo pueden darte más de un susto.

 

 

Primero, a tu seguridad -e incluso a la del resto-: en caso de choque o colisión, un objeto mal sujeto puede ser un auténtico proyectil en el habitáculo; unas maletas mal organizadas pueden desestabilizar tu vehículo; por no hablar de si, por ejemplo, unas bicicletas más ancladas en el techo se caen y puedan provocar un accidente.

 

 

Y segundo, a tu cuenta corriente. Las multas por llevar mal organizado el equipaje del vehículo van desde los 300 hasta los 4.000 euros. Los motivos antes expuestos son suficiente explicación para que te imagines el porqué de las sanciones. Los agentes pueden multarte si no llevas bien sujeta la carga en tu vehículo, si se excede el peso máximo impuesto por el fabricante, si una carga sobresale de los límites del vehículo, o si esta tapa las luces, la matrícula, etc.

 
 
 
Maletero cargado de equipaje
 

 

Maletero con exceso de equipaje. Foto: iStock

 

 

Consejos para asegurar bien la carga en tu vehículo

Siempre que te dispongas a organizar bien la carga de tu vehículo, debes tener varias cosas en cuenta. Todos los elementos que utilices deben estar homologados; no improvises con soluciones caseras. Además de no funcionar, si te pillan puedes acabar siendo objeto de multa. Recuerda que los coches con bandeja en el maletero, esta se puede quitar para ganar más espacio de carga, pero si esta supera la altura de los asientos traseros se debe sujetar correctamente.

 

 

La carga va siempre en el maletero; para eso está. Aquí, coloca los objetos más pesados en la parte baja, así ayudarás a que el centro de gravedad esté lo más bajo posible. Si estos se mueven, asegúralos con ganchos o con gomas de tensión que estén homologadas. No coloques bultos en los asientos traseros: por muy pequeños que sean, en caso de accidente, pueden salir despedidos hacia los ocupantes con una fuerza que se multiplica hasta las toneladas de peso. Imagínate un impacto de algo así sobre tu cuerpo.

 

 

La luneta trasera puede taparse si así lo necesitas, aunque no es lo más recomendable. Si ya no entra nada más en el maletera, puedes aprovechar el espacio a los pies de los pasajeros de los asientos traseros, pero siempre encajados en la parte inferior sin que se puedan desplazar. Puedes optar, sino, por llevar el equipaje aprovechando las barras portaequipajes, con arcones que vayan bien sujetos. Recuerda que todo lo que lleves en el techo de debe ir asegurado y cubierto para evitar que se caiga nada a la carretera y pueda provocar un accidente.

 
 

Y si aun así sigues necesitando más espacio, lo mejor sería… alquilar un vehículo mayor o una furgoneta.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/trucos-y-consejos/multa-hasta-4000-por-organizar-maletero-como-hay-cargarlo_160567_102.html

  • 2 semanas más tarde...
Publicado

18 de agosto de 2020

 

 

 

Última oportunidad: o haces este trámite esta semana o la DGT puede multarte con 200 €

 

 

Antes del 21 de agosto, todos los carné de conducir que hayan caducado durante el confinamiento deberán tramitar su renovación. La DGT avisa: el plazo se acaba.

 

 

 

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Circular con el carné caducado supone una multa de nada menos que 200 euros. Y a esa cantidad pueden enfrentarse miles de conductores que se vieron afectados durante todo el inicio del Estado de Alarma al ver cómo vencía el plazo vigente de su permiso y, con las oficinas cerradas por el confinamiento, no podían realizar el trámite de renovación.

 

 

Ante ese problema, y tras reabrir las oficinas y su normal funcionamiento el día 1 de junio, la DGT concedió entonces una moratoria, un plazo extra de hasta 60 días para que todas aquellas personas cuyo carné de conducir les hubiera caducado entre el día 14 de marzo y el 31 de mayo pudieran renovar con más tranquilidad su permiso a pesar de estar teóricamente caducado.

 
 

Pues bien, ese plazo extra concluye ya esta semana, concretamente el día 21 de agosto, es decir, este próximo viernes. Con lo cual, contando ya hoy, dispondrás de apenas 4 días para solicitar la renovación de tu carné de conducir en caso de ser un conductor afectado por el confinamiento y tenerlo caducado. Recuerda de nuevo que, si no, te enfrentarás a una multa de hasta 200 euros.  

 

 

 

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Para renovar el carné de conducir debes ir a tu centro médico, solicitando cita previa.

 

 

También es importante que sepas que, tal y como ha informado la propia DGT, ya no debes ahora acudir a la sede de la Jefatura Provincial de Tráfico para proceder al trámite de renovación del carné de conducir. Ahora, la extensión de los permisos solo se realiza en centros médicos territoriales, donde debes primero pedir cita previa y cumplir por supuesto con las normas de higiene y seguridad establecidas contra el Covid-19. En tu centro médico te facilitarán ya un carné provisional durante 15 días, tiempo que suele tardar como máximo en procesarse toda la solicitud y en recibir el nuevo permiso.

 

 

La DGT además ha aclarado también estos días que la vigencia del nuevo carné de conducir será a partir de la fecha de tramitación de la renovación y no desde el momento anterior. En este sentido, con las ITV sí ha habido mucha polémica por contar inicialmente desde el momento en el que la inspección aprobada caducaba.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/ultima-oportunidad-haces-este-tramite-esta-semana-dgt-puede-multarte-con-200_191391_102.html

Publicado

18 de agosto de 2020

 

 

La DGT alerta: estas son las 10 infracciones más peligrosas al circular en moto

 

 

La DGT recuerda a los motoristas cuáles son las 10 infracciones más peligrosas y que son más habituales de lo que deberían.

 

 

 

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Una vez más, la DGT pone el foco en los motoristas. Pese a que gran parte de los esfuerzos del organismo se centran en limitar los accidentes de los colectivos más vulnerables, entre los que también se encuentran aquellos que viajan en moto, no olvidan que también éstos cometen peligrosas infracciones. Para reducir estos casos, la DGT lo ha recordado en su cuenta de Twitter.

 

 

 

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En la publicación se recuerda la importancia de llevar siempre el alumbrado encendido, lo que nos permitirá ver mejor y, sobre todo, hacernos visibles al resto de vehículos y conductores. Pero, junto a este mensaje, el tweet se acompaña de un enlace a su revista digital donde podemos leer las 10 infracciones más peligrosas en las que puede caer un motorista.

 
 

Las 10 infracciones más peligrosas de las que alerta la DGT

Así pues, la DGT ha realizado un pequeño resumen con las 10 infracciones más habituales y peligrosas entre los motoristas. Como puedes leer arriba, no llevar el alumbrado encendido es una de ellas. Podríamos decir que el gran peligro de esta acción es que otros conductores no nos vean, lo que también sucede cuando un motorista circula por el arcén para adelantar en un atasco o realiza un cambio de sentido en un lugar con poca visibilidad.

 

 
 
 

Otro de los grandes males de las infracciones en moto es el adelantamiento. Cuando adelantamos en una vía interurbana se dispara el riesgo de sufrir un accidente, por lo que debemos hacerlo con total seguridad. Por ello, deja siempre, al menos, 1,5 metros de separación, nunca adelantes por la derecha ni, tampoco, zigzagueando entre los vehículos. Por su puesto, nunca invadas el sentido contrario si una línea continua lo impide. La multa, además, asciende a 500 euros y 6 puntos en el carné de conducir.

 

 

La velocidad también es un gran enemigo de los motoristas. Es innegable que las sensaciones son una de las principales razones por las que un motorista disfruta conduciendo este vehículo, pero no debemos perder de vista que tanto en ciudad como fuera de ella existen unos límites que no se pueden rebasar. Además, el exceso de velocidad está presente en la mitad de las infracciones con motoristas heridos y en el 23 por ciento de los casos donde fallece una persona de este colectivo.

 

 

Por último, además de porque está prohibido, también por un sentido cívico, no aparques la moto en aquellas aceras o lugares donde está prohibido. Ten en cuenta que por la acera también se mueven personas mayores o ciegas a las que una moto mal aparcada pueden dificultarles mucho su día a día.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-alerta-estas-son-10-infracciones-mas-peligrosas-circular-en-moto_191405_102.html

  • 2 semanas más tarde...
Publicado

27 de agosto de 2020

 

 

 

Vehículos de emergencias en la carretera: la DGT te explica cómo actuar (vídeo)

 

 

Sabes actuar ante los vehículos de emergencia en la carretera salva vidas. La DGT te explica en un vídeo cómo actuar.

 

 

 

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Saber actuar ante los vehículos de emergencia es clave si queremos que éstos trabajen de la manera más eficiente posible, salven vidas y, además, no generemos más problemas de los que ya tienen. Sin embargo, día tras día vemos cómo algunas obligaciones no se cumplen, por lo que la DGT ha recordado algunas claves.

 

 

Utilizando un tweet con un enlace a su revista digital y el vídeo que tienes más abajo, la DGT quiere concienciar a los conductores sobre su manera de actuar en caso de encontrarse ante un accidente. Como ya se ha dicho en reiteradas ocasiones y se recuerda en la publicación, debemos circular despacio en la zona de peligro, alejarnos lo máximo posible de los agentes que trabajan en carretera para garantizar su seguridad y nunca pararnos a cotillear, pues genera atascos y puede provocar otro accidente.

 

 

 

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Pero, además, en el enlace de la revista digital también la DGT hace referencia a otros casos. En primer lugar, se recuerda que los vehículos de emergencias no están obligados a respetar las señales de paso y pueden circular por encima de la velocidad permitida, pero siempre garantizando la seguridad de todos aquellos que se encuentran en la vía.

 

 

Por ello, si observamos que uno de estos vehículos se acerca a nosotros a toda velocidad, lo primero que tenemos que hacer es mantener la trayectoria, reducir la velocidad suavemente y sólo orillarnos a uno de los lados si hay espacio suficiente para movernos con seguridad y señalizando nuestra maniobra. De esta manera, el circular del vehículo será más fluido y no tendrá que lidiar con cambios bruscos de dirección o frenazos.

 

 

Estas mismas consideraciones debemos tenerlas si circulamos por una intersección o una rotonda. Nunca debemos pararnos en el interior de las mismas, ya que podemos provocar un alcance. Y, en el segundo caso, nunca podemos cortar el paso de un vehículo de emergencias, ya que podemos retrasar su camino y generar un choque.

 

 

Por último, en el caso de que la vía esté colapsada, habrá que orillarse al arcén derecho o izquierdo, dependiendo del carril que estemos utilizando y, así, generar un carril central prioritario para los vehículos de emergencias.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/vehiculos-emergencias-en-carretera-dgt-te-explica-como-actuar-video_192007_102.html

Publicado

28 de agosto de 2020

 

 

 

La Guardia Civil explica si se puede o no cruzar un paso de peatones sobre una bici

 

 

 

Los pasos de peatones suelen ser un punto de conflicto entre peatones, ciclistas y conductores. La Guardia Civil explica si se puede cruzar o no sobre la bicicleta.

 

 

 

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Ciclistas, peatones y conductores con un mismo punto caliente: el paso de peatones. No es raro ver a ciclistas cruzando por este lugar sobre la bicicleta, lo que genera malestar entre todos los agentes mencionados. Para aclarar las dudas, la Guardia Civil ha publicado un tweet en el que deja claro qué se debe hacer.

 

 

“Un #PasodeCebra es el espacio habilitado para el cruce de peatones... y la bicicleta es un vehículo”. El inicio del tweet de la Guardia Civil ya deja claro que un ciclista no puede circular sobre un paso de peatones montado en su vehículo. Tal y como explican en la siguiente línea, el ciclista siempre tiene que bajarse y cruzar ese espacio andando.

 

 

 

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Hay que tener en cuenta que un paso de cebra está pensado para que los peatones, los agentes de la circulación más vulnerables, crucen con seguridad de acera en acera, por lo que circular con un vehículo por encima sólo aumenta los riesgos de este colectivo.

 
 

Además, ten en cuenta que un conductor también puede verse sorprendido por una bicicleta y provocar un atropello. Si bien es cierto que se debe disminuir la velocidad ante los pasos de cebra, piensa que un conductor espera encontrarse un peatón que se mueve a una velocidad muy reducida. Sin embargo, una bicicleta aparecería a mucha mayor velocidad y puede sorprender a quien maneja el coche que no espera que ésta cruce por un lugar que, además, tiene prohibido.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/guardia-civil-explica-si-se-puede-no-cruzar-paso-peatones-sobre-bici_192011_102.html

Publicado

28 de agosto de 2020

 

 

Cómo sentarse correctamente al conducir: la DGT te lo explica

 

 

La DGT recuerda cómo sentarse correctamente al conducir para no sufrir heridas graves o permanentes en caso de accidente.

 

 

 

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Compramos un coche con un buen paquete de seguridad y ayudas para el conductor, conducimos con precaución y guardamos la distancia de seguridad. Y aunque cumplas todo lo anterior, un pequeño detalle como saber sentarse correctamente puede marcar la diferencia en caso de accidente. Para evitar graves daños y heridas, la DGT te recuerda todo lo que debes revisar.

 

 

Utilizando un tweet y un enlace a su revista digital, la DGT quiere concienciar a los conductores de la importancia de sentarse correctamente para evitar lesiones. Olvídate de conducir demasiado tumbado, excesivamente cerca del volante y, por supuesto, de los copilotos con los pies en el salpicadero.

 

 

 

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Como ves en la revista digital de la DGT, lo primero que debemos controlar es nuestra distancia al volante. Con la pierna izquierda pisa el embrague hasta el fondo, quedando ligeramente flexionada, nunca estirada. A continuación, regula la altura, hasta que los ojos estén a media altura del parabrisas y veamos de un vistazo el final del capó del coche. El tercer gran ajuste es la inclinación. Con las muñecas debemos tocar la parte superior del volante, con el respaldo ligeramente inclinado más allá de los 90 grados. Por último, respecto a al asiento, regula el reposacabezas para que la parte superior esté a la altura de nuestros ojos.

 
 

Una vez regulado el asiento, chequeamos el resto de elementos del coche. El volante nunca debe impedir nuestros movimientos o chocar con las rodillas, tampoco debe tapar el cuadro de instrumentos y los codos deben flexionarse ligeramente más allá de los 90 grados. Los retrovisores deben permitir que veamos qué sucede a nuestro alrededor con un solo golpe de vista. Los exteriores deben cubrir el mayor ángulo posible, situándose justo en el punto donde dejemos de ver la carrocería del vehículo.

 

 

En cuanto a nuestra forma de comportarnos al volante, recuerda la importancia de llevar un calzado adecuado, que no impida o dificulte nuestros movimientos. La ropa debe permitir que el cinturón se ajuste a nuestro cuerpo y no quede suelto. Del mismo modo, debemos poder movernos con libertad y soltura. Y, a la hora de circular, las manos siempre en posición del reloj de las 10:10, ya que podremos reaccionar más rápido y mejor. Por último, ponte siempre el cinturón y ajústalo a tu cuerpo.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/como-sentarse-correctamente-conducir-dgt-te-explica_192069_102.html

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