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Publicado

22 de diciembre de 2020

 

 

 

Estos actos habituales en el coche son peligrosos: la DGT establece multas de 80 a 600 €

 

 

La DGT recuerda que algunos de nuestros actos más habituales al volante son muy peligrosos y puede incurrir en una multa. Sanciones económicas de entre 80 y 600 euros.

 

 

 

 

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La Navidad es tiempo de ilusión y sorpresas. Así que, lo mejor, es que al volante limitemos estas últimas, pues pueden no ser del todo agradables. A este respecto, SocialDrive ha recordado en sus redes sociales que algunos de nuestros comportamientos más habituales no están permitidos, son peligrosos y, además, son motivo de sanción.

 

 

Al igual que en verano cambiamos nuestra forma de conducir y viajar, en invierno también debemos tener en cuenta algunos vicios en los que podemos incurrir y son motivos de sanción. Por ejemplo, seguro que has oído eso de que conducir con abrigo es suficiente para que te multen. Esto no es del todo así, digamos que lo es en el fondo pero no en la forma.

 
 

En este caso, hay que tener en cuenta que conducir con abrigo puede dificultar nuestros movimientos y provocar que el funcionamiento del cinturón de seguridad sea menos eficaz. Por ello, la DGT multa con 200 euros quien incumpla el artículo 18 del Reglamento General de Tráfico: “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.

 
 

Es decir, por llevar un abrigo que el agente considere que dificulta nuestros movimientos puede multarnos, pero también si utilizamos tacones o tenemos el teléfono móvil en la mano. Ten en cuenta que, a este respecto, la DGT ha elevado el número de puntos que pueden quitarnos del carné de conducir.

 

 

 

 

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Otras multas propias del invierno

Pero, como te decimos, el uso de prendas inadecuadas o del teléfono móvil no son los únicos motivos para que la DGT nos sancione económicamente si no cumplimos las normas. Desde SocialDrive han recogido algunas de ellas.

 

 

Así, entre otros actos que comprometen nuestra seguridad y son motivo de sanción, conducir con las escobillas gastadas puede costarnos 80 euros y no quitar el hielo del parabrisas también nos puede descontar 200 euros. Por último, algo que quizá no sabías: salpicar a propósito a un peatón puede suponer 600 euros de multa.

 

 

 

 

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FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-actos-habituales-en-coche-son-peligrosos-dgt-establece-multas-80-600_224787_102.html


Publicado

22 de diciembre de 2020

 

 

 

El kit de emergencia que tienes que llevar en el coche: lo obligatorio de la DGT y lo aconsejable

 

 

 

Algunos elementos son obligatorios por ley y así lo exige la DGT. Pero otros también son recomendables, tal y como nos aconsejan las ITV. Esto es lo que tienes que llevar en el coche.

 

 

 

 

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Sí… o sí. Viajes, circules por tu comunidad o comarca o, simplemente, conduzcas de manera esporádica, hay ciertos elementos imprescindibles que tienes que llevar siempre en el coche. La normativa de la DGT recoge algunos como obligatorios, y es motivo de sanción no contar con ellos. Pero también hay otros que, sin estar regulados, conviene siempre tenerlos en tu vehículo, ya que pueden salvarte de un imprevisto e, incluso, salvarte la vida.

 

 

Cuando comienza justo el invierno y además también las Navidades, la Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid (AEMA-ITV) nos da todos los consejos con los elementos imprescindibles que nunca pueden faltar a bordo de tu coche. Ya sabes, no olvides nunca tener todo lo que repasamos a continuación junto a tu equipaje. ¡Toma nota!

 
 
 
Los triángulos y el chaleco reflectante, obligatorios por ley.

 

Los triángulos y el chaleco reflectante, obligatorios por ley.

 

 

Los elementos imprescindibles que tienes que llevar en el coche

  • Toda la documentación necesaria por ley: carné de conducir, papeles del coche, ITV favorable en vigor y seguro siempre en regla.

 

  • Chaleco reflectante para usar en caso de emergencia o tener que bajar del coche en carretera. Por tu seguridad, mejor llevarlo siempre dentro del habitáculo para tenerlo a mano, y no en el maletero que te obligue a transitar por medio de la carretera.

 

  • Aunque en los próximos años la DGT los va a sustituir, de momento siguen siendo obligatorios los dos triángulos de señalización. Tienen que estar correctamente homologados.

 

  • Rueda de repuesto con la presión correcta y revisada, y herramientas necesarias para proceder al cambio de neumático en caso de avería, o kit para arreglar pinchazos. Las ITV también nos recomiendan en este caso contar con un martillo de seguridad, para poder usar como cuchilla para romper las ventanas o cortar cinturones de seguridad en caso de necesidad ante un accidente de tráfico. También son prácticos los guantes para usar en caso de cambio de ruedas o de averías.

 

 

  • Siempre es recomendable también llevar en el coche unas pinzas para poder arrancar el coche en caso de que la batería te juegue una mala pasada. Sobre todo con el frío y el invierno suele ser un problema recurrente.

 

 

Las cadenas o neumáticos de invierno, fundamentales también en determinadas zonas de España.

 

Las cadenas o neumáticos de invierno, fundamentales también en determinadas zonas de España.

 

 

  • En invierno, y si vas a circular por zonas de nieve y de montaña, recuerda llevar siempre cadenas en el coche o neumáticos de invierno. Las ITV también aconsejan añadir una manta para hacer frente a cualquier imprevisto en carretera.

 

  • Lleva también una linterna en el coche, ya que en plena noche o con muy mala visibilidad debido al mal tiempo, puede servirte de referencia y de gran ayuda en caso de emergencia.

 

  • Las ITV también recomiendan llevar siempre en el coche un botiquín de primeros auxilios con lo básico. Dentro de ello deberíamos incluir desde material para primeras curas, alcohol, vendas, gasas, tijeras, guantes, antiinflamatorios…

 

  • Llevar un chubasquero en el coche o un buen paraguas siempre puede ser también de gran utilidad, por si tienes que moverte con el coche parado y por ejemplo está lloviendo fuerte.

 

  • El móvil siempre debe estar a punto. Asegúrate que cuando entres en el coche esté bien cargado por si lo necesitas para dar aviso ante cualquier emergencia.

 

  • Las ITV también aconsejan otros elementos de gran utilidad: agua, algo de comida envasada, fósforos, mapas por si falla internet o el móvil… Todo esto puede ser clave para superar con comodidad una emergencia en carretera.

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/kit-emergencia-tienes-llevar-en-coche-obligatorio-dgt-aconsejable_224788_102.html

Publicado

27 de diciembre de

 

 

 

Todas las nuevas normas de tráfico de la DGT: los cambios legales y cuándo entran en vigor

 

 

El Gobierno ha aprobado cambios normativos para 2021 que afectan al carné por puntos, a la velocidad y a los vehículos de movilidad personal. ¿Cuáles son y cuándo entran en vigor? Este es el mejor resumen para entrar en el nuevo año con la lección bien aprendida.

 

 

 

 

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Poco a poco te hemos ido detallando todas las grandes novedades que, en materia de Tráfico y Seguridad Vial, llegarán en 2021. Pero ahora que el nuevo año se acerca, hacemos un resumen muy completo punto a punto, para que sepas exactamente qué cambia en España y cuáles son las nuevas sanciones que debes conocer.

 

 

Nuevos límites de velocidad en algunas calles de la ciudad

Una de las reformas de calado aprobadas por el Consejo de Ministros afecta al Reglamento General de Circulación a través de un Real Decreto en el que se modifican los límites de velocidad en vías urbanas que ahora dependen de si hay uno o más carriles para cada sentido. Así, en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h, en las vías de un único carril por sentido de circulación el límite sera de 30 km/h y en las vías de dos o más carriles por sentido el límite seguirá siendo de 50 km/h.  Excepcionalmente, tal y como recoge la Ley, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica.

 
 
 
La mayoría de calles en ciudad tendrá el nuevo límite de 30 km/h

 

La mayoría de calles en ciudad tendrá el nuevo límite de 30 km/h.

 

 

Eliminación de 20 km hora en adelantamientos 

Actualmente la Ley de tráfico en su artículo 21 permite que turismos y motocicletas puedan rebasar en vías convencionales en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad cuando adelanten "a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas". Desde la entrada en vigor de la reforma, esta posibilidad se suprimirá y los adelantamientos deberán producirse como mucho a la velocidad máxima permitida en ese tramo de vía. Desde Tráfico apuntan que esta medida ha sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea para reforzar el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal. 

 
 

Más puntos por conducir sin cinturón, casco o sistemas de retención infantil

Es una de las reformas pendientes de la DGT desde hace tiempo: incrementar el número de puntos detraídos por no utilizar el cinturón de seguridad, el casco o los sistemas de retención infantil. Ha sido uno de los objetivos del director general de Tráfico, Pere Navarro, desde el inicio de esta segunda etapa al frente. Si se aprueba el anteproyecto de ley que reforma la actual Ley de Tráfico -el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial-, no usar estos elementos conllevará una pérdida de 4 puntos en lugar de 3 como actualmente.

Es más, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos (por ejemplo llevar el casco de protección o el cinturón de seguridad sin abrochar). Por supuesto que no llevar a los niños correctamente sujetos en el coche conllevará la misma multa.

 

 

 

Más sanciones por usar el móvil: incluso por su presencia.

 

Más sanciones por usar el móvil: incluso por su presencia.

 

 

Más puntos para la conducción con el móvil en la mano

Otra de las reformas más esperadas es el incremento de puntos detraídos en caso de conducir con el teléfono móvil en la mano. Se trata de una de las situaciones que más distracciones genera en los conductores y que más accidentes provoca, según los datos de la DGT. Con la reforma aprobada por el Gobierno, conducir con el móvil en la mano pasará de los 3 puntos actuales a los 6. Es decir, con dos infracciones de este tipo ya habrás perdido todo tu saldo si partes de los 12 iniciales.

 
 

Los detectores de radar, prohibidos aunque no se usen 

La nueva legislación tipifica como infracción grave "llevar en el vehículo" mecanismos de detección de radares o cinemómetros, y supondrá una sanción de 500 euros. El actual texto de la ley recoge solo la sanción de los dispositivos durante la conducción. Es decir, desde la entrada en vigor de la nueva Ley, solo con llevarlos pueden sancionarnos. Desde Tráfico afirman que eran muchos los conductores que los desactivaban para que los agentes de tráfico puedan acreditar su utilización.

 

 

Cambios en la recuperación de puntos

Dos modificaciones relacionadas con la recuperación de puntos llegarán en esta reforma de la Ley. En primer lugar se introduce la posibilidad de recuperar dos puntos del carné por la realización  de los cursos de conducción segura certificados por la DGT (se desarrollarán posteriormente mediante una orden ministerial los requisitos). Por otro, la reforma unifica en dos años el plazo que habrá que transcurrir sin cometer infracciones  para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.  

 

 

Máxima penalización por cometer fraude en los exámenes

La reforma introduce una nueva infracción muy grave, cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción, de 500 euros a la que se añade la penalización de 6 meses sin poder presentase al examen. Así como la posibilidad de que las empresas puedan acceder vía online a conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se ofrecerá en rojo o verde según este vigente o no.

 
 
 
Nueva regulación para los vehículos de movilidad personal.

 

Nueva regulación para los vehículos de movilidad personal.

 

 

 

¿Por dónde podrán circular los vehículos de movilidad personal?

El Real Decreto aprobado por el Gobierno incorpora un apartado en el Artículo 38 del Reglamento de Circulación en el que se regula la circulación de los vehículos de movilidad personal. Ahora establece que estos tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, quedando vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como en autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado y túneles urbanos. También se regula el Reglamento de Vehículos definiendo que son estos vehículos de movilidad personal y las condiciones obligatorias para que estos puedan circular (ver recuadro), como el nuevo certificado de circulación, ahora obligatorio.

 

 

Objetivo, reducción del 50 por ciento de los accidentes

Según el Gobierno, el objetivo de estas modificaciones legales es "generar un nuevo modelo de seguridad vial que permita rebajar en un 50 por ciento los fallecidos y heridos graves durante la próxima década", de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

 

 

¿Cuándo entran en vigor todas las medidas aprobadas?

La entrada en vigor de las diferentes medidas dependen sobre todo de si son modificaciones de la Ley de Seguridad Vial que requerirían un paso por el Congreso de los Diput*dos, o solo requieren la aprobación de un Real Decreto porque se modifican reglamentos. Además para algunas medidas se establecen plazos especiales. Así, mientras todas las modificaciones que se refieren al Real Decreto (modificación de Reglamentos) entran en vigor el 2 de enero, las referentes a los nuevos límites en ciudad no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación en el BOE -10 de mayo- para que, según la DGT, los ciudadanos conozcan la forma adecuada y las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización. Por otro lado, la obligación de disponer de certificado para la circulación y su identificación en el caso de los vehículos de movilidad personal será de aplicación a los 24 meses de la publicación del manual de características en el BOE.

 
Vehículos de movilidad persona: la DGT los controlará más en 2021.

 

Vehículos de movilidad persona: la DGT los controlará más en 2021.

 

 

 

Vehículos de movilidad personal: más controlados

El Real Decreto aprobado por el Gobierno también modifica el reglamento de vehículos estableciendo nuevas condiciones para los vehículos de movilidad personal.

 

  • ¿Qué es un vehículo de movilidad personal? Es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Se excluyen los vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Los vehículos de movilidad personal, a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.
  • El certificado para la circulación es un documento expedido por un tercero competente designado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico en el que se acredita que el vehículo sometido a ensayo cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional, recogidos en su manual de características. Los vehículos de movilidad personal deberán obtener dicho certificado y la solicitud del mismo será realizada por los fabricantes, importadores o sus representantes respectivos en España. Será obligatoria también su identificación.
  • El manual de características es un documento elaborado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y aprobado mediante resolución de su titular, en el que se establecerá los requisitos técnicos que los vehículos de movilidad personal deben cumplir para su puesta en circulación, la clasificación de los mismos, los procesos de ensayo para su certificación y los mecanismos que se emplearán para su fácil identificación. Se publicará en el BOE y en la web de la DGT. Y se actualizará cuando sea pertinente.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-nuevas-normas-trafico-dgt-cambios-legales-cuando-entran-en-vigor_224743_102.html

Publicado

23 de diciembre de 2020

 

 

 

La DGT te explica en vídeo cómo debes parar tu coche si la Guardia Civil te da el alto

 

 

Si aún no sabes cómo debes parar tu coche de forma correcta ante una orden de la Guardia Civil, atento al vídeo y a las indicaciones de la DGT.

 

 

 

 

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Prácticamente la mayoría de los conductores se tendrán que enfrentar a lo largo de su vida a una situación peculiar, que en muchos casos puede provocar cierta incertidumbre y preocupación. Nos referimos al hecho de parar adecuadamente el coche mientras se está circulando en una carretera ante una orden de alto o de parada de una patrulla de Tráfico de la Guardia Civil.

 

 

Pues bien, si no sabes exactamente cómo actuar de forma segura y pertinente, la cuenta oficial de Twitter de la Guardia Civil acaba de publicar un útil y práctico vídeo con las indicaciones y acciones a realizar si te dan el alto mientras conduces.

 

 

 

 

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En primer lugar, si por los espejos retrovisores ves acercarse a un coche o moto patrulla de la Guardia Civil, debes mantener la calma y la serenidad y seguir manteniendo la velocidad normal de marcha que llevabas en ese momento. Si te das cuenta que te están ordenando que te pares (el coche o la moto patrulla habrían encendido una luz roja intermitente junto a las luces azules prioritarias), debes hacerlo del siguiente modo sin ponerte en riesgo ni a ti ni al resto de usuarios de la vía:

 

  1. Buscar un lugar seguro para detener el coche, convenientemente en el margen derecho o en un sitio que no entorpezca a la circulación (siempre lo máximo a la derecha).
  2. Ni tú ni ninguno de tus acompañantes debéis salir del coche nunca, salvo que expresamente lo indique alguno de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
  3. Cuando acabe el motivo de la parada, espera la señal y las indicaciones de los agentes para que puedas incorporarte a la circulación de forma segura.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-te-explica-en-video-como-debes-parar-tu-coche-si-guardia-civil-te-da-alto_224888_102.html

Publicado

23 de diciembre de 2020

 

 

Todas las infracciones que restan puntos en tu carné de conducir, al detalle

 

 

La DGT recuerda en sus redes sociales cuáles son las infracciones que restan puntos en tu carné de conducir, al tiempo que mandan un mensaje de concienciación.

 

 

 

 

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El carné por puntos supuso un antes y un después para entender el tráfico en nuestro país. La llegada del mismo ha tenido un impacto directo en nuestra forma de entender la circulación y ha conseguido que los conductores no acumulen multas de forma indefinida sin mayores castigos, más allá de los económicos.

 

 

Para lanzar un mensaje de concienciación, la DGT ha publicado un mensaje en sus redes sociales en el que recuerda todas las infracciones que acarrean pérdida de puntos, al tiempo que ha aprovechado para recordar que, más allá de las sanciones económicas y nuestra propia licencia de conducción, lo que nos jugamos cuando incumplimos las normas es algo mucho más importantes.

 

 

 

 

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Todas las infracciones que restan puntos

Así, en el mensaje de Twitter que puedes ver más arriba, la DGT ha hecho pública una imagen que pasamos a detallarte. En ella se recogen todas las infracciones que restan puntos a nuestro carné de conducir, siendo la primera, y más habitual, las referentes al exceso de velocidad, que nos pueden hacer perder entre dos y seis puntos del carné y 100 y 600 euros de nuestro bolsillo, dependiendo de la velocidad recogida por el cinemómetro. Además, superar en 60 km/h el límite legal en ciudad y los 80 km/h en vía inteurabana está considerado un delito.

 

 
 
Todas las infracciones que restan puntos. Fuente, DGT

 

Todas las infracciones que restan puntos. Fuente, DGT

 

 

Infracciones muy castigadas también son las referentes al consumo de alcohol y drogas, con sanciones de entre 500 y 1.000 euros y la resta de entre cuatro y seis puntos del carné de conducir. Las sanciones se establecen si el conductor supera los 0,25 mg/l de alcohol en sangre con la prueba de aire espirado (0,15 mg/l en el caso de los conductores noveles y profesionales). El máximo castigo se da si se superan los 0,60 mg/l en la prueba de aire aspirado y está considerado un delito.

 

 

La imagen, como te hemos contado en este artículo, está a punto de quedarse desfasada. Pues el uso del teléfono móviles seguirá estando sancionado con 200 euros, pero a partir del año que viene se descontarán seis puntos del carné de conducir. Además, no utilizar el casco y los sistemas de retención también está castigado con tres puntos y, además, el motorista es responsable si su acompañante no lo lleva y el conductor si el pasajero es un niño que no lleva el sistema de retención infantil adecuado o no hace uso del mismo.

 

 

 

Todas las infracciones que restan puntos. Fuente: DGT

 

Todas las infracciones que restan puntos (2) Fuente, DGT

 

 

En cuanto a maniobras a no realizar durante la conducción, no respetar un semáforo o un Stop se castiga con 200 euros y cuatro puntos en el carné. Este castigo puede aumentar hasta los 500 euros y seis puntos si se circula en sentido contrario o en carriles no permitidos para la circulación. Por último, no respetar la distancia de seguridad ni la prioridad de peatones y ciclistas también se castiga con 200 euros y puede restar hasta cuatro puntos del carné de conducir. 

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-infracciones-restan-puntos-en-tu-carne-conducir-detalle_224872_102.html

Publicado

30 de diciembre de 2020

 

 

 

Cómo actuar con tu coche si ves un vehículo de emergencias en una glorieta (VÍDEO)

 

 

Para los vehículos prioritarios en servicios de emergencia el tiempo es vital. Por ello, si te los encuentras en una rotonda, debes saber cómo actuar para no entorpecerlos.

 

 

 

 

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Seguro que sabes que, si circulas por la carretera y escuchas las sirenas y ves las luces de un vehículo de emergencias, debes apartarte con seguridad para no entorpecer su camino. Sin embargo, no deja de ser una situación tensa en la que muchos conductores se ponen nerviosos y pueden cometer errores que pueden provocar que este tipo de vehículos prioritarios -tales como ambulancias, coches de policía o bomberos- pierdan un tiempo muy valioso.

 

 

En una rotonda, además, la situación puede generar todavía más dudas en el conductor. Por ello, la DGT ha publicado en sus redes sociales un vídeo que nos muestra un caso de lo más común: un vehículo circula por el interior de una rotonda y se encuentra con una ambulancia que quiere entrar en ella. En el vídeo vemos lo que no se debe hacer y lo que sí.

 

 

Sabemos que en una rotonda la prioridad es del vehículo que circula por su interior; sin embargo, con un vehículo prioritario en servicio de emergencias, deberemos cederles el paso siempre, aunque nosotros estemos ya dentro de la rotonda. Para ello, detente en tu propio carril y deja que el vehículo de emergencias entre y siga su camino.

 

 

 

 

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Si, en cambio, el vehículo de emergencias entra en la rotonda a continuación, por detrás de ti, hay dos posibilidades:

 

 

- En rotondas de dos carriles, debes frenar y echarte a un lado, sin bloquear ninguna de las salidas.

- En rotonda de un solo carril, toma la primera salida de inmediato. Si, aun así, la ambulancia ha tomado la misma salida, busca apartarte lo antes posible con seguridad.

 
 
 

Estas son las normas básicas de cómo debes actuar, teniendo en cuenta que este tipo de vehículos siempre tienen prioridad cuando están en servicio de emergencia, con las luces y las sirenas activadas. Bajo ningún concepto provoques que tengan que frenar y no hagas movimientos bruscos. En las rotondas siempre entra un factor más de nerviosismo, por lo que tener claros estos conceptos es vital. Lo mismo cuando te los encuentres en otras situaciones: accidentes, en vías colapsadas… Si no lo haces correctamente, puedes ser objeto de multa, perdiendo 4 puntos en el carné.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/trucos-y-consejos/como-actuar-con-tu-coche-si-ves-vehiculo-emergencias-en-glorieta-video_225130_102.html

Publicado

4 de enero de 2021

 

 

 

 

Estas nuevas multas de la DGT aún NO están en vigor pero SÍ lo estarán a lo largo de 2021

 

 

A lo largo de 2021, entrarán en vigor nuevas multas de tráfico anunciadas por la propia DGT a lo largo de los últimos meses. Toma nota.

 

 

 

 

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Tanto el propio Ministerio del Interior como la DGT, organismo del que depende de dicho ministerio, están de acuerdo que la imposición de las multas de tráfico y la pérdida de puntos en el carné de conducir (para las infracciones graves y muy graves que supongan además un peligro para la seguridad vial) tienen como principal objetivo concienciar sobre los riesgos de los diferentes actos al volante, evitando que dichas acciones puedan ser el origen de un accidente de tráfico.

 

 

Pues bien, recién comenzado este año 2021, los conductores españoles deben saber que a lo largo de este año entrarán en vigor una serie de nuevas multas, unas sanciones anunciadas por la propia DGT en semanas y meses previos. Esta nueva información desmiente a la publicada en algunos medios y en algunas redes sociales anunciando que ya estaban en vigor desde el 2 de enero, algo que no es cierto puesto que ni la DGT ni el propio Ministerio de Fomento han informado sobre su entrada en vigor y, en algunos casos, dichas modificaciones en la normativa requieren la aprobación previa o el visto bueno en votación en el Congreso de los Diput*dos, algo que aún no ha sucedido (sobre todo, a las modificaciones anunciadas referentes al carné de puntos con mayor pena y sustracción de puntos para determinadas infracciones).

 
 

USAR DETECTOR DE RADARES: 3 puntos

El uso de inhibidores de radar ya estaba prohibido, al igual que el uso de los detectores (los únicos dispositivos permitidos son los avisadores de radar, basados en una base de datos a disposición de todos los ciudadanos sobre la información exacta de radares fijos y de tramo). Pues bien, con la nueva normativa que entrará en vigor a lo largo de este año 2021 el uso de detectores de radar se considerará una sanción grave, conllevará una multa económica de 500 euros y supondrá la pérdida de 3 puntos en el carné de conducir.

 
 

No usar el cinturón de seguridad: 4 puntos y hasta 200 euros

No usar el cinturón de seguridad por alguno de los ocupantes del vehículos estaba sancionado con la pérdida de 3 puntos para el conductor y una sanción económica de hasta 200 euros. Pues bien, con la nueva normativa anunciada por la DGT y que entrará en vigor próximamente, la pérdida de puntos por esta infracción crecerá a los 4 puntos. Estas nuevas sanciones también se contemplan en aquellos casos, condiciones y ocupantes en los que se haga necesario utilizar un Sistema de Retención Infantil.

 

Se prohíbe superar el límite de velocidad en los adelantamientos

Hasta este momento, realizar un adelantamiento en carreteras secundarias (un carril por sentido de la marcha) superando en 20 km/h el límite de velocidad establecido en la misma estaba permitido. Sin embargo, con la nueva normativa, dicha posibilidad de sobrepasar el límite de velocidad máxima quedará totalmente prohibido a lo largo de 2021.

 

 

Usar el móvil al volante: 6 puntos

A lo largo de 2021, la normativa de tráfico sobre el uso del móvil al volante se endurecerá, tal y como confirmó la propia DGT hace unos meses. En la nueva normativa, se contempla penar su uso con 6 puntos en el carné de conducir y una sanción económica de hasta 500 euros. Anteriormente, dicha infracción suponía una pérdida de 3 puntos en el permiso de conducir.

 

 

Con los nuevos cambios anunciados por la DGT al respecto, no sólo podrían multarte si te ven manipulando el teléfono mientras conduces: incluso si te pillan con el móvil en la mano, independientemente de que estés usándolo o no, podrías ser objeto de multa. Inicialmente, sólo se contempla el uso del móvil si el conductor previamente ha parado su vehículo en una zona segura (te podrían multar si lo usas con el coche parado en un atasco o en un semáforo). VER ARTÍCULO Cómo llevar el móvil de forma segura en el coche y evitar una multa de la DGT.

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-nuevas-multas-dgt-no-estan-en-vigor-pero-si-estaran-largo-2021_225311_102.html

Publicado

7 de enero de 2021

 

 

 

La DGT enseña ya el estado de las carreteras en tiempo real: conoce su mapa interactivo

 

 

Ante la ola de frío y el temporal de nieve que asola a España, conocer el estado de las carreteras es vital. La DGT dispone ya de un mapa interactivo con todas las incidencias en tiempo real.

 

 

 

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Radio, televisión, teléfono 011, canal de Twitter de la DGT… Sí, seguro que ya conoces muchos medios a través de los cuales puedes informarte sobre el estado de las carreteras. Pero quizá no tengas conocimiento ya del mejor: un nuevo mapa interactivo y en tiempo real que la Dirección General de Tráfico pone a disposición de todos los conductores a través de esta página web.

 

 

Especialmente importante resulta conocer este mapa esta semana. Ante la nueva ola de frío que ya ha llegado a España, la Agencia Estatal de Meteorología advierte de temperaturas muy bajas, hielo y gran cantidad de nieve en muchas zonas de la Península. Así, durante hoy, día 7 de enero, y mañana 8 de enero las previsiones de nieve alertan de una especial incidencia en la Comunidad de Madrid, Castilla La-Mancha, Andalucía Oriental, Comunidad Valenciana y Bajo Aragón.

 
 

Ante estos avisos, la DGT ha lanzado un llamamiento también a los conductores para que planifiquen bien sus viajes y consulten en todo momento el pronóstico del tiempo y el estado de la circulación de la red viaria. Y en este sentido en el que cobra especial relevancia el nuevo mapa interactivo y en tiempo real que ofrece el organismo.

 
 
 
La Agencia Estatal de Meteorología alerta ya de importantes nevadas en España.

 

La Agencia Estatal de Meteorología alerta ya de importantes nevadas en España.

 

 

Además de mostrar todo tipo de restricciones y radares de velocidad, el nuevo mapa interactivo de la DGT ofrece el estado de las carreteras en tiempo real incluyendo ya todas las incidencias meteorológicas. Entre ellas figuran todas las dificultades de conducción, tanto de humo y polvo, nieve, hielo, lluvia o viento. También podrás ver todas las retenciones que se han generado por ello, las restricciones impuestas y la señalización específica.

 

 

A través de este mapa de la DGT, además, puedes también señalar qué incidencia exactamente quieres que se muestre en la ilustración, de manera que descartes las que no te interesan. Una vez localizado el mapa de España, puedes hacer “zoom” mediante el ratón o pinchando en una barra para acercarte mejor a la zona o ciudad que quieras consultar.

 

 

Otro interesante servicio que ofrece este mapa interactivo en tiempo real es una pestaña que se titula “Previsiones”: en esta sección podrás además consultar también el pronóstico para los próximos días por si la situación empeora y el mapa interactivo aún lo recoge.

 
 
 

Conoce los colores y las restricciones de la circulación por nieve

Al mismo tiempo, la DGT está publicando estos días a través de sus redes sociales interesantes gráficos donde puedes conocer qué tipos de restricciones se imponen con nieve y cómo se cataloga cada nivel de dificultad a través de colores. Básicamente esto indican los 4 niveles: Verde (comienza a nevar y limitación de la velocidad); Amarillo (parcialmente cubierto y prohibido a camiones y articulados); Rojo (carretera cubierta, obligatorio cadenas o neumáticos de invierno); Negro (mucho espesor y cortada la circulación). A continuación puedes ver qué restricciones implica cada uno de ellos.

 

 

 

Gráfico con los colores de la nieve y sus restricciones. Fuente: DGT.

 

Gráfico con los colores de la nieve y sus restricciones. Fuente: DGT.

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-ensena-ya-estado-carreteras-en-tiempo-real-conoce-su-mapa-interactivo_225446_102.html

Publicado

8 de enero de 2021

 

 

 

La DGT advierte de cómo circular en los próximos días para evitar el colapso: el temporal va a más

 

 

Con hasta 283 carreteras afectadas ya por la nieve y el temporal, tanto la DGT como el Ministerio del Interior lanzan importantes avisos sobre cómo conducir para no colapsar la circulación.

 

 

 

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La borrasca Filomena ya ha llegado a España y de qué manera. Con algo de retraso y posiblemente con lo peor por venir todavía en las próximas horas, las carreteras comienzan a teñirse de blanco, el temporal azuza la mayor parte del país y tenemos ya numerosos problemas de circulación en carretera. Según acaba de informar la AEMET, la situación se agravará desde las 15:00 de la tarde de este viernes 8 de enero, cuando previsiblemente comenzará a nevar y podría no parar en muchas zonas hasta el domingo.

 

 

Ya en la mañana de este viernes, la DGT está informando de hasta 283 carreteras condicionadas severamente por la nieve y el frío, 26 de ellas además pertenecientes a la red principal. Nada menos que 45 provincias de España se encuentran en alerta por nieve, lluvia y viento.

 

 

Ante esta situación, los principales responsables del tráfico en España, tanto la DGT como el Ministerio del Interior, aprovecharon ayer la rueda de prensa del balance de la accidentalidad en 2020 para lanzar importantes avisos a los conductores de cara a las próximas horas para evitar el colapso que podría provocar la nieve y los cortes de carretera si no se actúa correctamente.

 
 
 
Casi 300 carreteras ya están afectadas por la nieve en España: Foto: DGT.

 

Casi 300 carreteras ya están afectadas por la nieve en España: Foto: DGT.

 

 

Circula en convoy y deja libre el carril izquierdo

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, asegura que “vienen días complicados” por lo que ya está desarrollado el Plan Estatal de Emergencias, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros y que ayer ya pasó a una segunda fase tras la activación de la preemergencia: se trata de una situación que se pone en marcha al afectar ya a más de una comunidad autónoma.

 

 

La DGT por su parte ha pedido responsabilidad a todos los ciudadanos y un aviso importante, en palabras de su propio director general, Pere Navarro: es fundamental que los conductores dejen siempre el carril izquierdo libre en la medida de lo posible para facilitar el paso de las máquinas quitanieves y de los servicios de emergencia.

 

 

La DGT por tanto pide que los conductores usen los carriles de la derecha siempre que sean posibles, que faciliten siempre la circulación de los vehículos que hacen transitables nuestras carreteras y, en la medida de lo posible, que circulen también en convoy para permitir el paso de vehículos de conservación y quitanieves.

 

 

Aun así, volvemos a recomendar que no viajes a menos que sea estrictamente necesario, y siempre atentos en esos casos a las indicaciones de paneles y agentes de tráfico de la Guardia Civil. En este mapa interactivo de la DGT puedes conocer en tiempo real el estado de todas las carreteras.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-advierte-como-circular-proximos-dias-evitar-colapso-filomena-va-mas_225522_102.html

Publicado

8 de enero de 2021

 

 

 

 

Todas las restricciones de la DGT para circular en las carreteras con nieve

 

 

La recomendación de la DGT para las próximas horas es clara: no viajes si puedes evitarlo. Pero si debes hacerlo, tienes que conocer qué restricciones se aplican en función de las alertas por nieve.

 

 

 

 

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Te lo venimos advirtiendo en las últimas horas: la borrasca Filomena va a más. Con hasta 283 carreteras ya condicionadas por la nieve, según el último parte de la DGT, lo peor podría llegar en las próximas horas, ya que los servicios de meteorología advierten de fuertes nevadas a partir de las 15:00 de este viernes 8 de enero. En muchas zonas, además, no dejará de nevar hasta el próximo domingo.

 

 

Activado ya por el Ministerio del Interior el Plan de Emergencias, un total de 45 provincias en España están desde hoy ya en alerta por nieve, lluvia y viento. La DGT recomienda a todos los conductores que no viajen si no es necesario, pero en caso de hacerlo que intenten respetar dos normas básicas para evitar el colapso: que circulen en convoy y dejando libre en la medida de lo posible el carril izquierdo, para facilitar el paso de máquinas quitanieves y servicios de emergencia.

 
 
 
 
Gráfico de la DGT con los colores de la nieve y las restricciones

 

Gráfico de la DGT con los colores de la nieve y las restricciones.

 

 

 

Por tanto, de cada a circular en las próximas horas en caso de necesidad, es importante estar bien informado del estado de todas las carreteras. Para ello, la DGT dispone ya de un mapa interactivo que en tiempo real informa de toda la situación, provincia a provincia y vía a vía, donde podrás comprobar también que carreteras tienen limitaciones de circulación o velocidad.

 
 

Pero una vez ya en carretera es importante que conozcas también las limitaciones de la circulación en caso de nieve. Tráfico divide en colores el estado de las carreteras en función a las condiciones de nieve, con restricciones diferentes que van intensificándose. Son estos:

 

 

Nivel VERDE: comienza a nevar

El primer nivel que cataloga el estado de una carretera cuando comienza a nevar es el verde. Con este tono, la vía es transitable pero con precaución y se exige ya una reducción de la velocidad. Así hay que actuar:

  • Se prohíbe así superar los 100 km/h en autopistas y autovías, y los 80 km/h en el resto de carreteras.
  • Los camiones deben circular por el carril derecho y no pueden adelantar.
  • Evita puertos, extreme la prudencia e infórmate del parte meteorológico.

 

 

Nivel AMARILLO: parcialmente cubierto

La situación en las carreteras se complica ya, cada vez con más cantidad de nieve en el asfalto. Ha llegado el momento de aumentar la distancia de seguridad y de seguir nuevas pautas básicas.

 
  • Con la calzada ya empezando a cubrirse de nieve, se prohíbe ya circular a camiones y vehículos articulados.
  • Turismos y autobuses no deben superar ya los 60 km/h de velocidad máxima.
  • Evita maniobras bruscas y, en curvas y descensos, disminuya aún más la velocidad.

 

 

 

 

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Nivel ROJO: carretera cubierta

Nueva fase que advierte ya de graves complicaciones en la circulación a causa de la nieve. Las restricciones ya son muy estrictas.

  • Prohibido circular a vehículos articulados, camiones y autobuses.
  • El resto de vehículos solo puede circular con cadenas o neumáticos de invierno, y a una velocidad no superior a 30 km/h.
  • No rebases los vehículos inmovilizados si no tienes la seguridad de poder continuar la marcha.  

 

 

Nivel NEGRO: mucho espesor

La situación ya es a estas alturas insostenible. La nieve imposibilita la circulación y entramos en la última fase, la más restrictiva.

  • Prohibida la circulación debido al espesor de la nieve y/o el hielo. Gran riesgo de quedarse inmovilizado.
  • Si te quedas bloqueado, utiliza el motor lo imprescindible para disponer de calefacción. No abandones el vehículo si no hay refugio.
  • Para no obstaculizar el trabajo de las máquinas quitanieves, aparca lo más orillado posible.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-restricciones-dgt-circular-en-carreteras-con-nieve_225529_102.html

Publicado

12 de enero de 2021

 

 

 

La Guardia Civil te enseña cómo reaccionar en coche si pisas una placa de hielo

 

 

Con las bajas temperaturas que estamos sufriendo, pueden aparecer placas de hielo en la carretera. Así has de reaccionar con el coche si pisas una, según la Guardia Civil.

 

 

 

 

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Después de la gran nevada de la borrasca Filomena, se avecinan días de mucho frío con temperaturas bajo cero que pueden alcanzar cifras récord, por lo que la presencia de hielo en las aceras de las calles y en las calzadas de muchas carreteras es más que probable. Por ello, varios organismos oficiales han lanzado varios mensajes de alerta y recomendaciones a los ciudadanos para que traten de minimizar la movilidad ante la más que probable placas de hielo tanto en las aceras como en el asfalto de muchas carreteras.

 

 

Pues bien, si estás circulando con tu coche estos días y notas que tu vehículo están pisando o atravesando una placa de hielo y no sabes cómo reaccionar debidamente y de forma segura para no perder el control y provocar un accidente, la Guardia Civil de Tráfico ha publicado en su cuenta oficial de Twitter un útil mensaje con infografía incluida sobre cómo reaccionar de forma correcta con tu automóvil. Aquí tienes las indicaciones:

 

 

 

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Como puedes ver en el mensaje publicado por la Guardia Civil, si circulas con tu coche y pisas una placa de hielo debes reaccionar del siguiente modo: en primer lugar, debes soltar suavemente el acelerador y, a continuación, girar con suavidad el volante evitando movimientos bruscos o “volantazos” hasta mantener el control de tu vehículo.

 
 

En el caso de que tengas que frenar al atravesar una placa de hielo y justo después, a la hora de realizar dicha maniobra las acciones serán diferentes dependiendo de si tu vehículo tiene o no sistema de frenado ABS. En el caso de que SÍ tenga ABS, tendrás que pisar a fondo el pedal del freno (teniendo en cuenta que la distancia de frenado será mucho mayor que sin la presencia de hielo en la carretera). Por otro lado, en el caso de que tu vehículo NO tenga ABS, deberás frenar suavemente teniendo en cuenta que las ruedas de tu coche pueden patinar (aumentando, por tanto, las posibilidades de perder el control del mismo).

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/guardia-civil-te-ensena-como-reaccionar-en-coche-si-pisas-placa-hielo_225728_102.html

Publicado
En 21/11/2020 a las 8:53, Ocio dijo:

20 de noviembre de 2020

 

 

 

La DGT lo confirma: cuándo y cómo tendrás que sustituir los triángulos de emergencia

 

 

Las luces de emergencia V-16 terminarán por sustituir a los triángulos de emergencia. ¿A partir de cuándo? Esto es lo que sabemos hasta ahora.

 

 

 

 

 

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El Ministerio del Interior se propuso aprobar un Real Decreto en el que, entre otras cosas, se regulasen las condiciones en las que los servicios de auxilio en vías públicas realizaban sus funciones, algo que también incluía la introducción de una baliza luminosa que permitiese a los conductores, en caso de accidente o avería, señalizar su posición sin el riesgo de bajar del vehículo.

 

 

Tras las últimas protestas, el ministro Fernandez Grande-Marlaska se ha comprometido a aprobar, antes de que termine el primer trimestre del 2021, el Real Decreto del Auxilio en Carretera. En este, podemos conocer (en la página 13 del documento) los detalles técnicos del nuevo dispositivo luminoso que tendremos que llevar muy pronto en el vehículo y que sustituirá a los triángulos de emergencia.

 
 

Este Real Decreto formaliza la aprobación de este dispositivo luminoso que terminará siendo obligatorio para todos los conductores. La luz de emergencia V-16, como se conoce formalmente, no será obligatoria hasta el 2 de enero de 2024, tal y como figura justo al final del documento antes mencionado. El objetivo de introducir este dispositivo no es otro que el de reducir el número de atropellos que se producen a pie de carretera cuando se ha producido un incidente previamente, o bien cuando hay personal de auxilio.

 

 
 
Triángulos de emergencia

 

Los triángulos de emergencia tienen los días contados.

 

 

Nueva baliza luminosa para el vehículo: ventajas

Las cifras de atropellos en carretera han subido en este 2020 respecto al 2019… y eso que este año han bajado considerablemente los desplazamientos por culpa de la pandemia. Los momentos de más peligro y en los que se producen más accidentes es durante el crepúsculo o durante la noche, o bien en carreteras con poca iluminación.

 

 

Aquí es donde reside la importancia de esta baliza luminosa, que cuenta con un sistema de activación magnética que se adhiere fácilmente al vehículo sin necesidad de que el conductor tenga que bajarse de este. Help Flash, empresa que fabrica estos dispositivos, nos cuenta más ventajas de la luz de emergencia V-16:

 

 

- Por ejemplo, su reflector parabólico permite ser visible a 1 kilómetro de distancia en todas direcciones, incluso en condiciones de baja luminosidad. Al emplearlo, también activará de forma automática tu solicitud de asistencia al conectarlo con tu smartphone.

 

 

- Es un dispositivo ligero, compacto y fácil de guardar en el coche o en la moto. Funciona sin cables, solo con una pila alcalina de 9V de tipo 6LR61, con una autonomía de 2,5 horas.

- Se puede usar también como linterna, pudiendo apoyarse en una superficie plana para realizar cualquier tarea con las manos libres y con una autonomía total de 5 horas en este modo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-confirma-cuando-como-tendras-sustituir-triangulos-emergencia_215443_102.html

 

 

 

 

14 de enero de 2021

 

 

 

 

Cómo son las luces V-16 que la DGT hará obligatorias: cuestan 30 € y están agotadas

 

 

Aprobada durante 2021 la nueva normativa que obligará paulatinamente a sustituir los triángulos de emergencia por nuevas luces V-16, te contamos cómo son y cuánto te van a costar… si las encuentras.

 

 

 

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El año 2021 ha arrancado con nuevas normativas de tráfico y nuevas propuestas que se aprobarán a lo largo de los próximos meses, algunas todavía pendientes. Una de ellas, y muy importante, es el nuevo Real Decreto de Auxilio en Carretera, que el Gobierno se ha comprometido a firmar durante este primer trimestre de año.

 

 

Mediante esta legislación pionera a nivel mundial, y que contempla otras novedades, la DGT aprueba ya el uso de la nueva luz V-16, una baliza luminosa que será obligatoria y que sustituirá a los triángulos de emergencia. De momento, este cambio será paulatino, por lo que de momento será obligatorio llevar uno u otro dispositivo homologado en el coche, para ya en 2024 pasar la luz V-16 a sustituir por completo a los triángulos, que quedarán prohibidos.

 
 
 
Los triángulos de emergencia quedarán sustituidos por una nueva luz obligatoria

 

Los triángulos de emergencia quedarán sustituidos por una nueva luz obligatoria.

 

 

El objetivo para la obligatoriedad de este nuevo mecanismo de señalización y visibilidad es reducir los atropellos mortales que se producen en carretera, tanto en averías como en carreteras. Según ha explicado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, hasta 91 personas fueron arrolladas por esta situación durante todo 2020, una cifra que ha calificado de “inaceptable al ser muertes que son en su mayoría evitables”.

 
 
 

Cómo son las nuevas luces V-16

Pero, ¿cómo son exactamente estas nuevas luces que a lo largo del primer trimestre de 2021 quedarán aprobadas? Pues en realidad son balizas luminosas que permiten que el conductor las pueda colocar en el techo o en otra parte del coche para mostrar la emergencia sin necesidad de salir del coche ni andar por la carretera o el arcén. La única exigencia será bajar la ventanilla y colocarla.

 

 

El modelo más conocido actualmente, fiable, diseñado por dos ex guardia civiles y ya homologado para su uso es el Help Flash. Compañía inventora de esta baliza y líder del mercado, propone ya un dispositivo que además es ideal para estas fechas, ya que permite también su completa visibilidad incluso en condiciones climáticas adversas como las actuales.

 

 

Los dispositivos de Help Flash disponen de un reflector parabólico con tecnología LED que permite que tanto el coche como la moto, o el vehículo que la emplee, sean perfectamente visibles en todas las direcciones, en 360 grados, y a 1 kilómetro de distancia, incluso con muy baja luminosidad. Además, son compatibles con todo tipo de condiciones meteorológicas adversas, como lluvia, nieve, viento o niebla.

 

 

 

 
Los dispositivos analógicos de Help Flash, agotados temporalmente.

 

Los dispositivos analógicos de Help Flash, agotados temporalmente.

 

 

Cuánto cuestan las luces V-16 y dónde comprarlas

Aunque su uso se aprobará en las próximas semanas, las nuevas luces V-16 todavía no están legisladas y, sin embargo, ya son miles los conductores que se han adelantado a la nueva normativa para comprar estas balizas, tal y como nos cuentan desde Help Flash. De ellos, algunas de estas nuevas luces incluso está por el momento agotadas debido al exceso de demanda.

 

 

Es el caso del dispositivo básico de Help Flash, el analógico, que tal y como puedes ver en su tienda online se ha agotado temporalmente. Cuesta 29,95 euros, IVA incluido y tiene gastos de envío gratis. Sin embargo, si no quieres esperar a su reposición, Help Flash recuerda que también puedes adquirir ya su dispositivo digital, que por solo 34,95 euros, además permite que la empresa avise automáticamente a la aseguradora o al servicio de emergencias para enviar también tu localización en caso de emergencia.

 

 

En páginas de comercio electrónico como Amazon puedes también comprar ya una de estas balizas luminosas V-16 a precios de entre 18 y 30 euros. Pero, eso sí, te recomendamos que te informes bien y te asegures de que están ya homologadas para su uso, como es el caso de las Help Flash.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/como-son-luces-v-16-dgt-hara-obligatorias-cuestan-30-estan-agotadas_225910_102.html

Publicado

15 de enero de 2021

 

 

El nuevo accesorio obligatorio de la DGT para ir en moto: no llevarlo supondrá multa

 

 

La DGT recuerda la obligatoriedad de llevar este accesorio para ir en moto. Ahora, no llevarlo, conllevará una multa.

 

 

 

 

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En los últimos meses hemos visto una profunda remodelación del Reglamento de Circulación en diversos frentes. Como te hemos contado en otros artículos, los límites de velocidad han sufrido algunos cambios tanto dentro como fuera de ciudad, también una remodelación en las sanciones que implican resta de puntos, una ampliación de la regulación de los vehículos de movilidad personal y, además, algunos cambios para los motoristas.

 

 

Entre estos últimos cambios, tal y como publicó la DGT, y recordó en sus propias redes sociales, en los próximos meses veremos cómo un accesorio pasa a ser obligatorio: los guantes. La DGT asegura que los fallecidos y heridos graves han crecido en los últimos años sobre dos ruedas, alcanzando los motoristas un 24 por ciento del total de fenecidos en nuestras carreteras en 2019, perdiendo la vida 417 personas

 

 

 

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Y para mitigar las heridas sufridas por una caída, la DGT obligará a los motoristas a llevar puestos los guantes. Sin embargo, aún no se ha confirmado si los pasajeros también estarán obligados al uso de los mismos, si habrá distinción entre circular en poblado o fuera de él o la multa que conllevaría no cumplir con dicha norma.

 
 

Esta es una medida más de la DGT para reducir la siniestralidad en carretera de los motoristas. Y es que en 2021 también se llevarán a cabo cursos formativos voluntarios que sumarán dos puntos al carné de conducir a aquellos motoristas que superen con éxito la prueba, así como la posibilidad de circular por el arcén cuando la vía esté atascada y haya una indicación explícita para ello.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevo-accesorio-obligatorio-dgt-ir-en-moto-no-llevarlo-supondra-multa_226016_102.html

Publicado

15 de enero de 2021

 

 

 

La DGT advierte de cuál es ya la importante multa por no parar en un paso de peatones

 

 

La DGT está decidida a frenar el número de atropellos en 2021 y por ello aprobará nuevas normas en este trimestre, además de recordar la multa y el peligro que tiene no parar en un paso de peatones bien señalizado.

 

 

 

 

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La lucha contra la siniestralidad es la máxima y la razón de ser de la DGT, no cabe duda. El máximo organismo de Tráfico ya ha anunciado por ello toda una batería de nuevas normas que entrará en vigor a lo largo de este 2021, en forma de nuevos límites de velocidad, sanciones mayores y nuevas infracciones.

 

 

Una de las grandes novedades, tal y como te contamos ayer, será la aprobación de un nuevo Real Decreto de Auxilio en Carretera, que obligará a sustituir los triángulos de emergencia por una nuevas luces V-16, más visibles y que se activan sin necesidad de salir del coche. El objetivo es reducir el elevado número de atropellos que se produce en carretera.

 

 

Porque sí, reducir los atropellos es otro de los frentes importantes con los que arranca la DGT en este 2021. Por ello, la DGT ha querido en las últimas semanas lanzar una campaña de concienciación donde, a la vez que alerta del peligro que supone no parar en un paso de peatones debidamente señalizado, informa también de cuál es hoy la multa por incumplir esta normativa básica y fundamental.

 

 

 

 

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No respetar por tanto la prioridad de paso en una zona de peatones señalizada tiene una sanción de 200 euros y hasta 4 puntos del carné de conducir, si bien, como recuerda la DGT, lo que se arriesga realmente es a perder algo mucho más valioso que dinero o puntos: vidas humanas.

 

 

Desgraciadamente, saltarse los pasos de cebra o no respetar la prioridad a peatones es una práctica común que vemos bastante habitual en las calles, y por eso la DGT está dispuesta a recordarlo y a perseguirlo de manera mucho más dura.

 

 

Junto a este mensaje, la DGT ha publicado también un cuadro de sanciones donde recuerda otras multas que conllevan infracciones habituales: 200 euros y 3 puntos por usar móviles u otros dispositivos, por no llevar el casco en la moto o por ir sin cinturón o sistema de retención obligatorio; no respetar un Stop o un semáforo en rojo, 200 euros y 4 puntos, misma sanción que no respetar la distancia de seguridad.

 

 

Mientras que circular en sentido contrario o por un carril prohibido puede suponer multa de entre 200 y 500 euros, y la pérdida de hasta 6 puntos en el carné de conducir. Ya sabes, respeta las normas, por tu bien y por el de todos.

 

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-advierte-cual-es-ya-importante-multa-por-no-parar-en-paso-peatones_226004_102.html

Publicado

18 de enero de 2021

 

 

 

 

 

La DGT te explica todos los casos detallados en los que se prohíbe adelantar

 

 

Además de en línea continua y en las zonas con señal vertical que lo prohíba, hay otros muchos casos en los que no está permitido adelantar. La DGT te los detalla todos.

 

 

 

 

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En línea continua y en tramos con señal vertical que lo prohíba, de forma genérica estos son los casos en los que el actual código de circulación indica la prohibición total de que un vehículo adelante a otro. Ahora bien, existen otra serie de casos y situaciones en las carreteras y en la conducción diaria donde también se prohíbe adelantar.

 

 

De forma genérica, el adelantamiento está prohibido en lugares donde, la falta de visibilidad, hace que esta maniobra sea especialmente peligrosa. Estos casos y situaciones son los siguientes: en curvas y cambios de rasante sin visibilidad, detrás de un vehículo voluminoso que esté adelantando, en los pasos a nivel y de peatones, en algunas intersecciones y túneles.

 
 

Para que todos los conductores tengan a su disposición la mejor información al respecto, la DGT en su cuenta oficial de Twitter ha publicado un interesante tweet donde especifica todos los casos en los que se prohíbe adelantar aunque no haya una señal vertical que así lo indique:

 

 

 

 

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FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-te-explica-todos-casos-detallados-en-se-prohibe-adelantar_226156_102.html

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