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Publicado

17 de junio de 2021

 

 

 

 

Estas son las primeras ciudades que rechazan el nuevo límite de 30 km/h de la DGT: habrá más…

 

Llevamos poco más de un mes con los nuevos límites de velocidad en las ciudades y algunas de ellas ya están reculando. ¿Sucederá lo mismo en más ciudades españolas?

 

 

 

 

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Pere Navarro resuelve algunas dudas acerca del nuevo límite 30 km/h en ciudad.

 

 

 

El pasado 11 de mayo entraron en vigor los nuevos límites de velocidad en el ámbito urbano, que dictaban un descenso a 30 km/h en vías de un único sentido y en vías con un solo carril por sentido, y que además abría la posibilidad a que algunas ciudades pudieran, con amparo legal, reducir los límites máximos a esa nueva velocidad genérica.

 

 

Ya dijimos en su día que la situación no era tan sencilla: está claro que, a esas velocidades, la siniestralidad se ve ampliamente reducida; pero, por el contrario, se podrían reproducir otros problemas, como el incremento de los atascos, las averías o de la propia contaminación.

 

Ha pasado poco más de un mes y algunas ciudades se plantean o ya han decidido volver a la velocidad máxima de 50 km/h en las vías en las que está recogida una excepcionalidad. Málaga fue la primera ciudad de las que hablamos y que estudiaba regresar a dicha velocidad, por el incremento de los atascos ocasionados. Ahora, son Ponferrada (León) y San Sebastián las otras dos ciudades que hemos conocido que han tomado esta decisión.

 

 

 

 

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En el caso de la ciudad leonesa, había reducido a 30 km/h las vías que servían como puertas de entrada a la ciudad. Tras estas semanas de prueba, y por el mismo motivo que Málaga, el Ayuntamiento de la ciudad volverá a instalar el límite 50 en la gran mayoría de estas vías que, no obstante, ya eran de doble sentido y con doble carril. Según declaraciones del consistorio recogidas en el Diario de León, esta reducción del límite de velocidad provocaba una “ralentización innecesaria del tráfico” y tenía un “impacto negativo”. Solo la Avenida de Astorga, en su parte de entrada a la ciudad, mantendrá los 30 km/h por su alta siniestralidad.

 

 

En el caso de San Sebastián, ya se ha anunciado que se corregirá el límite 30 para evitar los recientes retrasos que se venían produciendo en los autobuses urbanos de la ciudad. Además, se estudia establecer el límite más bajo en zonas cercanas a colegios pero, una vez fuera de horario escolar, permitir circular a mayor velocidad, como reconocen desde El Diario Vasco.

 

 

Lo cierto es que el límite 30 km/h ha llegado haciendo mucho ruido y, si bien trae beneficios en el apartado de seguridad vial para peatones y usuarios más vulnerables de la vía, trae consigo otras problemáticas. Ha pasado poco tiempo desde su instauración y, a buen seguro, otras ciudades irán corrigiendo algunas deficiencias, siempre que la normativa de la DGT lo permita, claro.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-son-primeras-ciudades-rechazan-nuevo-limite-30-km-h-dgt-habra-mas_236388_102.html


Publicado

17 de junio de 2021

 

 

 

 

Estas son las 3 únicas situaciones en que puedes tocar el claxon: así son las multas para el resto

 

El claxon es un elemento obligatorio para nuestro coche y que debe ser usado de forma correcta. De no hacerlo, aunque no sea habitual, te enfrentas a posibles multas.

 

 

 

 

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Solo hay tres situaciones en las que se puede usar legalmente el claxon. Foto: iStock

 

 

 

El uso del claxon en el vehículo suele ser visto en nuestra sociedad, de forma general y lamentablemente, como forma de recriminar a otro conductor algo que ha hecho o dejado de hacer. Y decimos lamentablemente porque su uso debe estar limitado a momentos muy concretos y con fines de seguridad.

 

 

Quién no ha visto usar el claxon para saludar a un amigo que va por la acera o en otro coche, para recriminar una acción a otro conductor o para meterle prisa si no sale rápido con el semáforo en verde. Sin embargo, deberías saber que el uso indiscriminado del claxon puede ser objeto de multas de hasta 200 euros.

 
 
 

El RACE nos recuerda las tres únicas excepciones en las que sí podemos hacer uso del claxon en el coche:

 
 

- Si actuamos como servicio de urgencia, deberemos advertir nuestra presencia a los demás usuarios de la vía utilizando las luces de emergencia y el claxon de forma intermitente. También puedes, en lugar de usar el claxon, agitar un pañuelo por la ventanilla, bien el conductor o uno de los pasajeros si es posible.

 

- Para avisar al conductor que circula delante de nosotros, fuera de poblado, de que vamos a adelantarlo. Eso siempre será posible siempre que el otro coche no haya indicado ya antes que también va a realizar un adelantamiento.

 

- En vías con baja visibilidad o vías estrechas, podremos usar el claxon para avisar de nuestra presencia y evitar un posible accidente.

 
 
 

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Señal que prohíbe expresamente usar señales acústicas en la zona.

 

 

 

Multas por usar indebidamente el claxon

El propio Reglamento de Circulación dice que está expresamente prohibido el uso “inmotivado o exagerado” del claxon mientras conducimos. De no hacerlo, nos enfrentamos a multas de 80 euros si tocamos el claxon de forma estridente, sin motivo alguno o si no hacemos caso de la señal de tráfico que, de forma expresa, prohíbe realizar señales acústicas en zonas cercanas a hospitales o residencias de enfermos (imagen de más arriba).

 

 

Podrían incluso multarnos con 200 euros si circulamos utilizando las señales acústicas sin tener el carácter de vehículo prioritario o de urgencia, como hemos visto antes, por circular con aparatos que emitan señales acústicas especiales o simplemente por no disponer en el coche de claxon. En este sentido el Reglamento General del Vehículo obliga a todos los coches a llevar consigo “un aparato productor de señales acústicas que emita un sonido continuo, uniforme y de suficiente intensidad”.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-son-3-unicas-situaciones-en-puedes-tocar-claxon-multas_236370_102.html

Publicado

18 de junio de 2021

 

 

 

 

Todas las nuevas multas de la DGT que pronto entrarán en vigor, una a una

 

Hasta 6 nuevas infracciones se encuentran ya en tramitación parlamentaria para añadir nuevas multas y sanciones en los próximos meses. Te las detallamos todas.

 

 

 

 

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Agentes de la Guardia Civil en Abegondo, A Coruña, se toparon con este conductor.

 

 

 

No está siendo 2021 un año demasiado bueno en cuanto a accidentalidad de tráfico. El pasado fin de semana registramos en nuestras carreteras la cifra más alta de fallecidos en siniestros (22 personas), desde el fin de semana del 22 al 24 de marzo de 2019, tiempo ya pre-pandemia. Ahora, con la crisis sanitaria algo más controlada y el inicio del verano, el aumento de la movilidad vuelve a traer consigo peores datos en las carreteras.

 

 

Ante esta situación, la DGT ya ha anunciado que tiene en estudio todos los tipos de siniestros para actuar en consecuencia durante la Operación Verano. A esta nueva estrategia, se une ya también durante este 2021 toda una batería de nuevas medidas de tráfico, como por ejemplo los nuevos y polémicos límites de velocidad urbanos, ahora con máximos incluso de 20 o 30 km/h dependiendo del tipo de vía.

 
 
 

La multa por usar el móvil será más dura y también se sancionará aunque no lo uses (Imagen: iStock)

 

La multa por usar el móvil será más dura y también se sancionará aunque no lo uses (Imagen: iStock)

 

 

 

Sin embargo, en los próximos meses llegarán más reformas que ya se encuentran en tramitación parlamentaria, tras su aprobación por la DGT. Se trata de una serie de medidas que, en los próximos meses, entrarán en vigor con modificaciones tanto de la Ley de Seguridad Vial como del Reglamento General de Circulación. Estas serán las nuevas multas que ya debes conocer, tal y como nos detalla el departamento jurídico de Legálitas:

 
 
  • Conducción y móvil: aumentarán de 3 a 6 los puntos por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil, no siendo ya necesario que se utilice para hablar por teléfono, sino que bastará con manipular el dispositivo móvil. 

 

  • Detectores de radares: nueva infracción grave por “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares o cinemómetros en el vehículo, lo que supondrá sanción de 500 € y la pérdida de 3 puntos. Hasta ahora, sólo suponía sanción el uso de dichos dispositivos, pero a partir de esta reforma se va a multar, también, solo por tenerlo dentro del vehículo, es decir, con que en el vehículo se lleve un sistema de este tipo, aunque no esté en funcionamiento o activado, también, será sancionado por los agentes.

 

  • Sistemas de retención infantil: otra importante novedad afectará al cinturón de seguridad y a los sistemas de retención infantil. Ahora, la sanción pasa a suponer la pérdida de 4 puntos, en lugar de los 3 anteriores, y, continúa siendo de 200 euros, pero ya no sólo se producirá por no hacer uso de los sistemas, sino, también por su uso inadecuado.

 

  • Adelantamientos a ciclistas: cuando entre la norma en vigor, los conductores que adelanten a un ciclista o grupo de ciclistas estarán obligados a reducir la velocidad como mínimo en 20 km/h por debajo del límite de la vía para realizar la maniobra con total seguridad.

 

  • Recuperación de puntos: otra novedad será poder recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT, siendo una orden ministerial quien desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben cumplir.

 

  • Tiempo para recuperar el saldo inicial de puntos: por último, la DGT también prevé unificar en dos años el plazo que tendrá que transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-nuevas-multas-dgt-pronto-entraran-en-vigor_236441_102.html

Publicado

18 de junio de 2021

 

 

 

 

Todas las multas de la DGT, penas y delitos que establece la ley por conducir con alcohol o drogas

 

Hasta el próximo 22 de junio la DGT va a realizar en las carreteras españolas una campaña especial de control de vigilancia de alcohol y drogas en la conducción. Atento a todas las multas, penas y delitos según la ley.

 

 

 

 

 

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Todas las multas, penas y delitos que establece la ley por conducir con alcohol o drogas (Imagen: DGT)

 

 

 

En estos momentos y hasta el próximo martes 22 de junio en cualquier lugar y en cualquier momento podrás ser parado por una patrulla policial o de la DGT para hacerte un control de drogas y alcohol. Este dispositivo forma parte de la nueva campaña especial de vigilancia de dichas sustancias en la conducción que está llevando a cabo la Dirección General de Tráfico.

 

 

El objetivo con esta campaña y otras iniciativas similares que se han venido realizando es claro: al volante, cero tolerancia con el alcohol y las drogas. En innumerables artículos te hemos explicado los efectos adversos y peligrosos que puede tener cualquier tipo de bebida alcohólica o de cualquier tipo de sustancia estupefaciente mientras conduces, ya que las habilidades psicomotrices del conductores se ven claramente mermadas.

 
 

Además de tu propia responsabilidad y conciencia, si bebes o tomas algún tipo de droga antes de ponerte al volante, te enfrentas a multas de lo más cuantiosas que, en algunos casos puede llegar a considerarse como delito y, por tanto, llegar a estar penado con la cárcel.

 
 

Antes de detallarte cuáles son las multas y sanciones por la detección de alcohol o de algún tipo de droga en un control de tráfico, te aclaramos previamente cuáles son los límites establecidos por la ley (en este caso, de alcohol). En el caso de los conductores noveles y profesionales, no podrán presentar un test de 0,3 g/l o más en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado. Para el resto de conductores, el límite es de 0,5 g/l en sangre y de 0,25 mg/l en aire espirado.

 

 

Según la cantidad de alcohol y de algún tipo de droga detectadas en un control, se establecen las siguientes multas y sanciones.

 

 

  • 500 euros y pérdida de 4 puntos: tasa de alcohol entre 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en aire espirado

 

  • 1000 euros y pérdida de 6 puntos: tasa de alcohol de más de 0,50 mg/l en aire espirado

 

  • 1000 euros y pérdida de 4/6 puntos para conductores reincidentes que hayan dado positivo varias veces en varios controles de alcohol (la pérdida de puntos varía según el nivel de tasa medido en el test en cuestión).

 

  • 1000 euros y 6 puntos de carné: en todos los casos sin excepción en los que los conductores hayan dado positivo en algún tipo de droga.

 

 

 

PENAS Y DELITOS POR CONSUMIR ALCOHOL Y DROGAS AL VOLANTE

Tal y como te hemos comentado antes, el conductor puede incurrir en delito por el consumo de drogas y alcohol en los siguientes supuestos:

 
  • Conducir bajo la influencia de algún tipo de droga, estupefaciente o sustancia psicotrópica siempre es considerado delito. En este caso, la pena en cuestión puede conllevar cárcel o prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios a la comunidad de 30 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

 

  • En un control de drogas, si el conductor se niega a hacerse las pruebas, dicha acción ya conlleva delito, lo que puede conllevar prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

 

  • Dar positivo de alcohol en un control con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire y 1,2 g/l en sangre ya es delito. La pena que le corresponde en este caso es cárcel o prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios a la comunidad de 30 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

 

  • En un control de alcohol, si el conductor se niega a hacerse los test pertinentes, también está incurriendo en delito, lo que podría puede conllevar prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-dgt-penas-delitos-ley-conducir-con-alcohol-drogas_236393_102.html

Publicado

21 de junio de 2021

 

 

 

 

Ver para creer: conduce varios metros con el capó levantado e incrustado en el parabrisas (vídeo)

 

Un coche con el capó levantado e incrustado en el parabrisas delantero ha circulado durante un buen puñado de metros en una carretera española. Atento al vídeo.

 

 

 

 

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Circula varios metros con el capó levantado e incrustado en el parabrisas delantero (Vídeo/Imagen: SocialDrive)

 

 

 

En las últimas horas un sorprendente vídeo se ha hecho viral en un buen número de redes sociales. En dicho vídeo, publicado inicialmente en la cuenta oficial de Twitter de SocialDrive, la aplicación para conductores que puedes descargarte aquí para Android y pinchando aquí para iOS), se puede ver el peligroso momento en el que un vehículo (en este caso, un Renault Mégane), circula durante varios metros con el capó levantado e incrustado en el parabrisas delantero.

 

 

 

 

 

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El acompañante delantero de uno de los automóviles que adelanta al vehículo que circulaba con el capó levantado fue el que grabó este sorprendente y peligroso momento. Lo que también resulta curioso del momento captado es que el protagonista del vídeo no hace ningún intento de tratar de parar de forma segura su automóvil en el arcén o (en la parte más a la derecha posible) de la autovía/autopista por la que está circulando.

 
 

Aunque te pueda parecer casi imposible, no es la primera vez que un suceso tan surrealista y tan peligroso ocurre en las carreteras españolas, ya que el año pasado, en la autovía A-316, que une la localidad de Torredelcampo con Jaén, un automóvil también fue captado en un vídeo circulando con el capó levantado durante unos instantes.

 
 

En ambos casos, tanto el más reciente como el sucedido el año pasado en tierras jienenses, la rotura fortuita de los anclajes que sujetan el capó podría haber sido la causa de que se levantara el mismo. Lo más probable es que durante las próximas horas la Guardia Civil pueda investigar este suceso e inculpar al conductor, con toda probabilidad, de la comisión de un delito contra la seguridad del tráfico.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/ver-creer-conduce-varios-metros-con-capo-levantado-incrustado-en-parabrisas-video_236585_102.html

Publicado

22 de junio de 2021

 

 

 

 

Las multas de la DGT por llevar mal la carga y el equipaje en vacaciones: hasta 500 € y 4 puntos

 

Con las vacaciones y la movilidad, aumenta obviamente el equipaje y el peso del vehículo. Además de un problema grave de seguridad, una carga mal sujeta supone importantes multas.

 

 

 

 

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Las multas de la DGT por llevar mal la carga y el equipaje en vacaciones: hasta 500 € y 4 puntos. Fotos: Cordon Press e iStock.

 

 

 

Los niños, los juguetes de la playa, el colchón inflable, las tablas de surf, las maletas, la bicicleta… Sí, cualquier viaje de vacaciones, especialmente con niños, supone todo un quebradero de cabeza: no todo entra en el coche y hay que apretar y seleccionar. Sin embargo, es muy importante que conozcas los peligros de llevar mal sujeta la carga y qué    permite y no permite la ley. Por su seguridad principalmente… y también por las multas que acarrea.

           

 

 

Cómo deben y no deben colocarse los objetos

Pero, ¿cómo hay que colocar exactamente la carga cuando viajamos en el coche? Lo primero que debemos saber, tal y como nos cuentan desde el departamento jurídico de Legálitas, es que los objetos transportados se deberán colocar  de manera que no puedan “arrastrar, caerse total o parcialmente o desplazarse de forma peligrosa, ni tampoco podrán comprometer la estabilidad del vehículo”.

 

 

Del mismo modo, los objetos que transportemos en el vehículo “no podrán sobresalir de la proyección en planta del vehículo”. Y hay que saber también que, entre la carga y los pasajeros, “nunca se podrá rebasar la Masa Máxima Autorizada del vehículo, ya que, de lo contrario, podríamos ser sancionados por ello”.

 
 
 

Por seguridad, es importantísimo llevar la carga bien sujeta en el coche.

 

Por seguridad, es importantísimo llevar la carga bien sujeta en el coche.

 

 

 

Desde Legálitas también nos informan de que, si se llevan artículos de grandes dimensiones, como pueden ser bicicletas o tablas de surf, muy habituales en esta época estival, y no entran dentro del vehículo “se podrán transportar sobre el techo, con un portón trasero, con un enganche de bola o remolque”. En ningún caso se podrán ocultar o no dejar visibles en su totalidad los dispositivos de alumbrado o señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

 

 

Como excepciones, eso sí, el reglamento de tráfico contempla que, como norma general, cuando se transporte un elemento de carga en el exterior del vehículo también puede sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de la longitud del coche o del 15 por ciento si lo que se transporta es indivisible. “En este caso”, como especifica Legálitas, “será necesario proteger la parte que sobresalga y señalizarla con la señal V-20, que se colocará en el extremo posterior de la carga, perpendicular al eje del vehículo”.

 

 

Por su parte, “si lo que se utiliza es un enganche de bola, siempre será necesario que lleve instalada la matrícula y las luces, debiéndose colocar, igualmente, la señal V-20”. Por último, cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, “se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura que sobresalga, debiendo, ambos paneles, formar una geometría  de v invertida”.

 
 
 

Cuáles son las multas por llevar mal la carga

Una vez conocido ya cómo hay que llevar y transportar la carga por seguridad, y por evitar cometer una infracción, la última duda radica en saber qué sanciones establece la DGT por su mala colocación. Y, en general, no llevar bien sujetada la carga puede ser considerado una infracción grave, cuya sanción alcanza como norma los 200 euros de multa.

 

 

Eso sí, a partir de aquí, las sanciones podrían incluso aumentar dependiendo de

 

 

la gravedad de los hechos. Si, por ejemplo, la carga mal transportada termina cayendo sobre la vía y creando un grave peligro para el resto de usuarios, la sanción puede ascender a muy grave, sancionándose con multa de 500 euros y hasta 4 puntos de pérdida del carné. E, incluso, el vehículo podría ser inmovilizado mientras persista ese mal acondicionamiento de la carga. Así que máxima precaución, sobre todo por lo más importante: la seguridad de todos.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-dgt-por-llevar-mal-carga-equipaje-en-vacaciones-hasta-500-4-puntos_236666_102.html

Publicado

23 de junio de 2021

 

 

 

 

Los triángulos dejan de ser obligatorios en coches en julio: así cambia la señalización en carretera

 

Los triángulos en nuestros coches desaparecerán en los próximos años. Desde julio, dejarán de ser obligatorios. Te contamos cómo cambia la señalización en carretera.

 

 

 

 

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Los triángulos de emergencia podrán ser sustituidos en julio, te contamos qué cambia

 

 

 

Los archiconocidos triángulos, esos que muchos conductores no han puesto nunca (y que siga siendo así) pero son obligatorios en los maleteros de nuestros coches dejarán de serlos a partir del mes de julio. En apenas una semana, este accesorio puede ser sustituido. De momento voluntariamente, obligados en unos años.

 

 

Como consecuencia de la aprobación del Real Drecreto de Auxilio en Carretera el pasado mes de marzo, los procedimientos cambian a la hora de comunicar una avería o un accidente y, por tanto, esperar auxilio. Uno de los cambios más importantes afecta a los triángulos de emergencia.

 
 

Hasta el día 1 de julio de este 2021, fecha en que dejarán de ser obligatorios, los conductores debemos contar con dos triángulos de emergencia en nuestro maletero. En caso de necesitar asistencia, tendremos que colocar uno por delante y otro por detrás a una distancia de 50 metros del vehículo (en vías de doble sentido).

 
 

Esto cambia en apenas una semana. Siempre que nos hagamos con una luz de emergencia V-16, podremos sustituir los triángulos de emergencia por este dispositivo que lanza un haz de luz mucho más lejos y en todas direcciones, facilitando la visibilidad del vehículo y los ocupantes. Si no contamos con este nuevo dispositivo, será obligatorio seguir contando con los triángulos de emergencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Luz V-16 inteligente y un nuevo procedimiento

Este periodo transitorio se alargará hasta el 1 de enero de 2026. Hasta entonces, podremos elegir si llevar en el maletero unos triángulos de emergencia o una luz V-16. Pasada esta fecha, será obligatorio contar con este último dispositivo que, muy importante, deberá ser inteligente, por lo que podrá avisar a los servicios de emergencia sólo con ponerla en marcha y que nuestro coche esté geolocalizado.

 
 

Es decir, desde el 1 de julio de 2021 hasta el 1 de enero de 2026 podremos contar con los triángulos de emergencia, una luz V-16 o una luz V-16 inteligente. Pasado este límite temporal, será obligatorio contar con esta última solución.

 

 

Además, con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto también se prohíbe a los ocupantes del vehículo permanecer en el carril o andar por el arcén y tendrán que descender del coche por el lado contrario al tráfico. Los pasajeros tendrán que situarse en un lugar seguro y apartado de la carretera para evitar atropellos, siempre con el chaleco reflectante puesto. En caso de que por las condiciones de la vía este espacio no exista, permanecerán dentro del coche con el cinturón abrochado.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/triangulos-no-obligatorios-coches-julio-cambia-senalizacion-carretera_236750_102.html

Publicado

23 de junio de 2021

 

 

 

 

La DGT avisa ya de la sanción más común en verano: te puede costar 200 € y 3 puntos

 

Es una de las principales causas de despiste al volante y, en verano, probablemente la acción más habitual. Utilizar el GPS es una infracción grave y puede costarte 200 euros y 3 puntos.

 

 

 

 

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La DGT avisa ya de la sanción más común en verano: te puede costar 200 € y 3 puntos.

 

 

 

Llega el verano, los viajes por carretera, las vacaciones, los compromisos o las excursiones. Y, obviamente, no conocemos todos los trayectos ni los lugares a los que vamos. Por lo tanto, lo más lógico es usar un navegador al volante: bien el nuestro propio del coche, o bien alguna aplicación que usemos a través de nuestro teléfono móvil. Perfecto, pero ten mucho cuidado porque su uso en conducción está prohibido.

 

 

Así lo recuerda estos días la propia DGT a través de sus redes sociales, advirtiendo de la sanción que acarrea el uso de esta tecnología. En concreto, Tráfico asegura que es sancionable “conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares… que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción (Ley de Seguridad Vial)”.

 
 

Según informa la propia DGT, esta acción muy habitual supone ya una infracción grave. La multa asciende a 200 euros y acarrea también además la pérdida de 3 puntos del carné de conducir.

 

 

 

 

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Aprovechando otra publicación, la DGT también alerta del peligro de manipular estos dispositivos y advierte de que es una acción, desgraciadamente, muy habitual y que provoca numerosos despistes al volante. De hecho, según sus informes, hasta el 60 por ciento de los conductores con una antigüedad de carné de entre 2 y 10 años reconoce que se ha despistado alguna vez al volante con el teléfono móvil, mientras que el 20 por ciento asegura que lo ha hecho al usar el GPS.

 

 

El 40 por ciento de estos conductores, además, confirma también que ha sufrido importantes despistes durante la conducción debido a conversaciones con los acompañantes. Por tanto, aunque los navegadores y los GPS no están prohibidos en el coche (a diferencia de los detectores de radares, que solo su presencia implica ya sanción, no hace falta ni usarlos), utilizarlo mientras se conduce apartando una de las manos del volante sí supone una infracción. Lo mejor es que lo manipulemos al parar o que usemos control por voz si disponemos de esta tecnología.

 

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-ya-sancion-mas-comun-en-verano-te-puede-costar-200-3-puntos_236748_102.html

Publicado

24 de junio de 2021

 

 

 

 

¿Qué pasa si tienes un accidente y no tienes el seguro del coche al día?

 

Aunque pueda parecer increíble, más de 2'5 millones de coches circulan por nuestro país sin asegurar. Esto puede suponer graves sanciones para el propietario, tanto si ha tenido un accidente como si no.

 

 

 

 

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¿Qué pasa si tienes un accidente y no tienes el seguro del coche al día? Foto: iStock.

 

 

 

Hoy vamos a repasar los casos principales a los que puede enfrentarse un conductor que no ha cumplido con la legalidad en este aspecto. Es tan sencillo como mirar seguros de coche y elegir el que mejor se adapte a tus necesidades, pero hay personas que lo olvidan o creen que no pasará nada

 

 

 

Un coche aparcado sin seguro

Aunque tu vehículo no vaya a moverse de un garaje privado, puedes llegar a ser sancionado si no cuenta con los seguros reglamentarios. Si es un coche de los habituales, aquellos que necesitan el permiso B para su conducción, la ley marca una sanción de 800 euros. Si, por el contrario, se trata de los vehículos que precisan carnet C1, C1+E, C+E, D1, D o D+E; la multa asciende hasta los 1500 euros. Lo mismo ocurre con taxis, servicios prioritarios o vehículos de transporte escolar.

 
 

Para evitar esto, hay una solución sencilla. Si sabes que no vas a mover tu vehículo en una larga temporada, nada como buscar seguros de coche baratos y evitar problemas con las autoridades.

 
 
 

Un coche que circula sin seguro

Si te arriesgas a conducir sin seguro, lo primero que debemos decirte es que estás cometiendo una temeridad. Y, además, una ilegalidad. Si te para un agente de policía o la Guardia Civil, o incluso si una cámara o un radar detecta tu matrícula y comprueba que no tienes seguro; la sanción llegará hasta los 1500€ para los coches de carnet B. Para los vehículos especiales antes mencionados, la suma alcanza los 2800 euros.

 

 

No solo te llevarás esta sanción a casa, sino que los agentes de tráfico podrán inmovilizar tu vehículo y no podrás negarte a ello. Estará precintado durante, al menos, un mes (tres meses si eres reincidente), y tendrás que dar pruebas (recibos, por ejemplo) de que ya has contratado el seguro obligatorio. Además, te harás cargo de los costes del depósito del vehículo.

 

 

 

Tener un accidente con el coche sin seguro

Esta es la situación más grave. Si la culpa del accidente ha sido tuya, no solo tendrás que pagar la multa por circular sin seguro. También tendrás que pagar por la infracción que haya podido causar el accidente (exceso de velocidad, ignorar un semáforo en rojo...) y, una vez el Consorcio de Seguros haya abonado la indemnización a los afectados, te reclamarán el total del importe. Esto puede suponer incluso el embargo de tus cuentas y bienes, siempre que no puedas hacer frente al pago.

 
 

Si, por el contrario, la culpa del accidente ha sido de la otra parte, su aseguradora te abonará la indemnización correspondiente. Luego serás sancionado por circular sin seguro de la misma manera que en los puntos anteriores.

 

 

Como ves, nunca es buena idea tener el coche sin haber mirado un buen seguro antes. Busca siempre la mejor opción para ti, que sea barata pero que cubra todas las opciones que te interesen.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/que-pasa-si-tienes-accidente-no-tienes-seguro-coche-dia_236846_102.html

Publicado

28 de junio de 2021

 

 

 

 

La Guardia Civil advierte: comprueba ya este elemento del coche… o tendrás multas de hasta 800 €

 

Los neumáticos son un elemento vital en los coches para la seguridad vial. Pero, ¿sabes que te expones además a multas de hasta 800 € si no están en buen estado? Atentos…

 

 

 

 

 

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La Guardia Civil advierte: comprueba ya este elemento del coche… o tendrás multas de hasta 800 €.

 

 

 

El estado de los neumáticos es, sin duda, quizá el principal elemento de revisión que debes hacer cada mes en tu coche. De su buen estado depende en gran medida tu seguridad al volante, y es una práctica que no debe reservarse exclusivamente para cuando salimos de viaje o de vacaciones (donde es imprescindible además adaptar su presión a las condiciones de carga del coche), sino que tenemos que hacer durante todo el año periódicamente.

 

 

Sin embargo, desgraciadamente, es algo que no siempre sucede. De hecho, un estudio de Bridgestone que también recoge la DGT en su web asegura que la mitad de los conductores no comprueba habitualmente los neumáticos de su coche. Estos mismos informes aseguran que 3 de cada 4 vehículos en circulación están equipados con gomas envejecidas o con defectos. Un grave problema por tanto para la seguridad vial.

 
 

Por eso, ante este esta circunstancia, la Guardia Civil ha querido lanzar varios mensajes esta semana a través de sus redes sociales con el objetivo de concienciar a la población. Y, si el principal de la seguridad parece no funcionar, pues nada como apelar a la economía para tratar de solucionar el problema.

 

 

 

 

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Así, tras la pregunta “¿Recuerdas cuando echaste un vistazo al estado de tus neumáticos?”, la Guardia Civil continúa asegurando que “si eso no te vale, la multa por cada neumático en este estado (el que figura en la foto con claro desgaste) es de 200  €. Es más barato ponerlos nuevos”. Es decir, el cuerpo de seguridad advierte de que circular con los cuatro neumáticos en mal estado podría acarrear una sanción total de 800 euros. Casi nada.

 

 

Pero, ¿cómo podemos comprobar el buen estado de nuestros neumáticos? Por si todavía no conoces la respuesta, debes saber que principalmente nos basamos en el buen estado del dibujo, en la profundidad de las ranuras de la banda de rodadura y en la presión del aire, que si es mala termina por desgastarlos prematuramente o forzar defectos en algunas zonas. Un peor agarre, malas distancias de frenado, una dinámica peligrosa o un mayor consumo del coche son algunas de las consecuencias de no circular con ellos en perfecto estado.

 

 

 

 

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La Guardia Civil, además, también lanza nuevos mensajes en los que anima a comprobar si los neumáticos están gastados. “¡Muy sencillo! Coloca una moneda de 1 € en el dibujo y si ves la parte dorada debes cambiarlo. ¿A qué esperas para comprobarlo? Para un viaje seguro pon a punto tu vehículo antes de salir rumbo a las vacaciones”.

 
 

De este modo es importante comprobar que la profundidad del dibujo nunca sea inferior a 1,6 mm. Otra forma de poder mirarlo fácilmente es asegurarte de que el testigo de desgaste, un taco de goma precisamente de 1,6 mm de espesor que se encuentra incrustado en el fondo de las ranuras principales de las gomas, no esté ya al mismo nivel que la propia banda de rodadura. Si no sobresale, es que debes cambiar los neumáticos.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/guardia-civil-advierte-comprueba-este-elemento-coche-multas-800-euros_237083_102.html

Publicado

28 de junio de 2021

 

 

 

 

Cheques de 20 € a los jóvenes que den 0,0 en los controles de alcoholemia

 

Al volante, cero alcohol. Aunque en España se permite conducir con una mínima tasa, la recomendación es no consumir nada. Para concienciar, en Valladolid se han entregado cheques para premiar esta conducta.

 

 

 

 

 

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Cheques de 20 € a los jóvenes que den 0,0 en los controles de alcoholemia. Foto: iStock.

 

 

 

Tolerancia cero con el alcohol al volante. Ésta debería ser la máxima que nos marcásemos todos en las carreteras, a pesar de que la ley permite hoy en día circular con una tasa de entre 0,3 a 0,5 mg de alcohol por litro de sangre, dependiendo si somos conductores noveles o no. Pero incluso la DGT advierte estos días que estos márgenes legales también pueden incrementar el riesgo de accidente, por lo que “la única tasa segura es 0,0 %”.

 

 

A estas alturas, y con el drama que se vive en las carreteras cada semana a consecuencia del alcohol, no debería hacer falta repetir este mensaje continuamente, ni mucho menos tener que llegar a premiar las buenas conductas. Pero la realidad es que sí hace falta mucha más concienciación, sobre todo también entre el colectivo más joven.

 

 

 

 

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Por eso, la Policía Municipal de Valladolid, en asociación con la Federación Española de Espirituosos, ha decidido realizar este pasado fin de semana una sorprendente campaña de concienciación. Así, durante la noche del sábado 26 de junio han premiado a todos aquellos conductores jóvenes que han dado una tasa de 0,0 en los diferentes controles de alcoholemia ubicados por la ciudad, según ha informado Europa Press.

 
 

El premio, en concreto, ha consistido en un cheque de 20 euros, canjeable por gasolina en cualquier gasolinera de Repsol. Durante toda la campaña, además, un grupo de monitores pertenecientes a la propia Federación de Espirituosos de España han acompañado a los agentes en los controles de alcoholemia para concienciar y sensibilizar a todos los jóvenes sobre los peligros de beber alcohol, por mínimo que sea, y conducir.

 

 

La campaña también quiere promover la figura del conductor alternativo, que consiste en que uno los amigos del grupo de jóvenes no pruebe alcohol durante la noche y sea el encargado de conducir. Este rol puede ir alternándose durante cada fin de semana entre todos los amigos.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cheques-20-jovenes-den-00-en-controles-alcoholemia_237078_102.html

Publicado

30 de junio de 2021

 

 

 

 

Multado por adelantar a un coche patrulla de la policía durante una persecución

 

Un conductor ha recibido una multa por adelantar a un vehículo patrulla cuando este estaba en una persecución. Sin embargo, todo apunta a que la multa se anulará.

 

 

 

 

 

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La multa por adelantar a un coche patrulla que recibió un conductor de la DGT, ¿anulable? Foto: SocialDrive

 

 

 

Desde la plataforma para los conductores SocialDrive nos llega una imagen que, a su vez, nos comparte un conductor. Se trata de una multa que recibe de la DGT, concretamente de la Jefatura de Tráfico de Toledo.

 

 

Si te paras a ver la multa con detenimiento, el hecho denunciado a este conductor es el de “Adelantar a coche patrulla cuando este se encontraba en persecución” en la carretera N301, en dirección a Corral de Almaguer. Sin embargo, si te empiezas a fijar en más detalles, algo no cuadra.

 

 

En el apartado “Precepto infringido”, se especifica que se multa según el artículo 117, apartado 1, 5B. Si nos vamos al Reglamento General de Circulación, veremos que dicho artículo para nada tiene que ver con el motivo de la sanción. El artículo 117 se refiere al apartado “Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados”.

 
 

Desde SocialDrive aseguran que el conductor ya está en fase de recurrir esta sanción. Si bien hay determinados “errores de forma” que la DGT podría corregir para reenviar la sanción, todo apunta a que se trata de un fallo que no admitiría corrección, al no coincidir el hecho denunciado con la propia infracción.

 

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multado-por-adelantar-coche-patrulla-policia-durante-persecucion_237234_102.html

Publicado

1 de julio de 2021

 

 

 

 

Dulceida, Maldini, Vicesat… Influencers que infringen normas de la DGT en sus vídeos

 

De forma consciente o inconsciente, muchos influencers se graban en el coche incumpliendo algunas normas de tráfico. Estas son las multas de la DGT a las que se pueden enfrentar.

 

 

 

 

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Dulceida, Maldini, Vicesat… Influencers que infringen normas de la DGT en sus vídeos

 

 

 

Un joven circulando muy por encima de la máxima velocidad permitida, normalmente en un vehículo deportivo y que se ha grabado mientras conducía. Es una noticia recurrente en los informativos y para la DGT, que aprovecha para tratar de concienciar a los más jóvenes para que eviten estos comportamientos.

 

 

Como decimos, esta es una noticia casi prototípica. Sin embargo, a diario estamos expuestos a las imágenes de diversos influencers que se graban mientras conducen y que, siendo o no consciente de ello, incumplen normas básicas de circulación. Maniobras castigadas duramente por la DGT y a las que no le prestamos la atención suficiente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Uno de los casos más sonados en los últimos años fue el de Vicesat. El youtuber especializado en el mundo del motor muestra en sus vídeos reparaciones y curiosas preparaciones pero fue duramente criticado cuando se grabó a bordo de un Lamborghini mientras aceleraba a fondo y alcanzaba los 233 km/h.

 

 

El youtuber fue detenido más tarde por la Policía Nacional pues hay que tener en cuenta que alcanzar estas velocidades en carretera abierta es motivo suficiente para ser acusado de un delito. Vicesat se defendió en redes asegurando que llevó a cabo su prueba en condiciones de seguridad y que se cuidó mucho de no poner en riesgo a otras personas para no poder ser acusado de conducción temeraria, lo que puede suponer prisión de hasta cinco años, multa de 24 meses y retirada del carné hasta 10 años en el peor de los casos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Despistes que pueden costar muy caros

Cuando Vicesat subió este vídeo a Youtube tenía claro a lo que se exponía. De hecho, el youtuber siempre se ha mostrado muy cauteloso de mostrar su rostro e imagen en los vídeos. Sin embargo, youtubers de todo tipo suben contenido a sus redes sociales en los que, quizás por ignorancia, toman riesgos y realizan peligrosas maniobras que la DGT castiga.

 

 

El especialista en futbol internacional, Julio “Maldini”, realiza habitualmente análisis mientras conduce. En sus vídeos podemos ver cómo continuamente mira a la cámara situada en el asiento de al lado, conduce con una sola mano y, en general, desatiende la conducción. La DGT está poniendo especial interés en las distracciones a las que castiga con 100 euros.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La misma cantidad es a la que podría enfrentarse la conocida influencer Dulceida. Especializada en moda y lifestyle, la conocida youtuber muestra en su canal muchos de los viajes que hace. En ellos podemos ver, por ejemplo, cómo apoya los pies en el salpicadero lo que, además de muy peligroso, también está castigado por la DGT con 100 euros de multa.

 

 

A un castigo mayor se podría haber enfrentado el youtuber gastronómico Sezar Blue. Este influencer que recorre España mostrándonos los mejores restaurantes también ha incurrido en algún error durante sus últimos viajes, como pararse en mitad de una carretera secundaria de noche para ver un ciervo. Esta maniobra está castigada con 200 euros de multa pues circular por debajo de la mitad del límite de la vía (45 km/h en este caso) es motivo de multa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estos son solo algunos ejemplos de youtubers e influencers que tienen miles de seguidores en sus redes sociales y a los que deberíamos pedir que dieran ejemplo en la lucha para reducir al máximo los accidentes viales y, con ellos, el número de víctimas que cada año nos dejan los viajes en carretera.  

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dulceida-maldini-vicesat-influencers-infringen-normas-dgt-en-sus-videos_237354_102.html

Publicado

1 de julio de 2021

 

 

 

 

Los triángulos de emergencia ya no son obligatorios desde hoy: así cambia la DGT la señalización

 

Los triángulos de emergencia dejan de ser obligatorios en los maleteros de nuestros coches. Te contamos cómo cambia la señalización exigida por la DGT.

 

 

 

 

 

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Adiós a los triángulos de emergencia, dejan de ser obligatorios en carretera

 

 

 

Los siempre presentes triángulos de emergencia ya no son obligatorios en nuestros coches. Desde hoy, 1 de julio de 2021, aquellos conductores que quieran deshacerse de los mismos podrán hacerlo… siempre que cumplan las nuevas normas que la DGT exige para señalizar una avería o un accidente.

 

 

Son casi como esos familiares que conocemos de toda la vida que, no sabes cómo, siempre han estado ahí. Algunos pasan de coche nuevo a coche nuevo sin haberse abierto ni una sola vez. Pero con la seguridad de que siempre podíamos encontrar un triángulo de emergencia en el maletero de nuestro coche, siempre presto a echarnos una mano, indiferente al desaliento.

 

 

 

 

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Pero con la entrada en vigor del Real Decreto de Auxilio en Carretera, el este elemento deja de ser obligatorio y podrá ser sustituido por una luz V-16. Este nuevo sistema es una luz que puede imantarse en el techo del vehículo y que lanzará destellos al resto de conductores para alertar de la posición de la avería. Así, se reducen los riesgos de atropello a la hora de poner los triángulos y se mejora la visibilidad para el resto de conductores.

 
 

De momento, este cambio sólo será opcional pero se convertirá en obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 cuando todos los conductores tendremos que cambiar nuestros triángulos por esta nueva señalización. Eso sí, quienes quieran dar ya el salto deben tener en cuenta dos cosas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lo primero es que la luz V-16 debe estar homologada y cumplir con los siguientes requisitos:

 
  • Irradiación: el sistema óptico estará diseñado de forma que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo de ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo,
  • Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 80 candelas efectivas, y en los grados ±8, de un mínimo de 25 candelas. En ambos casos, dicha intensidad se mantendrá durante al menos 30 minutos.
  • Grado de protección IP: al menos será IP54.
  • Estabilidad: el equipo estará diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.
  • Frecuencia de destello: entre 0,8 y 2 Hz.
  • Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de −10 ºC y 50 ºC.

 

 

Lo segundo es que, además, a partir del 1 de enero de 2026 esta nueva señalización deberá contar con un sistema de geolocalización que se pondrá en marcha automáticamente cuando se encienda y que permitirá contactar con los servicios de emergencia para facilitar el auxilio y reducir los tiempos del mismo.

 

 

 

Actualmente, ya se venden luces V-16 con geolocalización por lo que hasta el 1 de enero de 2026 hay tres posibilidades:

  • Seguir utilizando los triángulos de emergencia.
  • Utilizar la nueva luz V-16.
  • Utilizar una nueva luz V-16 con sistema de geolocalización.

 

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/triangulos-emergencia-ya-no-son-obligatorios-hoy-cambia-dgt-senalizacion_237319_102.html

 

Publicado

03/07/2021

 

 

 

 

Siete situaciones en las que se puede adelantar aunque haya señal que prohíba hacerlo

 

 

 

 

 

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Puede sonar incoherente pero para una norma suele haber una excepción. En este caso son siete; siete situaciones en las que está permitido adelantar aunque haya una señal que prohíba hacerlo.

 

 

Este fin de semana empieza el que para muchos será el verano de la vuelta a la normalidad (en parte) y a la movilidad. La DGT prevé que se produzcan más de nueve millones de desplazamientos por carretera. Por eso, además de poner en marcha su tradicional Operación Especial Verano (con más de 1.400 radares y 39 drones vigilando por la seguridad de las carreteras), Tráfico se esmera en recordar las normas de circulación.

 

 

Adelantar cuando está prohibido adelantar

El Reglamento General de Circulación establece, como norma general, que está prohibido adelantar donde no sea posible hacer la maniobra de forma segura: en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en pasos para peatones señalizados, intersecciones, pasos a nivel y en las cercanías de todos ellos, y dentro de túneles. 

 

 

 

 

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Ahora bien, hay situaciones excepcionales donde el adelantamiento prohibido sí está permitido por razones de fluidez. Las repasamos a continuación, no sin antes recordar que si estos siete adelantamientos en zonas prohibidas solo se podrán llevar a cabo si no se compromete la seguridad.

 

 

1. Intersecciones con prioridad

Normalmente, está prohibido adelantar en las intersecciones y en sus proximidades, lugares donde se cruzan distintas trayectorias y la maniobra de adelantamiento puede resultar de mayor riesgo. Pero, sí está permitido cuando la calzada donde se realiza la maniobra tiene prioridad de paso establecida y hay una señal expresa que lo indica.

 

 

2. Pasos a nivel con visibilidad

Como norma general, el adelantamiento está prohibido en los pasos a nivel y en vías para ciclistas. No obstante, sí está permitido cuando se realice a vehículos de dos ruedas que no impidan la visibilidad lateral a quien adelanta.

 

 

3. Con ciclistas en carretera

En un tramo de carretera con el adelantamiento prohibido, sí está permitido adelantar a un ciclista -o a varios en grupo- ocupando todo o parte del carril destinado al contrario. Pero deben cumplirse dos condiciones: una, que se mantenga una separación lateral de seguridad mínima de 1,5 metros; y dos, que no se ponga en riesgo a otros usuarios, incluidos los que circulen en sentido contrario.

 

 

 

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4. Glorietas

Hay un tipo de intersección donde sí se permite el adelantamiento: las glorietas. En ellas la circulación se realiza de forma giratoria, no lineal como en el resto, y el adelantamiento está permitido siempre que las circunstancias y sus dimensiones permitan realizarlo en condiciones de seguridad.

 

 

5. Túneles con dos o más carriles

Como norma general el adelantamiento también está prohibido dentro de los túneles y en los pasos inferiores. Pero, cuando dentro del túnel hay dos o más carriles para el mismo sentido, la maniobra está permitida en esos carriles ya que, para realizarla, no es necesario ocupar el sentido contrario.

 

 

 

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6. Con vehículos inmovilizados

En una vía donde está prohibido adelantar, un vehículo en doble fila ocupa la calzada y obstaculiza la circulación. Salvo que esté detenido por necesidades del tráfico –un semáforo en rojo–, está permitido invadir el sentido contrario para rebasar a ese vehículo, siempre que la maniobra no sea peligrosa para nadie.

 

 

Si eres tú quien debe parar el coche por emergencia, recuerda que desde el 1 de julio puedes usar la luz V-16 en lugar de los triángulos para advertir al resto de conductores.

 

 

7. Vehículos, peatones, animales... más lentos

En los tramos de adelantamiento prohibido, está permitida para adelantar a conductores de bicicletas, ciclomotores, vehículos de tracción animal, a peatones y animales, siempre manteniendo la distancia de separación correspondiente al tipo de vía y sin riesgo alguno, ni para ellos ni para la circulación en general. 

 

 

Además, desde el 1 de julio, también está permitido adelantar, en las mismas condiciones, a las grúas en operaciones de auxilio y rescate.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/siete-situaciones-puede-adelantar-aunque-haya-senal-prohiba-hacerlo-891501

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