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26 de agosto de 2021

 

 

 

 

La DGT alerta del “efecto manada” en la conducción y sus peligrosos efectos

 

Los excesos de velocidad son una de las principales causas de accidentes en nuestras carreteras. El “efecto manada” tiene mucho que ver en esto.

 

 

 

 

 

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Te contamos en qué consiste el "efecto manada" en la carretera

 

 

 

La temporada de verano 2021 está llegando a su fin y muchos conductores utilizarán las carreteras durante los próximos días para retornar, en su gran mayoría, a sus lugares de residencia habitual. A pesar de seguir en plena pandemia, el número de trayectos será importante y por eso hay que tener, como siempre, mucho cuidado en carretera y vigilar los excesos de velocidad.

 

 

La DGT no se cansa nunca de recordar la importancia de respetar los límites de velocidad: este factor es determinante en hasta el 30 por ciento de los accidentes de tráfico con fallecidos. Si quieres refrescar y recordar todos los límites de velocidad en función del tipo de vehículo y de la vía, aquí lo tienes en detalle. Para vigilar estos excesos, multitud de radares y de muy diferente variedad están presentes en las carreteras esperando que los conductores sobrepasen la velocidad límite para “echar el flashazo”.

 
 
 

La velocidad a la que multa la DGT según el tipo de carretera y el tipo de radares

 

Mucha precaución en al carretera durante el regreso de las vacaciones.

 

 

 

Sin embargo, la DGT utiliza también las redes sociales para alertar de determinadas conductas que pueden ser peligrosas para todos los conductores. En este caso tratamos lo que se denomina “efecto manada”, una actitud más habitual de lo que te puedas imaginar. Seguro que si te pones a pensar te ha sucedido al adelantar a otro vehículo o mismamente te ha pasado a ti.

 
 

Se trata de un fenómeno que se produce por imitación en plena carretera. Un conductor corre más de la cuenta, excediendo los límites, y otro conductor o conductores lo imitan simplemente por el hecho de que el otro lo hace. Este “efecto manada” se da, sobre todo, en autovías y autopistas: sucede mucho también cuando un coche alcanza a otro y le adelanta, dándose la situación que el adelantado acelera durante la maniobra (de forma consciente o inconsciente), simplemente porque tiene como referencia el vehículo que le está sobrepasando.

 

 

Sé uno mismo y respeta los límites”, recuerda la DGT al respecto, que alerta que estos fenómenos de imitación en la carretera pueden ocasionar graves accidentes.

 

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-alerta-efecto-manada-en-conduccion-sus-peligrosos-efectos_240838_102.html

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26 de agosto de 2021

 

 

 

 

 

La multa de más de 3.000 € que te ponen si no tienes en regla un documento del coche

 

Circular de forma legal y segura con un coche exige tener en regla varios papeles. Atento a la multa de más de 3.000 € que te pueden poner si no tienes en vigor un documento muy específico del vehículo.

 

 

 

 

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La multa de más de 3.000 € que te ponen si no tienes en regla un documento del coche

 

 

 

Para circular con tu vehículo de forma tranquila, legal y segura resulta vita tener en regla o en vigor varios documentos o papeles de tu automóvil. En el caso de que un agente de la Policía Local o de la patrulla de Tráfico de la Guardia Civil te dé el alto durante un control rutinario y no lleves o tengas en regla uno de los siguientes documentos que te indicamos, las multas pueden ser de lo más cuantiosas.

 

 

Tener en vigor y en formato físico/digital tu carné de conducir, llevar a mano el permiso de circulación del vehículo a tu nombre, la tarjeta ITV (Inspección Técnica del Vehículo con la última revisión favorable y en vigor o no caducada) y tener asegurado el automóvil son los cuatro papeles/documentos imprescindibles que debe tener todo automóvil. El no tener a mano uno de estos papeles o no tenerlo en vigor conlleva una serie de multas, que en el peor de los casos puede llegar a suponer una multa de más de 3.000 euros.

 
 
 

LA MULTA DE MÁS DE 3.000 EUROS SI NO TIENES EL SEGURO DE TU VEHÍCULO EN REGLA O EN VIGOR

La multa por conducir sin seguro es la sanción administrativa que el propietario de un automóvil recibe si no tiene el seguro obligatorio o si este no está en regla (o en vigor). La cuantía de esta multa puede oscilar entre los 601 y los 3.500 euros, dependiendo del tipo de vehículo y del tipo de permiso exigido para conducirlo. Además, no hace falta que los agentes de tráfico te paren en carretera o en ciudad para pedirte los papeles del seguro.

 

 

Tanto si circulas como tu coche como si no, el seguro para los vehículos a motor es obligatorio. En el momento de la parada de un agente de la Policía Legal o de un Guardia Civil, no es imprescindible que lleves el recibo del pago del seguro, puesto que los agentes en cuestión pueden comprobar en tiempo real si tu automóvil tiene o no en vigor el seguro.

 
 

La obligatoriedad de asegurar un vehículo y la prohibición de circular sin seguro obligatorio está regulado en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

 

 

 

LAS MULTAS POR NO LLEVAR EL CARNÉ DE CONDUCIR, EL PERMISO DE CIRCULACIÓN Y LA TARJETA ITV

Si en el caso del seguro del automóvil no es obligatorio llevar el recibo o la documentación que certifique que el coche esté asegurado, en el caso del permiso de conducir, de la tarjeta ITV y del permiso de circulación del vehículo sí que resulta imprescindible acreditarlos de forma física (o a través de la propia app MiDGT). Las sanciones varían si te falta alguno de estos papeles.

 

 

De esta forma, si te dan el alto y no llevas encima el carné de conducir, en este caso la multa es de 10 euros; en el caso de que el carné no esté actualizado, la sanción puede subir a los 80 euros; en tercer lugar, si conduces con el carné caducado y sin el documento pertinente que justifique que está en proceso de renovación, la multa ascenderá a los 200 euros; por último, si te pones al volante de un vehículo y previamente te han retirado el carné por alguna (o algunas) infracciones graves/muy graves, en este caso la multa asciende a los 500 euros, además de suponer la retirada de 4 puntos en tu permiso de conducir.

 
 

En el caso de que no lleves el permiso de circulación del vehículo, la multa que acarrea es de 10 euros; sin embargo, si el automóvil no tiene en vigor ningún permiso de circulación o ninguna autorización, la multa sube a los 500 euros.

 

 

Por último, en el caso de la tarjeta ITV del vehículo, no llevarla encima acarrea una multa de 10 euros, una sanción que se puede incrementar hasta los 200 euros si además el automóvil está circulando con la ITV caducada.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/multa-mas-3000-te-ponen-si-no-tienes-en-regla-documento-coche_240839_102.html

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27 de agosto de 2021

 

 

 

 

Operación retorno de tráfico: así puedes buscar las gasolineras más baratas en Google Maps

 

Si estás de regreso de vacaciones próximamente y tienes por delante un viaje largo, esta funcionalidad de Google Maps te ayudará a encontrar la gasolinera cercana más barata.

 

 

 

 

 

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Cómo utilizar Google Maps para buscar y comparar precios de gasolineras. Foto: iStock

 

 

 

No cabe duda que Google Maps es ya una app imprescindible para los que utilizamos el coche a diario y para los que viajamos por carretera durante nuestros días libres y vacaciones. Además de ayudarte a ir de un punto A a un punto B, con la posibilidad añadida de que te vaya señalando los radares fijos y móviles en tu ruta, y que te indique en tiempo real si hay alguna incidencia en tu camino, existe una funcionalidad realmente útil que puede ayudarte a ahorrar dinero.

 

 

Si somos de los que hacemos muchos kilómetros en carretera, la app nos ayudará a ir ahorrándonos céntimo a céntimo –o incluso euro a euro– cada vez que paremos a repostar en una gasolinera. Nos referimos a la funcionalidad que ofrece Google Maps respecto a las gasolineras, muy fácil de usar y realmente intuitiva, y que nos permitirá ir comparando precios.

 

 

Primera situación en la que te puedes encontrar: estás parado con tu coche y buscas una gasolinera cercana. Basta con que en el propio buscador escribas “Gasolinera” o pinches en la opción con el mismo nombre que aparece por defecto, ya sea en la pantalla principal o al darle a buscar (junto a Restaurantes, Supermercados…). A continuación, te aparecerán las gasolineras más cercanas y el precio de la Gasolina 95; si pinchas en alguna de las opciones, el desplegable te dará también el precio del diésel, así como otras informaciones útiles: horario, servicios, etc. Podrás ver las opciones disponibles según la relevancia o la distancia hasta ella.

 
 

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Google Maps y su herramienta para buscar gasolineras y comparar precios.

 

 

 

Y segunda situación que puedes tener: estás en ruta, con el destino seleccionado y el navegador del Google Maps señalándote por dónde ir; además, te queda poca gasolina. Si seleccionas el símbolo de la lupa de la pantalla principal, podrás volver a buscar una gasolinera y te aparecerán sobre el mapa, de forma muy visible, las opciones más cercanas y con la información antes comentada. Además, te indicará cuánto tiempo de más te llevará llegar hasta allí respecto a tu ruta previamente planificada.

 

 

La información se va actualizando de forma constante y ni siquiera tienes que usar el buscador. Si en el mapa ves una gasolinera, puedes pinchar sobre el nombre o poner la típica chincheta roja de Google Maps y te volverá a salir la información más útil en tu pantalla.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/operacion-retorno-trafico-puedes-buscar-gasolineras-mas-baratas-en-google-maps_240924_102.html

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30 de agosto de 2021

 

 

 

 

 

Esta infracción muy común pasará a restar seis puntos en el carné de conducir tras el verano

 

Una de las infracciones más habituales en la carretera pasará restar seis puntos en el carné de conducir tras el verano.

 

 

 

 

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La multa que pasará a restar seis puntos en el carné a partir de verano

 

 

 

Lo vemos a diario, en los semáforos, con el coche parado, y en la carretera, en movimiento. Pero la DGT se ha puesto seria y quiere que una de las infracciones más repetidas al volante (y una de las primeras causas de accidente) pase a restar seis puntos en el carné de conducir. Te contamos de qué estamos hablando.

 

 

 

 

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Como lees en este tweet de la DGT publicado hace apenas unos días, se considera que el teléfono móvil provoca distracciones permanentes en la conducción y, por tanto, su uso se castiga con 200 euros y tres puntos menos en el carné de conducir. Un hecho que puede cambiar muy pronto tras el verano.

 
 

Ya te hemos contado que la DGT tiene la intención de que esta infracción pase a costarle al conductor seis puntos en el carné. De hecho, la nueva norma (que mantiene la cuota económica) se encuentra en el borrador de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que tiene que ser aprobada finalmente por el Gobierno.

 
 

Cuando esta nueva ley entre en vigor, la resta de seis puntos en el carné de conducir será una realidad. Un cambio que también se sumará al uso e instalación de los detectores de radares o la eliminación de los 20 km/h extra en los adelantamientos en carreteras secundarias. Estas y otras novedades puedes encontrarlas en este artículo que recoge todos los cambios.

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-infraccion-muy-comun-pasara-restar-seis-puntos-en-carne-conducir-verano_241080_102.html

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31 de agosto de 2021

 

 

 

La DGT comienza a multar por usar el carril izquierdo: así son las sanciones

 

La DGT ya pone multas por circular por el carril izquierdo, una sanción que, si bien se conocía, apenas se veía hasta ahora.

 

 

 

 

 

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La DGT ya sanciona por el uso indebido del carril izquierdo

 

 

 

No será por desconocimiento de la norma o porque la DGT no ha avisado en reiteradas ocasiones sobre ello. El indebido uso del carril izquierdo conlleva sanción. Además de reducir la fluidez del tráfico, aumentar los atascos y el riesgo de accidente, limitando los carriles disponibles para circular.

 

 

 

 

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Y aunque apenas se ha visto hasta ahora, desde SocialDrive demuestran que la DGT ya está multando por este respecto. Tal y como muestran con una foto en redes sociales, un conductor ha sido sancionado por “circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha, en calzada con más de un carril para el mismo sentido de la marcha, sin existir circunstancias del tráfico o de la vía que así lo aconsejen”. Recuerda que con su aplicación para iOS y Android puedes estar al día de esta y otras multas.

 
 

Este comportamiento le ha supuesto al conductor una multa de 80 euros, en referencia al artículo 16 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, donde se especifica que se “debe circular normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga".

 

 

 

 

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Hay que tener en cuenta, eso sí, que la sanción por no utilizar el carril derecho puede conllevar una multa de hasta 200 euros, pues en artículo 76 de la misma Ley de Tráfico y Seguridad Vial se especifica en su apartado C que “incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación”.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-comienza-multar-por-usar-carril-izquierdo-son-sanciones_241151_102.html

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31 de agosto de 2021

 

 

 

 

La DGT comprobará a través de una empresa privada camuflada si llevas el cinturón o usas el móvil

 

La DGT ha abierto un concurso para que una empresa privada vigile el uso que se hace del cinturón de seguridad en el automóvil y si los conductores manipulan el móvil al volante.

 

 

 

 

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La DGT comprobará a través de una empresa privada camuflada si llevas el cinturón o usas el móvil

 

 

 

Los datos de siniestralidad en las carreteras españolas siguen siendo aún muy altos. Durante los últimos años, con el objetivo de tratar de reducir el número de accidentes y de concienciar a los conductores, la DGT ha llevado a cabo una política basada principalmente en dos ejes: en primer lugar, una presencia cada vez mayor de radares para controlar la velocidad (y, desde hace poco, también para controlar el uso del cinturón y del móvil); y, en segundo lugar, una campaña informativa y publicitaria con duros mensajes a la población sobre los peligrosos efectos y el auténtico drama que supone no respetar las normas de circulación, unas infracciones que se traducen en muchos casos en accidentes mortales y en familias rotas de dolor.

 

 

Pues bien, una de las últimas medidas de la DGT ha sido la de abrir un concurso público para que una empresa privada controle y “espíe” varias conductas inapropiadas de los conductores y de los viajeros. Entre las conductas principales que se verán sometidas a una especial vigilancia destacan el uso del móvil al volante (o de cualquier otro dispositivo electrónico por parte del conductor, como por ejemplo el navegador del vehículo o el sistema de audio), el uso inapropiado del cinturón de seguridad y de otros sistemas de retención infantil (sillitas) homologados y, en último lugar, si los conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, bicicletas y vehículos de movilidad personal usan o no el casco.

 

 

Con esta labor de vigilancia realizada por la empresa privada que finalmente se adjudique el concurso público la DGT pretende analizar y evaluar la efectividad o no de las correspondientes campas de concienciación y comunicación. El plazo para la presentación de las propuestas de las diferentes empresas privadas que quieran optar a la gestión de este proyecto de la DGT finalizará el próximo viernes 3 de septiembre.

 
 

Los datos recogidos y recopilados por la empresa privada no se utilizarán para multar y sancionar a los conductores (la DGT utilizará toda la información del estudio sólo para evaluar y analizar, no para “castigar”).

 

 

En las bases del concurso propuesto por la DGT para que una empresa privada vigile y “espíe” las conductas inapropiadas de los conductores y pasajeros de los vehículos que circulan por nuestras vías, se propone la labor de vigilancia en una lista de 65 tramos de vías interurbanas (entre las que se incluyen carreteras convencionales, autopistas y autovías) y en 44 municipios con control en total de hasta 65 tramos urbanos de todo el territorio nacional, incluidas las islas Canarias y las Baleares, además de las comunidades autónomas de Cataluña y País Vasco.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-empresa-privada-camuflada-si-llevas-cinturon-usas-movil_241152_102.html

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31/08/2021

 

 

 

 

VÍDEO: un helicóptero de la DGT evita otro incendio

 

 

 

 

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La intervención evitó que el fuego se propagase por una zona de monte

 

 

 

 

En general, todos sabemos que la Dirección General de Tráfico se encarga de velar por la seguridad en las carreteras, utilizando para ello diferentes medios. Uno de los más famosos es el helicóptero que controla desde el cielo el comportamiento de los conductores. Pero no solo detecta infracciones, sino que también evita desastres como el que estuvo a punto de ocurrir ayer. Un helicóptero de la DGT ha evitado un incendio cuyas consecuencias podrían haber sido graves.

 

 

Lamentablemente, en verano son numerosos los incendios forestales, muchos de ellos, provocados, que arrasan kilómetros y kilómetros cuadrados de superficie. Desastres que son cada vez más habituales, debido a las temperaturas cada vez más altas. Sin embargo y, afortunadamente, en esta ocasión la intervención de un helicóptero de la DGT ha sido crucial para evitar un nuevo desastre

 

 

 

 

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El suceso se produjo ayer por la mañana en la autovía A6. Un helicóptero de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil detectó un vehículo incendiado detenido en el arcén, mientras realizaba una de sus maniobras habituales de control del tráfico. Rápidamente, los agentes del helicóptero avisaron a los medios de extinción y a una patrulla terrestre de la ATGC para que acudieran inmediatamente al lugar.

 

 

Como se puede apreciar en el vídeo registrado desde el helicóptero, el incendio del coche fue bastante virulento y las llantas alcanzaron una altura considerable. Gracias a esta intervención, las autoridades que se desplazaron a la zona consiguieron extinguir el incendio y evitar que el fuego se propagase por los alrededores, una zona de monte. Afortunadamente, no hubo que lamentar víctimas ni heridos. 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/helicoptero-dgt-evita-otro-incendio-923521

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2 de septiembre de 2021

 

 

 

 

La DGT alerta de cómo afecta al volante uno de los medicamentos más consumidos en España

 

Muy populares desde los años 60, las benzodiacepinas se han convertido en uno de los fármacos más consumidos en España. La DGT alerta de sus efectos en la conducción.

 

 

 

 

 

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La DGT alerta de cómo afecta al volante uno de los medicamentos más consumidos en España. Foto: iStock.

 

 

 

Hay ocasiones en las que la rutina puede hacernos confiar. En el caso de los medicamentos, por mucho que un fármaco sea muy común, siempre es importante conocer qué efectos secundarios puede ofrecer y qué limitaciones exige en el día a día, por mucho que nos hayamos acostumbrado a ellos. En otros artículos hemos repasado ya en profundidad cómo pueden afectar la mayoría de medicamentos a la conducción, incluso algunos tan “inofensivos” como el paracetamol o el ibuprofeno. Pero esta vez el aviso es más serio.

 

 

En concreto, es la DGT la que lanza una advertencia estos días que nos parece especialmente relevante. Y es sobre el uso de las llamadas Benzodiacepinas, uno de los fármacos más consumidos en España, y que pueden “ralentizar las reacciones, alterar la coordinación y producir exceso de sedación, por lo que interfieren en la conducción segura”.

 
 

Bajo esta denominación se incluyen medicamentos tan populares como el diazepam o valium y el Lorazepam, entre muchos otros. Según su propia definición, se trata de fármacos psicotrópicos que actúan sobre el sistema nervioso central y se usan habitualmente para tratar trastornos de ansiedad, insomnio o estrés, así como otros estados afectivos como pueden ser epilsepsias, abstinencia alcohólica o espasmos musculares.

 

 

 

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El problema de estos medicamentos es que tienen importantes efectos sedantes, hipnóticos, ansiolíticos, anticonvulsivos, amnésicos y miorrelajantes, por los que pueden interferir en las facultades plenas e idóneas para conducir. El consejo de la DGT, por tanto, es que “si las tomas, dile a tu médico que conduces para que te diga lo que debes hacer”.

 

 

Según datos facilitados por la propia DGT, hasta el 15 por ciento de la población toma benzodiacepinas, siendo en total el 11 por ciento de los conductores. Incluso hasta el 2 por ciento de la población total las puede llegar a tomar a diario, tal y como reflejan datos de 2016. Así que máxima precaución si tomas algunos de estos medicamentos: lo mejor siempre es consultar con el médico.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-alerta-como-afecta-volante-medicamentos-mas-consumidos-en-espana_241253_102.html

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1 de septiembre de 2021

 

 

 

 

La DGT multa con más de 3.000 euros por no llevar este papel en regla en el coche

 

La DGT puede imponer una multa superior a los 3.000 euros si uno de los papeles que debes llevar en el coche no lo tienes en regla.

 

 

 

 

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La cuantiosa multa que nos pueden poner por no llevar este papel en regla en el coche

 

 

 

Carné de conducir, seguro, tarjeta de la inspección técnica del vehículo, permiso de circulación… ¿Algo más? ¿Estás seguro de que éstos son los papeles que debes llevar en el coche? Sí, tienes razón, ni uno más. De hecho, hasta puedes carecer de algunos evitando una multa. Pero, aunque todos son importantes, carecer de uno de ellos en regla puede suponer un gran desembolso para tu bolsillo.

 

 

Como ya sabes y te hemos contado, la nueva aplicación de la DGT permite dejar algunos papeles en casa, en lugar de llevarlos en el coche. Entre ellos, ya no hace falta que lleves encima ni el carné de conducir ni la tarjeta de inspección técnica del vehículo. Desde 2008 tampoco es necesario que lleves contigo el papel que certifique que has pagado el seguro. Pero, en este último caso, hay algo que no puedes pasar por alto.

 
 

Si bien la multa por no llevar el carné de conducir es de apenas 10 euros (80 euros si no está actualizado, 200 euros si está caducado y 500 euros si conduces a pesar de tenerlo retirado), la misma que si no cuentas con el permiso de circulación (500 euros si el coche no está autorizado para moverse) o que si no cuentas con la tarjeta de la inspección técnica (200 euros si la ITV está caducada, el seguro es una cosa bien distinta.

 
 

Como decimos, ya no es necesario llevar los papeles que certifiquen el pago del seguro, pues un agente puede comprobarlo con sólo introducir nuestra matrícula. Pero si el seguro no está en regla, la sanción es muy importante. De hecho esta puede llegar hasta los 3.005 euros, tal y como se lee en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

 

 

Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

 

 

Es decir, con las nuevas tecnologías ya no es necesario llevar encima todos los papeles físicos que antes se nos exigían. Pero eso no nos exime de estar al día en nuestras obligaciones como conductores.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-multa-con-mas-3000-euros-por-no-llevar-este-papel-en-regla-en-coche_241258_102.html

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1 de septiembre de 2021

 

 

 

 

 

Las peores multas que puede ponerte la DGT: entre 3.000 y 20.000 euros de sanción

 

Según la legislación vigente en España, la DGT puede ponerte multas muy cuantiosas, que en algunos casos pueden oscilar entre los 3.000 y los 20.000 euros por sanción.

 

 

 

 

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Las peores multas que puede ponerte la DGT, entre 3.000 y 20.000 euros de sanción

 

 

 

A menudo en las carreteras españolas somos testigos de infracciones muy peligrosas que por suerte no acaban en accidente. La actual Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial distingue entre infracciones leves, graves y muy graves y, en los casos más extremos, acarrean multas y sanciones económicas de lo más cuantiosas, además de la correspondiente pérdida o resta de puntos en el carné de conducir.

 

 

Las infracciones muy graves y multas más cuantiosas que pueden oscilar entre los 3.000 y los 20.000 euros son las siguientes:

 
 
  • Instalar (y usar) inhibidores de radares en el vehículo o cualquier otro mecanismo o dispositivo cuyo principal objetivo es interferir y hasta anular el correcto funcionamiento de los cinemómetros que usa la DGT o los agentes de los policías locales para controlar el tráfico (en la mayoría de los casos, para medir la velocidad en un tramo concreto de una vía).
  • Alterar, ocultar, retirar o dañar una señal de tráfico de forma permanente u ocasional sin pedir el permiso necesario previo a las autoridades competentes (sólo se podrían alterar o modificar las señales de tráfico en el que caso de que una empresa se disponga a realizar una obra en el tramo de vía concreto, por lo que previamente debe tener la autorización y el permiso oficial específicos)
  • Instalar de forma inapropiada la señalización de obras incumpliendo las normas vigentes, incurriendo en un posible riesgo o peligro de seguridad vial para el resto de usuarios de la vía.
  • Incumplir las normas que regulan las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.
  • En el caso de autoescuelas y centros de formación de seguridad vial, incumplir las normas sobre el régimen de autorización y funcionamiento de este tipo de centros que previamente deben estar acreditados y autorizados por el Ministerio del Interior o por los órganos competentes de las comunidades autónomas. En estos términos, la cualificación de los profesores ha de ser la óptima, así como el buen estado técnico y mecánico de los vehículos que se usan para impartir las clases prácticas a los aspirantes al carné de conducir.
  • Causar daños a una carretera de forma injustificada (en el caso de que se realicen unas obras, la empresa en cuestión puede modificar el estado de la vía previamente pidiendo la autorización pertinente).

 

 

Por otro lado, otro tipo de infracciones muy graves mucho más comunes que acarrean en la mayor parte de los casos la pérdida de puntos son las siguientes:

 
 
  • Superar los límites de velocidad: en función del límite superado, las multas pueden oscilar entre los 100 y los 600 euros y la resta de puntos entre 2 y 6.  
  • Superar la tasa de alcohol permitida o con presencia de algún tipo de droga: hasta 1.000 euros y resta de 6 puntos en el carné.
  • Negarse a realizar un test de drogas o de alcohol si un conductor se ha visto implicado en un accidente: hasta 1.000 euros y 6 puntos de pérdida en el carné.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares: 6.000 euros y pérdida de seis puntos.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/peores-multas-puede-ponerte-dgt-entre-3000-20000-euros-sancion_241249_102.html

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1 de septiembre de 2021

 

 

 

 

 

Nueva multa de 100 € por estar así parado con el coche: dónde se sanciona y desde cuándo

 

Te contamos por qué pueden multarte con 100 euros a pesar de estar parado con el coche. ¿Dónde y desde cuándo?

 

 

 

 

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Multa por no apagar el motor durante un estacionamiento

 

 

 

Estacionar y no apagar el motor tiene un porqué: mantener el aire acondicionado o la calefacción encendida. Castigar por esto mismo al conductor también: reducir la contaminación. Dos conflictos que ya chocan y que puede castigarse con 100 euros de multa… para el conductor, claro.

 

 

Así lo sabemos desde hace tiempo. Deberíamos saber que en el Reglamento General de Circulación se especifica que esta acción está castigada cuando se realice dentro de un túnel o durante el estacionamiento. Pero no es lo único de lo que hemos tenido conocimiento. Como ya te contamos en 2018, Madrid ya incluyó está sanción en su última Ordenanza de Movilidad Sostenible.

 
 

Antes del último cambio de Gobierno, con Manuela Carmena en el consistorio madrileño, el Ayuntamiento de Madrid aprobó una ordenanza de movilidad que levantó polémica por diversos motivos, entre otros por castigar con 100 euros de multa a quienes no apagaran el motor cuando estacionaban. Tal y como se puede leer en su artículo 46, quedan excluidos de esta norma (aunque se recomienda que apaguen el motor) los vehículos con pegatina Cero emisiones, “Los destinados a la prestación de asistencia socio-sanitaria y los pertenecientes a Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad y de Bomberos y Grúa Municipal” y los vehículos de transporte público “exclusivamente entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre”.

 
 
 

Una norma que se podrá aplicar en toda España

Como decimos, de momento sólo tenemos constancia de la aplicación de esta norma en Madrid, pero algunas voces ya apuntan a que la DGT tiene en mente extenderla a todo el ámbito nacional.

 

 

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que de momento se encuentra en fase de borrador, podría contemplar también esta sanción pues en él se lee que el primer apartado del Artículo 10 quedará redactado del siguiente modo: “El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente”.

 

 

Esta última redacción, la “provocar molestias innecesarias (…) al medioambiente” es la que muchos han interpretado como una futura base para aplicar la multa de 100 euros por no apagar el motor durante un estacionamiento. Habrá que ver, finalmente, la postura que toma la DGT.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-multa-100-por-estar-parado-con-coche-donde-se-sanciona-cuando_241245_102.html

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2 de septiembre de 2021

 

 

 

 

 

Cómo conducir con riadas e inundaciones y qué hacer en el coche si hay tormentas eléctricas

 

Te damos los mejores consejos para conducir en caso de que te sorprenda una tormenta eléctrica en el camino. Esto tienes que hacer si te encuentras una riada o inundación.

 

 

 

 

 

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Cómo actuar en caso de encontrarnos con una tormenta eléctrica, una riada o una inundación

 

 

 

Más de 25.000 rayos se calcula que cayeron sobre nuestro país durante el día de ayer. Una gran Dana que nos ha dejado espectaculares imágenes de lluvias torrenciales, tormentas eléctricas y, lamentablemente, riadas que han provocado el caos en diversos municipios de nuestro país.

 

 

Para que esta situación no te pille desprevenido, a continuación te dejamos unos consejos para saber qué hacer en caso de encontrarte en mitad de una de estas grandes, e imprevisibles, tormentas.

 

 

 

 

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No olvides las reglas básicas

Ante todo, lo primero que tenemos que hacer si estamos en una tormenta es mantener la calma y aplicar los conocimientos más básicos. Por tanto, reduce la velocidad, multiplica la distancia de seguridad y evita las maniobras bruscas que puedan comprometer la eficacia de nuestros neumáticos y, por tanto, nuestra propia seguridad y la del resto de conductores y pasajeros.

 
 

En el caso de que no podamos continuar circulando, lo mejor es apartarnos al arcén de la carretera y hacernos visibles al resto de conductores con nuestras propias luces. Eso sí, si la tormenta es eléctrica, procura no tener cerca vallas metálicas, estaciona lejos de balsas de agua y apaga la radio y otros sistemas eléctricos. En este caso, lo mejor es permanecer dentro del coche, pues el propio vehículo podrá resguardarnos de la caída de un rayo.

 

 

 

 

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Qué hacer en caso de riada o inundación

Si la tormenta ha provocado una lluvia torrencial y se complica la circulación hasta el punto de comprometer nuestra seguridad, lo primero que debemos tener claro es que tenemos que evitar por todos los medios pasar por un espacio inundado. Ten en cuenta que los sistemas eléctricos y mecánicos del coche pueden quedar dañados y vernos atrapados en un paso de agua que, poco después, puede acabar arrastrándonos corriente abajo.

 

 

En el último caso de que nos veamos sorprendidos por esta situación. Lo primero que tenemos que hacer es intentar salir por la ventanilla. Si esta no puede bajarse, intentaremos romperla con un objeto punzante. En el caso de que nos sea imposible, abre la puerta que se encuentre a favor de la corriente, lo que nos permitirá salir con mayor facilidad y evitar que entre agua dentro del coche.

 

 

Por último, si hemos conseguido salir, debemos subirnos al techo del vehículo, nunca intentar salir a nado. Ten en cuenta que la corriente puede zarandearnos hacia abajo y golpearnos con los edificios, árboles o cualquier otro elemento contundente. Además, desde el techo será más fácil que nos vean los servicios de emergencia y que pongan en marcha las maniobras de rescate necesarias para sacarnos de allí.

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/como-conducir-con-riadas-inundaciones-hacer-en-coche-si-hay-tormentas-electricas_241340_102.html

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2 de septiembre de 2021

 

 

 

 

Todas las nuevas multas y sanciones que la DGT quiere aprobar en septiembre

 

La DGT quiere aprobar nuevas multas y sanciones en septiembre. ¿Cuáles? Te contamos todos los cambios y consecuencias.

 

 

 

 

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Las nuevas multas que la DGT quiere aplicar a partir de septiembre

 

 

 

Septiembre es el mes de la vuelta al cole y la DGT quiere que los conductores aprendamos nuevas normas, límites… y sanciones. Porque el organismo, junto al Gobierno, quiere que este sea el mes en el que se saque adelante la reforma en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, con la que se impondrán nuevas sanciones y se castigará con mayor dureza algunas que ya existen.

 

 

Como te hemos venido contando estos meses, la DGT hace tiempo que trabaja en una reforma que cambie un conjunto de normas, con el objetivo de reducir los accidentes en carretera, especialmente por distracciones del teléfono móvil, y las consecuencias de los mismos. Y sin olvidar algunos cambios en los límites de velocidad o en la redacción de algunas normas que pueden dar lugar a nuevas interpretaciones.

 

 

 

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Los cambios más importantes

En el borrador que el Congreso de los Diput*dos tiene que aprobar se puede leer que hasta el 75 por ciento de los accidentes con víctimas mortales se producen en carreteras secundarias y que la principal causa ya es el uso del teléfono móvil. Un cóctel al que la DGT quiere poner freno con un endurecimiento de los castigos.

 
 

Por ello, el uso del teléfono móvil pasará a estar castigado con seis puntos (se mantienen los 200 euros de sanción económica). Y, además, no hará falta que el conductor lo maneje cuando la cámara o el agente lo pille desprevenido, con sujetarlo en la mano será suficiente.

 

 

Además, para aumentar la seguridad de los pasajeros, no utilizar el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil adecuados pasará a castigarse con cuatro puntos en el carné, en lugar de los tres actuales. También se mantienen los 200 euros de sanción.

 

 

También con las carreteras secundarias en el punto de mira, se elimina la posibilidad de superar el límite de velocidad máximo en 20 km/h para realizar un adelantamiento en estas vías.

 

 

 

La DGT elimina la posibilidad de superar en 20 kmh el límite de velocidad en un adelantamiento

 

La DGT elimina la posibilidad de superar en 20 km/h el límite de velocidad en un adelantamiento

 

 

 

Nueva multa… y otra que puede llegar

Otra de las sanciones que hay que sumar a las anteriores es la referente a los detectores de radar. Y con una redacción similar a la del teléfono móvil. Ya no será necesario utilizar este sistema para recibir un castigo, a partir de la aprobación de la nueva ley, la simple presencia de estos detectores de radar será motivo suficiente para castigar al conductor con tres puntos en el carné de conducir y 500 euros de multa.

 
 

Y, aunque no está prohibido expresamente, ya se habla de otra multa que puede llegar muy pronto a nuestras casas. La posibilidad de sancionar con 100 euros a quienes no apaguen el motor de su coche cuando hayan estacionado. Como te hemos contado, esta multa ya se aplica en Madrid y tiene como objetivo proteger el medio ambiente. En el borrador de la nueva ley se especifica que se castigará a quien, con su estacionamiento, genere “molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente”. Sin duda una redacción ambigua que podría dar cabida a este tipo de sanciones.

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-nuevas-multas-sanciones-dgt-quiere-aprobar-en-septiembre_241332_102.html

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3 de septiembre de 2021

 

 

 

 

La DGT aclara si hay que llevar ya siempre las luces del coche de día y cuándo multa con 200 €

 

Existen muchas dudas por parte de los conductores de cuándo se deben llevar las luces del coche encendidas obligatoriamente. Esto dice la DGT al respecto.

 

 

 

 

 

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¿Cuándo debemos llevar las luces cortas encendidas? ¿Cuándo nos pueden multar? Foto: iStock

 

 

 

La importancia del sistema de iluminación en el coche es clave en nuestra seguridad vial en carretera y para la del resto de usuarios de la vía. Ser vistos es igual de importante que ver en condiciones de baja visibilidad. Por esta razón, hace ya 10 años que se estableció que los vehículos de nueva fabricación desde entonces incorporasen de fábrica las Luces de Conducción Diurna (DRL). Estas luces, de bajo consumo, se encienden siempre y de forma automática cuando arrancamos el coche.

 

 

Pero, obviamente, antes del 2011 se han fabricado muchísimos coches que no cuentan con este sistema de iluminación. ¿Qué se debe hacer entonces? No es obligatorio, pero la DGT recomienda a los conductores de estos vehículos llevar siempre encendidas las luces de corto alcance. Si bien en algunas situaciones nos pueden multar por llevar las luces apagadas, nunca nos van a multar por llevarlas encendidas.

 
 

La DGT insiste en esta recomendación apuntando a que, con las luces encendidas incluso en las mejores condiciones de visibilidad, se puede ayudar a “evitar en torno a un 10 por ciento de los fallecidos en carretera. Y además, nos da unas cifras comparativas que son reveladoras: en condiciones normales, podemos ver a un coche que nos viene de frente con las luces encendidas a 240 metros de nosotros. De no llevar las luces encendidas el otro coche, la cosa cambia en función de la hora del día y del color.

 
 

Por ejemplo: por la mañana, cuando el sol está saliendo, un coche de color negro se hace visible a 70 metros de distancia de nuestro vehículo, uno gris a 120 metros y uno blanco a 160 metros. Por la tarde, cuando se dan las peores condiciones de visibilidad por el sol, un coche negro sin luces se ve a 30 metros de distancia, uno blanco a 90 metros y uno gris a 100 metros. Así lo podemos ver en los gráficos de la revista de la DGT, en un ejemplo de lo que podría suceder en la carretear.

Un coche con la luz encendida es siempre visible a mayor distancia, sin depender del color”, sentencia la DGT… y añadimos: y sin depender de la hora del día.

 

 

 

Entradas de aire del frontal, luces adicionales y faro delantero del Golf GTI 8

 

Los vehículos nuevos cuentan desde hace unos años con las Luces de Conducción Diurnas de serie.

 

 

 

Multa de 200 euros por no llevar las luces encendidas: ¿dónde?

Si bien hemos dicho que llevar las luces de corto alcance nunca va a ser objeto de multa, sí que nos pueden sancionar por no llevarlas encendidas en determinadas situaciones. Ojo, la multa es de 200 euros por llevar las luces apagadas cuando no toca: cuando es de noche, con escasa visibilidad, en carriles especiales, reversibles, adicionales o habilitados para circular en sentido contrario y en túneles.

 
 

Continuando con el apartado de las luces, recuerda también estas otras multas relacionadas con otras situaciones habituales: 80 euros por no usar correctamente los intermitentes o por hacer ráfagas con las luces largas de forma continuada y sin motivo alguno; 200 euros por llevar una de las luces fundidas (al hilo de las multas anteriores) y también la luz de la matrícula; 200 euros por excederse con las luces antiniebla o por inmovilizar el vehículo sin usar las luces.

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-aclara-si-hay-llevar-ya-siempre-luces-coche-dia-cuando-multa-con-200_241421_102.html

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3 de septiembre de 2021

 

 

 

 

 

Cuánto dura realmente la reserva de un coche y las multas por quedarte tirado en carretera

 

Circular con el depósito en la reserva del coche es una situación estresante porque te puedes quedar tirado, además de hacer frente a una cuantiosa multa.

 

 

 

 

 

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Cuánto dura realmente la reserva de un coche y las multas por quedarte tirado en carretera

 

 

 

Una de las preguntas frecuentes que se suelen hacer los conductores y que, en la mayoría de los casos, no suele tener una respuesta convincente es la de cuánto dura la reserva del depósito de combustible de un coche. Cuando se enciende el testigo en el cuadro de instrumentos que indica que el vehículo ya está circulando con la reserva, crece el nerviosismo y el estrés del conductor. Ahora bien, ¿cuándo dura de verdad o cuántos kilómetros se pueden recorrer en esa situación? Pues depende…

 

 

En líneas generales y según los casos mayoritarios dependiendo del tipo de automóvil, cuando se enciente el testigo de la reserva del depósito de combustible de un coche se pueden recorrer entre unos 50 y unos 120 kilómetros. Sin embargo, estas cifras no son nada fiables, sólo son números orientativos a los que no se debería dar ningún tipo de credibilidad, puesto que la autonomía total y la cantidad de kilómetros que podrás recorrer dependerá directamente del tipo de vehículo, del tamaño (capacidad) del depósito del mismo y del tipo de conducción que se esté realizando en ese momento (si se ha realizado una conducción económica o eficiente, podrás estirar unos pocos kilómetros más la autonomía; sin embargo, si “has abusado del acelerador” y no sueles practicar una conducción eficiente, correrás más riesgos de quedarte tirado).

 
 

Los talleres mecánicos y las asociaciones de automovilistas suelen recomendar a los conductores que no lleguen a esa situación tan estresante, que intenten repostar antes de que se encienda el testigo luminoso de la reserva. Circular de forma frecuente en esa situación no es nada recomendable, por dos motivos principales: en primer lugar, muchos de los componentes mecánicos de tu coche pueden sufrir (llegando a provocar una avería grave); y, en segundo lugar, puedes hacer frente a una multa de lo más cuantiosa en el caso de que tu coche te deje tirado.

 
 

En el Reglamento General de Circulación no se recoge como infracción específica el hecho de quedarte tirado con el coche porque se haya quedado sin combustible. Sin embargo, la posterior situación que ello desencadena sí que puede acarrear diversas multas. En primer lugar, la primera de las sanciones puede llegar a la hora de parar tu coche en un lugar de la vía, ya que si lo haces en un lugar poco seguro o si la maniobra para hacerlo desentrañase un cierto peligro (conducción negligente o temeraria), los agentes de Tráfico te podrían multar por ambas situaciones, unos casos en los que la multa podría llegar a alrededor de los 200 euros.

 

 

Sin embargo, la multa más cuantiosa a la que podrías hacer frente en el caso de que te quedes tirado porque tu vehículo se haya quedado sin diésel o sin gasolina viene a la hora del tipo de recipiente que uses o improvises para repostar unos litros que te hagan llegar a la estación de servicio más cercana. En este caso, te recomendamos que siempre uses un recipiente debidamente homologado que suelen vender en cualquier gasolinera o en tiendas de accesorios para automóviles (ni se te ocurra usar una botella de plástico o una pequeña garrafa porque ambos recipientes no cuentan con las homologaciones necesarias). De no hacerlo, es decir, si usas un recipiente no homologado podrías hacer frente a una multa que te podría “destrozar tu economía”, ya que si el agente de Tráfico de la Guardia Civil te pilla repostando con un recipiente no homologado podrías pagar una sanción de hasta ¡3.000 euros!

 

 

Por todo lo que te hemos comentado, no tientes al riesgo: intenta que tu vehículo circule siempre sin llegar a la reserva.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cuanto-dura-realmente-reserva-coche-multas-por-quedarte-tirado-en-carretera_241346_102.html

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