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17 de marzo de 2022

 

 

 

Las multas más frecuentes de la DGT en España: conócelas y evita que te sancionen en carretera

 

La nueva Ley de Tráfico entrará en vigor este próximo lunes con sanciones más duras. Te contamos cuáles son en España las multas que más nos pone la DGT a los conductores.

 

 

 

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Las multas más frecuentes de la DGT en España, conócelas y evita que te sancionen en carretera

 

 

 

Mucho se lleva hablando estas semanas de la nueva Ley de Tráfico. Y no es para menos. Este próximo lunes día 21 de marzo entra en vigor una nueva normativa que, por regla general, supondrá un endurecimiento de la regulación y un incremento de las sanciones. Sujetar el móvil con la mano, no tener correctamente abrochado el cinturón de seguridad, contar con un detector de radares en el coche aunque no esté en uso o una nueva normativa para adelantar en carretera a ciclistas y ciclomotores son algunas de las novedades más importantes.

 

 

Sin embargo, es importante también conocer cuáles son las multas más frecuentes que actualmente se ponen en España, para conocer así cuáles de las nuevas normativas afectarán más a los conductores por su incidencia final. Y el comparador de seguros Acierto.com nos desvela hoy las sanciones más frecuentes en nuestro país.

 
 

Según datos de la propia DGT, Tráfico recauda a día de hoy alrededor de 400 millones de euros al año en multas de tráfico. Casi nada. Madrid y Sevilla, por este orden, son las provincias que encabezan actualmente el ránking de denuncias en España. Así que poco a poco vamos conociendo ya datos de cómo pueden afectarte más las sanciones. Pero, ¿cuál es la infracción más cometida y denunciada en España?

 

 

 

 

Así ha aumentado el número de radares en España

 

Los radares fijos acumulan las mayores multas impuestas en España.

 

 

 

El exceso de velocidad, la multa más frecuente en España

Pues sí, lo habrás ya imaginado: el exceso de velocidad. Según los últimos datos, se estima que hasta 7 de cada 10 multas son por este motivo en nuestro país, que cuenta asimismo con todo un arsenal de tecnología para controlar estas infracciones, entre radares, drones o helicópteros.

 

 

Además, según datos de Formaster, la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Logística, Transporte y Seguridad Vial, en los últimos 6 años, de 2015 a 2020, en nuestro país se han impuesto hasta 2,8 millones de multas por velocidad, el 65% del total. De ellas, el mayor porcentaje, hasta un 70 por ciento, corresponde a multas de radares fijos en carretera.

 

 

 

No haber pasado la ITV o ir sin seguro, multas que siguen creciendo

Otra multa preocupa especialmente a la DGT: la que sanciona no haber pasado la ITV obligatoria. Al año se estima que se ponen casi medio millón de sanciones por no haber pasado la inspección, lo que se refleja en el 11% de todas las denuncias que imponen los agentes de tráfico. Por su parte, circular con seguro es otro gravísimo problema: se cree que actualmente circulan por carretera hasta 2,65 millones de vehículos sin seguro. Estas sanciones suponen el 3% del total en el período de 2015 a 2020.

 
 
 

Qué efectos causan el alcohol y las drogas al volante, la DGT reacciona y endurece los controles

 

El consumo de alcohol y drogas al volante, otro importante problema de seguridad.

 

 

 

El consumo de alcohol y droga, multas muy frecuentes

Tras los excesos de velocidad, el consumo de alcohol y droga al volante es la tercera causa de sanciones en carretera. Hasta 1 de cada 3 fallecidos en accidente había consumido además algún tipo de estas sustancias, lo que nos indica su especial relevancia en los accidentes de tráfico y en la mortalidad. Formaster asegura que en los últimos años se han impuesto más de 100.000 sanciones de tráfico por este motivo.

 

 

No llevar el cinturón de seguridad, otra infracción muy común

La nueva Ley de Tráfico incrementa las sanciones por este motivo y endurece las multas. Así que, atentos, porque hasta el 2,3 por ciento de las multas interpuesta en las vías nacionales son por circular sin el cinturón correctamente abrochado o por ir con menores en el vehículo sin su obligatorio sistema de retención infantil (SRI). Al año, suponen más de 18.000 sanciones.

 

 

Usar el teléfono móvil al volante

Sí, te lo hemos avanzado: desde el lunes, usar el teléfono móvil al volante o llevarlo simplemente en la mano pasa a estar penalizado con 200 euros y 6 puntos del carné. Pues bien, ya hoy esta práctica supone una de las multas más frecuentes en España, alcanzando una cuota del 2,15 por ciento del total.

 
 
 

Cómo usar el móvil y whatsapp en el coche de manera segura y sin que te multe la DGT

 

El uso del móvil al volante supone cada día mayores multas.

 

 

 

Otras sanciones frecuentes: conducción temeraria, mal estado de neumáticos…

Ya te hemos informado de las multas más frecuentes. Pero hay otras sanciones que también merecen ser destacadas por su importante número e incidencia en la seguridad vial. Hablamos, por ejemplo, de las infracciones por mal estado de los neumáticos, que acaparan hoy hasta 27.000 multas al año; o las sanciones por conducción temeraria y negligente, que acumula hasta un 1,45% del total de denuncias puestas al año.

 

 

Por último, por adelantamientos indebidos se interponen también al año más de 11.000 multas, mientras que, como curiosidad, el peligroso hábito de conducir con auriculares puestos genera también al año hasta más de 13.000 sanciones de media.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-mas-frecuentes-dgt-espana-conocelas-evita-sancionen-carretera_253097_102.html

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18 de marzo de 2022

 

 

 

El último aviso de la DGT: estas son todas las nuevas multas que nos pondrá desde el lunes (VÍDEO)

 

Apenas quedan tres días para que la nueva Ley de Tráfico se haga realidad. Repasamos, en vídeo, todos los cambios que entran en vigor y que debes conocer.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se acerca la fecha definitiva: el 21 de marzo entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial en España. Una ley de la que se viene hablando mucho durante el último año y de la que ya deberías estar al tanto de todas las novedades. Las más importantes las hemos ido repasando con el paso de los meses, ahora las recopilamos y las analizamos en detalle.

 

 

En el vídeo que protagoniza esta noticia podrás conocer los cambios más importantes que trae esta renovada Ley de Tráfico, que desde la DGT describen –o justifican su llegada– de la siguiente manera: “Las nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar. Por eso, adaptamos a los tiempos la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos”.

 

 

 

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Como podrás ver en el vídeo, muchas de las novedades de esta nueva ley no hacen más que endurecer algunas sanciones que ya conocíamos, especialmente en lo que a pérdida de puntos se refiere –y no tanto en el apartado económico–. En resumen, estas son las multas más destacadas que trae consigo la nueva Ley de Tráfico:

 
 
  • Multas por sujetar el móvil mientras conduces: 6 puntos y 200 euros.
  • No usar el cinturón, sillitas o el casco en motos, o utilizarlos indebidamente: 4 puntos y 200 euros.
  • Arrojar objetos (por ejemplo colillas) que puedan causar accidentes o incendios: 6 puntos y 500 euros.
  • Se elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias.
  • Poner en peligro a ciclistas al adelantar y nuevas normas, como tener que cambiar de carril completamente si circulamos por una vía con dos carriles en nuestro sentido: 6 puntos y 200 euros.
  • No respetar las restricciones de circulación de las Zonas de Bajas Emisiones o de los protocolos anti contaminación: 200 euros.
  • Parar o estacionar sobre un carril bici o vía ciclista: 200 euros.
  • Llevar un detector de radar en el coche: 3 puntos y 200 euros.
  • Los menores de 18 años que conduzcan un vehículo autorizado, bicicleta o VMP deben dar una tasa 0,0 en controles de alcoholemia: 500 euros.
  • Hacer trampas en el examen teórico del carné de conducir o en otras pruebas relacionadas con el carné: 500 euros y la imposibilidad de presentarse a una nueva convocatoria durante seis meses.
  • A partir del 6 de julio, los conductores de vehículos de transporte de personas y mercancías peligrosas deberán llevar un dispositivo antiarranque, un alcoholímetro, de forma obligatoria.

 

 

En el video que tienes a continuación repasamos estos cambios de la nueva Ley de Tráfico un poco más en profundidad. ¡Recuerda, el 21 de marzo entra ya en vigor!

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/ultimo-aviso-dgt-estas-son-todas-nuevas-multas-nos-pondra-lunes-video_253191_102.html

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18 de marzo de 2022

 

 

 

 

Instalar cámaras en el coche, ¿es legal? ¿Evita multas o resuelve accidentes? Dónde puedes grabar

 

En España, el uso de cámaras de grabación en el coche y su legalidad, especialmente para utilizarlo como prueba en un juicio, no está del todo definido y genera muchas dudas.

 

 

 

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Analizamos la situación legal en España respecto al uso de cámaras de grabación en el coche. Foto: iStock.

 

 

 

Seguro que has visto muchos vídeos en redes sociales y en Internet de grabaciones desde el coche en plena carretera. Hablar su posible legalidad es un tema muy difuso y no tan claro, pero, en esencia, todo dependerá del uso que hagamos de esas imágenes. Obviamente, que un conductor grabe con su móvil mientras conduce puede acarrear una multa que, además, con la nueva Ley de Tráfico que entra en vigor el 21 de marzo pasará a costar más cara: 6 puntos menos en el carné y 200 euros.

 

 

Sin embargo, en este artículo nos referimos más bien a las cámaras llamadas “on board” o “dashcams”, aquellas que requieren una instalación y que apuntan hacia lo que está pasando por delante del vehículo. Hay países donde su uso está perfectamente legalizado, principalmente por los problemas que causan las numerosas falsas acusaciones de atropellos en la carretera.

 
 
 

No hay una ley específica que prohíba el uso de cámaras el coche; todo dependerá del uso que le demos.

 

No hay una ley específica que prohíba el uso de cámaras el coche; todo dependerá del uso que le demos.

 

 

 

¿Es legal instalar una cámara en el coche en España?

En España la cosa es bien diferente y hay que tener varios aspectos a tener en cuenta. Lo primero, que la propia Ley de Protección de Datos y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) determinan la ilegalidad de grabar y tratar “imágenes de carácter personal” sin el “consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa”. Si una “dashcam” es legal o no en España dependerá, principalmente, del uso que le vayamos a dar.

 
 

Realmente no existe una ley como tal que prohíba la instalación de cámaras en el coche. Siempre que esas imágenes no salgan del ámbito privado, no tendremos problemas, pero todo cambia cuando sobrepasamos ese umbral: si por ejemplo publicamos dichas imágenes en Internet o queremos presentarlas como pruebas en un juicio. Aquí podríamos vulnerar la privacidad de terceros y ser incluso nosotros los que acabásemos pagando una cuantiosa multa por este motivo. Dependerá, como decíamos, del uso que hagamos de esa cámara: difundir de forma pública la matrícula de terceros puede costarnos caro si el afectado nos denuncia ante la AEPD (hasta 300.000 euros de sanción). Lo mismo sucede con otras personas, ya que necesitaríamos el consentimiento para grabarlas; y si, además, cometemos perjurio hacia otras personas (acusándolas de un posible delito), el acusado podría recibir penas de prisión o multas de hasta 2 años.

 

 

No es lo mismo, por seguir con más ejemplos, utilizar la cámara de forma puntual que para grabar de forma continuada en el coche, incluso cuando este esté aparcado. En este último caso puede considerarse que estamos realizando una tarea de video vigilancia, algo que iría en nuestra contra si queremos presentar las imágenes en un juicio. Tan solo las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado tienen la potestad para captar imágenes de la vía pública con fines de seguridad. Si el uso de la cámara es puntual, activándola y desactivándola a petición, o incluso si funciona sobrescribiendo las imágenes ya existentes y siendo el conductor quien decide qué parte se queda grabada, la cosa ya cambia.

 

 

 

Ejemplo de cámara para grabar desde el interior del coche. Foto iStock.

 

Ejemplo de cámara para grabar desde el interior del coche. Foto: iStock.

 

 

 

¿Se pueden presentar imágenes grabadas como pruebas en juicios?

De nuevo, la respuesta no es del todo clara. Lo mejor que puedes aplicar siempre en este caso, si vas a instalar una cámara en el coche, es no sobrepasar el ámbito privado de esas imágenes, llevar a cabo el principio de minimización (grabar solo en caso de producirse un hecho concreto) y registrar únicamente lo que sucede por delante del vehículo.

 
 

¿Qué sucede si quieres presentar unas imágenes grabadas ante el juez? Las decisiones tomadas en el pasado no han ayudado a sentar una jurisprudencia clara en España, por lo que al final la última palabra la tendrá el juez en cuestión. Sin embargo, debes tener en cuenta siempre tres valores que pueden determinar el posible uso o no de estas imágenes: la finalidad de uso de la cámara, su justificación y su proporcionalidad.

 

 

Por un lado, como decíamos, no deberíamos usar las imágenes para reproducírselas a terceras personas o para subirlas Internet; si usásemos estas imágenes para discernir culpabilidades en un accidente, el juez podría admitirlas a trámite. ¿Está justificado el uso de las grabaciones? Dependerá de cómo lo considere el juez, de la misma forma que deberemos demostrar la proporcionalidad en el uso de la cámara.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/instalar-camaras-en-coche-es-legal-evita-multas-resuelve-accidentes-donde-puedes-grabar_253197_102.html

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18 de marzo de 2022

 

 

 

La DGT ya multa por conductas agresivas al volante: cuándo y con qué sanción

 

Con la nueva Ley de Tráfico en la mano, será motivo de sanción no respetar la distancia de seguridad o acosar al vehículo de delante. Ojo a las multas.

 

 

 

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Conducta agresiva al volante

 

 

 

La nueva Ley de Tráfico de la DGT está a la vuelta de la esquina. El próximo 21 de marzo entra en vigor esta nueva normativa que endurece, de forma general, las sanciones. Entre las grandes novedades, ya no estará permitido superar en 20 km/h la velocidad máxima en carreteras convencionales como hasta ahora para adelantar. También aumentan los puntos a detraer por algunas infracciones como llevar el móvil en la mano mientras conducimos o no usar el cinturón. Asimismo, el casco se vuelve obligatorio para los usuarios de vehículos de movilidad personal como los patinetes.  

 

 

Pero la DGT también quiere acabar con determinadas conductas agresivas al volante que pueden poner en peligro la integridad del resto de conductores. Una de ellas es la de conducir sin respetar la distancia de seguridad ya que, ante un frenazo inesperado del vehículo que nos precede, puede llevar a un accidente por alcance. En este caso, la multa será de 200 euros.

 
 

También será motivo de sanción acelerar para dificultar la incorporación del coche que nos quiere adelantar. Esta conducta también será sancionada con 200 euros a partir del próximo 21 de marzo.

 
 
 

Conducción temeraria

Pero la DGT va un paso más allá. Acosar al vehículo de delante, acercándose demasiado y dar las luces largas insistentemente para que se aparte, será sancionado con 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir. Y de igual forma, si el conductor de delante comienza a dar frenazos para coartar esta insistencia, también podrá ser multado.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-ya-multa-por-conductas-agresivas-volante-cuando-con-sancion_253104_102.html

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20/03/2022

 

 

 

 

¿Cuál es la última matrícula de la DGT en España? (actualizada)

 

 

 

 

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¿Cuál es la última matrícula vista por las carreteras? Si quieres saber qué matrícula podría tener tu coche nuevo, esto te interesa.

 

 

Cada día se venden en España miles de vehículos y todos ellos deben estar matriculados de acuerdo a las normas de la DGT para circular por nuestras carreteras. De igual manera que nuestro documento de identidad, cada coche, moto, furgoneta, camión o autobús cuenta con su propia matrícula, pero, ¿es posible saber cuál es la última matrícula asignada por tráfico?

 

 

Lo cierto es que sí, y en Autofácil te decimos de manera actualizada cuál es la última matrícula vista por las carreteras. De esta forma, es posible saber a qué ritmo avanzan las ventas de vehículos, cuándo se cambia de letra y cuál es la última combinación de letras y números adjudicada por la DGT. Pero antes, nos gustaría hacer un breve recorrido por la historia de las matrículas en nuestro país.

 

 

Con la llegada de los primeras unidades, en el año 1900 se implantó el sistema de matriculación obligatorio para todos los coches. Inicialmente las matrículas contaban con doble numeración y el indicador provincial. La numeración tenía que ver con el ayuntamiento y la provincia a la que perteneciera el coche.

 

 

 

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La extensión del automóvil como medio de transporte tuvo como consecuencia que este sistema original recibiese una actualización. Sería entonces cuando, el indicador provincial iría seguido de seis cifras, lo que limitada a 1.000.000 de matriculaciones a cada provincia.

 

 

A pesar de su previsible caducidad, este método estaría vigente durante siete décadas.

 

 

Desde el año 1971, las matrículas comenzaban con la inicial de cada provincia seguidas de cuatro números y dos letras, que seguían el orden alfabético. Sin embargo, este planteamiento dejó de utilizarse a principios del siglo XXI para tratar de favorecer el mercado de segunda mano y adaptarnos al sistema común europeo de circulación.

 

 

 

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En el año 2000, la DGT implanta el modelo de matrícula europeo que conocemos a día de hoy. Esta matrícula cuenta con 4 dígitos y 3 letras, acompañado de la bandera europea y las estrellas en su parte izquierda. A partir de ese momento, las placas dejaron de incluir las siglas distintivas de provincias. Este sistema permite un total de 80.000.000 matriculaciones, es decir, unos 40 años aproximadamente sin agotar las diferentes combinaciones.

 

 

Con la búsqueda de la última matrícula también es posible saber qué placa te tocará cuando compres un nuevo vehículo o, al menos, hacerte una idea muy aproximada, ya que saberlo con total precisión es complicado.

 

 

 

FUENTE:    https://www.autofacil.es/industria/ultima-matricula-dgt-espana/146534.html

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20/03/2022

 

 

 

Ley de Tráfico 2022, estos son los cambios que te 'tocarán el bolsillo' a partir de mañana

 

 

 

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Llegó el momento. Mañana, 21 de marzo de 2022, entra en vigor la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. Mañana es el día que te quitarán 6 puntos si llevas el móvil en la mano o si superas la velocidad máxima en carreteras secundarias aunque sea para adelantar. Pero hay más, repasamos los cambios de la Ley de Tráfico que te tocarán el bolsillo.

 

 

Hay un principio jurídico esencial que dicta que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento. Significa que si cometes una infracción (en este caso de tráfico) tendrás que asumir las consecuencias (multa, pérdida de puntos...) aunque no supieras que lo que estás haciendo no está permitido. 

 

 

Para evitar que el "no lo sabía" sea la excusa más escuchada por los agentes de Tráfico que harán cumplir las nuevas normas, la DGT puso hace tiempo en marcha la campaña Nuevos Tiempos, Nuevas Normas, para informar de los cambios normativos que se avecinan. 

 

 

 

Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial

Aún así, estamos seguros de que a más de un@ algunos de los cambios de la nueva Ley de Tráfico le pillarán por sorpresa, por lo que vamos a hacer un resumen rápido. 

 

 

El primer cambio está en la denominación. Desaparece la alusión 'a motor' y queda como Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. Esto es toda una declaración de intenciones porque adelanta que la normativa incluye a las nuevas formas de movilidad como los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

 

 

 

Los cambios que te 'tocarán' el bolsillo

La nueva Ley de Tráfico endurece las sanciones por el uso del teléfono móvil al volante, el no uso del cinturón de seguridad y por arrojar objetos a la vía. Además, elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias con lo que es muy posible que aumenten las multas por exceso de velocidad en vías convencionales.

 

 

Para que quede más claro, hemos elaborado una tabla con los preceptos de la nueva Ley de Tráfico que modifican las sanciones actuales:

 

 

La DGT afirma que es también "una Ley que apuesta por el futuro al incluir en su articulado referencias al medioambiente y al vehículo autónomo". Además de todo lo anterior, la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial da cobertura legal a la acreditación del permiso de conducir en soporte digital, a través de la app MIDGT o la utilización de los Paneles de Mensaje Variable u otros medios tecnológicos para dar órdenes o instrucciones para la regulación del tráfico.

 

 

Además de los cambios que acarrean multa (los repasamos a continuación) los hay que premian a los buenos conductores. Así, aquellos que realicen cursos de conducción segura y eficiente sumarán 2 puntos a su saldo (hasta un máximo). 

 

 

Otra novedad es que se unifica en dos años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta ahora, el tiempo de espera variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/ley-trafico-2022-estos-son-cambios-te-tocaran-bolsillo-partir-manana-1030295

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21 de marzo de 2022

 

 

 

La nueva Ley de Tráfico, en vigor desde hoy: multas más duras, mayor retirada de puntos…

 

Desde hoy 21 de marzo ya está vigente la nueva Ley de Tráfico, una normativa con importantes novedades en materia de multas, mayor retirada de puntos… Repasamos las claves principales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Día D ya ha llegado: hoy 21 de marzo entra en vigor de forma definitiva la reforma de la Ley de Seguridad Vial –o más comúnmente como Ley de Tráfico-. Tras su publicación oficial en el BOE del 21 de diciembre de 2021, ya han pasado los tres meses correspondientes que dicta la legislación española para que una normativa entre en vigor.El Día D ya ha llegado: hoy 21 de marzo entra en vigor de forma definitiva la reforma de la Ley de Seguridad Vial –o más comúnmente como Ley de Tráfico-. Tras su publicación oficial en el BOE del 21 de diciembre de 2021, ya han pasado los tres meses correspondientes que dicta la legislación española para que una normativa entre en vigor.

 

 

En esta nueva Ley de Tráfico hay multitud de novedades que afectan en uno o en otro nivel a un buen número de conductores y otro tipo de usuarios de vehículos de todo tipo. A continuación, repasamos las claves principales de la nueva normativa. ¡Toma nota!

 
 
 
 

PROHIBICIÓN DE SUPERAR EN 20 KM/H EL LÍMITE DE VELOCIDAD MÁXIMA AL ADELANTAR EN VÍAS CONVENCIONALES

Una de las medidas más polémicas en la nueva Ley de Seguridad Vial es la eliminación del margen de superar en 20 km/h a la hora de adelantar por parte de vehículos turismos y motocicletas a otros vehículos que circulen algo más lentos en carreteras convencionales. De esta forma, ya no podrás poner tu coche a 110 km/h en este tipo de vías aunque estés adelantando. Si lo haces y uno de los radares te capta en ese instante superando el límite de velocidad máxima de 90 km/h en este tipo de carreteras, recibirán la multa correspondiente dependiendo de la velocidad a la que hayas sido “cazado” (con la correspondiente resta de puntos si el límite excedido es muy grande).

 
 
 

HASTA SEIS PUNTOS SI EL CONDUCTOR LLEVA EL MÓVIL EN LA MANO

El uso del teléfono móvil mientras se conduce es una de las distracciones principales casus en un accidente mortal de tráfico. En la nueva normativa, se aumenta la resta de puntos, de 3 a 6, tanto por usar el smartphone como por el mero hecho de llevarlo en la mano aunque no se esté usando. En cuanto a su tipificación, se continúa considerando como infracción grave y conllevará, además de la resta de 6 puntos, una multa económica de 200 euros.

 

 

 

HASTA CUATRO PUNTOS MENOS POR NO USAR O USO INDEBIDO DEL CINTURÓN, CASCO, SILLITA INFANTIL…

Con la nueva normativa ya vigente, no usar el cinturón de seguridad o hacerlo de forma inadecuada ya se castiga con 4 puntos menos en el carné de conducir (antes, la detracción era de 3 puntos menos). Este castigo será el mismo para aquellos conductores que lleven a los menores de 1,35 m de altura sin el sistema de retención (sillita) infantil correspondiente o para aquellos motociclistas que no usen el casco y demás elementos de protección obligatorios. En el caso de la sanción económica, se mantiene la multa de 200 euros.

 

 

 

TASA 0,0 DE ALCOHOL PARA UN DETERMINADO TIPO DE USUARIOS DE VEHÍCULOS

La nueva Ley que ha entrado en vigor establece una tasa de alcohol de 0gr/l en sangre o 0mg/l de aire espirado para los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo, -ciclomotores, cuadriciclos, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal...-.

 
 
 

MAYOR CASTIGO POR ADELANTAR DE FORMA INDEBIDA A CICLISTAS Y USUARIOS DE CICLOMOTORES

En la nueva Ley, hay varias novedades importantes a la hora de adelantar a un ciclista o a un usuario de ciclomotor. En este caso, en vías con más de un carril por sentido de la circulación, si quieres adelantar correctamente a un ciclista o a un ciclomotor deberás cambiarte por completo al otro carril. En vías con un único carril por sentido, se mantiene la distancia mínima de seguridad de 1,50 metros de separación lateral. No hacerlo como se indica en la nueva normativa conllevará un mayor castigo: pérdida de hasta 6 puntos en el carné de conducir, en lugar de los anteriores 4 puntos. Por otro lado, en todos los casos la sanción económica se mantiene en los 200 euros.

 

 

 

6 PUNTOS MENOS POR TIRAR OBJETOS A LA VÍA MIENTRAS SE CONDUCE

Mayor castigo y, por tanto, mayor detracción de puntos para aquellos conductores que sean pillados in fraganti arrojando cualquier tipo de objeto a la vía. En este caso, la sanción más severa es de 6 puntos menos en el carné de conducir en lugar de los anteriores 4 (se mantiene la multa económica de 200 euros).

 

 

 

ALCOHOLÍMETRO OBLIGATORIO PARA DETERMINADOS VEHÍCULOS

De forma obligatoria, los vehículos de transporte de viajeros por carretera deberán contar con un alcoholímetro o un dispositivo que impida su arranque si el conductor tiene un grado de alcoholemia superior al permitido. Para este tipo de vehículos que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022, no se podrán matricular si no llevan dicho dispositivo.

 
 
 
 

200 EUROS SI ENTRAS A UNA ZONA DE BAJAS EMISIONES DE UNA CIUDAD

Aquellos conductores que entren de forma indebida a las zonas de bajas emisiones (ZBE) de las grandes ciudades tendrán que hacer frente a una multa de 200 euros si alguna de las cámaras de vigilancia fotografía a su vehículo. De esta forma desde Tráfico se pretende unificar una misma sanción para todo el territorio nacional. Hay que recordar que serán los diferentes ayuntamientos los que establezcan qué vehículos podrán circular o no por las zonas ZBE (todos menos los que no tengan etiqueta, sólo los que dispongan de distintivo C, ECO y CERO…).

 

 

 

CERCO A LOS TRAMPOSOS EN EL EXAMEN DE CONDUCIR

Aquellos aspirantes al carné de conducir que quieran emplear algún método de copia para aprobar el test teórico lo tendrán a partir de ahora más difícil. Se introduce como infracción utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción, y supone una sanción de 500 euros. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-ley-trafico-en-vigor-hoy-multas-mas-duras-mayor-retirada-puntos_253373_102.html

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21 de marzo de 2022

 

 

 

 

La gran multa de hasta 3.000 euros si compras y rellenas combustible de este modo

 

Muchos conductores tientan a la suerte con sus depósitos de combustible y se pueden quedar tirados en la carretera. Ojo con actuar de esta manera, porque te puede salir muy caro.

 

 

 

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Ojo con comprar o rellenar combustible con una garrafa no homologada y sus posibles multas. Foto iStock.

 

 

 

Ante la imparable subida de los precios de los combustibles de las últimas semanas, que en los últimos días parece, no obstante, tomarse un pequeño respiro, hay conductores que han llenado el depósito de combustible de sus coches por miedo a que pudiese seguir subiendo y subiendo… y otro tipo de conductores que prefería repostar lo justo. Esto último, como te imaginarás, tiene sus riesgos si dejas que tu vehículo circule durante muchos kilómetros en reserva

 

 

Ya no solo puede convertirse en un problema para la mecánica del automóvil: por ejemplo, en caso de un coche diésel, se podrían producir impurezas que pueden obstruir los inyectores del motor, lo que podrá acabar siendo una avería grave. En el apartado de multas, esta práctica te puede salir también muy cara si finalmente tu coche se queda tirado en la carretera. No existe una ley que prohíba circular en reserva, ni que de por sí te multe por quedarte tirado en la carretera sin combustible; sin embargo, sí que te pueden multar por cómo actúes a continuación.

 
 
 
 

Cuánto dura realmente la reserva de un coche y las multas por quedarte tirado en carretera

 

Si circulas habitualmente en reserva con tu coche te la juegas a posibles multas... y nada desdeñables.

 

 

 

Y es que, si por ese motivo vas andando a la gasolinera para comprar combustible y rellenar el depósito a mano, más te vale comprar o utilizar una garrafa homologada. Si te pillan transportando combustible en recipiente no homologado, la multa puede ser desde 2.000 hasta los 3.000 euros. Una sanción nada desdeñable, sin duda la más alta que te pueden poner en estos casos.

 
 

Pero ojo con cómo dejas el coche parado cuando la reserva de tu vehículo llega a su límite: dejar el vehículo mal estacionado podría traducirse en otra multa de 200 euros. Si tampoco actúas debidamente a la hora de señalizar, con los triángulos de emergencia o la luz V-16, además del chaleco reflectante, podrían ponerte otra multa de 80 a 200 euros. ¡Y hay más! Si intentas empujar tu vehículo a mano, se podría interpretar que estás poniendo en peligro al conductor, al resto de pasajeros y/o al resto de usuarios de la vía, por lo que podría caerte otra multa de 200 euros.

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/gran-multa-hasta-3000-euros-si-compras-rellenas-combustible-este-modo_253347_102.html

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21 de marzo de 2022

 

 

 

¡Ojo! Por qué podríamos ver reducida la velocidad en autovías en 10 km/h

 

La reducción en 10 km/h en las autovías podría ayudar a reducir nuestra dependencia del petróleo, según una de las propuestas recién realizadas de la Agencia Internacional de la Energía (AIE).

 

 

 

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Por qué podremos ver reducida la velocidad en 10 kmh en autovías dentro de poco

 

 

 

La propuesta llega de la Agencia Internacional de la Energía (AIE) que ha instado a los conductores a viajar menos, compartir el transporte y, sobre todo, conducir más despacio, como parte de un plan de diez puntos para reducir el uso del petróleo. No tardará nuestra opinión pública y gobernantes en apuntarse al carro de la reducción de velocidad.

 

 

El objetivo que busca esta serie de medidas lanzadas por la Agencia Internacional de la Energía (AIE) que agrupa a los 31 países más industrializados del planeta, es que se reduzca la demanda de petróleo de 2,7 millones de barriles diarios. La AIE, además, ha instado a los gobiernos a hacer permanentes todas estas medidas, no solo por razones económicas sino también para combatir el cambio climático.

 

 

 

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Varios coches en una gran cola en las proximidades de una gasolinera low cost

 

 

 

Según la AIE se podrían ahorrar alrededor de 290.000 barriles diarios de petróleo mediante una reducción del límite de velocidad de solo 10 km/h en las autopistas para automóviles. A esta cifra se le podrían sumar otros 140.000 barriles diarios (principalmente diésel) si los camiones pesados redujesen su velocidad en 10 km/h.

 
 

Recordemos que en 1973 ya se tomaron medidas similares en nuestro país cuando los miembros de la Organización de Países Productores de Petróleo (OPEP) decidieron subir el precio del barril de petróleo. Por aquel entonces los españoles comenzamos a notar cómo nos afectaba la recesión a nuestros bolsillos. Todo empezó a subir… ¿Te suena? Los precios de los combustibles alcanzaron en agosto de 1973 las 13,5 pesetas por litro de Súper, mientras que le Diesel se quedaba en 7,4 pesetas por litro. En 1974 el precio de la Súper se situaba en nuestro país ya en 17 pesetas por litro. Y fue entonces cuando se comenzó a aplicar un límite de 130 km/h en autopista, cuando hasta entonces no habían existido límites –tampoco las infraestructuras ni los vehículos medios lo permitían-. Inicialmente la medida iba a durar hasta 1976 pero el petróleo seguía cotizando al alza y se decidió ajustarla aún más con el límite de 120 km/h que todavía sigue vigente hoy en día.

 

 

 

Las diez propuestas de la Agencia Internacional de la Energía:

1. Reducir los límites de velocidad en las autopistas/autovías en al menos 10 km/h para reducir el consumo de petróleo.

 

2. Trabaje desde casa hasta tres días a la semana cuando sea posible.

 

3. Domingos sin coches en las ciudades.

 

4. Abaratar el uso del transporte público e incentivar la micromovilidad, caminar y andar en bicicleta.

 

5. Alternar la circulación del automóvil privado a las calles de las grandes ciudades por matrículas.

 

6. Aumentar el uso compartido de automóviles y adoptar prácticas para reducir el uso de combustible.

 

7. Promover la conducción eficiente de camiones y furgonetas de entrega de mercancías.

 

8. Usar trenes nocturnos y de alta velocidad en lugar de aviones cuando sea posible.

 

9. Evitar los viajes aéreos de negocios donde existen opciones alternativas.

 

10. Reforzar la adopción de vehículos eléctricos y más eficientes.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/ojo-por-podriamos-ver-reducida-velocidad-en-autovias-en-10-km-h_253344_102.html

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21 de marzo de 2022

 

 

 

Estos son todos los vehículos que están obligados a llevar un alcoholímetro desde julio

 

La nueva Ley de Tráfico del próximo 21 de marzo trae una novedad importante para determinados conductores que, sin embargo, no entrará en vigor hasta julio.

 

 

 

 

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Estos son los conductores que pronto se verán obligados a usar un alcoholímetro para arracar sus vehículos. Foto Dräger

 

 

 

Si eres conductor de un vehículo dedicado al transporte de personas o de mercancías peligrosas, debes saber que a partir del 6 de julio, como consecuencia de la llegada de la nueva Ley de Tráfico, llevarás instalado en dicho vehículo un dispositivo de bloqueo de arranque: un alcoholímetro. Por el momento, solo serán estos vehículos los que estarán obligados a llevarlo consigo, mientras que para conductores particulares y de otro tipo de mercancías no se verían afectados, al menos, hasta el 2024.

 

 

El objetivo de la DGT con esta medida es el de reducir el número de accidentes que se producen en la carretera por culpa del alcohol: según cifras del 2020, prácticamente la mitad de los conductores fallecidos en España en la carretera habían dado positivo en alcohol o drogas. Y la medida de instalar alcoholímetros antiarranque comienza con los conductores de vehículos de transporte de personas y de mercancías peligrosas.

 

 

 

 

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Así es el dispositivo Interlock de la empresa Dräger.

 

 

 

Eso sí, a partir del mismo 6 de julio de 2022, todos los vehículos de nueva fabricación deberán integrar un sistema de conexión para que, en el futuro, se pueda realizar la instalación de los alcoholímetros de forma sencilla y de acuerdo a la nueva legislación. La empresa internacional Dräger, referente en la fabricación de estos dispositivos de bloqueo de arranque, nos explica su funcionamiento: con una interfaz sencilla, con apenas dos botones, y que da el resultado tras espirar durante unos 4 segundos.

 
 

Esta medida será obligatoria en España para estos conductores a partir del 6 de julio, pero en otros países europeos ya lo hemos visto: en Austria, Francia, Bélgica o Italia ya existen (de forma obligatoria o voluntaria) flotas de transporte de  mercancías y pasajeros, así como en programas dirigidos a personas con problemas en el consumo de alcohol, que cuentan con estos dispositivos que también se llaman Interlock.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-todos-vehiculos-estan-obligados-llevar-alcoholimetro-julio_253202_102.html

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22 de marzo de 2022

 

 

 

Los accidentes de tráfico, disparados en España: ya hay un 40 por ciento más de muertes que en 2021

 

El número de fallecidos en carretera en accidente de tráfico en lo que va de año se ha disparado, incrementándose un 40 por ciento sobre 2021 y un 11 sobre el 2019. ¿Qué está pasando?

 

 

 

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Los accidentes de tráfico, disparados en España, ya hay un 40 por ciento más de muertes que en 2021

 

 

 

A 20 de marzo de 2022 han fallecido en nuestras carreteras a 24 horas en lo que va de año un total de 229 personas, esto supone un 40 por ciento más que en el mismo periodo del año pasado, que fallecieron 206. Podríamos pensar que es debido a que en el primer trimestre del año pasado había restricciones de movilidad entre comunidades autónomas, pero es que si lo comparamos con en prepandémico 2019, el resultado es un incremento del 11 por ciento respecto a los 206 que se registraron ese año. ¿Qué está pasando?  

 

 

Autovías y autopistas registraron el mayor crecimiento de víctimas mortales, un 54 por ciento más, pasando de las 50 de 2021 a los 77 de 2022, algo lógico si tenemos en cuenta las restricciones del año pasado que no permitían, en algunos casos, circular de una comunidad a otra ni siquiera de una provincia a otra.

 

 

Las carreteras convencionales, por su parte, incrementan el número de víctimas mortales en un 35 por ciento. Si comparamos 2022 con 2019, en el caso de las autopistas y autovías el crecimiento de fallecidos ha sido de un 75 por ciento, pasando de las 44 víctimas en autovía y autopista en 2019 a las 77 de 2022. En carreteras, sin embargo, hay un descenso, del 6 por ciento.

 

 

Según el medio de desplazamiento, los turismos son los que más incremento registraron. Hasta el 20 de marzo ha habido 50 fallecidos más en accidente a bordo de estos vehículos que en el mismo periodo del año pasado. Y 32 más si lo comparamos con 2019. Suben los usuarios vulnerables respecto a 2021, sobre todo bici y motocicleta.

 
 

Si atendemos a la edad de las víctimas, vemos que el mayor crecimiento respecto a 2021 en cifras totales se ha producido entre los mayores de 65 años, sin embargo estas cifras son más bajas que en 2019. Tiene sentido que el año pasado este grupo de edad estuviera autoconfinado por el Covid. El segundo grupo de edad que más incrementó los fallecidos fueron los de 45 a 54 años y los de 15 a 24 años, con 12 fallecidos más que en 2021.

 

 

Respecto a cuándo se han producido los accidentes, el mayor crecimiento respecto al año pasado se ha registrado en el periodo de fin de semana, de viernes a domingo, pasando de las 66 a las 104 víctimas, un 57 por ciento, pero eso sí con cifras cercanas al año 2019. Los accidentes de lunes a viernes (hasta las 15:00 h que se considera fin de semana), han aumentado en un 28 por ciento, respecto a 2021 y en un 20 por ciento respecto a los de 2019.  

 

 

¿Pero cuál es el motivo para este aumento de accidentes en 2022? Aunque todavía estos datos hay que tomarlos con cautela y desde la DGT todavía no se apuntan motivos claros de momento, más allá de un aumento de distracciones que han elevado los accidentes por salidas de la vía, lo cierto es que cabe pensar en varios factores. Sobre todo en la antigüedad del parque, que aumenta cada vez más y roza los 14 años, unido a un mantenimiento deficiente. También, por qué no, en los efectos que sobre los conductores ha tenido la pandemia con periodos largos de inactividad.  

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/accidentes-trafico-disparados-en-espana-ya-hay-40-por-ciento-mas-muertes-en-2021_253477_102.html

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22 de marzo de 2022

 

 

 

¿Puedes usar ahora el móvil con el coche parado o en un semáforo? Así es la nueva orden de la DGT

 

Mucho se ha hablado de la nueva Ley de Tráfico que ha entrado esta semana en vigor con nuevas sanciones más duras. Pero, ¿cómo se va a aplicar exactamente en el caso del móvil?

 

 

 

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Puedes usar ahora el móvil con el coche parado o en un semáforo, así es la nueva orden de la DGT

 

 

 

Sí, te habrás cansado ya de leerlo o verlo estos días: desde ayer, hay nueva Ley de Tráfico de la DGT con nuevas sanciones y más duras. A lo largo de este artículo verás incluso un vídeo que hemos creado para que conozcas, de la forma más rápida y visual posible, todas las novedades que te afectan como conductor, así que no vamos a repetirnos hoy también. Pero, conocida la nueva normativa, ¿cómo va a aplicarse en el caso concreto del mayor control al teléfono móvil?

 

 

Sin duda, la nueva medida que sanciona con los mismos 200 euros de antes, pero ahora con 6 puntos de carné de conducir el uso del teléfono móvil al volante y, desde ahora, también la sujeción del dispositivo por parte del conductor es una de las grandes normativas estrella de la DGT. La duda ahora radica en conocer si esta nueva sanción se aplicará solo cuando el vehículo se encuentre en marcha o si también puede sancionarse cuando se encuentre en circulación… y por circulación se entiendo hoy estar parado, por ejemplo, en un semáforo o en un atasco. ¿Pueden multarme por ver y sujetar el móvil con la mano en esas situaciones?

 
 

Según informa hoy el diario Las Provincias, un nuevo documento interno de la DGT instruye ahora a los agentes de tráfico sobre cómo debe aplicarse este controvertido nuevo artículo de la ley, en vigor desde el día 21 de marzo. Y es que la instrucción SANC 22/06 del Ministerio del Interior regula los procedimientos de sanción entrando directamente al detalle en las nuevas infracciones por uso incorrecto del cinturón de seguridad o de otros sistemas de retención obligatorios, y por la sujeción del teléfono móvil con la mano, supuesto que diferencia de otras actitudes indebidas que comportan menos riesgos al volante.

 

 

 

 

 

 

Todas las novedades de la nueva Ley de Tráfico.

 

 

 

A través por tanto de una instrucción que remite a “todas las Unidades del Organismo”, la DGT, según la información de Las Provincias, aclara que se crea esta nueva sanción “para el supuesto concreto de utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, con una detracción de 6 puntos”. La duda surge ahora con la frase “mientras se conduce”: ¿qué significa exactamente?

 

 

La instrucción, según estas informaciones, contemplaría también la sanción, literalmente, “siempre que el vehículo se encuentre dentro del tráfico rodado, como sería el supuesto de vehículo parado en el carril de circulación en semáforo con luz roja encendida”. Y hay que recordar que estar en un atasco para o en un semáforo forman sin duda hoy parte del ámbito de la circulación de los coches, según las normativas de tráfico.  

 

 

Esta instrucción seguiría por tanto la línea ya marcada por el propio director de la DGT, Pere Navarro, cuando hace solo unas semanas, en plena tramitación de la nueva Ley de Tráfico, aseguró que si un conductor quiere hacer uso del móvil, deberá realizar una parada o un estacionamiento en una zona segura”.

 
 

Las únicas excepciones que contempla ya la nueva normativa especifican, también literalmente, que la sanción tendrá efectoexcepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. Así que ya sabes: dentro del coche, y en el ámbito de circulación, no uses el móvil aunque estés parado en un semáforo o en un atasco. Podrías ser multado con 200 euros y 6 puntos del carné.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/puedes-usar-ahora-movil-con-coche-parado-en-semaforo-es-nueva-orden-dgt_253436_102.html

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22 de marzo de 2022

 

 

 

¿Se volverá a reducir la velocidad a 110 km/h en autovías? Ventajas y desventajas de esta medida

 

Un importante organismo internacional ha propuesto bajar en 10 km/h el límite de velocidad máxima en autovías. Ahora bien, ¿el Gobierno español volverá a implantar el límite de 110 en estas carreteras? Atento a todas las posibles ventajas y desventajas.

 

 

 

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Imagen de archivo de una autovía con límite de 110 kmh en 2011 en España

 

 

 

La Agencia Internacional de la Energía (AIE) ha propuesto bajar en 10 km/h el límite de velocidad máxima en autovías como medida de choque para reducir la dependencia hacia el petróleo. Por el momento es una propuesta que podría implantar el Gobierno de nuestro país. En el caso de que hiciera realidad, en España se volvería al límite temporal de 110 km/h de velocidad máxima en autovías y autopistas, una situación que ya se vivió desde marzo a julio de 2011.

 

 

Por aquel entonces, el contexto socioeconómico tenía ciertas similitudes con el momento actual, ya que hace once años el barril Brent de petróleo también alcanzaba cotas muy altas alrededor de los 120 dólares (en días pasados, ha superado esa cifra). El entonces Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero implantó de forma efectiva una medida similar propuesta por entonces por el mismo organismo internacional que lo acaba de proponer ahora: la Agencia Internacional de la Energía.

 
 

Después de analizar los datos de aquella situación, el coste de renovar todas las señales de 120 a 110 km/h ya supuso por entonces alrededor de unos 230.000 euros, una cantidad que a buen seguro hoy sería mucho más por el mayor coste de la vida.

 
 

Por el momento, ninguno de los miembros del Gobierno actual de coalición entre PSOE y Unidas Podemos se ha pronunciado al respecto sobre la nueva medida propuesta por la AIE. Ahora bien, ¿cuáles serían las posibles ventajas y desventajas de volver al límite de los 110 km/h en autovías y autopistas? Analizamos lo que sucedió hace más de una década para tratar de vislumbrar lo que podría pasar si se instaurara el nuevo límite de velocidad en vías rápidas, es decir tratamos de analizar algunas de las posibles ventajas y desventajas.

 

 

 

Cuánto combustible se ahorra de verdad al bajar el límite a los 110 km/h

Una primera teórica ventaja a la hora de rebajar el límite de velocidad, según los estudios que citó por entonces el Gobierno, era la reducción en el consumo de combustible. Según los datos que manejaba por entonces el Ejecutivo, el ahorro que se podría lograr con el nuevo límite de 110 km/h oscilaba entre el 11 y el 15 por ciento (económicamente el ahorro se estimó en unos 2.300 millones de euros al año, cifra derivada de comprar 18,7 millones menos de barriles de petróleo). El porcentaje estimado por el Gobierno de entonces difería bastante respecto al estudio que publicó la Confederación Nacional de Autoescuelas Españolas (CNAE), en el que se afirmaba que el ahorro apenas llegaba al 8 por ciento. Todos estos porcentajes se calcularon con el tipo de tecnología de propulsión dominante en aquella época, algo que no se ajusta del todo a la realidad presente, ya que los vehículos actuales son mucho más eficientes que los de entonces, al emplear muchos de ellos sistemas de hibridación o, poco a poco de forma cada vez más extendida, modos de propulsión híbridos enchufables o cien por cien eléctricos.

 

 

De esta forma, el ahorro de combustible que se podría lograr al implantar de nuevo el límite a 110 km/h sólo se notaría de forma más o menos apreciable en aquellos vehículos más antiguos. En innumerables ocasiones, asociaciones de automovilistas como el RACE, el RACC, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y otras asociaciones como Faconauto (la patronal española de concesionarios de automoción), Ganvam (la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios) o Anfac (Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones) ya han manifestado que si se quiere reducir realmente el consumo de combustible el parque móvil debe renovarse al completo. En este sentido, las ayudas contempladas del Plan Moves III no llegan a todo el conjunto de la industria y la realidad ha demostrado que no está siendo del todo efectivo.

 
 

Otros estudios relacionados con la reducción de la velocidad máxima y su consecuencia en el consumo de combustible indicaban otra serie de cifras interesantes. En líneas generales, varios estudios publicados por entonces coincidieron en que la velocidad más eficiente es de 90 kilómetros por hora; a partir de ahí, por cada kilómetro por hora de aumento, el consumo de combustible se podría incrementar en un 1%. De esta forma, varios estudios también aseguraron que circular a una media de 125 kilómetros por hora hacía que se consumiera un 20% más que haciéndolo a 110 kilómetros por hora, mientras que solo se llega cinco minutos antes en un viaje de 100 kilómetros. Sin embargo, estos datos hay que tomarlos con cierta cautela por lo que te hemos comentado antes: los coches modernos cuentan con tecnologías más eficientes que los que circulaban por España hace ya once años.

 

 

 

Cuadro sancionador de multas y puntos según el exceso de velocidad

 

Cuadro sancionador de multas y puntos según el exceso de velocidad

 

 

 

Las multas de velocidad se podrían incrementar y el Estado recaudaría más

Si de nuevo se bajara el límite de velocidad máxima a 110 km/h en autovías y autopistas, el actual cuadro sancionador de la DGT se tendría que revisar al completo, lo que provocaría un considerable aumento de las multas, sobre todo los primeros días tras la implantación de la nueva norma y ante el periodo de adaptación de los conductores a la nueva realidad.

 

 

Si analizamos lo que sucedió hace once años, una de las voces protagonistas en defensa de los derechos de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ya manifestó entonces que el incremento de multas se podría estimar en un 30 por ciento, ya que la gente tardaría un tiempo en asimilar fácilmente el nuevo límite de velocidad a 110 km/h.

 
 

El cuadro de velocidades registrado por el Código Penal también se podría modificar: si circulamos entre 111 y 140 km/h, la multa sería de 100 euros; si lo hacemos entre 141 y 160, hablamos de 300 euros; si es entre 161 y 170, serán 400 euros, mientras que hacerlo entre 171 y 180 supone 500 euros y rebasar los 181 km/h, 600 euros. Al compararlo con el cuadro anterior tipificado a 120 km/h, la nueva realidad sería innegable: con el límite a 110 km/h los conductores españoles pagarán más por exceder la velocidad.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/se-volvera-reducir-velocidad-110-km-h-en-autovias-ventajas-desventajas-esta-medida_253435_102.html

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22 de marzo de 2022

 

 

 

La zona de bajas emisiones, anulada por la Justicia: ¿ocurrirá igual con todas las de la DGT?

 

Importante varapalo a la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña notifica su anulación… aunque de momento será todavía de obligado cumplimiento.

 

 

 

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La zona de bajas emisiones, anulada por la Justicia, ocurrirá igual con todas las de la DGT

 

 

 

¿Golpe a las nuevas zonas de bajas emisiones en España? A menos de un año de la entrada en vigor de la nueva ley que obligará a todas las ciudades de nuestro país de más de 50.000 habitantes a contar con un área de restricción de circulación a los coches más contaminantes, y que también afectará a territorios insulares y a las localidades de más de 20.000 habitantes con incumplimientos en materia de calidad del aire, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el TSJC, sienta un importante precedente.

 

 

Y es que, tal y como te hemos contado, Madrid y Barcelona son dos de las ciudades que, adelantándose a las nuevas normativas, ya cuentan en sus calles con nuevas zonas de bajas emisiones en vigor. Pues bien, en Barcelona el TSJC acaba de notificar la anulación de la ordenanza municipal que recogía las prohibiciones desde el pasado día 20 de diciembre de 2019. No obstante, al no tratarse aún de sentencia firme y a la espera del recurso que se presentará ante el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento de la Ciudad Condal confirma que seguirá estos días “vigente y de obligado cumplimiento”.

 

 

 

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La ZBE excede el ámbito geográfico y el tipo de vehículos con prohibiciones

Pero, ¿por qué la Justicia anula ahora esta zona de bajas emisiones? El TSJC considera que la ordenanza presenta deficiencias en la elaboración de la normativa, concluye que faltan informes determinantes que la regulen y considera que se excede tanto el ámbito geográfico de aplicación (recordamos que afecta a todo el Área Metropolitana de Barcelona, y no solo a la propia ciudad) como en el tipo de vehículos excluidos y prohibidos para circular. Como podéis ver, el tribunal cuestiona prácticamente las restricciones al completo.

 
 

La sentencia del TSJC se hace pública tras los recursos presentados por asociaciones y entidades de Cataluña contrarias a la medida y que se sentían discriminados y muy afectados por las restricciones. Estos sectores incluyen desde transportistas a talleres, empresarios o ciudadanos que aseguraban no tener margen para adaptarse a las nuevas condiciones de circulación.

 

 

Ante este duro golpe de realidad, el Ayuntamiento de Barcelona asegura sentirseperplejo” ante esta nueva sentencia, ya que “tribunales europeos han reclamado a Barcelona justo lo contrario de lo que dice ahora el TSJC: que impulse más medidas para mejorar la calidad del aire y que justifique las moratorias en la ZBE”. Así lo confirma Eloi Badia, concejal de Emergencia Climática y Transición Ecológica del Ayuntamiento de Barcelona.

 

 

 

La señal de la DGT para regular la entrada a las nuevas zonas de bajas emisiones en España.

 

La señal de la DGT para regular la entrada a las nuevas zonas de bajas emisiones en España.

 

 

 

El Ayuntamiento asegura igualmente haber acogido con “sorpresa” una sentencia que “deja en indefensión a millones de personas que sufren la mala calidad del aire”. Hay que recordar que la ZBE de Barcelona supone a día de hoy una de las mayores extensiones de restricción de circulación en Europa, al contar con casi 100 kilómetros cuadrados. Afectando a Barcelona capital y a otras 4 ciudades colindantes, prohíbe la circulación a turismos y vehículos sin etiqueta medioambiental de la DGT por sus altas emisiones.

 
 
 

Madrid 360, ¿la siguiente área con posible anulación?

El Ayuntamiento de Barcelona asegura que, dos años después de su implantación (aunque las multas llegaron más tarde), la ciudad ha logrado reducir en hasta un 11 por ciento las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2) y eliminado casi 600.000 desplazamiento diarios de vehículos contaminantes.

 

 

Ahora falta por ver cómo afectará esta sentencia al resto de zonas de bajas emisiones previstas en España, con Madrid directamente ya en el punto de mira. El anterior proyecto de Madrid Central ya fue también tumbado por la Justicia. Actualmente, la Asociación de Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales ya ha interpuesto también un recurso contra el nuevo plan Madrid 360. Veremos que siguen dictaminando los altos tribunales en España.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/zona-bajas-emisiones-anulada-por-justicia-ocurrira-igual-con-todas-dgt_253429_102.html

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23 de marzo de 2022

 

 

 

 

La DGT advierte del elemento que será obligatorio llevar en todos los coches a partir de julio

 

La DGT ha vuelto a advertir del elemento obligatorio de seguridad que deberán llevar todos los coches nuevos fabricados en Europa desde julio de este año. Te indicamos de qué se trata.

 

 

 

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Las cajas negras serán obligatorios en todos los coches nuevos fabricados desde julio de 2022

 

 

 

Con el máximo objetivo de tratar de reducir el número de accidentes de tráfico y, en el caso de que se produzcan, de averiguar o de vislumbrar las causas de los mismos, desde hace un tiempo el Parlamento Europeo viene proponiendo la instalación desde fábrica en los coches nuevos de un importante elemento tecnológico: la caja negra.

 

 

Pues bien, tras varios debates, negociaciones y conversaciones, la Unión Europea exigirá a los fabricantes de coches que incluyan de serie esta caja negra en sus coches nuevos. ¿La fecha clave? Desde el próximo 16 de julio de 2022. Por esta importante novedad que afecta tanto a los propios fabricantes de automóviles como a los conductores, la DGT acaba de volver de advertir de la instalación obligatoria de este importante elemento de seguridad.

 
 

Esta caja negra para los coches o también denominada como EDR (Registrador de Datos de Eventos), tal y como acaba de anunciar la DGT tanto en sus redes sociales como en su revista interactiva online, tiene como misión principal la recopilación de información del automóvil y de sus pasajeros, “registrando y almacenando datos para, en caso de siniestro, conocer lo que ha ocurrido antes, durante y después, es decir, en esencia, muy similar al funcionamiento de las cajas negras ya presentes en los aviones desde hace muchos años.

 
 

Tal y como establece la directiva europea que indica cómo se ha de instalar y cómo ha de ser esta caja negra en los coches, este dispositivo deberá ir anclado al chasis bajo el asiento del conductor (su tamaño aproximado será muy similar al de un smartphone). Grabará datos (pero no vídeo ni audio) y en todos los casos siempre quedarán registrados o grabados los 30 segundos previos al accidente, con el vehículo encendido, y los 5 minutos posteriores. Desde la DGT se señala que los datos recopilados servirán para dilucidar las causas o detonantes que hayan podido ocasionar el accidente.

 

 

Esta caja negra EDR de los coches, según apunta la DGT, puede registrar a la vez más de 15 variables, entre las que destacan la velocidad del vehículo, la acción sobre los frenos, las revoluciones del motor, los movimientos del volante, la posición del acelerador y el funcionamiento/actividad de los diferentes sistemas de seguridad tanto activa como pasiva...

 

 

 

Hasta 25.000 muertes menos, según el Parlamento Europeo

Un reciente estudio publicado por el Parlamento Europeo señala que la incorporación de la caja negra junto a los dispositivos ADAS de ayuda a la conducción que también serán obligatorios a lo largo de este año podrían evitar alrededor de unos 25.000 muertos y algo más de 140.000 heridos graves en accidentes de tráfico en nuestro continente en los próximos 18 años.

 
 

Algunos de estos dispositivos ADAS que también serán obligatorios en suelo europeo a partir de julio de este año son: el sistema de alerta de colisión frontal, la detección de punto ciego o de ángulo muerto, la frenada de emergencia automática, el estacionamiento automático, el reconocimiento y detección de señales de tráfico, la cámara de visión trasera y los sensores de luces y de lluvia, entre otros. Tienes más información al respecto en este otro artículo: Los sistemas ADAS de seguridad que todo coche nuevo debe llevar de forma obligatoria en 2022.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-advierte-elemento-sera-obligatorio-llevar-en-todos-coches-partir-julio_253530_102.html

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