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Publicado

2 de mayo de 2022

 

 

 

Qué son las nuevas ZBE de la DGT y cómo debes circular por estas zonas para evitar multas de 200 €

 

Las Zonas de Bajas Emisiones deben estar ya en tu diccionario y tener claro cómo funcionan para evitar posibles multas. Te damos todos los detalles.

 

 

 

 

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Así serán las futuras Zonas de Bajas Emisiones en las ciudades españolas. Foto: iStock.

 

 

 

Si viajásemos atrás en el tiempo, a apenas hace unos pocos años, estaríamos hablando de la llegada a España de la primera Zona de Bajas Emisiones. Madrid fue la primera ciudad española en instaurar una zona centro donde el tráfico de vehículos estaba restringido, a gran escala, a los vehículos más contaminantes.

 

 

En la capital, Madrid Central dio paso a Madrid 360 con el último equipo de gobierno municipal y tras ver cómo la justicia echaba abajo la primera propuesta. Tras Madrid, quien está introduciendo medidas más restrictivas de forma progresiva en otras áreas de su ciudad, llegó Barcelona, quién estrenó en 2021 su propia Zona de Bajas Emisiones, con una superficie afectada mucho mayor.

 
 

Las ZBE ya no son cosa de las dos principales ciudades de nuestro país y, en muy poco tiempo, pasarán a formar parte de más de 150 municipios en España. Así lo dictaminó la Ley de Cambio Climático y Transición Energética publicada el año pasado y así se está refrendando durante este 2022.

 
 
 

Así son las nuevas ayudas Cambia 360 del Ayuntamiento de Madrid para la renovación de su parque automovilístico. Foto: iStock.

 

Madrid fue la primera ciudad en España con una Zona de Bajas Emisiones. Foto: iStock.

 

 

 

¿Qué son las ZBE? ¿Qué objetivos buscan?

Las Zonas de Bajas Emisiones no dejan de ser una respuesta a las peticiones que llegan desde la Unión Europea para que las ciudades reduzcan sus niveles de emisiones contaminantes. Son zonas, principalmente céntricas, en las que se controla el acceso de vehículos en función de su etiqueta medioambiental.

 

 

De una forma genérica, queda claro que el objetivo final de estas Zonas de Bajas Emisiones es el de reducir la huella contaminante en las ciudades. El último texto publicado por el Gobierno lo define de forma explícita: “mejorar la calidad del aire y del medio ambiente sonoro, mitigar el cambio climático e impulsar el cambio modal hacia modos de transporte más sostenibles”.

 

 

 

La zona de bajas emisiones, anulada por la Justicia, ocurrirá igual con todas las de la DGT

 

Tras Madrid, Barcelona fue la siguiente ciudad en la lista con su propia ZBE.

 

 

 

¿Cómo se regulan las ZBE y qué multas te pueden poner?

La mencionada Ley de Cambio Climático del 2021 sentaba unas primeras bases y lanzaba un aviso: las ciudades españolas con más de 50.000 habitantes, y aquellas de más de 20.000 habitantes con altos índices de contaminación, estarán obligadas a tener su propia ZBE antes de que llegue el año 2023.

 
 

En la nueva Ley de Tráfico, aprobada en marzo de 2022, ya figura la multa común para todos los conductores que no respeten las normas de circulación y acceso que establezcan estas Zonas de Bajas Emisiones: 200 euros. Sin embargo, la Ley deja abierta la puerta a que sean los propios Ayuntamientos los que dictaminen la cuantía exacta de esta multa.

 

 

En un penúltimo paso antes de la llegada masiva de ZBE a España, el Gobierno ha abierto una fase de información pública del proyecto de Real Decreto para que se presenten alegaciones previas a la publicación de un documento definitivo que establezca, de una vez por todas, las bases comunes para regular las Zonas de Bajas Emisiones.

 

 

 

La señal de la DGT para regular la entrada a las nuevas zonas de bajas emisiones en España.

 

Esta es la señal creada por la DGT para regular la entrada a las nuevas zonas de bajas emisiones en España.

 

 

 

¿Qué vehículos se verán afectados por las nuevas ZBE?

Los vehículos con el distintivo A de la DGT –aquellos que no tienen derecho a etiqueta– fueron los primeros en ver limitado su acceso a estas ZBE, con excepciones (a residentes, comerciantes, vehículos de emergencia o adaptados para personas con movilidad reducida). Los próximos en la diana de la DGT y de las ciudades serán los coches con etiqueta B y C, como ya viene incluso figurado en el borrador de la ley definitiva que regule las ZBE.

 
 
 

“Las prohibiciones o restricciones de acceso afectarán prioritariamente a los vehículos con más potencial contaminante, como son los vehículos A, y, progresivamente, a los vehículos B y C”, dice el último borrador del Gobierno previo a la futura Ley que regule las ZBE en España.

 

 

 

En este documento, además, se establece una jerarquía por modos de transporte que las ciudades deberán tener en cuenta a la hora de diseñar sus propias ZBE: en primera instancia, el peatón, seguido de la bicicleta, transporte público, vehículos con alta ocupación y movilidad compartida y, en último lugar, los vehículos particulares. Y entre estos últimos, la prioridad absoluta será para aquellos con etiqueta Cero.

 

 

 

Madrid será considerada Zona de Bajas Emisiones en las calles del interior de la M 30 a partir del 1 de enero de 2022. Foto Cordo Press.

 

Madrid será considerada Zona de Bajas Emisiones en las calles del interior de la M-30 en unas pocas semanas. Foto: Cordon Press.

 

 

 

¿Cómo deben actuar las ciudades a partir de ahora?

Los ayuntamientos afectados por la nueva Ley de Cambio Climático saben que, antes de que llegue el 2023, deberán tener en sus ciudades una Zona de Bajas Emisiones. A su vez, están esperando a que llegue una ley definitiva que especifique cómo se deben regular estas ZBE.

 

 

En el borrador publicado por el Ministerio de para la Transición Ecológica y Reto Demográfico se adelantan algunas claves que todos los ayuntamientos deberán tener en cuenta a la hora no solo de diseñar sus inminentes ZBE, también a la hora de regularlas. Destaca por encima de todo la obligación de “rendir cuentas” y “adaptarse a las nuevas restricciones” cada 4 años; es decir, que deberán ir actualizándose con el paso del tiempo, algo que también deberán hacer Madrid y Barcelona en un plazo máximo de 4 años para adaptarse a lo que diga el nuevo texto.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/son-nuevas-zbe-dgt-como-debes-circular-por-estas-zonas-evitar-multas-200_255566_102.html


Publicado

3 de mayo de 2022

 

 

 

La multa de la DGT si conduces con estas enfermedades

 

 

 

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El riesgo de sufrir un accidente de tráfico se multiplica cuando se sufren enfermedades coronarias, psiquiátricas, neurológicas o apnea del sueño, entre otras. Para conducir con seguridad, debemos estar siempre alerta y hay determinadas dolencias que pueden mermar nuestras condiciones físicas y psicológicas y, en consecuencia, afectan a nuestras aptitudes al volante.

 

 

Los conductores estamos obligados a renovar nuestro permiso cada cinco o diez años, dependiendo de la edad y, para hacerlo, se nos exige pasar un reconocimiento médico, que no será favorable si padecemos alguna enfermedad incompatible con la conducción y nuestro especialista considera que no debemos ponernos al volante.

 

 

Dependiendo de la patología que suframos, pueden reducirnos el periodo de vigencia del permiso, establecer un límite tiempo para poder conducir (desde el diagnóstico de la enfermedad o la intervención quirúrgica a la que nos hayamos sometido) o directamente prohibirnos ponernos al volante. En estos casos, si obviamos la recomendación y no tenemos la autorización pertinente o está caducada, la DGT puede sancionarnos con multas que van desde 200 a 6.000 euros.

 

 

 

FUENTE:  https://www.motor16.com/noticias/dgt-puede-multar-conduces-estas-enfermedades/

Publicado

3 de mayo de 2022

 

 

 

Esta forma habitual de echar gasolina en tu coche supone ya una multa de 100 € de la DGT

 

A la hora de echar diésel o gasolina a un coche, cada conductor debe seguir una serie de normas. Sin embargo, hay una acción habitual que puede acarrear una multa de la DGT.

 

 

 

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Esta forma habitual de echar gasolina en tu coche supone ya una multa de 100 € de la DGT

 

 

 

En el momento de repostar combustible a un coche, cada conductor debe tener en cuenta una serie de indicaciones y obligaciones. Sin embargo, prácticamente a diario se suceden ciertas acciones habituales que no son del “todo correctas” e, incluso, pueden conllevar una multa si un agente de tráfico es testigo de dicha acción.

 

 

En el punto 3 del artículo 115 del Reglamento de Circulación se especifica el modo correcto y las precauciones a tomar por parte del conductor a la hora de echar diésel o gasolina a su coche en una estación de servicio: "Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, este debe hallarse con el motor parado. Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles".

 
 

La acción habitual que conlleva multa por un repostaje incorrecto sería la del uso por parte del conductor del teléfono móvil. Al respecto, si un agente de tráfico de la Guardia Civil es testigo de dicha acción, podrá poner una multa de hasta 100 euros a dicho conductor. La argumentación para establecer dicha sanción no obedece al posible peligro de explosión/deflagración del vehículo mientras se está repostando, sino al mayor número de posibilidades de que el conductor pueda distraerse usando el móvil mientras reposta, momento en el que dicha distracción si puede ser el origen de un hecho posterior más peligroso.

 
 
 

El uso del teléfono móvil en la conducción es una de las acciones e infracciones que más se está persiguiendo y castigando, sobre todo tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico. Diversos estudios de siniestralidad han demostrado que el uso del teléfono móvil al volante es una de las distracciones más habituales y peligrosas en la conducción, provocando en muchos casos accidentes mortales.

 

 

En la nueva normativa que entró en vigor el pasado 21 de marzo, como gran novedad las autoridades competentes también podrán multar al conductor si éste lleva el smartphone en la mano aunque no lo esté usando.

 

 

Al respecto, siempre es más seguro llevar anclado el smartphone en un soporte homologado, usar la función de manos libres (a través de las más habituales tecnologías de conectividad Android Auto o Apple CarPlay) o usar el ya denominado “modo coche”, que prohíbe contestar llamadas o responder mensajes de forma manual cuando se está emprendiendo un viaje en automóvil.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-forma-habitual-echar-gasolina-en-tu-coche-supone-ya-multa-100-dgt_255900_102.html

Publicado

3 de mayo de 2022

 

 

 

Los únicos coches que podrán circular por las nuevas zonas ZBE de la DGT en tu ciudad

 

La inminente Ley que regule las Zonas de Bajas Emisiones de las ciudades españolas pone el foco directamente en el automóvil. ¿Cuáles “se salvan”?

 

 

 

Estos son los coches que tendrán máxima prioridad en las futuras ZBE en las ciudades españolas.

 

Estos son los coches que tendrán máxima prioridad en las futuras ZBE en las ciudades españolas.

 

 

 

En muy poco tiempo deberíamos conocer los detalles definitivos de la Ley que regule, de forma ya definitiva, las nuevas Zonas de Bajas Emisiones que veremos en más de 150 localidades españolas a partir del 2023. Si Madrid y Barcelona fueron las pioneras en los últimos años, desde el año próximo tendremos ZBE en todos los municipios de más de 50.000 habitantes y en aquellos de más de 20.000 habitantes que no cumplan con los límites legales de contaminación.

 

 

Desde hace unos días, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico recoge alegaciones al borrador de Ley que sienta las primeras bases para que las Zonas de Bajas Emisiones se vayan conformando y se establezca un marco común para su diseño, desarrollo y aplicación. Se han adelantado algunos detalles importantes, como que los municipios con sus ZBE deberán “rendir cuentas” cada cuatro años para poder analizar si las medidas aplicadas están surgiendo efecto y si deben aplicar nuevas medidas.

 

 

 

La recientemente puesta en vigor Ley de Tráfico establece una multa común de 200 euros para los conductores que no respeten las normas de acceso y circulación en una ZBE, si bien cada Ayuntamiento podrá definir sus sanciones de forma individual.

 

 

 

Recuerda que estas Zonas de Bajas Emisiones tendrán el objetivo de reducir la huella de carbono en las ciudades y mejorar la calidad del aire, poniendo en la diana principal a los vehículos. De hecho, el mencionado borrador establece ciertas prioridades y un orden de circulación por las ZBE: peatones, bicicletas, transporte público, vehículos de alta ocupación, vehículos de movilidad compartida y, en último lugar, vehículos de uso particular.

 
 
 

Madrid multa ya desde hoy por circular por esta nueva zona prohibida de bajas emisiones

 

Más de 150 municipios españoles seguirán el ejemplo de Madrid y Barcelona y tendrán sus propias ZBE en 2023.

 

 

 

Qué vehículos podrán circular por estas ZBE

Como puedes ver, las futuras ZBE dejarán al vehículo privado en último lugar de prioridad y, dentro de estos, se quiere dar preferencia por encima del resto a los vehículos con etiqueta Cero de la DGT: esto engloba a los vehículos cien por cien eléctricos y a los híbridos enchufables de 40 kilómetros o más de autonomía.

 

 

Ya sabíamos que los vehículos de la categoría A (sin derecho a etiqueta) tenían vetado el acceso a estas ZBE desde un inicio, como ya ha sucedido en Madrid y Barcelona; eso sí, con excepciones. Sin embargo, el borrador de la nueva Ley pone también el foco en los vehículos con etiqueta B y C, los cuales irán desapareciendo “progresivamente” de la zona centro de las ciudades.

 

 

 

Los coches con etiqueta B son aquellos de gasolina matriculados entre el 2001 y el 2005, y los diésel matriculados entre 2006 y 2013; por su parte, los coches con etiqueta C son los de gasolina matriculados desde el 2006 en adelante y los diésel desde el 2014.

 

 

 

¿Y los vehículos con etiqueta ECO? Estos últimos representan más del 25 por ciento de las ventas en la actualidad (por un 8 por ciento de los que tienen etiqueta Cero) y, por el momento, se quedan en un "limbo" de intenciones: no se habla de darles prioridad, pero tampoco se anuncia su retirada de las ciudades, por lo que es de esperar que se imponga algún tipo de restricción en un futuro no muy lejano.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/unicos-coches-podran-circular-por-nuevas-zonas-zbe-dgt-en-tu-ciudad_255874_102.html

Publicado

4 de mayo de 2022

 

 

 

Comprueba cómo coges el volante de tu coche y sabrás qué clase de persona eres

 

La forma de agarrar el volante mientras conducimos puede delatar tu personalidad. O al menos eso es lo que dice este test que hemos encontrado en Internet.

 

 

 

 

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Dime cómo sueles sujetar el volante mientras conduces y te diré, según este test de personalidad, cómo eres. Foto iStock.

 

 

 

Seguro que, en algún momento de tu vida, habrás hecho un test de personalidad, ya bien sea en Internet o, a la vieja usanza, en una revista. Muchos de ellos no tienen ningún tipo de rigor ni validez científica, pero hay que reconocer que la curiosidad siempre manda a la hora de lanzarnos a realizarlo.

 

 

Este es un claro ejemplo de ello: desde la página web de Otium nos proponen este test que está relacionado con nuestro campo, el automóvil. Concretamente, este test define la personalidad del conductor en función de la forma que tenga de posicionar las manos mientras conduce.

 

 

Como decimos, no te tomes estos resultados al pie de la letra, ya que se basa en perfiles genéricos de personalidad y no tienen un rigor científico detrás. Lo que sí te aseguramos y pedimos es que, mientras conduzcamos, posicionemos las manos de forma adecuada para saber reaccionar a tiempo ante cualquier imprevisto y tener una mayor movilidad.

 
 

Acuérdate de la regla 9-3: si la circunferencia del volante fuese un reloj, colocaríamos las manos a la altura de las horas que marcan las 9 (mano izquierda) y las 3 (mano derecha). Asegúrate también de posicionar y ajustar correctamente el asiento para llegar con holgura al volante. Aquí te damos las claves de cómo sentarte de forma correcta en el coche.

 

 

 

Estas formas de sujetar el volante en el coche puedel delatar tu personalidad, según este test. Foto Otium.

 

Estas formas de sujetar el volante en el coche puedel delatar tu personalidad, según este test. Foto Otium.

 

 

 

Dime cómo sujetas el volante y te diré cómo eres

Según Otium, en función de las 10 posiciones que puedes ver en la imagen anterior para agarrar el volante, podríamos decirte cómo eres. ¿Cómo de acertado es el test contigo?

 

 

- Número 1: Una mano agarrando el volante y la otra apoyada en la pierna. Eres una persona que ama la simplicidad y tienes un fuerte sentido del humor. No te gustan las relaciones poco auténticas. Eres un punto de referencia para quienes te conocen.

 

- Número 2: No sujetas el volante. Eres una persona juguetona, caprichosa y creativa. Te gusta la aventura, te encanta sentir la adrenalina y nunca te aburres.

 

- Número 3: Sujetando la parte interna del volante. Eres pacífico, confiable, tranquila y odias las disput*s.

 

- Número 4: La forma correcta de coger el volante. Eres perfeccionista, tratando de cuidar todos los detalles. Tu apariencia siempre es muy agradable. Cuando hay cualquier desajuste en tu vida te pones ansioso.

 

- Número 5: Sujetando el volante por la parte más superior. Cuidado con tus miedos: eres muy inseguro, pero siempre tratando de mejorar. “Cuando aceptes tus ansiedades, te sentirás tranquilo y habrás aprendido a enfrentarlas”, dicen desde Otium.

 

- Número 6: Solo una mano y agarrando la parte central del volante. ¿Qué significa? Pues que amas el riesgo y te encanta probar experiencias nuevas; a veces, vas más allá del límite permitido, lo que “denota tu búsqueda de algo hermoso y atractivo”.

 

- Número 7: Sujetando el volante por la parte más inferior, con las manos del revés. Eres un líder nato, con confianza en ti mismo, con unas increíbles habilidades organizativas. No te enamoras fácilmente y “cuando encuentras a alguien que te hace perder la cabeza luchas hasta el final”.

 

- Número 8: Sujetando el volante por la parte más inferior. Eres una persona sencilla, directa y sincera. No haces grandes demandas, aceptas lo que viene, sabes apreciar lo que tienes y sabes escuchar a los demás.

 

- Número 9: A una mano, sujetando la parte superior del volante. Llevas un estilo de vida superficial, alcanzando “una profunda conciencia de ti mismo que te permite mantener la calma siempre que la necesites”.

 

- Número 10: Una mano al lado, la otra agarrando la parte central (¿tocando el claxon?). No te cuesta demostrar a los demás cuando cometen un error, señalándoles lo que podrían mejorar. A pesar de ser alguien que “atrae los disgustos de los demás, eres el que ayuda a las personas a crecer”, finalizan desde Otium.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/comprueba-como-coges-tu-volante-tu-coche-sabras-clase-persona-eres_255980_102.html

Publicado

4 de mayo de 2022

 

 

 

Crece la mortalidad en abril en las carreteras españolas respecto a los niveles pre-pandemia

 

Los niveles de mortalidad en las carreteras españolas durante el mes de abril de 2022 han crecido respecto al mismo mes de la época pre-pandemia. Atento a todos los datos recopilados por la DGT.

 

 

 

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Crece la mortalidad en abril en las carreteras españolas respecto a los niveles pre pandemia

 

 

 

Los últimos datos oficiales de accidentes de tráfico en nuestro país son bastante preocupantes. La DGT ha difundido todos los datos de siniestralidad correspondientes al mes de abril de este año, que si se comparan con abril de 2019 (mismo mes de pre-pandemia, puesto que durante 2020 y 2021 por el Covid-19 disminuyeron notablemente el número de desplazamientos por carretera), son bastante negativos, con un aumento de 25 fallecidos.

 

 

De forma específica, durante abril de este año murieron en las carreteras de nuestro país 99 personas, frente a las 74 de abril de 2019. Estos niveles de siniestralidad han coincidido con un crecimiento del 6 por ciento en el número de desplazamientos de este año respecto al mismo mes de 2019. Concretamente, durante el cuarto mes de 2022 han tenido lugar 37,6 millones de viajes de largo recorrido, frente a los 35,4 millones de abril de 2019.

 
 

Otro de los datos sumamente preocupante y que invita a la reflexión es el referente al número de personas fallecidas que no hacían uso del cinturón de seguridad antes del accidente mortal (hasta 16 personas).

 
 

Las vías interurbanas han sido el tipo de carretera donde se han registrado un número mayor de fallecidos, con un total de 76 personas (frente a los 23 muertos registrados en autopistas y autovías). Por otro lado, también ha aumentado significativamente el número de muertos de usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, motoristas, usuarios de VMP y ciclomotores), hasta los 38 fallecidos frente a los 23 muertos de 2019.

 

 

Por comunidades autónomas, Cataluña (23 muertos), Andalucía (18) y Castilla y León (16) fueron las regiones españolas con mayor número de fallecidos en accidentes de tráfico durante abril de 2022. En el lado contrario, en Ceuta y Melilla no murió ninguna persona y en Canarias, Islas Baleares, Navarra y Murcia sólo se registró un fallecido.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/crece-mortalidad-en-abril-en-carreteras-espanolas-pre-pandemia_255954_102.html

Publicado

5 de mayo de 2022

 

 

 

La DGT advierte de cómo circular por autovías y autopistas: multas por ir por el carril izquierdo

 

A la hora de circular por una autovía o una autopista, deberemos respetar una serie de normas para no comprometer nuestra seguridad y la del resto de conductores.

 

 

 

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Esta es la multa que te pueden poner si abusas del carril izquierdo en una autovía o autopista. Foto iStock.

 

 

 

Las autovías y autopistas tienen un componente especial como ningún otro tipo de carreteras: son de varios carriles y se pueden alcanzar velocidades que, en España, alcanzan como máximo los 120 km/h como límite genérico. Conducir por carretera secundaria, poblado o por estas vías rápidas entraña seguir unas normas de circulación muy concretas.

 

 

El hecho de contar con varios carriles provoca que muchos conductores cometan una infracción muy, muy común: el conocido como “síndrome del carril izquierdo”. Esto es, básicamente, circular por el carril izquierdo (o el central, en el caso de tener 3 o más carriles) cuando deberías circular por el derecho.

 
 

El Reglamento General de Circulación lo dice bien claro: se deberá circular “normalmente por el carril situado más a la derecha. Esa es la norma que todos deberíamos seguir todos y cambiarnos al carril izquierdo solo en caso de querer adelantar a un coche más lento, de querer facilitar la maniobra a un vehículo que quiere incorporarse por un carril de aceleración o bien para tomar una salida que se encuentre en el carril izquierdo.

 
 

Si circulas por un carril demasiado a la izquierda y no es uno de estos supuestos te arriesgas a una multa: los agentes pueden interpretar que estás entorpeciendo el tráfico e imponerte una sanción de 200 euros.

 

 

 

Estas son las normas que se deben seguir cuando circulemos por autovías y autopistas. Foto iStock.

 

Estas son las normas que se deben seguir cuando circulemos por autovías y autopistas. Foto: iStock.

 

 

 

 

Otras multas habituales en autovías y autopistas

Más allá de esta multa por abusar de los carriles de la izquierda, os recordamos otras multas habituales que se suelen dar en este tipo de vías: parar o estacionar el vehículo en el arcén, a menos que sea por una avería, también se castiga con 200 euros; en caso de realizar una maniobra peligrosa (cambiar de sentido, meter marcha atrás…) se puede considerar como conducción temeraria y pasar a costar incluso hasta 500 euros y seis puntos menos en el carné.

 

 

Sin olvidarnos de las sanciones por excesos de velocidad o por dar positivo en un control de alcoholemia o de drogas, hay que recordar que la reciente Ley de Tráfico ha endurecido algunas multas que eran muy habituales entre los conductores: utilizar el teléfono móvil al volante (hasta 6 puntos menos), no ponerte o usar de forma indebida los cinturones de seguridad, casco o sistemas de retención infantil (4 puntos menos) o tirar colillas por la ventanilla (6 puntos menos).

 
 

Otra acción muy habitual y peligrosa es la de pegarte en exceso al vehículo que circula por delante. En este caso, la sanción es de 200 euros.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-advierte-como-circular-por-autovias-autopistas-multas-por-ir-por-carril-izquierdo_256054_102.html

Publicado

6 de mayo de 2022

 

 

 

La DGT se cansa y avisa: los patinetes ya solo pueden circular así o tendrán estas multas de 200 €

 

La proliferación de los nuevos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y los riesgos asociados a su circulación ha llevado a la DGT a registrar una nueva regulación de uso que establece importantes multas. Conoce cómo circular.

 

 

 

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La DGT se cansa y avisa, los patinetes ya solo pueden circular así o tendrán todas estas multas de 200 €

 

 

 

Semana sí, y semana también, la DGT da el aviso en todas sus publicaciones en redes sociales: los nuevos Vehículos de Movilidad Personal (denominados VMP) deben someterse a una nueva regulación de uso y circulación, arriesgándose a nuevas multas que pueden, incluso, llegar a superar los 200 euros, aunque estas son las más comunes. Primero mediante una instrucción transitoria, y después mediante la recientemente aprobada nueva Ley de Tráfico, este tipo de vehículo nuevo ya tiene una regulación que debe conocerse y respetarse.

 

 

Y es que ante el aumento de accidentes y colisiones en los que intervienen en las ciudades estos nuevos VMP, la DGT considera fundamental respetar las nuevas normativas vigentes. Una de ellas, quizá la más importante, permite a los patinetes y otros vehículos personalescircular solo a una velocidad de entre 6 y 25 km/h”. Además, solo pueden circular “en ciudad, fuera de aceras y de zonas peatonales. Nunca en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos”. En todos estos casos la sanción es ya de 200 euros. La DGT asegura que “solo monopatines, patines o similares que circulen a paso de persona pueden hacerlo”.

 

 

 

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Normas que deben respetar los vehículos VMP.

 

 

 

Otras sanciones que se contemplan ya tienen que ver con el uso del teléfono móvil, por ejemplo: y es que, al tratarse de conductores de vehículos, tienen “prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación”, bajo sanción de 200 euros, según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación. Por este mismo motivo tienen también la obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas, “siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo”. Las multas van, en estos casos, entre 500 y 1.000 € si dan positivo por alcohol, o 1.000 € si se detectan drogas.

 
 

Los usuarios de VMP también tienenprohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido”: la multa también es de 200 € con el artículo 18.2 del RGC. Por su parte, además, los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamentesolo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros de multa, según el artículo 9.1.5.E del RGC”.

 

 

 

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A todo ello hay una recomendación que, aunque de momento no está regulada por la DGT, desde Tráfico sí se aconseja y se advierte que muchas Ordenanzas Municipales sí regulan su uso obligatorio y debe conocerse en cada municipio concreto. Hablamos del uso obligatorio de casco y otros elementos de protección, bajo sanciones que pueden ser de 200 euros.

 

 

Todas estas son, a grandes rasgos, las nuevas normas que debes conocer si vas a circular en un patinete eléctrico o en cualquier otro de los nuevos vehículos VMP que proliferan en las ciudades. ¡Atento!

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-se-cansa-avisa-patinetes-ya-solo-circular-asi-multas-200-euros_256125_102.html

Publicado

8 de mayo de 2022

 

 

 

Las preguntas con más fallos en el examen teórico de conducir

 

 

 

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¿Aprobarías si tuvieras que examinarte hoy del teórico del carné de conducir? Según las estadísticas, suspenden más de la mitad de los aspirantes que se presentan a este examen y un porcentaje muy elevado de conductores con años de experiencia al volante no pasaría la prueba teórica porque, con el transcurso del tiempo, ha olvidado la normativa o esta ha cambiado.

 

 

En las 30 preguntas que hay que contestar para superar la prueba pueden figurar cuestiones sobre maniobras, mecánica del automóvil, sistemas de seguridad del vehículo, etc., pero son las preguntas sobre señales de circulación las que suelen estar entre las que se fallan año tras año.

 

 

Pons Editorial, división especializada en Formación de la consultora Pons Seguridad Vial, recopila cada año las diez preguntas más falladas por sus alumnos durante su formación. Toman como base el millón de tests realizados a través de su plataforma Pons Go, con la que trabajan más de 2.500 autoescuelas de toda España y que contiene preguntas reales de los exámenes de la DGT.

 

 

A continuación te dejamos las diez preguntas en las que, según Pons Editorial, cometieron más errores los alumnos que se preparaban para el examen el año pasado. Pon a prueba tus conocimientos y descubre si, a día de hoy, aprobarías el teórico.

 

 

 

FUENTE:  https://www.motor16.com/noticias/preguntas-mas-fallos-examen-teorico-conducir/

Publicado

9 de mayo de 2022

 

 

 

La sorprendente multa que recibió un motorista por mirarse en el retrovisor

 

Esta es la historia de un motorista que recibió una multa por manipular el espejo retrovisor en marcha, contada por él mismo.

 

 

 

 

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Esta es la multa que recibió un motorista por colocar y mirarse en el espejo retrovisor de su moto. Foto SocialDrive.

 

 

 

Hace unos meses, la plataforma SocialDrive compartió en sus redes sociales la imagen de una infracción de tráfico cuyo motivo era: “Conducir sin mantener la propia libertad de movimientos, mirándose en el retrovisor. Con una mano en el manillar y la otra en el retrovisor”. La multa para este motorista, que conducía una BMW R12 por la N-240, en la provincia de Zaragoza, fue de 80 euros, con posibilidad de reducción a la mitad por pronto pago.

 

 

Los agentes vieron cómo el motorista, mientras conducía su motocicleta, manipulaba el espejo retrovisor y aprovechaba para “mirarse” en él, por lo que decidieron aplicar el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, que dice que el conductor “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.

 

 

 

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Para muchos seguidores de las redes sociales de SocialDrive se trata de una multa ridícula. También para el motorista en cuestión, que dio la casualidad de ser un conocido youtuber, “Rekadista”, un hombre que acostumbra a grabarse mientras conduce su moto y su furgoneta, con tutoriales, vídeos sobre motos clásicas como la suya, etc.

 
 

En el siguiente vídeo, precisamente, el protagonista de esta historia da su versión de los hechos. Confirma el momento en el que sucedió la multa, tras manipular el espejo retrovisor izquierdo de su moto, el cual acostumbra a moverse por las vibraciones generadas durante la conducción, y aprovechando para chequear la cámara Go Pro que llevaba instalada en el casco. ¿Qué os parece?

 

 

 

 

 

 

Así explica su multa el motorista que recibió la multa protagonista de esta historia.Así explica su multa el motorista que recibió la multa protagonista de esta historia.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/sorprendente-multa-recibio-motorista-por-mirarse-en-retrovisor_256286_102.html

Publicado

9 de mayo de 2022

 

 

 

Una banda criminal alquilaba coches de renting y los revendía: la estafa, en unos 10 millones

 

La Policía Nacional ha detenido a 82 personas tras desarticular una organización criminal que adquiría coches de renting y los revendía de forma fraudulenta.

 

 

 

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La Policía Nacional ha detenido a 82 personas acusadas de pertenecer a una organización criminal que revendía vehículos de renting. Foto iStock.

 

 

 

Un total de 82 personas de nacionalidad española y rumana han sido detenidas, 58 vehículos de alta gama han sido recuperados y otros 50 están siendo investigados por su posible pertenencia a una estafa a gran escala llevaba a cabo por una organización criminal en España. Se calcula que dicha estafa asciende a más de 10 millones de euros, informa la agencia EFE.

 

 

La Policía Nacional ha llevado a cabo estas detenciones en una macrooperación llevada a cabo en más de 20 provincias. ¿Cómo actuaba esta organización criminal? Su metodología estaba fuertemente estructurada en torno a seis núcleos: Alicante, Almería, Jaén, Madrid, Murcia y Tarragona, cada uno con su propia estructura pero interrelacionados entre sí. Esta organización se encargaba primero de crear empresas o utilizar ya existentes (e incluso a personas físicas que facilitaban su identidad a cambio de una compensación económica), dedicadas a diferentes actividades, para contratar servicios de renting o leasing de vehículos.

 

 

 

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Después, a través de otro tipo de personas, se falsificaban los documentos y, mediante contratos de compraventa ficticios, se ofrecían a otros entramados delincuenciales de otros países europeos (también en nuestro propio país) para después revenderlos a compradores particulares. Incluso se encontraron algunas “caletas” en diferentes compartimentos, lo que podría dar a entender que también se pudo haber realizado tráfico de drogas.

 
 

La Policía Nacional, tras realizar registros en domicilios, sedes jurídicas de varias empresas y establecimientos, ha recuperado, además de los 58 vehículos de alta gama antes mencionados, tres cabezas tractoras valoradas en más de 400.000 euros, más de 24.000 euros en efectivo, documentación y útiles para la falsificación. En total, son más de 10 millones de euros los que se calculan que se podían haber estafado. Los detenidos se enfrentan ahora a los delitos de pertenencia a organización criminal, falsedad documental, extorsión, blanqueo de capitales o alzamiento de bienes.

 

 

La investigación arrancó en febrero del 2021, cuando se detectaron varios vehículos en la frontera de Eslovenia con permisos de circulación y contratos de compraventa falsificados. Estos eran propiedad de una empresa de renting española y matriculados recientemente en nuestro país, mientras que los conductores habían entrado en España en avión unos pocos días antes con un billete solo de ida. Así se realizaron las primeras detenciones y se inició la investigación que acabaría descubriendo los seis núcleos de tráfico ilícito de vehículos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/banda-criminal-alquilaba-coches-renting-revendia-estafa-en-10-millones_256275_102.html

Publicado

9 de mayo de 2022

 

 

 

La DGT avisa de la dura multa por circular marcha atrás y explica cuándo está permitido

 

La marcha atrás es una de las maniobras que sólo se puede realizar en determinas ocasiones, por lo que la DGT ha vuelto a avisar de la dura multa y los casos en los que sí está permitido.

 

 

 

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La DGT avisa de la dura multa por circular marcha atrás y explica cuándo está permitido

 

 

 

Antes de sacarnos el carné de conducir, todos aprendimos las normas de circulación y las diferentes y múltiples maniobras que sí están permitidas y cuáles están prohibidas. Una de ellas que en ocasiones genera muchas dudas entre los conductores es la referente a la marcha atrás, una maniobra que puede ser muy peligrosa si no se realiza correctamente.

 

 

Por todo ello, es bastante frecuente que la DGT utilice sus cuentas oficiales en redes sociales para recordar a los conductores las normas de tráfico que se deben cumplir en todo momento. En lo referente a la marcha atrás, la DGT ha vuelto a recordar la dura multa que acarrea si no se realiza en los casos en los que sí está permitida: hasta 500 euros de sanción económica y hasta 6 puntos menos en el carné de conducir, en el peor de los casos.

 

 

 

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El momento más peligroso en la circulación de marcha atrás se produce en autopistas y en autovías, vías en las que está terminalmente prohibido. Si lo haces, te enfrentas a una infracción grave que se sanciona con 200 euros y 4 puntos menos en el carné si han sido muy pocos los metros recorridos marchas atrás. Sin embargo, cuando dicha maniobra en el tipo de carreteras citadas ha entrañado cierto peligro para el resto de usuarios, es cuando se interpone la sanción más dura y severa de 500 euros y seis puntos menos en el carné.

 
 

Desde el punto de vista normativo o legislativo, las maniobras en la conducción están reguladas en el Reglamento General de Circulación. En el caso de la maniobra de marcha atrás, los artículos 80 y 81 explican cuándo está prohibido y en el caso de que esté permitido, la casuística y cómo se debe realizar.

 

 

De forma específica, el artículo 80.1 dice lo siguiente: “Se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que la exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla (artículo 31.1 del texto articulado).

 

 

El artículo 80.3 añade lo siguiente: “Se prohíbe la maniobra de marcha atrás en autovías y autopistas.

 
 

En el artículo 80.2 explica cuándo sí se puede realizar dicha maniobra: “El recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación, no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías.”

A la hora de realizar la maniobra en los que casos que sí está permitido, la DGT recurre al Reglamento General de Circulación, que al respecto indica lo siguiente (artículo 81😞

 

 

  1. Deberá efectuarse lentamente, después de haberlo advertido con las señales preceptivas y de haberse cerciorado, incluso apeándose o siguiendo las indicaciones de otra persona, si fuera necesario, de que, por las circunstancias de visibilidad, espacio y tiempo necesarios para efectuarla, no va a constituir peligro para los demás usuarios de la vía (artículo 31.2 del texto articulado).
  2. El conductor de un vehículo que pretenda realizar dicha maniobra deberá advertir su propósito en la forma prevista en el artículo 109.
  3. Igualmente, deberá efectuar la maniobra con la máxima precaución y detendrá el vehículo con toda rapidez si oyera avisos indicadores o se apercibiera de la proximidad de otro vehículo o de una persona o animal, o tan pronto lo exija la seguridad, desistiendo de la maniobra si fuera preciso.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-dura-multa-por-circular-marcha-atras-cuando-esta-permitido_256276_102.html

Publicado

09/05/2022

 

 

 

Un 61 % más de personas sin usar cinturón de seguridad en 2022, con respecto a 2021

 

 

 

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El cinturón de seguridad es elemento de seguridad pasiva que más vidas salva en el mundo y sin embargo en España aumenta el número de personas que no lo utilizan.

 
 

En la última campaña de la DGT para la vigilancia del uso del cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil destacamos un dato: Un 61 % más de personas sin usar cinturón de seguridad en 2022 con respecto a 2021. 

 

 

En 2021, del 8 al 14 de marzo se realizó una campaña de vigilancia del uso del cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil. En 2022 esa campaña se ha repetido del 4 al 10 de abril y los datos son muy malos: 

  • Un 46% más de sanciones por no usar sistemas de retención infantil con respecto a 2021. 
  • Un impacto o un simple frenazo a tan solo 50km/h, puede causar lesiones severas en un niño/a si no usa bien el arnés o el cinturón de seguridad. 
  • Uno de cada cuatro ocupantes muere por no llevar el cinturón de seguridad, una cifra que no baja desde hace 7 años. 

 

 

Desde la ingeniaría de seguridad pasiva RiveKids advierten “Las campañas de seguridad vial de la DGT de los últimos 7 años no funcionan y no están reduciendo la siniestralidad, un dato alarmante que podemos constatar tras los datos que la DGT ha ofrecido relativos a la siniestralidad mortal en vías interurbanas de la Semana Santa 2022, sumados a la campaña especial de vigilancia, donde 280 menores no hacían uso de este dispositivo de seguridad”, alerta José Lagunar

 

 

 

Un 46% más de sanciones por no usar sistemas de retención infantil con respecto a 2021

Se ha producido un incremento del 46% en relación a las sanciones por uno usar los sistemas de retención infantil en el año anterior. 280 niños detectados sin sistema de retención infantil en 2022 frente a los 192 en 2021. 

 

 

 

Las series de Netflix, HBO Y Amazon Video le están ganando la partida a la DGT 

  • Rivekids constata que las series de ficción y documentales, son una mala influencia para la seguridad vial, donde se muestra de forma reiterada que no llevar el cinturón de seguridad es algo “guay” (cool) y que protegerse es de “pringados”. 

En noviembre de 2021, Rivekids realizó una auditoria sobre los últimos estrenos de estas tres plataformas, llegando a dos importantes conclusiones: 

  • El 82,9% de las series auditadas tienen una infracción de tráfico o una conducta temeraria o de riesgo relacionada con la seguridad vial, desde el primer episodio.  
     
  • El 61% de las infracciones de tráfico o conductas temerarias están relacionadas con la ausencia de uso del cinturón de seguridad, y el 73% de éstas, no se ponen el cinturón de seguridad de los asientos traseros. 

“Las campañas de la DGT sobre seguridad vial, a la luz de los datos tan negativos, no están llegando a las familias y quedan totalmente eclipsadas por los personajes de estas series de ficción y documentales que funcionan como importantes modelos de conducta a imitar. Se llega al extremo de que 280 menores no hacían uso de este dispositivo de seguridad, situación donde el adulto está poniendo en riesgo a los menores” 

 

 

 

Estas son las lesiones severas por no llevar el cinturón de seguridad o arnés o llevarlo mal a tan solo 50 km/h

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  • Un impacto o frenazo a tan solo 50km/h, puede causar lesiones severas en un niño/a si no usa bien el arnés o el cinturón de seguridad. 

 

  • Uno de cada cuatro fallecidos en accidente de tráfico no hace uso del cinturón de seguridad, una cifra que no baja desde hace 7 años. 

 

“Si se produce un impacto en un coche que va a 50km/h, y hay un niño/a que lleva sólo el cinturón de seguridad en la región abdominal, las lesiones de aceleración y deceleración serán potencialmente mortales para el menor”, alerta José María Arévalo La Calle, presidente de la Sociedad Española de Atención al Paciente Crítico (SEAPC).  

 

 

“Como consecuencia de la aceleración e impacto contra el asiento delantero, en este caso los menores, pueden presentar traumatismo craneal severo con hematomas o hemorragias cerebrales graves, traumatismo torácico con neumotórax, hemotórax y fracturas costales, abdominal con hemoperitoneo y desgarros hepáticos y fracturas importantes con compromiso circulatorio de miembros superiores e inferiores”, añade José María Arévalo La Calle.  

 

 

Respecto a la desaceleración, estos niños y niñas, pueden presentar a nivel torácico: rotura aórtica, desgarros cardiacos y traqueobronquial, abdominal: lesión interna de órganos abdominales rotura de diafragma y columna vertebral: fracturas vertebrales y afectación medular”, concluye La Calle 

 

 

 

Un simple frenazo puede causar lesiones severas en un niño si no usa bién el arnés o el cinturón de seguridad  

Así, las lesiones de un niño que lleva sólo el cinturón de seguridad en región abdominal ante una frenada de emergencia, de 50 km/h a 0, serían las siguientes, según nos explican desde la Sociedad Española de Atención al Paciente Crítico (SEAPC): 

  • Al realizar una frenada de emergencia, los niños que no usen bien los sistemas de seguridad, pueden presentar lesiones a nivel torácico: rotura aórtica, desgarros cardiacos y traqueobronquial, abdominal: lesión interna de órganos abdominales rotura de diafragma y columna vertebral: fracturas vertebrales y afectación medular”. Factores como la violencia de la frenada, la distancia al reposacabezas delantero, las posibles pantallas en el asiento delantero, o la edad y desarrollo físico del menor, van a condicionar la severidad de sus lesiones. 

 

 

En este sentido, José María Arévalo La Calle, nos recuerda que, “si un menor no hace un correcto uso de su elemento de seguridad como el cinturón para adultos o el arnés, incluso en una frenada de emergencia, pueden tener lesiones muy graves y en consecuencia hay que considerarlos siempre como pacientes con trauma potencialmente grave”. 

 

 

 

Uno de cada cuatro ocupantes muere no llevar el cinturón de seguridad, una cifra que no baja desde hace 7 años

Según los datos que ofrece la DGT, desde el 2015 al 2021, hay un 23% de personas fallecidas, de media, que no hacían uso del cinturón de seguridad. Como explica el experto en seguridad vial, José Lagunar, “es un dato que en los últimos 7 años no ha bajado, algo muy preocupante, porque es como si estuviera instalada la idea de que, en un accidente, si hay cuatro ocupantes, uno va a fallecer por no llevar el cinturón”. En 2020 ese porcentaje llegó al 26%, descendió a la media del 23% en 2021, y en lo que llevamos de año ha vuelto a subir por encima de la media, con un 24%, informa Rivekids

 

 

 

Fallecidos en accidente de tráfico sin hacer uso del cinturón de seguridad 

  2015  2016  2017  2018  2019  2020  2021  2022 
Año completo  23%  22%  25%  23%  22%  26%  23%   
Enero y febrero                24% 

Fuente: DGT. 

 

 

 

“A estos datos hay que añadir que la DGT dispone de un porcentaje de fallecidos donde la propia DGT asume que no saben si llevaban o no el cinturón de seguridad, un dato inquietante, que en lo que llevamos de 2022 asciende a un total del 30% de los accidentes”, subraya el director general de Rivekids. “A esto hay que añadir, prosigue Lagunar, que en febrero de 2022 no llevaban puesto el cinturón de seguridad el 30% de los fallecidos en las carreteras.  

 

*Esta información ha sido realizada por RiveKids en colaboración y asesoramiento de la Sociedad Española de Atención al Paciente Crítico (SEAPC) 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/uso-cinturon-seguridad-coche-2022/363293.html

Publicado

10 de mayo de 2022

 

 

 

La nueva norma de la DGT que va a perjudicar a este tipo de conductores

 

Con el objetivo de aumentar la seguridad vial, la DGT va a poner el foco en los conductores mayores de 65 años con una nueva norma que les afecta directamente.

 

 

 

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La nueva norma de la DGT que va a perjudicar a este tipo de conductores

 

 

 

El 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años. Un dato que se repite en todos los países y que alcanza el 50% cuando hablamos de fallecidos peatones o ciclistas. En España en 2019, el 28% de los fallecidos en accidente de tráfico eran mayores de 65 años. Estas cifras se van a agravar, si no hacemos nada, por el envejecimiento de la población”, ha señalado la subdirectora de la DGT, María José Aparicio.

 

 

Con los datos oficiales de accidentes de tráfico encima de la mesa, la DGT ha vuelto a manifestar su intención de implantar una nueva norma que reduzca los tiempos de renovación del carné de conducir de un determinado colectivo de conductores, en este caso, el de los mayores de 65 años. Según la normativa vigente hasta el momento en nuestro país, hasta los 65 años de edad las renovaciones del carné de conducir son cada 10 años. Desde los 65 y hasta los 70 años de edad, la renovación es cada 5 años y cada 2 años cuando el conductor superar los 70 años.

 
 

Varios estudios realizados al respecto atestiguan que con el paso de los años las personas perdemos ciertas aptitudes psicofísicas, por lo que desde la DGT se hace necesaria una revisión de los tiempos de vigencia de los carnés de conducir, centrándose principalmente en los mayores de 65 años, aunque el gran objetivo de Tráfico es revisar todos los colectivos de edad y sus respectivos periodos de vigencia.

 
 

María José Aparicio ha añadido lo siguiente: “sabemos que en el caso de las personas de una determinada edad tendremos que reducirlos”, incidiendo en la necesidad de “proteger a las personas mayores, pero siempre fomentando su movilidad, seguridad y libertad”.

Volviendo a los datos oficiales de siniestralidad, hay que insistir en que uno de cada tres accidentes tiene como protagonista a una persona mayor, siendo solo el 10% de la población con carné de conducir.

 

 

Por otro lado, desde la Asociación Española de Centros Médicos Psicotécnicos (ASECEMP) a través de su secretario general, Bonifacio Martín, se señala que “la edad es un factor que influye notablemente en la pérdida de facultades; a más edad, más denegaciones y condiciones restrictivas; la vista es el órgano de mayor relevancia en el aporte de información en la conducción y es también el que mayor cantidad de denegaciones y condiciones restrictivas aporta".

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-norma-dgt-va-perjudicar-este-tipo-conductores_256367_102.html

Publicado

10 de mayo de 2022

 

 

 

¿Nuevo límite de 100 km/h en las autovías? Lo adelantamos en marzo… y el Gobierno ya lo contempla

 

En marzo te adelantamos que la reducción de la velocidad máxima a solo 100 km/h en autovías podría ser una realidad. Ahora, el Gobierno estaría estudiando ya la viabilidad de la medida.

 

 

 

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Nuevo límite de 100 km en las autovías, lo adelantamos en marzo y el Gobierno ya lo contempla

 

 

 

La noticia no es nueva. El pasado mes de marzo, y en base a una propuesta que conocimos de la Agencia Internacional de la Energía (AIEA), en la que instaba ya a los conductores a viajar menos, a compartir transporte y a conducir más despacio reduciendo en 10 km/h la velocidad para los coches en las autopistas, te adelantamos que la rebaja en los límites de velocidad en las vías rápidas podría ser una realidad a corto y medio plazo. Pues dicho y hecho: ayer mismo conocimos que ya hay una propuesta en este sentido, aunque de momento podría plantearse como una recomendación.

 

 

Así lo asegura, al menos, el Economista, que ayer mismo adelantaba que el Gobierno prepara ya un nuevo plan de ahorro para reducir el consumo de energía y hacer frente a la crisis de suministro del petróleo y gas desde Rusia, a través de un paquete de medidas que podría aprobarse en uno de los próximos Consejos de Ministros. Este proyecto lo estaría preparando ya el Ministerio de Transición Ecológica, junto al de Hacienda, en base también a las directrices ya planteadas por la Agencia Internacional de la Energía.

 

 

Según estas informaciones, la propuesta, en la que ya trabajan técnicos de la administración y se dará a conocer en próximos días, contempla importantes medidas como la apuesta definitiva hacia el teletrabajo entre funcionarios, el impulso del autoconsumo en edificios de la administración o, respecto a la población general, la reducción de la velocidad en las autovías españolas.

 
 
 

La reforma de la Euroviñeta abre ya la opción de que sea el método de pago en nuestras autovías

 

El Gobierno estudia recomendar reducir la velocidad máxima en las autovías a 100 km/h.

 

 

 

En autovías, a 100 km/h de velocidad máxima

Si en 2011 el Gobierno ya redujo este límite máximo a 110 km/h, ahora el nuevo proyecto estaría ya estudiando rebajar, tal y como aconseja la AIEA, otros 10 km/h la velocidad máxima. De este modo, con el objetivo de contener más el consumo, fuentes de El Economista aseguran que el plan fijaría el límite máximo en 100 km/h al circular por las autovías. También se establecería como general el límite de 30 km/h en todas las ciudades.

 

 

Ahora bien, ¿la medida sería efectiva? Según informó ayer también Telemadrid, la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica del Gobierno, Teresa Ribera, habría asegurado que, en principio, “será una recomendación. Para el Ejecutivo, moderar la velocidad será un elemento de ahorro importante, aunque de momento no se contempla en forma de ley.

 

 

Según los cálculos de la Agencia Internacional de la Energía, si se reduce en autovías la velocidad en 10 km/h se conseguiría un ahorro de unos 60 euros al año en combustible, aunque para ello sería también importante conducir en una buena marcha y con una buena dinámica de aceleración.

 
 
 

Cómo usar el aire acondicionado del coche para ahorrar combustible.

 

La AIEA pide también subir la climatización para ahorrar consumo en los coches.

 

 

 

Día sin Coche y menos climatización

Otras de las propuestas que ya contempla el Gobierno para aprobar en el nuevo paquete de medidas sería seguir fomentando el Día sin Coches, que en la Comisión Europea abogan por implantar en las grandes ciudades todos los domingos. Un menor uso del vehículo privado y una contención en la climatización del coche serían otras propuestas que se estarían estudiando.

 

 

En este último sentido, por ejemplo, la AIEA considera que “ajustar el aire acondicionado del coche 3º C más caliente también mejorará inmediatamente la economía de combustible del automóvil", que si se combina con la velocidad podría suponer hasta “un ahorro de 100 euros al año”.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevo-limite-100-km-h-en-autovias-adelantamos-en-marzo-gobierno-ya-contempla_256365_102.html

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