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15/06/2022

 

 

 

Aclarado de una vez por todas, la DGT dice cuándo el ciclista tiene preferencia sobre el coche

 

 

 

 

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La DGT suele publicar tweets de manera regular en los que repasa algunas de las situaciones más básicas que se pueden dar mientras circulamos. Muchos pensarán que son cosas de Perogrullo, pero es cierto que nunca hay que sobreestimar las capacidades de quienes pueblas las carreteras. En esta ocasión, ha aclarado cuándo el ciclista tiene preferencia sobre el coche.

 

 

La publicación de la Dirección General de Tráfico es meridiana al respecto: “Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los #vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado”.

 

 

Aunque es algo que pueda parecer de lógica, quizá muchos conductores no lo tuvieran claro. En una intersección, si la vía está cruzada por un carril bici, tendrán preferencia de paso los ciclistas en lugar de el vehículo que vaya a pasar por ahí. Esto también es aplicable a cuando se trata de un arcén, una norma que seguramente menos gente conocería.

 

 

 

 

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También conviene recordar que los ciclistas deben circular por el carril bici o por el arcén siempre que sea posible, pero en el caso de que tengan que hacerlo por la carretera, deberán ir por el centro del carril.

 

 

Aprovechamos también para recordar una serie de normas secundarias para los ciclistas que la DGT también dejó claras por Twitter hace no mucho:

 

  • En bicicleta es obligatorio señalizar maniobras: giros, cambios de sentido y de carril
  • En ciudad y carretera es recomendable circular por carriles bici si están disponibles
  • A los ciclistas también les afecta la tasa máxima de alcoholemia

 

 

La convivencia de los ciclistas con los vehículos de motor en las carreteras sigue siendo complicada, puesto que son usuarios vulnerables de la vía y a día de hoy todavía sigue habiendo encontronazos por multitud de factores tanto por parte de los que van en automóviles como por los que van en bicicleta.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/aclarado-vez-todas-dgt-dice-cuando-ciclista-tiene-preferencia-coche-1077639

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16/06/2022

 

 

 

Las tres nuevas normas para conducir en España que entrarán en vigor en 2022

 

 

 

 

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La Estrategia de Seguridad Vial 2022-2030 presentado hace unos días por el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el director general de Tráfico, Pere Navarro, adelanta tres nuevas normas para conducir en España que entrarán en vigor en 2022 (o 2023 a lo más tardar).

 

 

La estrategia persigue como principal objetivo reducir a la mitad las víctimas mortales en accidentes de tráfico antes de que termine la década. Lo hará con decenas de medidas (más de 60) que se articulan en planes bienales de actuación.

 

 

 

Plan de actuación 2022-2023

Por el momento solo se han concretado una decena de las iniciativas que se irán poniendo en marcha entre 2022 y 2023. Figuran aquí la introducción de la educación vial en las escuelas, la creación de un título de Técnico Superior de Movilidad Segura y Sostenible y cursos bonificados que los empresarios podrán ofrecer a los trabajadores que utilizan la moto como herramienta de trabajo.

 

 

 

 

También se potenciarán los cursos de conducción segura y sostenible para motos y turismos (esto ya está contemplado en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial en vigor desde el 21 de marzo); se aprobará una normativa nacional que regule el uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP); y se nuevo Reglamento de Vehículos Históricos inspirado en la legislación del Reino Unido y de Francia.

 

 

 

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Entre las medidas que entrarán en vigor está también la potenciación de la conectividad de los vehículos (aquí la DGT saca pecho por la luz V-16 y la plataforma DGT 3.0) y la creación de un nuevo catálogo de señales que incluirá las que identifican las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) o las de los coches eléctricos, entre otras.

 

 

Mención aparte merecen las otras tres nuevas normas para conducir en España que entrarán en vigor en los próximos meses y que vemos con más detalle a continuación...

 

 

 

1. Permiso de conducir (B1) para mayores de 16 años

Una de las medidas anunciadas por la DGT y que más titulares ha dado es la creación de un nuevo permiso de conducir para mayores de 16 años.

El nuevo carnet B1 habilitará a los jóvenes que hayan cumplido los 16 a conducir cuadriciclos eléctricos ligeros (catalogados como L7e). Está contemplado en la directiva europea de permisos de conducir y ya funciona con éxito en algunos países europeos.

 

 

 

Citroën AMI o Renault Twizy, ¿cuál es mejor para la ciudad?

 

 

 

El objetivo de esta medida es acercar la movilidad sostenibles a los jóvenes que viven en zonas rurales donde, tal y como admitió Grande-Marlaska, la oferta de transporte público es mucho más limitada.

 

 

No hay fecha oficial para la puesta en marcha de este nuevo permiso de conducir que dará acceso al uso de coches eléctricos como el Citroën AMI (imagen superior), el XEV Yoyo o el Silence S04 dos años antes de alcanzar la mayoría de edad.

 

 

 

2. Cambios en las pruebas para obtener el permiso de conducir

Pensando también en impulsar la movilidad eléctrica, la DGT promoverá el uso de coches con cambio automático en las pruebas prácticas para obtener el permiso de conducir.

 

 

A día de hoy y según datos facilitados por el Ministerio de Interior, tan solo un 2% de las pruebas se realizan con este tipo de vehículos. Hay un motivo y es que quienes se examinan con un coche automático solo podrán conducir en el futuro este tipo de vehículos (así lo establece el código 78 que aparece en el carnet y cuya retirada llevan tiempo pidiendo las autoescuelas).

 

 

 

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Los coches eléctricos tienen cambio automático de ahí que impulsar estas pruebas sería una forma de animar también la compra posterior.

 

 

Además, se promocionará el airbag de moto mediante la obligación de su uso en las pruebas de circulación para obtener el permiso A.

 

 

 

3. Cambios en los tiempos y requisitos para renovar el permiso de conducir

Esta medida tiene como principal objetivo reducir la siniestralidad de los mayores de 65 años que siguen ejerciendo el rol de conductores.

Dos son las iniciativas que contempla la DGT a este respecto:

 

 

  • Revisión y actualización de los plazos de renovación de los permisos de conducir de acuerdo con lo previsto en la Directiva Europea de Permisos de Conducir, ampliándolo para los jóvenes y reduciéndolo para los mayores.
  • Actualización del protocolo de exploración médico-psicológica en Centros de Reconocimiento de Conductores en colaboración con el Ministerio de Sanidad y la Sociedad Española de Medicina del Tráfico

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/tres-nuevas-normas-conducir-espana-entraran-vigor-2022-1077749

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16/06/2022

 

 

 

Esto pasa si metes marcha atrás mientras estás circulando

 

 

 

 

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Es una de esas dudas que seguramente todos hayamos tenido alguna vez: ¿qué pasa si, por error, meto marcha atrás mientras voy circulando con el coche? La lógica invita a pensar que va a ocurrir algo muy malo para el vehículo, y es así, pero una cosa es elucubrar sobre ello y otra a animarse a comprobarlo de primera mano.

 

 

Es algo que ha hecho el canal de AutoVlog en Youtube, no una, si no hasta en dos ocasiones. Lo más llamativo es que en cada una de ellas el resultado fue distinto.

 

 

Montado en un Ford Ranger con bastante trote (es de 1994), establece los parámetros para llevar a cabo la prueba: circular a 50 mph (81 km/h), lo que tiene bastante mérito, pues es una velocidad a la que si “se lía” se puede liar bien; y hacer el test con la tracción integral a las cuatro ruedas conectada.

 

 

 

 

 

 

 

El primer intento es el que resulta más espectacular a nivel visual. Le cuesta horrores meter la marcha atrás mientras circula, como es lógico, pero finalmente lo consigue y, para su sorpresa, la inversión para empezar a ir marcha atrás solo se produce en las ruedas traseras, no en ambos ejes. 

 

 

Dos posibles motivos para que ocurra esto: el acople central salta o se rompe por el esfuerzo demandado por la maniobra, o que el bloque central no estuviera activado de manera correcta.

 

 

En este caso, a la segunda va la vencida. Una vez a la velocidad objetivo, consigue meter marcha atrás y se produce un sonoro ruido de rotura que no deja lugar a dudas: la transmisión se ha roto.

 

 

Huelga decir que es una locura hacer esto con el coche, puesto que se va a averiar sí o sí y la factura de la reparación va a ser más que cuantiosa. Por suerte para muchos, este tipo de maniobra está protegida en la mayoría de los vehículos, que no dejan meter marcha atrás si se está circulando de manera convencional.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/pasa-metes-marcha-atras-mientras-estas-circulando-1078315

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16/06/2022

 

 

 

¿Qué coches se pueden conducir con el nuevo carnet B1?

 

 

 

 

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Se trata de vehículos denominados cuadriciclos pesados, aquellos con dos o cuatro asientos que tienen un peso máximo de 400 kg, que no supera los 90 km/h de velocidad punta, con una potencia inferior a 20 CV. Recopilamos los diez modelos disponibles en la actualidad en el mercado.

 
 

Acceder a un coche ya será posible para los adolescentes desde los 16 años. Hasta ahora, solo podían manejar ciclomotores o cuadriciclos ligeros (coches sin carnet) gracias al permiso AM desde los 15 años, pero, según ha anunciado el Ministro Fernando Grande-Marlaska, prevé implantar un nuevo carnet denominado B1 el cual permitirá a los jóvenes de 16 a 18 años conducir cuadriciclos pesados.

 

 

Este tipo de vehículos cumplen las siguientes características: un peso máximo de 400 kg (sin contar las baterías en el caso de los modelos eléctricos), 550 kg para los destinados al transporte comercial; supera la velocidad máxima de 60 km/h, alcanzando los 90 km/h; cuentan con una potencia inferior a 20 CV y puede tener dos o cuatro asientos.

 

 

Este permiso «ya está en aplicación en países como Francia con buenos resultados y que favorecerá la movilidad de los más jóvenes en el ámbito rural, donde aún con todos los esfuerzos, evidentemente el transporte público no llega en las mismas condiciones», declaró Marlaska. Además, con este nuevo permiso, para el cual habrá que superar un examen, cerca de 1 millón de jóvenes entre 16 y 18 años podrán acceder a una movilidad eléctrica y segura.

 

 

 

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Una ayuda más en el proceso de descarbonización de la industria y de sus medios de transporte ya que Europa ha prohibido recientemente la venta de coches gasolina y diésel para 2035, y la gran mayoría de estos cuadriciclos ligeros son 100% eléctricos con una autonomía muy completa para una circulación urbana. Trayectos que demandan muchos de estos jóvenes, pero gracias a su homologación L7e, también puede circular por autovías y autopistas.

 

 

Ahora bien, ¿cuál sería el perfecto para ti? Os explicamos a fondo los cinco modelos más llamativos que hay disponibles en la actualidad, con precios que parten de los 7.500 euros y alcanzan los casi 14.000 euros.

 

 

Aunque cabe tener en cuenta que con este tipo de vehículos también se puede acceder a las ayudas a la compra del Plan Moves III. Los cuadriciclos L7e eléctricos pueden beneficiarse de 1.800 euros o 2.000, dependiendo de si se achatarra un vehículo antiguo. También puedes optar por otros modelos disponibles como el Freze Nikrob, el Sukoy L7e, el Triggo, el Aixam Scouty R o el e-Miles, de próximo lanzamiento.

 

 

 

XEV YOYO

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YOYO está disponible en España con un precio a partir de los 10.690 euros (incluyendo las ayudas del Moves y la financiación) con unas medidas extremadamente compactas: 2,53 metros de largo, 1,5 de ancho y 1,56 de alto. Ofrece espacio para dos personas, un maletero de 180 litros y un habitáculo muy equipado: aire acondicionado, tres puertos USB, sistema de apertura y arranque sin llave e incluso soporte para el smartphone.

 

 

Está equipado con un paquete de baterías intercambiables, con las que es capaz de ofrecer 160 kilómetros de autonomía. Su motor eléctrico de imanes permanentes desarrolla una potencia de 20 CV (15 kW) y un par máximo de 32 Nm.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/carnet-por-puntos/coches-conducir-carnet-b1/385111.html
 

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Microlino 2.0

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El diseño de este característico modelo, inspirado en el icónico BMW Isetta, es lo que más llama la atención. Sobre todo si te contamos que el acceso al interior es a través de un gran portón basculante que incluye el parabrisas y da acceso a dos asientos. A pesar de su reducido tamaño, su maletero es de 230 litros. Equipa un motor eléctrico de 12,5 kW (16,8 CV) que desarrolla un par motor de 100 Nm.

 

 

En su lanzamiento estará disponible en tres variantes: Urban, Dolce y Competizione, que corresponden a diferentes capacidades de batería y autonomías: 6, 10,5 y 14 kWh y 95, 175 y 230 kilómetros, respectivamente. El precio del Microlino 2.0 arrancará en 12.500 euros.

 

 

 

Renault Twizy 80

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Renault es sinónimo de sencillez de conducción, precio y buen consumo. Así de fiel es el Renault Twizy, un modelo del que si eliges la versión 80, será el vehículo que necesitan estos jóvenes que obtengan el permiso B1. Con 17 CV y una velocidad punta de 80 km/h, se ofrece con dos acabados, Urban y Technic, y tiene un precio de 7.930 euros.

 

 

El interior es razonablemente amplio. De hecho, la plaza delantera es bastante espaciosa, aunque el respaldo del asiento no puede regularse. Acceder atrás ya resulta algo más complicado. Llaman la atención también sus puertas, aunque son opcionales por 595 euros más.

 

 

 

Silence S04

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El fabricante de motos eléctricas también se ha atrevido con un coche. El Silence S04, a partir de 7.500 euros sin incluir las baterías extraíbles, está pensado para un uso exclusivo en entornos urbanos. Gracias a su dimensiones reducidas, mide 2,33 metros de largo y 1,56 metros de ancho, es muy fácil de aparcar, incluso se puede estacionar de forma vertical y puede hacerlo tanto en las plazas para coches como en las de motos.

 

 

Hay dos versiones, pero para este permiso te interesa la L7e, equipada con un motor eléctrico de 19 CV y una batería de 11,2 kWh, lo que le permite ofrecer 149 kilómetros de autonomía y alcanzar 90 km/h.

 

 

 

Invicta Electric Epica

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La marca española Invicta Electric, llamativa por su amplia gama de turismos, comerciales, patinetes y scooters, todos 100% eléctricos, tiene, en realidad, dos modelos disponibles. En primer lugar, está Epica, que como ofrece 120 km de autonomía y alcanza los 80 km/h, entra dentro de los parámetros necesarios para poder conducirlo con el nuevo carnet B1.

 

 

Su precio es de 10.995 euros, con financiación. Y la versión más baja del biplaza D2S, con gran agilidad por las calles más estrechas. Su batería de 17 kWh ofrece una velocidad punta de 85 km/h y 150 km de autonomía, con un precio de 13.995 euros.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/carnet-por-puntos/coches-conducir-carnet-b1/385111.html

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17 junio, 2022

 

 

 

Las únicas infracciones por las que la DGT te puede quitar puntos

 

 

 

 

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La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial aprobada este año impone castigos más severos para determinadas conductas que se considera tienen un mayor riesgo para la seguridad vial y aumenta los puntos que nos pueden quitar por cometer infracciones como llevar el móvil en la mano mientras se conduce, no utilizar el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil o arrojar a la vía objetos que pueden producir incendios.

 

 

Desde 2006, año en que entró en funcionamiento el permiso por puntos, cada conductor parte con 12 créditos, que se van restando a medida que comete infracciones. Los conductores noveles y los que obtienen un nuevo el permiso después de que se les haya retirado parten con 8 puntos. Además, si en tres años no se cometen infracciones, a los puntos iniciales se suman dos más. Y en otros 3 años sin ser sancionados, se suma otro punto más, hasta un máximo de 15.

 

 

Si quieres conservar todos tus puntos no está de más conocer cuáles son las infracciones por las que la DGT te los puede quitar y las multas que tendrás que pagar si cometes alguna.

 

 

 

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Infracciones graves o muy graves

Los puntos del carné se pierden por cometer alguna infracción grave o muy grave. Te pueden quitar desde 2 a 6 puntos, dependiendo de la gravedad de las mismas. Desde que comenzó a funcionar el permiso por puntos, las infracciones que más créditos han hecho perder a los conductores son el exceso de velocidad, no llevar puesto el cinturón de seguridad, el uso del teléfono móvil al volante y el consumo de alcohol y drogas.

 

 

Como regla general, no se pueden perder más de 8 puntos en un día, pero hay excepciones, en el caso de infracciones muy graves, que nos pueden dejar el carné a cero en una sola jornada. Entre estas infracciones se encuentran: conducir con tasas elevadas de alcohol o drogas o negarse a realizar las pruebas para su detección, sobrepasar en más del 50% la velocidad permitida, conducir de forma temeraria, llevar un inhibidor de radar en el coche, circular en sentido contrario, realizar carreras no autorizadas o incumplir en más del 50% los tiempos de conducción y descanso obligatorios, en caso de ser un conductor profesional.

 

 

 

 

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Infracciones que restan 6 puntos

Las infracciones más graves se castigan con la retirada de 6 puntos del carné y multas que oscilan entre los 200 euros y los 6.000 euros. La DGT recuerda que las sanciones económicas son genéricas y pueden ser revisadas al alza en determinados supuestos, como en el caso de reincidentes, e incluso pueden llegar a ser consideradas delito penal.

 

 

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado (Multa de 1.000 €).
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo (Multa de 1.000 €).
  • Negarse a realizar pruebas de alcohol o drogas (Multa de 1.000 €).
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario o participar en carreras o competiciones no autorizadas (Multa de 500 €).
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares, cinemómetros o cualquier otro dispositivo similar. (Multa de 6.000 €).
  • Manipular o colaborar en la manipulación de tacógrafos o limitadores de velocidad (Multa de 500 €).
  • Sujetar con la mano un teléfono móvil mientras se conduce (Multa de 200 €).
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios y accidentes (Multa de 500 €).
  • Adelantar a ciclistas sin respetar la separación mínima de 1,5 metros o entorpecer su marcha (multa de 200 €).

 

 

Infracciones que restan 4 puntos

Las infracciones que restan 4 puntos del carné se castigan con una multa de 200 euros en su mayoría, excepto el hecho de conducir sin tener permiso, que tiene una sanción económica de 500 euros.

 

 

  • No detenerse en un stop, no dar preferencia en un ceda el paso o saltarse un semáforo en rojo (200 €).
  • Realizar adelantamientos peligrosos o indebidos (200 €).
  • No respetar las señales e indicaciones de los agentes de la autoridad o de los paneles de mensaje variable (200 €).
  • No mantener la distancia de seguridad (200 €).
  • No usar o hacerlo de forma inadecuada el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil (200 €).
  • Conducir sin tener el permiso o licencia de conducción adecuado (500 €).
  • Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso del vehículo que conduce (200 €).
  • Circular marcha atrás en autopistas y autovías (200 €).

 

 

 

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Infracciones que restan 3 puntos

Las infracciones que restan tres puntos también conllevan multa económica de 200 euros.

  • Realizar un cambio de sentido antirreglamentario (200 €).
  • Conducir con cascos o auriculares, llevar el móvil entre el casco y la cabeza, manipular manualmente el navegador o utilizar el móvil (siempre que no sea con el sistema de manos libres) (200 €).
  • Conducir vehículos que lleven mecanismo de detección de radares o cinemómetros (200 €).

 

 

 

Exceso de velocidad: de 2 a 6 puntos

Dos de cada tres sanciones impuestas en vías interurbanas están directamente relacionadas con la velocidad excesiva, que está presente en uno de cada cinco accidentes de tráfico con víctimas. Por eso, superar los límites se considera una infracción de grave a muy grave y está castigada con la resta de 2 a 6 puntos y multas que van desde los 100 a los 600 euros.

 

 

 

Esta es la tabla de sanciones y multas dependiendo de lo que se sobrepase la velocidad:

 

 

 

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FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/unicas-infracciones-dgt-quitar-puntos/

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17 de junio de 2022

 

 

 

La Policía avisa: se van a enviar ya mensajes a los móviles, son reales y de esto te advertirán

 

Si a partir del próximo día 21 de junio recibes un aviso de emergencia a través de tu teléfono móvil, ¡no es un fake ni un timo! La Policía Nacional advierte de por qué va a ocurrir.

 

 

 

 

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La Policía avisa, se van a enviar ya mensajes a los móviles, son reales y de esto te advertirán

 

 

 

Sí, vivimos en la época de las “fake news”, de los bulos y de los timos por ********* o por correo electrónico. Incluso nos llegan mensajes SMS de texto que consideramos, en la mayoría de casos, “spam”. Por eso, rara vez prestamos ahora atención a cualquier aviso o notificación que recibimos hoy en día a través de nuestros dispositivos móviles. Sin embargo, esta vez puede ir en serio y debemos saber qué nuevas prácticas se están probando en nuestro país.

 

 

La propia Policía Nacional es un cuerpo que advierte a diario de estafas y timos electrónicos… pero esta vez nos avisa de lo contrario. Tal y como ha comunicado y respaldado a través de redes sociales esta semana, el cuerpo de seguridad avisa ahora de que los ciudadanos de nuestro país pueden comenzar a recibir a partir de este mismo próximo día 21 de junio, martes, mensajes a través del teléfono móvil que no son bulos ni fakes: son completamente ciertos y muy relevantes.

 

 

Y es que Protección Civil ha informado que ha iniciado un servicio de pruebas internas para arrancar su nuevo programa de envíos masivos de mensajes a través de teléfonos móviles, con el objetivo de alertar a la ciudadanía de emergencias. Es decir, si vas en el coche y recibes este mensaje, atento porque puedes recibir por tanto un aviso de algún tipo de incidencia que debes conocer.

 

 

 

 

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En concreto, Protección Civil confirma que “se están realizando pruebas internas del sistema de alerta a la población RAN-PWS para el envío masivo de mensajes a través de teléfonos móviles. El servicio estará operativo el 21 de junio”. La Policía Nacional, al mismo tiempo, aconseja directamente que confíes en fuentes oficiales.

 

 

En declaraciones al diario El País, Leonardo Marcos, director general de Protección Civil, ha explicado que este sistema de difusión es “ultrarrápido, funciona en tiempo real, ocupa muy poco ancho de banda y es automático para todos los dispositivos que se encuentren en la zona predeterminada”.  Además, estos envíos garantizarían también su llegada inmediata a los terminales, a diferencia de lo que ocurre con otro tipo de mensajes SMS.

 

 

Otra de las ventajas de este tipo de envíos es que lo reciben todos los dispositivos móviles de la zona, no solo los residentes que cuenten con teléfonos registrados en España: es decir, también los turistas recibirían los avisos. Cualquier teléfono inteligente podrá también recibirlos si es compatible con el sistema, y usuarios de cualquier compañía telefónica. El País también detallaba que estas alertas llegarán en forma de sonido de alarma, acompañadas de un mensaje de aviso, estilo a una notificación, que no desaparecerá de la pantalla hasta que el usuario no confirme que lo ha leído. Si no, seguirá sonando el pitido.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/policia-avisa-se-van-enviar-ya-mensajes-moviles-son-reales-esto-te-advertiran_258838_102.html

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17 de junio de 2022

 

 

 

La DGT avisa: no llevar ya uno de estos documentos en el coche puede suponer multa de hasta 3.000 €

 

Llegan el verano y las vacaciones y, con ellas, los viajes en coche o los vehículos de alquiler. La DGT recuerda que te asegures antes de disponer de toda la documentación obligatoria.

 

 

 

 

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La DGT avisa, no llevar ya uno de estos documentos en el coche puede suponer multa de hasta 3.000 €

 

 

 

Por regla general, estamos todo el año realizando los mismos trayectos en coche: de casa al trabajo, al colegio de los niños, a la compra… Y en muchas ocasiones no somos conscientes ni de qué documentación llevamos en el coche: damos por sentado que ahí, en el fondo de la guantera, se encuentran todos los papeles, pero podemos llevarnos una sorpresa en el momento más inoportuno. Así que, antes de emprender estas vacaciones un viaje en coche, no estaría mal que comprobases que cuentas con toda la documentación obligatoria. Y además también deberías revisarlo si vas a alquilar un coche, ya que también pueden multarte si no cuentas con todos los permisos en vigor.

 

 

La DGT, por tanto, nos recuerda estos días que existen varios documentos obligatorios que hay que llevar en el coche y que, en realidad, “constituyen la garantía de que cumplimos la ley y las normas necesarias para circular con seguridad”. El artículo 59.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial asegura que “el conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico”.

 

 

 

Los permisos de conducción y circulación, obligatorios y básicos

Así, como documentos obligatorios que debes siempre llevar, asegúrate de disponer, en primer lugar, del permiso de conducción o de la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico. En segundo lugar, tienes que asegurarte de que el vehículo cuenta con el correspondiente permiso de circulación, obligatorio siempre que esté circulando, ya que en él figuran todos los datos técnicos del vehículo y de su propietario.

 
 
 

Papeles y documentación del coche, multas de la DGT que pueden superar los 3.000 euros (Imagen: Cordon Press)

 

Hay una serie de papeles y documentación del coche que debes siempre llevar. 

 

 

 

En ambos casos, no llevar en el coche estos permisos supone una infracción leve, con una multa económica de 100 euros. Eso sí, en el caso de que el vehículo además no cuente con permiso de circulación, por no haberlo obtenido o porque esté anulado o sin vigencia, los agentes pueden proceder a la inmovilización total del vehículo hasta que dispone de este documento en vigor.

 

 

 

Multas de hasta 3.005 € por no llevar seguro obligatorio

Pero hay más documentos que son obligatorios, por supuesto. El primero es la tarjeta de la ITV en vigor, con el informe de haberlo superado en el tiempo reglamentario y la correspondiente pegatina en el parabrisas. A partir de la antigüedad que le corresponda, es obligatoria.

 

 

Y, por supuesto, también es obligatorio que el vehículo disponga de su correspondiente seguro de responsabilidad civil, para cubrir posibles daños a terceros.

 

 

Es verdad que, desde hace unos años, ya no es obligatorio llevar la póliza en el vehículo, ni el último recibo en fecha, pues los agentes pueden comprobar si dispones del documento. Pero, para evitar largas esperas y comprobaciones, siempre es mejor y más ágil que lo lleves y lo enseñes. En este caso, sí es importante que sepas también que carecer de seguro obligatorio puede conllevar la inmovilización del coche y una sanción que puede alcanzar, incluso, los 3.005 euros, en función al vehículo o a la reiteración de la infracción.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-no-llevar-ya-estos-documentos-en-coche-puede-suponer-multa-hasta-3000_258834_102.html

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17 de junio de 2022

 

 

 

En accidentes, ¿debes quedarte en el coche con el cinturón abrochado para evitar la multa de la DGT?

 

En determinadas circunstancias tras un accidente, los ocupantes deben quedarse en el interior del vehículo con el cinturón abrochado por su seguridad y, también, para evitar la correspondiente multa de la DGT.

 

 

 

 

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Por seguridad y para evitar la multa de la DGT, debes permanecer con el cinturón abrochado en caso de accidente y tras un tipo de circunstancias

 

 

 

Datos realmente interesantes los extraídos del informe y de la encuesta realizada por la Fundación CEA y Asitur sobre el comportamiento de los conductores y acompañantes al detenerse en carretera tras una avería o tras un accidente.

 

 

En el caso de que el vehículo no pueda circular tras la avería o tras el accidente, el comportamiento de los ocupantes deberá ser el siguiente, según las circunstancias. En primer lugar, deberán abandonar el automóvil si existe un lugar seguro fuera de la calzada, debiendo hacerlo por el lado contrario al tráfico, sin permanecer en la calzada o en el arcén (en este caso, el lugar más seguro es detrás de las biondas de protección).

 
 
 

La multa de la DGT, tras la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo, por no llevar el cinturón de seguridad en el interior del vehículo es la siguiente: hasta 4 puntos menos en el carné de conducir y una sanción económica de 200 euros

 

 

En segundo lugar, si no se dan las circunstancias anteriores y los ocupantes deben quedar en el interior del vehículo, deberán permanecer en todo momento con el cinturón abrochado. En este sentido, el informe de CEA y Asitur asegura que el 51 por ciento de los encuestados reconoce no saber que deben permanecer en el interior del vehículo con el cinturón abrochado tras un accidente (en las circunstancias antes descritas).

 
 

Otras conclusiones interesantes del informe son las siguientes: el 29 por ciento de los entrevistados no se bajó del automóvil por la puerta más alejada del tráfico, y más del 32 por ciento llamó al servicio de asistencia antes de tomar las medidas de seguridad necesarias previas.

 

 

Asimismo, a pesar de ser un elemento obligatorio de seguridad, el 2 por ciento de los entrevistados ha admitido no disponer ni de triángulo de señalización (de avería o de accidente) ni la correspondiente nueva señal V-16. Respecto a este nuevo elemento técnico de señalización, el 38 por ciento de los entrevistados sí dispone de ella.

 

 

Si un coche se queda parado o inmovilizado tras una avería o un accidente, lo primero de todo es señalizar la incidencia colocando los triángulos de emergencia (previamente antes de salir del vehículo, el conductor deberá ponerse el chaleco reflectante) y si se dispone de ella, poner la señal V-16 en el techo.

 

 

Para señalizar el vehículo, se utilizarán los triángulos de emergencia y si se dispone de ella, la señal V-16. Además, se encenderán las luces de posición en caso de poca visibilidad o por condiciones meteorológicas adversas.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/en-accidentes-debes-quedarte-en-coche-con-cinturon-abrochado-multa-dgt_258792_102.html

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17 de junio de 2022

 

 

 

El nuevo sistema de la DGT para no evadir las multas: ojo si no pasas la ITV o no tienes seguro

 

La DGT estrena una nueva aplicación informática para que todos los ayuntamientos y administraciones locales puedan ya remitir telemáticamente sus procedimientos sancionadores.

 

 

 

 

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El nuevo sistema de la DGT para no evadir las multas, ojo si no pasas la ITV o no tienes seguro

 

 

 

Más simples, más ágiles y más seguras. Llega un nuevo método de procedimiento de multas a España con el objetivo de facilitar sobre todo la labor de las policías locales para que se notifiquen y cumplan muchas de las sanciones relacionadas con el tráfico, y que hoy en día suponen un grave problema de seguridad. Así lo ha comunicado hoy la DGT.

 

 

En concreto, y como parte de una nueva estrategia que permita aunar esfuerzos junto al resto de administraciones, especialmente las locales, la DGT ha creado la aplicación denominada PSAN, un nuevo registro informático para el procedimiento sancionador que permite ya remitir telemáticamente a la propia DGT las denuncias de ITV y de seguro obligatorio que se impongan en vías urbanas y en los entornos de las ciudades.

 
 

En la actualidad, según explica la DGT, la mayoría de municipios de España cuentan con policías locales que denuncian a través del boletín en papel, que luego remiten a la Jefatura Provincial de Tráfico para su posterior tramitación. Este proceso, mucho más lento e inseguro, ahora puede agilizarse mediante el sistema PSAN: los ayuntamientos que ya se han integrado a esta aplicación, envían ya directamente a través de sus terminales móviles las multas a la DGT, que procede ya a la notificación.

 
 
 

Preocupa el elevado dato de absentismo de la ITV en España

 

Preocupa el elevado dato de absentismo de la ITV en España.

 

 

 

La DGT detalla que la integración ya en PSAN suponeuna optimización de recursos para las administraciones locales por el ahorro de tiempo y de recursos que implica”. Actualmente, numerosos ayuntamientos se encuentran ya en proceso de integración o ya lo han hecho, y el objetivo es que todos se acaben sumando para la agilidad de procesos sancionadores tan importantes para la seguridad vial.

 

 

Los últimos datos facilitados por la patronal de las ITV, AECA-ITV, alertan ya de que hasta más de 2,5 millones de vehículos circulan por las carreteras españolas sin la ITV al día y con el seguro caducado. El caso de la ITV es además especialmente alarmante, ya que este año hemos conocido que hasta más del 40% de vehículos no la pasa actualmente a tiempo en nuestro país.

 

 

La Diput*ción Provincial de Cádiz fue uno de los primeros organismos que decidió integrarse prácticamente por completo en esta aplicación PSAN de la DGT, registrando ya de media hasta más de 140.000 expedientes sancionadores por esta vía telemática. Recientemente también se han unido otras ciudades, como Jaén, Ponferrada o Arévalo (Ávila), mientras que otros, como el Ayuntamiento de Madrid, se encuentra actualmente en proceso de integración.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevo-sistema-dgt-no-evadir-multas-ojo-si-no-pasas-itv-no-tienes-seguro_258830_102.html

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16/06/2022

 

 

 

Dientes de dragón: la curiosa señal de la DGT que te hará levantar el pie del acelerador

 

 

 

 

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Junto a los radares, Tráfico también recurre a otros elementos para controlar los excesos de velocidad y garantizar la seguridad vial en las carreteras españolas.

 
 

Uno de los principales objetivos de la Dirección General de Tráfico (DGT) pasa por reducir el número de víctimas mortales que se producen cada año en las ciudades a causa de atropellos. Para ello, además de reducir el límite de velocidad a 30 km/h en entornos urbanos, el organismo dirigido por Pere Navarro también ha implementado nuevas soluciones en las calles como los llamados dientes de león.

 

 

 

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Estas nuevas señales horizontales se están poniendo a prueba de forma experimental en diferentes municipios de nuestra geografía como la localidad de Nava de Roa (Burgos). Se trata de unas marcas viales en forma de triángulo que están pintadas sobre los márgenes del carril que llaman la atención de los conductores para advertir de la proximidad de un paso de cebra.

 

 

Según señalan los expertos, estas señales generan una ilusión óptica hace que el carril parezca más estrecho de lo normal. De esta manera, al pasar por un punto señalizado con las marcas de dragón, los conductores reducen la velocidad y extreman la precaución. Este tipo de señales, que tiene una longitud de 30 metros, suele estar situado junto a pasos de peatones, tramos con una alta concentración de accidentes o puntos negros de las carreteras.

 

 

 

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Otra de las marcas viales a las que recurre la DGT son los llamados galones. Estas flechas situadas sobre el asfalto de algunas autopistas y autovías sirven para visualizar la distancia de seguridad que debemos respetar respecto al vehículo que llevamos por delante. Gracias a esta referencia, podemos calcular la separación y evitar un posible alcance. 

 

 

En función de la velocidad máxima de la vía, la distancia entre estas marcas puede ser mayor o menor. En un punto limitado a 100 km/h, los galones estarán pintados a una distancia de 85 metros, mientras que en una vía de 120 km/h la marca se sitúa cada 100 metros.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/trafico/dientes-senal-trafico-dgt-velocidad/375290.html

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17/06/2022

 

 

 

Izquierda o derecha, la DGT aclara dónde es mejor aparcar

 

 

 

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Aparcar es una de las tareas más tediosas que hay en la conducción. Hay quienes son unos hachas en ello, pero a la mayoría de la gente le trae por el camino de la amargura. Lo que es más, seguro que muchos tanto de uno como de otro grupo en realidad no tienen claro dónde es mejor aparcar, si en la izquierda o en la derecha.

 

 

Por suerte la DGT está aquí para despejar dudas y en su cuenta de Twitter ha publicado una de las preguntas habituales que se plantean en el examen de conducir, así como la respuesta correcta.

 

 

 

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La cuestión se limita a un tipo de vía muy concreta el de una de único sentido, tenga ésta uno o más carriles. En este supuesto, es posible que haya plazas de aparcamiento en ambos lados de la calzada, pero, ¿en cuál es correcto aparcar?

 

 

La solución es tan sencilla como cabría esperar: es posible aparcar en cualquiera de los dos lados. Se trata de algo completamente y únicamente hay que preocuparse de encontrar el sitio que nos convenga y señalizar la maniobra para entorpecer lo menos posible la circulación.

 

 

Sin embargo, este supuesto abre la puerta a otra cuestión sobre la que probablemente el conductor promedio tenga más dudas. En una de sentido único está claro, pero, ¿qué ocurre si se trata de una vía con aparcamientos en ambos lados, con más de un carril y de doble sentido?

 

 

Aquí la respuesta es tajante: solo está permitido aparcar en el lado derecho del carril de tu sentido. El motivo es sencillo: no se puede invadir el carril de sentido contrario para hacer la maniobra de aparcamiento, porque en el Reglamento General de Circulación queda estipulado que esa invasión, sea por el motivo que sea, es muy peligrosa.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/izquierda-derecha-dgt-aclara-donde-mejor-aparcar-1078933

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20 de junio de 2022

 

 

 

La DGT avisa: éstas son las nuevas multas que se incrementarán durante este verano

 

Durante este próximo verano está previsto que se incrementen ciertas infracciones al volante, muchas de ellas castigadas con las correspondientes multas y resta de puntos.

 

 

 

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La DGT avisa, éstas son las nuevas multas que se incrementarán durante este verano

 

 

 

Con la llegada del verano y ante el periodo vacaciones y de descanso que tomará la mayoría de españoles, un buen número de conductores se relajan y no ponen atención a ciertos hábitos y acciones que, en la mayoría de los casos, pueden ser la causa directa de un accidente. En este caso, muchas acciones son el origen principal de una distracción en la conducción, la principal causa en siniestralidad vial.

 

 

Precisamente, la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo, pone el foco en las causas principales de las distracciones y una de ellas está relacionada con el uso del teléfono móvil al volante.

 

 

En el nuevo texto normativo, se castiga de forma más severa tanto su uso como el mero hecho de tenerlo en la mano aunque no se esté utilizando. En la anterior normativa, usarlo mientras se conduce acarreaba una multa de 3 puntos menos en el carné y 200 euros; con la nueva normativa, el castigo es mayor: 6 puntos menos (y misma sanción económica). Y, ojo, con atreverte a usarlo o llevarlo en la mano durante uno de los frecuentes atascos y retenciones que se suelen producir en verano (aunque el vehículo esté parado, incluso en un semáforo en rojo), ya que según la normativa, también acarrea la sanción que te hemos comentado.

 
 

Por otro lado, otra acción que, por desgracia, se suele cometer comúnmente en verano es la de arrojar colillas de un cigarrillo y otro tipos de objeto por la ventanilla. En esta época muchos conductores aprovechan la alta temperatura para viajar en muchas ocasiones con la ventanilla bajada (en determinados momentos, aunque en otros muchos casos no es la manera más eficiente de conducir) y ante su propia relajación, arrojan de forma indebida y de forma irresponsable objetos por la ventanilla. Con la nueva Ley de Tráfico, este tipo de acciones también conllevan un castigo mucho más severo, con hasta seis puntos menos (antes, eran 4 los puntos que se restaban) y 500 euros de sanción económica.

 

 

Por otro lado, otra acción muy habitual e inconsciente que suelen cometer tanto conductor como acompañantes en verano es la de circular cortos trayectos sin el cinturón de seguridad abrochado. En innumerables ocasiones afirman que el trayecto es muy corto (desde el apartamento hasta el paseo o párking de la playa, un viaje que no suele superar los dos-tres kilómetros) y por ese motivo no se abrochan el cinturón. Pues bien, la nueva Ley de Tráfico también contempla un castigo mucho mayor, en este caso, con una detracción de 4 puntos en el carné en lugar de los 3 puntos anteriores (la sanción económica de 200 euros se mantiene).

 

 

 

OTRAS MULTAS DE TRÁFICO FRECUENTES EN VERANO

Durante el verano también se realizan una serie de prácticas inconscientes que pueden ser el origen o el motivo principal de una multa de tráfico. Muchas de estas acciones en sí no están tipificadas como infracciones, pero sí pueden ser el origen del posible incumplimiento de alguno de los preceptos o conceptos que sí están recogidos explícitamente en alguno de los artículos del Reglamento General de Circulación.

 
 

Los preceptos o conceptos que sí se podrían incumplir por dichas acciones están recogidos en el Reglamento General de Circulación, concretamente a través de los artículos 3.1, 18.1 y 17.1. En el caso de la imposición de una multa, en la hoja de denuncia realizada por el agente de tráfico, como infracción/precepto se indicaría los artículos 3.1, 17.1 y 18.1, mientras que en el apartado de “Observaciones” es donde se indicaría una de las prácticas habituales que suelen realizar conductores y acompañantes en verano cuando viajan en un automóvil.

 

 

El artículo 18.1 hace referencia a la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, además de mantener en todo momento la posición adecuada. Por su parte, el artículo 17.1 establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.

 

 

De esta forma, conducir con chanclas o con el calzado inadecuado, conducir sin camiseta (o con bañador o bikini), poner los pies en el salpicadero o llevarlos fuera de la ventanilla del vehículo y comer/beber cualquier tipo de alimento o bebida pueden ser el origen del incumplimiento de alguno de los conceptos/preceptos indicados en los artículos 18.1 y 17.1.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-estas-son-nuevas-multas-se-incrementaran-durante-este-verano_258963_102.html

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20 de junio de 2022

 

 

 

Seis puntos menos, 6.000 € de multa e incluso cárcel si haces esto con este elemento de tu coche

 

La matrícula es uno de los elementos imprescindibles en un coche, es como su “DNI personal”, por lo que manipularla o alterarla acarrea multas de lo más cuantiosas… e incluso ¡cárcel!

 

 

 

 

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Seis puntos menos, 6.000 € de multa e incluso cárcel si haces esto con este elemento de tu coche

 

 

 

El Reglamento General de Vehículos en España establece de forma obligatoria que todo los tipos de vehículos, así como remolques, semirremolques, cuatriciclos o ciclomotores están obligados a llevar las placas homologadas de matrícula en óptimas condiciones, que permitan su legibilidad, es decir, que los números y las letras se vean correctamente para la correcta identificación de cada vehículo en cada caso. Es decir, la matrícula homologada es como el “DNI personal” de cada vehículo.

 

 

En innumerables ocasiones en Autopista.es te hemos venido informando de la especial importancia de mantener en buen estado la matrícula de tu coche, no sólo para evitar las correspondientes multas de la DGT, sino también, para pasar satisfactoriamente la ITV. Ahora bien, hay una serie de acciones muy graves que debes evitar con este importante elemento de tu vehículo.

 

 

De forma específica, el propio reglamento sancionador y código normativo al respectivo, típica como infracción muy grave la siguiente acción relacionada con la matriculada: manipularla o alterarla adrede. En este caso, según la legislación vigente al respecto, conlleva una elevada multa económica de hasta 6.000 euros y la retirada de hasta seis puntos en el carné de conducir.

 
 

Se puede considerar que un individuo ha manipulado la matrícula de un vehículo en los casos siguientes:

  • Se ha cambiado o alterado alguno de sus datos alfanuméricos (uno o más números o letras)
  • Cuando se tratar de usar un sistema de ocultación de la placa (trapo, pegatina reflectante, etcétera).
  • Cuando se instala una placa falsa, es decir, que la matrícula del vehículo no corresponde con el número de chasis que tiene identificado la DGT en su base de datos

 

 

Al respecto, el Código Penal también puede castigar duramente el acto de falsificación de una matrícula precisamente al considerarlo como un acto de falsedad/falsificación documental, por lo que se puede tratar como un delito. En este caso, la pena a la que puede hacer frente el individuo que ha falsificado la matrícula puede suponer cárcel de seis meses hasta los tres años.

 

 

 

OTRAS MULTAS RELACIONADAS CON LA MATRÍCULA DEL COCHE

Circular con la placa de la matrícula sin estar visible o en mal estado puede ser objeto de sanción de 200 euros. Llevarla manchada o con algún tipo de desperfecto (que esté rota parcialmente o que esté despegada parcialmente por alguno de sus lados) también es motivo de multa.

 
 

Por todo ello, en este artículo -Las multas que puede ponerte la DGT si llevas así la matrícula: comprueba su estado- repasamos todos los tipos de sanciones relacionadas con la matrícula de tu vehículo.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/seis-puntos-menos-6000-multa-carcel-si-haces-esto-elemento-tu-coche_258955_102.html

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20/06/2022

 

 

 

La DGT aclara a los dudosos, estos cinco trucos NO funcionan en un control de drogas

 

 

 

 

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Igual que ocurre con el alcohol al volante, las drogas son un mal compañero de viaje. Y de la misma manera que con aquél, hay quienes piensan que en los controles hay triquiñuelas para evitar que detecten el consumo de éstas. Sin embargo, la cosa no es así: la DGT aclara a los dudosos, estos cinco trucos NO funcionan en un control de drogas.

 

 

Y es que la Dirección General de Tráfico ha aprovechado para recordar, por enésima vez, que no hay nada que vaya a salvarte de dar positivo en el test si has consumido, por mucho que las leyendas urbanas digan que sí.

 

 

De hecho, hay enumerado algunas de las maneras que de manera más común se cree que pueden evitar el positivo, pero que a la hora de la verdad no sirven de absolutamente nada.

 

 

 

 

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La primera es esperar 1 o 2 horas para ponerse al volante, algo que no es válido ya que la droga está durante mucho más tiempo que ese en el organismo. 

 

 

En esa misma dirección está la opción de dormir un rato. Cuando te despiertes estarás más descansado y fresco para conducir, pero las sustancias seguirán en tu organismo, así que sigue siendo peligroso que te pongas al volante, además de que seguirás dando positivo.

 

 

Beber agua solo servirá para hidratarte, lo que siempre estará bien, pero no va a ayudar a que elimines drogas de tu sistema. Lo mismo ocurre con hacer deporte o sudar, eliminarás toxinas, pero no va a servir para que las drogas se vayan de tu organismo.

 

 

Por último, está el cajón de sastre en el que se incluye ingerir limón, tomar bebidas energéticas o granos de café, algo que también se considera para los controles de alcoholemia. Como este caso, para un test de drogas su efecto es también nulo.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/dgt-aclara-dudosos-estos-cinco-trucos-no-funcionan-control-drogas-1080273

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