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10/07/2022

 

 

 

La falta de agentes de tráfico pone más en riesgo la seguridad vial que superar en 20 km/h el margen para adelantar en carreteras secundarias

 

 

 

 

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Durante más de una semana, la Asociación Unificada de Guardia Civiles (AUGC) ha preguntado en Twitter cuáles son, a juicio de los usuarios, las medidas impuestas por la DGT que suponen más riesgo para la seguridad vial.

 

 

Tres de las cuatro opciones de respuesta son iniciativas creadas por Tráfico con el objetivo contrario. Es decir, deberían servir para bajar la siniestralidad y ayudar a alcanzar el objetivo de reducir a la mitad el número de fallecidos en accidentes de tráfico en 2030; pero, para los tuiteros están consiguiendo el efecto inverso.

 

 

 

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Medidas de la DGT que aumentan la siniestralidad

Cuatro eran las opciones que los encuestados podían elegir; cada una, explicada en el hilo que sigue al tuit y que reproducimos a continuación:

 

 

  1. Eliminación del margen de 20 km/h para adelantar en carreteras. En vigor desde el 21 de marzo, la nueva Ley de Tráfico elimina el margen de 20 km/h que, hasta entonces, se permitía en carreteras secundarias, siempre y cuando fuera para rebasar a otros vehículos. Para AUGC, esta iniciativa "lejos de reducir la siniestralidad en carreteras convencionales de doble carril la ha aumentado". 
  2. La presencia de drogas en el organismo está directamente relacionada con la siniestralidad. En este punto, los agentes denuncian que "las unidades de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil no tienen pruebas disponibles, solo en casos tasados y agotándose".
  3. La fatiga es factor desencadenante de accidentes de tráfico. Es por eso que la DGT recomienda descanso y pausas periódicas. Esta medida también viene acompañada de una queja: "los conductores profesionales se enfrentan a sanciones muy cuantiosas por incumplir los tiempos de descanso, pero la DGT no vela por el descanso de los guardias civiles".
  4. La falta de agentes. Esta es la única de las cuatro propuestas que no corresponde a una medida puesta en marcha por el equipo de Pere Navarro. Los responsables de la AUGC denuncian que cada vez son menos los agentes que prestan servicio en la Agrupación de Tráfico: "de 11000 previstos se llegó a 10000 siendo ahora poco más de 8000".  

 

 

 

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La falta de agentes, el mayor riesgo contra la seguridad vial

"Poco podemos esperar de un Director General de Tráfico que dice que un radar hace lo mismo que toda la Guardia Civil", afirman desde AUGC en relación a unas declaraciones realizadas por Navarro en su primera etapa como director general de Tráfico.

 

 

Su percepción acerca de la influencia de la falta de agentes de Tráfico en las carreteras coincide con la de los conductores ya que ha sido esta la opción más elegida por los tuiteros que han participado en la encuesta (que ha conseguido más de 11.000 impresiones).

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/falta-agentes-trafico-pone-riesgo-seguridad-vial-superar-20-km-h-margen-adelantar-carreteras-secundarias-1090899

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09/07/2022

 

 

 

Las cinco razones por las que se cometen excesos de velocidad, según la DGT

 

 

 

 

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En plena Operación Especial de Tráfico de Verano y con la campaña especial de vigilancia de excesos (dura hasta mañana domingo), la DGT desvela las cinco razones por las que se cometen los excesos de velocidad.

 

 

La velocidad excesiva o inadecuada (que no son sinónimos) son una de las principales causas de siniestralidad en las carreteras (junto a las distracciones y el consumo de alcohol y/o drogas). Es por eso que la Dirección General de Tráfico (DGT) pone el foco en vigilar los km/h a los que circulan los conductores para sancionar a aquellos que exceden los límites.

 

 

Pero para luchar contra algo, es importante conocer la razón que lo ha desencadenado. La pregunta en este caso es, ¿por qué a veces circulamos por encima de los límites permitidos?

 

 

 

Las cinco razones por las que se cometen excesos de velocidad

Para explicar las razones por las que los conductores incumplen la normativa en lo que límites de velocidad se refiera, la DGT se hace eco de un informe del Observatorio Europeo de Seguridad Vial (ERSO) que identifica tres rasgos mayoritarios en los conductores que corren demasiado.

 

 

Según este informe buena parte de os excesos de velocidad los cometen más jóvenes que mayores, más hombres que mujeres y más los que conducen por razones de trabajo que por otras causas.

 

 

Además, el estudio identifica cinco razones principales por las que las personas conducen demasiado rápido:

  1. Igualar la circulación del tráfico circundante
  2. Tener prisa
  3. Disfrutar de conducir rápido
  4. Por aburrimiento
  5. No ser conscientes de estar haciéndolo

 

 

La infracción más aceptada socialmente

"El aspecto psicológico juega un papel fundamental en el tema de la velocidad porque, las encuestas que incluye el informe reflejan, que las personas a menudo sobreestiman la velocidad de otros vehículos y, al mismo tiempo, tienden a subestimar la suya propia, en particular cuando conducen durante un largo periodo de tiempo", explican los expertos de la DGT.

 

 

Además, el informe  recoge que el exceso de velocidad es más aceptado socialmente que otras infracciones.

 

 

Lejos de normalizar la circulación por encima de la velocidad permitida, el informe pone de manifiesto que reducir la velocidad media en 1 km/h en todas las carreteras de la Unión Europea salvaría más de 2.000 vidas al año.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/cinco-razones-cometen-excesos-velocidad-dgt-1087949

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11 julio, 2022

 

 

 

El truco para no tener que llevar los papeles originales del coche en la guantera ni tu carné de conducir

 

 

 

 

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La Ley de Tráfico es muy clara e inflexible respecto a la documentación que debes llevar en el coche. En este caso debemos llevar siempre el permiso de conducir del conductor, el permiso de circulación del vehículo y la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo. Estos son los papeles que debemos llevar siempre en el coche.

 

 

 

Los papeles que debemos llevar siempre en el coche

Además conviene que seamos cuidadosos con esos documentos, pues no llevarlos supone una infracción de la Ley de Tráfico y como tal está castigada con una multa. En el caso del carné de conducir de tan sólo 10 euros. Pero en el caso del resto de los citados papeles la multa es de 100 euros.
En este caso, los papeles tienen la siguiente funcionalidad.

 

 

 

Permiso de conducción

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Conocido popularmente como el carné de conducir. Tiene que estar en período de validez, ojo a la caducidad y debe corresponder con la categoría del vehículo que conducimos. También existen autorizaciones temporales que antiguamente se usaban cuando estaba en proceso de renovación o si lo perdíamos.

 

 

 

Permiso de circulación

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Es algo así como el DNI del coche. Es un documento con validez europea y que acredita la matriculación del vehículo, el propietario, el tipo de uso…

 

 

 

Tarjeta de inspección técnica

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Es algo así como el libro de mantenimiento del vehículo. Incluye toda la información técnica y las homologaciones. Fabricante, modelo, cilindrada, potencia, emisiones… Pasa a ser obligatoria a partir del cuarto año, cuando el coche pasa su primera inspección. En paralelo se exige el uso de la pegatina del parabrisas.

 

 

 

Papeles del seguro

La última modificación afectó al seguro, que dejó de ser obligatorio en 2008. Con la existencia del fichero único los propios Guardias Civiles tienen acceso a toda la información sobre el seguro de cualquier vehículo vía Internet. Lo que no hace obligatorio llevar ni la póliza ni el propio recibo, pese a que nosotros seguimos recomendándolo por si acaso los agentes no tienen cobertura de Internet y no pueden consultar el fichero. O si no está actualizado, algo que también ocurre de vez en cuando.
Más que nada porque no llevar este documento encima sí está considerado como una infracción grave, puede suponer que nos inmovilicen el vehículo porque el agente es libre de considerar que circulamos sin seguro en vigor, lo que le permitiría además ponernos una multa entre 600 y 1.000 euros.

 

 

 

Fotocopia compulsada

Tradicionalmente la Dirección General de Tráfico daba por válido que lleváramos encima una fotocopia de toda la documentación, en principio para evitar problemas en caso de robo de los originales. Eso sí, la documentación debía está compulsada por el propio organismo.
Esto nos obligaba a pasarnos por una de las sedes de la DGT para que nos pusiera en correspondiente sello que diera fe de la situación.
En este caso esta es una de las ‘triquiñuelas’ legales que nos permiten circular sin el carné de conducir y sin la documentación del coche en la guantera.

 

 

 

Documentación digital

Pero con el paso del tiempo las cosas han evolucionado aún más y en la actualidad podemos circular sin ningún documento encima gracias la APP miDGT.es. En este caso esta app nos permite llevar en el teléfono tanto el carné de conducir como los papeles del coche, con validez completa si nos para la policía.

 

 

 

Descárgate la app

El trámite es tan sencillo como descargarnos la misma de la biblioteca de apps de nuestro teléfono y activarla y ponerla en funcionamiento. De esta forma no tenemos que correr el riesgo ni el incordio de llevar los papeles en la guantera.

 

 

 

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Eso sí, en ocasiones puede haber algún malentendido con policías locales a la hora de admitir su validez. En cuyo caso nos tocará demostrar con posterioridad en alguna de las sedes de la DGT que estamos en posesión de los documentos y que estamos usando su variante virtual. Esto es algo que no sucede nunca con agentes de la Guardia Civil, que tiene siempre orden de darles completa validez a la documentación virtual.

 

 

 

FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/truco-para-no-tener-que-llevar-papeles-originales-del-coche-en-la-guantera-ni-tu-carne-de-conducir/

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10 julio, 2022

 

 

 

Esta es la razón por la que el velocímetro no marca la velocidad real del coche

 

 

 

 

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Vale recalcar, que el velocímetro es el aparato que indica la velocidad del coche. Sin entrar en disquisiciones técnicas, así es como lo define el diccionario de la Real Academia Española (RAE) y está en lo cierto.

 

 

Aunque, si nos referimos a los velocímetros que llevan instalados los vehículos que se comercializan en el mercado, deberíamos matizar que esos artefactos no marcan la rapidez verdadera a la que circula el conductor.

 

 

A continuación, en el artículo te daremos más detalles sobre esta particularidad que mantiene expectante a los usuarios.

 

 

 

Datos que alertan a los conductores

Datos que alertan a los conductores

 

 

 

Para comenzar, sea cual fuese la estadística que se tome en cuenta, los números son claros. La velocidad es un elemento de riesgo que está presente en la mayoría de los siniestros que se producen en las carreteras. Por lo tanto, es necesario disminuir este factor cuanto antes.

 

 

De hecho, según datos de la AEA (Automovilistas Europeos Asociados), dos de cada tres multas puestas en el 2021 eran por exceso de rapidez. Igualmente, los registros de la DGT, sostienen que este descuido representa el 23% de los accidentes.

 

 

 

Multa de la DGT por sobrepasar el límite de velocidad

Multa de la DGT por sobrepasar el límite de velocidad

 

 

 

Esta acción es uno de los motivos más frecuentes en las colisiones viales con fallecidos y heridos graves. De este modo, es una de las faltas más perseguidas por la DGT. El castigo económico por superar el margen permitido puede ser entre 100 y 600 euros.

 

 

Además, conlleva una perdida de 6 puntos en el carné. En la tabla de la página oficial de la entidad se puede consultar las distintas sanciones en función del límite de la ruta y la velocidad a la que circules.

 

 

 

¿El velocímetro no marca la velocidad real del coche?

¿El velocímetro no marca la velocidad real del coche?

 

 

 

Efectivamente, el velocímetro señala siempre una cifra superior a la real. Todos los coches, sin excepción, circulan a un ritmo menor del que refleja el tablero, tanto si es analógico como digital, por cuestiones legales.

 

 

Por ende, en la Unión Europea, la normativa establece que la velocidad indicada nunca deberá ser inferior a la real con un margen de error máximo sobre la ligereza del 10% + 4 km/h. En otros países, como Estados Unidos y Japón, la ley es más severa, pues se admite una desviación de solo el 4%.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/razon-velocimetro-no-marca-velocidad-real-coche/
 

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En práctica en la carretera

En práctica en la carretera

 

 

 

Entonces, llevado a la habitualidad, esto significa que si observamos que nuestro coche marca una velocidad de 70 km/h quiere decir que estamos circulando entre los 60 y 70 km/h, pero nunca por debajo de los 60 km/h. Para una aceleración de 100 km/h, el límite de error máximo es de 14 km/h. Aun cuando el velocímetro señale que el rodado se está desplazando a 114 km/h lo estará haciendo entre una horquilla que va de un mínimo de 100 km/h hasta un tope de 114 km/h.

 

 

 

Factores que influyen en la velocidad del coche

Factores que influyen en la velocidad del coche

 

 

 

De forma similar, atendiendo a las referencias que arroja el velocímetro, los conductores circulamos siempre a una velocidad inferior a la marcada por el dispositivo. También, existen varios factores, como son la presión de los neumáticos o el peso del coche, entre otros, que explican por qué el velocímetro puede dar una medición desigual que no es correcta mecánicamente.

 

 

 

El GPS marca la velocidad exacta del coche

El GPS marca la velocidad exacta del coche

 

 

 

Concretamente, más fiable resulta la medición de la velocidad por medio del GPS. El cálculo se realiza mediante un sistema basado en la conexión con los satélites.

 

 

Estos localizan la posición exacta del coche y luego comput* la distancia a la que se encuentra. Por consiguiente, dividiendo este dato por el tiempo empleado en recorrer dicho trayecto, se obtiene la aceleración que aparece reflejada en la pantalla del navegador.

 

 

 

Otras aplicaciones para la misma tarea

Otras aplicaciones para la misma tarea

 

 

 

Cabe aclarar que hay abundantes aplicaciones móviles que se conectan con el GPS del vehículo y entre otras funcionalidades nos avisan cuando superamos el límite de velocidad. Asimismo, ofrecen a los usuarios cifras relativas a la velocidad media y la máxima, la distancia recorrida o el tiempo empleado.

 

 

Algunas de las apps más populares son GPS Speedometer, SpeedView y Velocímetro GPS. Pese a todo, cada año miles de conductores son denunciados por exceso de velocidad.

 

 

 

Conclusión

Conclusión

 

 

 

Para finalizar, es difícil saber con certeza la velocidad a la que se está circulando, pero como se ha mencionado anteriormente, recuerda que las causas externas como el diámetro y la presión de los neumáticos siempre afectarán.

 

 

Por ello, el mejor consejo que podemos darte desde aquí es atenerse al límite de la vía si lo que quieres es evitar una sanción por parte de las autoridades de la DGT. Así, como tener en cuenta que se conserva cierto espacio de maniobra antes de que salte el flash del radar.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/razon-velocimetro-no-marca-velocidad-real-coche/

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11 de julio de 2022

 

 

 

Las modificaciones en el coche que no están permitidas y por las que serás multado por la DGT

 

Realizar modificaciones importantes en tu vehículo, como estas que comentamos, suelen acarrear la necesidad de pasar una ITV para homologar dichos cambios.

 

 

 

 

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Estas son las modificaciones en el coche que requieren volver a pasar una ITV para homologar los cambios. Foto: iStock.

 

 

 

Las modificaciones en el vehículo van más allá de la cultura del tuning. Muchos conductores simplemente quieren realizar algún cambio estético en la carrocería o en el interior, modificar las luces, los neumáticos… y ahí es donde entran ya las dudas. Si hablamos de modificaciones grandes e importantes, como las que vienen a cambiar algunas de las características contempladas en la ficha técnica del vehículo, entonces el conductor tendrá que ser precavido en conocer lo que puede y no puede hacer. Además, deberá saber cuando necesitará llevarlo a una estación ITV para homologar los cambios, bajo el riesgo de recibir una multa de hasta 500 euros por no hacerlo.

 

 

Pero ojo, no todos los cambios en el vehículo requieren que tengamos que pasar una ITV: por ejemplo, el cambio del color exterior no lo necesita, pero sí deberás notificárselo a la DGT y a tu compañía de seguros. Para saber qué modificaciones sí requieren de inspección para conseguir la homologación, en un plazo máximo de 15 días, puedes consultar el Real Decreto 866/2010 y el Manual de Reformas de Vehículos. Su objetivo no es otro que el de garantizar que el vehículo sigue cumpliendo con las necesidades técnicas, de seguridad y medioambientales después de las modificaciones.

 
 
 

¿Cuándo deberemos pasar la ITV tras una modificación en el coche?

 

¿Cuándo deberemos pasar la ITV tras una modificación en el coche?

 

 

 

Modificaciones en el coche: ¿cuáles requieren pasar la ITV?

Se contemplan hasta 11 apartados en los que se puede reformar un vehículo: su identificación, unidad motriz, transmisión, ejes, suspensión, dirección, frenos, carrocería, alumbrado, remolques y modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta técnica. Todo lo que requiera modificar las dimensiones exteriores del vehículo, su identificación (número de bastidor o la ubicación de la matrícula) y otras partes importantes deberán ser homologadas.

 
 

De forma general, te puedes quedar con estas modificaciones que SÍ requieren pasar la ITV: sustitución del bastidor, cambio de tecnología en los faros delanteros (de halógenos a LED, por ejemplo) cambio de emplazamiento de la placa de matrícula, modificaciones en el sistema de escape, cambios en el paragolpes delantero o capó, alerones, variar la posición del motor, transformación a vehículo híbrido o eléctrico, modificación el sistema de accionamiento del embrague, modificación de la distancia entre ejes y de la altura del vehículo, sustitución del volante por otro, modificación del número de plazas en el interior, sustitución de asientos, instalación de cualquier dispositivo de remolque (gancho, bola…), variación de masas máximas autorizadas, para su uso exclusivo en pruebas deportivas, etcétera.

 

 

En el caso de los neumáticos, hay que tener en consideración varios aspectos: aquí te lo contamos en detalle. Básicamente, debes saber que si excedes la tolerancia del 3 por ciento, el índice de carga o velocidad (inferior) respecto al neumático que estás sustituyendo, deberás homologar dichos cambios; y lo mismo sucede con las llantas. Te recomendamos, en este sentido, revisar la ficha técnica del vehículo para comprobar qué tamaños están permitidos por ser compatibles.

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/modificaciones-en-coche-no-estan-permitidas-por-seras-multado-por-dgt_260367_102.html

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11 de julio de 2022

 

 

 

Los casos más llamativos de conductores multados practicando s..o mientras conducían

 

Practicar el s..o mientras se conduce, incluso con el vehículo detenido, puede acarrear multas importantes, hasta el punto de considerarse delito.

 

 

 

 

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Estos son los casos más recientes de conductores multados por practicar s..o en el coche. Foto iStock.

 

 

 

Echando un vistazo a la hemeroteca más reciente, podemos hablar de varios casos en los que se ha “cazado”  a conductores practicando s..o con un acompañante mientras conducían un vehículo. El último, en Crevillent (Alicante), donde la Policía Local detectó un vehículo haciendo “eses” y tocando el claxon: resultó que la acompañante estaba realizando una felación al conductor, con ambos desnu**s en el interior, a la vez que este último dio un resultado positivo de 0,75 en el test de alcoholemia. Como te puedes imaginar, se le ha imput*do por sendos delitos penales por conducción temeraria y por dar un resultado positivo cinco veces por encima de lo permitido.

 

 

Viajando unos años atrás, recordamos también el caso de una pareja que fue condenada a seis meses de cárcel tras ser imput*da por un delito de conducción temeraria: fueron grabados en la AP-6, a la altura de Villacastín (Segovia), practicando s..o en el asiento del conductor mientras circulaban por el carril izquierdo de forma irregular y adelantando a otros coches.

 
 

Los que sí se pudieron librar de la pena de prisión fueron otra pareja de Vitoria que fueron sorprendidos por agentes de la Ertzaintza mientras mantenían relaciones s..uales con el coche detenido en medio del carril izquierdo en plena autopista AP-68. La multa que les impusieron fue de 4.800 euros, aunque, como decíamos, se libraron de pasar por la cárcel al no poder determinar la jueza quién conducía el vehículo. Otro caso en Huelva terminó con una agente en el hospital: esta fue agredida tras recriminar a una pareja por practicar s..o en su coche en plena calle.

 

 

 

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s..o en el vehículo: lo que dice la ley

Hay que decir, vistos todos estos ejemplos más recientes, que no hay una norma en la Ley de Seguridad Vial que determine una multa determinada por practicar s..o en el coche. Sin embargo, como sucede en otros aspectos, sí que se puede llegar a considerar delito atendiendo a las leyes del Código Penal. Por ejemplo, se podría considerar delito de exhibicionismo y provocación s..ual si se practica s..o en el coche (igual que, por ejemplo, en una playa o sitio público), pero solo si se realiza delante de menores de edad o personas con discapacidad.

 

 

En el caso de no haber delito, sí que se podría recibir una sanción administrativa que iría desde los 100 hasta los 600 euros. Otras multas tendrían que ver con la propia ordenanza municipal del lugar donde se realicen los hechos, con multas que podrían llegar incluso a los 3.000 euros en algunas localidades.

 

 

Ojo, porque incluso con el coche parado te pueden poner una multa de este tipo si el agente considera que está mal aparcado, lo que daría lugar a otro tipo de sanción. Como ves, el lugar y el momento son los que determinarán el tipo de multa y la cuantía a pagar.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/casos-mas-llamativos-conductores-multados-practicando-s..o-mientras-conducian_260349_102.html

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11 de julio de 2022

 

 

 

La DGT avisa de los peligros de los carriles trenzados: qué son y así se deben usar

 

La DGT acaba de avisar a los conductores españoles de los peligros que pueden entrañar los denominados como carriles trenzados. Así se deben usar con seguridad.

 

 

 

 

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DGT avisa de los peligros de los carriles trenzados

 

 

 

Reversibles, adicionales, reservados exclusivamente para el transporte público… en las vías urbanas y en el resto de la red viaria que conforma toda la red de carreteras en España los conductores de nuestro país se pueden encontrar con infinidad de tipo de carriles. Conocer sus características así como el procedimiento óptimo sobre cómo usarlos y, cómo no, la prioridad de paso en cada caso resulta vital para circular con seguridad y, por tanto, evitar un accidente de tráfico.

 

 

En una de las últimas recomendaciones realizadas por la propia DGT, el máximo organismo estatal sobre el control de tráfico en nuestro país ha lanzado un importante mensaje de aviso a los conductores españoles sobre las peculiaridades y los posibles peligros que pueden entrañar los denominados como carriles trenzados.

 
 

Los carriles trenzados, según la DGT, son aquellos en los que coinciden durante varios metros un tramo de aceleración para la incorporación de una autovía o autopista, así como un tramo de deceleración para salir de dicha autovía/autopista.

 
 

En el número más reciente de la Revista Tráfico de la DGT (el número 262 puedes descargarlo aquí). En realidad, estos carriles trenzados son dos carriles en uno y el gran peligro principal es que durante varios metros las trayectorias de vehículos que entran y que salen de la vía se cruzan.

 

 

Por todo ello, para circular con seguridad y en la medida de lo posible evitar un posible accidente, la DGT da los siguientes pasos a seguir para circular correctamente por estos carriles trenzados.

  • Carril trenzado usado para incorporarse a una autopista/autovía: si un vehículo circula por un carril trenzado con el objetivo de incorporarse a una autopista o una autovía, debe ceder el paso siempre a los automóviles que ya circulan por la vía principal (autopista/autovía). Antes de incorporarse, debe percatarse de que no viene ningún otro vehículo o, en el caso de que se aproxime, lo haga con la suficiente distancia y velocidad que le permitan incorporarse con seguridad. Para ello, para incorporarse a la vía principal y tras comprobar el tráfico en la vía principal, debe señalizar la maniobra (intermitente izquierdo) y acelerar progresivamente hasta incorporarse a la autopista/autovía. Por su parte, los vehículos que ya circulan por la vía principal y ante la proximidad de dicha incorporación, deben facilitar en la medida de lo posible el acceso de los vehículos a la misma, cambiándose de carril, siempre que sea posible.
  • Carril trenzado para salir de una autopista/autovía: los vehículos que circulan por la vía principal y quieren salir de la misma deben tener en cuenta que tienen prioridad los automóviles que ya circulan previamente por este carril trenzado, cediéndoles, por tanto, el paso. Si hay espacio suficiente, deben señalizar la maniobra (intermitente derecho) y colocarse en dicho carril, manteniendo, como siempre, la distancia de seguridad con los vehículos que circulan por delante.

 

 

Respecto a datos de siniestralidad y según los últimos datos oficiales definitivos que maneja la DGT, en este tipo de carriles trenzados se produjeron 57 accidentes (durante el primer semestre de 2020) con un balance de 80 heridos leves, 5 graves y 2 fallecidos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-peligros-carriles-trenzados-son-se-deben-usar_260247_102.html

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12 de julio de 2022

 

 

 

Conducir con chanclas: la Guardia Civil te explica por qué te pueden multar

 

La Guardia Civil ha dado todas las explicaciones por las que si conduces con chanclas podrías recibir una multa. Toma nota.

 

 

 

 

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La Guardia Civil te explica por qué te pueden multar si conduces con chanclas

 

 

 

Es una de las preguntas frecuentes que se suelen hacer un buen número de conductores todos los veranos: ¿te pueden multar por conducir con chanclas?

 

 

Para aclarar todas las dudas y supuestos por los que efectivamente un agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil te puede llegar a sancionar por conducir con el citado tipo de calzado, la propia Benemérita a través de su cuenta oficial de Twitter ha publicado un mensaje de lo más curioso, incluso con ciertos tintes cómicos…

 

 

 

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Tal y como señala el mensaje en cuestión, el llevar chanclas mientras se conduce no está tipificado de forma concreta y específica como infracción. Al respecto, lo que sí están incluidos en el Reglameto General de Circulación son varios preceptos en los que el conductor siempre debe mantener la atención y la mayor de libertad de movimientos posible para controlar el vehículo en caso de una maniobra imprevista y, en este caso, las chanclas pueden interferir en un buen, correcto y seguro manejo de los pies sobre los pedales.

 
 

La multa contemplada al respecto es de 80 euros y no implica la pérdida de puntos en el carné. Los preceptos incluidos en el Código General de Circulación que sí se pueden ver alterados por conducir con chanclas, o por tomar un helado, conducir sin camiseta, etcétera, son los siguientes:

 

 

Artículo 3.1: “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado).

 

 

Artículo 17.1: “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículo o animales”.

 
 

Artículo 18.1: “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado)."

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/conducir-con-chanclas-guardia-civil-te-explica-por-te-pueden-multar_260430_102.html

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12/07/2022

 

 

 

Así son los peligrosos nuevos carriles trenzados que anuncia la DGT

 

 

 

 

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¿Cómo hay que circular por ellos?

 
 
 
 

Los conductores deben enfrentarse a los peligrosos nuevos carriles trenzados que anuncia la DGT. Se trata de unos de aceleración y deceleración a la vez, en los que se cruzan distintas trayectorias de vehículos que se incorporan y salen de la vía. 

 

 

Este tipo de carriles se encuentra, sobre todo, en las autopistas y autovías, y se instalan en tramos donde, por falta de espacio, no es posible construir entradas y salidas independientes. 

 

 

Su longitud efectiva máxima es de 1.500 metros, según establece la normativa técnica, y en ellos confluyen vehículos procedentes de “dos flujos distintos de tráfico del mismo sentido”, como explica la DGT. Es decir, dentro del mismo espacio, los vehículos realizan maniobras de entrada y salida de la vía. 

 

 

En este cruce de distintas trayectorias es donde radica la complejidad para circular. En 2020 hubo 57 accidentes con 87 víctimas en los carriles de trenzado en vías interurbanas, con dos fallecidos, cinco heridos graves y 81 heridos que no requirieron hospitalización. 

 

 

Sheila Ferrer, del Observatorio de Seguridad Vial de la DGT, explica que “las colisiones laterales y los alcances son los siniestros más frecuentes en este tipo de carriles. Se producen por el cruce de trayectorias de vehículos que circulan en el mismo sentido, realizando maniobras distintas: unos se incorporan a una vía principal y otros van a salir de la misma”.

 

 

 

¿Cómo hay que circular por los nuevos carriles trenzados?

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La DGT explica cómo hay que comportarse cuando se accede a un carril trenzado: si el conductor va a incorporarse a la vía principal, debe actuar igual que en cualquier carril de aceleración, es decir, avanzando progresivamente y respetando la señalización y la prioridad de los que ya circulan por la vía.

 

 

En el caso contrario, cuando el conductor pretende seguir adelante sin abandonar el carril de trenzado, éste tiene prioridad sobre aquellos que salen de la autovía, aunque deberá facilitarles la salida en la medida de lo posible. 

 

 

Por otro lado, desde el área de Formación de Conductores de la DGT explican que, además de aplicar las reglas clásicas de seguridad, en un carril trenzado hay que tener en cuenta otra norma igual de importante: la cortesía, “facilitando siempre que sea posible las maniobras que pretendan hacer los otros conductores”. 

 

 

 

Así se incorpora a un carril trenado

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Estos son los pasos que da la DGT para incorporarse a un carril centrado:

  • Observa la vía a la que accede lo antes posible, en visión directa, si es posible, y después por el retrovisor. 
  • Calcula la trayectoria y la distancia de los conductores en esa vía. Recuerda que debes cederles el paso, ellos tienen prioridad. 
  • Señaliza siempre la maniobra con el intermitente y mueve el volante con suavidad para que la incorporación sea progresiva. 
  • Utiliza la longitud necesaria en el carril de aceleración para ganar la velocidad adecuada. Si tienes que detenerse para ceder el paso hazlo al principio del carril, nunca al final. 
  • Si circula por la vía principal cuando otro vehículo se incorpora, facilítele la maniobra siempre que pueda. 

 

 

Y así se sale

  • Ocupa el carril derecho con antelación y señaliza que abandona la vía. 
  • Toma el carril de deceleración al principio. 
  • Empieza a frenar solamente cuando ya estés dentro del carril de deceleración.

 

 

Si alguna vez te encuentras en un carril trenzado, toma nota de estas recomendaciones para garantizar tu seguridad y la de los demás usuarios de la vía.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/son-peligrosos-nuevos-carriles-trenzados-anuncia-dgt-1092129

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13 de julio de 2022

 

 

 

Todos los permisos y tipos de vehículos que pueden conducir los menores de edad en España

 

Antes de la futura llegada del nuevo permiso B1, los menores de edad cuentan con cuatro autorizaciones diferentes para poder conducir. Las repasamos.

 

 

 

 

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Estas son las opciones actuales y futuras de los menores de edad para conducir en España. Foto: iStock.

 

 

 

Como sabrás, la edad mínima en España para conducir de forma genérica son los 18 años. Sin embargo, antes de llegar a la mayoría de edad, la DGT permite la conducción de ciertos vehículos bajo las respectivas autorizaciones administrativas que tenemos en España. Concretamente, en nuestro país se contemplan cuatro opciones: los permisos AM y A1 y las licencias LVA y LCM.

 

 

Todo esto, claro, sin contar la gran novedad confirmada este año por al Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska: la llegada del nuevo permiso B1, que permitirá conducir cuadriciclos pesados a los jóvenes de 16 años o más. Todavía falta por definir, no obstante, cuándo y cómo se aprobará: aquí te damos todos los detalles que sabemos hasta el momento.

 
 

Todos los menores de edad que dispongan de un permiso o licencia de conducción deberán obedecer las mismas normas de circulación que el resto. Además, en su caso, deberán respetar el límite de alcoholemia 0,0 en los controles. Hay que recordar que, al ser menores de edad, son sus padres o tutores legales los responsables solidarios en caso de cometer una infracción de tráfico; además, en caso de cometer un delito contra la seguridad vial, no se les podrá aplicar al menor el Código Penal.

 
 
 

A fecha de 2022, en España hay poco más de 57.000 jóvenes con autorización para conducir, un 60 por ciento menos que hace 10 años según cifras de la DGT.

 

 

 

El carné B1 permitiría a los menores de 16 años o más ponerse al volante de un cuadriciclo pesado, con ciertas limitaciones. Foto iStock.

 

El carné B1 permitirá a los menores de 16 años o más ponerse al volante de un cuadriciclo pesado, pero hasta entonces los menores de edad disponen de cuatro opciones para conducir un vehículo a motor. Foto iStock.

 

 

 

Las 4 opciones de los menores de edad para conducir en España

Estas son las cuatro autorizaciones administrativas que contempla la DGT para que los menores de edad puedan conducir en España:

 

 

  • El permiso AM permite a los jóvenes de 15 años o más conducir ciclomotores hasta 50 cc (de dos y tres ruedas) y cuadriciclos ligeros hasta 50 cc (incluidos los eléctricos), previo examen teórico específico y prueba práctica en pista.
  • Por su parte, el permiso A1 permite a los jóvenes de 16 años o más conducir cuadriciclos ligeros, triciclos de motor ,ciclomotores, vehículos de movilidad reducida y motocicletas sin sidecar de 125 cc como máximo, 15 CV como máximo y con una relación potencia/peso que no supere los 0,1 kW/kg. Todo ello, tras pasar dos pruebas teóricas (una común y otra específica de moto) y dos pruebas prácticas (maniobras en circuito cerrado y circulación en tráfico abierto).
  • En cuanto a las licencias de conducción para menores, primero hay que mencionar la licencia LVA para la conducción de vehículos agrícolas. Los jóvenes de 16 años o más podrán ponerse al volante de estos vehículos especiales agrícolas autopropulsados y con remolque, que no superen los 45 km/h ni el peso o dimensiones establecidos para vehículos ordinarios. También será necesario aquí pasar una prueba teórica y una práctica de maniobras en circuito cerrado.
  • Por último, la licencia LCM permite a los jóvenes de 14 años o más conducir vehículos para personas con movilidad reducida; en el caso de querer transportar pasajeros, el joven deberá tener al menos 16 años. Las pruebas necesarias, de nuevo, son un examen teórico específico de control de conocimientos y una práctica de control de aptitudes y comportamientos en pista.

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/todos-permisos-tipos-vehiculos-pueden-conducir-menores-edad-en-espana_260489_102.html

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13 de julio de 2022

 

 

 

Todas las multas que te pone la DGT por usar el GPS o la radio mientras conduces

 

Las distracciones son la causa principal de fallecimientos en accidentes de tráfico en España. ¿Sabes cómo castiga la DGT el uso de móvil, GPS o radio al volante? Toma nota.

 

 

 

 

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Estas son las multas que te pueden poner por manipular el teléfono, el navegador o la radio en el coche. Foto: iStock.

 

 

 

La DGT se ha puesto realmente dura en los últimos tiempos con el tema de las distracciones al volante. Con la última Ley de Tráfico se han endurecido una serie de multas, especialmente una que tiene que ver con el uso del teléfono móvil mientras se conduce. Y es que, en España, las distracciones son, desde hace unos años, la causa principal de los fallecidos en accidentes de tráfico.

 

 

Entre otras medidas, la DGT ha incrementado el uso de radares y cámaras que vigilan el uso del teléfono móvil por parte de los conductores. Además, como decíamos, la Ley de Tráfico aprobada en marzo venía a castigar de forma más severa el simple hecho de tener el móvil en la mano al volante, incluso aunque no lo estés utilizando.

 
 
 

Revisa la última actualización de Android Auto en tu teléfono móvil. Foto iStock.

 

Ojo con la manipulación del móvil y del navegador mientras conduces: multa asegurada. Foto iStock.

 

 

 

A muchos conductores les han surgido dudas sobre este tipo multas, por lo que vamos a tratar de resolverlas a continuación, ya que algunas tipologías de multas no están especificadas como tal en ninguna ley y están más relacionadas con la interpretación que pueda realizar un agente de Tráfico. De lo que no hay dudas es que, “utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce”, se castiga con 6 puntos menos y una sanción económica de 200 euros.

 
 

Este ha sido el mayor cambio que hemos visto al respecto en los últimos meses. Sin embargo, si el teléfono móvil está en un soporte (homologado, claro), la multa es diferente; ojo, lo mismo si utilizamos navegadores, por ejemplo. Esto es lo que dice la Ley de Tráfico al respecto: “Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción… o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en el ordinal”, se castiga con la detracción de 3 puntos en el carné de conducir y una sanción de 200 euros.

 

 

Como ves, la manipulación del navegador también se puede castigar con severidad de acorde a la última Ley de Tráfico. ¿Qué sucede, por ejemplo, con la radio o con los reproductores de sonido/CD? No existe una norma que diga que cambiar de emisora o cambiar de CD suponga una multa de forma explícita. Sin embargo, tenemos que tomar como referencia el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación para entender que sí nos pueden multar por estos motivos.

 

 

 

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El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Además, en una publicación reciente de la DGT en Twitter, recalca no solo el “grave peligro” de programar el navegador durante la conducción, sino que recomienda realizar estas tareas, incluida la programación de las emisoras de radio y CD, antes de iniciar el viaje. Si los agentes consideran que no estabas prestando la atención permanente a la conducción, podrías ser objeto de multa.

 
 

Ten en cuenta que esto último ya entra dentro de la interpretación de un agente. ¿Pueden siempre los agentes detectar que estás manipulando al pantalla de tu coche para programar una ruta en el navegador o si es en realidad para cambiar de emisora de radio? Aquí las multas podrían ser de “solo” 100 euros o ascender a lo que hemos hablado antes.

 

 

Sigue los consejos de la DGT y los que te damos: programa la ruta antes de salir de viaje y, si necesitas hacer algún cambio, detén el vehículo en un lugar seguro. Si necesitas cambiar de emisora de radio o de canción, intenta utilizar (si los tienes) las funciones del volante o los comandos por voz. Y si tienes copiloto, que se encargue de todas esas tareas, incluidas las de cambiar de CD.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-multas-te-pone-dgt-por-usar-gps-radio-mientras-conduces_260482_102.html

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13 de julio de 2022

 

 

Todos los trámites para heredar un coche y no tener problemas con la DGT

 

Si has heredado un vehículo por el fallecimiento de un familiar, sigue leyendo para saber cómo son los trámites que tienes que llevar a cabo.

 

 

 

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Estos son los trámites que debes llevar a cabo con la DGT para heredar un vehículo. Foto iStock.

 

 

 

La DGT contempla la herencia o fallecimiento del titular de un vehículo como una situación excepcional en lo que a transferencias o cambio de titularidad se refiere. Algo que, lo creas o no, es más común de lo que parece y en el que siempre parecen surgir muchas dudas o desconocimiento: según la propia DGT, en España existen más de un millón de vehículos cuyo titular es una persona fallecida.

 

 

Tráfico insta a la persona a cargo del vehículo a comunicar el fallecimiento del titular durante los primeros 90 días posteriores. De esta forma, la persona en notificarlo quedará al cargo de las obligaciones del vehículo hasta que se resuelva la herencia. Y es que al igual que sucede con las donaciones, las separaciones o divorcios con el titular de un vehículo, estos casos requieren llevar a cabo una serie de trámites que nosotros tratamos de contarte a continuación.

 
 
 

Toma nota de todo lo que tienes que hacer para heredar el vehículo de una persona fallecida. Foto iStock.

 

Toma nota de todo lo que tienes que hacer para heredar el vehículo de una persona fallecida. Foto: iStock.

 

 

 

Trámites a seguir para el cambio o transferencia de titularidad

Debes saber primero que, para realizar la transferencia a través de la DGT, primero deberás ser designado como heredero único del vehículo. Tendrás que rellenar y firmar una “Declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento de un vehículo” que así lo certifique. También deberás afrontar el justificante de pago, exención o no sujeción del Impuesto de Sucesiones donde figure la matrícula o bastidor del vehículo: esto ya depende de la Comunidad Autónoma en la que la persona fallecida haya vivido en sus últimos cinco años de vida. Deberás consultar en tu CC.AA. las condiciones del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en cuestión.

 
 

El coste del trámite de transferencia o cambio de la titularidad de un vehículo cuesta 55,70 euros (27,85 euros para ciclomotores) a través de la tasa 1.5 de la DGT. Los trámites relacionados con la DGT podrás realizarlos presencialmente en una Jefatura u Oficina de Tráfico, siendo necesario pedir cita previa por su página web o llamando al 060; también puedes realizar los trámites de forma online, para lo que necesitarías Certificado Digital o Cl@ve.

 

 

La persona encargada de realizar los trámites tendrá que rellenar y presentar los documentos que pide la DGT: el de solicitud de cambio de titularidad que antes comentábamos, el certificado de defunción, un documento que acredite la posesión del vehículo, documentación del vehículo, ITV, la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como el documento de la herencia.

 

 

Ten en cuenta varias consideraciones, las cuales incluso deberías realizar antes de afrontar cualquier trámite. Por ejemplo, revisa que el coche esté con la ITV en regla: si no lo está, deberás llevarlo mediante una grúa u otros medios (no conduciendo) a una estación ITV para ponerse al día. También deberás comprobar que el vehículo esté dado de alta: de no estarlo, no podrás conducirlo. Una vez resuelvas toda la documentación, ponte en contacto con la compañía de seguros para comprobar si la póliza sigue en vigencia o no.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todos-tramites-heredar-coche-no-tener-problemas-con-dgt_260431_102.html

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13/07/2022

 

 

 

Según estudio de la Fundación Línea Directa, el 43% de los españoles suele sobrepasarlos

 

Límites de velocidad de la DGT: el 38% de los españoles los aumentaría

 

 

 

 

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Que los españoles querrían unos límites de velocidad más elevados es una de las conclusiones que se extraen del estudio "Velocidad: La lacra silenciosa. El exceso de velocidad en los accidentes mortales en España" que ha presentado la Fundación Línea Directa.

 

 

 

El último estudio que ha presentado la Fundación Línea Directa, realizado en colaboración con el Instituto Universitario de Investigación en Tráfico y Seguridad Vial (INTRAS) de la Universidad de Valencia, trata sobre los límites de velocidad y cómo afectan a la seguridad vial. O mejor dicho, cómo han afectado a la accidentalidad en España durante los últimos 10 años, ya que este informe se ha basado en los registros de accidentes ocurridos entre 2011 y 2020, así como en 1.700 entrevistas realizadas por toda España.

 

 

Desde esta Fundación señalan que, con los datos en la mano, en la última década tuvieron lugar en nuestro país más de 100.000 siniestros por imprudencias relacionadas con la velocidad que, a su vez, causaron más de 150.000 víctimas (entre heridos y fallecidos) y un total de 4.462 víctimas mortales. Según ha señalado Mar Garre, la directora general de la Fundación, «el problema de la velocidad resulta bastante estable en el tiempo» y los datos le dan la razón, ya que desde 2011, se han producido en nuestro país cerca de 10.000 accidentes relacionados con el exceso de velocidad.

 

 

Otro dato más que alarmante es que, en España y durante ese periodo de tiempo (2011-2020), uno de cada cuatro fallecidos en carretera murieron en un siniestro causado por un exceso de velocidad. Y es que, según estima este informe, cometer una infracción relacionada con los límites de velocidad supone que el riesgo de que el conductor del vehículo fallezca se incrementa hasta por siete.

 

 

Y ojo, porque desde la Fundación se alerta especialmente, y de cara a las vacaciones y a la Operación Salida, del riesgo del ‘efecto euforia’, tras dos años de restricciones de movilidad debidas a la pandemia; y de los excesos de velocidad que este puede suponer entre los conductores.

 

 

 

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El citado informe «Velocidad: La lacra silenciosa. El exceso de velocidad en los accidentes mortales en España» también desvela que sólo el 6% conoce perfectamente los límites de velocidad de los automóviles y motocicletas en nuestro país. Esto resulta especialmente grave en los límites de velocidad en vías urbanas, desconocidos para hasta el 89% de los conductores, y en vías secundarias, en las que sólo la mitad de los conductores conoce la limitación de velocidad. En autopista y autovía, aún es el 35% de los conductores los que indican no conocer el límite de velocidad de 120 km/h.

 

 

 

¿Cómo son los accidentes por superar los límites de velocidad?

El estudio revela que, de los accidentes ocasionados por exceder los límites de velocidad, se pueden diferenciar dos tipologías muy claras:

  • Los acontecidos en vías interurbanas: Que son más frecuentes durante el último trimestre del año y, especialmente, durante los fines de semana. Además, suelen ocurrir mediante una salida de la vía por el lado derecho de la calzada.
  • Los ocurridos en poblado: Curiosamente, su mayor número tiene lugar durante el mes de enero, pero también durante el fin de semana. Se trata, principalmente de choques frontolaterales, de choques por alcance y de atropellos a peatones.

 

 

El informe detalla asimismo el perfil tipo de conductor que origina estos accidentes. Se trata generalmente de un varón joven (de entre 18 y 34 años), que hace poco uso de la seguridad pasiva de los vehículos (esto es, no suele ponerse el cinturón de seguridad o el casco si circula en moto), que los causa durante el fin de semana y que los genera, más bien, en tramos rectos y en curvas hacia la derecha.

 

 

 

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El 43% de los españoles no respeta estos límites

Otro apartado del citado informe desvela que hasta un 43% de los conductores españoles reconoce que «suele sobrepasar los límites de velocidad», algo que la mayoría de ellos, un 46% hace «por despiste». Ahora bien, hasta un 11% de los automovilistas entrevistados creen que los límites son «poco realistas».

 

 

Es más, extrapolando las encuestas al total de automovilistas en España, este estudio señala que hasta 1,1 millones de españoles reconoce haber conducido por encima de los 200 km/h, mientras que 2,4 millones reconocen haber circulado en alguna ocasión a más de 100 km/h en poblado. Recuerda que el exceso de velocidad, junto con el uso de alcohol, son dos de las infracciones más perseguidas y multadas en verano.

 

 

El poco respeto por los límites de velocidad supone que, de media, el 7,1% de los conductores españoles circula «siempre o casi siempre» por encima de la velocidad permitida. Un porcentaje que crece por encima del 8% en provincias como Castilla-La Mancha, La Rioja y Aragón (las provincias con más infractores), así como en Madrid y Barcelona. Por otro lado, este porcentaje cae por debajo del 6% en zonas como Canarias, Murcia, Baleares (las tres provincias de conducción más calmada), pero también en la Comunidad Valenciana o Cantabria.

 

 

 

Un 70% menos de fallecidos… si se rebajan los límites de velocidad en 20 km/h

Desde hace años, la ONU y de cara a limitar al 50% los accidentes de tráfico en 2030, plantea la posibilidad de reducir en 20 km/h los actuales límites de velocidad en todo el mundo. Así, esta organización cree que deberíamos circular a 100 km/h en autovías y autopistas, a 80 km/h en vías convencionales y a un máximo de 30 km/h en poblado.

 

 

Pues bien, este informe, haciendo una proyección estadística sobre el historial de los accidentes en España, estima que esa rebaja supondría un descenso de casi el 70% de las víctimas anuales que fallecen en accidentes en vías interurbanas. En concreto, señala que se podrían salvar 659 vidas en todo tipo de accidentes, ya sean choques o atropellos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/aumentar-limites-de-velocidad-dgt/411047.html

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13/07/2022

 

 

 

El error más común de los conductores en las rotondas

 

 

 

 

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Es probable que cada vez que te subas al coche pases por decenas de rotondas pero, ¿sabes circular correctamente por ellas?

 
 

Atascos, pequeños accidentes, situaciones de tensión, aunque las rotondas son elementos de circulación pensados para agilizar el tráfico, no siempre lo consiguen, en parte, porque no todos los conductores saben circulan correctamente por su interior. Te contamos cómo hacerlo correctamente.

 

 

 

Qué hacer al acercarte a una rotonda

De acuerdo con el Código de Circulación, como norma general al acceder a una rotonda deberás reducir la velocidad, ya que los vehículos que estén circulando por el interior de la rotonda tendrán prioridad sobre los que pretendan acceder.

 

 

Eso sí, existen rotondas que dentro de la circulación giratoria cuentan con semáforos o ceda el paso. En ese caso, los conductores que circulen por interior, deberán respetarlos.

 

 

 

¿Por qué carril hay que circular dentro de una rotonda?

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No existe una normativa concreta sobre glorietas, aunque la norma general de circulación indica que, cuando el carril exterior no está ocupado los vehículos deben circular por él.

 

 

Por lo tanto, lo más recomendable es elegir el que más se adecúe a la salida que vayas a tomar: si piensas salir en la primera, deberás circular por el exterior; si vas a tomar la tercera o cuarta lo mejor es que circules por un carril interior, para facilitar la maniobra de incorporación a otros vehículos y que te vayas cambiando al carril exterior antes de que llegue tu salida, ya que no es legal abandonar una rotonda desde alguno de los carriles interiores -en este caso si tienes un accidente tú serás el culpable-.

 

 

 

¿Quién tiene preferencia en una rotonda?

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Ninguno. La preferencia la tiene quien no está cambiando de carril. Y es que, tal y como indica el Reglamento de Circulación, «todo cambio de carril deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar». Por otro lado, es muy importante que utilices los intermitentes, para advertir a los conductores antes de cambiarte de carril.

 

 

 

¿Cómo debes abandonar una rotonda?

Como ya hemos mencionado, deberás hacerlo siempre desde el carril situado más a la derecha -el exterior-, para evitar entorpecer al resto de vehículos que circulan por el exterior. Antes de cambiarte de carril recuerda que en las rotondas la preferencia pertenece a aquel que no quiere cambiar de carril, por lo que deberás dar una vuelta más y, entonces, situarte en el carril exterior. Nunca te detengas en medio de una glorieta, ni cortes la trayectoria de otro vehículo cambiando de carril: esta última es la causa más habitual de accidente en estas intersecciones.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/trafico/error-mas-comun-circular-rotonda/189500.html

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