Yelmo89 Publicado 10 de Enero del 2020 Denunciar Publicado 10 de Enero del 2020 Buenas chicos, nosé si este tema va aquí o no, pero os comento lo que me a pasado, a ver si alguien sabe como actuar... El día 27/10/19 a las 2:10 de la mañana me pararon en un control de alcoholemia y drogas, me sancionaron por llevar un volante desplazado OMP. La multa pone art. 4.1 rd 920/2017. Hasta ahí todo bien, pero resulta que está semana me ha llegado la notificación a casa y me pone que es art. 6.1 rd 920/2017, osea que es la misma misma multa pero cambiando eso nada más. Ademas en la multa que me entregaron en el momento, pone una fecha para acogerme al pronto pago, y en la que me a llegado a casa, otra diferente. Puedo recurrir la multa de manera satisfactoria al ser diferente artículo en las dos notificaciones? Porque entiendo que dentro del mismo expediente administrativo, no me pueden multar por dos cosas diferentes no? Supongo que el agente se equivocó y la persona que realiza las notificaciones que envían a casa puso la que era, o al revés. Responder
Carlisu84 Publicado 10 de Enero del 2020 Denunciar Publicado 10 de Enero del 2020 No soy un entendido pero si la han modificado creo que carece de validez. Te lo muevo al off topic Responder
Yelmo89 Publicado 10 de Enero del 2020 Autor Denunciar Publicado 10 de Enero del 2020 Gracias amigo, yo pienso igual que tú, al final el artículo 4.1 y el 6.1 dirán cosas diferentes, sino, serían el mismo artículo entiendo Responder
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