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Publicado

07-07-2019

 

 

 

Matricular un coche como vehículo histórico conlleva mucho papeleo, pero se obtienen también ventajas.
Descubre cuáles.
 
 
 
 
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¿Tienes un coche clásico, y te planteas tramitarle la matrícula histórica? Si tienes tiempo y paciencia, has de saber que tener un vehículo con matrícula conlleva sus ventajas. ¿Quieres saber cuáles? Te lo explicamos.

 

 

Antes de nada, conviene recordar qué condiciones ha de cumplir un coche para poder ser matriculado como histórico:

 

 

  • El coche ha de estar catalogado como clásico, de colección o singular.
  • Tiene que haber cumplido ya más de 30 años desde su primera matriculación, y haber pasado la ITV.
  • No se debe haber transformado.

 

 

¿Tu vehículo cumple estos requisitos? Pues ya puedes matricularlo como histórico. Si te preguntas si merece la pena pasar por el trámite, toma nota de todas las ventajas que supone.

 

 

 

1. Incremento del plazo para pasar la ITV

Una de las ventajas de las que gozan los vehículos con matrícula histórica es que el plazo para pasar la ITV se amplía hasta los cinco años (recuerda que los coches de más de 10 años deben pasarla cada año).

 

 

 

2. Exención del pago el impuesto de circulación

En muchos ayuntamientos, los coches con matrícula histórica gozan de la ventaja de estar exentos del pago del impuesto de circulación (el famoso numerito). Así, por ejemplo, los coches con matrícula histórica no pagan en Barcelona, Madrid, La Coruña, Sevilla...

 

 

 

3. Ahorro en la prima del seguro

Una de las ventajas de los coches con matrícula histórica es que se ahorra dinero con el pago del seguro. Las aseguradoras suelen ofrecer descuentos dado que consideran que los coches históricos llevan una vida más tranquila, circulan menos, con lo que en ocasiones llegan a ofrecer descuentos de hasta el 50%.
 

 

 

4. Exentos de cumplir la legislación anticontaminación

Otra de las ventajas de los coches matriculados como históricos es que no se ven obligados a cumplir las nuevas legislaciones anticontaminación (control de gases, ruidos…).
 

 

 

Y los inconvenientes de tener un coche matriculado como históricos

Aunque tener un coche matriculado como histórico tiene muchas ventajas, es cierto que también hay algún inconveniente:

 

 

  • Obtener la matrícula histórica conlleva mucho papeleo, y supone un coste aproximado de 600 euros.
  • Dependiendo de las características del coche, se le pueden imponer determinadas restricciones de uso. Por ejemplo, límites de velocidad, que incluso pueden suponer la prohibición de que el coche circule por determinadas vías (si no puede ir a más de 60 km/h, no podrá ir por autopista).
  • Dado que el vehículo ha sido considerado histórico, si el Estado te pide que se lo prestes por algún motivo (exposición, acto...), te verás obligado a hacerlo. 

 

 

 

FUENTE:   https://www.topgear.es/listas/lifestyle/cuatro-ventajas-matricula-historica-450617?dicbo=v2-d608dbebb31b70e38b44ab649f631b98


Publicado
hace 1 hora, Ocio dijo:

Y los inconvenientes de tener un coche matriculado como históricos

Aunque tener un coche matriculado como histórico tiene muchas ventajas, es cierto que también hay algún inconveniente:

 

 

  • Obtener la matrícula histórica conlleva mucho papeleo, y supone un coste aproximado de 600 euros.
  • Dependiendo de las características del coche, se le pueden imponer determinadas restricciones de uso. Por ejemplo, límites de velocidad, que incluso pueden suponer la prohibición de que el coche circule por determinadas vías (si no puede ir a más de 60 km/h, no podrá ir por autopista).
  • Dado que el vehículo ha sido considerado histórico, si el Estado te pide que se lo prestes por algún motivo (exposición, acto...), te verás obligado a hacerlo. 

 

con lo que gastas en hacerlo historico lo pasas en itv y es SOLO TUYO

Publicado

28/07/2022

 

 

 

Así es el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que prepara la DGT

 

 

 

 

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La DGT, junto con el Ministerio de Industria, las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA) han preparado un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que, de aprobarse por el Gobierno, podría entrar en vigor el 2 de enero del próximo año. Te contamos sus novedades.

 
 

El actual Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado en 1995 como el Real Decreto 1247/1995 del 14 de julio, tiene ya cerca de 30 años… y se ha quedado obsoleto en algunas cuestiones. Es por eso que la DGT lo ha revisado durante los últimos meses, algo que ha hecho en un grupo de trabajo junto a la citada FEVA, el Ministerio de Interior y las distintas Comunidades Autónomas. Actualmente, el proyecto se encuentra se encuentra en el periodo de información pública, antes de su paso al Congreso; y puedes descargarlo y leerlo desde aquí.

 

 

De hecho, y a la espera de que pase al Congreso para su previsible aprobación, el texto del documento indica que podría entrar en vigor el 2 de enero de 2023. Pero, ¿qué cambios trae consigo este nuevo Reglamento de Vehículos Históricos?

 

 

No son modificaciones esenciales, pero sí cambios, tal y como indica el propio documento: “para cumplir esencialmente dos finalidades: favorecer a los propietarios de vehículos susceptibles de ser clasificados como históricos, con un procedimiento más moderno; [y] fomentar por los poderes públicos que aquellos vehículos que constituyen un patrimonio automovilístico singularmente destacado, puedan acogerse a todas las ventajas que legalmente se concedan en virtud de su clasificación como históricos”.

 

 

 

«Hemos aprovechado para que [el proceso de matriculación como vehículo histórico] sea más corto, sencillo y barato»

Pere Navarro, director de la DGT
 
 
 

¿Cuáles son los principales cambios del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos?

 

 

 

  1. INSTA A LOS AYUNTAMIENTOS A PERMITIR LA CIRCULACIÓN SIN RESTRICCIONES DE LOS VEHÍCULOS HISTÓRICOS

De entrada, y con el fin de favorecer la “conservación del patrimonio cultural e industrial automovilístico”, el nuevo Real Decreto incorpora una disposición adicional por la que se insta a los ayuntamientos a que «en los términos y condiciones que se prevean en sus ordenanzas municipales, […], establezcan fórmulas que permitan el acceso y la circulación a aquellos propietarios que hacen un uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos”.

 

 

Es el caso que ya ha tenido en cuenta la ciudad de Madrid con su plan Madrid Distrito centro, que permite la circulación de los vehículos históricos por las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) sin restricciones. Por lo que se espera que, a medida que los distintos ayuntamientos varíen su normativa para incorporar la obligación de crear ZBE de cara a 2023, se vayan incluyendo normas específicas para estos vehículos.

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autofacil.es/clasicos/asi-reglamento-de-vehiculos-historicos/427306.html
 

Publicado

 

 

2.- SE FACILITA Y AGILIZA EL PROCESO DE DECLARACIÓN DE VEHÍCULO HISTÓRICO

Es el punto clave del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, ya que si, con el actual el proceso era lento y algo farragoso (te lo describimos aquí) con el actual se ponen más facilidades a los propietarios de los vehículos que puedan matricularse como históricos.

 

 

Lo que no cambia son los casos en los que un vehículo se puede hacer histórico. Así, se mantienen las tres posibilidades anteriores: 1.- Que haya sido fabricado o matriculado hace más de 30 años. 2.- Que esté incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, hayan sido declarados bienes de interés cultural o que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica. 3.- Que se considere un ‘vehículos de colección’, aquellos que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial, merezcan considerarse vehículos históricos.

 

 

Pero, a partir de aquí, el procedimiento se simplifica. De hecho, ahora para iniciar la clasificación de un coche como vehículo histórico, los coches pasan a estructurarse en dos grupos: A y B. Los primeros serán aquellos que cuenten con una matriculación ordinaria en España, tengan una antigüedad mínima de 30 años y la ITV en vigor. Mientras, los ‘B’ son el resto de vehículos que no cumplan estos requisitos.

 

 

  • Para los coches del Grupo A, y si nada cambia, el nuevo Reglamento permite llevar a cabo una fórmula ya utilizada en otros países europeos. Así, los propietarios que quieran convertir un coche de 30 o más años en histórico podrán realizar ‘una declaración responsable’, cuyo modelo se publicará en la web de la DGT.  Y, junto a ella, tan sólo tendrán que presentar la ITV en vigor en la Jefatura de Tráfico, que realizará una anotación en el Registro de Vehículos para incluirlo como histórico, tras lo cualquier expedirá un nuevo permiso de circulación.
  • Para los coches incluidos en el Grupo B, el proceso será similar al actual, aunque la catalogación previa por un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde resida el propietario se cambia por la solicitud y obtención de un “informe técnico favorable expedido por un Servicio Técnico de Vehículos Históricos”, ante el cual el propietario deberá presentar la documentación del vehículo (toda de la que disponga) y aquella pertinente que habilite al vehículo dentro de los casos de bien de interés cultural o de vehículo de colección.

 

 

¿Y qué son estos Servicios Técnicos de Vehículos Históricos?  Son, según indica el proyecto del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, “entidades de inspección con capacidad para evaluar y emitir informes técnicos y certificados sobre vehículos”. Por lo que lo más probable es que los actuales laboratorios oficiales pasen a ser estos nuevos Servicios Técnicos.

 

 

A partir de la obtención de un informe satisfactorio por parte de estos Servicios, el vehículo deberá pasar una Inspección Técnica y, luego, ser matriculado como histórico en una Jefatura de Tráfico.

 

 

 

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3. CAMBIOS EN LA PERIODICIDAD DE LAS ITV PARA LOS VEHÍCULOS HISTÓRICOS

Si bien hasta ahora, la DGT indicaba una periodicidad de la ITV para los vehículos históricos en función de su edad (cada dos años, si tiene menos de 40 años; cada tres si tiene entre 40 y 45 años; y cada cuatro si tiene más de 45 años), esta cuestión cambia.

 

 

Así, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos establece algún cambio en esa clasificación, que pasa a ser la siguiente:

 

 

Antigüedad del Vehículo Frecuencia de la inspección
Hasta 40 años Bienal
De 40 a 45 años Trienal
Más de 45 años Cuatrienal
Motos (sin importar su edad) Cuatrienal

 

 

Pero lo más importante es que, a partir de la aprobación de este nuevo Reglamento, los vehículos históricos fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950 y los ciclomotores clasificados como históricos, sin importar su edad; quedarán exentos de someterse a la ITV. Aunque, eso sí, los propietarios de estos vehículos podrán someterlos a “ ITV voluntarias”.

 

 

Como dato curioso, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos incluye una disposición que, permite, que aquellos vehículos cuyo proceso de clasificación como históricos se haya iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de este texto (recordemos, previsto para el 2 de enero de 2023), se finalicen bajo el anterior Reglamento. Aunque, si el procedimiento todavía no se ha resuelto, el propietario del vehículo podrá retirar su solicitud y presentarla según el nuevo texto que, como hemos visto, ofrece mayores facilidades.

 

 

 

Con la colaboración del Grupo LUIKE

A lo largo del proceso de creación de este nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, el Grupo LUIKE ha colaborado activamente con la DGT y la FEVA, defendiendo los intereses de los apasionados de los coches clásicos, en especial, la posibilidad de poder seguir circulando con los vehículos históricos pese a las restricciones medioambientales.

 

 

Esta labor fue expresamente reconocida por Pere Navarro, director de la DGT, durante la última ceremonia de los Premios Periodísticos de Seguridad Vial de la Fundación Línea Directa, en la que también se vivió un emotivo homenaje a la figura de nuestro fallecido presidente editor: Enrique Hernández-Luike.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/clasicos/asi-reglamento-de-vehiculos-historicos/427306.html

  • 2 meses más tarde...
Publicado

 

6 oct 2022

 

 

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¿Cuáles son las ventajas e inconvenientes de matricular un vehículo como histórico?

 

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  • 2 meses más tarde...
Publicado

20 de diciembre de 2022

 

 

 

 

 

 

 

II Classic Madrid Tour, disfruta de la conducción y de tu afición a los coches históricos

 

Alguos vehículos históricos estarán en 2023 exentos de pasar la ITV.

 

 

 

Estos vehículos estarán ya exentos de pasar la ITV

Según los datos de la DGT, actualmente hay registrados aproximadamente 47.000 vehículos históricos en nuestro parque automovilísticos, que tendrán también importantes novedades y beneficios desde 2023 con la aprobación de la nueva regulación.

 

 

Quizá la más importante será que aquellos vehículos fabricados ya o matriculados antes de 1950, así como los ciclomotores calificados de históricos o los transportes agrícolas, estarán ya el próximo año exentos de pasar la ITV. El resto de los considerados históricos que no pertenezcan a este grupo, lo tendrá que hacer cada 2 o 4 años, eso sí, sin la necesidad de revisar elementos mecánicos y de seguridad que no poseen de fábrica, así como quedarán liberados de someterse a las pruebas de emisiones contaminantes.

 

 

A todo ello, los vehículos históricos deberían poder circular el próximo año por todas las Zonas de Bajas Emisiones obligatorias que entrarán en vigor en más de 150 ciudades de España, aunque en última instancia serán los Ayuntamientos los que regulen en cada localidad qué coches podrán o no circular. La DGT eso sí recomienda ya a todos los Consistorios municipales que les permitan su circulación al ser vehículos de especial protección.

 

 

Recordamos por último que actualmente hay clasificados dos tipos de vehículos históricos: los del Grupo A, que son aquellos que tienen más de 30 años de antigüedad, disponen de matrícula española y tienen ITV en vigor; y los del Grupo B, que son el resto, que proceden del extranjero o no tienen activo el permiso de circulación.

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-nueva-norma-aprobara-dgt-en-2023-nos-afecta_269571_102.html

Publicado
En 21/12/2022 a las 7:27, Ocio dijo:

El resto de los considerados históricos que no pertenezcan a este grupo, lo tendrá que hacer cada 2 o 4 años, eso sí, sin la necesidad de revisar elementos mecánicos y de seguridad que no poseen de fábrica, así como quedarán liberados de someterse a las pruebas de emisiones contaminantes

 

este RESTO al que define el articulo, tambien son los que NO pasan por el aro de pagar una matriculacion historica y carecen de estos beneficios igual que los demas.

  • 2 meses más tarde...
Publicado

23 de febrero de 2023

 

 

Estos son ya todos los vehículos que no tienen que pasar la ITV, según un nuevo reglamento de la DGT

 

Un nuevo reglamento elaborado por la DGT modifica las características y ciertos trámites de un tipo muy específicos de vehículos, de tal forma que algunos de ellos estarán exentos de pasar ya la ITV desde este 2023.

 

 

 

 

 

 

 

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Estos son ya todos los vehículos que no tienen que pasar la ITV, según un nuevo reglamento de la DGT (Imagen: Hispano-Suiza del archivo de Motor Clásico)

 

 

 

Tal y como publica la propia DGT dentro la edición digital de Tráfico, los vehículos históricos existen como categoría definida y regulada legalmente desde 1995, año en que se aprobó el primer Reglamento de Vehículos Históricos (RVH).

 

 

Pues bien, dicha norma aún en vigor, tiene los días contados, pues muy pronto –a lo largo de este año 2023- se modificará por un nuevo reglamento en sintonía con las normativas europeas actuales. Esta nueva normativa ha sido elaborada por la Dirección General de Tráfico (DGT) de acuerdo con el Ministerio de Industria, las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA).

 

 

El propio texto normativo que se aprobará definitivamente dentro de muy poco explica por qué se van a modificar algunas normas relativas a los vehículos históricos. Estos nuevos cambios se aplicarán como unas “normas especiales que posibiliten la circulación de vehículos históricos y fomenten la conservación y restauración de los que integran el patrimonio histórico automovilístico”.

 

 

Por otro lado, según José Alfredo Álvarez, presidente de la asociación Veteran Car Club, “los tramites actuales son complicados y caros, muy engorrosos. Necesitamos un reglamento que haga los trámites más sencillos. Además, hay que unificar criterios con las ITV para que todas las estaciones tengan el mismo baremo”.

 

 

 

Qué tipos de vehículos históricos estarán exentos de pasar la ITV

Una de las medidas más relevantes en el nuevo reglamento de la DGT que está a punto de aprobarse de forma definitiva es el que corresponde a un determinado tipo de vehículos que estará exento de pasar la ITV desde este mismo año. Concretamente, ya no tendrán que volver a pasar la inspección técnica vehículos fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950.

 

 

Esta exención total también afectaría, según se detalla en el nuevo reglamento, a los ciclomotores considerados históricos, con independencia de su antigüedad o fecha de matriculación. A pesar de esta exención de los vehículos fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950 y de los ciclomotores históricos, sus propietarios podrán acudir con sus vehículos a pasar la ITV de forma voluntaria.  

 

 

Por otro lado, los plazos para pasar la ITV para otro tipo de vehículos históricos, es decir, los matriculados a partir del 1 de enero de 1950 en adelante, también van a variar, tal y como se explica también en el nuevo reglamento.

 

 

De forma específica, los nuevos plazos para acudir a realizar la inspección técnica pasan a ser los siguientes:

 

 

  • Cada 2 años para los vehículos de 30 a 40 años de antigüedad
  • Cada 3 años para los vehículos de entre 40 a 45 años
  • Cada 4 años para los vehículos de más de 45 años y las motocicletas

 

 

Asimismo, el nuevo texto normativo también modifica las categorías que distinguirán a los distintos tipos de vehículos históricos. En el Grupo A se incluirán aquellos que tengan matrícula española, tengan más de 30 años de antigüedad y cuenten con la ITV en vigor; y en el Grupo B, para el resto de los vehículos históricos.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-ya-todos-vehiculos-no-tienen-pasar-itv-segun-nuevo-reglamento-dgt_272713_102.html

Publicado

Excelente! a ver si aprueban ya el nuevo reglamento, hablaban de verano 2023.

Publicado

a mi todo esto me parece un cachondeo por parte de la FEVA que son los que deben mirar por los intereses de los coches antiguos. 

 

los que tenemos coches viejos porque tenemos que pagar un sobreprecio por algo que ya deberia tener por sus años. que pasa que si pagas todo vale? es como siempre, poderoso caballero es don dinero.

Publicado

Y además de verdad! A ver si la nueva ley que tanto nos llevan vendiendo es tan efectiva como dicen.

Publicado
En 24/2/2023 a las 17:02, JSPASSAT dijo:

Y además de verdad! A ver si la nueva ley que tanto nos llevan vendiendo es tan efectiva como dicen.

 

No lo va a ser, lo venden muy bonito pero al final como todos hay que pasar por caja

  • 6 meses más tarde...
Publicado

 

 

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Lo que necesitas saber para catalogar tu vehículo histórico

 

 

 

 

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